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Enfoques para conciliar la vida laboral, familiar y personal desde la política públicaQuiñones Infante, Sergio 12 April 2018 (has links)
Los múltiples cambios socioculturales por los que atraviesa nuestra sociedad impactan, sin lugar a dudas, en las diferentes esferas del Derecho. En las últimas décadas, una de estas esferas ha sido la del Derecho Laboral. El aumento de la participación femenina en el mercado laboral ha hecho necesario el replanteo de las normas actuales, tomando en consideración este fenómeno. En el presente artículo, tomando como base la legislación nacional e internacional pertinente, el autor analiza los diversos enfoques que se están dando para posibilitar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal; tema que surge precisamente a partir de la creciente inclusión de la mujer en el mercado de trabajo. The multiple sociocultural changes that our society goes through have an undeniable impact on the different spheres of Law. During the last decades, one of these spheres has been that of Labor Law. The increase of female participation in the labor market has made it necessary to rethink the current laws, taking into account this phenomenon. In the present paper, basing on relevant national and international laws, the author analyzes the various approaches that currently take place trying to harmonize work, family and personal life, a subject that originates precisely because of the rising inclusion of women in the labor market.
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Elements for a general theory of equality and non discrimination regarding European experience / Elementos para una teoría general de la igualdad y la no-discriminación a partir de la experiencia del derecho europeoBorrillo, Daniel 10 April 2018 (has links)
The article analyzes the implications of shifting from modernto a welfare state according with the definition of equality principle, then explains the consequences of promoting the non discrimination principle and its structure as surety element of free competition. On that basis, the author presents the main tools of non discrimination in European law and then gives details about three components of discrimination: “tracto, criterium and spatium”. Finally, the article explores the debate surrounding the notion of evidence when it is related to discrimination, emphasizing States duty on promoting equality in European law. / El artículo analiza las consecuencias del tránsito del Estado moderno al Estado de bienestar en la definición del principio de igualdad, paraposteriormente explicarnos las implicancias de la promoción del principio de no-discriminación y su configuración como factor de caución de la libre competencia. A partir de ello nos aproxima a los principales instrumentosdel derecho europeo de la no-discriminación, para seguidamente explicarnos detalladamente los tres componentes de la discriminación: tracto, criterium y spatium. Finalmente, aborda la problemática de la prueba en materia de discriminación y la obligación de promover la igualdad que tienen los Estados en el derecho europeo.
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Material pedagógico para aminorar la discriminación por orientación sexual e identidad de género en los establecimientos educacionales de ChileVelásquez Velásquez, Gonzalo January 2008 (has links)
Proyecto para optar al título profesional de Diseñador Gráfico / Al momento de la presentación de este Informe, Chile se encuentra en
medio de una serie de hechos sin precedentes en su historia democrática, la más
emblemática y polémica lucha por un sistema educacional que garantice calidad a
todos los estudiantes, sin discriminación de ningún tipo.
Esta demanda que llevó el 2006 a la “Revolución Pingüina” a dar la vuelta
al mundo como ejemplo de un movimiento de representación ciudadana, que se
organizaba dentro de las aulas y que tenía como representantes a los mismos estudiantes, ya no universitarios, sino escolares, marco sin duda un hito en la
historia de Chile.
Hoy a más de dos años de los hechos, podemos decir que tal revolución
pudo poner sobre la mesa múltiples deficiencias y responsabilidades que tanto el
Estado como los sostenedores de establecimientos educacionales debieron
enfrentar a la luz pública, todo en medio de protestas y debates de los más
distintos calibres y enfoques editoriales. La expectativa mayor; jarros más, jarros
menos; la eliminación del lucro, ya parece haber quedado fuera de la discusión,
producto del juego democrático no pudo hacer más.
Las razones de la mala educación están a la vista, pueden ser discutibles y
susceptibles de debate, pero hay hechos constatables como la falta de estándares
de calidad que permitan una fiscalización efectiva que vaya de la mano con un
mínimo de proactividad por parte de la autoridad.
En específico, y para enfocarnos en el tema central de este proyecto de
título cual es la erradicación de la discriminación por orientación sexual o
identidad de género en el sistema educacional, se aprecia una falta de iniciativa
del Ministerio de Educación producto del miedo a poderes fácticos, como es el
caso de la dupla Iglesia Católica, que impide al gobierno llevar adelante iniciativas
autoimpuesta del término de toda exclusión. Una desigualdad traducida en este
caso en la homofobia y la transfobia que presenta altos niveles de agresión y
deriva en altas tasas suicidios entre los escolares gays, lesbianas, bisexuales o
transexuales, según el Parlamento Europeo.
Asumiendo la falta de voluntad del Gobierno, es que se hace necesario
generar herramientas de cambio que permitan mejorar la calidad de vida de los
estudiantes y que le permitan tanto a los docentes como a los apoderados
enfrentar situaciones complejas como la orientación sexual de un estudiante, sin
violar sus derechos humanos esenciales. Es por ello que el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual
(Movilh), Ong chilena con amplio reconocimiento nacional e internacional, se ha
propuesto llevar a las aulas chilenas un material educativo para generar cambios
de conducta en los alumnos, docentes y apoderados, a fin de mermar la exclusión
de que son parte las minorías sexuales al interior de los establecimientos
educacionales.
Ese es el objetivo de la presente investigación y del proyecto del Movilh,
que es financiado por la Cooperación Extremeña de España y patrocinado por la
Internacional de Educación, por el Colegio de Profesores de Chile, por la Facultad
de Derecho de la Universidad Diego Portales, por la Asociación Metropolitana de
Padres y Apoderados y por la Fundación Triángulo, todas las cuales comprenden
la importancia de que el materia educativo a elaborar, contemple un diseño
apropiado que le sirva de sustento y clara comprensión. Una propuesta al
respecto, es el fin último de este informe.
A lo largo de las siguientes páginas se identificarán las razones y motivos
de la discriminación, se entregará una perspectiva histórica del fenómeno de la
homosexualidad y se dará luces respecto de la mejor manera de erradicar la
discriminación, teniendo en cuenta que este un primer, pero importante paso
para generar el cambio de actitud en un medio ambiente conservador en el
ámbito político y social.
La educación y el diseño sin duda juegan un rol paralelo y fundamental a la
hora de difundir y comunicar el conocimiento, poseen características funcionales
que complementan sus objetivos y que en este caso son capaces de generar
cambios sociales importantes y necesarios en nuestra sociedad.
El espíritu de esta memoria se encuentra en la idea de que la función social
del diseño es un aspecto de esta disciplina, debe tomarse en serio y con
responsabilidad, ya que como dice Frascara todo diseño colocado ”en el espacio público ejerce un impacto cultural como efecto lateral. Este impacto afecta la
manera en que las personas se relacionan con las cosas y con otras personas, y
contribuye a la creación de un consenso cultural”.
En ese sentido el diseño puede estar anclado en los límites del mercado
como también puede transformarse en una herramienta, que en conjunto con
otras disciplinas, puede producir cambios culturales que tienen una rentabilidad
social inmensa.
Para algunos la culpa la tiene el lucro, para otros no tanto, lo cierto es que
la crisis más profunda pasa por un fenómeno más grave y que como tantas veces
se ha dicho es herencia de nuestra historia reciente, la falta de participación
electoral. Esta tiene como consecuencia inmediata la falta de representatividad de
los adolescentes de hoy, representados por los políticos de ayer y a quienes, en
términos generales, poco o nada le interesa cambiar las cosas participando del
juego democrático.
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Desequilibrios Fiscales Horizontales y Verticales: Perú 2002 – 2006Meza Espinoza, Soledad Eddy January 2009 (has links)
No description available.
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La discriminación contra las personas discapacitadas visualesCatalán Díaz, María Teresa January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En la presente memoria, abordaré la discriminación que deben enfrentar los discapacitados visuales, para quienes el Estado no crea las condiciones necesarias para su incorporación en igualdad de oportunidades en la vida nacional. En efecto, nuestra hipótesis consiste en que el Estado no da cumplimiento a sus obligaciones legales en orden a garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales y la integración de las personas con discapacidad visual en la sociedad en un pie de igualdad. Este incumplimiento se traduce, por una parte en que el Estado omite deliberadamente proporcionar las herramientas necesarias para el desarrollo integral de este colectivo. Y por la otra en que el Estado tolera esta discriminación cuando no sanciona debidamente las conductas discriminatorias provenientes tanto del sector público como del sector privado. Todo lo anterior importa una violencia estatal que proviene de la estructura de las instituciones del Estado constituyendo una manifestación de control social que incide directamente en las condiciones de vida de estos discapacitados.
Durante el desarrollo de la presente tesis, profundizaré en las manifestaciones más palpables de esta violencia. Para ello, describiré las dificultades que enfrentan las personas con discapacidad visual en el ejercicio de derechos fundamentales, como el derecho a la educación y el derecho al trabajo. Y asimismo, analizaré los principales instrumentos internacionales ratificados por Chile, que contienen las obligaciones que el Estado debe asumir en relación con esta materia. Por último, examinaré la legislación nacional relativa al tema incluyendo las prohibiciones legales que atentan contra la integración social de estos discapacitados y que constituyen otra manifestación de violencia estatal y de control social. Todo lo anterior con el fin de confirmar o desmentir nuestra hipótesis
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Exámenes preocupacionales y ocupacionales para detectar drogas y alcohol a los trabajadores y la posible situación de discriminación.Espinosa Ponce, Natalia January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / A partir de la Igualdad y la no Discriminación nos acercaremos al tema objeto de este trabajo. Primero, analizando en el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social cómo ha sido tratado el tema de la igualdad, para luego comenzar a relacionarlo directamente al tema del uso y abuso de las drogas y el alcohol ya sea en la vida privada de cada persona como en el ámbito laboral, punto que más interesa en este trabajo.
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La diferencia remuneracional entre hombres y mujeres: tratamiento en la legislación nacional y normativa internacionalOlmedo Vera, Claudia Lissette, Silva Barrera, Carolina Andrea January 2013 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La discriminación basada en el sexo es la principal forma de discriminación y ha sido objeto de atención por parte de la comunidad internacional, buscando promover la igualdad y mejorar las condiciones de vida y de trabajo sobre una base de igualdad de género, siendo la esencia de los distintos tratamientos internacionales.
Desde esta perspectiva, resulta fundamental precisar el término “Igualdad” para nuestra memoria, contenido en el ordenamiento jurídico en el artículo 1 inciso final de nuestra Constitución, además del artículo 19 N° 2, que consagra la igualdad de derechos y oportunidades entre todos los seres humanos, sin distinción de ninguna clase, y del N° 16 del mismo artículo, referido tanto a la libertad de contratación, elección del trabajo y a la prohibición de discriminación.
Mediante éste trabajo se busca abordar la situación discriminatoria arraigada fuertemente en nuestro país y existente hace mucho tiempo, de ahí que algunos países, como el nuestro, hayan adoptado una legislación específica para prohibirla.
El derecho a la igualdad de tratamiento, que sirve de fundamento a la ley 20.348 que “Resguarda el Derecho a la Igualdad en las Remuneraciones”, tiene su fundamento en la fórmula aristotélica según la cual se debe tratar de igual manera a quienes son iguales y de manera distinta a quienes son desiguales. Esta fórmula concentra una doble expresión; una positiva, en donde las personas tienen derecho a recibir un trato igualitario en igualdad de circunstancias; y, otra negativa, equivalente a la prohibición de arbitrariedad. La primera de ellas inspira la ley 20.348, así como las normativas internacionales que se analizarán, como Convenios y Recomendaciones dictadas por la OIT y la normativa de la Unión Europea que desde la firma del Tratado de Roma en 1957 comenzó a regular de manera aislada el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, hasta alcanzar actualmente un gran acervo comunitario que regula de manera amplia y detallada la materia.
El hecho que las mujeres se hayan incorporado cada día más al mercado laboral ha dejado de manifiesto las desigualdades y discriminaciones que se producen, ello debido a que el mercado laboral fue por mucho tiempo un lugar donde la normalidad era encontrarnos con “hombres trabajadores” y por otro lado, “mujeres reproductoras y criadoras” que sólo se desarrollaban en el ámbito privado de sus hogares realizando las labores domésticas, que siempre le habían sido propias y exclusivas. Pero, ésta realidad fue paulatinamente cambiando y como se señaló las mujeres nos incorporamos al mundo laboral, lamentablemente éste se encontraba diseñado y regulado para los hombres, pues eran ellos quienes durante años representaron porcentualmente la mayor parte de la población laboralmente activa.
Así las cosas la incorporación de la mujer al mercado laboral como fenómeno creciente y cada día en mayor expansión, ha llevado a que la comunidad internacional consiente de éste fenómeno social haya tenido que regular y dictar diversa normativa supranacional cuyo principal objetivo es la búsqueda de la superación de las desigualdades y algún día alcanzar la anhelada igualdad entre hombres y mujeres, ello en consideración a que la igualdad de todos los seres humanos es un derecho fundamental y connatural a la dignidad humana.
En este orden de ideas, es posible advertir que “en la actualidad, las transformaciones económicas y sociales del trabajo han puesto en evidencia que los sistemas jurídicos clásicos inspirados en el impuesto paradigma del hombre proveedor y la mujer cuidadora no han estado preparados para responder a las interrogantes que hoy representan los problemas derivados de la incidencia de la discriminación por causa de sexo y la demanda por conciliar responsabilidades laborales y familiares, todo lo cual ha llevado inexorablemente a rediseñar la legislación laboral.”
Claro es que el derecho laboral se encuentra inspirado en la noción de la existencia de una relación contractual en donde una de las partes es el empleador que tiene una supremacía como tal y por otro lado el trabajador que es la parte débil de la relación contractual, es decir, se inspira en la desigualdad. Por lo mismo, las modificaciones que históricamente ha sufrido la regulación laboral han sido siempre inspiradas y han tratando de equiparar esta desigualdad. Pero, la regulación se ha hecho considerando al trabajador en términos neutrales sin considerar su sexo y las diversas responsabilidades que cada persona posee en su ámbito familiar como es el cuidado del hogar y de terceras personas como son los hijos y adultos mayores.
Nuestro país conciente de esta desigualdad entre hombres y mujeres y buscando compatibilizar y ajustar nuestra normativa interna a los mandatos establecidos en los Tratados Internacionales ratificados por Chile, dictó la Ley 20.348, que será objeto de análisis y estudio en esta memoria, tratando de dilucidar en definitiva si dicha ley ha cumplido con los mandatos internacionalmente aceptados y si ha logrado o no el objetivo de terminar o aminorar con las desigualdades existentes antes de la dictación de la ley.
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Discriminación por material genéticoVilla Vega, Diego Miguel January 2000 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Es pues, justamente éste el tema de las presente memoria, en la que el objetivo central a desarrollar será el tratar el tema de la discriminación por material genético, dividiendo su estudio en los siguientes tres capítulos.
En primer lugar, nos remitiremos en el capítulo II a la discriminación genética o por material genético en el empleo o para acceder, mantenerse o ascender en él.
En segundo lugar, ocuparemos el capítulo III para referirnos a la discriminación por material genético en los seguros y en la seguridad social.
Finalmente realizaremos, en el capítulo IV, un análisis general del tema de la discriminación genética y de las posibles soluciones legislativas al tema en su conjunto.
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Acoso moral laboral o mobbing: Análisis de la jurisprudencia chilenaZiller Hernández, Maynes January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El actual modelo económico imperante a nivel mundial, ha implicado importantes transformaciones al mercado del trabajo y dichos cambios han afectado también a las relaciones de trabajo al interior de los establecimientos o empresas. En efecto, muchas empresas –concepto que hasta ahora es discutido por la doctrina y los abogados laboralistas- tanto públicas como privadas, en su búsqueda incesante por mejoras productivas y aumento sostenido de sus utilidades, se han despreocupado de su obligación de mantener un clima laboral adecuado en el que efectivamente se respeten los derechos constitucionales y laborales de sus trabajadores.
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Análisis de la constitucionalidad de la sociedad conyugal a la luz de la constitución de 1980 y de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile, en relación al principio de igualdad ante la leyDíaz Santis, Bárbara Loreto, Alvarez Donoso, Catalina January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo / Nuestra propuesta consiste en determinar si existen o no derechos vulnerados, a nivel constitucional e internacional, en la normas relativas a la administración de bienes en la sociedad conyugal; qué clase de derechos están en juego y; cuál sería la solución, a nuestro parecer, más ajustada a derecho y a la dignidad de la mujer.
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