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La responsabilidad del Estado juez : la infracción al derecho a ser juzgado en un plazo razonable como título atributivo de responsabilidad

Barraza González, Andrea Inés January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El análisis sobre la Responsabilidad del Estado-Juez estará basado en el estudio de la normativa vigente, jurisprudencia y doctrina tanto nacional como internacional. Para ello dividiré la exposición en dos partes. La Primera Parte estará destinada a exponer la regulación existente durante la vigencia de la CPR de 1925 y CPR de 1980. El estudio del Derecho Comparado, la constitucionalización del Derecho Internacional y el respeto de los derechos humanos nos resulta de consideración obligatoria. Durante el siglo pasado comenzó a gestarse una nueva forma de concebir al ser humano y al Estado, por la cual éste último se encuentra al servicio del primero. Por estas razones, la Segunda Parte estará destinada a exponer el fundamento por el cual la postura amplia sobre responsabilidad estatal por actividad judicial tiene cabida en el ordenamiento jurídico nacional. Me refiero tanto a las normas constitucionales como a los Tratados Internacionales y a la interpretación que debe dárseles a la luz del Constitucionalismo Humanista. Abordaré, como visión general, los presupuestos que hacen procedente la responsabilidad del Estado por la actividad judicial para clarificar un caso particular, excluido aparentemente de la actual normativa, por considerarlo de gran interés. Esto es, la infracción del derecho a un juicio dentro de un plazo razonable como título atributivo de dicha responsabilidad, cuestión que ya ha sido ampliamente debatida en Europa. Según pretendo dejar establecido en esta Memoria, es claro que el ordenamiento jurídico chileno contiene las bases por las cuales un ciudadano puede exigir del Estado el resarcimiento de los perjuicios que éste le ha causado con su actividad judicial cualquiera que sea el ámbito en que se desenvuelve. Más aún la jurisprudencia internacional ha sido reiterada y contundente en orden a proteger el derecho de los ciudadanos a ser juzgados dentro de un plazo razonable. En este sentido, revisaré pronunciamientos emitidos por la COIDH y su Comisión en aras de obtener el respeto de los instrumentos internacionales suscritos por los países americanos, a favor de sus propios habitantes
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El Proceso penal de faltas

Torre Muñoz, Sonia Bienvenida January 2011 (has links)
Es deber puntualizar que la actividad básica de la ciencia, es la investigación; por ende, lo que ocupa a los profesionales del Derecho, es explorarla utilizando sus cánones particulares, para de esta manera generar un sistema jurídico óptimo, convergiendo como excelente instrumento al alcance de los operadores jurisdiccionales y promotor concurrente de la seguridad jurídica; es así como encontrándonos inmersos en tales parámetros, impulsó el gestar esta tesis, pues resulta evidente el presentarse como serio problema en el derecho procesal penal, el existir no sólo bondades, sino también sustanciales deficiencias prácticas en el Procedimiento Penal de Faltas regulado por la ley Nº 27939, en contrastación a la práctica procesal acaecida aplicando el procedimiento abrogado que contenía el Código de Procedimientos Penales, debido a factores de índole normativo, operacional así como relativo a algunas garantías específicas del debido proceso, siendo menester mejorar su regulación, toda vez que la anterior generó inoperancia de la función jurisdiccional, lo cual el Código Procesal Penal no ha superado significativamente. La experiencia extraordinaria vivenciada, a resultas de desarrollar este trabajo de investigación, trasunta a diagnosticar o exponer una visión integral del problema, así como de su hipótesis; respetando el esquema, pautas y elementos intervinientes en el proceso de investigación jurídico-social, orientado a lograr interés en los lectores sobre el tema, y por supuesto suscitar en terceros, el propósito de realizar otros trabajos que aludan a las Faltas. De esta manera, “El Proceso Penal de Faltas”, obra estructurado, utilizando para ello como material de estudio, a una población constituida por los procesos penales de faltas tramitados en el Distrito Judicial La Libertad, imputados y agraviados en dichos procesos así como abogados litigantes en materia penal del citado distrito judicial; convergiendo por tanto estos, como conjunto de unidades, teniendo a su mérito como muestra de lo primero aludido a todos los expedientes sobre Faltas tramitados en los Juzgados de Paz Letrado de Trujillo ( 2°, 6° y 8° Juzgados de Paz Letrado), La Esperanza, Pacasmayo, Chepén, Otuzco y Huamachuco, seleccionándose el bienio Diciembre 1999 – Diciembre 2001 y Diciembre del 2003 a Diciembre del 2005, mediante muestreo probabilístico estratificado, al igual que para las partes del proceso antes referido, y simple al azar para el último en comento; información en comento que juntamente con la bibliografía diversa y legislación seleccionada y utilizada tanto nacional como extranjera, han confluido como elementos comparativos y de ilustración de importante relevancia, a cuyos datos instrumentales se arribara empleando como métodos, la concordancia y discordancia, el inductivo – deductivo, el análisis – síntesis, y el Analógico. Deviene en satisfactorio señalar que a resultas del presente trabajo de investigación, se logró corroborar tanto las bondades como deficiencias significativas del actual Procedimiento Penal de Faltas (Ley Nº27939) en comparación al abrogado, sin obviar el aludir al Código Procesal Penal vigente en varios distritos judiciales de la República, respecto al tema en cuestión, determinando la contrastación de las variables independientes y dependientes que constituyen la esencia del problema, es más se pudo contrastar la hipótesis de investigación con la medición de muestras, inferir conclusiones y proponer mecanismos de optimización procedimental, teniendo en cuenta el encontrarnos inmersos en un Estado Constitucional de Derecho, para finalmente arribar en la corroboración de la hipótesis planteada, con importante reflejo en la justicia de Paz Letrada del Perú, pues mantiene en riesgo el incidirse en la inoperancia de la función jurisdiccional. Quepa acotar que el proceso de faltas persigue intereses públicos; característica determinada por el principio de necesidad del proceso penal (artículo 139 – inciso 10º de la Constitución), sin obviar estar sujeta a prescripciones constitucionales como son, la defensa de la persona humana y su dignidad, presunción de inocencia, juez imparcial, prohibición de compeler a declarar o reconocer culpabilidad contra si mismo, derecho de defensa, igualdad procesal, respeto a la libertad de conciencia y de religión, instancia plural, etc., viabilizándose de esta forma arribar en actos decisorios del juez, con orientación hacia la verdad material y respeto al debido proceso, dirigido a obtener una sentencia justa, haciendo pasible de sanción al auténtico responsable o absolver al verdadero inocente o a quien no se le hubiere probado su responsabilidad; traduciéndose de esta manera en un adecuado sistema penal a este nivel,manteniendo en vigencia el respeto por los derechos humanos que cumple una función negativa concerniente a los límites de la intervención penal, en faltas. Es menester pues, tener presente que esta tesis no busca lograr la sofisticación de un procedimiento haciéndolo menos breve y litigioso, sino un proceso que respete derechos fundamentales y procure la paz así como prevenga la proclividad delictiva, asumiendo la Sociedad y el Estado un rol activo. / -- It is duty to point out that the basic activity of science, is research; thus, it occupies the right professionals, is explore it using their particular canons, to thus generate an optimal legal system, converging as an excellent instrument to the scope of the jurisdictional operators and concurrent promoter of legal certainty; This is the case as finding us immersed in such parameters, pushed to take shape this thesis, as clearly presented as a serious problem in the criminal procedure law, exist not only benefits but also substantial shortcomings practices in the criminal offences procedure regulated by law No. 27939, contrasting to the procedural practice which occurred using the abrogated procedure containing the Code of Criminal Procedures to factors normative, operational as well as on some specific guarantees of due process, being needed to improve its regulation, given that the previous generated ineffectiveness of the judicial function, which the Code of Criminal Procedure has not exceeded significantly... The extraordinary experience felt, to develop this research work as a result, breathes to diagnose or outline a comprehensive vision of the problem, as well as his hypothesis; respecting the scheme, patterns and elements involved in the process of jurídico-social research, aimed at achieving interest in readers on the subject, and of course raise in third, the purpose of other works that allude to the Faults. In this way, "The Process Criminal of Faults", building structured, using as material for study, a population made up of criminal proceedings of processed in La Libertad Judicial District, accused and aggrieved faults in such processes as well as lawyers litigants in criminal matters of the aforementioned judicial district; converging both these as a set of units, taking to his merit as a sample of the first referred to all the files on fouls kept in Courts of Peace Counsel of Trujillo (2 °, 6 ° and 8 ° courts of peace counsel), La Esperanza, Pacasmayo, Chepén, Otuzco and Huamachuco, selecting the biennium December 1999 - December 2001 and December 2003 to December 2005, by probabilistic sampling stratified, as well as for the parts of the previously referred, and simple process to chance for the ultimate in commented; information on commented that along with the diverse bibliography and selected and used both domestic and foreign legislation have come together as a comparative elements and illustration of major relevance, to whose instrumental data counter using methods, the concordance and discordance, inductive - deductive, analysis - synthesis, and the analog. It becomes satisfying to note that as a result of this research work, managed to substantiate both the benefits as significant deficiencies of the current procedure criminal of misdemeanours (Law No. 27939) compared to the abrogated without bypass refer to the code of criminal procedure existing in several judicial districts of the Republic, on the subject in question, determining the contrasting of the independent and dependent variables that constitute the essence of the problem, moreover could contrast the hypothesis of research with the measurement of samples, infer conclusions and propose procedural optimization mechanisms, taking into account find us immersed in a constitutional state of law, to finally arrive in corroboration of the posed hypothesis, with important reflection on peace Peru legal justice, because it keeps risk influencing the ineffectiveness of the judicial function. Fit delimit the misconduct process pursues public interest; characteristic determined by the principle of necessity of criminal proceedings (article 139 - subsection 10th of the Constitution), without obviating be subject to constitutional requirements are, the defence of the human person and his dignity, presumption of innocence, impartial judge, prohibition of compel to testify or admit guilt against if, right of defence, procedural equality, respect for freedom of conscience and religion, plural instance, etc., responding thus arrive in decision-making acts by the judge, with emphasis on the material truth and respect for due process, to obtain a fair sentence, making punishable sanction the real responsible or absolve the real innocent or whom not you has tested its responsibility; translating this way in an adequate criminal system at this level, while maintaining effective respect for human rights that plays a negative role concerning the limits of the criminal intervention in fouls. It is necessary, therefore, bear in mind that this thesis does not seek to achieve the sophistication of a procedure making it less brief and litigious, but a process that respects fundamental rights and seek peace as well as prevent criminal proclivity, assuming the society and the State an active role.
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La Importancia del título preliminar del código penal de 1991

Amoretti Navarro, Mario January 2011 (has links)
La presente Tesis para optar el grado de Magíster en Derecho está referida al estudio del Título Preliminar del Código Penal de 1991 y cada uno de sus principios y garantías, que estatuye límites concretos al poder de sanción del Estado, como respuesta legislativa incardinada en el programa de Derecho penal material establecido en la Ley Fundamental. La misma que consagra una legislación penal en el marco de un Estado social y democrático de Derecho, consiguiendo la creación de un Derecho penal de hombres y para hombres, a través del establecimiento de principios y garantías, evitando, por el contrario, que el Leviatán al momento de realizar la labor de criminalización instrumentalice y aplaste al ser humano. La “Filosofía de la Ilustración” surgida durante el Siglo de las Luces, sin desconocer sus precedentes históricos, y, en particular, el “Derecho penal liberal” conllevaron al reconocimiento jurídico de la persona humana como fin supremo de la sociedad y del Estado y, en ese sentido, a la fijación de límites a la potestad de sanción. En gran parte, gracias al pensamiento de juristas como BECCARIA, BENTHAM y LEIBNIZ, el Derecho penal dejó de ser un instrumento basado únicamente en el castigo y la marginación al delincuente, visto como portador del “congénito” mal del delito y, en lugar de ello, se fue reestructurando asimismo como un instrumento legítimo de protección al individuo, a la sociedad y a las estructuras esenciales para su supervivencia. Lo que se traduce en la consagración de los denominados principios limitadores del ius puniendi.
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La Cadena perpetua en el Perú

Aguirre Abarca, Silvia Elena January 2011 (has links)
El tema que motiva la tesis que nos hemos propuesto desarrollar versa sobre: “LA CADENA PERPETUA EN EL PERU”; contiene un estudio y análisis multidisciplinario y por su naturaleza responde a las características de una investigación teórico-dogmático, que presentamos bajo una estructura debidamente sistematizada. El Perú mantiene la pena de Cadena Perpetua en su sistemática penal, como máxima pena privativa de libertad para delitos graves, soslayando todas las exigencias garantistas del Título Preliminar del Código Penal en el Perú se ha instaurado la pena de prisión perpetua a través, del D. L. 25475. En efecto el Art. 29° del código Penal Peruano de 1991, se modificó incorporando la pena privativa de libertad de cadena perpetua con posterioridad a su entrada en vigencia, como consecuencia de la implementación de la legislación antiterrorista a partir del D.L. 25475, la cadena perpetua se convierte así en una respuesta irracional a la violencia, como ha ocurrido con las leyes penales de emergencia, dictadas como reacción frente a una situación coyuntural provocada por el fenómeno terrorista. Sin embargo, pese al carácter de emergencia que motivó la adopción de la cadena perpetua en el Perú, se acentuó el interés por mantener esta pena en nuestra legislación penal, por razones de injerencia del poder político en la elaboración de normas antiterroristas y para crear un clima de aparente seguridad ciudadana , no sólo se aplicó para casos de delitos de terrorismo sino que se extendió además, para otros delitos graves, llegando a sobrecriminalizar diversas figuras delictivas generando contradicciones intrasistémicas dentro del propio Código Penal que rebasaron principios rectores de nuestro Derecho Penal , contenidos en el Título Preliminar del Código Penal de 1991, tales como el principio de proporcionalidad, culpabilidad, entre otros
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Nulidad de actos jurídicos de disposición y gravamen de bienes en el proceso penal

Delgado Tovar, Walther Javier January 2007 (has links)
La presente Tesis está referida a la “nulidad de actos jurídicos de disposición y gravamen de bienes en el proceso penal”, es decir, a los actos celebrados por el imputado o condenado por la comisión de un delito y eventualmente por el tercero civil. Pues como se sabe, el artículo 97° del Código Penal establece que: “Los actos practicados o las obligaciones adquiridas con posterioridad al hecho punible son nulos en cuanto disminuyan el patrimonio del condenado y lo hagan insuficiente para la reparación, sin perjuicio de los actos celebrados de buena fe por terceros”. A su vez el artículo 102° del Código Penal dispone que: “El Juez resolverá el decomiso o pérdida de los efectos provenientes de la infracción penal o de los instrumentos con que se hubiere ejecutado, a no ser que pertenezcan a terceros no intervinientes en la infracción”. Estas normas concuerdan con lo dispuesto por los artículos 11° y 15° del Código Procesal Penal y el artículo 188°-A del Decreto Legislativo 959; normas estas últimas que además, hacen referencia a la nulidad de actos por los cuales se establecen gravámenes sobre los bienes, los mismos que pudieran afectar el cumplimiento del pago de la reparación civil o resarcimiento del daño, así como el decomiso de instrumentos, efectos o ganancias del delito.
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El Derecho a la no incriminación y su aplicación en el Perú

Quispe Farfán, Fany Soledad January 2002 (has links)
El derecho a la no incriminación se encuentra debidamente reconocido en los Tratados Internacionales que nuestro país ha suscrito, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos. Debemos recordar que el derecho a la no incriminación se encontraba expresamente reconocido en la Constitución Política del Perú, en el artículo 2° inciso 20 numeral K; sin embargo no fue reconocido expresamente en la Constitución de 1993., que limita en su art. 2° inciso 24 numeral g, el contenido del derecho a la no incriminación a la prohibición de violencia física o moral. A pesar de ello y de encontrarse positivizado tanto a nivel constitucional y en la legislación procesal, existe en la práctica cotidiana un desconocimiento del contenido de este derecho. Esta situación ha sido puesta de relieve con los últimos acontecimientos que ha vivido nuestro país que develaron la existencia de la red de corrupción fuji.-montesinista y la difusión por los medios de comunicación, tanto de los juicios por estos casos como por el trabajo de las comisiones investigadoras del Congreso de la República. En estos procesos se ha cuestionado públicamente el silencio de algunos de los investigados o su renuencia a colaborar con las investigaciones. Silencio que si bien puede ser éticamente reprochable por la naturaleza de la acusación, es jurídicamente permitido.
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Admisibilidad y valoración de la prueba pericial en el proceso penal

Silva Vargas, Pablo Antonio, Valenzuela Rodríguez, Juan José January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / A grandes rasgos, es posible definir la prueba pericial como aquella opinión emitida por un “perito”, en un juicio, relativa a un hecho del proceso que requiere de conocimientos especiales para ser comprendido a cabalidad y que es relevante a la hora de decidir por el tribunal. Se trata de una herramienta que ha adquirido en las últimas décadas amplia aplicación en el proceso judicial, donde frecuentemente es concebida como indispensable para la acreditación de hechos y la consecuente toma de decisiones. Muchas veces, incluso, ese fenómeno ha acontecido en desmedro de la aplicación de medios de prueba concebidos como “más tradicionales”, como son la documental o la testimonial, las que parecen ser insuficientes para la satisfacción de los estándares de prueba predeterminados. En términos de Alan Gold, “el conocimiento y expertizaje han crecido exponencialmente en nuestras sociedades y el incremento del consumo de los tribunales de prueba pericial refleja esta realidad en nuestro mundo moderno”.
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Regulación, admisibilidad y valoración de la prueba pericial penal en el derecho nacional

Ramos Pavlov, Bernardo January 2013 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho mención en derecho penal) / El Código Procesal Penal que empezó a regir a partir del año 2000, trajo variados cambios en la investigación como en la tramitación de los procedimientos penales, mucho de los cuales han sido notorios, como la separación de funciones de quien investiga y quien juzga, la desformalización de la investigación, un control jurisdiccional intenso respecto a las garantías constitucionales que pueden verse afectadas en el ejercicio de la acción penal, mecanismos de salidas alternativas, oralidad, inmediación, publicidad y contradictoriedad, entre otras modificaciones. Sin embargo, hay ciertos temas que si bien han variado su forma de hacerlos valer en juicio, siguen vigentes, como la institución de los informes periciales y, en definitiva, todo el sistema probatorio. Desde ya debemos señalar que en el nuevo sistema, aparece más apropiado llamar a los informes periciales prueba pericial, pues los informes no son prueba por regla general, aunque dicha terminología la usa el código procesal penal, en nuestra opinión de manera inapropiada. Esta materia, ha tenido una creciente aplicación en Chile y, en la medida que los juicios se vuelven más complejos, este tipo de prueba aparece cada vez más relevante y su importancia no deja de ser menor, pues un perito en alguna materia de alta complejidad puede llegar hacer decisivo en la resolución jurisdiccional y, por tanto, ello demanda a los intervinientes una preparación mas acuciosa y a los tribunales un conocimiento acabado sobre la procedencia de las pericias y su valoración y, por otro lado, un uso excesivo de pericias genera costos del juicio a veces innecesarios y dilaciones del mismo.
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El tercero civil responsable: análisis crítico sobre sus alcances, límites y problemas en el proceso penal peruano que permiten determinar si ¿es posible realizar una definición universal?

Padilla Alegre, Vladimir Katherniak 27 October 2016 (has links)
El presente trabajo analiza el escaso tratamiento otorgado a la figura del Tercero Civil Responsable en el Ordenamiento procesal penal peruano y brinda una propuesta en torno a la definición que se debería otorgar a dicho sujeto procesal, así como a los fundamentos que legitiman su inclusión del proceso penal. Para arribar a dicho aporte académico, mi investigación se ha dividido en cuatro capítulos. En el primer capítulo realizo una revisión histórica sobre el proceso penal peruano, evidenciando con ello la ausencia de interés del legislador para regular aspectos relacionados con el Tercero Civil Responsable. En el segundo capítulo analizo cuál es el tratamiento normativo que actualmente le otorga el Ordenamiento procesal penal peruano al Tercero Civil Responsable, identificando con ello las principales problemáticas que se evidencian a partir de su escasa regulación, como es la inexistente definición de su condición procesal, la falta de claridad en torno al momento de su incorporación en el proceso penal y la nula regulación de las facultades que le corresponde ejercer a efectos de resguardar adecuadamente su derecho de defensa. / Tesis
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Propuesta para mejorar la eficacia del proceso de faltas en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte

Bravo Basaldúa, Roque Augusto 04 April 2013 (has links)
La demanda de justicia, sobre todo por parte de los sectores populares y, con mayor intensidad, en determinadas figuras jurídicas, no parece estar siendo adecuadamente atendida, como si lo impidiera un muro infranqueable, símbolo de un sistema jurídico formal deficiente. En el caso, por ejemplo, de las faltas, en vista de que la respuesta del sistema legal es casi nula frente a la ocurrencia de una infracción, podríamos muy bien afirmar, ciertamente desde una perspectiva algo extrema, que la eliminación, del sistema jurídico, de todo rezago del aparato normativo e institucional vinculado a las faltas, no generaría un impacto significativo sobre la realidad presente. La desatención del ciudadano, con o sin presencia del sistema legal, es prácticamente la misma. Precisamente por ello proponemos reflexionar sobre el cumplimiento de las funciones estatales, desde el enfoque de las políticas públicas, tomando en consideración que nuestro tema, el proceso de faltas, forma parte de la política jurisdiccional del Estado. En realidad, la acción estatal se desarrolla simultáneamente en diversas áreas o temas, por lo que limitarla a una sola resulta un tanto artificial, aunque, desde luego, puede ser útil para conocer a dónde se apunta con mayor énfasis. / Tesis

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