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Aplicación del principio de culpabilidad administrativa en la infracción al deber de monitoreo y detección de operaciones no habituales con tarjetas de pagoAlvizuri Lévano, Jaime Orlando 10 January 2024 (has links)
El propósito de la investigación es analizar la aplicación del principio de culpabilidad, desde
un enfoque administrativo sancionador, en el contexto de incumplimientos a la obligación de
monitorear operaciones habituales con tarjetas de pago. Para ello, apuntamos al análisis de
resoluciones del Tribunal del Indecopi (periodo 2019-2022) sobre la materia, tomando posición
previamente respecto a la validez de la aplicación de principios garantistas penales al ámbito
administrativo sancionador señalado. Refiriendo la concurrencia de los principios de
protección de los intereses de los consumidores y el principio de culpabilidad, ambos con
respaldo constitucional, planteamos un examen de ponderación conforme el modelo de Alexy,
buscando una relación de precedencia entre ambos, analizando si es posible validar la inversión
de la carga de la prueba (manifestación de responsabilidad objetiva), pero con mayor énfasis
la pertinencia de una análisis de tipicidad subjetiva en el mercado propuesto, basado en
estándares de niveles de cumplimiento de la medida de seguridad de monitoreo. La revisión de
la muestra de resoluciones aportará los criterios de habitualidad actualmente aplicados por el
Tribunal, así como observaciones sobre su carácter no vinculante y la ausencia de
predictibilidad, aspectos que consideramos de suma importancia en un enfoque de la tipicidad
subjetiva, en tanto pueden afectar la posibilidad de imputar al proveedor un adecuado
conocimiento de los parámetros necesarios para implementar las respectivas medidas de
seguridad. Finalmente, aportamos propuestas desde cuatro enfoques buscando validar el
ejercicio del ius imperium en el mercado referido en el contexto de un Estado Democrático de
Derecho.
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Sobre la dificultad probatoria en los casos de discriminación en el consumo y la actuación de los operadores jurídicos a la luz de los principios de eficacia y transparencia del Buen GobiernoSare Isla, Susana Carolina 22 May 2023 (has links)
El presente artículo académico analiza de manera reflexiva la actuación de las
autoridades administrativas respecto de la dificultad probatoria en los casos de
discriminación en el consumo y cómo esta última impacta de manera negativa
en la investigación y sanción de este tipo de casos. En ese sentido, tiene como
objeto determinar si los operadores jurídicos de la administración ejecutan sus
funciones en base a los principios de transparencia y eficacia del Buen Gobierno
a fin de hacer frente a la dificultad probatoria que perjudica, en mayor medida, a
la parte denunciante. Si bien en el artículo 39° del Código de Protección al
Consumidor se desarrolla la actuación probatoria en este tipo de casos y existen
otras herramientas normativas que dan cuenta de los medios probatorios que se
pueden hacer uso, estos no resultan suficientes para contrarrestar dicha
problemática que necesita de una actuación sólida, constante y eficaz de parte
de las autoridades administrativas. Por ello, además de tomar en cuenta estos
elementos normativos, desarrollo la doctrina y jurisprudencia nacional e
internacionales para tener un panorama más amplio y determinar las limitaciones
que bordean esta problemática, cuáles han sido las acciones que han realizado
las autoridades administrativas para afrontarla y si estas últimas guardan
relación con el contenido de los principios de eficacia y transparencia del Buen
Gobierno. Finalmente, concluyo de manera central que la actuación de las
autoridades no se condice con lo que establecen los principios previamente
mencionados, siendo necesaria una urgente atención e implementación de
mejoras. / This academic article reflectively analyzes the actions of the administrative
authorities regarding the evidentiary difficulty in cases of discrimination in
consumption and how this problem has a negative impact on the investigation
and sanction of this type of cases. Therefore, its purpose is to determine if the
legal operators of the administration carry out their functions based on the
principles of transparency and effectiveness of Good Governance in order to face
the probative difficulty that harms, to a greater extent, plaintiffs. Although article
39 of the Consumer Protection Code develops evidence in this type of case and
there are other regulatory tools that account for the evidence that can be used,
these are not enough to counteract this problem that requires solid, constant and
effective action from the administrative authorities. For this reason, in addition to
taking into consideration these normative elements, I develop the national and
international doctrine and jurisprudence to have a broader panorama and
determine the limitations related to this problem, what have been the actions that
the administrative authorities have carried out to face it and if these are related
to the content of the principles of efficiency and transparency of Good
Governance. Finally, I conclude in a central way that the actions of the authorities
are not consistent with the content of those Good Governance’s principles,
requiring urgent attention and implementation of improvements. / Trabajo académico
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Informe jurídico de la Resolución N° 1222-2020/SPCINDECOPI: Análisis del caso Franco Bravo -Scotiabank Banco y Fondos MutuosNolasco Sánchez, Lei-Ly Angell Valery 26 July 2023 (has links)
El presente informe jurídico analizará la interpretación, realizada por la Sala
Especializada de Protección al Consumidor del Indecopi, del cumplimiento del
deber de idoneidad de las entidades financieras respecto a la adopción de
medidas de seguridad para autorizar operaciones no reconocidas en los
productos financieros de una persona vulnerable-un adulto mayor de 86 años.
De este modo, inicialmente, se abordarán los conceptos y el análisis del deber
de idoneidad y las garantías aplicables a la prestación de servicios.
Seguidamente, se analizarán la adopción de medidas de seguridad y el patrón
de consumos del denunciante, de acuerdo con los artículos 19° y 20° de la Ley
N°29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. Finalmente, se
planteará una crítica respecto a la protección que la normativa les otorga a los
adultos mayores en el sistema financiero y la falta de incentivos de los
proveedores financieros de ofrecer un servicio adecuado a los mismos. / This legal report analyzes the interpretation made by the Specializad Chamber
for Consumer Protection of Indecopi about duty of financial institutions regarding
the adoption of security measures to authorize unrecognized operations in the
financial products of an elderly and vulnerable person. First, the concepts and the
analysis of the duty of suitable services will be addressed. Then, the adoption of
security measures and the consumption pattern will be analyzed, in accordance
with articles 19° and 20° of Law N°29571, Consumer Protection and Defense
Code. Finally, a criticism will be raised regarding the protection the consumer
regulations grant to the elders in the financial system, and the lack of incentives
from financial institutions to offer an adequate service to them.
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Informe sobre Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPIVillegas Angeldonis, Marisol 02 August 2023 (has links)
Este trabajo versa sobre una denuncia presentada por la Asociación de Consumidores
Indignados Perú (ACIP) contra La Rosa Náutica S.A. por presuntamente atentar lo
estipulado en el artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. En
tanto, se habría detectado que la denunciada entregaba dos cartas distintas a los
comensales, cartas con precios a los varones y sin precios a las mujeres.
Mediante Resolución N° 0271-2019/CC2, la Comisión de Protección al Consumidor
declaró infundada la denuncia, puesto que no se acreditó actos discriminatorios. La
Asociación, apela la decisión y mediante Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPI la
Sala Especializada en Protección al Consumidor revoca la resolución mediante la que
declaraba infundada la denuncia y reformula declarándose fundada.
En este trabajo, se analizará si con la decisión final del órgano resolutivo el Indecopi
como organismo de protección de los derechos del consumidor cumplió con la función
que se le ha impuesto. Asimismo, con todo lo trabajado en el presente informe se podrá
determinar si la resolución final de la Sala afectó o no la libertad empresarial.
Finalmente, se estudiará el tratamiento de la discriminación al consumidor en el
ordenamiento jurídico peruano. Para con ello determinar si la acción de la Rosa Náutica
reúne los componentes jurídicos que convierten una acción en discriminación.
Después del análisis completo, se podrá advertir que el Indecopi cumplió con su función
protectora hacia el consumidor y, asimismo, sus órganos resolutivos actuaron alineados
con su propia política pública. En esa línea, en el trabajo se anexará esta decisión como
una forma de concretización de las políticas públicas dictadas por el Estado. / This work deals with a complaint filed by the Asociación de Consumidores Indignados
Perú (ACIP) against La Rosa Náutica S.A. for allegedly violating the provisions of Article
38 of the Code of Consumer Protection and Defense. Meanwhile, it would have been
detected that the denounced company delivered two different menus to the diners, men's
price cards and women's price cards without prices.
By Resolution No. 0271-2019/CC2, the Consumer Protection Commission declared the
complaint unfounded, since discriminatory acts were not proven. The Association
appealed the decision and through Resolution N°2758-2019/SPC-INDECOPI, the
Specialized Chamber on Consumer Protection revoked the resolution declaring the
complaint unfounded and reformulated it, declaring it to be founded.
In this paper, we will analyze whether with the final decision of the resolution body,
Indecopi as a consumer rights protection agency complied with the function imposed on
it. Likewise, with all the work done in this report, it will be possible to determine whether
or not the final decision of the Chamber affected entrepreneurial freedom.
Finally, the treatment of consumer discrimination in the Peruvian legal system will be
studied. In order to determine if the action of the Rosa Nautica meets the legal
components that convert an action into discrimination.
After the complete analysis, it will be seen that Indecopi fulfilled its protective function
towards the consumer.
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Informe Jurídico sobre la Resolución 1008-2013/SPC-INDECOPIEspinoza Flores, Winy Marilin 03 August 2023 (has links)
El principal problema del caso gira en torno a analizar si los remedios adoptados
por el proveedor ante el defecto en el producto se encuentran dentro de los
alcances del deber de idoneidad y, en consecuencia, determinar que Claro es
responsable administrativamente. En base al criterio establecido en la
Resolución 1008-2013/SPC-INDECOPI establece que, independientemente de
que el proveedor haya corregido el defecto, basta que se acredite que hubo un
defecto y que dicho defecto sea atribuible al proveedor, el proveedor debe de
responder por dicho defecto. Por lo que, en el presente caso, el proveedor no
logró acreditar que el golpe fue la causa de que el celular presentara defectos.
Por lo que, Claro es responsable administrativamente por incurrir a una infracción
al deber de idoneidad.
Asimismo, analizar que no existió vulneración al debido procedimiento por parte
de la Comisión al declarar nulidad parcial de la resolución de la primera instancia.
Además, se analizará el recurso de revisión y si ante su interposición era posible
ejecutar o exigir el cumplimiento de la medida correctiva y de la sanción emitida
mediante Resolución Final Nº 3015-2012/PS3. Finalmente, cuestionar la
aplicación del recurso de revisión en el presente caso. / The main problem of the case revolves around analyzing the remedies adopted
by the supplier in the face of the defect in the product are within the scope of the
duty of suitability and, consequently, determining that Claro is administratively
responsible. Based on the criteria established in Resolution 1008-2013/SPC INDECOPI, it establishes that, regardless of whether the supplier has corrected
the defect, it is enough to prove that there was a defect and that said defect is
attributable to the supplier, the supplier must respond for said defect. Therefore,
in the present case, the provider was unable to prove that the blow was the cause
of the defects in the cell phone. Therefore, Claro is administratively responsible
for incurring a breach of the duty of suitability.
Likewise, to analyze that there was no violation of due process by the
Commission by declaring partial nullity of the resolution of the first instance. In
addition, the appeal for review will be analyzed and if before its filing it was
possible to execute or demand compliance with the corrective measure and the
sanction issued by Final Resolution No. 3015-2012/PS3. Finally, to question the
application of the review resource in the present case.
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lnforme sobre Resolución Final N° 362-2007-INDECOPI-AQP del Expediente N°72-2007/CPCCeIis BaciIio, MiIagros Lisset 04 April 2023 (has links)
EI SOAT es un seguro vehicuIar obIigatorio cuyo objetivo es garantizar Ia atención
inmediata de Ias víctimas, sean ocupantes o terceros de vehícuIo coberturado, ante Ia
ocurrencia de un siniestro. AI respecto, existe una controversia entre Ias compañías de
seguros y Ios accidentados respecto de si eI SOAT debe cubrir a Ios ocupantes de un
vehícuIo que no cuenta con dicho seguro.
Por un Iado, Ios accidentados señaIan que eI SOAT cubre a todas Ias personas,
independientemente de Ia caIidad que estas posean; mientras que Ias compañías de
seguros sostienen que su póIiza únicamente deberá ser apIicada a Ios ocupantes deI
vehícuIo asegurado, así como a Ios terceros no ocupantes deI mismo, restringiendo
este término para Ios peatones. Bajo esta úItima interpretación, no podrá ser posibIe
que se brinde Ia cobertura deI SOAT a Ios ocupantes de un vehícuIo sin SOAT, Ios
mismos que potenciaImente quedarían a su suerte.
Sin embargo, desde nuestra óptica, cuaIquier disposición normativa que haga
referencia aI SOAT debe interpretarse, considerando eI propósito sociaI bajo eI cuaI
fue concebido. En consecuencia, a Ia Iuz deI cuarto párrafo deI artícuIo 17 deI Decreto
Supremo 024-2002-MTC, Ias compañías de seguro se encuentran obIigadas a
indemnizar a Ios ocupantes deI vehícuIo sin SOAT, teniendo Ia posibiIidad de repetir Io
pagado contra Ios responsabIes soIidarios. / The SOAT is a mandatory vehicIe insurance whose objective is to guarantee the
immediate attention of the victims, whether they are occupants or third parties of the
covered vehicIe, in the event of an accident. In this regard, there is a controversy
between insurance companies and accident victims as to whether the SOAT shouId
cover the occupants of a vehicIe that does not have said insurance.
On the one hand, the injured parties point out that the SOAT covers aII peopIe,
regardIess of their quaIity; whiIe insurance companies maintain that their poIicy shouId
onIy be appIied to the occupants of the insured vehicIe, as weII as to third parties who
do not occupy it, restricting this term to pedestrians. Under this Iast interpretation, it
may not be possibIe for SOAT coverage to be provided to the occupants of a vehicIe
without SOAT, the same ones who wouId potentiaIIy be Ieft to their own devices.
However, from our point of view, any reguIatory provision that refers to SOAT must be
interpreted, considering the sociaI purpose for which it was conceived. ConsequentIy,
in Iight of the fourth paragraph of articIe 17 of Supreme Decree 024-2002-MTC, the
insurance companies are obIiged to indemnify the occupants of the vehicIe without
SOAT, having the possibiIity of repeating what was paid against the joint and severaI
responsibIe.
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Análisis de la práctica comercial del Overbooking de cara a la normativa de consumidorTello Arias, Angie Stefany 27 March 2023 (has links)
El deber de idoneidad alude a la correspondencia entre la expectativa que tiene
el consumidor con lo que en efecto recibe. De tal manera, en el sector de
transporte aéreo, los consumidores que adquieren un pasaje para transportarse
a un destino determinado en un horario concreto, lo hacen porque tienen un
interés previo de que el viaje se realice conforme lo contratado. Sin embargo,
existe una práctica comercial realizada por muchas aerolíneas llamada
overbooking o sobreventa de pasajes, la cual consiste en aceptar una cantidad
de reservas superior al número de asientos de un vuelo. Si bien, existen diversas
posiciones respecto a si se debería permitir el overbooking, la realidad es que en
el ordenamiento jurídico peruano esta práctica comercial no se encuentra
prohibida, sino solo determina los remedios legales que las aerolíneas tienen que
desplegar para compensar al consumidor afectado. Siendo esto así, en el
presente artículo se realizará un análisis respecto a si la práctica comercial del
overbooking vulneraría la idoneidad que debe cumplir todo producto o servicio
contratado. Asimismo, se plantean una serie de recomendaciones con el objetivo
de poder otorgar una mejor protección a los derechos que tiene todo consumidor
en el sector de transporte aéreo. / The duty of suitability refers to the correspondence between the expectations that
the consumer has with what he actually receives. In this way, in the air transport
sector, consumers who purchase a ticket to travel to a specific destination at a
specific time, do so because they have a prior interest that the trip be carried out
as contracted. However, there is a commercial practice carried out by many
airlines called overbooking or overselling tickets, which consists of accepting a
number of reservations greater than the number of seats on a flight. Although
there are different positions regarding whether overbooking should be allowed,
the reality is that in the Peruvian legal system this commercial practice is not
prohibited, but only determines the legal remedies that airlines have to deploy to
compensate the affected consumer. This being the case, in this article an analysis
will be carried out regarding whether the commercial practice of overbooking
would violate the suitability that any contracted product or service must comply
with. Likewise, a series of recommendations are proposed with the aim of being
able to grant better protection to the rights of every consumer in the air transport
sector.
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A propósito del nuevo Programa de Cumplimiento en materia de Protección al Consumidor: ¿Qué impacto ha tenido en el sector empresarial financiero y conexos?Piaggio Vizcarra, Alessandra Reina Victoria 16 December 2021 (has links)
El presente trabajo se enfoca en analizar el programa de cumplimiento en materia de
protección al consumidor, circunscrito al sector financiero y conexos, desde la
autorregulación empresarial; además, de tomar en consideración, la importancia del
Compliance como buena práctica corporativa. En ese sentido, se plasma como objetivo,
determinar el impacto que ha tenido el programa de cumplimiento en materia de
protección al consumidor, en el sector económico mencionado, ya que, su adecuada
implementación, sirve como atenuante frente a la posible imposición de multas, por parte
del Indecopi. Para ello, se partirá por explicar las nociones básicas del Compliance, y de
la autorregulación como mecanismo voluntario, por parte de las empresas, de
autosometerse a reglas determinadas. Dichos conceptos, se enmarcan en la normativa
referente a la protección al consumidor en el sistema financiero. Seguidamente, se
propone, además de los documentos requeridos por la norma, la realización de una matriz
de riesgo y el establecimiento de controles internos para la ejecución del programa de
cumplimiento, producto del análisis de varias Resoluciones del Indecopi, que permiteron
identificar los lineamientos y parámetros establecidos por la autoridad competente, sobre
el sector económico desarrollado. Ello, sin dejar de abordar lo límites normativos y de
ejecución que aún enfrenta el programa de cumplimiento en materia de protección al
consumidor. Finalmente, tomando como referencia las premisas desarrolladas, se logra
evidenciar que, a pesar del beneficio adyacente al programa de cumplimiento estudiado,
éste no ha tenido un gran impacto en el sector financiero y conexos, debido a que aún no
hay claridad en los criterios de evaluación del programa cumplimiento por parte del
Indecopi, según la jurisprudencia desarrollada en el trabajo.
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Informe jurídico sobre Resolución Final N° 218-2013/ILN-PSO del Expediente N° 118-2013/ILN-PS0Lopez Illanes, Claudia Andrea 01 March 2023 (has links)
A propósito del caso del señor Andrés Flores por la compensación que el Banco del
Crédito realiza en la cuenta de ahorros en la que recibía su pensión, el presente informe
abarca el debate sobre las normas que rigen sobre dicha práctica comercial muy usual
por parte de los bancos. En específico, la discusión, que incluso ha estado presente
entre los órganos resolutivos del INDECOPI, se centra en determinar si a aquella
compensación autorizada por el usuario debe realizarse considerando el límite
establecido en el artículo 648 del Código Procesal Civil, el cual declara como
inembargables las remuneraciones y pensiones. Además, ante la falta de uniformidad
en cuanto a los criterios aplicados por la autoridad administrativa, se analiza la posible
vulneración del principio de confianza legítima como contenido esencial del principio de
seguridad jurídica y sus implicancias dentro del procedimiento sancionador en curso
respecto de la entidad bancaria denunciada. Por su parte, en el marco del recurso de
revisión interpuesto, se desarrollan los principios que rigen sobre el procedimiento
sumarísimo que subyace, a fin de evaluar la congruencia con el pronunciamiento de la
Sala Especializada en Protección al Consumidor. / Regarding the case of Mr. Andrés Flores for the compensation made by Banco del
Crédito in the savings account in which he received his pension, this report covers the
debate on the rules governing this very common banks business practice. In particular,
the discussion focuses on determining whether the compensation authorised by the
consumer should be made considering the limit established established in the Code of
Civil Procedure, which declares remunerations and pensions to be unseizable. In
addition, in view of the lack of uniformity in the standards applied by the administrative
authority, the application of the principle of legitimate expectations and its implications
within the sanctioning procedure will be analyzed.
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Informe sobre Resolución N°2070-2020/SPC-INDECOPI Peruvian Air Line S.A.C - INDECOPIAraujo Fuertes, Johana Melissa 05 September 2022 (has links)
El presente informe tiene como objetivo poder analizar los principales problemas
jurídicos de la Resolución N.º 2070-2020/SPC-INDECOPI, la cual halló responsable a
Peruvian Air Line S.A.C por infracción al deber de información y deber de idoneidad,
señalados en los artículos 2 y 19, del Código de Protección y Defensa al Consumidor
respectivamente, por los hechos suscitados frente a la cancelación de vuelos realizados
por dicha aerolínea a partir del 30 de setiembre de 2019.
De esta manera, se realiza un análisis jurídico a fin de determinar si, en primer lugar, la
medida de embargo a las cuentas de Peruvian Air Line por la Administración Tributaria
se considera una ruptura del nexo causal al ser un hecho de fuerza mayor y, por tanto, la
aerolínea no sería imputable de la cancelación de vuelos como consecuencia del
embargo.
En segundo lugar, se analiza si siendo imputable a Peruvian Air Line la cancelación de
vuelos habría cumplido con alguno de los supuestos que indica la Decisión 619 para
quedar liberado de responsabilidad.
En tercer lugar, se analiza si la aerolínea otorgó las medidas de protección a los usuarios
afectados, de acuerdo con lo señalado por la Ley de Aeronáutica Civil y los artículos 7 y
8 de la Decisión antes mencionada.
Por último, se analiza si Peruvian Air Line brindó información de manera suficiente,
apropiada y oportuna en relación al estado de los vuelos que fueron cancelados y/o las
medidas de protección a adoptar como resultado de la suspensión de sus operaciones. / The purpose of this report is to analyze the legal problems of Resolution No. 2070-
2020/SPC-INDECOPI, which found Peruvian Air Line S.A.C. liable for breach of the
duty of information and duty of suitability, as set forth in articles 2 and 19 of the Code
of Consumer Protection and Defense, respectively, due to the facts arising from the
cancellation of flights made by such airline as of September 30, 2019.
Whereby, a legal analysis is carried out in order to determine if, in the first place, the
seizure of Peruvian Air Line' accounts by the Tax Administration is considered a rupture
of the causal link as it is a force majeure event and, therefore, the airline would not be
liable for the cancellation of flights as a consequence of the seizure.
Secondly, it is analyzed whether the cancellation of flights being attributable to
Peruvian Air Line, it would have complied with any of the assumptions indicated in
Decision 619 in order to be released from liability.
Thirdly, it is analyzed whether the airline provided the protection measures to the
affected users, based on the provisions of the Civil Aeronautics Law and articles 7 and 8
of the Decision.
Finally, it is analyzed whether Peruvian Air Line provided sufficient, appropriate and
timely information regarding the status of the cancelled flights and/or the measures to
be adopted as a consequence of the suspension of its operations.
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