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Autoría y responsabilidad de los integrantes del comité de selección por su actuacion

Verástegui Valderrama, Sergio Ricardo January 2018 (has links)
El presente trabajo busca determinar la naturaleza de la responsabilidad conjunta de los integrantes del comité de selección teniendo como parámetro el principio de causalidad. Se parte de la hipótesis que, contrariamente a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, no se trata de un caso de responsabilidad solidaria. Este tema adquiere particular relevancia si se considera que este género de responsabilidad implica la aplicación indiscriminada de la misma sanción, sin indagar el nivel real de participación y las circunstancias particulares de cada uno de los integrantes del comité de selección, los cuales constituyen criterios de razonabilidad exigidos por la Ley del Procedimiento Administrativo General. Para tal propósito se acoge como marco teórico los modelos de responsabilidad conjunta en Derecho Administrativo en su relación con aquellos elaborados por el Derecho Penal, según los planteamientos de Manuel Gómez Tomillo e Íñigo Sanz Rubiales y Claus Roxin. Partiendo de este supuesto, se concluye que la responsabilidad de los integrantes del comité de selección es un caso de coautoría que proviene del concierto de manifestaciones de voluntad de sus integrantes, que implican el quebrantamiento de las obligaciones que, en tal calidad, les corresponden.
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El procedimiento sancionador en la contratación estatal y su repliegue ante un proceso arbitral o judicial

Reyes Egoavil, Aura Luz 03 May 2017 (has links)
La presente investigación es importante porque permitirá determinar si en los casos de suspensión, los procedimientos sancionadores cumplen su finalidad o si por lo contrario con la suspensión se desvirtúa la razón de ser de dicho procedimiento, así como, podrá plantearse una alternativa para que la suspensión se restrinja a los casos y tiempos estrictamente necesarios. El primer capítulo tiene como objeto establecer la finalidad del procedimiento administrativo sancionador en las contrataciones con el Estado y el interés jurídico protegido a través de dicho procedimiento; así como, situar la protección del interés protegido dentro de su origen que es el contrato. Para ello las preguntas relevantes que se tratarán de resolver en este trabajo y que nos permitirán arribar a nuestras conclusiones finales serán, entre otras: a) ¿Cuál es la finalidad y justificación del procedimiento sancionador en sede administrativa dentro de la normativa de contrataciones del Estado?, b) ¿Cuál es interés jurídico que el Estado pretende proteger a través del procedimiento administrativo sancionador a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado? y c) ¿Existe otro mecanismo ante el incumplimiento contractual además del procedimiento sancionador que pueda evitar el incumplimiento o preservar la ejecución del contrato? Al finalizar el primer capítulo estaremos en condiciones de afirmar que la finalidad del procedimiento sancionador se ve afectada por la suspensión del procedimiento y que el interés protegido sólo logra satisfacerse con la ejecución debida del contrato y no con la sanción impuesta.
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Los dispute boards: ¿el salvador de las controversias en los contratos de obra?

Pozo Horna, Andrea Elizabeth January 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar el nuevo mecanismo de solución de controversias conocido como Dispute Board o Junta de Resolución de Disputas (en adelante, JRD) que ha sido recogido en la actual Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. Se parte de la hipótesis que la JRD nació como un mecanismo de solución de controversias que busca cubrir las desventajas del arbitraje, dado que los que intervienen en la JRD son especialistas que conocen la controversia desde antes de su surgimiento formal, por lo que tienen mayor alcance del problema. Este tema resulta sumamente relevante de investigar en tanto se trata de un nuevo mecanismo en el cual las controversias son resueltas durante la ejecución de la obra, significando así aparentemente una prontitud en la decisión. En esta investigación, se parte del análisis del sector de la construcción y del contrato de obra pública para posteriormente analizar la experiencia de la JRD en el ámbito internacional y de cómo este mecanismo ha sido recogido en el ámbito nacional. Se concluye que pese a todos los beneficios propios de la JRD, éste resulta ser solo un mecanismo pre-arbitral, toda vez que la decisión de la Junta no tiene carácter de cosa juzgada como sí lo tiene el laudo arbitral, por lo que como está diseñada la JRD, se obtendrá una decisión susceptible de ser examinada y revisada en un arbitraje, lo que podría significar un efecto contrario al que se busca con la aplicación de la JRD.
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Compras electrónicas : el convenio marco de útiles de escritorio como herramienta para el funcionario público en el periodo 2012-2012

Medina Villafuerte, Gustavo Alonso, Mezarina Muriel, Jimena 24 September 2013 (has links)
La importancia de la existencia del Estado es que sus acciones generan valor para la sociedad. Sin embargo, la necesidad de estandarizarlas al interior de las organizaciones públicas, a fin de aplicar medidas de control sobre el uso de los recursos públicos y permitir el escrutinio de la población. Uno de estos procedimientos estandarizados es el de abastecimiento el cual representa el conjunto de insumos (bienes y servicios), normas y personas que requieren las entidades para desempeñar sus funciones y así generar valor público1. Las compras públicas representan el mecanismo que emplea el Estado para obtener bienes y servicios, en la cantidad y calidad necesarias y en el momento en el que se les requiere, con la finalidad de asegurar los insumos para que los funcionarios realicen sus actividades. Es así que las áreas de contratación al interior de las entidades requieren procesos de compra eficientes pues emplean los recursos económicos de la población. Con el desarrollo de las TIC‟s, la función de compras en las organizaciones cambió. En el sector público este cambio generó la implementación de modalidades de compra electrónicas que ayudaron a la reducción costos tanto para las entidades y para los proveedores. En el caso peruano se incluyeron las modalidades de Subasta Inversa Electrónica y Convenio Marco. Esta última es cuestión de la presente investigación. El Convenio Marco es una plataforma virtual en la cual es posible vincular la oferta y demanda de bienes de baja complejidad, gran demanda y poco precio. Entre los beneficios del Convenio Marco para los funcionarios públicos se encuentran: menores costos administrativos, ahorro en tiempo del proceso, el fomento de la competencia, discrecionalidad al comprador público para que elija al proveedor del bien que requiere sopesando sus necesidades de calidad, precio y oportunidad en la compra. Además, busca trasladar el costo de almacenaje al proveedor, ya que se puede comprar varias veces sin incurrir en fraccionamiento. Para el 2011 el gobierno central peruano gastó cerca de 250 millones de nuevos soles en útiles de escritorio, lo cual representa el 1.05% del total de compras públicas. Luego le siguen las Entidades del FONAFE con 16.71% y finalmente la Instancia Descentralizada con 11.57%, según los datos del OSCE2. En el año 2007, la primera experiencia del Perú aplicando el Convenio se adjudicaron cerca de 19,730 miles de soles mientras que el 2012 se adjudicaron casi 110,670 miles de nuevos soles3, lo cual muestra la tendencia creciente en la aplicación de la modalidad al interior de las entidades. Se aplica la investigación explicativa a través de las entrevistas realizadas a los actores clave en la cadena de compras de útiles de escritorio. Su importancia radica en el conocimiento estratégico y operativo que poseen acerca de este proceso en las entidades seleccionadas para la investigación (Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Fuerza Aérea del Perú y ESSALUD). Por otro lado, la investigación cuantitativa se basa en el análisis de datos secundarios de mayor confiabilidad a nivel sistémico considerando todas las entidades públicas y en el análisis de la duración de proceso de compra al interior de las entidades seleccionadas. Asimismo, la investigación cualitativa considera solo a las seis entidades pues representan el 19% de compras de útiles de escritorio en el Convenio Marco para el período febrero de 2011 a febrero de 20124. La investigación cuantitativa y cualitativa muestra que hay mayor eficiencia en tiempo y costos administrativos, así como eficacia y satisfacción respecto al cumplimiento de los requerimientos de calidad, cantidad y descripción del producto. A partir de esto se apoya la disposición a seguir usando la modalidad. Sin embargo, se mantiene la insatisfacción en la distribución de los materiales, mas no en el tiempo de compra.
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El ejercicio del derecho de defensa del contratista de manera previa a la declaración de nulidad de oficio de los contratos públicos celebrados y regidos por la ley de contrataciones del estado y su reglamento, y sus efectos, en aplicación de las normas comunes del texto único ordenado de la ley de procedimiento administrativo general

Vera Díaz, Adela Yvonne January 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar el ejercicio del derecho de defensa del administrado cuando la Administración, por causas concretas, pretende declarar la nulidad de oficio de un acto, concretamente, de un Contrato Público. Este tema resulta sumamente relevante, debido a que permite asegurar el interés y la seguridad jurídica del contratista, dado que, cuando la Administración le corra traslado del oficio o documento donde se manifieste la intención de declarar la nulidad del acto, este podrá realizar su descargo en el plazo de cinco (5) días, para que, posterior a ello, corresponda el pronunciamiento determinado, debidamente motivado por parte de la Entidad respectiva. En este análisis se trabaja desde el ámbito de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, específicamente en cuanto a los dispuesto en su artículo 211°, y aterrizando a las Contrataciones del Estado y a su normativa especial, así como, además, a lo señalado en nuestra Constitución Política, y legislación comparada. Se concluye que el contratista puede ejercer su derecho de defensa –derecho protegido constitucionalmente-, antes de la declaración que realiza la Entidad respecto a la nulidad de oficio de un contrato público suscrito, en virtud a que dicha nulidad recae sobre la resolución mediante la cual se le adjudica la buena pro, y no a una relación contractual propiamente dicha. Por ello, es posible precisar que el contratista, antes de que la decisión de declarar la nulidad sea firme, puede presentar sus argumentos de defensa a fin de hacer preservar su derecho legítimamente obtenido, asegurar su derecho constitucional a un debido procedimiento, derecho de defensa, y debida motivación de manera antelada.
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La reestructuración del procedimiento administrativo sancionador en el marco de la normativa de las Contrataciones del Estado: Sobre el reconocimiento de las fases de instrucción y sanción

Chinchay Yancunta, Juan José 23 March 2022 (has links)
En el presente trabajo se delimita la fundamentación del procedimiento administrativo sancionador a partir de la doctrina, la regulación general nacional y la regulación especial, específicamente de la normativa de las Contrataciones del Estado. A partir de ello, se hace un recuento histórico de la regulación y -sobre todo- la estructuración del procedimiento administrativo sancionador en este régimen de las Contrataciones Públicas, desde el año 1998 hasta la actualidad, observándose que durante un breve período menor a los dos (2) años (desde abril del 2017 hasta enero de 2019) se garantizó un procedimiento bajo las fases diferenciadoras de instrucción y sanción. Sobre la base de lo anterior, el autor llega a la conclusión de que el procedimiento sancionador actualmente regulado en el Reglamento de las Contrataciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo N°344-2018-EF, debe reestructurarse y retomarse a la separación de las fases de instrucción y sanción, a la luz del respeto del debido procedimiento y las garantías mínimas del que gozan los administrados frente al poder punitivo que detenta la Administración Pública, en este régimen: el Tribunal de las Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE.
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La calidad de cosa juzgada en los laudos arbitrales y su importancia en la resolución de controversias en el Régimen de Contrataciones del Estado

Echandía Moreno, Tania Miluska 30 March 2022 (has links)
El presente artículo analiza la Ley de Arbitraje peruana aplicada en las Contrataciones Públicas, de la mano con diversas posturas de la doctrina nacional y comparada; así mismo, se refuerza con jurisprudencia nacional. Por tanto, tiene por finalidad estudiar uno de los aspectos más importantes en temas arbitrales, el cual es la cosa juzgada. En ese sentido, desarrollaré la implicancia que tienen los laudos arbitrales en las Contrataciones con el Estado, debido a que, siendo el Estado una de las partes, las controversias que puedan surgir dentro del periodo de ejecución contractual tendrá que ser resuelto por un tercero imparcial, independiente de ellas. Por tanto, el problema que logro identificar es que, si bien se otorga cierta facultad jurisdiccional a los miembros del tribunal arbitral para emitir pronunciamiento y que estos sean plasmados a través de un laudo arbitral, el cual tiene la particularidad de constituir cosa juzgada y siendo así, se genere la prohibición que dicha decisión se vulnere en sede judicial o arbitral por algún aspecto del fondo de la controversia resuelta; sin embargo, aún queda pendiente la necesidad de ser correctamente fundamentada con la finalidad de ser ejecutables, sobre todo en temas de Contrataciones Públicas. donde lo que se quiere garantizar es el interés general. En conclusión, se logra establecer que, el arbitraje en contrataciones con el Estado, parecería ser, un tema distinto entre privados, cuando es el Estado una de las partes. / In this article analyzes the Peruvian Arbitration Law applied to Public Procurement, together with positions of the national and comparative doctrine, likewise, it is reinforced with national jurisprudence. Therefore, its purpose is to study one of the most important aspect in arbitration matters, which is the res judicata. In this context, I will develop the implication that arbitral awards have in State Contracting, due to the fact that, being the State one of the parties, the controversies that may arise within the contractual execution period will have to be resolved by an impartial third part, independent of them. Consequently, the problem that I am able to identify is that, although certain jurisdictional power is granted to the members of the arbitral tribunal to issue statements and that these are expressed in an arbitral decision, which has the particularity of constituting res judicata and being so, it generates the prohibition that such decision is violated in judicial or arbitration forum due to any aspect of the merits of the dispute resolved. However, it is still pending the need to be properly grounded in order to be enforceable, especially in matters of State Contracting where the general interest is to be guaranteed. In conclusion, it is possible to establish that, arbitration in State Contracting, would seem to be, a different issue between private parties, when the State is one of the parties.
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La función de la transparencia frente a prácticas colusorias en las compras públicas : la restricción de la información como fomento de la libre competencia

Chávez Sueldo, Olga Evelyn 23 May 2016 (has links)
La presente investigación aborda un tema que no ha sido analizado en el Derecho Administrativo ni en el Derecho de la Competencia: la restricción de la información de un proceso de selección como garantía de una mayor competencia. Es un tema relevante porque su estudio permitirá identificar la incidencia que puede tener la revelación de determinada información en el fomento de la competencia y en la consolidación de las prácticas colusorias en el mercado de compras estatales. Se propone investigar si la transparencia que se establece de la información del proceso de licitación afecta la libre competencia de los postores fomentando prácticas colusorias entre éstos y perjudicando, en consecuencia, la óptima obtención de bienes, servicios u obras para el Estado en desmedro del interés público al contratarse en forma desventajosa. Partimos de la premisa que si bien la transparencia puede generar efectos positivos para evitar la corrupción y generar confiabilidad al permitir a la ciudadanía efectuar un control constante de los gastos públicos y de otro lado, los competidores-postores de una compra pública podrán efectuar los cuestionamientos que consideren necesarios a las demás propuestas, se determinará que el exceso de información y, por lo tanto, de transparencia de un proceso de selección, puede fomentar la existencia y permanencia de prácticas colusorias entre postores-competidores, toda vez que conocerdeterminada información favorecerá los acuerdos colusorios y su monitoreo por parte de los competidores coludidos, de modo que aquél que incumpla el acuerdo colusorio será el blanco de represalias de estos. Al permitirse el acceso a información sensible, como es la identidad de los postores o las condiciones comerciales ofrecidas, se restringirá la competencia y, en consecuencia, se obtendrán contrataciones a mayor costo o de menor calidad, lo que en definitiva se traducirá en la frustración de los fines públicos del Estado, esto es el interés público. Se trata de un tema que si bien ha sido mencionado en algunos estudios internacionales aún no ha tenido una atención a nivel nacional.
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Controversias en la fase de Ejecución y Liquidación de obras públicas: Análisis del Laudo Arbitral, en virtud de la demanda arbitral interpuesta por Consorcio JOHESA-UPACA contra PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL (“PROVÍAS NACIONAL”) por la Obra “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Izcuchaca- Huancavelica, Tramo I Izcuchaca-Palca”

Vásquez Alvarado, Giannina Corali 15 August 2022 (has links)
Mediante el presente trabajo se analizan los fundamentos del presente Laudo Arbitral (Segundo Arbitraje) que evalúa la eficacia de la Resolución administrativa que aprueba una liquidación final de un contrato de obra, en torno a criterios de “irregularidad” y “extemporaneidad”. Dicha evaluación se da en observancia a la normativa aplicable sobre ejecución contractual en la Ley de Contrataciones y su Reglamento vigente al momento de suscitada la controversia, y en atención a normativa supletoria aplicable, en lo que resulte compatible. En ese sentido, se evalúa los componentes integrantes de la liquidación final del contrato de obra y la observancia a los plazos establecidos en la normativa aplicable, esto en relación al Primer Arbitraje, que resuelve la primera controversia sobre la Ampliación de Plazo N°9, que antecede al presente arbitraje materia de análisis. Adicionalmente, se evalúa las atribuciones y límites del Tribunal Arbitral y la delimitación en sus pronunciamientos sobre las pretensiones planteadas por el Consorcio en este Segundo Arbitraje. Sin perjuicio de lo anterior, se amerita evaluar el fondo que motivó el presente Segundo Arbitraje; es decir, el sustento de la Liquidación administrativa en base al hallazgo de Contraloría sobre la Ampliación de Plazo N°3. / The present dispute develops in order to determinate the tecnichal conceptos includes in the cost of a public work, that are involves in two arbitrations. Also, will be evaluate the rules to aply acording to the nature of the dispute. Finallly, it also will be analize the limits about the pronouncement in the arbitration, acording it nature and other legal provisions and principles involved.
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La procedencia del pago por la segunda entrega del producto papilla a la empresa CONSORCIO DE ALIMENTOS S.A.C. en el marco de la ejecución del Contrato N° 10-2012-MIDIS-PRONAA

Paucar Carbajo, Diana Alexandra 15 August 2022 (has links)
En el presente informe, se analizará la procedencia del pago por la segunda entrega del producto papilla en el marco de la ejecución del Contrato N° 10-2012-MIDIS-PRONAA y su Primera Adenda, objeto de controversia en el proceso arbitral seguido entre la empresa Consorcio de Alimentos S.A.C. y el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria. En esta oportunidad, se verificará si se cumplió con el procedimiento adecuado de recepción y conformidad y si las penalidades por mora y otras penalidades fueron aplicadas correctamente de acuerdo al mencionado contrato y la normativa de Contrataciones del Estado aplicable. Como conclusión, se determinó que el pago por la segunda entrega del mencionado producto no resulta procedente, pues no se cumple con los requisitos establecidos en el mencionado contrato y la normativa aplicable. / In this report, the feasibility of the payment for the second delivery of the baby food will be analyzed during the execution of Contract N° 10-2012-MIDIS-PRONAA and its First Addendum, object of arbitration controversy in the arbitration process followed between the company Consorcio de Alimentos S.A.C. and the Programa Nacional de Asistencia Alimentaria. On this occasion, it will be verified whether the appropriate reception and conformity procedure was followed and whether the penalties for late payment and other penalties were applied correctly in accordance with the aforementioned contract and the applicable rules. In conclusion, it was determined that the payment for the second delivery of the baby food is not appropriate, because the requirements established in the aforementioned contract and the applicable rules were not accomplished.

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