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La deducibilidad de los gastos vinculados al cumplimiento de las políticas de responsabilidad social empresarial

Arriaga Cáceres, Claudia Carolina 06 May 2021 (has links)
El presente trabajo permite analizar los fundamentos tributarios y constitucionales para la deducción de las erogaciones que efectúan las empresas como contribuyentes para ejecutar sus políticas de Responsabilidad Social Empresarial, en relación con directrices éticas y morales exigidos por la sociedad y que se promueve con mayor fuerza por la globalización. De igual modo, para determinar cómo es que las referidas erogaciones si cumplen con los alcances del principio de causalidad para así puedan ser reconocidas como gastos deducibles en razón del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Todo ello, debido a que, en la actualidad, la Responsabilidad Social Empresarial se va consolidando como una herramienta de gestión necesaria para la optimización de la legitimidad social y la propia cohesión social de cualquier empresa que realiza actividades, con mayor importancia las empresas que realizan actividades empresariales en perjuicio del medio ambiente y/o de la salud de la sociedad en la que se desarrolla, y que gesta beneficios directos e indirectos para que lo acogen. Siendo ello así, a partir de una revisión y análisis de la legislación nacional en materia de impuestos, así como las tendencias jurisprudenciales y doctrinales al respecto, el presente trabajo evidencia que las erogaciones asumidas en razón de las políticas de Responsabilidad Social Empresarial sí cumplen con los requisitos previstos en la normativa tributaria peruana aplicable para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría.
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Conveniencia de permitir la calificación de operaciones elusivas en ejercicios prescritos cuando incidan en casos que involucran varios ejercicios anteriores a la fecha de la fiscalización: análisis crítico

Huaman Vasquez, Kenny 02 June 2022 (has links)
Se pone en manifiesto que algunas empresas utilizan figuras legales, como, por ejemplo, reorganizaciones societarias bajo un esquema de planeamiento tributario, que les ha permitido de manera indirecta obtener los beneficios tributarios que estaban orientados a incentivar la inversión o facilitar las estrategias empresariales, sin pretender lograr dicho objetivo económico. Situación que distorsiona la equidad del impuesto que debe aplicarse sobre la capacidad contributiva y genera brechas en la recaudación. Muy poco se hizo con la Norma VIII del Título Preliminar del Código Tributario que tuvo problemas en su aplicación para intentar calificar operaciones en Fraude de Ley, por lo que en el 2012 fue necesario introducir la Cláusula Antielusiva General en el Perú, dentro de la Norma XVI en el Título Preliminar del Código Tributario, acarreando oposiciones en el sector privado, suspendiéndose con otra Ley, su aplicación, con excepción del primero y último párrafo de la misma, tan solo a los 2 años de su introducción sin haberse incluso aplicado. En el contexto actual, debido a que a finales del 2018 se levantó la suspensión de la Cláusula Antielusiva General incorporada en los párrafos del 2 al 5 de la Norma XVI, nos encontramos con los posibles inconvenientes que podría generar su aplicación en el Perú, por parte de la SUNAT, a aquellas operaciones que se hubieran realizado en períodos prescritos y que aun así sus efectos se evidencien en uno o varios ejercicios futuros, que al no estar prescritos, estén siendo fiscalizados o podrían ser sujetos a fiscalización por parte de la Administración Tributaria. En el desarrollo de la presente investigación, se evidencia las diversas interpretaciones por parte de la doctrina y la jurisprudencia, respecto a qué facultades de la Administración se sujetan al plazo de prescripción que establece el artículo 43° del Código Tributario, lo que podría generar una posición discordante entre los órganos administrativos y judiciales cuando se discutan los casos de calificación de las operaciones descritas en el párrafo previo. Finalmente, en el presente trabajo se analiza el problema en cuestión con la exposición de jurisprudencia de casos similares para plantear una tentativa solución a la contingencia que se pueda generar a futuro, así como para solucionar el problema interpretativo del artículo 43° del Código Tributario.
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¿Los gastos incurridos en la reparación y mejoras de carreteras por parte de una empresa minera constituyen un gasto deducible conforme a la Ley del Impuesto a la Renta?

Leiva Rodríguez, Mario Arnaldo 10 February 2022 (has links)
En el presente trabajo se estudia la ausencia de uniformidad en la deducción de los gastos por parte del Tribunal Fiscal, por lo que por medio del estudio de las sentencias del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema nos da indicios para sostener la necesidad de tener un criterio que dé seguridad a los administrados. Así, se analiza un caso que evidencia la inexistencia de uniformidad en la aplicación del principio de causalidad frente a un caso de gastos de mantenimiento y mejoramiento de carreteras. Así, busca reconocer la causalidad como un concepto amplio y que frente a la ausencia de una postura uniforme del Tribunal Fiscal determine si es correcto mantener dicha contradicción. / This study's further examination of the disparities between the Tax Court's deduction of taxes and tax laws upheld by the Constitutional Court and Supreme Courts underscores the overwelming need for well-defined criteria of expenses for cooperations in order to improve public relations.
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Expediente N° 04539-2012-PA/TC

Campos Skamperle, Diego 24 February 2021 (has links)
El presente trabajo analiza la sentencia N° 04539-2012-PA/TC del Tribunal Constitucional en la cual se resuelve el caso seguido por el Sindicato de Trabajadores Tributarios Aduaneros contra SUNAT, quienes reclamaban gozar su descanso durante los días feriados del año. La elección de la resolución se justifica en la aplicación del control difuso de una norma reglamentaria por parte del Tribunal Constitucional (TC); además, los magistrados declaran nulas las sanciones por interrupción de labores de los trabajadores, dando pie a cuestionarnos sobre aspectos referidos al derecho de resistencia de los trabajadores. A partir de ello, planteamos el mal análisis realizado por el TC respecto a las sanciones laborales declaradas nulas, debido al rol fundamental que cumplían estos trabajadores en aras del buen funcionamiento de la administración pública. En ese sentido, se concluye que SUNAT puede obligar a laborar los días feriados a sus trabajadores sin que éstos tengan la posibilidad de interrumpir sus labores frente a un incumplimiento en el otorgamiento de beneficios
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Análisis crítico de la actuación del comité revisor en la aplicación de la norma anti elusiva general establecida en la Norma XVI del Texto Único Ordenado del Código Tributario en el marco de un procedimiento de fiscalización definitiva de la Superintendencia Nacional de la Administración Tributaria : ¿Se encuentra enmarcada dentro de las facultades de fiscalización de la administración tributaria establecidas en el Código Tributario? y ¿En qué medida está actuación vulnera el derecho al debido procedimiento?

Tejada Zapata, Elmer Fernando 27 November 2020 (has links)
Con fecha trece de setiembre del 2018 se publicó el Decreto Legislativo 1422 incorporando el artículo 62-C referido a la aplicación de la Norma Antielusiva General ( en adelante NAG) contenida en los párrafos segundo al quinto la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario ( en adelante CT), el cual posibilita combatir la elusión fiscal a través del fraude a la ley. Se destaca en la referida norma la incorporación del comité revisor (en adelante CR), al respecto debemos precisar que como parte del procedimiento de fiscalización definitiva en donde se presuma la aplicación de los párrafos segundo al quinto de la Norma XIV del CT el agente fiscalizador debe contar previamente con la opinión favorable de un CR. En la exposición de motivos del decreto legislativo antes citado se señala que dicha propuesta considera que medidas similares han sido tomadas por diversos países como: Canadá , Australia , Francia , India y Reino Unido con la finalidad de supervisar o dar asesoramiento respecto a la aplicación de la NAG en un procedimiento de fiscalización como un elemento que mejora y hace más segura la aplicación de las NAG en los referidos paises y que en efecto los comités consultivos no solo brindan asesoría sino también monitorean los casos de tal manera que la NAG se aplique sobre bases objetivas y justificadas, para garantizar que las decisiones emitidas por las autoridades en este tipo de casos sean uniformes y consistentes. La norma XVI es una potestad de la administración tributaria ( en adelante AT) y vinculada a su facultad de fiscalización y determinación la misma que se encuentra establecida en el artículo 62° del CT. En consecuencia resulta necesario analizar si se encuentra enmarcada dentro de la facultad de fiscalización y determinación de la AT establecida en el artículo 62° del CT las funciones del CR, cuando se aplique la NAG establecida en la Norma XVI del CT en un proceso de fiscalización definitiva llevada a cabo por SUNAT y en que medida está actuación podría vulnerar el derecho al debido procedimiento de los contribuyentes / Trabajo de investigación
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¿A quién deberíamos proteger cuándo se produce el traslado automático de gravámenes a las partidas resultantes de la división y partición, al acreedor o a los ex copropietarios?

Gonzalo Uribe, Almendra Lizeth 04 June 2020 (has links)
El presente artículo desarrolla un análisis del segundo precedente de observancia obligatoria contenido en el Pleno XVII publicado el día 23 de mayo del año 2006. Por un lado, en el primer capítulo de la investigación describimos y analizamos la copropiedad como derecho real; en ese sentido, realizamos la distinción con otras especies que integran el género comunidad, esto debido a que la copropiedad es una especie dentro del género (la comunidad se caracteriza porque existen dos o más sujetos con titularidad compartida). Asimismo, analizamos que la naturaleza jurídica de la copropiedad proviene de la comunidad romana y a su vez se detallaron las características principales de la copropiedad, como también los derechos que adquieren los copropietarios una vez iniciado el régimen de copropiedad (uso del bien común, disfrute, disposición, reivindicación y retracto). Por otro lado, el segundo capítulo se centró en el análisis de los fundamentos que utiliza el Tribunal Registral para crear el mencionado precedente de observancia obligatoria, asimismo también se analizan las resoluciones N° 133-2002-SUNARP-TR-L y la N°262-2006-SUNARP-TR-L, dichas resoluciones contienen criterios que sumaron para que el Tribunal decidiera por el mencionado precedente. Posteriormente, se realiza la diferenciación entre carga y gravamen, ello debido a que el precedente solo hace mención a gravámenes y no cargas. Finalmente también resulta importante conocer que este precedente genera desprotección a los ex copropietarios que no gravaron su cuota ideal, frente a la protección que sí se otorga a los acreedores del copropietario que gravó su cuota ideal con anterioridad a la división y partición
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La nulidad de las resoluciones de determinación en el procedimiento contencioso tributario y efectos en el plazo de fiscalización regulado en el artículo 62°-A del Código Tributario

Guillermo Garcia, Cesar Augusto January 2023 (has links)
La Administración Tributaria (SUNAT) no puede solicitar documentación al contribuyente luego de vencido el plazo de la fiscalización definitiva, pero puede obtener información de terceros o utilizar la información con la que cuente para continuar con el procedimiento de fiscalización, de manera que pueda comunicar sus conclusiones y notificar las resoluciones de determinación por el tributo y períodos fiscalizados. El presente trabajo de investigación aborda el estudio de los efectos de la nulidad de las resoluciones de determinación emitidas en el procedimiento administrativo de fiscalización de la SUNAT. En relación con ello, se analiza el cómputo del plazo de la fiscalización definitiva de un (01) año regulado en el artículo 62°-A del Código Tributario (CT)1, toda vez que actualmente la normativa tributaria nacional no ofrece claridad de cómo efectuar el conteo de dicho plazo cuando se dictó la nulidad de los valores con el consecuente reinicio de fiscalización2. Ante la incertidumbre señalada, surgen dos corrientes para aplicar dicho cómputo del plazo de fiscalización definitiva al momento de reiniciar el procedimiento administrativo de fiscalización, la primera, continuar con el cómputo del plazo que venía corriendo desde antes del acto que dio lugar a la nulidad hasta el reinicio de la fiscalización, y el segundo, considerar el plazo transcurrido hasta el acto viciado y reiniciar el cómputo al momento que la SUNAT notifica el requerimiento a través del cual solicita información con el reinicio de la fiscalización tributaria. Por consiguiente, el objetivo de este trabajo es determinar cuál de las dos posturas se ajusta a derecho, a partir del estudio y análisis del instituto jurídico de la nulidad en el campo administrativo y su correlación con las normas tributarias que regulan la facultad de fiscalización de la Administración Tributaria.
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Secreto bancario y reserva tributaria: un enfoque constitucional en el marco del combate contra la evasión y elusión tributarias

Arrivasplata Nuñez, Giancarlo 23 March 2022 (has links)
En el año 2021 se completó el círculo legal e institucional que habilitaría a la SUNAT a conocer información de carácter financiero de los clientes de entidades del sistema financiero del Perú. Estas nuevas facultades que posee la SUNAT nacen con el objetivo de combatir la elusión y evasión tributarias; sin embargo, al representar una flexibilización del derecho al secreto bancario resulta pertinente analizar si las mismas se ejercen respetando el Estado Constitucional de Derecho. Será labor del presente trabajo académico contextualizar las nuevas facultades que posee la SUNAT para acceder a información de carácter financiero a través de un análisis de las normas que les dieron origen. Asimismo, abordaremos los fundamentos de política internacional que motivaron estas nuevas facultades. Sumando a ello, realizaremos un estudio comparativo de cómo funciona el secreto bancario en diversos países del mundo. Finalmente, analizaremos, desde una perspectiva constitucional, si las nuevas facultades que posee la SUNAT para el combate de la elusión y evasión tributarias representan una vulneración al derecho al secreto bancario en el Perú, y la importancia de la reserva tributaria para que ello no suceda
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Necesidad de una debida motivación de la resolución de determinación tributaria como acto resolutivo

Aucca Huamani, Alis Jimena 23 March 2022 (has links)
La resolución de determinación, por un lado, es el acto administrativo directamente vinculado a la obligación tributaria; por otro, dentro de ese contexto, es el acto declarativo efectuado por la Administración Tributaria en el ejercicio de sus facultades y/o función de fiscalización y de determinación, luego de la aplicación de un procedimiento tributario especial (procedimiento de fiscalización). Ahora bien, la resolución de determinación es un acto resolutivo, y como tal debe entenderse y aplicarse; no obstante, se verifica que el contenido del artículo 77 del Código Tributario es insuficiente para tal calidad. Así, pues, teniendo en cuenta que la resolución de determinación está dirigida al contribuyente (de todo tipo), y sabiendo que su contenido de por sí será técnico, debería tenerse regulado en los numerales 6 y 7 del artículo 77 del Código Tributario un texto mucho más claro y preciso que permita que dichas resoluciones sean entendidas justamente por cualquier contribuyente. En el presente artículo académico se desarrollará la naturaleza de acto administrativo del acto de determinación tributaria (resolución de determinación), así como su naturaleza resolutiva. Seguidamente, se desarrollará el contenido de la “debida motivación” como parte del Derecho al Debido Procedimiento y como elemento esencial del acto de determinación tributaria. Finalmente, a modo de conclusión y reflexión, se expondrá cómo la actual construcción del artículo 77 del Código Tributario, resulta poco clara, y no expresa el contenido adecuado de la “debida motivación”, de manera que, se pondría en estado de indefensión a los contribuyentes que no tienen la posibilidad de entender por su cuenta las observaciones de la Administración Tributaria
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Inequidades en la regulación de la tutela cautelar en materia tributaria: análisis constitucional de las reglas previstas en el artículo 159 del Código Tributario

Barrera Huanes, Fernando Guillermo 27 August 2021 (has links)
Las actuaciones de todos los miembros de la sociedad que conviven dentro de un Estado de Derecho deben tener como parámetros los principios que se reconocen en la Constitución. Entonces, corresponde que cuando el legislador pretenda regular aspectos que, según su perspectiva, puedan resultar problemáticos en la realidad, no deba perder de vista los principios constitucionales que irradian a su actuación. Bajo este supuesto, el presente trabajo de investigación realiza un análisis crítico de lo dispuesto en el artículo 159° del Código Tributario, incorporado en nuestra legislación en el año 2012, en el marco de una delegación de facultades otorgada al Poder Ejecutivo, a través del Decreto Legislativo N° 1121 y modificado por la Ley N° 30230, a fin de mejorar la progresividad de la medida cautelar. Dicho artículo establece las reglas que regirán el trámite de las medidas cautelares que se soliciten dentro de los procesos judiciales en los que la parte demandada es el Tribunal Fiscal o la Administración Tributaria. Así teniendo como base a los principios de tutela jurisdiccional efectiva y de igualdad, principios constitucionalmente reconocidos, se demuestra que las reglas contenidas en el mencionado artículo limitan el derecho de los contribuyentes a acceder a una justicia eficaz y oportuna. Por ello, se propone una mejora a dichas reglas, con el objetivo de salvaguardar el derecho de los contribuyentes.

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