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Las creaciones gastronómicas como objeto de protección por el derecho de autor : posibilidades y conveniencia siguiendo el enfoque de la propiedad intelectual y la competencia desleal

Maraví Contreras, Alfredo 19 August 2013 (has links)
Usualmente se ha señalado que las recetas de cocina no pueden ser protegidas como obras por el Derecho de Autor, sin embargo, esta afirmación no había sido abordada a profundidad, ni tampoco la posibilidad de que los platillos en sí mismos fueran obras. La tesis explora si efectivamente las creaciones gastronómicas (recetas y platillos en sí mismos) pueden ser protegidas como obras por el Derecho de Autor y la conveniencia de este mecanismo. En nuestros resultados, hemos verificado que las recetas de cocina pueden ser en sí mismas originales cuando .se expresan en forma de poema, canción o formato gráfico. Por el lado de los platillos, la cocina tradicional no podría ser protegida por el Derecho de Autor pues no cumple con el requisito de originalidad. Los platos gourmet sí pueden, en teoría, ser considerados originales por la combinación y selección de sus ingredientes o por la forma escultórica del platillo, pero estimamos difícil que la autoridad los reconozca como obras. Existen varios posibles problemas respecto a proteger las creaciones culinarias, en particular, la afectación al domino público, lo cual hace poco recomendable emplear este tipo de protección. No obstante ello, áreas relacionadas con la gastronomía, como la fotografía o el diseño, pueden beneficiarse de los Derechos de Autor. Nuestro estudio también ha determinado que las marcas, patentes, diseños industriales, secretos empresariales y la represión de la competencia desleal, son de utilidad para la industria gastronómica, ya sea como mecanismos alternativos de protección o para estimular el desarrollo de la industria culinaria.
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Propiedad intelectual y moda: un enfoque desde la perspectiva de la regulación peruana

Manzur Filomeno, Karin Paola 15 February 2017 (has links)
Dentro de mi experiencia profesional he recibido consultas de clientes genuinamente interesados en saber cuáles son los límites entre inspiración y copia en cuanto a diseño de ropa, bisutería o bolsos se refiere. He escuchado comentarios tales como “¿si cambio el material estaría todo bien, verdad?”, o “todos los proveedores ofrecen ese mismo diseño, no pasa nada si yo lo compro también”.
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Derecho de acceso a la cultura e interpretación judicial en derechos de autor

Tamayo Yañez, Sergio Manuel 16 May 2016 (has links)
Hace diez años las cosas eran diferentes. En esa época, conocí a una alumna de intercambio en la universidad. Creo que venía de Wisconsin. Recuerdo que una vez me preguntó, dudando mucho de su español: “Nos han mandado a leer para un curso. Pero no me han dicho que busque las lecturas en la biblioteca sino ¿en la fotocopiadora? ¿He entendido mal?”. Nos reímos de su aparente confusión. Le dije que no había error, que en la fotocopiadora estaba todo lo que había que leer y, al menos yo, solo iba a la biblioteca cuando quería prestarme alguna película o disco para disfrutarlo en casa. Y mostré mi ejemplar de Los cuatrocientos golpes, como prueba irrefutable de la veracidad de mis palabras. Pero como dije, eso fue hace diez años, cuando las cosas eran diferentes. De un día para otro, la biblioteca decidió dejar de prestar películas y las fotocopiadoras dejaron de fotocopiar libros enteros. En ambos casos “por órdenes de INDECOPI”. No entendía por qué la biblioteca podía prestar un libro y no una película, si igual no pensaba comprarme ninguna. Luego aparecieron los cartelitos que indicaban que solo se podían reproducir “breves fragmentos” de obras, no libros completos: Ni siquiera dejaban fotocopiar obras agotadas, a pesar que era perfectamente legal. Naturalmente, era muy fácil saltar esta prohibición, solo había que usar las fotocopiadoras que estaban frente a la Universidad. Lo que no nos debería sorprender, teniendo en cuenta que, muy cerca a los máximos órganos jurisdiccionales del país, se encuentra también los más grandes centros de violación al derecho de autor: a dos cuadras del Palacio de Justicia está Polvos Azules1 y, frente a la Corte Superior de Lima, “el Hueco”2 . Hace diez años se creó Facebook y Gmail. Y The Pirate Bay. Fue también cuando empezó el boom de los blogs y la denominada web 2.0. De hecho, fue hace diez años cuando se acuñó el referido término3 . La nueva revolución en Internet influyó en que el intercambio de información y bienes culturales aumente de gran manera. Conseguir música, películas o libros se volvió muchísimo más fácil, por más que los cartelitos de la biblioteca dijeran lo contrario
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¿Dónde está el pirata? : el comercio informal de películas digitales en el Perú

Durant Cayo, Alberto 11 September 2013 (has links)
En el Perú, al igual que en la mayoría de países del mundo, el comercio informal de películas digitales está tipificado como delito. Sin embargo, la inmensa mayoría de consumidores peruanos de películas compra copias DVD piratas, y por lo tanto actúan al margen de la ley. Las normas vigentes sobre propiedad intelectual que ilegitiman este comercio de películas han terminado cuestionando los usos, costumbres y valores de los peruanos. El derecho de acceso libre a la información y cultura que hoy se plantea la sociedad global colisiona con los intereses económicos de las corporaciones productoras de audiovisuales (fundamentalmente con Hollywood) y con una legislación sobre propiedad intelectual que estas corporaciones han promovido a lo largo de las últimas décadas. El objetivo de este trabajo es presentar y analizar algunos temas que nos ayuden a entender el origen, sentido, causas y consecuencias de la problemática cultural y social generada a propósito de la envergadura alcanzada por el comercio informal de películas digitales en el Perú. Para ello, revelaré la manera en que la revolución tecnológica digital ha precipitado la problemática del comercio informal de películas, también mostraré cómo se ha transformado la cadena productiva, de distribución y de consumo de los productos audiovisuales como consecuencia de la revolución tecnológica y la demanda creciente de la población de acceder a la información y la cultura. Como complemento a este aspecto del problema analizaré la historia global y local de la legislación sobre propiedad intelectual para conocer cómo ésta se ha ido modificando a lo largo de los años en beneficio de intereses específicos.
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¿Por qué importamos piratería? : Análisis de la implementación de las medidas en frontera para la protección de los derechos de propiedad intelectual en el Perú

Arispe Alburqueque, Sylvana Gannina 12 November 2018 (has links)
Durante los últimos años el fenómeno de la “piratería” se incrementó de manera exponencial; podemos encontrar copias casi idénticas de ropa, calzado, accesorios, o diversos productos de marcas reconocidas o de artículos que atentan contra los derechos de autor en el mercado interno. Esta mercancía muchas veces no es producida en el territorio peruano, la mayor parte ingresa a través de nuestras fronteras donde el control sobre ellas no es del todo óptimo. En tal sentido, el tema de la presente investigación, está relacionado con la protección de los derechos de propiedad intelectual, mediante la aplicación de medidas en frontera y el rol que cumple el Estado Peruano para la protección de los mismos, en el marco de los compromisos asumidos, en los acuerdos de integración y libre comercio. Tanto la normatividad nacional e internacional plantean mecanismos de control que evitan el ingreso de productos que afectan los derechos de propiedad intelectual como son las medidas en frontera. A través del método histórico comparativo, se analiza la regulación sobre la materia con el fin de detectar similitudes o diferencias en cuanto su implementación con otros países de la región; así mismo, se analiza la actuación de las entidades del sector público y privado que intervienen en la aplicación de éste instrumento y mediante entrevistas a profesionales de Aduanas, Indecopi y del Ministerio Público, así como del análisis de casos concretos, encontramos las falencias de su implementación y proponemos alternativas de solución. Finalmente, respondemos a la siguiente interrogante ¿por qué importamos piratería?
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El uso de plugins crackeados en la DAW(DigitalAudioWorkstation) como recurso de enseñanza en el curso de producción musical de la Escuela de Música de la FARES

Muñoz Neira, Sergio Raul 09 August 2024 (has links)
En las siguientes páginas analizaremos qué tanto mal o bien se hace el ofrecer recursos digitales como los plugins crackeados asociándolo a la piratería del software como conjunto, buscando respuesta no solo en los principios éticos del docente que interesan a este trabajo, sino también en otros agentes involucrados. Cómo es la relación del software crackeado con el consumidor en general, indagando en la piratería del software como tal y el impacto en el plano ético del docente en relación con sus estudiantes. / In the following pages we will analyze how bad or good it is to offer digital resources such as cracked plugins, associating it with software piracy as a whole, seeking answers not only in the ethical principles of the teacher that interest this work, but also in other agents. involved. How is the relationship of cracked software with theconsumer in general, inquiring into software piracy as such and the impact on the ethical level of the teacher in relation to his students.
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El conflicto entre la regulación de la responsabilidad de intermediarios en Internet en América Latina por contenidos protegidos por derechos de autor y la libertad de expresión

Vargas Acosta, Rodrigo Miguel January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Desde la entrada en vigencia de la Digital Millennium Copyright Act (DMCA) en 1998, el establecimiento de sistemas de exclusión de responsabilidad de los intermediarios ha sido una solución habitual para el problema de la determinación de responsabilidad de los intermediarios en Internet por las conductas ilícitas de los usuarios de sus servicios. No obstante, estos sistemas pueden poner en riesgo otros intereses relevantes, como lo es el derecho de libertad de expresión. Esta investigación analiza los sistemas de exclusión de responsabilidad de intermediarios establecidos en Chile, Paraguay y Costa Rica, y los evalúa a través de un enfoque de derechos humanos, de modo de comprobar si estos logran un balance entre los intereses de intermediarios, titulares de contenidos y usuarios. Palabras Clave: Proveedores de servicios en internet, intermediarios, libertad de expresión en internet, derecho de autor, responsabilidad de intermediarios, notice and takedown
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La teoría del agotamiento del derecho de distribución y su aplicación en un entorno digital

Plana Perillán, Javiera Beatriz January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La teoría del agotamiento del derecho permite el acceso masivo al público de las obras protegidas por el derecho de autor. Con la llegada de internet, la implementación de esta teoría, así como sus efectos tradicionales se ponen en duda, por lo que resulta necesario revisar los alcances y condiciones de aplicación del agotamiento, con el fin de poder determinar si es factible o no adaptarla al entorno digital. En la siguiente investigación abordamos este conflicto, revisando a fondo tanto la institucionalidad que envuelve al agotamiento, como los principales obstáculos que surgen con el cambio a un entorno digital. Finalmente, argumentaremos que es posible implementar una teoría del agotamiento en internet, pese a las dificultades
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Discapacidad, derechos de autor y nuevas tecnologías

Navarro Aracena, Eduardo January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Tesis no disponible en línea / En Chile, la población con algún tipo de discapacidad, ya sea mental, física o psíquica, bordea los dos millones de personas. Sin lugar a dudas, uno de nuestros principales deberes como sociedad es velar por la plena integración de los discapacitados, dejando de lado la discriminación y diseñando medidas que garanticen su independencia, participación, y el ejercicio de sus derechos inherentes a la calidad de ser humano. Partiremos dando una visión general relativa a la discapacidad, el derecho de autor y las nuevas tecnologías, para luego dar paso a ciertos cuestionamientos que nos pareció fundamental responder; ¿Era realmente necesario y beneficioso para los discapacitados incorporar la excepción a nuestro ordenamiento, con que argumentos es posible justificarla? ¿Cómo se ha manejado el tema en otros países? ¿Es óptimo el modelo adoptado? Preguntas que iremos resolviendo y desentrañando a lo largo del desarrollo del la memoria. Podemos adelantar que la incorporación de una norma dedicada a la comunidad discapacitada, sumado a un cada vez más desarrollado entorno digital, promete un avance importante en lo referido al acceso a la información y al pleno aprovechamiento de estas nuevas tecnologías, justificándose a primera vista la necesidad de dicha excepción.
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Análisis en torno a la posibilidad de admitir la renuncia al derecho moral de paternidad en nuestro sistema jurídico: En búsqueda de una solución a la situación desfavorable en la que los llamados ghost writers desarrollan su labor creativa

Leon Rosales, Kimberly Lucero 10 May 2021 (has links)
La justificación de esta investigación se encuentra en la situación de inseguridad jurídica en la que los ghost writers desarrollan su labor creativa. En efecto, numerosos creadores vienen cediendo su autoría de manera oculta e ilegal con el fin de redituarse beneficios patrimoniales generados por el fruto de su intelecto. Sin embargo, debido a la calificación de irrenunciable del derecho moral de paternidad, son acusados de plagio al interponer cualquier demanda para el reconocimiento de su labor, viéndose rezagados a trabajar más allá de toda dignidad. Esta indefensión también afecta a la sociedad en su conjunto, pues limita la labor creativa y la creación de contenido. Frente a ello, el objetivo de este trabajo es analizar la posibilidad de admitir la renuncia al derecho moral de paternidad. Además, como objetivos secundarios, este trabajo busca evaluar cómo dicha admisión genera un valor añadido a las creaciones y proponer un marco de protección jurídico que aliente la labor creativa, en lugar de tomar una posición conservadora que se niegue a observar esa realidad. Al respecto, se plantea como hipótesis que el derecho moral de paternidad puede ser renunciable, tomando como fundamento la libertad y autonomía del autor, siempre que se considere que no ejecuta una obra para sí mismo sino para un tercero. Para contrastar la hipótesis, el trabajo sigue la metodología dogmática jurídica de lega data y lege ferenda a través del análisis de las instituciones del Derecho de Autor y los estudios doctrinarios sobre la materia. Luego del desarrollo, mediante esta tesis se concluye que en el caso de los ghost writers se produce una ruptura en el vínculo establecido entre la personalidad del autor y la obra, suprimiendo toda naturaleza de derecho moral y abriendo un espacio para que el señalado derecho de paternidad pueda considerarse renunciable.

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