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Los deberes fundamentales de naturaleza pública en el Perú y el sistema de puntajes de vinculación republicanaPomareda Muñoz, Diego Alonso 25 June 2021 (has links)
Es momento que en el Perú dejemos de ver a los problemas y la suerte de los demás como
cosa ajena. En una república de auténticos ciudadanos la patria es el otro, la participación
política la clave del desarrollo y los deberes fundamentales la forma de concretizar una
solidaridad que se nutre del bien común, la dignidad humana y la libertad individual.
En esta investigación, el principal problema identificado, ha sido la ineficacia de las
responsabilidades públicas que se da como consecuencia de: (i) la ausencia del desarrollo
dogmático de la naturaleza de los deberes fundamentales en el marco de la Constitución;
(ii) la inexistencia de un diseño institucional que logre materializarlos (políticas públicas
y leyes); y, (iii) la falta de incentivos para que la ciudadanía perciba a los deberes como
acciones cotidianas y no como actos heroicos u obligaciones en sentido estricto.
Por tal motivo, planteo las bases doctrinarias, constitucionales, filosóficas y prácticas a
efectos de lograr un ordenamiento jurídico en términos de deberes fundamentales. De esta
manera, propongo un inédito sistema de puntajes de vinculación republicana que procura
concretizar los deberes de las personas en el ámbito público y, de este modo, puedan
comprenderse los mismos de manera sistémica, con mecanismos determinados para su
realización, con una asignación de puntajes para lograr un control y registro de
cumplimiento y, de tal modo, se puedan llevar a cabo a través de exigencias mínimas y
de incentivos.
Por ejemplo, a partir de este sistema, los deberes medioambientales podrían ser cumplidos
mediante el reciclaje, el empleo de energía renovable, el uso de transporte sostenible,
mejorando el entorno natural de otros seres vivos o conservando el medio ambiente a
través de acciones participativas concretas. Dichos deberes positivos, diseñados de
manera alternativa y a elección del ciudadano, tendrían puntajes fijos, una periodicidad
determinada, una exigibilidad mínima y sanciones en caso de incumplimiento o
recompensas si se superan los estándares básicos de republicanismo cívico.
Dicho sistema, que tiene como cimiento el estudio de la dogmática jurídica, los
antecedentes históricos, la jurisprudencia constitucional, la experiencia comparada y el
desarrollo filosófico republicano de los deberes fundamentales, busca, en definitiva,
generar mayor ciudadanía, poner en práctica la solidaridad y permitir la máxima eficacia
tanto de los derechos como de los deberes fundamentales en el constitucionalismo
contemporáneo, más aún en contextos como en el que nos encontramos.
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La edad como criterio válido, desde la perspectiva constitucional, para el otorgamiento de créditos hipotecariosAyon Aguirre, Gustavo Adolfo 13 July 2021 (has links)
De modo general, las entidades del sistema financiero tienen la obligación de evaluar las
operaciones que conforman su cartera crediticia, tomando en cuenta varios factores, entre
estos, la capacidad del pago del solicitante. No obstante, las particularidades de los créditos
hipotecarios exigen analizar si la edad es o no un criterio compatible con la Constitución para
efectos de decidir su otorgamiento, al amparo de la libertad de contratar y otras razones de
índole constitucional; o si, por el contrario, estamos frente a un supuesto de discriminación
o vulneración del derecho a la igualdad. Sobre la base de un enfoque jurisprudencial y
argumentativo, la presente investigación tiene como objeto principal demostrar que, desde
una perspectiva constitucional, resulta válido que las entidades del sistema financiero
establezcan diferenciaciones por razón de la edad en el otorgamiento de créditos hipotecarios,
ya que, los derechos en conflicto no solo se limitan a la libertad de contratar y al derecho a
la igualdad, sino que, por la propia naturaleza de la actividad financiera, los recursos que se
utilizan en este sector provienen de ahorros del público, cuya protección deriva de un
mandato expreso de la Constitución, cuyo fin último apunta a prevenir el riesgo sistémico en
el país, tomando como referencia la última crisis global de 2008 que precisamente surgió en
el campo de los créditos hipotecarios; y, además, porque en el ordenamiento jurídico de nivel
constitucional, el ejercicio de algunos derechos relacionados a la participación en la vida
política del país está condicionado a tener una edad mínima o máxima, lo que permite asociar
este concepto a la aptitud o capacidad de las personas para desenvolverse en ciertos ámbitos,
siendo este un criterio aplicable válidamente en la evaluación de créditos hipotecarios,
tomando en cuenta las particularidades de este producto financiero asociadas al factor riesgo.
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Informe jurídico sobre la Casación N° 1464-2021/APURÍMAC: El delito de entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos y el derecho a la protesta en el PerúDemartini Vega, Fabiola Elena 09 August 2024 (has links)
En el presente informe, se analiza si correspondía declarar fundado el recurso planteado
en la Casación N° 1464-2021/Apurímac, relativa a un caso donde se atribuye a los
encausados el delito de entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos por el
bloqueo pacífico y breve de una carretera, en el marco de una protesta correspondiente
al conflicto socioambiental originado en “Las Bambas”.
Para ello, se realiza un análisis desde una perspectiva procesal, penal y constitucional.
En primer lugar, se evalúa si se cumplía con los requisitos que establece el Código
Procesal Penal para la admisión de un recurso de casación. En segundo lugar, se
aborda si la conducta de los sentenciados se enmarcaba en los alcances del delito
mencionado (atendiendo a sus elementos típicos y el bien jurídico que tutela), así como
si cumplía con las exigencias del principio de lesividad.
Finalmente, se evalúa si se vulneró el derecho fundamental a la protesta de los
procesados, estableciéndose el estatus jurídico de este derecho en nuestro
ordenamiento, su contenido esencial y cómo corresponde proceder cuando, durante su
ejercicio, se afectan otros derechos fundamentales; para luego aterrizarse en un análisis
del caso concreto.
Así, se concluye que la decisión de declarar infundado el recurso fue errada e
inconstitucional porque (i) no incluyó un análisis completo de las normas procesales
pertinentes; (ii) implicó una vulneración del derecho fundamental a la protesta de los
sentenciados y (iii) es producto de una inadecuada interpretación del artículo 283° del
Código Penal, que contraviene el principio de lesividad.
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Informe jurídico sobre la Casación No. 4795-2018 : Interpretación jurídica y fuentes del derecho en el ordenamiento jurídico tributario: Análisis respecto de la Casación No. 4795-2018Cavero Soto, Sandra Massiel 02 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico versa sobre el análisis de la Casación No. 4795-2018
en la cual se plantea la controversia respecto de la infracción normativa de la
Norma III y Norma VIII del Código Tributario vinculada a la interpretación del
artículo 41 de la Ley de Impuesto a la Renta toda vez que se incluyen a las
comisiones por operaciones de financiamiento en el concepto de ‘interés’. En
ese sentido, el análisis para dilucidar aquello se basa en comprender qué se
entiende por fuentes del derecho, cómo se constituyen las fuentes del derecho
tributario, cuáles son los métodos de interpretación jurídica, sus resultados y la
aplicación de los mismos teniendo en cuenta el paradigma actual que es el
Estado Constitucional de Derecho. / This legal report deals with the analysis of Cassation No. 4795-2018 in which the
controversy arises regarding the normative infringement of Rule III and Rule VIII
of the Tax Code related to the interpretation of Article 41 of the Income Tax Law
since commissions for financing operations are included in the concept of
'interest'. In this sense, the analysis to elucidate this is based on understanding
what is understood by sources of law, how the sources of tax law are constituted,
which are the methods of legal interpretation, their results and their application
considering the current paradigm which is the Constitutional State of Law.
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La influencia liberal en el pensamiento constitucional peruano y en las constituciones del siglo XXRuiz Hidalgo, Rafael Manuel 19 January 2015 (has links)
El objetivo general de la presente investigación es el estudio de las fuentes ideológicas y modelos políticos jurídicos que han influido en la formación del pensamiento constitucional en la conservación o cambio de las constituciones peruanas principalmente del siglo XX.
La metodología empleada se ha basado en el estudio comparativo del pensamiento constitucional del siglo XX y el análisis sistemático de sus fuentes, modelo y especificaciones. El resultado más importante es que el pensamiento constitucional de predominio liberal influyó en la conservación o cambio de los textos constitucionales en relación con las corrientes doctrinarias y las tendencias relevantes al uso en el Perú del siglo XX. En los inicios y durante el siglo XX se tuvo al liberalismo, influyendo además el pensamiento modernizador e identitario, desembocando este último en la primacía por lo económico. A finales del siglo XX se gestó el neoliberalismo cuyo espíritu se vio plasmado en la Constitución de 1993.
El escenario histórico del Perú durante el siglo XX inspiró el pensamiento constitucional para proponer un modelo político, económico, de participación ciudadana, de descentralización y regionalización. El antecedente ideológico se encuentra en las corrientes liberales que llegaron al Perú del siglo XVIII. Este jugó un rol importante para la libertad de imprenta y la difusión de las ideas favorables a la emancipación. El pensamiento constitucional liberal influyó en el desarrollo de las constituciones en el Perú del Siglo XX. Las cartas políticas de 1920, 1933, 1979 y 1993 tienen diferencias en cuanto a cómo integrar, gobernar y orientar el desarrollo en el Perú, pero el liberalismo será siempre la fuente de inspiración, pero en interpretaciones más abiertas la participación, la inclusión y la distribución en una carta y no proclives a un conservadurismo tanto en lo político como en lo económico. Para las exigencias del siglo XXI configuran demandas que llevan a la búsqueda de nuevas fuentes que inevitablemente se exponen en una constitución nueva.
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El principio de interpretación conforme a la constitución como criterio hermenéutico del Tribunal ConstitucionalBlume Rocha, Aldo 16 October 2015 (has links)
No cabe duda que una de las actividades más importantes en el quehacer de
los juristas, sobre todo en el contexto de sociedades cada vez más complejas y con
múltiples problemas y necesidades, como es el caso de las sociedades
contemporáneas, radica en la interpretación jurídica. Esta actividad, consistente en
términos generales, en la operación intelectual en virtud de la cual se adscribe o se
otorga un contenido o significado a aquellas normas que regulan los distintos
ámbitos de la sociedad, es justamente la que permite concretizar tales normas en la
realidad y otorgar respuestas frente a las situaciones o problemas planteados por
las distintas circunstancias históricas, sociales y políticas. En otras palabras, es a
través de la interpretación jurídica como se pone de manifiesto la naturaleza
dinámica e instrumental del Derecho, en tanto permite que este se adapte a los
distintos desafíos que la realidad le presenta.
Dentro del contexto de la interpretación jurídica, cobra a su vez especial
relevancia la interpretación constitucional, en la medida en que en el contexto del
Estado Constitucional de Derecho se concibe a la Constitución como norma jurídica
suprema, en la que se encuentran establecidos los derechos fundamentales de los
ciudadanos y el reparto de competencias de las autoridades estatales, así como los
principios y valores que informan todo el ordenamiento jurídico. La Constitución es
entonces, tanto lex legis, es decir, la ley de leyes, la norma que ostenta la mayor
jerarquía dentro del ordenamiento jurídico, comonorma normarum, es decir, la
norma que regula las formas de producción de las distintas fuentes de Derecho
presentes dentro del ordenamiento jurídico. Por tanto, a efectos de hacer valer la
particular importancia que ostenta la Constitución, los valores y principios en ella
contenidos deben ser adecuadamente interpretados y ser tenidos en cuenta por los
operadores del Derecho. Como lo explicaremos más adelante, la interpretación
constitucional, ya sea tanto por la norma que constituye el objeto de su actividad
como por los sujetos que la realizan, presenta determinadas particularidades frente
a la interpretación jurídico clásica y se rige por determinados principios, siendo uno
de tales principios el principio de interpretación conforme a la Constitución.
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La nueva perspectiva de la acción de amparo en Bolivia. Referencias al recurso de amparo españolCordero Cervantes, Felipe Bernardo 04 February 2022 (has links)
La tesis estudia la nueva perspectiva de la acción de amparo en Bolivia mediante el control constitucional de los derechos fundamentales, tomando como referencia el modelo del recurso de amparo español y su desarrollo legislativo. La Constitución boliviana de 2009 trajo consigo un nuevo esquema de derechos constitucionales y una nueva visión de Estado que plantean nuevas cuestiones y paradigmas para la acción de amparo. La estructura de la Constitución ha supuesto un nuevo desafío para esta acción, que ahora tiene la misión de precautelar una gran diversidad de derechos tanto constitucionales como legales. Dicho desafío se enfrenta además a un procedimiento constitucional que no ha cambiado desde su implementación en la Constitución de 1967 y que precisa de una revisión para encontrar los puntos en que podrían mejorar su eficacia.
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El Sexo de la Constitución. El discurso jurídico frente a la realidad socio-sexual de las mujeres. Un análisis crítico sobre las categorías "sexo" y "género" como categorías de relevancia constitucionalTorres Díaz, María Concepción 29 June 2021 (has links)
La tesis se centra en el análisis jurídico de las categorías ‘sexo’ y ‘género’ como categorías analíticas para el estudio del discurso jurídico y sus efectos y consecuencias jurídicas en el reconocimiento de la subjetividad jurídica y política de las mujeres. La tesis significa cómo desde el prisma de las teorías jurídicas feministas, sexo y género se articulan como categorías analíticas que aplicadas al discurso jurídico permiten interpelar al Derecho y los derechos a los efectos de visibilizar la falsa neutralidad socio-sexual del sujeto jurídico-político (modelo normativo de lo humano), e identificar las estructuras del poder socio-sexual imperantes en las normas. De ahí la importancia de clarificar ambos términos y de no usarlos de forma indistinta y, mucho menos, de no prescindir (ni suprimir) de la categoría ‘sexo’ como categoría de análisis jurídico. Máxime porque desde el constitucionalismo crítico el ‘sexo’ permite acercarse al estudio y análisis del texto constitucional – exponente del pacto de convivencia socio-sexual – desde la realidad posicionada de las mujeres. Por tanto, desde la crítica a la periferia constitucional en donde las mujeres – todavía hoy –se encuentran situadas. Desde este marco teórico y conceptual la tesis recoge un completo análisis normativo, jurisprudencial y doctrinal sobre temas directamente vinculados con la realidad socio-sexual de las mujeres, a saber: violencia de género, prostitución, acoso sexual, maternidad subrogada, libertad e indemnidad sexual, etc. Se colige en la necesidad de revitalizar el pacto de convivencia socio sexual desde una visión sensible al género.
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Incidencia del Tribunal Constitucional Chileno en Políticas Públicas: Aproximación Desde los Casos de la Píldora del Día Después y de la Tabla de Factores de Riesgos de las IsapresCruz Martínez, Alexánder January 2011 (has links)
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La interpretación de los derechos económicos, sociales y culturales en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional : período 2006-2010.Arteaga González, Roberto Andrés 10 1900 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Sobre el Deber de Fundamentación de las Sentencias
El discurso jurídico es un caso especial del discurso práctico general y tiene como característica principal, el que sus premisas deben estar obligatoriamente vinculadas con el derecho vigente . En consecuencia, los jueces deben fundamentar sus sentencias de acuerdo a las reglas y principios del derecho vigente . Es la realización de este deber la que nos permite conocer las razones - al menos las expresas - que llevan a los sentenciadores a decidir un caso de determinada manera.
La actividad judicial adquiere especial relevancia cuando se refiere a la determinación de la constitucionalidad de las normas emitidas por los órganos legislativos, es decir, cuando el criterio para la determinación de la validez de una norma sea su conformidad con otra de carácter superior, en este caso, la Constitución Política de la República.
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