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Tratamiento tributario del seguro de cesantía y las indemnizacones por término de la relación laboralBelan Budnik, Paola January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Uno de los aspectos más interesantes del derecho laboral y que despierta mucho interés general, es el término de la relación laboral. Muchas consecuencias derivan de la producción de este hecho jurídico, especialmente en cuanto a los beneficios que el trabajador tiene derecho a percibir, cómo los percibe, y si éstos beneficios son tales o en realidad constituyen una carga para el trabajador.
Es por esta circunstancia que el objetivo general de la siguiente memoria se basa en dos instituciones fundamentales en el término de la relación laboral. Me refiero a las Indemnizaciones por término de funciones y el Seguro de Cesantía.
La primera de estas instituciones es conocida en nuestro derecho desde hace ya bastantes años, sin perjuicio de que muchos de sus ámbitos no han sido tratados de manera orgánica. Por otra parte, el Seguro de Cesantía, el cual fue establecido por la Ley 19.728 de 2001, es una institución que por su “juventud” en nuestro ordenamiento no ha podido ser tratada de manera integral. Se tratarán estas instituciones en sus aspectos generales, dando explicaciones de cada una de ellas, sus características, requisitos y funcionamiento.
El objetivo específico de esta memoria, el cual es el tema central de la misma, es tratar de manera integral las normas que regulan los aspectos tributarios de ambas instituciones, relacionándolos con el empleador y trabajador, para así tener una visión tributaria integral de las normas laborales que las regulan.
Este tratamiento tendrá como objetivo central el poder determinar si tanto las Indemnizaciones por término de funciones como el Seguro de Cesantía se complementan, excluyen o son independientes y si los beneficios provenientes de ambas instituciones del derecho laboral son tales o se hacen ilusorios al aplicar las normativa tributaria que trata la materia.
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Las causales de terminación del contrato de trabajo a la luz de la jurisprudenciaAravena Cano, Silvana January 2001 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo ha tenido por objetivo, ser una recopilación de la jurisprudencia más novedosa referida a las causales de terminación del contrato de trabajo, emanada de nuestros tribunales superiores de justicia. Se aborda además, por la íntima relación que mantienen con la terminación del contrato de trabajo, temas como las indemnizaciones a que el despido pueda dar lugar y las características, efectos y requisitos del aviso de terminación del contrato, dedicando un capítulo especial al tratamiento de la ley 19.631, ley Bustos.
El método utilizado en esta memoria, ha sido el objetivo que ya se ha indicado, presentando al lector los fallos escogidos encabezados con la doctrina correspondiente y enriquecido en algunos casos con jurisprudencia administrativa, para finalmente efectuar una conclusión general abordando cada uno de los temas tratados en el cuerpo central
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Terminación de la relación laboral a la luz de la ley no. 19.759Gottlieb Sabah, Sharon January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El uso insistente por parte del legislador de la expresión "Contrato de trabajo", mueve apensar en la Teoría General de los Contratos, que en Chile está contenida, desde el punto de vista positivo, principalmente en el libro IV del Código Civil.
El artículo 1545 dispone que "Todo contrato legalmente celebrado es Ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causa legal".
Los autores del derecho chileno uniformemente ven en esta norma fundamental el planteamiento general de lo que llaman "Disolución del contrato". De esta manera, al tenor de l norma citada, este fenómeno operará por mutuo disenso o por causas legales. Pero los vivilistas chilenos no se preocupan de fijar el alcance de esta disolución, de manera que existe incertidumbre para saber si determinada "causa legal" opera o no para disolver determinado contrato cuando la ley calla.
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Régimen jurídico del finiquito y su eficacia condicional en la renuncia de acciones derivadas de accidentes del trabajo y enfermedades profesionalesSaldivia Martínez, Carolina January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Al término de la relación laboral las partes dejan de estar obligadas al
cumplimiento o ejecución de las prestaciones mutuas derivadas del instrumento
contractual que los vincula, sin que ello les permita liberarse o eximirse de
obligaciones respecto de las cuales la ley no contempla dicha posibilidad, como
tampoco puede extenderse a aspectos que no son conocidos por alguna de
ellas1.
Para efectos de determinar la vigencia temporal o “ultraactiva” de las
obligaciones laborales, es necesario distinguir entre aquellas que nacen del
contrato y aquellas que son impuestas por la ley. En el primer caso, las
obligaciones convencionales cumplidas no se renuevan (recuérdese el carácter
de tracto sucesivo del contrato de trabajo), mientras la ejecución de las
prestaciones pendientes, en algunos casos, sobrevive al otorgamiento del
finiquito (remuneraciones insolutas, por ejemplo), constituyéndose éste como
título ejecutivo para su cobro. Ahora bien, en lo que respecta a las obligaciones
impuestas por ley y que forman parte integrante del contrato de trabajo, no es
posible admitir su extinción −ipso iure− al término del vínculo contractual, ergo,
de la relación laboral.
1 HUMERES NOGUER, HÉCTOR, “Corte Suprema. 25 de octubre de 2006. Reyes Sepúlveda,
Alejandro con Corporación Comunal de Desarrollo de Quinta Normal (Casación en el fondo)”,
Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales, Nº 2 (2006), p. 911.
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La intervención legislativa del Estado, en sede laboral, tiene una
fundamentación tutelar y garantista, por lo que al finalizar la relación de trabajo,
las obligaciones impuestas pueden situarse en dos hipótesis disyuntivas:
a) Que constituyan requisitos sine qua non para el término de la
relación laboral (pago de las cotizaciones previsionales, cuyo incumplimiento
acarrea la nulidad del despido y del finiquito2).
b) Que proyecten su vigencia con prescindencia de la voluntad de la
o las partes al desvincularse.
En este orden de cosas, la jurisprudencia ha sido vacilante y
contradictoria en torno a la posibilidad de renunciar a las acciones emanadas de
los accidentes y enfermedades del trabajo y a la validez de dicha renuncia
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Análisis legal, doctrinal y jurisprudencial de la nulidad del despido por falta de pago de cotizaciones previsionalesRauld Termini, Mario Andrés, Salazar Cádiz, Andrés Eduardo January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta memoria, que se introduce y se anuncia, previo análisis general del gran tema en que está imbuida la nulidad del despido, esto es la terminación del contrato de trabajo, pretende indagar en las teorías que se han expuesto tanto por la doctrina como por la jurisprudencia de nuestros tribunales de justicia en torno a la nulidad del despido enfocándolo estrictamente a la sanción jurídica establecida en Art. 162 del Código del Trabajo para la falta de pago de cotizaciones previsionales, omitiendo cualquier otra causal de nulidad laboral, que no son objeto de este estudio; Y a su vez ser una aporte para dilucidar cual es la postura correcta que ayude a concretar el principio de la equidad natural y de seguridad jurídica, en cada uno casos que se presenten en la practica.
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Consideraciones sobre la compensación del daño moral al término del contrato de trabajoAlburquenque Alarcón, Jorge January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La compensación del daño moral remite a elementos fundamentales que configuran cualquier sistema de responsabilidad, después de superar la discusión sobre su eventual procedencia, nuestra jurisprudencia laboral ha iniciado una decidida inclusión de la compensación de este daño con ocasión del término de la relación laboral por despido abusivo. Este proceso, que se encuentra hoy en día en pleno desarrollo, no ha estado exento de dificultades, ya que aún no es claro el perfil normativo mediante el cual está operando la resarcibilidad/compensación de los perjuicios morales. Bajo argumentos muy difusos nuestros tribunales lo incluyen por ahora como un daño de carácter extracontractual, el que por definición es exorbitante al contrato de trabajo. Este criterio de procedencia ha distorsionado todos los elementos que componen la fisonomía de la responsabilidad y ha terminado por configurar a la compensación del daño moral en una especie de sanción penal. Esta investigación, de modo crítico, propone la sede contractual del daño moral al término de la relación laboral, como aquella forma específica que permite enriquecer el contenido del contrato de trabajo y de paso corregir las distorsiones en las que ha incurrido la jurisprudencia nacional.
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Balance of the Labor Policy of the Current Government / Balance de la Política Laboral del Gobierno ActualGamarra Vílchez, Leopoldo 10 April 2018 (has links)
This paper analyzes the employment policy of the current Peruvian government. We begin with some considerations on the economic and social context of the period 2011-2015 and specifically on the concept of precariousness in employment. Then we analyze the most important changes in labor and social security matters; finally, we will discuss some proposals for concrete measures regarding the search for solution of the problems addressed. / El presente trabajo se propone analizar la política laboral del actual Gobierno peruano. Empezaremos con algunas consideraciones sobre el contexto económico y social del período 2011-2015 y específicamente sobre el concepto de la precariedad en el empleo. Luego, analizaremos los cambios más importantes en materia laboral y previsional; finalmente, expondremos algunas propuestas como medidas concretas respecto a la búsqueda de solución de los problemas tratados.
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El regimen de indemnizaciones en el derecho chileno y su calificación a la luz de la teoría economía.Foncea Gutiérrez, Francisco, Nazar Díaz, Bernardita January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Tradicionalmente el Derecho Laboral se define como una ciencia jurídica que nace y se fundamenta en la protección a los trabajadores de los abusos que pueda cometer el empleador, suponiendo como base de la relación laboral una posición de desigualdad, lo que explica la necesidad de normas irrenunciables y de Derecho Público que no pueden ser alteradas por la voluntad de las partes. Por otro lado, la ciencia económica ve en esta posición tradicional una intromisión de la legislación en el mercado que trae como consecuencia mayores obstáculos para la libre competencia, para ellos, hoy no existe una desigualdad dentro de la relación laboral, por lo que es el mercado el que debe dar la solución más eficiente a los conflictos de esta área, otorgando al Derecho una función supletoria para los casos en que existan vicios, en los que sólo debe imitar al mercado perfecto para llegar a la eficiencia.
Buscamos proporcionar al lector una vía alternativa que permita un acercamiento entre ambas áreas, aplicando un modelo económico al Derecho Laboral, sin alterar los principios, contenidos y fines esenciales de esta rama
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Aspectos Laborales relacionados con el cheque con especial mención a la terminación del contrato de trabajadores bancarios, motivado en protestos de cheques personalesIturra Tapia, María Rosa January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / En este trabajo monográfico se mostrará cómo nuestros tribunales específicamente la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones han fallado conflictos referentes a demandas por despidos injustificados cuando la causal es motivada por contingencias relativas a la cuenta corriente personal de un trabajador bancario, en particular tratándose de protestos de cheque.
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Informe sobre la casación laboral N.° 24648-2019 Lima Este sobre desnaturalización de contrato sujeto a modalidad por incremento de actividad, reposición por despido incausado y pago de indemnización por lucro cesante y daño moralGüivin Rubio, Katherin Marisol 11 October 2024 (has links)
En el informe se analiza la desnaturalización de un contrato de trabajo temporal bajo la modalidad
de incremento de actividad a fin de determinar que la causa objetiva es una fórmula genérica, es
decir, no especifica de forma clara en qué se basaría el incremento temporal e incierto de las
actividades del empleador que justifican una contratación temporal válida. También se analizará
la aplicación de un despido incausado en tanto que, frente a una desnaturalización de un contrato
modal, y, por lo tanto, el reconocimiento de una relación laboral a plazo indeterminado, solo se
podría terminar la relación laboral por causa justa relacionada con la capacidad o conducta del
trabajador. Al respecto, analizaremos la motivación del juzgador para poder determinar si su fallo
y fundamentos resultan conforme a ley y jurisprudencia en materia de contratación temporal.
Además, como consecuencia de la desnaturalización de los contratos del demandante y, por lo
tanto, la afectación de su derecho constitucional al trabajo, revisaremos los parámetros
analizados por los jueces de turno para el otorgamiento de una indemnización por lucro cesante
y daño moral en un supuesto donde el trabajador aparentemente no ha acreditado el daño que
se le ha causado durante el proceso. / This report analyzes the misclassification of a temporary work contract under the activity increase
modality to determine that the objective cause is a generic formula, meaning it does not clearly
specify what would justify the temporary and uncertain increase in the employer’s activities that
would warrant a temporary contract. We will also analyze the application of an unjustified
dismissal, as, in the case of a misclassification temporary contract, and therefore the recognition
of an indefinite-term employment relationship, the employment relationship could only be
terminated for a legal cause related to the worker’s capacity or behavior. In this regard, we will
analyze the judge’s motivation to determine if their ruling and reasoning are in accordance with
the law and jurisprudence regarding temporary contracts.
Additionally, as a consequence of the misclassification of the contracts and, therefore, the impact
on their constitutional right to work, we will review the parameters analyzed by the judges for
granting compensation for lost earnings and moral damages in a case where the worker has
apparently not proven the damage caused to him.
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