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La doctrina del control de convencionalidad desde el derecho internacional público y el derecho constitucionalTello Mendoza, Juan Alonso 13 February 2019 (has links)
La doctrina del control de convencionalidad supone, entre otras, una contestación de
la Corte IDH a la pregunta sobre el valor jurídico de su jurisprudencia. En síntesis,
afirma que la exégesis sobre la CADH y otros tratados interamericanos, contenida en
sus sentencias y opiniones consultivas, tiene un carácter vinculante y un efecto erga
omnes en aquellos Estados que han reconocido su competencia (contenciosa o
consultiva). Por ello, dirá la Corte IDH, que toda autoridad nacional, sin excepción,
debe cotejar su ordenamiento y prácticas domésticas a la luz de los pronunciamientos
interamericanos y, de haber contradicción, decantarse por estos segundos. Desde
entonces, se ha producido una divergente respuesta tanto al interior de las altas cortes
nacionales como de la doctrina académica. La presente investigación, no solo pretende
narrar la historia de esta figura, para luego categorizar su concepto (capítulo II), sino
también presentar el vigente debate judicial y académico que ha generado (capítulo III).
Asimismo, intenta poner en discusión, desde el Derecho Internacional Público y el
Derecho Constitucional, aquel extremo que señala a la jurisprudencia interamericana
como parámetro obligatorio y de efectos “frente a todos” (capítulo IV). Finalmente,
busca comprender cómo la reconfiguración del concepto de “soberanía” estatal y la
irrupción del derecho internacional de los derechos humanos, terminada la II Guerra
Mundial, ha hecho posible que arribemos a reflexiones y controversias de este tipo
(capítulo I). La conclusión principal a la que llegamos es que, sin poner en duda la
importancia del rol interpretativo que desenvuelve la Corte IDH, la fundamentación
con la que se pretende respaldar a la doctrina del control de convencionalidad es
endeble e insuficiente. Es más, no solo existen inconsistencias teóricas al interior de la
propuesta, sino también inminentes riesgos para el desenvolvimiento de un régimen
democrático en un Estado Constitucional de Derecho.
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Informe Jurídico sobre resolución de Consulta correspondiente al Expediente N°10978 – 2020 LAMBAYEQUERivera de La Cruz, Pablo Alberto 01 August 2022 (has links)
El presente trabajo pretende determinar si estamos de acuerdo con el decisorio de la Corte
Suprema al aprobar la consulta respecto a la resolución correspondiente al Expediente N°10978
– 2020. Para lo cual, analizaremos el criterio adoptado por el órgano jurisdiccional de segunda
instancia, luego estableceremos los criterios de aplicación de control difuso, y finalmente,
analizaremos el criterio interpretativo y argumentativo de la Corte Suprema respecto a la
aplicación del control difuso acorde a los criterios establecidos en el Primer Pleno Jurisdiccional
en materias Constitucionales y Contenciosas Administrativo. / The purpose of this paper is to determine whether we agree with the decision of the Supreme
Court in approving the consultation regarding the resolution corresponding to Case No. 10978 -
2020. For which, we will analyze the criteria adopted by the second instance jurisdictional body,
then we will establish the criteria for the application of diffuse control, and finally, we will analyze
the interpretative and argumentative criteria of the Supreme Court regarding the application of
diffuse control according to the criteria established in the First Jurisdictional Plenary in
Constitutional and Contentious-Administrative matters.
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El control constitucional del objeto del referéndum: Una propuesta de nuevos parámetros para una mayor eficacia del derecho de participación ciudadanaNeyra Zegarra, Ana Cristina 31 March 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar el referéndum en el Perú, en el
marco del contexto internacional y del Derecho Comparado, centrándose en el
control de constitucionalidad que se puede hacer respecto de los temas en consulta
(objeto) para dar solución a dos problemas identificados: la oportunidad del control
y el organismo competente.
En relación con el momento en que se hace este control, se hace posteriormente a
que la iniciativa cuente con un importante número de respaldos expresados a través
de la recolección de firmas, y podría ser negativo, con lo que generaría un
desincentivo a asumir la promoción de este tipo de iniciativas.
De otro lado, respecto del organismo encargado de este control constitucional, se ha
constatado que potencialmente hay un control originario y luego uno sucesivo, que
puede recaer en el Jurado Nacional de Elecciones y los jueces constitucionales (en
dos instancias) y finalmente en el Tribunal Constitucional.
En ese sentido, el presente trabajo plantea que el control constitucional se haga
mientras se realiza la recolección de firmas (una vez que se logre una cantidad
similar a la requerida para presentar una demanda de inconstitucionalidad -5000
firmas) y que esté a cargo del Tribunal Constitucional, en instancia única, por la
especialidad de sus funciones, como un control preventivo, a través de un
procedimiento célere; por tanto, se incluyen propuestas de textos normativos para
reformar la Constitución y la Ley Nº 263000, Ley de los Derechos de Participación y
Control Ciudadanos, con dichos alcances.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 826-2023- SUNAFIL/TFL-Primera Sala, sobre el descanso vacacional de los trabajadores a tiempo parcialMorán Mayorca, Nicole Yinet 07 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene por finalidad realizar un análisis de los alcances
del derecho al descanso vacacional para los trabajadores a tiempo parcial a
propósito de lo resuelto en el caso de la empresa Stratton, y verificar si resultaba
suficiente la aplicación de una norma internacional con rango constitucional
(Convenio N° 52 de la OIT) para el reconocimiento de este derecho, así como
sus alcances o si era necesario ir más allá a fin de dar coherencia a la normativa
que regula los descansos remunerados (Decreto Legislativo N° 713) respecto de
las obligaciones internacionales asumidas por el Estado peruano en ambas
materias.
En este caso, de haberse utilizado un control de convencionalidad, habría sido
posible percatarse de la existencia de dos tipos de trabajadores a tiempo parcial
en el ordenamiento peruano (estando solo uno regulado por la norma legal
cuestionada) y dicha distinción era necesaria para identificar cuántos días debían
haber sido pagados al trabajador.
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SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP. N.° 03066-2019-PA/TC, recurso de amparo constitucional sobre consulta previa a las comunidades aimaras Chila Chambilla y Chila PucaráCastro Valle, Adriana Sofia 09 August 2023 (has links)
Las comunidades Chila Chambilla y Chila Pucará interpusieron un Recurso de Amparo
Constitucional (RAC) frente a las concesiones mineras otorgadas a la empresa Cemento Sur S.A,
sin haberse realizado el proceso de consulta previa. El Tribunal Constitucional (TC) lo declaró
improcedente, debido a que, en su opinión, la consulta previa no es un derecho fundamental
consagrado en la Constitución Política de 1993. Asimismo, en sus votos singulares, los
magistrados Miranda Canales y Ferrero Costa, señalaron que el derecho a la consulta previa no
comprende el otorgamiento de concesiones mineras, debido a que no representa riesgo para las
comunidades involucradas.
Frente a ello, se analizó si es que, según los estándares que la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (CoIDH) ha establecido en su jurisprudencia y lo dispuesto en diferentes instrumentos
jurídicos internacionales (Convención Americana sobre Derechos Humanos, Convenio 169 de la
OIT, entre otros), la consulta previa aplicaba para este caso. Asimismo, se examinó por qué los
magistrados del TC, en virtud del control de convencionalidad, estaban obligados a aplicar dichos
estándares en su fallo interno, y si es que el actual planteamiento de la consulta previa en Perú
cumple los estándares señalados. Como resultado se estableció que dicho planteamiento vulnera
los estándares planteados por la CoIDH en relación con la consulta previa, y obstaculiza casos
como el de las comunidades Chila Chambilla y Chila Pucara, cuya aplicación se demandó desde
la concesión de su territorio. Asimismo, se evidenció la deficiente aplicación del control de
convencionalidad en el caso. / The Chila Chambilla and Chila Pucará communities filed a writ of Amparo (constitutional protection)
against the mining concessions granted to Cemento Sur S.A, without the prior consultation process.
The Constitutional Court (TC) declared it inadmissible, stating that prior consultation is not a
fundamental right enshrined in the 1993 Political Constitution. Additionally, in their individual votes,
magistrates Miranda Canales and Ferrero Costa stated that the right to prior consultation does not
include the granting of mining concessions, as it does not pose a risk to the communities involved.
Therefore, it was analyzed whether, according to the standards established by the Inter-American
Court of Human Rights (IACHR) in its jurisprudence and the provisions of different international
legal instruments (American Convention on Human Rights, ILO Convention 169, among others),
prior consultation applied to this case. Likewise, it was examined why the TC magistrates, under
the control of conventionality, were obligated to apply these standards in their internal ruling, and
whether the current approach to prior consultation in Peru meets the standards indicated. As a
result, it was established that this approach violates the standards set by the IACHR regarding prior
consultation and obstructs cases such as those of the Chila Chambilla and Chila Pucara
communities, whose application has been demanded since the granting of their territory.
Additionally, deficient application of conventionality control was evidenced in the case.
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La importancia de la aplicación del control judicial de constitucionalidad para el reconocimiento del matrimonio igualitario en el PerúOrtiz Cornejo, Katherine Lisseth 07 March 2024 (has links)
Como bien es sabido, la población LGBTIQ+ ha sido histórica y estructuralmente
discriminada en nuestro país. Por tal motivo, la presente investigación surgió
como respuesta a las recientes sentencias emitidas por el Tribunal
Constitucional sobre el reconocimiento del matrimonio igualitario en el Perú
(casos Óscar Ugarteche, Andree Martinot y Susel Paredes) y la falta de
deliberación parlamentaria sobre dicha materia. Razón por la cual, se tiene como
objetivo respaldar la teoría de que el Tribunal Constitucional se encuentra
facultado para realizar un control fuerte de constitucionalidad —mas aún si se
encuentra frente a una población en especial situación de vulnerabilidad—, el
cual permita el reconocimiento del matrimonio igualitario en el Perú.
De ahí que, a través del presente trabajo académico, se propone realizar un
análisis de las diferentes estrategias jurídicas empleadas por las Cortes
Constitucionales del derecho comparado (Estados Unidos, Colombia y Ecuador),
respecto del reconocimiento del matrimonio igualitario. Así como, un estudio que
contraste las sentencias emitidas por el Poder Judicial —en primera instancia—
y el Tribunal Constitucional, correspondiente a la referida materia. Finalmente,
se expondrán cada uno de los argumentos por los cuales, la autora considera
que no resulta aplicabla la tesis waldroniana —contraria al control judicial o
judicial review— en el caso peruano. / As is well known, the LGBTIQ+ population has been historically and structurally
discriminated against in our country. For this reason, this investigation arose in
response to the recent rulings issued by the Constitutional Court on the
recognition of equal marriage in Peru (Óscar Ugarteche, Andree Martinot and
Susel Paredes cases) and the lack of parliamentary deliberation on said matter.
For this reason, the objective is to support the theory that the Constitutional Court
is empowered to carry out a strong control of constitutionality —even more so if
it is faced with a population in a particularly vulnerable situation— which allows
the recognition of the equal marriage in Peru.
Hence, through this academic work, it is proposed to carry out an analysis of the
different legal strategies used by the Constitutional Courts of comparative law
(United States, Colombia and Ecuador), regarding the recognition of equal
marriage. As well as, a study that contrasts the sentences issued by the Judiciary
—in the first instance— and the Constitutional Court, corresponding to the
aforementioned matter. Finally, each of the arguments will be presented for which
the author considers that the Waldronian thesis —contrary to judicial review— is
not applicable in the Peruvian case. / Trabajo académico
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La doctrina de los Interna Corporis Acta y su posibilidad de aplicación en el PerúPeñares Flores, Hugo Alejandro 08 August 2024 (has links)
La presente tesis busca mostrar que la configuración del procedimiento relativo
a la elección de los altos funcionarios por parte del Congreso de la República es
una decisión política, que es expresión de un determinado statu quo político. A
partir del análisis de la génesis, transformación y crisis de diversas doctrinas
jurídicas que permiten en mayor o menor medida el control constitucional de los
actos del Parlamento, se concluye que estas son expresión de los cambios en la
correlación de fuerzas políticas en un momento determinado. En ese contexto,
la jurisprudencia más reciente del Tribunal Constitucional peruano ha indicado,
sobre la base de la doctrina de los interna corporis acta, que sí existen zonas
exentas de control constitucional en el ordenamiento jurídico. La tesis concluye
señalando que dicha doctrina sólo podría ser aplicable en el Perú en su versión
débil o lata, debido a la supervivencia de doctrinas que postulan precisamente lo
contrario, al debilitamiento de su capacidad de rendimiento al no haber superado
las críticas desde el siglo XX, y a la peculiar realidad institucional peruana. / This thesis aims to show that the constitutional configuration of the high officials’
election procedure is a matter of political decision, which expresses a certain
political statu quo. The analysis of the origin, transformation and crisis of the
various legal theories that allow different intensities of constitutional control over
parliamentary acts suggests that all of them are the consequence of a particular
balance of power. In this context the most recent sentence of the peruvian
Constitutional Court in that regard stated, based on the interna corporis acta
doctrine, that there are some areas excluded from the constitutional control by
judiciary. However, this thesis concludes that the doctrine mentioned may only
be applied in Perú in tis soft version, due to the survival of the doctrines that state
just the opposite, due to the weakening of its performance capacity for not having
overcome the criticism, and due to the features of the peruvian institutional reality.
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Reflexiones en torno a la Naturaleza Jurídica del Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas: ¿Control de Legalidad?Cruz Robles, Giuliana Marjoriet 08 April 2019 (has links)
El accionar de las entidades de la Administración Pública - frente a los agentes económicos
y/o administrados - cumple un rol fundamental en la relación entre el Estado y la Sociedad.
Es debido a ello que, la exigencia de requisitos, limitaciones, prohibiciones y/o cobros que
condicionen, restrinjan u obstaculicen, el acceso y/o permanencia de los agentes
económicos en el mercado y/o afecten a los administrados en la tramitación de
procedimientos administrativos, debe darse en observancia al Principio de Legalidad con la
finalidad de salvaguardar el debido procedimiento administrativo.
A pesar de ello, la experiencia nos ha demostrado que - reiteradamente - la autoridad
administrativa ha establecido exigencias, requisitos, limitaciones, prohibiciones y/o cobros
incumpliendo normas y/o principios de simplificación administrativa en perjuicio de los
administrados; así como también, restringiendo u obstaculizando la presencia de los
agentes económicos en el mercado a través de exigencias ilegales y/o carentes de
razonabilidad. Este escenario ha generado que, la informalidad sea vista como una opción
válida en desmedro del desarrollo económico y social del Perú.
En este contexto, el Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas, llevado a
cabo ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la
Propiedad Intelectual - Indecopi, toma un papel protagónico en la prevención y
eliminación de barreras burocráticas, ya que ha permitido declarar la inaplicación de
aquellas barreras burocráticas declaradas ilegales y/o carentes de razonabilidad en base a
lo establecido en la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas - aprobado
mediante Decreto Legislativo N° 1256.
Una muestra de la efectividad del Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas
es el Ranking de Barreras Burocráticas elaborado por la Gerencia de Estudios
Económicos del Indecopi desde el año 2016. En efecto, solo en el año 2017, el referido
Ranking de Barreras Burocráticas1 informó que se eliminaron 3 288 barreras burocráticas
a nivel nacional, lo cual significó un ahorro ascendente a más de S/ 570 millones de soles a
la ciudadanía. Ello, es una muestra de la trascendencia del Procedimiento de Eliminación
de Barreras Burocráticas - a través de la Comisión de Eliminación de Barreras
Burocráticas y la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas.
Sin embargo, a pesar de la efectividad del Procedimiento de Eliminación de Barreras
Burocráticas, aún está pendiente el debate con relación a la Naturaleza Jurídica del mismo;
así como también, respecto a los efectos jurídicos que este produce.
Es debido a ello que, el objetivo del presente trabajo radica en dilucidar la Naturaleza
Jurídica del Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas. Para ello, como
punto de partida, se realizará el análisis de los tipos de procedimientos administrativos: (i)
procedimiento general y (ii) procedimientos especiales: trilateral y sancionador.
Posteriormente, se evaluarán las características del Procedimiento de Eliminación de
Barreras Burocráticas a la luz de la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras
Burocráticas - aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1256 - para con ello determinar
qué tipo de procedimiento es.
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