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Tratamiento constitucional ante conflictos entre derechos fundamentales en una relación laboral. El derecho al secreto bancario en una relación laboral

Espinoza Galindo, Brezhney 11 April 2017 (has links)
El secreto bancario tiene una regulación específica en materia bancaria y financiera, y a nivel jurisprudencial se ha determinado su contenido constitucionalmente protegido. Sin embargo, en materia laboral no ha habido un desarrollo legal o jurisprudencial que permita resolver controversias surgidas frente a la concurrencia contradictoria entre este derecho constitucional y el derecho de fiscalización y sanción del empleador. Lo que se analiza en este artículo son las implicancias para el empleador que sancione al trabajador por faltas sustentadas a partir del uso de la información financiera de éste producto de una invasión al derecho del secreto bancario. El derecho a la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad como manifestación del derecho a la vida privada sin interferencias ilegítimas, tiene su concreción de carácter económico en el secreto bancario. Si bien este derecho tiene protección constitucional por ser la constitución una norma jurídica con eficacia inmediata y directa, no obstante, podría presentarse determinadas circunstancias que exijan la protección de otros derechos fundamentales, que conlleven la posibilidad de que se limite el ejercicio del secreto bancario, procediendo su levantamiento que podrá ser llevado a cabo únicamente por el Juez Laboral en el proceso laboral que entable el empleador a fin de producir los indicios que corroboren sus sospechas de un actuar ilegítimo del trabajador, que afecta la economía y finanza de la empresa. En ningún caso el empleador puede invadir la reserva de las operaciones bancarias ni acceder a la cuenta de ahorros del personal que se encuentra vinculado con un contrato de trabajo, ya que de hacerlo contravendría la norma constitucional señalada en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política. / Trabajo académico
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Democratizando el proceso : la acción popular de inconstitucionalidad en el Perú

Pomareda Muñoz, Diego Alonso 19 July 2018 (has links)
La legitimación procesal activa en el proceso de inconstitucionalidad ha sido tradicionalmente otorgada a un grupo reducido de órganos y sujetos. Este carácter restrictivo ha impedido un cambio estructural que posibilite brindar la más fuerte garantía que un Tribunal Constitucional podría otorgar a sus ciudadanos: someter a su jurisdicción las leyes a solicitud de cualquiera. El planteamiento de la actio popularis kelseniana, en el proceso de inconstitucionalidad, se propone como un ideal que tendría dificultades para corresponderse con la realidad por la excesiva carga procesal que traería consigo. En la presente tesis se cuestiona esta perspectiva y se proponen los beneficios de adoptar un modelo abierto con miras a que la colectividad pueda cuestionar las normas que la regula. La fundamentación de la legitimación amplia basada en la democracia participativa, en los derechos políticos, en el activismo ciudadano, en la defensa de los derechos colectivos, en el principio de solidaridad y, principalmente, en la efectividad del principio de supremacía constitucional, brinda un primer acercamiento a la propuesta. En un segundo momento, se realiza el estudio de la aplicación actual, y de manera comparada, de la actio popularis en países de Europa tales como Portugal, España, Francia, Italia, Alemania, Austria, Eslovenia y Hungría. En esta misma línea, se presentó los diversos modelos de legitimación activa en los procesos de inconstitucionalidad que se reconocen en América Latina dando una mayor profundidad al estudio de realidades como las de Colombia, Ecuador, El Salvador, Nicaragua, Panamá y Venezuela en los cuales se establece una auténtica legitimación amplia y popular. En el tercer capítulo, se formula la propuesta de acción popular de inconstitucionalidad para el Perú. Al respecto, se analiza críticamente el actual estado de los legitimados activos reconocidos en la Constitución Política del Perú, se recoge la opinión de los Coordinares de la Comisión de Procesos de Inconstitucionalidad del Tribunal Constitucional del Perú sobre el particular y, finalmente, se concluye con la propuesta de reforma constitucional, con el objetivo que el Perú, procesalmente, adopte el referido modelo siendo que, a través de esta legitimación, se reivindique el principio de supremacía constitucional y se le otorgue el protagonismo a los ciudadanos para que sean los nuevos guardianes de la Constitución. / Tesis
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Acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. — Análisis jurisprudencial del período de marzo del año 2006 a marzo de 2010 en cuanto a los criterios de admisibilidad

Filloy Payret, Marylen, Soto Correa, Maria de los Angeles January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La reforma constitucional del año 2005 introdujo importantes cambios en nuestro ordenamiento jurídico, no sólo porque modificó la Constitución Política en significativos aspectos, sino también porque cambió radicalmente la función que tenía hasta entonces un órgano jurídico fundamental de nuestro país, otorgándole nuevas atribuciones y modificando su competencia, y transformándolo, a nuestro juicio, en el gran protector de la Carta Fundamental. Nos referimos al Tribunal Constitucional, el cual, tras las modificaciones introducidas por la Ley 20.050 y la Ley 20.381, conocerá, entre otras materias, de la Acción de Inaplicabilidad por Inconstitucionalidad, en circunstancias que anteriormente dicha competencia correspondía a la Corte Suprema de Justicia. Por medio de dicha acción, será este tribunal el encargado de conocer y resolver las eventuales vulneraciones que se produzcan a la Constitución por la aplicación de un precepto legal a un caso concreto. No sólo se traslada la competencia, sino también se le otorgan nuevas atribuciones y características a la Acción de Inaplicabilidad, que nos propondremos analizar en los capítulos siguientes. Sin embargo, el objetivo de nuestra investigación no es examinar la Acción de Inaplicabilidad desde el punto de vista doctrinal, sino más bien analizarla jurisprudencialmente, centrándonos en los criterios de admisibilidad y los pronunciamientos del tribunal al respecto. Así, realizaremos un estudio acucioso de la Acción de Inaplicabilidad tras la reforma constitucional del año 2005, específicamente, nos avocaremos al análisis jurisprudencial de los criterios de admisibilidad de la acción, en los fallos dictados por el Tribunal Constitucional, en el periodo comprendido entre el 01 marzo del año 2006 al 01 de marzo del año 2010. En este sentido, ilustraremos cómo se aplica cada criterio en la práctica. El lector podrá conocer la línea interpretativa utilizada al momento de acoger o rechazar una acción, apreciará cómo se he comportado la jurisprudencia en este sentido, y cuáles son los criterios más estrictos y los más flexibles.
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Tratamiento constitucional ante conflictos entre derechos fundamentales en una relación laboral. El derecho al secreto bancario en una relación laboral

Espinoza Galindo, Brezhney 11 April 2017 (has links)
El secreto bancario tiene una regulación específica en materia bancaria y financiera, y a nivel jurisprudencial se ha determinado su contenido constitucionalmente protegido. Sin embargo, en materia laboral no ha habido un desarrollo legal o jurisprudencial que permita resolver controversias surgidas frente a la concurrencia contradictoria entre este derecho constitucional y el derecho de fiscalización y sanción del empleador. Lo que se analiza en este artículo son las implicancias para el empleador que sancione al trabajador por faltas sustentadas a partir del uso de la información financiera de éste producto de una invasión al derecho del secreto bancario. El derecho a la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad como manifestación del derecho a la vida privada sin interferencias ilegítimas, tiene su concreción de carácter económico en el secreto bancario. Si bien este derecho tiene protección constitucional por ser la constitución una norma jurídica con eficacia inmediata y directa, no obstante, podría presentarse determinadas circunstancias que exijan la protección de otros derechos fundamentales, que conlleven la posibilidad de que se limite el ejercicio del secreto bancario, procediendo su levantamiento que podrá ser llevado a cabo únicamente por el Juez Laboral en el proceso laboral que entable el empleador a fin de producir los indicios que corroboren sus sospechas de un actuar ilegítimo del trabajador, que afecta la economía y finanza de la empresa. En ningún caso el empleador puede invadir la reserva de las operaciones bancarias ni acceder a la cuenta de ahorros del personal que se encuentra vinculado con un contrato de trabajo, ya que de hacerlo contravendría la norma constitucional señalada en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política.
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Principio de Legalidad v. Supremacía Jurídica de la Constitución: la legitimidad del control difuso en sede administrativa a la luz de la Sentencia del Tribunal Constitucional No. 3741-2004-AA/TC

Ruiz Díaz, Javier Andrés 15 August 2022 (has links)
El presente informe gira en torno a una controversia jurídica originada por el precedente vinculante que se desprende de la sentencia del Tribunal Constitucional en el contexto del Caso Salazar Yarlenque. En aquel precedente vinculante, se legitimó la posibilidad de que los órganos administrativos que reparten justicia puedan inaplicar normas infraconstitucionales que se manifiesten como incongruentes con relación a valores garantizados constitucionalmente y que reflejan el ordenamiento jurídico dentro de un Estado Social y Democrático de Derecho. No obstante, pasado varios años, otra sentencia del sumo interprete constitucional decide dejar sin efecto el precedente vinculante materia de esta controversia, en tanto arguye que se ha distorsionado la interpretación del alcance de las funciones jurisdiccionales en el Estado según el cual esta función correspondería exclusivamente al Poder Judicial y sus órganos adscritos. En ese sentido, este trabajo de suficiencia profesional profundiza en la discusión constitucional respecto de los límites y alcances de las funciones jurisdiccionales de la administración pública como una de las entidades clave para el adecuado funcionamiento del aparato estatal. En consecuencia, se analizará la validez de la aplicación del control difuso, como herramienta jurídica legitimada por el artículo N.º 138 de la Constitución, por parte de los órganos administrativos que reparten justicia para decidir por la inaplicación de normas jurídicas que, aunque sean lícitas, representen un elemento potencialmente perjudicial para el interés general y la defensa de los derechos fundamentales de los administrados. / In this article, a legal controversy arises regarding the binding precedent established by the ruling of the Constitutional Court in the context of the Salazar Yarlenque case. In the above-mentioned binding precedent, it was legitimized the possibility that the administrative agencies that impart justice can disregard infra-constitutional rules that are contradictory to the principles and values constitutionally guaranteed and that define legal system under a Social and Democratic State of Law. Nonetheless, many years later, a different ruling of the Constitutional Court decided to overturn the binding precedent that is subject of this controversial case, as it argued that the interpretation of the scope of the jurisdictional functions in the government has been misinterpreted, whereby these powers would exclusively concern Judiciary Branch and its associated institutions. In that regard, this article of professional sufficiency deepens in the constitutional discussion regarding the boundaries and scope of the jurisdictional functions of public administration as one of the key entities for the proper functioning of the state administration apparatus. Consequently, this paper will analyze the legitimacy of the application of diffuse control, as a legal tool authorized by article 138 of the Constitution, for administrative institutions that administer justice in order to rule on the inapplication of legal norms that, regardless of being lawful, represent a potentially harmful component to general interest and to the protection of fundamental rights of those who are subject to the administration.
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El control preventivo de constitucionalidad de las leyes en la Constitución actual : el temor al desborde gubernamental en la función legislativa

Meléndez Avila, Felipe Eugenio January 2016 (has links)
Tesis (doctorado en derecho) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
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Informe sobre Sentencia Exp. N.º 00728-2008-PHC/TC

Tasayco Suller, Omar Jesús 23 March 2022 (has links)
El presente documento tiene por objeto exponer y analizar los problemas jurídicos advertidos por el Tribunal Constitucional en la sentencia condenatoria emitida por la Corte Suprema contra la ciudadana Giuliana Flor de María Llamoja Hilares, quien apeló ante el supremo interprete de la constitución porque consideró afectado su derecho a una tutela jurisdiccional efectiva en su variante del Debido Proceso. De ahí la trascendencia de la sentencia del expediente n.º 00728-2008-PHC/TC, que pese a haber sido emitida hace poco más de catorce años sigue vigente, pues la jurisprudencia actual producida por la judicatura y la fiscalía evidencia que los magistrados al momento de resolver sus casos incurren en deficiencias argumentativas y expositivas, lo que produce un alto rechazo social, erosionando la confianza ciudadana en sus operadores jurisdiccionales, lo que precisamente fue advertido por los tribunos del TC. En ese sentido, este trabajo busca profundizar y explicar con detalle los principales temas penales y constitucionales discutidos en el dictamen, destacando los problemas advertidos como la debida motivación de las sentencias judiciales, el estándar probatorio, la rehabilitación del condenado, el análisis de la prueba indiciaria, la presunción de inocencia e in dubio pro reo, entre otros. Así pues, la sentencia en cuestión resulta una fuente valiosa y actual de cómo debe resolverse una litis, pues muestra el derrotero que debe seguir el operador jurídico para no incurrir en vicios de constitucionalidad que afecten los derechos fundamentales de las partes sometidas a juicio y anulan las decisiones
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Pleno Sentencia N° 778/2020 perteneciente al EXP. 00002-2020-CC/TC “Caso de la Vacancia del Presidente de la República por Permanente Incapacidad Moral”

Muñoz Mendoza, Claudia Maria 07 August 2023 (has links)
El presente Informe Jurídico abordará el tema de la Vacancia Presidencial por Permanente Incapacidad Moral, a raíz de la Sentencia emitida por el Pleno del Tribunal Constitucional N° 778/2020 (Expediente 00002-2020-CC/TC). El problema principal que se plantea en este trabajo académico es si cabía la posibilidad de que el Pleno del Tribunal Constitucional se pronunciara acerca del problema de fondo en su Sentencia (más allá de los votos singulares que cada uno de los magistrados emitió), que es la interpretación de este “mecanismo de control institucional”, teniendo en consideración el contexto político y social en el cual se encontraba el país en noviembre de 2020; un período de conflicto institucional bastante álgido y complejo entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, dentro de una crisis política y sanitaria. Y si fuera así -que el Tribunal se hubiera encontrado en el deber de interpretar la Permanente Incapacidad Moral- cómo es que debería haber resuelto el presente caso. En ese sentido, a través del crítico análisis normativo, doctrinal y jurisprudencial del problema principal y de los problemas secundarios, se llegó a concluir que nos encontramos ante una figura de características sumamente complejas y abstractas en demasía. No solo por la amplia tipificación del Art. 113.2 de la Constitución Política del Perú, que da salida a una interpretación subjetiva del parlamentario, sino también por el sistema presidencial atenuado en el que nos encontramos. Del mismo modo, se concluirán posibles lineamientos que el Tribunal debió tomar en cuenta para resolver el caso. / This Legal Report will address the issue of the Presidential Vacancy due to the Permanent Moral Incapacity, as a result of the Judgment issued by the Plenary of the Constitutional Court No. 778/2020 (File 00002-2020-CC/TC). The main problem that arises in this academic work is whether it was possible for the Plenary of the Constitutional Court to rule on the substantive problem in its Judgment (beyond the singular votes that each of the magistrates issued), which is the interpretation of this "institutional control mechanism", taking into account the political and social context in which the country found itself in November 2020; a period of quite acute and complex institutional conflict between the Executive and Legislative powers, within a political and health crisis. And if that were the case - that the Court had found itself in the duty of interpreting the Permanent Moral Incapacity - how is it that it should have resolved the present case. In this sense, through the critical normative, doctrinal and jurisprudential analysis of the main problem and the secondary problems, it was concluded that we are facing a figure with extremely complex and excessively abstract characteristics. Not only because of the broad classification of Art. 113.2 of the Political Constitution of Peru, which gives a way to a subjective interpretation of the parliamentarian, but also because of the attenuated presidential system in which we find ourselves. In the same way, possible guidelines that the Court should have taken into account to resolve the case will be concluded.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional 918/2021 – Caso del Desdoblamiento de las Legislaturas Ordinarias

Armstrong Yzu, Marcos 24 April 2023 (has links)
El presente Informe tiene como objetivo exponer y analizar los razonamientos del Tribunal Constitucional en la sentencia relativa al caso del desdoblamiento de las legislaturas ordinarias por parte del Congreso de la República. La disolución del parlamento por parte del ex presidente Martín Vizcarra mediante Decreto Supremo 165-2019-PCM en septiembre del año 2019, trajo como consecuencia la elección de un nuevo Congreso, destinado a completar el período parlamentario 2016 – 2021. Cuando éste estaba por culminar, en junio del año 2021, el Congreso introdujo, mediante Resolución Legislativa 021-2020-2021-CR, una modificación a la tercera disposición transitoria del Reglamento del Congreso, creando una cuarta legislatura ordinaria, con el objetivo de aprobar, en segunda votación, proyectos de leyes de reforma constitucional, de acuerdo a los requisitos que establece el artículo 206 de la Constitución. La Resolución Legislativa fue cuestionada en un proceso de acción de inconstitucionalidad. El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda e inconstitucionales la Resolución Legislativa 021-2020-2021-CR, así como, por consecuencia, las tres leyes de reforma constitucional aprobadas durante la cuarta legislatura ordinaria irregular, argumentando que el Congreso había cumplido tan solo en las apariencias con los requisitos que la Constitución exige para su reforma en el artículo 206. / The purpose of this paper is to expose and analyze the reasoning of the Constitutional Court in the ruling on the case of the division of ordinary legislatures by the Congress of the Republic. The dissolution of parliament by former President Martín Vizcarra through Supreme Decree 165-2019-PCM in September 2019, resulted in the election of a new Congress, intended to complete the 2016-2021 parliamentary period. When it was about to end, in June 2021, Congress introduced, through Legislative Resolution 021-2020-2021-CR, a modification to the third transitory provision of the Regulations of Congress, creating a fourth ordinary legislature, with the objective of approving, in second vote, constitutional reform bills, in accordance with the requirements established in article 206 of the Constitution. The Legislative Resolution was questioned in an unconstitutionality action process. The Constitutional Court declared the lawsuit founded and Legislative Resolution 021-2020-2021-CR unconstitutional, as well as, consequently, the three constitutional reform laws approved during the irregular fourth ordinary legislature, arguing that Congress had complied only in the appearances with the requirements that the Constitution demands for its reform in article 206.
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Democratizando el proceso : la acción popular de inconstitucionalidad en el Perú

Pomareda Muñoz, Diego Alonso 19 July 2018 (has links)
La legitimación procesal activa en el proceso de inconstitucionalidad ha sido tradicionalmente otorgada a un grupo reducido de órganos y sujetos. Este carácter restrictivo ha impedido un cambio estructural que posibilite brindar la más fuerte garantía que un Tribunal Constitucional podría otorgar a sus ciudadanos: someter a su jurisdicción las leyes a solicitud de cualquiera. El planteamiento de la actio popularis kelseniana, en el proceso de inconstitucionalidad, se propone como un ideal que tendría dificultades para corresponderse con la realidad por la excesiva carga procesal que traería consigo. En la presente tesis se cuestiona esta perspectiva y se proponen los beneficios de adoptar un modelo abierto con miras a que la colectividad pueda cuestionar las normas que la regula. La fundamentación de la legitimación amplia basada en la democracia participativa, en los derechos políticos, en el activismo ciudadano, en la defensa de los derechos colectivos, en el principio de solidaridad y, principalmente, en la efectividad del principio de supremacía constitucional, brinda un primer acercamiento a la propuesta. En un segundo momento, se realiza el estudio de la aplicación actual, y de manera comparada, de la actio popularis en países de Europa tales como Portugal, España, Francia, Italia, Alemania, Austria, Eslovenia y Hungría. En esta misma línea, se presentó los diversos modelos de legitimación activa en los procesos de inconstitucionalidad que se reconocen en América Latina dando una mayor profundidad al estudio de realidades como las de Colombia, Ecuador, El Salvador, Nicaragua, Panamá y Venezuela en los cuales se establece una auténtica legitimación amplia y popular. En el tercer capítulo, se formula la propuesta de acción popular de inconstitucionalidad para el Perú. Al respecto, se analiza críticamente el actual estado de los legitimados activos reconocidos en la Constitución Política del Perú, se recoge la opinión de los Coordinares de la Comisión de Procesos de Inconstitucionalidad del Tribunal Constitucional del Perú sobre el particular y, finalmente, se concluye con la propuesta de reforma constitucional, con el objetivo que el Perú, procesalmente, adopte el referido modelo siendo que, a través de esta legitimación, se reivindique el principio de supremacía constitucional y se le otorgue el protagonismo a los ciudadanos para que sean los nuevos guardianes de la Constitución.

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