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El derecho de autor y sus modalidades de ejercicio en la legislación española de propiedad intelectual. Estudio de los arts. 17 a 21 de la L. P. I. de 1987

Marco MoIina, Juana 28 September 1992 (has links)
La tesis doctoral persigue dos objetivos primordiales, desarrollados en los dos diferentes volúmenes en que se presenta el trabajo (Tomo I y Tomo II).- El primer objetivo, al que corresponde el Tomo I, es un análisis de la evolución del derecho de autor (designado convencionalmente como "propiedad intelectual") en el Derecho positivo español y, partiendo de él, en la cultura jurídica europea, coetánea de las anteriores leyes españolas sobre propiedad intelectual.- El segundo objetivo, desarrollado en el Tomo II, es un estudio de la vertiente patrimonial del moderno derecho de autor en la vigente Ley de Propiedad Intelectual de 11 de noviembre de 1987. Se centra dicho estudio en la exégesis de los arts. 17 a 21 de la Ley, preceptos relativos a los "Derechos de explotación" del autor.TOMO IEstá dedicado al estudio de la Ley de propiedad literaria de 10 de Junio de 1847 y de la Ley de propiedad intelectual de 10 de enero de 1879. La principal característica del régimen jurídico del derecho de autor articulado por tales textos es su consideración como una "propiedad especial" o aplicación particular del dominio a un singular objeto de derecho: la obra o creación intelectual.A partir de tal premisa, el trabajo pretende, en primer lugar (Parte I), establecer el origen de la noción de "propiedad del autor". Se constata que es ésta una tesis común europea, acuñada por influencia del Iusnaturalismo y la Ilustración, con la que algunos textos legales del siglo XVIII (Decretos franceses de 1791/1793 y Código civil prusiano de 1794) pretenden el reconocimiento del derecho de autor como derecho subjetivo y su incorporación al Derecho Privado.En España se opera el mismo proceso. La Ley de 1847 (Parte II), además de proclamar la "propiedad del autor" sobre su obra, es la primera ley española que, con carácter sistemático y específico, se ocupa del derecho de autor sobre su obra. Sin embargo, es ésta una Ley que no consigue todavía dar respuesta a la especificidad de un derecho, como el del autor, proyectado sobre un bien de naturaleza inmaterial: no distingue nítidamente entre el derecho de propiedad proyectado sobre el objeto físico que representa a la obra y el derecho de autor que recae sobre la obra en sí como entidad inmaterial.Treinta años después, se dicta una nueva Ley, la Ley de 1873 (Parte III), que coexiste con el Código civil español, que también regula el derecho de autor sobre su obra (arts. 428 y 429). Código civil y Ley de 1879 llevan aun más lejos la consideración del derecho de autor como una clase de propiedad, lo cual redunda en situaciones de verdadera desprotección del autor: no se le permite proceder a la explotación de su obra conservando la titularidad de la misma (se transmite ésta al empresario explotante) y se margina la dimensión extrapatrimonial de su derecho (el "derecho moral" de autor, reconocido en el art. 6bis del Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas),TOMO IISin abandonar ni la denominación "propiedad intelectual' ni la adscripción sistemática del derecho de autor al régimen de la propiedad (vid. Art. 149.1.9 Constitución Española; arts. 428 y 429 C.c.), se promulga en 1987 una nueva Ley (Ley 22/i987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual) que intenta superar los inconvenientes de la anterior legislación. La Ley de 1987 define el derecho de autor (art. 2º. LPI) como derecho integrado a la vez por facultades de carácter personal y patrimonial.Puesto que el aspecto patrimonial era el único contemplado en la tradición jurídica española, es el que ha sido seleccionado como objeto de estudio en la presente tesis. Se analizan, pues, las distintas actividades o "formas" de utilización de la obra intelectual (contempladas en los arts. 17 a 21 de la Ley) que constituyen el contenido de los "derechos de explotación" ("derecho de reproducción', "derecho de distribución", "derecho de comunicación pública" y "derecho de transformación") que en especial corresponden al autor.A partir de tal estudio se formulan, de una parte, conclusiones relativas a las posibilidades concretas de rentabilizar su obra que la Ley actual reconoce al autor y, de otra, se procede a un juicio de la propia Ley de 1987 como nuevo régimen de la propiedad intelectual en el ordenamiento jurídico español. / This work is an analysis of the evolution of author's copyright in Spanish legislation, from the beginning of the regulation of the item in the XVIIIth Century, until its present regulation in Spanish Copyright Law of 11th November 1987.The study has two primary aims:- A general aim, which is the search of the common features of Spanish legislation on copyright and its connection to the European development on the matter.- A particular aim, which is the study of the exact powers of exploitation of his work, which the Copyright Law of 1987 grants the author in its Articles 17 to 21.In the first respect, the outcome of the investigation is that the former Spanish copyright laws protected only the economic interests of the author. This was due to the fact that the right of the author on his work was merely considered as a kind of property right (so-called "intellectual property"). On the contrary, the modern Spanish Copyright Law of 1987 recognizes two kinds of interests of the author: his interest in the exclusive financial enjoyment of his work and the intangible interest that associates the author with his work, as its intellectual rather (so-called "moral rights").Wishing to connect with Spanish legal tradition, the study concentrates itself on the first kind of interest, that is, the exclusive right of the author to the exploitation of his work, which can be developed in different forms, especially in the forms defined in the above mentioned Articles 17 to 21 (reproduction, distribution, public communication and adaptation to a different work). In this way, it is intended to determine, both the extent of the protection of the author and the field of free utilization of the work through the public, as well.
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Derecho de autor y el derecho de acceso a la cultura, El

Buganza González, María del Carmen 12 May 2006 (has links)
El objetivo de esta tesis es analizar la relación entre el derecho de autor y el derecho de acceso a la cultura. El punto de partida es la constatación de la existencia de límites al derecho de autor, que se encuentran en el fundamento mismo de la protección por ser necesarios para garantizar la eficacia de los derechos fundamentales y evitar la colisión entre estos y el derecho de propiedad del autor. El trabajo se divide en cuatro partes:Primera.- el análisis de los conceptos de base: ¿Qué se entiende por derecho de acceso a la cultura? ¿Qué es el derecho de autor? Y la relación de ambos con los derechos fundamentales. La definición de los derechos se logra a través del estudio de los instrumentos internacionales relativos a los derechos fundamentales y de los principales tratados y convenios que establecen las bases de la regulación del derecho de autor. La definición o concepto del derecho de acceso a la cultura es uno de los aspectos más relevantes ya que a diferencia del derecho de autor, el desarrollo y evolución del derecho de acceso a la cultura es muy reciente. Es en el siglo XX cuando aparecen los instrumentos internacionales que lo definen y desarrollan. La conclusión de esta primera parte es la constatación de la diferente naturaleza de los derechos analizados y de la existencia de una relación de interdependencia entre el derecho de autor y el derecho de acceso a la cultura, que nos lleva a construir la hipótesis de base:El derecho de autor, reconocido en nuestro ordenamiento jurídico como un derecho de propiedad admite límites impuestos para garantizar la realización de los derechos fundamentales. El derecho de acceso a la cultura, en tanto que derecho fundamental ha de ser considerado como un límite al derecho de autor. Segunda.- esta parte aborda el análisis de los límites al derecho de autor cuya finalidad es salvaguardar del derecho de acceso a la cultura, el objetivo es rechazar o confirmar la hipótesis planteada. El estudio analiza los límites contemplados en la Ley de Propiedad Intelectual en contraste con los contemplados en la normativa comunitaria y las propuestas de modificación de la ley, la finalidad es constatar si las propuestas son acordes o contrarias al derecho de acceso a la cultura.Tercera.- esta parte se ocupa del estudio del derecho de acceso a la cultura. ¿En qué consiste el derecho? ¿Cómo se accede a la cultura? El análisis de nuestro ordenamiento jurídico demuestra que la Constitución española reconoce y garantiza el derecho de acceso a la cultura, sin embargo, su eficacia y garantía quedan supeditadas a leyes de desarrollo. El análisis nos desvela un aspecto de vital importancia: la existencia de las entidades de difusión cultural y su función en relación con el derecho de acceso a la cultura. No obstante, también comprobamos que estas entidades no cuentan con un marco legal adecuado para el desarrollo de su actividad. Cuarta.- para terminar, se analiza la gestión del derecho de autor a fin de determinar la existencia de mecanismos que permitan la realización de las actividades de las entidades de difusión cultural y si existe alguna fórmula que propicie la compatibilidad o equilibrio ente el derecho de autor y el derecho de acceso a la cultura. NOTA: Esta memoria está sujeta a la licencia de Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual2.5 España de Creative Commons disponible en:http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/es / "Copyright and Cultural Rights"TEXT:The aim of this work is to demonstrate the relationship between Copyright and Cultural Rights and to get to know more about them. Are these rights compatibles or complementaries? Or, are they in conflict? We try to find the answer to the following question: Can Copyright to be restriced by Cultural Rights?The starting point is the Copyright's limits or "fair use". This means that it is possible to allow use of works without the Author's autorization, but only in specific cases defined by the Law. The limits were established because they were necessary to avoid confrontation between Copyright and human rights.The analysis focuses on the Spanish proposal of modifying the Copyriht Law due to the new International Copyright regulations and the incorporation European Directive of Copyright and Information Society. The new Treaties and the Directive mean to introduce changes in Copyright regulations to adapt the analog age to the digital era, and the changeover affected the limits of Copyright. However, only the limits related to Cultural Rights were analysed.This work is divided into four parts:1º.- In the first part Intellectual Property Rights and Cultural Rights were analysed to build the following hypothesis:Intellectual Property Rights are accepted in Spanish Law as property Rights, as long as it does not conflict with human rights. Cultural Rights are human rights, and for that reason Intellectual Property Rights can be limited by them.2º.- Subsequently, Copyright limits in the current Law and the new Law project were analysed to verity if the limits are appropiate in regards to Cultural Rights or if they are impinge on them.3º.- Finaly, the contents of Cultural Rights in relation to cultural institution activities and Copyright management were also studied.Conclusion: there are no specific regulations for Cultural Rights nor is there a legal exception (or limits) for cultural activities.
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Deberes de información tributaria sobre terceros, Los

Moncada Gil, Luis Humberto 20 January 2003 (has links)
La investigación pretende exponer la regulación de los deberes de información tributaria sobre terceros en el ordenamiento español o, más exactamente, en la Ley General Tributaria, tomando en consideración una serie de principios y normas contenidos tanto en ésta última como en la Constitución española. Los tres pilares sobre los que se sustenta el estudio son: la legislación, la jurisprudencia y la doctrina relativa a la temática abordada.El planteamiento se inicia con el análisis del deber de colaboración tributaria como una figura genérica, como un concepto amplio que contiene a un conjunto de deberes determinados y, que tienen en común coadyuvar en las tareas propias de la Administración tributaria como acontece con los deberes de información de datos referidos a los tributos propios, como sobre los tributos de terceras personas.A lo largo de los restantes capítulos se desarrolla lo relacionado a los aspectos objetivo y subjetivo, los procedimientos para la obtención de información, los límites que regulan el deber y las infracciones previstas en caso de incumplimiento. En cuanto a los aspectos objetivos, se analizan los artículos 12, 37 y 38 del Reglamento General de la Inspección de los Tributos para clarificar el objeto de los deberes de colaboración y se analiza además las condiciones para que se considere la trascendencia tributaria de un dato. Con relación a la naturaleza jurídica de los deberes de información tributaria sobre terceros se analiza si la petición de datos a un tercero constituye o no sanción indirecta; si los deberes de información se configuran como un deber general de acatamiento, como un deber público de prestación personal o, bien, como una manifestación del deber de contribuir. En el ámbito subjetivo se precisan los distintos sujetos: a) el sujeto activo titular de la potestad de obtención de información tributaria como la Administración Estatal, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales, actuando todas ellas a través de sus órganos gestores, inspectores y de recaudación y b) los sujetos pasivos conformados de manera general, por todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas; pero tomando en cuenta la delimitación subjetiva contenida en la normativa tributaria en cuanto a los sujetos pasivos.También se examina lo relacionado con el procedimiento mediante el cual los administrados llevan a cabo el cumplimiento de los deberes de información tributaria sobre terceros, así como los mecanismos puestos en marcha por parte de la Administración para la obtención de la misma. Se estudia el régimen de infracciones y sanciones en caso de incumplimiento de los deberes de información tributaria sobre terceros; su carácter y naturaleza; las distintas sanciones a las que se hagan merecedores los administrados, teniendo dentro de ellas a las multas o sanciones pecuniarias, las sanciones accesorias o no pecuniarias; el criterio de graduación de las mismas, tomando en cuenta a tales efectos, la comisión repetida de infracciones tributarias, la resistencia, negativa u obstrucción a la acción investigadora de la Administración, la falta de cumplimiento espontáneo o el retraso en el cumplimiento de los deberes formales de colaboración, etc.Se analizan los límites a los deberes de información tributaria sobre terceros que se encuentran contenidos en la Constitución o en disposiciones normativas de carácter legal y entre los que tenemos, el derecho a la intimidad, la inviolabilidad del domicilio, el secreto de las comunicaciones, el secreto profesional, el secreto estadístico, el secreto del protocolo notarial, el secreto de las diligencias sumariales.En cada capitulo se expresan unas conclusiones parciales del ámbito analizado y para finalizar, el ultimo capitulo presenta un bloque de conclusiones generales
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Control de la legalidad de los convenios colectivos por parte de la Administración, El

Terrats Planell, José Luis 09 July 1992 (has links)
El objeto de la tesis consiste en un estudio sobre el control de la legalidad de los convenios colectivos negociados por empresarios y trabajadores para regular las condiciones de trabajo y de productividad.La tesis se centra en el papel que desempeña la Autoridad laboral en el actual marco legal de la negociación colectiva contenido en el Titulo III del la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, que desarrolla en la indicada materia el articulo 37.1 de la Constitución española.Concretamente, se estudia el trámite de control de la legalidad contenido en el articulo 90.5 de la meritada ley, en relación con lo dispuesto en el articulo 160 y siguientes del Real Decreto Legislativo 521/1990, de 27 de abril, texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral (articulo 136 del Real Decreto Legislativo 1568/1980, de 13 de junio, texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral anteriormente vigente).La tesis se inicia con el comentario de los antecedentes históricos y legislativos en razón de la fuerza de arrastre histórico que los mismos tienen sobre nuestro ordenamiento laboral vigente y, muy especialmente, en lo atinente al intervencionismo del Estado en el ámbito de las relaciones colectivas de trabajo y, singularmente, en el campo de la negociación colectiva.Seguidamente, se analiza la intervención de la Autoridad laboral en materia de convenios colectivos durante el proceso negociador celebrado por empresarios y trabajadores y con posterioridad a la firma de los referidos convenios colectivos.El estudio se detiene en la fase de control administrativo de los convenios colectivos estatutarios ejercido por la Autoridad laboral, y, en especial, en el trámite de control de la legalidad de los mismos establecido en el citado articulo 90.5 del Estatuto de los Trabajadores.Sigue con el examen del papel que desempeña la Autoridad jurisdiccional y más concretamente con el análisis de la normativa procesal, anterior y vigente de aplicación al caso, dada la reciente reforma de la Ley de Procedimiento Laboral.La tesis se apoya, por su trascendencia, en las opiniones emanadas de la doctrina iuslaboralista y en los juicios dimanantes de la jurisprudencia social y constitucional.Caracterizado el convenio colectivo paradigmático como norma exponente del principio de autonomía de las partes, surge evidente la intromisión que puede generar la intervención de In Autoridad laboral en el proceso creador de estas normas así como en el control final de las mismas.La forma en que la Autoridad laboral debe ejercer el referido control de la legalidad de los convenios colectivos constituye, pues, la médula de la tesis, y ejemplifica el tránsito de un modelo intervencionista a otro caracterizado por la consagración de la autonomía colectiva.Además, se ha pretendido dar a la materia un carácter de globalidad, es decir, estudiando la actuación administrativa durante y con posterioridad a la firma de los convenios colectivos y ello dentro del marco general de las relaciones colectivas de trabajo que conceden a la Administración una actuación diversa, pero frecuentemente conectada con la especifica materia de la negociación colectiva laboral.En síntesis, el procedimiento de control de la legalidad presupone el deber de colaboración de las Autoridades laboral y jurisdiccional como mecanismo de prevención de los casos de ilegalidad y lesividad contenidos en los convenios colectivos, lo cual debe entenderse como un acto de servicio a la comunidad. / The aim of this thesis is to study the control of the legality of collective agreements negotiated by employers and workers in order to regulate working conditions and productivity. The thesis will centre on the role played by the labour Authorities in the current legal framework of collective bargaining, contained in Section III of Act 8/1980, of 10th March of the Workers' Charter, which is set out in article 31.1 of the Spanish constitution, relating to this subject. A specific study will be made of the control proceedings of the legality contained in article 90.5 of the said act, in relation to the provision in article 160 and subsequent of Legislative Royal Decree 521/1990 of 21th April, the text of which is formulated from the Labour Procedure Act. The thesis will begin with commentary on the historical and legislative background in terms of the force of historical influence it has over our current labour laws, and most particularly with regard to State interventionism in the sphere of collective labour relations and especially in the area of collective bargaining. Then, an analysis will be made of State labour intervention in matters of collective agreements during the negotiating process carried out by employers and workers and after the said collective agreements have been signed. The study will pay special attention to the phase of government control of statutory collective agreements exercised by the labour Authorities, and particular to the procedure of control of their legality as laid dorm in the said article 90.5 of the Workers' Charter. There will then be an examination of the role played by the jurisdictional Authorities, and a more detailed analysis will be made of the previous and current procedural regulations, which are applicable to the case, in view of the recent reform of the Labour Procedure Act.
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Aplicación de imágenes de satélite SAR,en los estudios de contaminación marina y de dinámica de las aguas en el mediterráneo noroccidental

Platonov, Alexei 19 July 2002 (has links)
This thesis presents diverse theoretical and practical applications of the ERS 1/2 and RADARSAT satellite images of the Synthetic Aperture Radar SAR sensor (near 330 images in the Northwest Mediterranean NWM and 980 in European coastal waters) Other types of satellite images were used to study the marine pollution and dynamics studies of the NWM and other European areas. Principal source of information constitutes a collection of the SAR images obtained on periodic form during the 1996-1998 years generally by the Clean Seas European project, also by the Oil Watch and the ERS-1/2 SAR Exploitation Study in Catalonia projects. The geographical area of interest includes the NWM maritime zone: Balearic Islands - Ebro Delta - Cap of Creus - Gulf of Leon - Marseilles - Balearic Islands. During the presents studies there we elaborated a thematic collection of the SAR (full and detailed fragments) images of the almost 300 oil spills and of the 42 coastal plumes detected in the NWM in the period 1996-1998 also thematic maps and the statistical analysis of their topologic characteristics and of their temporary/spatial occurrences were elaborated. The area of the all accidental spills and plumes that took place in the period 1996-1998 in the NWM was also estimated (the diameter is 146 km and it oil mass is 4.477 Tm), we made a comparative analysis of the results of the Clean Seas project from different zones of studies (NWM, North Sea, Baltic Sea) and the statistical analysis of the occurrence of disasters involving oil spills in European waters in base of the results of the present work and of the historical information of the past 34 years, relating them to Zipf's law. The general conclusion is that the small habitual oil spills play a significant role in the overall marine pollution due to its very frequent occurrence.In the area of study of the dynamics of the NWM we present the results of the topologic and spatial analysis of the vortices detected by the satellite sensors, the thematic maps, the comparison with the laboratory experiments, the quantitative analysis of the particularities of tide in different points of the NWM, the examples of the application of the multifractal analysis and also a practical method proposed in order to distinguish the sea surface structures of different origins.The obtained results have allowed to obtain a general and statistically justified vision of the level of the marine pollution of the NWM, as well as in other European maritime zones. It was also possible to obtain quantitative information on the complex superficial dynamics of the NWM, which can be useful to quantify the capacity of surface diffusion of the ocean. / PER NAVEGAR ENTRE ELS FITXERS D'AQUESTA TESI PARTIU DEL FITXER: inicio.pdfPARA NAVEGAR ENTRE LOS FICHEROS DE ÉSTA TESIS PARTIR DEL FICHERO: inicio.pdfTHE FIRST FILE IS inicio.pdf
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Sprache als Symbol identitärer Divergenz – Das Katalanische in Valencia zwischen Nationalsprache, Standardsprache und Dialekt / La lengua como símbolo de la divergencia identitaria – El catalán de Valencia entre lengua nacional, lengua estándar y dialecto

Budig, Hanna Magdalena 17 July 2018 (has links)
La identitat lingüística valenciana sembla, a primera vista, la d’una regió que forma part de la nació espanyola i de la seua història especifica. Això no obstant, quan s’estudia més a fons el discurs polític que es produeix a la Comunitat Autònoma de València, que ha guanyat un caràcter cada vegada més polèmic sobre tot des de la transició espanyola, remet a una comprensió de la pròpia identitat que no necessàriament coincideix amb el concepte nacional espanyol. En realitat, és un discurs que tracta de determinar la llengua e identitat valenciana autòctona. Què significa ser un valencià que parla valencià? És un parlant de dialecte que per a «entendre’s millor» recorre al espanyol? És el representant d’una llengua independent? És membre d’una família lingüística reprimida a Espanya? I com s’accepta a Espanya? O, com ha de posicionar-se políticament en front del context espanyol? Partint d’aquestes preguntes, fem especial atenció als fronts político-identitaris que han estat representades a les Corts Valencianes entre 2014 i 2016, que seran l’element principal del present treball. Aspirem a reflectir i contextualitzar tant històricament com sociolingüísticament els seus discursos per a arribar a una descripció distanciada i diferenciada de les posicions, percepcions i interpretacions contradictòries sobre el valencià. Partint d’una anàlisi semàntica del discurs de conflicte basat en corpus, mostrarem la gènesi i el desenvolupament de les actuals conceptualitzacions / La identidad lingüística valenciana parece, a primera vista, la de una región que forma parte de la nación española y de su historia cultural específica. Sin embargo, cuando se estudia más a fondo el discurso político que se produce en la Comunidad Autónoma de Valencia, que ha ganado un carácter cada vez más polémico sobre todo desde la transición española, nos remite a una comprensión de la propia identidad que no necesariamente coincide con el concepto nacional español. En realidad, es un discurso que trata de determinar la lengua e identidad valenciana autóctona. ¿Qué significa ser un valenciano que habla valenciano? ¿Es un hablante de dialecto que para «entenderse mejor» recurre al español? ¿Es el representante de una lengua independiente? ¿Es miembro de una familia lingüística reprimida en España? ¿Y cómo se le acepta en España? O, ¿cómo debe posicionarse políticamente frente al contexto nacional español? Partiendo de estas preguntas, prestamos la principal atención a los frentes político-identitarios, que estuvieron representados en las Cortes Valencianas entre 2014 y 2016, que serán el elemento principal del presente trabajo. Aspiramos a reflejar y contextualizar tanto históricamente como sociolingüísticamente sus discursos para llegar a una descripción distanciada y diferenciada de las posiciones, percepciones e interpretaciones contradictorias acerca del significado identitario del valenciano. Basándonos en un análisis semántico del discurso de conflicto basado en corpus mostraremos la génesis y el desarrollo de las actuales conceptualizaciones divergentes, ya que son éstas las que convierten esta «lengua propia» en el ‹símbolo de la divergencia identitaria› dentro de un discurso político producido con y sobre la lengua.
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Límites constitucionales al contenido material de las leyes de presupuestos del Estado

Toscano Ortega, Joan A. 24 January 2003 (has links)
El trabajo está montado como un intencionado diálogo con los criterios esgrimidos por el Tribunal Constitucional sobre esta materia (desbordamiento material de las leyes de presupuestos) en su ya dilatada jurisprudencia. Su autor defiende una concepción amplia del ámbito material de las leyes de presupuestos. Según esta posición, este tipo de ley debe incluir la materia presupuestaria, pero, como ley que es, puede cobijar otras materias, salvo prohibición constitucional clara al respecto. Esta posición es superadora de la concepción de la ley de presupuestos como ley meramente formal, de suerte que la concibe como una ley plena, emanada de la potestad legislativa del Parlamento, con la fuerza propia de la ley, esto es, no vinculada a la legislación previa y capaz (aunque no siempre idónea, desde la perspectiva de la técnica legislativa) de emprender innovaciones legales.Desde esa postura "amplia" el autor formula propuesta de solución o de mejora frente al desbordamiento material de las leyes de presupuestos. Asimismo tras analizar su problemática específica, plantea posibles soluciones en relación a la práctica de las leyes de acompañamiento. / El treball està muntat com un intencionat diàleg amb els criteris esgrimits pel Tribunal Constitucional sobre aquesta matèria (desbordament material de les lleis de pressupostos) en la seva ja dilatada jurisprudència. El seu autor defensa una concepció àmplia de l'àmbit material de les lleis de pressupostos. Segons aquesta posició, aquest tipus de llei ha d'incloure la matèria pressupostària però, com a llei que és pot acolir altres matèries, excepte prohibició constitucional clara al respecte. Aquesta posició és superadora de la concepció de la llei de pressupostos com a llei merament formal, de manera que la concep com una llei plena, emanada de la potestat legislativa del Parlament, amb la força pròpia de la llei, és a dir, no vinculada a la legislació prèvia i capaç (encara que no sempre idònia, des de la perspectiva de la tècnica legislativa) d'emprendre innovacions legals.Des d'aquesta postura àmplia, l'autor formula proposta de solució o de millora davant del desbordament material de les lleis de pressupostos. Així mateix, després d'analitzar la seva problemàtica específica, planteja possibles solucions en realció a la pràctica de les lleis d'acompanyament. / The analysis is set out as an intentional dialogue with the criteria laid down by the Constitutional Court on this subject (material overflow of state budgets laws) in the course of its extended jurisprudence, In short, the work defends a broad concept of the material scpope of budget laws.
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Las nuevas tecnologías en la administración de justicia. La validez y eficacia del documento electrónico en sede procesal

Jaume Bennasar, Andrés 09 October 2009 (has links)
La tesis se encarga de analizar, por un lado, la integración y el desarrollo de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia; y, por otro, los parámetros que constituyen la validez y eficacia del documento electrónico. La primera cuestión se centra en la configuración de los Sistemas de Información de la Oficina Judicial y del Ministerio Fiscal, así como de la informatización de los Registros Civiles, donde el art. 230 LOPJ es la pieza clave. Se estudian sus programas, aplicaciones, la videoconferencia, los ficheros judiciales y las redes de telecomunicaciones que poseen la cobertura de la firma electrónica reconocida, donde cobran gran relevancia los convenios de colaboración tecnológica. La digitalización de las vistas quizá sea una de las cuestiones con más trascendencia, teniendo en cuenta que el juicio es el acto que culmina el proceso. Aunque no todos los proyectos adoptados en el ámbito de la e.justicia se han desarrollado de forma integral, ni han llegado a la totalidad de los órganos judiciales. El objetivo final es lograr una Justicia más ágil y de calidad, a lo cual aspira el Plan Estratégico de Modernización de la Justicia 2009-2012 aprobado recientemente.En referencia a la segunda perspectiva, no cabe duda que el Ordenamiento jurídico y los tribunales, en el ámbito de la justicia material, otorgan plena validez y eficacia al documento electrónico. Nuestra línea de investigación se justifica porque cada vez son más los procesos que incorporan soportes electrónicos de todo tipo, ya sea al plantearse la acción o posteriormente como medio de prueba (art. 299.2 LEC). Entre otros temas examinamos el documento informático, la problemática que rodea al fax, los sistemas de videograbación y el contrato electrónico. / La tesi s'encarrega d'analitzar, per una part, la integració i el desenvolupament de les noves tecnologies dins l´Administració de Justícia; i, per l'altra, els paràmetres que constitueixen la validesa i l'eficàcia del document electrònic. La primera qüestió es centra en la configuració dels Sistemes d´Informació de l´Oficina Judicial i del Ministeri Fiscal, així com de la informatització dels Registres Civils, on l'art. 230 LOPJ es la peça clau. S'estudien els seus programes, aplicacions, la videoconferència, el fitxers judicials i les xarxes de telecomunicacions que tenen la cobertura de la firma electrònica reconeguda, on cobren gran rellevància els convenis de col·laboració tecnològica. La digitalització de les vistes tal vegada sigui una de les qüestions amb més transcendència, tenint amb compte que el judici es l'acte que culmina el procés. Però no tots el projectes adoptats en l'àmbit de la e.justicia s'han desenvolupat d'una manera integral ni han arribat a la totalitat dels òrgans judicials. L'objectiu final es assolir una Justícia més àgil i de qualitat, al que aspira el Pla Estratègic de Modernització de la Justícia 2009-2012 aprovat recentment. En referència a la segona perspectiva, no hi ha dubte que l´Ordenament jurídic i els tribunals, en l'àmbit de la justícia material, donen plena validesa i eficàcia al document electrònic. La nostra línia d'investigació es justifica perquè cada vegada son més el processos que incorporen suports electrònics de tot tipus, ja sigui quant es planteja l'acció o posteriorment como a medi de prova (art. 299.2 LEC). Entre altres temes examinem el document informàtic, la problemàtica que envolta al fax, els sistemes de videogravació i el contracte electrònic. / The thesis seeks to analyse, on the one hand, the integration and development of the new technologies in the Administration of Justice; and, on the other, the parameters which constitute the validity and efficiency of the electronic document.The first question centres on the configuration of the Information Systems of the Judicial Office and the Public Prosecutor, as well as the computerisation of the Civil Registers, where the art. 230 LOPJ it's the part key. Their programmes, applications, the Video Conferencing, the judicial registers and the telecommunication networks which are covered by the recognised electronic signatures, are studied, where the agreements on technological collaboration gain great relevance. The digitalisation of evidence might perhaps be one of the questions with most consequence, bearing in mind that the judgment is the act by which the process is culminated. Although not all the projects adopted within the compass of e.justice have developed completely nor have reached all the judicial organs. The final objective is to achieve an agile, quality Justice, to which the recently approved Strategic Plan for the Modernisation of Justice aspires.With reference to the second perspective, there is no doubt that the juridical Ordinance and the tribunals within the compass of material justice grant full validity and efficacy to the electronic document. Our line of investigation is justified because there are more and more processes which are sustained by electronic supports of all kinds, whether it be at the establishment of the action or later, as a proof of it (art. 299.2 LEC). Amongst other things, we examine the computerised document, the problems which surround the fax, the systems for video recording and the electronic contract.

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