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Informe juridico de las resoluciones N° 1255-2004-CPC y 0939- 2005/TDC-INDECOPIChavez Meza, Diego Rafael 18 August 2021 (has links)
El presente informe jurídico versará sobre el análisis de la Resolución N° 1255-2004/CPC
de fecha 24 de noviembre de 2004 (en adelante la “RESOLUCIÓN”), emitida por la
Comisión de Protección al Consumidor (en adelante la “COMISIÓN”), la cual tiene
como materia de análisis la comisión de prácticas discriminatorias realizada por la
empresa UNITED DISCO S.A. (en adelante “AURA”), misma que fue denunciada de
oficio por la Comisión, en razón a la vulneración de derechos constitucionales.
Asimismo, el presente informe jurídico también versará sobre el análisis de la Resolución
N° 0939-2005/TDC-INDECOPI de fecha 26 de agosto de 2005 (en adelante la
“RESOLUCIÓN FINAL”) emitida por la Sala de Defensa de la Competencia (en
adelante la “SALA”), misma que resuelve el recurso de apelación presentado por Aura
contra la Resolución, la cual tiene como materia de análisis, la prueba indiciaria y los
sucedáneos medios probatorios.
Para el presente informe, nos basaremos en los conocimientos adquiridos a lo largo del
presente Programa de Segunda Especialidad, en jurisprudencia pertinente establecida por
el Tribunal Constitucional, consulta con organizaciones de derechos humanos y también
con autores que aborden sobre todo los conceptos que se aborde en el Marco Jurídico
Conceptual.
Finalmente concluiremos respecto a los limites establecidos al ejercicio de los derechos
de la libertad de empresa y libertad de contratación contra el derecho a la dignidad de las
personas y a la no discriminación respecto a su origen étnico y su indefensión ante actos
discriminatorios por parte de empresas de servicio. / This legal report will deal with the analysis of Resolution No. 1255-2004 / CPC dated
November 24, 2004 (hereinafter the "RESOLUTION"), issued by the Consumer Protection
Commission (hereinafter the "COMMISSION"), whose subject of analysis is the commission
of discriminatory practices carried out by the company UNITED DISCO SA (hereinafter
“AURA”), which was denounced ex officio by the Commission, due to the violation of
constitutional rights.
Likewise, this legal report will also deal with the analysis of Resolution No. 0939-2005 / TDCINDECOPI
dated August 26, 2005 (hereinafter the “FINAL RESOLUTION”) issued by the
Competition Defense Chamber (in hereinafter the “ROOM”), which resolves the appeal filed
by Aura against the Resolution, which has as its subject of analysis, the circumstantial
evidence and the substitute means of evidence.
For this report, we will base ourselves on the knowledge acquired throughout this Second
Specialty Program, on pertinent jurisprudence established by the Constitutional Court,
consultation with human rights organizations and with authors that address above all the
concepts addressed in the Conceptual Legal Framework.
Finally, we will conclude with respect to the limits established for the exercise of the rights of
freedom of business and freedom of contract against the right to dignity of people and nondiscrimination
with respect to their ethnic origin and their defenselessness against
discriminatory acts by companies of service.
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Informe jurídico del expediente 06316-2008-PA/TCPaucar Baldeón, Ariana Nicold 18 August 2021 (has links)
En el año 2009, el Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda de amparo
interpuesta por AIDESEP contra el Ministerio de Energía de Minas, Perupetro, Barret
Resource Perú Corporation y Repsol YPF, al indicar que no se había demostrado la
presencia de pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial en la zona que
abarcaban los lotes 39 y 67, contratos de licencia de exploración y explotación,
respectivamente, celebrados con el Estado vía decretos supremos y la no suspensión de
estas actividades.
Dicha decisión conlleva a la vulneración del derecho al territorio de los pueblos indígenas
en la zona, desencadenándose mayores afectaciones a sus derechos, puesto que las
actividades a realizarse implican el ingreso de terceros a la zona que habitan, exponiendo
a los PIACI a su consecuente muerte por los conflictos que se desarrollan, así como la
exposición a enfermedades.
Frente a ello, el presente informe jurídico aborda la problemática de la vulneración al
derecho al territorio de los pueblos indígenas en aislamiento y en contacto inicial, ante la
primacía de la explotación de recursos naturales por sobre derechos humanos en
cumplimiento de lo dispuesto por el marco jurídico peruano y diversos tratados a los que
el Perú está adscrito sobre pueblos indígenas. / In 2009, the Constitutional Court declared inadmissible the application for amparo filed by AIDESEP against the Ministry of Energy of Minas, Perupetro, Barret Resource Peru Corporation and Repsol YPF, indicating that the presence of indigenous peoples in voluntary isolation had not been proven. and initial contact in the area covered by lots 39 and 67, exploration and exploitation license contracts, respectively, entered into with the State via supreme decrees and the non-suspension of these activities. This decision leads to the violation of the right to territory of the indigenous peoples in the area, triggering greater effects on their rights, since the activities to be carried out imply the entry of third parties to the area they inhabit, exposing the PIACI to their consequent death. by the conflicts that develop, as well as the exposure to diseases. Faced with this situation, this legal report addresses the problem of the violation of the
right to territory of indigenous peoples in isolation and in initial contact, given the
primacy of the exploitation of natural resources over human rights in compliance with the
provisions of the Peruvian legal framework and various treaties to which Peru is attached
on indigenous peoples.
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Situación Actual y Marco Jurídico de la Inclusión Financiera en el PerúArana Noriega, Claudia Silvana 07 August 2021 (has links)
Esta tesis trata acerca de la Inclusión Financiera en el Perú, que en la actualidad alcanza solamente al
41.3% de la población. Es objetivo del presente trabajo, ubicar los principales problemas que la afectan y
la detienen en el país. Para ello, utilizando la metodología del Análisis Económico del Derecho y aplicando
las herramientas de las que dispone, se desarrolla un estudio que permite descartar los paradigmas que
supuestamente la frenan y más bien se ubican los problemas que no le permiten avanzar. Este análisis se
acompaña de trabajo de campo que abarca: encuestas, entrevistas, recorrido a instituciones financieras y
un caso real para graficar la realidad. La hipótesis que se plantea es que la Inclusión Financiera actualmente
cuenta con un marco legal e instituciones financieras sólidas, sin embargo, no tienen el avance deseado.
Esta situación afecta el bienestar de la sociedad e impide que se aproveche la capacidad instalada que se
tiene, para lo cual se sugieren aportes que permitan su optimización y supere el avance que se tiene según
la última medición. La principal conclusión de esta tesis es que la Inclusión Financiera es una actividad
multidisciplinaria que no tiene solución sino bajo la visión simultánea de las instituciones del Estado, las
entidades financieras y sociedad civil, por ello, los esfuerzos unilaterales o débilmente coordinados no
vienen alcanzando los resultados esperados.
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Aplicación del Principio de Retroactividad Benigna en el Procedimiento Administrativo Sancionador en caso de modificación del Instrumento de Gestión AmbientalLara Soriano, Sheryl 13 August 2021 (has links)
La importancia de los instrumentos de gestión ambiental preventivos radica en
constituirse como una herramienta que antecede los impactos ambientales y proyecta
soluciones eficientes en favor del medio ambiente. No es menos importante indicar que
estos instrumentos, pueden requerir modificaciones o ampliaciones las cuales se
tramitarán con posterioridad al inicio de sus operaciones, toda vez que, aun cuando sea
exhaustivo en su primera versión, sería irreal que recojan todos los impactos socio
ambientales posibles.
Este trabajo busca establecer la viabilidad de aplicar el principio de retroactividad
benigna con relación a los instrumentos de gestión ambiental, a partir del procedimiento
administrativo sancionador seguido contra la Central Hidroeléctrica Potrero por el
incumplimiento de obligaciones establecidas en la declaración de impacto ambiental. En
este caso, antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, el Gobierno
Regional de Cajamarca aprobó el informe técnico sustentatorio de la Central, que
cambió favorablemente para el administrado las obligaciones imputadas como
infracción; sin embargo, el Tribunal de Fiscalización Ambiental consideró que los
instrumentos de gestión ambiental no son normas tipificadoras y, en consecuencia, no
cabía aplicar la retroactividad benigna.
Como conclusión se afirma la viabilidad de aplicar el principio en cuestión, pues la
nueva herramienta de gestión ambiental, en este caso, el informe técnico sustentatorio,
tiene condiciones más favorables para el administrado, lo cual debería repercutir
retroactivamente en el procedimiento sancionador.
El método empleado para estudiar la razonabilidad de la resolución es el cualitativo,
para lo cual se ha recurrido a fuentes normativas, jurisprudenciales y a la doctrina. / The importance of Preventive Environmental Management Instruments lies in becoming
a tool that anticipates environmental impacts and projects efficient solutions in favor of
the environment. It is important to indicate that these instruments may require
modifications or extensions which will be processed after the start of their operations,
because, although they are extensive in their first version, it is unlikely that they will
include all possible socio-environmental impacts.
Taking this into consideration, this work aims to establish the viability of applying the
principle of benign retroactivity in relation to environmental management instruments,
based on the administrative sanctioning procedure followed against the Potrero
Hydroelectric Power Plant, for the breach of obligations established in the declaration of
environmental impact. In this case, before the start of the administrative sanctioning
procedure, the Regional Government of Cajamarca approved the technical support
report of the Hydroelectric Power Plant, which favorably changed the obligations
imputed as an infraction for the company. However, the Environmental Control Court
considered that the Environmental management instruments are not standard rules and,
consequently, benign retroactivity could not be applied.
The work concludes that applying the principle is legally viable, because the new
environmental management tool, in this case, the Sustaining Technical Report, has more
favorable conditions for the company, which should retroactively affect the sanctioning
procedure.
The method used to study the reasonableness of the resolution is qualitative, for which
normative, jurisprudential, and doctrine have been used.
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Informe sobre Resolución N° 2758-2019/SPC-INDECOPIAceijas Silva, José Luis 23 February 2021 (has links)
El presente Trabajo desarrolla un análisis jurídico sobre la Resolución Nº 2758-
2019/SPC-INDECOPI, la cual versa sobre la denuncia realizada, en el año 2018, por la
Asociación de Consumidores Indignados Perú contra el restaurante La Rosa Náutica, por
cometer actos de discriminación hacia las consumidoras mujeres que acudían a su local,
al entregarles Cartas – Menú sin precios; la cual fue declarada fundada con un voto
dirimente del Presidente de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del
INDECOPI, luego de haber quedado empatados los votos de los Vocales de la misma.
Esta Resolución propone un enfrentamiento entre conceptos de paralela importancia y
relevancia en los ámbitos jurídico y social, como lo son la libertad de empresa y los
derechos humanos de la persona; lo cual responde a la justificación del desarrollo del
presente. Ante esto, se propone un conjunto de críticas sobre los Fundamentos que realizó
la Sala. Además, con el desenvolvimiento y la estructura planteadas en el presente, se
analizan diversos conceptos jurídicos y sociales, como: la diferencia entre trato
diferenciado y discriminación, el cambio de criterio sobre el entendimiento de
discriminación en el consumo realizado en el año 2019 por el INDECOPI, la adecuación
y pertinencia de las sanciones, el rol de las asociaciones de consumidores, entre otros;
profundizando tanto en doctrina como en la legislación pertinente, para demostrar que el
mencionado restaurante si cometió actos de discriminación contra las mujeres que
acudían a su local
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El sujeto pasivo del delito de feminicidio según el Acuerdo Plenario N°001-2016/CJ-116: cuestionamiento a la no inclusión de las mujeres transFabián Terreros, Yhasira Elisa 14 September 2021 (has links)
En el presente artículo, se cuestiona la exclusión de las mujeres trans como
sujetos pasivos del delito de feminicidio en el Acuerdo Plenario N°001-2016/CJ-
116. A fin de promover su inclusión, se propone consider al término mujer como
elemento normativo del tipo, lo que implica adoptar un concepto amplio de mujer.
Este deberá tomar en cuenta la dimensión dinámica del derecho a la identiad y
la identidad de género. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el
Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y en la
misma línea de lo resuelto por los tribunales de Colombia y Argentina. Asimismo,
el artículo resalta que una interpretación como la propuesta no es completamente
contraria a la línea jurisprudencial de la Corte Suprema. / In this article, the exclusion of trans women as passive subjects of the crime of
femicide in the Plenary Agreement Nº 001-2016 / CJ-116 is questioned. In order
to promote their inclusion, it is proposed to consider the term woman as a
normative element of the criminal offense, which implies adopting a broad
concept of woman. This should take into account the dynamic dimension of the
right to identity and gender identity. The foregoing in accordance with the
provisions of the Constitutional Court and the Inter-American Court of Human
Rights, and in the same line as that resolved by the courts of Colombia and
Argentina. Likewise, the article highlights that an interpretation such as the
proposed one is not completely contrary to the jurisprudential line of the Supreme
Court.
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Presupuestos para la debida inscripción registral de aportes reglamentarios en terreno a favor de las entidades municipales que derivan de las habilitaciones urbanas reguladas en el TUO de la Ley N° 29090 y su ReglamentoGarcía Bendezú, Mercedes Elizabeth 26 May 2020 (has links)
El plan de investigación académica venido en desarrollo, propone opciones que tiene el gobierno local para inscribir aportes reglamentarios en terreno provenientes de Habilitaciones Urbanas a su favor ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, el cual se esboza con el fin de sanear registralmente la titularidad (dominio) de la Administración, o también, para que el administrado conozca de estas soluciones legales, las que plasmo a través de dos mecanismos, ya sea dentro del marco legal de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, la cual comprende la presentación de instrumento público notarial acompañado del acuerdo de concejo municipal y las credenciales del funcionario municipal interviniente; o, según el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF (Dictan medidas reglamentarias para que cualquier entidad pública pueda realizar acciones de saneamiento técnico, legal y contable de inmuebles de propiedad estatal), con la presentación de documento privado suscrito por el funcionario municipal con fecha cierta, donde se solicita la anotación preventiva de inscripción de dominio (30 días calendario y posterior inscripción definitiva. En consecuencia, ha de conocerse que el segundo cuerpo normativo señalado, tiene un carácter de salvavidas frente a la dificultad sobreviniente respecto a la formalidad requerida por el primer cuerpo normativo, siendo estas dificultades como, por ejemplo, la demora con la emisión del acuerdo de concejo debido a temas de logística por parte de los entes ediles u otros temas relacionados.
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La regulación jurídica del fondo de las asociaciones de fondos contra accidentes de tránsito y la afectación a los derechos del consumidorHuamán Rojas, Carlos Enrique 25 July 2019 (has links)
El Seguro Obligatorio Contra Accidentes de tránsito constituye el instrumento directo e
inmediato ante un infortunio vehicular, el incremento del parque automotor exige que
este seguro sea versátil y llegue a mayor cantidad de unidades, es así que las
AFOCAT son destinadas en exclusiva a cubrir el sector del transporte público de
pasajeros, originando de esta manera un número importante de consumidores de este
seguro. El presente trabajo extiende un análisis sobre la regulación jurídica del fondo
que poseen las AFOCAT, se pretende comprender que tal regulación motiva la
infracción de los deberes como proveedor, motiva a la par la afectación de los
derechos de los consumidores y considera un real obstáculo para el cobro de las
multas impuestas por parte del INDECOPI. Es así que cada punto desarrollado
permitirá, en primer lugar, entender los enunciados conceptuales de estricta relación
con las AFOCAT, su origen y evolución, pasando por el sistema normativo que las
ampara, permitiéndonos establecer un nivel comparado de seguros vehiculares de
este tipo a nivel Latinoamérica, centrando nuestra atención en lo relativo al aspecto
técnico jurídico del fondo AFOCAT, el cual, a la luz de lo analizado, permitirá entender
la imperiosa necesidad de reforma, con el fin de impedir ulteriores afectaciones a nivel
consumidor.
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Efectos de la norma antielusiva general en los directorios de las empresas de seguros y reasegurosMartin Beuermann, Ricardo Alberto 12 March 2021 (has links)
La recaudación tributaria de nuestro país se ve afectada a consecuencia de la elusión fiscal,
que es practicada desde hace muchos años por los contribuyentes, quienes recurren a expertos
en la materia para estructurar planeamientos fiscales agresivos y, de esta manera disminuir
su base imponible y obtener beneficios tributarios indebidos. El Poder Ejecutivo con la
finalidad de evitar estos actos el 18 de julio del 2012, incorporó la Norma XVI al Título
Preliminar del Código Tributario, la misma que fue cuestionada desde su entrada en vigencia
por diversos gremios empresariales, debido a sus imprecisiones, razón por la cual en el mes
de julio del 2014 sus efectos quedaron suspendidos mediante el artículo 8 de la Ley N° 30230,
dado que el Poder Ejecutivo tendría que previamente reglamentar los parámetros de forma y
fondo para su aplicación, y en razón a ello, dicha norma fue publicada el 06 de mayo del
2019.
La norma antielusiva desde su concepción no fue gratamente percibida por el sector
empresarial, ya que les impuso una nueva limitación legal, pero ha llamado bastante la
atención, y a su vez ha generado una gran preocupación el haberse establecido un régimen
de responsabilidad solidaria e ilimitada conjuntamente con los miembros del directorio y
representantes legales que participen en actos de planificación fiscal.
La presente investigación está orientada a demostrar la necesidad de que los directores
cuenten con una póliza D&O para salvaguardar su patrimonio personal, como consecuencia
del nuevo régimen de responsabilidad solidaria instaurado por el Estado. Así mismo, se ha
realizado un análisis comparativo de la norma antielusiva peruana frente a otros países a fin
de analizar las críticas que la misma ha recibido al supuestamente vulnerar principios como
el de reserva de ley, seguridad jurídica, debido proceso y no ofrecer un procedimiento
administrativo garantista.
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Sistema de contratación por medios electrónicos: manifestación de la voluntad y perfeccionamiento contractualArmas Morales, Carlos Eduardo January 2002 (has links)
Estamos transitando hacia una cultura basada en la automatización de la información, pues “En estos últimos años asistimos a una rápida y constante aparición de nuevas tecnologías en el campo de la información” (Fernández 1996: 5), las cuales tienen su sustento en las tecnologías telemáticas y el avance arrogante de la microelectrónica, que se traducen en productos y servicios, las cuales se convierten en asistentes ineludibles de los actos de la vida del hombre ya sea para relacionarse socialmente o concretamente para coadyuvar la realización de los diversos actos cotidianos, que asimismo importa formas novedosas de estudiar, trabajar, jugar así como también pagar, contratar, negociar etc. que nos inspiran la necesidad de revisar las formas tradicionales de realizar estos actos versus los cambios producidos por los impactos de las tecnologías electrónicas y telemáticas (Internet), y específicamente en lo relacionado con la contratación, y concretamente mas allá del simple contrato oral o escrito, se apunta a la revisión de los contratos que tengan que ver con el uso de estas tecnologías como medios o auxilios de la realización contractual; así como también los cambios que importa el uso del papel escrito (soporte físico) que contiene el contrato y su correlativa firma ológrafa o manuscrita, a los soportes de tipo magnético, digital u óptico y las correlativas firmas electrónicas / digitales, basado en una serie de señales digitales, rutinas o programas numéricos, que aspiran dar mayor seguridad y confianza, lo que significa el rompimiento con la tradición arraigada del reinado del papel y la firma manuscrita.
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