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La administración de justicia aguarunaVillavicencio Rios, Frezia Sissi 07 May 2014 (has links)
La situación histórica de los pueblos indígenas y los problemas de la
configuración pluricultural del Perú colocan al profesional del derecho en la
posición de abandonar el rol jurídico clásico e intentar su tratamiento desde
un aspecto más integral, dinámico y vivo. Esta investigación es consecuencia
de un esfuerzo por comprender el autocalificado “mundo awajún” o aguaruna,
esfuerzo que significó un trabajo en conjunto, con la participación activa
y protagónica de este grupo étnico.
A propósito del reconocimiento constitucional del ejercicio
jurisdiccional de las Autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas en
su Artículo 149, el objetivo de este trabajo es presentar y analizar el
sistema de administración de justicia que opera en el ámbito de las
comunidades aguaruna del Alto Marañón, sistema distinto al oficial que por sus
peculiaridades resulta ser una de las expresiones más importantes de la
identidad socio-cultural aguaruna. Los alcances y limitaciones de este
reconocimiento, así como los factores o particularidades a tomarse en cuenta
en la aplicación de este artículo, son analizados a propósito de las
características sui generis de este tipo de ejercicio jurisdiccional.
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Perú sin corrupción “Una lucha entendida desde el orden constitucional”Luque Hanco, Brandon Dalembert 05 April 2024 (has links)
Cada año las consecuencias negativas que produce la corrupción en nuestro
país resultan siendo más graves, al grado de generar un debilitamiento
profundo en las autoridades, instituciones públicas, desconfianza en la
ciudadanía hacía los poderes públicos y en la actualidad llegando a vulnerar y
afectar nuestros derechos humanos establecidos en la Constitución.
En esa medida diversos organismos internacionales y Estados nacionales han
manifestado su preocupación inmediata llegando a concebir la idea de
constituir un nuevo derecho humano a vivir en una sociedad libre de corrupción
enfocado dentro de un nuevo constitucionalismo transformador que traiga
consigo un enfoque sobre corrupción basado en los derechos humanos.
Frente a lo manifestado, la presente investigación se encuentra orientada a
determinar si las políticas públicas anticorrupción y modificaciones legislativas
ejecutadas por el Estado vienen dando resultados para combatir la lucha contra
la corrupción durante los últimos años, y que en cuya consecuencia, resulta
necesaria o no, la incorporación de un artículo expreso en nuestra Constitución
que garantice el derecho a vivir en una sociedad libre de corrupción,
atendiendo a que el Estado tiene como obligación y deber principal el velar y
garantizar el respeto a la dignidad humana y a los demás derechos estipulados
en la constitución procurando para ello crear o instituir un ambiente en el cual
puedan disfrutarse de aquellos derechos señalados, y actuando
obligatoriamente frente a cualquier amenaza de estos derechos. / Every year the negative consequences of corruption in our country become
more serious, to the point of generating a profound weakening of the
authorities, public institutions, mistrust among citizens towards the public
authorities and, at present, even violating and affecting our human rights
established in the Constitution.
To this extent, various international organisations and national states have
expressed their immediate concern and have even conceived the idea of
creating a new human right to live in a corruption-free society, focused on a new
transformational constitutionalism that brings with it a human rights-based
approach to corruption.
In view of the above, this research is aimed at determining whether the anticorruption
public policies and legislative amendments implemented by the State
have been producing results in the fight against corruption in recent years, and
whether or not it is necessary to include an express article in our Constitution
that guarantees the right to live in a corruption-free society, The main obligation
and duty of the State is to ensure and guarantee respect for human dignity and
the other rights stipulated in the constitution, by trying to create or institute an
environment in which the aforementioned rights can be enjoyed, and by taking
mandatory action in the face of any threat to these rights. / Trabajo académico
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La promoción del acceso a la justicia en las zonas ruralesArdito Vega, Wilfredo Jesús 04 June 2012 (has links)
Desde hace más de treinta años, en gobiernos democráticos y autoritarios, se viene hablando de la
necesidad de reformar la justicia en el Perú, asumiéndose como posibles soluciones el incremento
presupuestal, asegurar el nombramiento de magistrados capaces para los cargos más importantes o
promover la modificación de la estructura del Poder Judicial. Sin embargo, existe un problema al cual
parece haberse dado importancia secundaria: el acceso de los ciudadanos a la justicia.
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Política jurisdiccional en materia penal de menores entre 1924 y 1991 : ideología, legalidad y democraciaNiego Arana, Roger Elkie 21 June 2022 (has links)
La parte sustancial del presente estudio pretende, en esa dirección, identificar y
entender los antecedentes históricos de una cultura jurídica de los magistrados
situada actualmente en el contexto de un proceso de transición, a medio camino
entre una concepción del Derecho de Menores inscrita en la Doctrina de la Situación
Irregular y la Doctrina de la Protección Integral de la Infancia. Para ello,
nos centraremos en el estudio histórico de la cultura jurídica de la infancia, que
comprende el período de vigencia del Código Penal de 1924, vale decir el mismo
que abarca los años 1924 a 1991, examinando: a) el desarrollo de las ideas y de la
doctrina imperante en torno al concepto del menor delincuente; b) el desarrollo
doctrinario de los tribunales de menores; y c) la legislación penal juvenil durante
la vigencia del Código Penal de 1924.
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La necesidad del control de la administración en el estado de derecho. El sistema de control en el PerúMorón Domínguez, Benjamín Israel 28 November 2012 (has links)
El presente trabajo está relacionado con el control jurídico de la Administración por parte de los órganos jurisdiccionales, esto a partir de sus antecedentes más concretos (Código Procesal Civil) y con la posterior introducción del proceso de plena jurisdicción a partir del 2001 (Ley N° 27584). El desarrollo de la presente tesis se realiza a través de tres capítulos para luego establecer algunas conclusiones y recomendaciones. En el primer capítulo, abordo la fundamentación teórico-constitucional de la función de la Administración y de su facultad discrecional en el Estado de Derecho.
En el segundo capítulo analizo los fundamentos que sustentan la necesidad de la existencia de controles respecto del desarrollo de la actividad administrativa y el equilibrio que es necesario alcanzar entre el principio de división de poderes y el principio a la tutela judicial efectiva. Asimismo detallo los tipos de controles ideados por la legislación para evitar la arbitrariedad de la Administración (internos y externos). Por último se hace un recuento de las diversas técnicas creadas y establecidas para efectuar el control de la facultad discrecional de la Administración y la posibilidad que existe respecto a que un Juez pueda sustituir a la Administración al momento de juzgar un acto arbitrario generado a partir de la aplicación de su facultad discrecional.
En el tercer capítulo, presento lo que considero el sistema de control mixto que existe en nuestro país, explicando las razones por las cuales estimo la presencia de tal situación en nuestro sistema. Analizo la manera como se realiza el control de la Administración por parte de nuestra Corte Suprema y del Tribunal Constitucional y la posición adoptada por nuestra jurisprudencia (judicial y constitucional) respecto a la posibilidad de sustitución de la Administración, por parte de un Juez, al momento de juzgarla cuando ésta ha ejercitado su facultad discrecional.
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Criterios de aplicación de la remisión en la etapa preliminar de investigación y su compatibilidad con los principios del modelo de justicia juvenil restaurativaVera Castillo, Elmer Jesús 29 March 2021 (has links)
En la idea de buscar alternativas diferentes a la de someter a un adolescente en conflicto
con la ley penal, a un proceso especial de naturaleza penal, el legislador peruano ha
regulado la remisión, en la etapa preliminar de investigación, en el marco del modelo
de justicia juvenil restaurativa. En este contexto y dada la relación del investigador con
este tema por ser Fiscal Civil y de Familia, la investigación tiene como propósito
determinar cuáles son los criterios usados por los fiscales para aplicar la remisión, en la
etapa preliminar de investigación, en los casos de adolescentes infractores a la ley
penal y, si estos, son compatibles con los principios del modelo de Justicia Juvenil
Restaurativa y, a partir de allí, establecer si existen deficiencias normativas o
interpretativas en los criterios de aplicación de la remisión y, explicar, si las limitaciones
de orden material afectan significativamente dicha aplicación, por lo que nos hemos
limitado a analizar y evaluar los problemas planteados, describirlos y explicarlos,
proponiendo salidas de naturaleza normativa y excepcionalmente práctica. Como
resultado de la investigación podemos afirmar que existen determinadas
incompatibilidades entre los principios que inspiran el modelo de Justicia Juvenil
Restaurativa y la remisión en la etapa preliminar de la investigación, en virtud a ello
concluimos, entre otros, que no se ha considerado en la remisión fiscal: la reparación
directa del daño causado a la víctima; el reconocimiento de la infracción a la ley penal,
como paso previo a la remisión y un procedimiento eficaz que permita a la víctima,
desde el inicio de la investigación, tomar conocimiento del mecanismo utilizado en la
remisión.
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La descarga procesal civil en el sistema de administración de justicia en el distrito judicial de La LibertadIdrogo Delgado, Teófilo 14 September 2013 (has links)
La Descarga Procesal Civil en el sistema de la administración de justicia en el Distrito Judicial de La Libertad, es uno de los grandes problemas que afronta el Poder Judicial después de Lima desde hace muchos años; razón por la cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N° 099- 2007-CE-PJ, el 16 de Mayo del 2007 aprueban el Plan Nacional de Descarga Procesal.
El 28 de Marzo del 2008, el Consejo Ejecutivo Distrital de La Libertad por Resolución Administrativa N° 197-2008-P-CSJLL-PJ, implementa la Comisión de Descarga y a la vez implementa a los 7 Juzgados Transitorios Civiles y las 3 Salas Civiles, iniciando con la repartición aleatoria de los expedientes de los Juzgados Permanentes, cuya carga procesal del año judicial del 2007 a las Salas Civiles habían dejado 3130 expedientes no resueltos y de los Juzgados Civiles la carga ascendía a 21516. Esta mora procesal sumada a los que ingresaron en el 2008 de 12,821 hace un total de 15,951 y habiendo resuelto las tres Salas Civiles 11820, nuevamente queda una carga procesal para el año 2009 de 4131 expedientes.
En el 2008, en los Juzgados ingresaron 7826 expedientes que sumados a los 21516, asciende a un total de 29,342, ese año resolvieron 7947, quedando nuevamente una carga de 21395 expedientes.
Los 7 Juzgados y las 3 Salas resultaron insuficientes para resolver el problema de descarga que tiene un promedio del 56.358% mayor que de los expedientes resueltos que es 43.624%. Este problema se observa durante los años 2009 y 2010; por lo que es urgente la creación de cuatro Juzgados Especializados en lo Civil y una Sala Civil para revertir la excesiva carga procesal en este Distrito Judicial durante el año del 2011, asimismo el Estado debe dotar al poder judicial de un presupuesto del 3%.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional en el Expediente Nº 00804-2013-PHC/TCQuispe Gámez, Carla Patricia 16 September 2023 (has links)
El sistema de responsabilidad penal de adolescentes de nuestro país ha ido
apostando por un modelo garantista y de corte restaurativo, adoptando con el
paso de los años mecanismos para el cumplimiento de una protección integral
y especializada para los y las adolescentes infractores. Sin embargo, esta
intención ha adolecido sostenidamente de muchas deudas respecto de su
implementación y concreción, siendo una de ellas la escasa rigurosidad en la
justificación de los jueces al momento de imponer una medida socioeducativa
en un contexto en donde el internamiento suele ser la más empleada.
Partiendo de este de escenario, este informe analizará la sentencia recaída en
el Exp. Nº 00804-2013-PHC/TC, un proceso de hábeas corpus en favor del
adolescente N. Y. J. D. por la vulneración del derecho a la motivación de las
resoluciones. Aunque el presente trabajo estará de acuerdo de manera general
con la decisión final del Tribunal, pretende también dar más luces respecto del
impacto del uso de los informes técnicos de los equipos multidisciplinarios en la
motivación de las medidas adoptadas. Para ello, se realizó una investigación
de carácter dogmático, recurriendo a la normativa, jurisprudencia y doctrina
recurrente, así como también datos estadísticos contemporáneos al caso y su
contraste con data más actual. Finalmente, es posible concluir que en nuestro
sistema los procesos penal juveniles, particularmente, merecen más atención
para su seguimiento de acuerdo a los parámetros internacionales en la materia,
el cual exige tanto la especialidad de los jueces como de todos los funcionarios
involucrados / The criminal responsibility system for adolescents in our country has been
betting on a guarantee and restorative model, adopting over the years
mechanisms to comply with comprehensive and specialized protection for
adolescent offenders. However, this intention has consistently suffered from
many debts regarding its implementation and concretion, one of them being the
lack of rigor in the justification of the judges when imposing a socio-educational
measure in a context where internment is usually the most used. Starting from
this scenario, this report will analyze the sentence handed down in File No.
00804-2013-PHC/TC, a habeas corpus process in favor of the adolescent
N.Y.J.D. for the violation of the right to due motivation of resolutions. Although
this paper will be in general agreement with the Court's final decision, it also
aims to shed more light on the impact of the use of the technical reports from
the multidisciplinary teams on the motivation for the measures adopted. For
this, a dogmatic investigation was carried out, resorting to the regulations,
jurisprudence and relevant doctrine, as well as contemporary statistical data to
the case and its contrast with more current data. Finally, it is possible to
conclude that in our system juvenile criminal proceedings, particularly, deserve
more attention for their follow-up according to international parameters on the
matter, which requires both the specialty of the judges and of all the officials
involved
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La modificación del plazo para interponer recurso impugnatorio en el procedimiento sancionador por comisión de infracción leve en el régimen disciplinario de las escuelas de formación policialMayhua Rivera, Erika Petronila 22 July 2020 (has links)
La investigación estudia el procedimiento administrativo seguido ante la comisión de una
falta leve dentro del Régimen Disciplinario de las Escuelas de Formación Policial de todo el
Perú, cuestionando el plazo que se le otorga al estudiante para impugnar la sanción impuesta,
toda vez que este plazo es de veinticuatro horas, tiempo que resulta insuficiente para ejercer
de manera adecuada la defensa del administrado, teniendo en cuenta que todos los
estudiantes se encuentran encuartelados, por lo que, resulta difícil para estos poder encontrar
los medios necesarios para defender su posición ante una sanción por infracción leve,
dejando muchas veces que estos se acumulen y puedan afectar posteriormente sus notas. De
esta manera, el objetivo de la investigación se enfoca en cuestionar el artículo 90° del
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1318 que establece el plazo para impugnar las
sanciones impuestas por infracciones leves, considerando que el inciso 3 del artículo 139°
de la Constitución Política que señala sobre los principios y derechos de la función
jurisdiccional, indica que el debido proceso, es un principio-derecho debe ser observado en
todos los procedimientos. Por tanto, considerando que los estudiantes de las diversas
Escuelas de Formación Policial deben conducirse acorde al Decreto Legislativo N° 1318 y
a su reglamento, el Decreto Supremo N° 022-2017-IN, señalamos que el artículo 90° del
reglamento establece un plazo de veinticuatro horas, tiempo insuficiente para impugnar la
sanción por infracción leve, siendo imperioso la modificación a fin de garantizar el debido
procedimiento para el estudiante. / The investigation studies the administrative procedure followed before the commission of a
minor offense within the Disciplinary Regime of Police Training Schools throughout Peru,
questioning the term given to the student to challenge the imposed sanction, since this term
is Twenty-four hours, which is insufficient time to adequately exercise the defense of the
administrator, taking into account that all students are locked, so it is difficult for them to
find the necessary means to defend their position against a sanction for slight infringement,
many times allowing these to accumulate and may subsequently affect your grades. In this
way, the objective of the investigation focuses on questioning Article 90 of the Regulation
of Legislative Decree No. 1318 that establishes the term to challenge the sanctions imposed
for minor infractions, considering that subsection 3 of Article 139 of the Constitution Policy
that indicates the principles and rights of the jurisdictional function, indicates that due
process, is a principle-right must be observed in all procedures. Therefore, considering that
the students of the various Police Training Schools must conduct themselves in accordance
with Legislative Decree No. 1318 and its regulations, Supreme Decree No. 022-2017-IN, we
note that Article 90 of the regulations establishes a term of Twenty-four hours, insufficient
time to contest the sanction for a minor offense, the modification being imperative in order
to guarantee due procedure for the student.
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La administración de justicia en Villa El SalvadorIturregui Byrne, Patricia, Price Masalías, Jorge 19 October 2020 (has links)
A lo largo de los años el estudio del derecho y su conceptualización como ciencia se fué alejando paulatinamente de la realidad que lo origina: grandes corrientes de pensamiento se levantaron sobre una base falsa, haciendo de la ciencia jurídica una divagación metafísica o una lógica hueca. No obstante, el devenir de la ciencia jurídica se nos presenta cada vez más reclamante de un mayor acercamiento entre derecha y sociedad, y a ello responden las inquietudes de los seguidores de las corrientes sociológicas y antropológicas. El esfuerzo de estas últimas corrientes de pensamiento se concentran en proclamar lo concreto, lo empírico, refutando por tanto lo abstracto y apriori; a resultas de esta posición, niegan la identificación de derecho y estado, afirman do que históricamente son fenómenos independientes en sus orí genes, y que por tanto es plausible hablar de sistemas jurídicos en sociedades sin estado, e incluso, afirmar la existencia de varios sistemas legales al interior de una misma sociedad.
De hecho la ciencia jurídica ha admitido la posibilidad de otorgar validez a estas afirmaciones, pero condiciona-das a que se presenten en grupos sociales alejados geográfica y culturalmente de la "civilización".
Ciertamente no compartimos esta posición, ya que todo grupo humano, en tanto grupo, se define en base a un conjunto de normas de conducta y de creencias cuya trasgresión motiva una sanción. Esto ocurre no importando cuán alejada o cerca esté de algún hito arbitrario. Lo importante, en todo caso , es determinar si el derecho de una sociedad mayor se constituye sobre la base de una integración igualitaria de los diferentes grupos humanos que la conforman o no. Para el caso peruano la respuesta, ciertamente es la última.
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