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Problemas y limitaciones de capacidad del Sistema Nacional de Control para detectar e investigar casos de corrupción : el caso Ancash visto desde la labor del Órgano de Control Institucional del Gobierno RegionalPinto Pérez, Nataly Elizabeth 14 March 2017 (has links)
El presente trabajo tiene por objetivo general determinar
los problemas o limitaciones que afectan la capacidad del Sistema Nacional de
Control para detectar e investigar casos de corrupción. Para ello, se toma como referencia la labor del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de
Ancash, desde el año 2010 hasta el 2014. / Articulo de Investigacion
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Persecución de los delitos de corrupción : medidas investigativas propuestas por la Organización de las Naciones Unidas y sistema chileno vigenteGiglio Dababneh, Soraya Paz, Henríquez Romo, Fernando Matías January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales
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Informe Jurídico sobre Casación N° 542-2017 LambayequeCano Tacza, Karenn Norely 16 August 2021 (has links)
La colusión es un delito de infracción de deber tipificado en el artículo 384° del Código
Penal peruano que ha sido interpretado de diversas maneras por los operadores de justicia,
así como por la doctrina. Sin embargo, pese a su estudio constante no se ha logrado
uniformizar la interpretación sobre sus alcances. Tal es el caso de la Casación N° 542-2017
Lambayeque, en la cual los magistrados no llegaron a un consenso sobre la delimitación e
interpretación del tipo penal, por ello la aplicación a los hechos resulta discutible, ya que con
diversas posturas se puede llegar a soluciones disímiles.
Por lo tanto, dado el análisis respectivo se llega a la conclusión de que el bien jurídico
aplicable al delito de colusión es la imparcialidad en la actividad contractual del Estado.
Asimismo, los supuestos del artículo 384° de la citada norma constituyen dos modalidades,
una colusión simple y otra agravada. De lo cual, para configurar la primera se requiere de
una concertación donde existe un peligro potencial al patrimonio del Estado, mientras que,
para la colusión agravada, se requiere de un resultado que implica el perjuicio patrimonial
efectivo y cuantificable. Así, en el caso debió probarse la sobrevaloración económica o
perjuicio patrimonial para imputar a los procesados el delito de colusión agravada. / Collusion is a crime of infringement of duty typified in Article 384 of the Peruvian Penal
Code, which has been interpreted in various ways by justice operators, as well as by doctrine.
However, despite its constant study, it has not been possible to standardize the interpretation
of its scope. Such is the case of Cassation No. 542-2017 Lambayeque, in which the
magistrates didn’t reach a consensus on the delimitation and interpretation of the criminal
type, therefore the application to the facts is debatable, since with different positions it is
possible come up with dissimilar solutions.
Therefore, given the respective analysis, it has concluded that the legal good applicable to
the crime of collusion is impartiality in the contractual activity of the State. Likewise, the
cases of article 384 of the aforementioned rule constitute two modalities, a simple collusion
and an aggravated one. From which, to configure the first, a concertation is required where
there is a potential danger to the State's assets, while, for aggravated collusion, a result that
implies effective and quantifiable patrimonial damage is required. Thus, in the case, the
economic overvaluation or patrimonial damage had to be proven to charge the defendants
with the crime of aggravated collusion.
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Cuando el poder político y económico es desafiado: el rol del equipo especial a cargo de las investigaciones del Caso Lava JatoVásquez Parvina, Ricardo André 16 December 2021 (has links)
El Caso Lava Jato es el caso de corrupción más grande que ha existido en Latinoamérica. Este caso tuvo como protagonista a la empresa Odebrecht, la cual construyó un esquema de sobornos a nivel transnacional que le permitió adjudicarse las más importantes obras de infraestructura. Tras el destape de este escándalo en Brasil, los países involucrados iniciaron múltiples investigaciones. En el caso peruano, el estado del sistema de justicia hacía presagiar que las investigaciones no tendrían mayores consecuencias penales; sin embargo, la forma en la que el Ministerio Público afrontó el caso fue inesperada, ya que ha confrontado a las más altas esferas del poder político y económico, y ha posicionado al Perú como un inesperado campeón regional en la lucha anticorrupción. Del análisis de esta situación paradójica surge la pregunta que motiva esta investigación: ¿Por qué si la situación del sistema de justicia peruano hacía esperar que los implicados en el mega caso de corrupción Lava Jato no tengan sólidas investigaciones penales, lo que ha ocurrido es que un grupo de fiscales peruanos ha afrontado estas investigaciones con una clara oposición a los intereses de las élites políticas y económicas? Esta tesis argumenta que el avance de las investigaciones en Perú puede ser explicado por la confluencia de cinco variables: fiscales que se posicionan como islas éticas, cambios en el balance del poder político, la cooperación judicial internacional que se estableció con Brasil, el respaldo popular a la lucha anticorrupción y el apoyo intrainstitucional a las investigaciones.
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El Modelo de Integridad peruano A propósito del vencimiento de la vigencia del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la CorrupciónRoman Pumayauri, Lissett Izenia 21 March 2022 (has links)
El presente artículo académico tiene como objetivo principal el análisis de los estándares de
integridad y establecer si existe una adecuada medición del Modelo de Integridad contenido en
el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, asimismo, si dado el
tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del Plan se han producido avances significativos
en la instauración de los procesos y políticas orientadas a la prevención y lucha contra la
corrupción, para lo cual se analiza los aspectos más relevantes de la implementación del citado
Modelo de Integridad en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y en el
Ministerio de Cultura. La metodología empleada implicó la revisión y análisis de instrumentos
normativos y de publicaciones en materia de integridad de organismos internaciones, así como
la realización de una entrevista no estructurada a un experto en políticas de integridad. Los
principales resultados muestran que, hasta mediados del año 2021, no existían parámetros para
medir la manera en que las entidades públicas han venido implementando las acciones
transversales y que si bien, reciéntenme se ha creado el Índice de Capacidad Preventiva como
herramienta de medición no está siendo aplicada a todas las entidades estatales; asimismo, que
existen marcadas diferencias en los niveles de cumplimiento por parte de los ministerios
analizados pese a que estos son las entidades con mayores posibilidades de implementar la
cultura de integridad. / The main objective of this current academic article is to analyze the integrity standards and
establish whether there is a correct measurement of the Integrity Model contained in the
National Integrity Plan and the fight against corruption 2018-2021, equally, if given the time
that has elapsed since the Plan came into effect, significant progress has been made in the
establishment of the processes and policies aimed at preventing and fight corruption, for which
the most relevant aspects of the implementation of the aforementioned integrity model in the
Ministry of Housing, Construction and Sanitation and in the Ministry of Culture. The
methodology used involved the review and analysis of normative instruments and publications
on integrity of international organizations, as well as conducting an unstructured interview with
an integrity policy expert. The main results show that, until mid-2021, there were no parameters
to measure the way in which public entities have been implementing transversal actions and
that although the Preventive Capacity Index has recently been created as a measurement tool,
it is not being applied to all state entities; in addition, there are marked differences in the levels
of compliance by the ministries analyzed despite the fact that these are the entities with the
greatest possibilities of implementing a culture of integrity
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Canal de denuncias como un medio efectivo para la lucha contra la corrupción en el poder judicialNieto Tapia, Sonia Sofía 25 May 2020 (has links)
El plan de investigación se enfoca en describir cómo funciona el actual sistema de
denuncias que maneja la Oficina de Control de la Magistratura –OCMA del Poder Judicial
para prevenir, investigar y sancionar actos de corrupción de sus miembros.
Así mismo, como debería mejorarse el actual sistema de denuncia para incentivar las
denuncias por actos de corrupción de jueces y auxiliares jurisdiccionales. Así como,
alentar a los usuarios comunes a denunciar por medio de su página web, he aquí por qué
los mecanismos a utilizar deben ser simples en materia de esquema y lenguaje asegurando
que el usuario pueda comprender que actos o conductas de los funcionarios judiciales
constituyen hechos de corrupción.
De igual forma proponemos que la OCMA adecue su sistema de denuncias para temas de
corrupción e integridad a la propuesta de canal de denuncias que recoge el “Plan Nacional
del Poder Judicial de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 12.2018–12.2021”. / The investigation plan it's focuses on describing how the current delations system
operated by the Control Office of Magistracy Works (Oficina de Control de la
Magistratura - OCMA) to prevent, investigate and punish acts of corruption of Judiciary
members.
In addition to how should be improved the current delations system to encourage delations
of corruption acts in which judges and jurisdictional assistants incur. It also seeks to
encourage common users to report through the website, this is why the mechanisms to be
used must be simple in terms of scheme and language ensuring that they can be
understood which acts or behaviors of the judiciary officials constitute acts of corruption.
In the same way we propose that the OCMA adapt its reporting system for corruption and
integrity issues to In the same way we propose that the Control Office of Magistracy
Works adapt its reporting system for corruption and integrity issues to the current
reporting channel proposal present in the Judiciary's National Plan for integrity and fight
against corruption 12.2018-12.2021 (Plan Nacional del Poder Judicial de integridad y
lucha contra la corrupción 12.2018-12.2021)
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Tratamiento dogmático y jurisprudencial del bien jurídico afectado en el delito de tráfico de influencias simulado en el PerúVillegas Bernaola, Percy 07 September 2020 (has links)
En el artículo 400° del Código Penal peruano aparece la regulación del tráfico de influencias en sus dos modalidades: real y simulado. Ambos supuestos están descritos en el mismo párrafo y reciben el mismo tratamiento (consecuencia), tanto en la modalidad básica (primer párrafo) como en los casos agravados en razón del agente, cuando el autor es un funcionario o servidor público (segundo párrafo), es decir, el legislador peruano da un tratamiento equivalente, en cuanto a la pena, al tráfico real y simulado, tanto en la modalidad básica como en la agravada. Este punto es el que da origen a la presente investigación.
Al respecto, en dogmática se discute la relevancia penal del tráfico de influencias simulado, considerando que el agente no llega a tener contacto ni relación con el funcionario o servidor público que va a interceder en el procedimiento o proceso, por lo que la controversia reside en si se afecta el correcto funcionamiento de la Administración pública, su prestigio, el patrimonio individual del sujeto que se aprovecha de la influencia simulada o si no existe ningún bien que merezca tutela penal dado que el tráfico no es real (“venta de humo”).
Entonces ¿cuál es el bien jurídico protegido en el delito de tráfico de influencias
simulado en el Perú? Este estudio aporta criterios para (re)definir el bien jurídico protegido (el prestigio de la Administración pública) y, a partir de esa (re)definición, delimitar cuándo dicho prestigio es afectado con la invocación de las influencias simuladas. Por otro lado, nos ocupamos de diferenciar el tráfico de influencias real del simulado, a partir de nuestra toma de postura sobre el bien jurídico protegido y, sobre esa base, planteamos una reevaluación de las consecuencias punitivas, a partir del principio de proporcionalidad
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Aspectos problemáticos en torno a la participación en el delito de negociación incompatibleFabián Terreros, Yhasira Elisa 24 April 2023 (has links)
En el presente artículo, se aborda la discusión relacionada a la admisión de la
participación del extraneus en el delito de negociación incompatible y se
sostiene que esta sí es posible en determinados supuestos. Para ello, se
realiza previamente una breve revisión sobre los elementos del delito en
cuestión, advirtiéndose que el medio comisivo indirecto del mismo constituye
un primer acercamiento al tema de atañe a este artículo. Ello, en tanto pone
sobre la mesa el escenario en el que el funcionario público competente realiza
la conducta delictiva a través de otros sujetos. Posteriormente, se procede a
analizar los pronunciamientos de la Corte Suprema y trabajos de la doctrina
nacional que estudian el delito de negociación incompatible, encontrándose así
lo siguiente: un primer grupo posturas que no descarta expresamente la
participación del extraneus en el referido delito, un segundo grupo que no la
admite y un tercer grupo, que, admitiéndola, lo hace con determinadas
particularidades. Habiendo revisado lo anterior, se formulan respuestas y
observaciones a cada una de las objeciones y argumentos contrarios o a favor
de la postura del artículo. Finalmente, se presenta una propuesta personal
sobre los supuestos en los que es posible admitir tranquilamente la
participación en el delito de negociación incompatible: aquellos escenarios en
los que el extraneus no es el sujeto con el que el Estado negocio en el marco
de un proceso de contratación estatal. / In this article, the discussion related to the admission of the participation of the
extraneus in the crime of incompatible negotiation is addressed and it is argued
that this is possible in certain cases. To do this, a brief review of the elements of
the crime in question is previously carried out, noting that its indirect
commission constitutes a first approach to the subject of concern to this article.
This, because it puts on the table the scenario in which the competent public
official carries out the criminal conduct through other agents. Subsequently, the
pronouncements of the Supreme Court and works of the national doctrine that
study the crime of incompatible negotiation are analyzed, thus finding the
following: a first group of positions that does not expressly rule out the
participation of the extraneus in the aforementioned crime, a second group that
does not admit it and a third group, that admitting it, does so with certain
particularities. Having reviewed the above, responses and observations are
made to each of the objections and arguments against or in favor of the position
of the article. Finally, a personal proposal is presented on the cases in which it
is possible to calmly admit participation in the crime of incompatible negotiation:
scenarios in which the extraneus is not the subject with whom the State
negotiates within the framework of a process state contracting. / Trabajo académico
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La Contraloría General de la República y la lucha contra la corrupción en el país: la experiencia del Programa Umbral AnticorrupciónChirinos Cuadros, Claudia Carolina 05 June 2019 (has links)
La corrupción es un mal que afecta a los peruanos, que trae consigo que la ciudadanía
pierda confianza en los funcionarios de las entidades a quienes les corresponde
trabajar por el país y promover la participación ciudadana para el ejercicio del control
social.
Por lo señalado, el presente trabajo se ha realizado a fin de conocer sobre las labores
que las entidades del Estado Peruano realizan para luchar contra dicho flagelo, en
específico, aquellas realizadas por la Contraloría General de la República, en su
calidad de Organismo Superior de Control del Sistema Nacional de Control, en
ejercicio de las funciones que, el marco legal le otorga y, en concordancia con los
lineamientos y prácticas, en su calidad de Entidad Fiscalizadora Superior.
Para dicho efecto, se planteó revisar la documentación sobre las actividades previstas
para la Contraloría General, en el marco del Programa Umbral Anticorrupción, el cual
se desarrolló en los años 2008 al 2011, resultado del Convenio de Donación del 09 de
junio de 2008, entre la República del Perú y Estados Unidos y con el apoyo de la
cooperación internacional de USAID.
La metodología empleada corresponde al método cualitativo, con la revisión
documental y de información pública de los portales institucionales, que involucra la
lectura, la revisión y el análisis de la información, registrando las percepciones y
opiniones de actores involucrados en las acciones del Programa, utilizando la
entrevista como método complementario de recopilación de datos1; siendo de tipo
exploratoria y descriptiva.
Esta investigación permite revisar las actividades previstas y ejecutadas por la
Contraloría General, en el marco de dicho Programa, lo cual proporciona un insumo
relevante para conocer que, con el transcurso de los años, algunas de dichas
actividades se realizan en la actualidad, denotando su relevancia como herramienta
que contribuye en la lucha contra la corrupción de la CGR.
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El delito del tráfico de influencias peruano : hacia una interpretación desde la lógica de redes de intereses en la administración públicaTorres Pachas, David Ricardo 29 August 2019 (has links)
El delito de tráfico de influencias se encuentra previsto en el artículo 400º del
Código Penal peruano. Se trata de un delito complejo ya que describe una serie
de conductas para su configuración, lo cual ha llevado a diferentes
interpretaciones de cada uno de sus elementos. Así pues, por ejemplo, se
cuestiona cuál sería el bien jurídico penalmente protegido por este delito o la
modalidad de influencias simuladas. Siendo ello así, la presente tesis se propone
plantear una postura que permita dotar de ciertas herramientas para una
interpretación del delito de tráfico de influencias desde la óptica de lucha contra la
corrupción en el Perú. La tesis inicia explicando los antecedentes históricos,
fuentes legislativas y modificaciones al tipo penal de tráfico de influencias. Luego
de ello, se revisan las principales posiciones planteadas sobre el bien jurídico
protegido por este delito. Al identificarse ciertas críticas a cada una de estas
posturas, se responde por qué es indispensable sancionar el tráfico de influencias
tomando en cuenta cómo se desarrolla en la cotidianeidad. De esta manera,
entenderemos que el tráfico de influencias forma parte de las dinámicas de redes
de intereses que configuran un sistema paralelo de Administración Pública. Desde
esta lógica, se puede plantear una postura sobre el bien jurídico, que estaría
asociado con la protección del proceso de toma de decisiones de la
Administración Pública. Así también, nos va a permitir proponer algunas líneas de
interpretación para la modalidad de influencias reales, simuladas y de cada uno de
los elementos que componen el delito de tráfico de influencias.
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