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Informe sobre Expediente N° 23646-2015Varillas Palacios, María Lucía 16 October 2020 (has links)
El presente informe realiza un análisis del Expediente N° 23646-2015 y, entre otras
cosas, permite el examen de las siguientes áreas del derecho: laboral, constitucional y
procesal. Específicamente, se investigan temas como el despido, el hostigamiento
sexual, la violencia, el acoso moral, y la protección constitucional contra el despido. El
objetivo principal del informe es el de determinar la existencia de un despido de
naturaleza fraudulenta, así como la configuración de las faltas graves imputadas al
trabajador para sustentar su despido, de acuerdo a lo establecido por los hechos del
caso. El análisis presentado nos permite concluir que no se configura un supuesto de
despido fraudulento en los términos que establece el Tribunal Constitucional, pero,
además, se acredita la configuración de dos de las tres faltas graves imputadas por la
empresa para sustentar el despido del demandante, referidas a la vulneración al
reglamento interno de trabajo y a la violencia. Como conclusión, advertimos la necesidad
de contar con mayor jurisprudencia, sobre en todo en casos de acoso sexual, para poder
así afinar los criterios establecidos por las normas, de igual manera, sería necesaria la
emisión de legislación expresa que regule supuestos como el acoso moral y el despido
fraudulento, con la finalidad de evitar recurrir únicamente a la jurisprudencia y doctrina
en estos supuestos.
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Habilidades socioemocionales para disminuir la incidencia de violencia entre pares en el nivel secundaria de Instituciones Educativas en Lima MetropolitanaPeña Vallejos, Ana Lucia 28 January 2020 (has links)
La Educación en el Perú enfrenta al día de hoy múltiples retos: Menos del 50% de los
alumnos a nivel nacional alcanzan los niveles satisfactorios en las áreas de
comunicación y matemática. Sin embargo, en el ámbito escolar, existe una problemática
que no presenta un lugar protagónico en la agenda pública: La violencia escolar entre
pares, o bullying, puede tener un efecto significativo en el rendimiento escolar de los
estudiantes, así como en la salud física, mental y emocional bienestar general del
mismo.
El presente proyecto se centra en la prevalencia del bullying en el nivel secundaria de
los colegios públicos de educación básica regular de lima metropolitana: A nivel de Lima
Metropolitana, el 50% de estudiantes es víctima de manera sistemática de violencia
escolar por parte de sus pares.
Para afrontar la prevalencia del bullying, se requiere de un trabajo que fortalezca las
relaciones entre pares, así como fortalecer el autoestima y confianza de los
adolescentes para superar aquellas situaciones de violencia. Así mismo, requiere de
una participación activa por parte de los principales actores de centro educativo,
específicamente de los docentes. Es por ello, que la propuesta de solución a la
problemática está compuesta por lo siguiente: El trabajo en la dinámica entre pares a
través del desarrollo de habilidades socioemocionales, a través del cual, se buscará
desarrollar la autoestima, autocontrol, la empatía y el trabajo en equipo, de tal manera
que el adolescente pueda contar con herramientas suficientes para superar las
situaciones de violencia, y que su incidencia disminuya en el centro educativo. El
segundo componente, el fortalecimiento de la comunidad educativa a partir del
involucramiento de la misma en la gestión de la convivencia escolar y la lucha contra la
violencia entre pares, poniendo énfasis en la capacidad del estudiante para reconocer
la problemática y denunciarla. / Trabajo de investigación
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 825-2023- SUNAFIL/TFL-Primera SalaFernandez Maceda, Lucero Estefani 02 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene como objetivo analizar el caso materia de la
Resolución N° 825-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, sobre si la no asignación
de labores de trabajo, durante la suspensión imperfecta de labores, se configura
como un acto de hostilidad que puede afectar la dignidad de la trabajadora.
Lo particular de este caso es que, durante la revisión de los hechos, previo a la
no asignación de labores efectivas, concurren otros actos que afectan derechos
fundamentales de la trabajadora, los cuales no han sido advertidos y, por ende,
no han sido considerados como conductas infractoras pasibles de sanción.
De este modo, el análisis plantea la evaluación de las conductas infractoras no
advertidas por el inspector, de modo que determinaremos si, en el presente caso,
concurren otros actos de hostilidad que afectan otros derechos de la trabajadora. / The objective of this legal report is to analyze the case subject to Resolution No.
825-2023-SUNAFIL/TFL-First Chamber, on whether the non-assignment of work
tasks, during the imperfect suspension of work, is configured as an act of hostility
that can affect the dignity of the worker.
The particular thing about this case is that, during the review of the facts, prior to
the non-assignment of effective tasks, other acts occur that affect the
fundamental rights of the worker, which have not been warned and, therefore,
have not been considered. as offending behaviors subject to sanctions.
In this way, the analysis proposes the evaluation of the offending behaviors not
noticed by the inspector, so that we will determine if, in the present case, other
acts of hostility occur that affect other rights of the worker.
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Sistema experto para la detección de bullying escolar en el nivel secundario de la I.E My. P.N.P Félix Tello RojasBaldera Farro, Kiara Lizbeth January 2024 (has links)
El diagnostico a tiempo de bullying escolar actualmente salva vidas, a diferencia de un adulto que tiene habilidades socioemocionales desarrolladas, los adolescentes cuya autoestima se encuentra en proceso de formación tiene menos capacidad para solucionar por si solos un caso de bullying escolar permanente en la escuela. Como consecuencia se obtiene que los alumnos que sufren de este problema experimentan depresión, ansiedad, disminución de logros académicos e incluso traumas que afectan considerablemente su vida adulta. Es por ello que es muy necesario la inmediata intervención a este tipo de violencia y en base a esto se realiza la investigación con el fin de apoyar a la detección de bullying escolar. Para la construcción del software se trabajó con el modelo de diagnóstico Pikas, el test CIE-A y la metodología Jhon Durkin para la elaboración del sistema experto. Al momento de la comparación de los resultados de diagnóstico por parte del sistema y los obtenidos por la psicóloga escolar se obtuvo una precisión del 90%, además se evaluó la utilidad y facilidad de uso percibido mediante el modelo TAM a la psicóloga cuyos resultados fueron positivos. Permitiendo inferir que la presente investigación es un aporte para la ciencia salud educativa. / The timely diagnosis of school bullying currently saves lives, unlike an adult who has developed socio-emotional skills, adolescents whose self-esteem is in the process of formation have less capacity to solve a case of permanent school bullying on their own. As a consequence, it is obtained that students who suffer from this problem experience depression, anxiety, decreased academic achievement and even traumas that considerably affect their adult life. That is why immediate intervention in this type of violence is very necessary and based on this research is carried out in order to support the detection of school bullying. For the construction of the software, we worked with the Pikas diagnostic model, the ICD-A test and the Jhon Durkin methodology for the elaboration of the expert system. At the time of the comparison of the diagnostic results by the system and those obtained by the school psychologist, an accuracy of 90% was obtained, in addition, the usefulness and ease of use perceived by the TAM model to the psychologist whose results were positive was evaluated. Allowing to infer that this research is a contribution to educational health science.
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Hostigamiento sexual en el trabajo: Un análisis de las motivaciones desarrolladas por SUNAFIL respecto a las responsabilidades de las instituciones empleadorasSarmiento Quiñones, Adriana 06 June 2025 (has links)
El Tribunal de Fiscalización Laboral se encarga - como instancia excepcional y
última en el proceso sancionador administrativo llevado por SUNAFIL - de
ratificar o anular las decisiones tomadas por las instancias previas en materia de
inspección laboral, siendo algunas de sus decisiones de observación obligatoria
para futuros procesos sancionadores. Ante ello, los argumentos esgrimidos en
sus resoluciones permitirán ampliar la protección de los derechos laborales de
las personas, así como restringir la interpretación. Por ello, mediante una análisis
de la jurisprudencia emitida por el Tribunal de Fiscalización Laboral ha
interpretado la legislación de la inspección de trabajo, en materia de
hostigamiento sexual, entendiendo el contexto en el que se desenvuelve la mujer
trabajadora, aplicando un enfoque de género, toda vez que las definiciones
aplicadas concuerdan con lo descrito en instrumentos legales internacionales
respecto a discriminación por razón de género. / The Labor Inspection Court is in charge - as an exceptional and final instance in
the administrative sanctioning process carried out by SUNAFIL - of ratifying or
annulling the decisions made by previous instances regarding labor inspection,
with some of its decisions being mandatory observation for future processes.
Given this, the arguments put forward in their resolutions will expand the
protection of people's labor rights, as well as restrict their interpretation.
Therefore, through an analysis of the jurisprudence issued by the Labor
Supervision Court has interpreted the labor inspection legislation, regarding
sexual harassment, understanding the context in which working women operate,
applying a gender approach, since the definitions applied agree with what is
described in international legal instruments regarding discrimination based on
gender. / Trabajo académico
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 1020-2023- SUNAFIL/TFL-Primera SalaAstorima Huanca, Keisy Dajanna 02 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad realizar un análisis jurídico de lo
resuelto por el Tribunal de Fiscalización Laboral en la Resolución N° 1020-2023-
SUNAFIL/TFL-Primera Sala, que sanciona a la empresa LAIVE por infracciones
laborales al sancionar a un miembro del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo
por usar su celular durante una reunión. El estudio examina si la medida disciplinaria
constituye un acto de hostilidad, una afectación a la dignidad en el trabajo o la
vulneración de los derechos constitucionales, esto se desarrolla a través de cuatro
problemas jurídicos secundarios tales como si se incurrió en actos de hostilidad contra
miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, la afectación a la dignidad del
trabajador por la medida disciplinaria impuesta, vulneración de derechos
constitucionales como libertad personal, expresión y debido proceso y el análisis de la
proporcionalidad de la sanción impuesta.
El análisis concluye que se han incurrido en actos de hostilidad por haber afectado la
reunión del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin embargo, no se concluye
que las acciones de la empresa constituyen una afectación de la dignidad. Asimismo,
se identifican los derechos constitucionales afectados y se evalúa la proporcionalidad
de la sanción impuesta. Finalmente se identifican las deficiencias de la Resolución en
su fundamentación en el supuesto de infracción, se cuestiona la congruencia entre el
Acta de Infracción y la Imputación de Cargos, lo que podría comprometer la validez de
la propia Resolución. / This legal analysis critically examines Resolution No. 1020-2023-SUNAFIL/TFL-First
Chamber, issued by the Labor Inspection Tribunal, which sanctions LAIVE corporation
for labor violations. The case centers on disciplinary action taken against a member of
the Occupational Health and Safety Subcommittee for mobile phone use during an
official meeting. The study investigates whether this disciplinary measure constitutes
workplace hostility, infringes upon employee dignity, or violates constitutional rights. The
research methodology encompasses a comprehensive examination of several
interrelated legal issues: the occurrence of hostile acts against Occupational Health and
Safety Committee members, potential violations of worker dignity through disciplinary
measures, infringement of constitutional rights (including personal freedom, freedom of
expression, and due process), and an assessment of the sanction's proportionality.
The analysis concludes that acts of hostility were committed by disrupting the
Occupational Health and Safety Subcommittee meeting. However, it does not conclude
that the company's actions constitute a violation of dignity. Additionally, the affected
constitutional rights are identified, and the proportionality of the imposed sanction is
evaluated. Finally, the study identifies deficiencies in the Resolution's reasoning
regarding the alleged infraction and questions the congruence between the Violation
Report and the Statement of Charges, which could potentially compromise the validity of
the Resolution itself.
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Impacto del acoso laboral y los conflictos interpersonales en la salud de los trabajadores del Poder Judicial de la provincia de Buenos AiresEscudero, María Gabriela January 2012 (has links)
Antecedentes: El número creciente de conflictos y acoso emergentes de la dinámica laboral en el Poder Judicial, el frecuente uso de licencias médicas con el consiguiente ausentismo derivado de las mismas, constituyen un problema en cuanto comprometen la prestación de un adecuado servicio de justicia.
Objetivos: La presente investigación se propuso explorar el impacto de los factores psicosociales presentes en el ámbito laboral sobre la salud de los trabajadores y la organización del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires (Argentina). Se planteó identificar los factores psicosociales relacionados con el acoso laboral y conflictos interpersonales, y explorar e interpretar los significados personales y sociales.
Métodos: Se realizó un estudio con metodología mixta que comprendió dos fases de abordaje, una primera fase mediante el método cuantitativo (diseño pasivo entre grupos) y una segunda, cualitativa, donde se aplicó la metodología observacional analítica de casos. Se utilizaron instrumentos para la evaluación de las características sociodemográficas, clínicas, organizacionales y psicosociales de los individuos evaluados en las muestras. Se evaluó el estrés grupal mediante la utilización de la Escala de Apreciación de Estrés Sociolaboral (EAE) (Fernández Seara, 2000) y el grado de afectación de burnout grupal mediante la aplicación de la Escala de Maslach (EM) (Maslach et al 1996).
Resultados y Discusión: De un total de 59 casos evaluados, 12 (20.3%), correspondieron a la categoría de Acoso Laboral y 47 (79.7%) a Conflictos Interpersonales. Se entrevistaron 605 individuos, correspondiendo en un 24.6% (n=149) a casos de acoso laboral y un 75.4% (n= 456) a conflictos interpersonales. Se detectaron diferencias estadísticamente significativas en las variables estudiadas entre el grupo de casos pertenecientes a conflicto y el grupo perteneciente a acoso laboral, sosteniéndose para la mayoría de las variables independientes, la hipótesis alterna. El tiempo de duración fue significativamente mayor para los casos de acoso laboral (U de Mann- Whitney= 149) (p = 0,005). Se verificaron diferencias estadísticamente significativas en los valores de estrés sociolaboral (EAE), con la sub escala frecuencia de acontecimientos estresantes (U de Mann- Whitney= 9212) (p<0.001) y con la sub escala de intensidad del estrés (U de Mann- Whitney= 8792) (p<0.001), siendo los valores mayores para ambas sub escalas en los individuos acosados. Con la EM, se observaron valores significativamente mayores en los casos de acoso laboral, en la subescala de agotamiento emocional (U de Mann- Whitney= 369) (p<0.001). La realización en el trabajo fue significativamente menor en los individuos acosados laboralmente (U de Mann- Whitney= 414) (p = 0.001). No se observaron diferencias significativas comparativas con la sub escala de despersonalización (U de Mann- Whitney= 742) (p = 0.370) para ambos casos. La presencia de tratamiento psiquiátrico fue significativamente mayor en individuos acosados (IC95% = 6.3 (..) 34.3) (p<0.001). La variable utilización de psicofármacos en individuos pertenecientes a casos de conflicto y acoso, arrojó diferencias estadísticamente significativas (IC95% = 4.2 (..) 35.9) (p < 0,01). En el caso de la variable licencias medicas no se pudo rechazar la hipótesis nula con aumento significativo de días en el término de tiempo de seis meses posteriores a la intervención (IC95%= 15.7 (..) 70,8) (p<0.001) ) respecto de los casos de conflicto laboral.
Conclusiones: En la presente investigación fue posible determinar la existencia de diferencias con significación estadística y con relevancia clínica entre los individuos expuestos a situaciones de conflicto laboral y acoso laboral.
La duración de la intervención, la realización de tratamiento psiquiátrico y la utilización de psicofármacos resultaron significativamente mayores en los individuos acosados.
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La presión laboral tendenciosa (Mobbing)Gimeno Lahoz, Ramón 10 December 2004 (has links)
El trabajo de investigación surge en el año 2001, ante la necesidad de hacer frente a una nueva realidad jurídica, el mobbing. Para ello fue decisivo el estudio de lo publicado (básicamente de ramas ajenas al Derecho) pero sobre todo las entrevistas con las víctimas de mobbing y sus asociaciones; este extremo, unido a la ausencia de un tratamiento internacional, obligó a un camino autodidacta para definir mobbing jurídicamente.La Tesis define mobbing como la presión laboral tendente a la autoeliminación de un trabajador mediante su denigración (presión laboral tendenciosa), y con ello por primera vez se tiene una definición de mobbing en línea y media, con plena validez jurídica, que es susceptible de ser memorizada y por lo tanto divulgada, para corregir el problema. El denominado "concepto uniformado de mobbing" recalca la denigración como mecanismo frente a los tratos degradantes y recalca la autoeliminación como finalidad de un comportamiento doloso.El trabajo aporta fórmulas para deslindar casos de mobbing de otras figuras próximas, y en este sentido debe citarse "la regla del 9" para saber si hay mobbing; en sede de estadísticas se critican metodológicamente muchas de ellas presentadas hasta el momento y se aporta alguna en sede de Tribunales; pero sobre todo se advierte de los riesgos jurídicos de una previsible regulación específica antimobbing, mediante el examen de las distintas definiciones que se han esgrimido hasta el momento.La segunda parte de la Tesis profundiza sobre el grado de sensibilización de nuestro ordenamiento jurídico y Tribunales, a cuyo fin se ha trabajado con más de un centernar y medio de sentencias dictadas sobre la materia, y por supuesto la totalidad de las recogidas en las bases de datos de las editoriales. El análisis sirve para apreciar la bondad de la sistemática aquí defendida, poniendo en evidencia errores, y contradicciones.La Tesis advierte que la presión laboral tendenciosa más allá de vulnerar el derecho constitucional al trabajo, o los derechos fundamentales a la integridad moral y el honor, es una transgresión a todo un "espíritu constitucional", y en este sentido se analiza con detalle tanto la posibilidad de recurrir en amparo, como el derecho a la indemnidad para quien se enfrenta a esta situación.Advirtiendo de las ventajas de efectuar esta reacción mediante la modalidad procesal de tutela de los derechos fundamentales, se analiza la recurrida acción del art.50 ET, donde se realizan aportaciones sugerentes como el plazo prescripción o la "doctrina de los antecedentes", y se otorgan respuestas a las preguntas sobre obligación de seguir trabajando y ejecución provisional.En sede de acciones de Seguridad Social, la Tesis distingue entre la incapacidad temporal y permanente (depresiones) y la muerte y supervivencia, aportándose sobre la primera la técnica denominada "interpretación en tres niveles" y descartando la posibilidad de considerar accidente de trabajo el suicidio tras un mobbing por imperativo legal, pero aportando un sucedáneo bastante razonable como es el accidente no laboral. Junto a ello se razona por la viabilidad del recargo del art.123 LGSS.Civilmente, la Tesis se posiciona de "lege ferenda" por reconducir este tipo de acciones resarcitorias del daño psíquico y moral al orden civil, por una mayor explicación sobre el origen del quantum, pero sobre todo considera inadmisible la STS 11-3-04, y ello por una pluralidad de argumentos, pero sobre todo por cuanto viene a autorizar "de facto" este tipo de conductas.La posibilidad de accionar administrativamente frente a este riesgo psicosocial se analiza en un doble terreno, la empresa y la Administración. Si bien el cauce sobre el primero tiene algunos meandros que se desbelan, la situación es radicalmente frustrante en la Administración -donde se encuentra el mayor caldo de cultivo del mobbing- , y ello por el RD 707/2002, pero todavía en mayor medida por el Criterio Técnico 34/2003 mediante el cual la interpretación del Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha venido tácitamente a derogar parcialmente la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para la Administración.En materia penal, la Tesis se decanta "a priori" por dos tipos penales, los delitos contra los derechos de los trabajadores, y el delito de trato degradante; sin embargo, en la práctica sólo este segundo es el camino que puede alcanzar buen puerto.Finalmente se realiza un estudio detallado de la Ley 62/2003, ley que se divulgó como reguladora del acoso moral, y que después se defiende como un avance frente al mobbing. La Tesis advierte que no es cierto ni lo uno, ni lo otro, habiendo creado un "espejismo legal" que puede perjudicar a las víctimas de mobbing, además de no servir su estructura para una futura regulación explícita antimobbing. / The subject for research appeared in 2001, due to the need to face up to a new juridical reality, mobbing. The study of published material was decisive (basically from areas unrelated to law) but above all from interviews with victims of mobbing and mobbing associations; this situation together with an absence of a systematic international study, made it obligatory to teach oneself to provide mobbing with a juridical definition.This thesis defines mobbing as work environment pressure tending towards the self elimination of a worker through his or her denigration (tendentious work pressure). For the first time we have a definition of mobbing in a line and a half, with juridical validity, which can be memorised and therefore divulged, to correct the problem. The denominated "uniform mobbing concept" underlines the denigration as a mechanism against degrading treatment and underlines self elimination as the result of intentional acts.This study provides formulas to differentiate cases of mobbing from other similar situations. In this sense the "golden rule" must be cited to know if mobbing exists; from a statistical viewpoint many of those presented up to now are criticised methodologically and some have been provided in the tribunals, but above all a warning is given with regard to the juridical risks of a foreseeable specific anti-mobbing legislation, through the examination of the different definitions which have been put forward up to now.The second part of the thesis goes into depth over the amount of awareness of our laws and precedents and tribunals, to which end over 150 sentences on the subject have been studied, and of course all of those included in the publishers data bases. The analysis is used to form an appreciation of the adequacy of the system being defended, highlighting errors and contradictions.The thesis warns that tendentious work pressure, more than violating constitutional rights at work, or the fundamental rights to moral integrity or honour, is a transgression of a "constitutional spirit", and in this sense an analysis is made of both the possibility of making an application for the defence of basic constitutional rights, as well as a the right to indemnity for whoever confronts this situation.Signalling the advantages of carrying out this reaction of the safeguarding of the fundamental rights through the modality of legal process, the recurred action of "art. 50 ET", (Estatuto del Trabajador - Workers' Statute) is analysed, where attractive contributions such as time limits or the "doctrine of the antecedents" are made, and questions are provided with answers about the obligation to continue working and provisional proceedings.With regard to actions within the scope of the Social Security, the thesis distinguishes between temporary disability and permanent disability (depression) and death and survival, contributing to the first with the technique called "three level interpretation" and rejection of the possibility of considering suicide after mobbing as a professional accident by legal imperative, but providing a very reasonable substitute such as non professional accident. Together with this there is argument for the viability of the penalty of "art. 123 LGSS" (Ley General de la Seguridad Social - General Social Security Law).In terms of Civil Law, the thesis takes up the position of "de lege ferenda", to steer these types of compensatory actions for moral and psychological damages toward the civil order, for a greater explanation of the origin of the quantum, but above all considering inadmissible the "STS" (Sentencia del Tribunal Superior) 11-3-04 for a variety of arguments, but above all when authorising "de facto" these types of conducts.The possibility of taking administrative action against this psychosocial risk is analysed from a double viewpoint, the company and the administration. Whilst the legal river has some whirlpools which can be seen, the situation is radically frustrating in the case of the administration, where the greatest hotbed of mobbing exists, and this being because of "RD" (Real Decreto - Royal Decree) 707/2002, but even to a greater extent because of the "Criterio Técnico" (Technical Criterium) 34/2003 through which the Director General of Inspection of Work and Social Security has tacitly partially abolished the Law of Prevention of Professional Risks for the Administration.In terms of Criminal Law, the Thesis leans towards two criminal typologies, the offences against the rights of workers, and the offence of degrading treatment; however, in practice only the second option is the way to success.Finally a detailed study is made on Law 62/2003, a law which was issued as regulating moral harassment, and which later is defended as an advance against mobbing. The thesis advises that neither are true, having created a "legal mirage" which can negatively effect victims of mobbing, as well as not serving as a structure for a future explicit anti-mobbing regulation.
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La prueba en juicios por bullying, grooming y discriminación. Conductas cometidas a través de medios tecnológicosDroguett Sievers, Paula Nicole January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente investigación se desarrolla respecto de los medios de prueba, en particular los medios de prueba tecnológicos que la ley prevé, para probar ciertas conductas antijurídicas en juicio. Dichas conductas se refieren a la discriminación, particularmente en los juicios referidos al Bullying y Grooming.
En concreto se analizan las condiciones de legitimidad del uso de esta clase de pruebas para probar las acciones u omisiones antijurídicas que se refieren, al igual que el valor probatorio y la impugnación de los mismos, en los distintos procedimientos en que ésta clase de conductas podrían ser perseguidas y eventualmente sancionadas
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Assédio moral no trabalho: estudo com membros de conselhos de enfermagem acerca de processos éticosLucena, Pablo Leonid Carneiro 24 April 2017 (has links)
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Previous issue date: 2017-04-24 / Introduction: bullying is a type of violence in a repetitive and prolonged way, capable of
promoting physical and psychological damage to its victims. This dissertation is composed of
two articles. Article 1 - Scientific production on bullying and nursing: bibliometric study.
Aim: to verify bibliometric indicators of scientific production available in online journals that
deal with bullying and nursing. Method: bibliometric study. Bradford’s law was used, and the
Zipf’s law was combined with textual statistics (Iramutec). Sample consisting of 111
publications in Portuguese, English and Spanish, available in national and international
databases, from 2000 to 2016. Results: production predominantly published in the last ten
years and prepared in co-authorship. Main authors linked to 91 institutions, distributed in 24
countries. The United States of America, Brazil and Australia were the countries that
published the most. Nursing staff and nursing students made up the main research
populations, and the hospital environment was the most investigated scenario. The journals
with the largest number of publications (Bradford Nucleus) have international scientific
influence. The terms with the highest semantic power and high frequency in the abstracts
were bullying, assédio moral and acoso moral. Conclusion: the indicators point out that
bullying occurs in the nursing work environment in several countries, and that the number of
publications in this area tends to grow. However, it is necessary to expand research involving
diverse scenarios, including professionals and nursing students, which will contribute to the
better knowledge and face this phenomenon. Article 2 - Workplace bullying: study with
members of Nursing Councils about ethical processes. Aim: to investigate bullying based on
the positioning of nursing counselors about ethical processes in this topic. Method:
exploratory-descriptive study with quantitative approach. Data collection performed through
online platform. The sample consisted of 80 counselors from the Federal Nursing
Council/Regional Councils, from the five geographic regions of Brazil. Results: from the
obtained data, it was observed that 86.25% of the counselors performed judgments of nursing
professionals denounced for the practice of workplace bulling. Regarding the processes in this
thematic area, 77.5% of the participants mentioned finding some difficulty, among the main
ones are the absence of witnesses and evidence of the acts denounced, being the latter, the
main (68.52%) reason for filings and acquittals in some cases. The characterization of the
phenomenon was not consensual in relation to the frequency of the aggressions and the total
time of exposure of the victim to the violence. However, 95% consider that the aggressor can
manifest through various behaviors. To prove the assaults, victims can use witness reports,
record-keeping, virtual messages, and psychological statements, as they are widely accepted
by counselors. The warning penalty for the harasser was considered as insufficient by 68.7%
of the counselors. All participants consider important the proposal to create an instrument to
assist in the investigation of complaints involving the practice of bullying. Conclusion: ethical
processes actively collaborate in tackling workplace bullying, however, it is important that the
Nursing Councils support new prevention strategies and adopt instruments that guide the
investigation of denouncements, providing greater support for the formation of conviction of
counselors in the judgments involving this practice. / Introducción: El acoso moral es un tipo de violencia de modo repetitivo y prolongado, capaz
de promover daños físicos y psíquicos en sus víctimas. Esta tesis se compone de dos artículos. Artículo 1 - Producción científica sobre acoso moral y enfermería: estudio bibliométrico. Objetivo: verificar indicadores bibliométricos de la producción científica disponible en periódicos en línea que abordan acoso moral y enfermería. Método: estudio bibliométrico. Se utilizó la Ley de Bradford, y la Ley Zipf combinada a la estadística textual (Iramutec). La muestra consta de 111 publicaciones en portugués, inglés y español, disponibles en bases de datos nacionales e internacionales, en el período 2000 a 2016. Resultados: producción predominantemente publicada en los últimos diez años y elaborada en coautoria. Autores principales vinculados a 91 instituciones, distribuidas en 24 países. Estados Unidos, Brasil y Australia fueron los países que más publicaron. Profesionales y estudiantes de enfermería compusieron las principales poblaciones de las investigaciones, y el ambiente hospitalario fue el escenario más investigado. Los periódicos con mayor número de publicaciones (Núcleo de Bradford) tienen influencia científica internacional. Los términos con mayor poder semántico y alta frecuencia en los resúmenes fueron bullying, assédio moral y acoso laboral. Conclusión: los indicadores apuntan que el acoso moral ocurre en el ambiente de trabajo de enfermería en varios países, y que el número de publicaciones en esta temática tiende a crecer. Sin embargo, es necesaria la ampliación de investigaciones involucrando escenarios diversificados, incluyendo profesionales y estudiantes de enfermería, lo que contribuirá para el mejor conocimiento y enfrentamiento de ese fenómeno. Artículo 2 - Acoso moral en el trabajo: estudio con miembros de Consejos de Enfermería acerca de procesos éticos. Objetivo:
investigar el acoso moral a partir del posicionamiento de consejeros de enfermería acerca de
procesos éticos en la referida temática. Método: estudio exploratorio-descriptivo con enfoque
cuantitativo. Recolección de datos realizada a través de una plataforma en línea. La muestra
fue compuesta por 80 consejeros del sistema Consejo Federal de Enfermería / Consejos
Regionales, provenientes de las cinco regiones geográficas de Brasil. Los resultados
obtenidos, a partir de los datos obtenidos, se observó que el 86,25% de los consejeros
realizaron juicios de profesionales de enfermería denunciados por práctica de acoso moral. En cuanto a los procesos en esa temática, el 77,5% de los participantes mencionó encontrar
alguna dificultad, destacándose las ausencias de testigos, y de comprobación de los actos
denunciados. Siendo ésta última, el principal (68,52%) motivo de archivados y absolviciones
en algunos procesos. La caracterización del fenómeno no fue consensuada con relación a la
frecuencia de las agresiones y al tiempo total de exposición de la víctima a la violencia. Sin
embargo, el 95% considera que el agresor puede manifestarse a través de conductas variadas. Para comprobar las agresiones, las víctimas pueden utilizar los relatos de testigos, registro en el libro de ocurrencia, mensajes virtuales, y atestados psicológicos, ya que son ampliamente aceptados por los consejeros. La penalidad de advertencia para el acosador fue considerada como insuficiente por el 68,7% de los consejeros. Todos los participantes consideran importante la propuesta de creación de instrumento para auxiliar la averiguación de denuncias involucrando la práctica del acoso moral. Conclusión: los procesos éticos colaboran activamente en el enfrentamiento del acoso moral, sin embargo, es importante que los Consejos de Enfermería apoyen nuevas estrategias de prevención y adopten instrumentos que orienten la averiguación de denuncias, proporcionando mayor respaldo para la formación de convicción de los consejeros en los juicios involucrando esta práctica. / Introdução: O assédio moral é um tipo de violência de modo repetitivo e prolongado, capaz de
promover danos físicos e psíquicos em suas vítimas. Esta dissertação é composta por dois artigos.
Artigo 1 - Produção científica sobre assédio moral e enfermagem: estudo bibliométrico.
Objetivo: verificar indicadores bibliométricos da produção científica disponível em periódicos
online que abordam assédio moral e enfermagem. Método: estudo bibliométrico. Utilizou-se a lei
de Bradford, e a lei de Zipf combinada à estatística textual (Iramutec). Amostra constituída por
111 publicações em português, inglês e espanhol, disponibilizadas em bases de dados nacionais e
internacionais, no período de 2000 a 2016. Resultados: produção predominantemente publicada
nos últimos dez anos e elaborada em coautoria. Autores principais vinculados a 91 instituições,
distribuídas em 24 países. Estados Unidos da América, Brasil e Austrália foram os países que mais
publicaram. Profissionais e estudantes de enfermagem compuseram as principais populações das
pesquisas, e o ambiente hospitalar foi o cenário mais investigado. Os periódicos com maior
número de publicações (Núcleo de Bradford) possuem influência científica internacional. Os
termos com maior poder semântico e alta frequência nos resumos foram bullying, assédio moral e
acoso laboral. Conclusão: os indicadores apontam que o assédio moral ocorre no ambiente de
trabalho de enfermagem em vários países, e que o número de publicações nesta temática tende a
crescer. Entretanto, é necessária a ampliação de pesquisas envolvendo cenários diversificados,
incluindo profissionais e estudantes de enfermagem, o que contribuirá para o melhor
conhecimento e enfrentamento desse fenômeno. Artigo 2 - Assédio moral no trabalho: estudo
com membros de Conselhos de Enfermagem acerca de processos éticos. Objetivo: investigar o
assédio moral a partir do posicionamento de conselheiros de enfermagem acerca de processos
éticos na referida temática. Método: estudo exploratório-descritivo com abordagem quantitativa.
Coleta de dados realizada por meio de plataforma online. A amostra foi composta por 80
conselheiros do sistema Conselho Federal de Enfermagem/Conselhos Regionais, provenientes das
cinco regiões geográficas do Brasil. Estudo com autorização administrativa (Cofen), e aprovação
ética (CAAE) nº: 48398215700005183. Resultados: a partir dos dados obtidos, observou-se que
86,25% dos conselheiros realizaram julgamentos de profissionais de enfermagem denunciados por
prática de assédio moral. Em relação aos processos nessa temática, 77,5% dos participantes
mencionaram encontrar alguma dificuldade, entre as principais, destacam-se as ausências de
testemunhas, e de comprovação dos atos denunciados. Sendo esta última, o principal (68,52%)
motivo de arquivamentos e absolvições em alguns processos. A caracterização do fenômeno não
foi consensual com relação à frequência das agressões e ao tempo total de exposição da vítima à
violência. Contudo, 95% consideram que o agressor pode se manifestar através de condutas
variadas. Para comprovar as agressões, as vítimas podem utilizar os relatos de testemunhas,
registro em livro de ocorrência, mensagens virtuais, e atestados psicológicos, visto que são
amplamente aceitos pelos conselheiros. A penalidade de advertência para o assediador foi
considerada como insuficiente por 68,7% dos conselheiros. Todos os participantes consideram
importante a proposta de criação de instrumento para auxiliar a averiguação de denúncias
envolvendo a prática do assédio moral. Conclusão: os processos éticos colaboram ativamente no
enfrentamento do assédio moral, contudo, é importante que os Conselhos de Enfermagem apoiem
novas estratégias de prevenção e adotem instrumentos que norteiem a averiguação de denúncias,
proporcionando maior respaldo para a formação de convicção dos conselheiros nos julgamentos
envolvendo essa prática.
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