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Análisis de la legislación tributaria peruana en torno a la responsabilidad solidaria de los administradores de hechoMoro Tineo, Cinthya Jackelyn January 2017 (has links)
La administración tributaria como acreedor del crédito tributario, tiene la facultad de exigir el pago por la obligación contraída por el sujeto distinto del contribuyente, que si bien no ha manifestado su capacidad contributiva a través de la realización del hecho imponible, ha incidido en los supuestos que señala la norma para ser considerado como responsable. El objetivo del presente trabajo es determinar si el ordenamiento jurídico tributario peruano-artículo 16- a del Código Tributario- regula suficientemente la imputación de responsabilidad solidaria a los administradores de hecho, introducido en la reforma que se publicó el 18 de julio de 2012 , incorporado por el artículo 5° del decreto legislativo Nº 1121, nos habla sobre el ADMINISTRADOR DE HECHO, esta forma de responsabilidad solidaria se crea con la finalidad de tocar a los verdaderos administradores que se escudan por testaferros. La norma tributaria no requiere ningún método especial para su interpretación, pero se refleja claramente en los casos en los que se imputan, por ello se tomaran dos casos del tribunal fiscal para su estudio a fondo. Toda la información que se necesite para el desarrollo del proyecto, se obtendrá a través del método de investigación de análisis documental, ordenando toda la información mediante cuadros y diagramas. Se estudió la jurisprudencia vigente, un análisis comparado con las normas que regulan responsabilidad solidaria de los administradores de hecho de los países de España, Uruguay y Argentina, y cuyo resultado fue la implicancia de la norma.
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Análisis de la notificación por medio de sistemas de comunicación electrónicos prevista en el código tributario y su implicancia en el principio del debido procedimientoRimarachín Suárez, Edwin Fernando January 2014 (has links)
Los actos administrativos como la resolución de determinación, la resolución de multa, la resolución de ejecución coactiva, la orden de pago, entre otros; inician con la notificación, el cual permite poner en conocimiento del administrado el contenido de los actos administrativos que afectan sus derechos, obligaciones e intereses, dotándoles de eficacia, motivo por el cual es necesario que ésta cumpla una serie de requisitos que deben ser cumplidos con el fin de brindar certeza y fehaciencia al acto de notificación, pero por qué en la actualidad existen diversas quejas, reclamos y malestar respecto a estas notificaciones, ello motivado muchas veces por el desconocimiento de las obligaciones tributarias del contribuyente, desconoce la notificación u en otros casos cuando en actos se violentan las garantías de los contribuyentes, vulnerando así su derecho como los de defensa, información, debido procedimiento. En ese sentido en el presente trabajo hemos abordado las diferentes teorías en las que se soportan la investigación y las bases teóricas científicas encontradas en los diferentes libros investigados. En base a los hallazgos de resultados (diagnóstico) y análisis (discusión), se está en capacidad de poner en evidencia las conclusiones del estudio y presentar alternativas de solución al problema.
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La incorporación de la norma XVI del título preliminar del código tributario, como medida antielusiva general en el Perú - análisis del artículo 3º del decreto legislativo nº 1121García Estela, Nekánder Elis January 2018 (has links)
La presente investigación realizó un estudio sobre la inconstitucionalidad de la incorporación de la norma XVI, haciendo un exhaustivo análisis primero definiendo el sistema tributario, teniendo en cuenta la normatividad del código tributario. Fue necesario determinar la elusión como actividad tributaria desde diferentes perspectivas y teorías que hasta la fecha no se encuentra enmarcado como actividad ilícita. Además se ha analizado la incorporación de la norma XVI en el ordenamiento jurídico peruano, con el objetivo de determinar, si esta cumple con los principios de legalidad y reserva de ley, que garanticen la seguridad jurídica dentro del ámbito tributario en nuestro país. Finalmente se obtuvo como resultado que la norma XVI vulnera principios fundamentales del derecho y urge una modificatoria o en su defecto la implementación de su reglamento, en el cual se debe contar con un procedimiento garantista en pro de un sistema tributaria adecuado.
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Discrecionalidad fiscal en la sanción por infracciones establecidas en los numerales 1 y 7 del artículo 177 del código tributario y el cumplimiento voluntario de los contribuyentes de Lambayeque, en los períodos 2016-2017Llenque Fiestas, María Nicolasa, Sandoval Laura, Tania Anabel January 2018 (has links)
La administración tributaria como ente generalizado, se encuentra conformado por los gobiernos regionales, locales y entidades con fines específicos (SUNAT), siendo este último el encargado de recaudar los tributos del contribuyente; sin embargo, con el transcurso del tiempo se sigue observando la aplicación de elevadas sanciones que afectan la liquidez y rentabilidad de los contribuyentes, incentivando en ellos la informalidad con las obligaciones tributarias. Mediante la R.S.N.A.O. N.° 040-2016, la Administración señala que no se sancionará a aquellos contribuyentes que incurran por primera vez en alguna infracción estipulada. No obstante, por falta de una cultura tributaria, el contribuyente incide en muchas infracciones, llevando a plantear el siguiente problema ¿De qué manera incide en el cumplimiento voluntario del contribuyente, la discrecionalidad en la aplicación de la sanción por los numerales 1 y 7 del artículo 177 del código tributario? Esta investigación tiene como finalidad determinar si la discrecionalidad en la aplicación de la sanción por las presentes infracciones, inciden en el cumplimiento voluntario del contribuyente y solucionan los problemas percibidos por la población. Se identificó la eficacia de la presente resolución mediante un análisis de la información solicitada a SUNAT; asimismo, se empleará un instrumento a especialistas tributarios en el tema y una encuesta aplicada a la población del sector comercio. Se pudo concluir, que la discrecionalidad en la aplicación de la sanción por los numerales 1 y 7 del artículo 177 del código Tributario no incide favorablemente en el cumplimiento voluntario del contribuyente, aunque hayan venido tomando medidas de mejora, muchos contribuyentes por desconocimiento en el control tributario de sus negocios, se seguirán viendo afectados y de ello mantener una perspectiva negativa de la administración tributaria.
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El impacto de los servicios de publicidad que brindan los influencers en la determinación del impuesto a la renta de las empresas del sector Retail, Lima, 2019Allca Graos, Marilin Eyleng, Vásquez Cahua , Carla Pierina 24 May 2020 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene el propósito de evaluar y cuantificar el impacto de los servicios de publicidad que brindan los influencers, a través de redes sociales, en la determinación del impuesto a la renta de las empresas del sector Retail que contratan sus servicios. Esta investigación se realiza debido a la presencia y el alcance que tienen actualmente las redes sociales en el público objetivo, y a la posición, cada vez más frecuente, que vienen adquiriendo las empresas Retail en contratar este tipo de servicios para su publicidad, a su vez que la inversión que se realiza con este propósito es, y tiende a seguir siendo, material.
Las empresas objeto de este estudio son las del sector Retail, específicamente las principales empresas que contratan influencers para servicios de publicidad a través de sus redes sociales. Se tomó como premisa relevante, la existencia de lineamientos tributarios que rigen las deducciones aplicables sobre gastos realizados por conceptos de publicidad, los cuales deben ser cumplidos por las empresas en la adquisición de estos servicios brindados por las personas mencionadas anteriormente. Otro aspecto importante considerado es el hecho de que un tratamiento incorrecto realizado por las empresas en cuanto a servicios de publicidad a través de redes sociales puede generar distorsión en el registro y cálculo de los movimientos contables, y con ello, el reparo tributario.
Para validar las hipótesis planteadas, se hizo uso de instrumentos cualitativos y cuantitativos. Por un lado, se realizó una entrevista a profundidad a expertos en tributación: el primero es miembro de la firma Ernst & Young (EY) y el segundo forma parte del Grupo Elektra Perú; por otro lado, se realizaron encuestas a las principales empresas del sector retail que contratan influencers para servicios de publicidad. Además, se presenta un caso práctico en el que se plantean tres (3) escenarios, en los cuales se realizan simulaciones de contrataciones de influencers para servicios publicitarios en dos campañas anuales, esto permitirá evaluar el impacto obtenido en el cálculo del impuesto a la renta / The present investigation project seeks of evaluating and quantifying the impact of the advertisement services provided by influencers via social media in the determination on income taxation of retail’s companies that hire their services. This investigation project is done due to the presence and scope that social networks are currently have in the target audience, and the investment made by companies can be significantly important.
This investigation is based on the retail sector, specifically in main companies that hire influencers for advertisement service through their social networks. We consider as relevant subject that retail sector companies take consider necessary requirements according to the tax guidelines to be able to deduct the expenses through by influencers advertising. Also, the incorrect tax treatment that the companies do for these services generates a distortion in the registration and calculation of the accounting entries and with it the tax reparation.
To validate our hypotheses, we have used qualitative and quantitative instruments. On the one hand, has been made deep interviews with tax experts, the first is a member of the firm Ernst & Young (EY) and the second is part of the Elektra Peru Group. On the other hand, surveys were conducted on companies in the retail sector that hire influencers for advertisement services. Likewise, we presented a case study with three scenarios, in which we did a small simulation oh hiring influencers for two campaigns a year, where it will be possible to evaluate the impact that is obtained in the calculation of the income rent tax. / Tesis
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Análisis Jurídico de la Resolución del Tribunal Fiscal No. 00859-2-2018 – Arrastre de pérdidas de fuente extranjeraSánches Montes, Alvaro José 10 February 2022 (has links)
En el presente informe se analiza la posibilidad que los contribuyentes domiciliados
compensen, para fines de la determinación de su Impuesto a la Renta a pagar en el Perú,
la renta de fuente extranjera de un determinado ejercicio con las pérdidas de fuente
extranjera de ejercicios anteriores.
En ese sentido, se parte de la premisa que el arrastre de pérdidas es un derecho de los
contribuyentes domiciliados amparado en principios constitucionales como la capacidad
contributiva, no confiscatoriedad e igualdad. En esa línea, dicho derecho también
comprende el arrastre de pérdidas de fuente extranjera.
En concordancia con ello, bajo una interpretación literal y teleológica del artículo 51° de
la Ley del Impuesto a la Renta evidenciamos que dicha norma no prohíbe el arrastre de
fuente extranjera.
En consecuencia, atendiendo a su naturaleza de derecho sustentado en principios
constitucionales y que no existe una prohibición explícita, se concluye que el arrastre de
pérdidas de fuente extranjeras está permitido por la Ley del Impuesto a la Renta actual. / This legal report analyzes the possibility for domiciled taxpayers to offset, for purposes
of determining their income tax payable in Peru, the foreign source income of a given
year with the foreign source losses of previous years.
In this sense, it is assumed that the carryforward of losses is a right of domiciled taxpayers
protected by constitutional principles such as contributive capacity, non-confiscation and
equality. Along these lines, this right also includes the carry forward of foreign source
losses.
Accordingly, under a literal and teleological interpretation of article 51 of the Income Tax
Law, it is evident that such law does not prohibit the carryforward of foreign sources.
Consequently, due to its nature as a right based on constitutional principles and the fact
that there is no explicit prohibition, it is concluded that the carryforward of foreign source
losses is allowed by the current Income Tax Law.
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Análisis del régimen de los beneficios tributarios en la Amazonía PeruanaCastro Soplopuco, Leyci Jesus January 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación lleva por título: “Análisis del Régimen de Beneficios Tributarios en la Amazonía Peruana”, tiene como objetivo general el analizar la conveniencia de mantener o desaparecer los beneficios tributarios en la Amazonía peruana.
Para lograr el desarrollo de dicho objetivo. se dividió la investigación en tres capítulos; el primero se refiere a las nociones generales que se tienen sobre los conceptos de los principios tributarios y beneficios tributarios que forman parte del sistema jurídico peruano. El segundo capítulo, se explica los efectos de la deficiente aplicación que posee la Ley de beneficios tributarios de la Amazonía peruana; tratando como contenidos los diferentes ilícitos tributarios, comprendidos por la evasión, defraudación, contrabando, elusión, informalidad y la ilegalidad. Finalmente, el tercer capítulo analiza la conveniencia de mantener o no la aplicación de los beneficios tributarios en la amazonia peruana. Dicha investigación radica en la sugerencia de la posible eliminación de la Ley N°27037, “Ley de promoción de la inversión privada en la Amazonia peruana”, creada con la finalidad de promover el desarrollo sostenible e integral de la región; objetivo que no se logró, generando muchas controversias a lo largo del tiempo, permitiendo modificaciones, derogaciones, en su contenido. Entonces, analizando la documentación pertinente pudimos llegar a concluir, que dicha ley, no ha alcanzado su objetivo principal, generando perdidas exuberantes de Gastos públicos, disminuyendo la recaudación, y vulnerando el crecimiento del país.
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Aplicación del artículo 70° del código tributario en la determinación de la obligación tributaria y la vulneración a los principios tributarios de no confiscatoriedad y capacidad contributivaLlontop Lecca, Walter Rosendo January 2020 (has links)
La determinación del tributo por presunciones ha conllevado a pensar que la metodología utilizada puede ser objeto de sentencias alejadas de la realidad, de manera que el procedimiento presuntivo establecido en el artículo 70° del Código Tributario: Presunción por patrimonio no declarado, no registrado; no es ajena a esta problemática pues no se asegura que al aplicarse se respete los principios tributarios generando un incremento excesivo en la cuantía del tributo. Por ello, se planteó como objetivo principal, determinar si la aplicación de la presunción del artículo 70° del Código Tributario en la determinación de la obligación tributaria vulnera los principios tributarios de no confiscatoriedad y capacidad contributiva. Para tal efecto, la metodología de la investigación se basó en un enfoque cualitativo, de tipo evaluativa y de nivel descriptivo; y su diseño fue de tipo no experimental, transversal y retrospectiva. Tuvo como instrumentos el análisis documental, el fichaje, donde se examinó la información existente, la normatividad, las RTF y, por último, el cuestionario para obtener la opinión de los especialistas en materia tributaria. En base a los resultados se concluyó que el uso de las presunciones en la determinación del tributo debe ser excepcional y subsidiaria a la base cierta y que la presunción del artículo 70° del Código Tributario vulnera los principios de no confiscatoriedad y capacidad contributiva, puesto que se determinan los ingresos en función al patrimonio omitido multiplicado por un coeficiente que no puede ser menor que la unidad.
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Impacto de la amnistía tributaria en la recaudación del impuesto predial a cargo del municipio distrital de Motupe 2018 – 2019Severino Choez, Edgar Jesus January 2021 (has links)
En nuestra nación no hay una definición de amnistía tributaria que la respalde una base legal, sin embargo, las amnistías tributarias municipales son un beneficio fiscal comúnmente utilizado por los municipios con la finalidad de incrementar los índices de recaudación, de tal manera que el contribuyente impuntual se ve beneficial al condonársele todos los intereses, moras y reajustes aplicados por el no pago oportuno.
Esta la investigación hecha se aborda la siguiente pregunta: ¿Cuál es el impacto de la concesión de amnistías tributarias en la exacción del Impuesto Predial de la Municipalidad Distrital de Motupe en los ejercicios 2018 - 2019? teniendo como objetivo general determinar el impacto de las amnistías tributarias en la recaudación del impuesto predial de la municipalidad distrital de Motupe en los ejercicios 2018 – 2019, del mismo modo se llegó a conocer que las amnistías tributarias municipales no están cumpliendo con su objetivo y urge un cambio de estrategia para un incremento recaudatorio.
La investigación presenta un enfoque cuantitativo, es de tipo aplicada con un nivel descriptivo; posee un diseño no experimental y longitudinal. Se consideró como población al municipio distrital de Motupe y el área relacionada con la recaudación, asimismo se utilizó como muestra el área de rentas, quienes facilitaron la documentación necesaria para culminar esta investigación.
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Vulneración de los principios de no confiscatoriedad y proporcionalidad por el cobro indebido de derechos de tramitación que exige la administración tributaria localFernandez Diaz, Miller January 2021 (has links)
Derecho Tributario es una institución cuya finalidad es contribuir al desarrollo económico de un Estado de Derecho para lograr el bien común, ejercitando la potestad tributaria que la encontramos en el Artículo 74° de la Constitución Política del Perú; no obstante, dicha potestad está limitada por principios constitucionales. Siendo así, este Derecho emplea el tributo como una herramienta jurídica de recaudación en sus tres dimensiones; mediante impuestos, para satisfacer necesidades de la población, al construir carreteras, hospitales, etc.; contribuciones, para ejecutar obras que beneficien a un sector de contribuyentes; y tasas, que solventan la prestación de un servicio público individualizado en el contribuyente.
Las Municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar o suprimir, contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dicha potestad se complementa con la Ley General de Municipalidades, para recaudar tributos mediante ordenanzas municipales; con la Ley de Tributación Municipal, para fijar los conceptos tributarios que se apliquen en su jurisdicción, como es el caso de las tasas (por arbitrios, derechos y licencias); y con el principio de proporcionalidad, para generar tributos justos y razonables. En ese sentido, dentro de la relación jurídico–tributaria, dicha potestad tributaria y el principio de proporcionalidad, cumplen una doble función; permitiendo captar recursos con un sustento legal, generando una obligación para el contribuyente; y garantizando que la aplicación de los tributos no sea confiscatoria ni desproporcionada, facilitando la trasparencia de la actividad recaudatoria.
Actualmente las Municipalidades distorsionan el ejercicio de la potestad tributaria, ya que los costos aplicados en los derechos de tramitación (en procedimientos de evaluación automática) son cuestionados, pues no se ajustan al Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, generando la vulneración de los principios de no confiscatoriedad y proporcionalidad.
Entonces, debe fortalecerse normativamente el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y la Ley de Tributación Municipal, estandarizando los procedimientos de
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evaluación automática (físicos y virtuales) relacionados a la entrega de información de datos personales y aplicando tasas accesibles para el contribuyente; asimismo, debe establecerse su gratuidad en aquellas Municipalidades que cuenten con excedentes ingresos. Con ello, el contribuyente vería respaldados sus derechos y aprobaría la gestión tributaria de su Municipalidad y, finalmente, el citado Decreto encontraría su eficacia normativa.
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