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Informe Jurídico de la Resolución N°4035-2014/SPC-INDECOPIHuerta Valer, Keshia Katarina 01 December 2022 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo analizar, a través de la redacción de un
informe jurídico, la Resolución N°4035-2014/SPC-INDECOPI, emitida por la Sala
Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI, aplicando el método de análisis
síntesis, aplicación de la norma en el tiempo y derecho comparado. La resolución en cuestión
versa sobre una denuncia de parte formulada por la madre de un menor de edad cuya
dignidad y tranquilidad se habría visto afectada por un proveedor, infringiendo de ese modo
el deber de idoneidad contenido en el Art.19° del Código de Protección y Defensa del
Consumidor. El producto académico concluye que, en efecto, se habría infringido el deber de
idoneidad que, en el caso analizado, abarca no solo las características intrínsecas de los
bienes y servicios ofrecidos, sino también a los servicios conexos y condiciones vinculadas a
la prestación principal, como lo son la tranquilidad, seguridad y buen trato que los
consumidores esperan al encontrarse dentro de las instalaciones de un proveedor. Adicional a
ello, se precisa algunas acciones que no fueron tomadas en cuenta por la autoridad
administrativa de protección al consumidor al momento de resolver el caso y que, de haberlo
hecho, habrían dado pase a la aplicación de una sanción más representativa de la que se
terminó imponiendo a la denunciada, todo ello en atención a que el presente es un caso donde
se contravinieron los derechos fundamentales de un niño. / This academy work aims to analyze, through a legal report, the Resolution
N°4035-2014/SPC-INDECOPI, issued by the Specialized Court in Consumer Protection of
INDECOPI, applying the synthesize analysis method, application of the law through the time
and comparative law. This abovementioned resolution is about a complaint issued by the
mother of an under-age child which dignity and peace would have been affected by a
supplier, breaking that way the duty of suitability included within Article 19th of the
Consumer Protection and Defense Code. This academy work concludes that, actually, there
was a breach of the suitability principle that, in this case, covers not only the intrinsic
characteristics of goods and services offered, but rather also related services and conditions
linked to the enforcement to the core service, such as the peace, security and friendly
treatment that customers should receive and they wait for when attending to a supplier store.
Likewise, it is specified some actions that were not taken into account for the administrative
authority in terms of customer protection when dealing with this case and that, if it had been
another way, it could allow a more severe and representative sanction than the one that was
imposed to the defendant. All this in attention that this case was about a breach of an
under-age child fundamental rights.
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Discriminación en el consumo de seguros: una mirada a la resolución 2135-2012/SC2-INDECOPIVasquez Lara, Franco Ricardo 26 July 2023 (has links)
El informe sobre la Resolución N.º 2135-2012/SC2-INDECOPI recopila y analiza
diferentes fuentes del derecho a la luz del caso Céliz contra la empresa de
seguros Rímac, donde se le sanciona por incurrir en actos de discriminación en
contra de la señorita Sandra Paloma Céliz Rossi debido a su condición de tener
el síndrome de Down. La presente investigación se consigna bajo el criterio del
modelo económico vigente y los derechos fundamentales de los consumidores
reconocido en la Constitución Política. Se considera que Rímac incurrió en actos
de discriminación de acuerdo al primero criterio adoptado por el Indecopi sobre
la figura de la discriminación. Asimismo, se analiza las distintas posturas que se
argumentó en la resolución en mención, siendo que se considera que el Indecopi
hizo correcto en optar por la figura de la discriminación y no por la figura del tipo
base de selección injustificada de cliente o trato diferenciado ilícito. El objetivo
principal se determina en que si la empresa Rímac incurrió en un acto
discriminatorio. Por medio de identificar si es que su accionar se encontró dentro
de los límites del modelo económico y determinar si se encuentra en la figura
agravada de la discriminación o el trato diferenciado ilícito, se conseguirá
responder a la interrogante. Se concluye que Rímac incurrió en un acto de
discriminación en su figura agravada
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Informe de relevancia jurídica sobre la Resolución N°1934-2009/SC2-INDECOPICáceres Medina, Selene de Merici 31 July 2023 (has links)
El presente Informe Jurídico versa sobre el análisis de la Resolución 1934-
2009/SC2-INDECOPI, respecto al deber de idoneidad brindado en los servicios
médicos y la infracción al artículo 8 del Decreto Legislativo N°716. En relación
con lo expuesto las finalidades del presente Informe es de analizar i) que es un
servicio médico idóneo, ii) el alcance que tiene el concepto paciente dentro de
la relación de consumo y iii) si la medida correctiva protege el derecho a la
Reparación por daños y perjuicios.
Conforme a ello, en primer lugar, se expondrá brevemente los hechos del caso
que conllevaron a la infracción del artículo 8 del Decreto Legislativo N°716
respecto a la falta de diligencia de los profesionales de la salud e idoneidad en
el servicio médico. Se hará el desarrollo de los aspectos que requiere todo
servicio médico idóneo: i) historia clínica, ii) consentimiento informado, iii)
receta, iv) diagnóstico y protocolo médico y v) proceso individual de atención.
En segundo lugar, se expondrá la relación de consumo que tiene todo servicio
que se ofrece, pero en el caso en concreto será analizado desde el punto de
vista del paciente; concluyendo en un tercer punto con el análisis de verificar si
la medida correctiva impuesta a la Clínica ha sido la más adecuada.
El presente Informe Jurídico ha sido desarrollado en base a las normas de
alcance de Protección al Consumidor como el Código de Protección al
Consumidor, el Decreto Legislativo N°716 y Resoluciones emitidas por Indecopi
que versan respecto al caso. / This Legal Report deals with the analysis of Resolution 1934-2009/SC2-
INDECOPI, regarding the duty of suitability provided in medical services and the
infringement of Article 8 of Legislative Decree No. 716. In relation to the above,
the purpose of this Report is to analyze i) what is a suitable medical service, ii)
the scope of the concept of patient within the consumer relationship and iii)
whether the corrective measure protects the right to compensation for
damages.
Accordingly, in the first place, the facts of the case that led to the infringement of
Article 8 of Legislative Decree No. 716 regarding the lack of diligence of the
health professionals and the lack of suitability of the medical service will be
briefly explained. The following aspects will be developed: i) medical history, ii)
informed consent, iii) prescription, iv) diagnosis and medical protocol and v)
individual care process. Secondly, the consumer relationship of any service
offered will be explained, but in the specific case it will be analyzed from the
patient's point of view; concluding in a third point with the analysis of whether
the corrective measure imposed to the Clinic has been the most appropriate.
This Legal Report has been developed based on the rules of scope of
Consumer Protection such as the Consumer Protection Code, Legislative
Decree No. 716 and Resolutions issued by INDECOPI that deal with the case.
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Informe Académico sobre la Resolución N.º 2758-2019/SPC-INDECOPIRamirez Camana, Valeria Liz 31 July 2023 (has links)
El presente informe persigue el análisis de la Resolución N.º 2758-2019/SPCINDECOPI, respecto al desarrollo realizado por la autoridad en torno a la
determinación de la figura jurídica de la “discriminación en el consumo” respecto
del empleo de cartas diferenciadas como estrategia comercial de fidelización. Al
respecto, la evaluación a realizarse se enfoca en torno a los derechos
presuntamente afectados de las comensales del restaurante como el derecho a
la igualdad, vinculado a la dignidad y prohibición de discriminación, y el derecho
a la información relevante, por lo cual, se cuestiona si el acceso al conocimiento
de los precios realmente se encontró imposibilitado para las comensales, toda
vez que, dentro del escenario de un consumo responsable, se demuestra la
existencia de otras formas o medios para su acceso e, inclusive, dicha situación
podía ser corregida bajo una actuación diligente; asimismo, se destaca la
particularidad de la experiencia de consumo brindada por el restaurante así como
su notoriedad en el sector, motivo por el que, en atención a las actuales
dinámicas comerciales, se plantea la existencia de una presunción razonable
sobre un conocimiento previo en torno a un estándar de precios acerca de los
servicios y productos brindados por el restaurante. Asimismo, se evalúa la
idoneidad y razonabilidad de la multa impuesta, así como de las medidas
correctivas ordenadas. Por lo que, en virtud de lo expuesto, se podrá verificar si
la conducta se encuentra en infracción de la normativa señalada y, con ello, si el
desarrollo de la Sala estuvo debidamente fundamentado. / This report seeks to analyze Resolution N.º 2758-2019/SPC-INDECOPI,
regarding the development made by the authority on the determination of the
legal figure of "discrimination in consumption" with respect to the use of
differentiated menus as a commercial strategy of loyalty. In this regard, the
evaluation to be carried out focuses on the allegedly affected rights of the
restaurant's diners, such as the right to equality, linked to dignity and prohibition
of discrimination, and the right to relevant information, therefore, it is questioned
whether the access to knowledge of prices was really impossible for the diners,
since within the scenario of responsible consumption, the existence of other ways
or means for their access is demonstrated and, even, such situation could be
corrected under a diligent action; likewise, the particularity of the consumption
experience provided by the restaurant as well as its notoriety in the sector is
highlighted, which is why, in view of the current commercial dynamics, the
existence of a reasonable presumption of prior knowledge about a price standard
regarding the services and products provided by the restaurant is raised.
Likewise, the appropriateness and reasonableness of the fine imposed, as well
as the corrective measures ordered, are evaluated. Therefore, by virtue of the
foregoing, it will be possible to verify whether the conduct is in violation of the
aforementioned regulations and, therefore, whether the development of the
Tribunal was duly grounded.
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El taxi en los tiempos de la economía colaborativa: Informe Jurídico de la Resolución N° 84-2020/SDC-INDECOPIJáuregui Mena, Gonzalo Manuel 25 July 2023 (has links)
El presente informe determina si la empresa Uber B.V. cometió actos de
competencia desleal en la modalidad de violación de normas, toda vez que
estaría incumpliendo con la normativa sectorial para el servicio de taxi. Para ello,
se utiliza la Ley de Represión de la Competencia Desleal y la Ordenanza N° 1684
regula la prestación del Servicio de Taxi en Lima Metropolitana, además de la
casuística nacional e internacional respecto a la naturaleza del servicio prestado
por dicha empresa. También se considera el Código de Protección y Defensa del
Consumidor para determinar naturaleza en función de las reglas de gobernanza
usadas y si estas son un mecanismo alternativo de protección al consumidor.
Con ello, el presente informe concluye que, por su intervención o injerencia en el
servicio de transporte, si bien el servicio que brinda Uber B.V es el de un
intermediario, con dicha actividad económica se comportaba adicionalmente
como un proveedor del servicio de taxi. Asimismo, se establece que las reglas
de gobernanza aplicadas en las plataformas de intermediación no constituyen
por sí solas un mecanismo alternativo de protección al consumidor, debiéndose
regular por la normativa en la materia. Por último, se concluye que, en
concordancia con la aplicación de la primacía de la realidad, y al serle aplicable
la normativa sectorial, su incumplimiento generó que cometa actos de
competencia desleal en la modalidad de violación de normas, obteniendo una
ventaja competitiva ilegal en el mercado. / This report determines whether the company Uber B.V. committed acts of unfair
competition by the violation of rules, since it would be in breach of the sectorial
regulations for the cab service. For this purpose, the Law for Repression of Unfair
Competition and the Ordinance N° 1684 regulating the taxi service in Lima
Metropolitana are used, as well as the national and international cases regarding
the nature of the service provided by such company. The Code of Consumer
Protection and Defense is also considered to determine the nature of the
governance rules used and whether they are an alternative consumer protection
mechanism. With this, it is conclude that, due to its intervention or interference in
the transportation service, although the service provided by Uber B.V. is that of
an intermediary, with its economic activity it additionally behaved as a cab service
provider. Likewise, it is established that the governance rules applied in the
intermediation platforms do not constitute by themselves an alternative
mechanism of consumer protection, and must be regulated by the regulations on
the matter. Finally, it is concluded that, in accordance with the application of the
primacy of reality, and being applicable to the sectorial regulation, its noncompliance
generated that it commits acts of unfair competition in the form of
violation of rules, obtaining an illegal competitive advantage in the market.
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Resolución N°1197-2014/SPC-INDECOPIYanes Jiménez, Claudia Alexandra 25 July 2023 (has links)
La resolución materia de análisis versa sobre un caso de discriminación por
identidad sexual ocurrido en el año 2012 teniendo como partes del caso a Gothic
Entertainment S.A. (en adelante Discoteca Gótica) y Godfrey Arbulú Grippa (en
adelante Srta. Arbulú). La Sala Especializada en Protección al Consumidor
reconoce la ocurrencia de un acto discriminatorio en el consumo realizado por la
Discoteca Gótica contra la Srta. Arbulú esto por su condición de persona
transexual. La finalidad del trabajo es analizar I) que es la discriminación y su
aplicación al caso en concreto, II) el deber de información respecto a la
injustificada elevación del precio de la entrada a la Discoteca Gótica
Es imperativo mencionar que la Sala Especializada en Protección al Consumidor
no pudo realizar un adecuado manejo de los conceptos inmersos en este caso,
así como no tampoco logró identificar correctamente la acción discriminatoria
para un análisis idóneo. Por lo cual, mediante el uso de doctrina nacional e
internacional, tanto jurídica como interdisciplinaria, se demostrará la necesidad
de entender lo que identifica al grupo de personas que puede ser víctima de un
acto discriminatorio como lo es la comunidad trans.
El derecho a la no discriminación es un derecho fundamental vinculado
directamente al derecho a la dignidad y reconocido como parte de los derechos
humanos; no se busca únicamente evaluar el caso en específico, sino resolver
la situación de discriminación a la cual puede ser víctima no solo la Srta. Arbulú,
sino cualquier otra persona que forma parte de este grupo humano
históricamente vulnerado. / The decision under analysis deals with a case of discrimination based on sexual
identity that occurred in 2012, with Gothic Entertainment S.A. (hereinafter
Discoteca Gótica) and Godfrey Arbulú Grippa (hereinafter Ms. Arbulú) as parties
to the case. The Specialised Chamber on Consumer Protection recognises the
occurrence of a discriminatory act in the consumption carried out by Gothic
Discotheque against Miss Arbulú because of her condition as a transsexual
person. The purpose of this paper is to analyse I) what discrimination is and its
application to the specific case, II) the duty of information regarding the unjustified
increase in the price of admission to the Discoteca Gótica, and III) the duty of
information regarding the unjustified increase in the price of admission to the
Discoteca Gótica.
It is imperative to mention that the Specialised Consumer Protection Court was
not able to adequately handle the concepts involved in this case, nor was it able
to correctly identify the discriminatory action for a suitable analysis. Therefore,
through the use of national and international doctrine, both legal and
interdisciplinary, it will demonstrate the need to understand what identifies the
group of people who may be victims of a discriminatory act, such as the
transgender community.
The right to non-discrimination is a fundamental right directly linked to the right to
dignity and recognised as part of human rights; the aim is not only to evaluate the
specific case, but to resolve the situation of discrimination to which not only Ms.
Arbulú, but any other person who is part of this historically vulnerable human
group, may be a victim.
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Análisis de la existencia de guías y lineamientos para la aplicación del principio de sustanciación en los avisos publicitarios en el mercado de los servicios de telecomunicacionesCampana Pérez, Anushka Anell 29 April 2019 (has links)
En los últimos años el mercado del servicio de telefonía móvil ha experimentado cambios importantes, como hecho más significativo, se observa un alto grado de competencia, el mismo que ha guiado el desarrollo y crecimiento del mercado. La competitividad tiene como consecuencia que las empresas se encuentren ante la necesidad de ofertar un servicio diferenciado. En dicha línea, la publicidad comercial constituye como una herramienta esencial para la reducción de la asimetría informativa que existe entre los consumidores y los proveedores de bienes o servicios, procurando que los primeros tomen decisiones de consumo que se ajusten a sus intereses y necesidades. En dicho sentido, se presenta como necesario analizar la existencia de guías y lineamientos para la aplicación del principio de sustanciación en los avisos publicitarios en el mercado de los servicios de telecomunicaciones. Para dicho fin, en un primer momento se analiza la competencia del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones y la del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. Posteriormente, se efectúa un análisis jurisprudencial de resoluciones emitidas por el INDECOPI con el objetivo de exponer los criterios utilizados para el análisis de las denuncias interpuestas, en primera instancia, ante la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal y posteriormente analizadas por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia. Finalmente, se concluye que no existen lineamientos o guías que permiten a las empresas operadoras de servicios de telecomunicaciones o al propio INDECOPI analizar la publicidad, por lo que, el presente trabajo busca presentar una breve guía que podrá ser de utilidad para los agentes involucrados en el mercado.
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Regulación del “acoso” comercial en el Perú: en búsqueda de tentativas de soluciónVasquez Ramos, David Francisco 23 March 2022 (has links)
Hoy en día los medios para promocionar los productos y/o servicios, así como la forma de
comercializar a través del telemercadeo han revolucionado nuestras maneras de relacionarnos
con el mundo, pues podríamos decir que ya no “buscamos” la publicidad, sino que esta nos
“busca” a nosotros. Nos agrade o no, cada día somos asiduos destinatarios de innumerables
piezas publicitarias que tienen como finalidad convencernos de adquirir cierto producto y/o
servicio. La publicidad, en estos tiempos, puede recibirse de manera personalizada a través de
canales de contacto que son propios del consumidor, tales como las redes sociales, mensajes
de telefonía celular, correos electrónicos y mensajes de texto. Sin embargo, muchas veces estas
formas de contacto se vuelven tediosas, reiterativas e incluso irritantes, hasta el punto de no
llegar a conocer el nombre de nuestro interlocutor ni el lugar de donde proviene el contacto.
¿Tengo que permanecer como receptor pasivo de la publicidad sin poder hacer algo al respecto?
¿No califica esto como un “acoso” publicitario? ¿Cuáles son los límites que la normativa
impone?
En el presente trabajo analizaremos la regulación del “acoso” comercial” en el Perú, sus
manifestaciones, la normativa que está detrás, así como la vía jurídica para hacerle frente. La
pregunta medular que nos haremos será: ¿Los consumidores tenemos las herramientas
adecuadas para superar estas prácticas comerciales? En las siguientes líneas del presente
trabajo haremos referencia al cambio de paradigma normativo que debería introducirse, el cual
está vinculado con esta práctica comercial prohibida que –en la práctica– parece que no lo está.
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De Dolce & Gabbana a nada: ¿regulación o autorregulación del principio de adecuación social?Alvarado Oscanoa, Veronica Rosario 21 March 2022 (has links)
El presente artículo busca presentar nociones básicas sobre la publicidad y el
Principio de Adecuación Social, así como la posición de la Ley de Represión de la
Competencia Desleal, y el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Asimismo, se
hará una comparación con la legislación española y neerlandesa. Para una explicación más
dinámica, el tema será visto desde el Fashion Law, y analizaré el controvertido anuncio
publicitario de Dolce & Gabbana, donde la modelo Zuo Ye intentaba degustar platillos
italianos con palillos chinos; así también, aplicaré la normativa nacional, ello para analizar
si el anuncio hubiese sido sancionado en Perú. En una etapa posterior, se brindarán
recomendaciones para dilucidar quién es el mejor posicionado para sancionar aquellos
anuncios publicitarios que vulneren el Principio de Adecuación Social, ya sea mediante el
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi), o
a través del mecanismo de la autorregulación. Además, se expondrá el rol del análisis
económico del derecho en el mercado nacional. Finalmente, se presentarán conclusiones y
unas breves recomendaciones, las mismas que podrán ser utilizadas para complementar
futuros razonamientos de la Sala Especializada en Competencia Desleal del Indecopi. / The article seeks to present basic notions on advertising and the Principio de
Adecuación Social, as well as the position taken in the Ley de Represión de la Competencia
Desleal and the Código de Protección y Defensa del Consumidor. Likewise, a comparison
will be made with the Spanish and Dutch legislation. For a more dynamic explanation, this
will be explained from a Fashion Law perspective, and I will analyze Dolce & Gabbana’s
controversial advertisement, where model Zuo Ye tried to eat Italian dishes with chopsticks,
and I will apply the national regulation. This will be made to analyze whether this
advertisement would have been sanctioned in Peru. Afterwards, recommendations will be
provided to elucidate who is in a better position to sanction advertisements that violate the
principle, either through the Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Propiedad Intelectual (Indecopi), or through self-regulation; and the role played by the
economic analysis of law in the peruvian market. Finally, conclusions and brief
recommendations will be presented, which may complement future reasoning by Indecopi’s
Sala Especializada en Competencia Desleal del Indecopi.
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Algunas críticas a las medidas de seguridad en materia de patrón de consumo en el empleo de tarjetas de pagoPareja Palomino, Julio 30 March 2023 (has links)
El objetivo del presente trabajo de investigación es analizar, junto al patrón de
consumo en tarjetas, dos de las modificaciones introducidas por la SBS en la
normativa de tarjetas de crédito, vinculadas a la contratación de servicios
adicionales y al uso de notificaciones de operaciones. Así, se analiza el enfoque
de estándar de consumo a partir de lo establecido por la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP y por INDECOPI. En este orden de ideas, se plantea un
análisis histórico de la evolución del marco normativo de tarjetas de crédito, a
partir del avance tecnológico y de las nuevas necesidades de los consumidores.
Por su parte, con respecto a los citados servicios adicionales, se plantean dichos
elementos como parte de las medidas de seguridad que pueden emplearse para
combatir los fraudes electrónicos en el uso de tarjetas de crédito que pueden
sufrir los usuarios. Al respecto, se señala que dichas medidas son beneficiosas,
pero no cumplen sus objetivos de protección al consumidor por no ser entendidas
de forma adecuada por los usuarios. En ese sentido, se resalta la importancia de
la educación financiera como elemento necesario para una protección al
consumidor y se plantean alternativas de solución que podrían coadyuvar al logro
de un mejor entendimiento de los productos ofrecidos en materia financiera. / The objective of this research is to analyze, the pattern of card consumption with
two of the modifications introduced by the SBS in the credit card regulations,
linked to the contracting of additional services and the use of transaction
notifications. Thus, the consumption standard approach is analyzed based on
what is established by the Superintendency of Banking, Insurance and AFP and
by INDECOPI. In this order of ideas, a historical analysis of the evolution of the
credit card regulatory framework is proposed, based on technological progress
and the new needs of consumers.
Regarding the aforementioned additional services, these elements are
considered as part of the security measures that can be used to face electronic
fraud in the use of credit cards that users may suffer. In this regard, it is pointed
out that these measures are beneficial, but do not meet their consumer protection
objectives because they are not adequately understood by users. In this sense,
the importance of financial education is highlighted as a necessary element for
consumer protection and alternative solutions are proposed that could help to
achieve a better understanding of the products offered in financial matters.
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