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La protección penal de los infantes y adolescentes frente a los delitos de pornografía infantil en el código penal peruano y aspectos sustantivos principalesTiclla Paredes, Patricia del Carmen 19 February 2015 (has links)
En este estudio queremos proponer una interpretación desde un enfoque penal
y constitucional para analizar el fenómeno de la explotación sexual infantil, en
particular la pornografía infantil, comprendiendo ante todo que los hechos se
gestan cuando los explotadores sexuales ejercen su poder y se aprovechan de la
fragilidad y la vulnerabilidad de los infantes y adolescentes para someterlos
como objetos sexuales con o sin su «consentimiento» a cambio de prestaciones
dinerarias como de beneficios no económicos para satisfacer la demanda sexual
de los adultos en el mercado del sexo. Este es el punto de encuentro entre la
demanda de los consumidores y la organización de la oferta de los explotadores
sexuales, donde «todo se compra y todo se vende», especialmente el material
pornográfico infantil.
Observamos que si bien con la demanda se tiene el material pornográfico
infantil, esta demanda de pornografía infantil también implica que se promueva
la demanda del servicio sexual de los infantes y los adolescentes en contextos
de explotación. En efecto, los individuos también podrían incurrir en otras
conductas delictivas de explotación sexual que prohíbe la Ley 28251 del 8 de
junio de 2004. Entre ellas se encuentran el favorecimiento a la prostitución
(artículo 179 Código Penal, forma agravada), la modalidad usuario-cliente
(artículo 179A del Código Penal), el rufianismo (artículo 180 del Código Penal,
segundo párrafo forma agravada), el proxenetismo (artículo 181 del Código
Penal, segundo párrafo forma agravada), el turismo sexual infantil (artículo
181A del Código Penal), la trata de personas (artículo 182 del Código Penal,
segundo párrafo forma agravada) y los delitos de pornografía infantil (artículo
183-A del Código Penal). Estos últimos tipos son materia de nuestro estudio, y
examinaremos su legitimidad bajo los principios de legalidad y de
proporcionalidad, así como bajo la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
peruano y la doctrina penal. En estrecha relación con lo explicado, también
evaluaremos la legitimidad del tipo de posesión de pornografía infantil, en
especial la posesión para el propio consumo y el orientado al tráfico de
pornografía infantil, para investigar su compatibilidad con el principio de
proporcionalidad. En definitiva, nuestro estudio lo abordaremos en tres
capítulos.
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Interpretación constitucional de los delitos imprudentes con especial referencia al tráfico vial y al artículo 124 del Código PenalYon Ruesta, Roger 20 February 2017 (has links)
Resumen:
No es novedad la pretensión de objetivar las valoraciones jurídico-penales en el
tratamiento de los delitos. Sí lo es que a las restricciones de los derechos fundamentales
se les exija legitimación que, a decir del autor, encuentra contenido material en la
lectura constitucional de la actuación de operadores de justicia y restricción o limitación
de los derechos fundamentales del involucrado en un suceso de riesgo prohibido a título
de delito imprudente.
El autor denuncia, en los casos que presenta, la manipulación de personas a quienes se
les lesionó la dignidad y otros derechos cuando fueron sometidas a un proceso que
eventualmente produjo sentencias condenatorias o declaración de culpabilidad que se
enmarcan en procesos penales que califican de meros rituales. / Abstract:
It is not new the attempt to make legal assessments more objective in the treatment of
crimes. However, it is new to require the limitation to restrictions on fundamental
rights.
According to the author, the content of this limitation is located in the constitutional
interpretation of judges and prosecutors and in the restriction or limitation of
fundamental rights of the accused of a negligent crime.
In the cases presented by the author, he denounces the manipulation of people that had
their dignity and other rights injured when they were subjected to a trial that declared
them guilty under criminal proceedings which are mere rituals. / Tesis
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La terminación anticipada en los delitos aduaneros : ¿manifestación de un derecho penal sancionador?Arroyo Acostupa, Raquel 31 October 2017 (has links)
La terminación anticipada en los Delitos Aduaneros regulada en el Art. 20º de la Ley
Nº 28008, no es manifestación de un Derecho penal reparador, pues en lugar de
alcanzar la reparación, prima la justicia retributiva, la imposición de la pena, al no
otorgar los beneficios de reducción del sexto de la pena, y el tercio por confesión
sincera. En su lugar, se le otorga como beneficio el mínimo legal de la pena,
condicionado al pago del doble del valor de la mercancía más la liquidación de los
tributos aduaneros, y el comiso de los bienes, que ocasiona que el procesado se
desista, pese a haber aceptado los cargos y manifestado su voluntad de acogerse a
sus alcances; su aplicación ineficaz es reforzada por el A.P 5-2009, que le otorga
plena vigencia, subsistiendo conjuntamente con la T, A regulada en los Arts. 468° al
471°del CPP. No obstante, el proceso de terminación anticipada en los delitos
aduaneros, por mandato del principio de legalidad, debe ser desarrollado en virtud
de lo establecido por los Arts. 468° al 471°del NCPP, en tanto han entrado en
vigencia en todo el territorio peruano el 01.02.2006, y debe ser aplicada, no
correspondiendo a los jueces determinar la validez temporal de las leyes mediante
acuerdos plenarios, que de conformidad con el artículo 116° de la LOPJ, no
constituyen precedentes vinculantes, puesto que cumplen un papel de orientación y
de fijación de criterios, de allí, que se debe dejar sin efecto el AP 5-2009, y en
consecuencia el Art. 20° de la Ley N° 28008, sustentado en la necesidad de una
estricta observancia del principio de legalidad (irretroactividad y retroactividad
favorable), en la idea de la seguridad jurídica y el respeto de la división de funciones
del poder político.
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Alcances y límites actuales del derecho fundamental de asociación en el PerúVásquez Torres, Elena Rosa 04 April 2014 (has links)
El derecho de asociación no es un derecho acabado, sobre el que no aparezcan
nuevas amenazas. Actualmente en el Perú, en ciertas personas jurídicas no
lucrativas, las amenazas al derecho de asociación no provienen del poder del
Estado, como ocurrió originariamente, sino que provienen del mismo grupo
asociativo, concretamente de los órganos directivos, quienes se han convertido en
un nuevo centro de poder, que resucita nuevos desconocimientos de los derechos
fundamentales que afectan a los asociados o a los particulares que desean
relacionarse a este grupo. A este nuevo centro de poder se están trasladando
relaciones verticales que requieren ser corregidas. Hoy en día, los órganos
directivos toman decisiones de relevancia constitucional en el seno de la persona
jurídica, decisiones que muchas veces transgreden derechos fundamentales. Se
hace necesario por ello, garantizar el ejercicio del derecho de asociación dentro
del propio grupo asociativo ya que los destinatarios de los actos de poder, son a la
vez partícipes en la formación del mismo. Ver formas de controlar el ejercicio
abusivo del poder al interior del grupo asociativo es lo que corresponde hacer para
devolverle a este derecho su importancia dentro de la sociedad de hoy, cuidando
de no vulnerar la autonomía asociativa.
Encontramos que las asociaciones se independizan de sus autores, olvidándose
del interés inicial de éstos; directivos que tratan de perpetuarse en el poder,
impidiendo la renovación de los cargos; asociados que ven vulnerados sus
derechos fundamentales por la aplicación de las normas internas de los grupos
asociativos o por las decisiones de los órganos directivos; terceros que ven
vulnerados sus derechos al impedirse su ingreso a determinada asociación por
motivos arbitrarios o discriminatorios que vulneran la dignidad humana; todo ello
impide el normal ejercicio del derecho de asociación en sus distintos aspectos.
Hoy en día, sucede que muchas asociaciones tienen un gran poder económico, no
obstante no tener fines de lucro, son entidades en las que el interés patrimonial es
el que prima, sobre todo en los órganos directivos que tienen el control de la
asociación. Hay un abuso del poder privado.
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De la explotación a la revictimización: análisis de la respuesta institucional del Estado peruano para la recuperación de menores de edad víctimas de explotación sexual comercial.McCoy, Evelyn Frances Brickfield 21 April 2016 (has links)
El tema de investigación de esta tesis es la respuesta institucional
estatal para víctimas menores de edad de explotación sexual comercial, una problemática muy peligrosa para sus involucrados. En los últimos años, el Estado peruano ha demostrado grandes avances en la identificación y rescate de víctimas, no obstante, la libertad es el primer paso en un camino largo hacia la recuperación. Sin apoyo adecuado, una víctima puede caerse en las redes de la explotación nuevamente, y de ahí frecuentemente se observa este círculo
vicioso de salida y reingreso. Los servicios estatales para víctimas menores de edad de explotación sexual comercial constituyen un aspecto crítico para combatir este problema que sigue contagiando nuestra sociedad. / Tesis
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La regulación y deconstrucción del aborto: un análisis sobre la condición de ilegalidad del aborto en el PerúAyala Franco, Jimena Yasuko 04 June 2024 (has links)
La presente investigación versa sobre la penalización del aborto en el ordenamiento jurídico
peruano, analizada desde un enfoque feminista para determinar el impacto de dicha regulación en
el derecho a la salud. En ese sentido, se revisará el aborto a nivel conceptual y material, para lo
cual se recurrirá principalmente a los aportes de la Organización Mundial de la Salud; acto
seguido, se presentará y explicará la importancia de las herramientas del feminismo, siendo la
principal el enfoque feminista; luego, se detallarán los extremos más relevantes de su marco
jurídico, como su aspecto teórico, normativo y jurisprudencial, a nivel nacional e interamericano.
Siguiendo ese orden, se empleará el feminismo para analizar el desarrollo del derecho a la salud
en casos de aborto, lo que nos permitirá respaldar o desestimar la hipótesis elaborada, la cual
propone que la ilegalidad del aborto incide negativamente en la realización del derecho a la salud
de las mujeres peruanas, en la medida que la penalización de dicha práctica las perjudica al negar
o restringir el uso, goce y/o disfrute del derecho del cual son titulares. / The present investigation focuses on the penalization of abortion in the Peruvian legal system,
analyzed through a feminist lens to ascertain the impact of this regulation on the right to health.
In this regard, abortion will be explored conceptually and materially, primarily drawing on
contributions from the World’ Health Organization; then, feminism and its tools will be
portraited; later on, the most relevant aspects of its legal framework such as theoretical, normative,
and jurisprudential facets, nationally and international, will be outlined. Following this order,
feminism will be employed to analyze the development of the right to health in abortion cases,
enabling us to either support or challenge the formulated hypothesis which suggests that the
illegality of abortion adversely impacts the realization of the right to health for Peruvian women,
as the penalization of this practice harms them by denying or restricting the use, enjoyment and/or
fulfillment of the right they hold.
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Eutanasia: un ensayo de fundamentación liberal para su despenalizaciónMendoza Cruz, Carlos Alberto 13 October 2014 (has links)
Los problemas que pueden presentarse respecto al inicio y al término de la vida humana
siempre han resultado de gran interés para las disciplinas prácticas como la ética, la
política y el derecho. Particularmente, en las últimas décadas, en medio del progreso de la
técnica que hace posible tratamientos intensivos destinados a mantener con vida a
pacientes terminales a costa de una pobre calidad de vida1
, ha surgido a nivel mundial el
debate sobre la regulación de una “muerte digna”2
. Es así que las defensas más radicales
de la autonomía de la persona para disponer de su propia vida se han concentrado en
demandar la legalización de la eutanasia voluntaria y el suicidio asistido.
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La utilización de fuentes oficiales en el periodismo policial: el error en la cobertura del asesinato extrajudicial de cinco presuntos delincuentesRospigliosi Aranda, Julio Cesar 25 January 2019 (has links)
El género policial invade las páginas de la prensa y hasta los programas matutinos. La
mañana del 29 de junio del 2015 no fue la excepción: los principales medios televisivos
transmitieron, en enlaces vía microondas, la información de que la policía había abatido
a cinco delincuentes. La versión oficial, plasmada en ese momento en las declaraciones
del jefe de la Dirincri e informaciones en off the record de la policía, fue que los
delincuentes iban fuertemente armados con la intención de asaltar un grifo y que las
muertes se dieron durante un enfrentamiento a balazos. En las notas periodísticas
predominó esta versión. Una semana y media después, una investigación del semanario
Hildebrandt en sus Trece, que buscó a las fuentes no oficiales involucradas en el caso y
documentación que estas alcanzaron al reportero, reveló indicios de que el operativo no
había sido como relató la policía, sino que se estaba ante una presunta ejecución
extrajudicial. Un año después, los hallazgos de la fiscalía que investiga este caso
apuntaban a lo mismo. A través de la bibliografía sobre la utilización de fuentes, el
relato de la experiencia propia de quien escribe esta tesis, así como de entrevistas a
periodistas, se describe la relación entre las fuentes oficiales y su predominio en las
notas de este género. Mediante un análisis de contenido de los medios que cubrieron el
caso, se demuestra cómo el predominio de las fuentes oficiales en el género policial
perjudicó la búsqueda de la verdad periodística.
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Perfil, rol y responsabilidades de un Oficial de Cumplimiento en el PerúMercado Casapía, Renzo Patricio 27 April 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación busca demostrar que la –ciertamente- novedosa
institución del Oficial de Cumplimiento ha cobrado, en poco tiempo, un rol relevante en el
esquema empresarial actual y que, lo que antes era simplemente el cumplimiento formal de
una obligación legal, se ha transformado no sólo en una necesidad empresarial, sino
también en una de las posiciones más importantes dentro de un organigrama corporativo;
ello debido a la fuerte influencia que tanto el Compliance como el Buen Gobierno
Corporativo han tenido en los últimos años en las relaciones empresariales corporativas,
motivado por el importante números de casos de delitos, especialmente relacionados a la
corrupción, que se han ido descubriendo últimamente y en el que se han visto involucradas
algunas de las empresas más importantes del mundo. Por ello, utilizando un enfoque basado
en riesgos y de la mano del método comparativo, revisaremos si la legislación peruana
resulta ser la más adecuada para determinar el perfil personal y profesional del funcionario
que ocupará la Oficialía de Cumplimiento de una empresa peruana, así como si se llegan a
determinar con claridad los roles y responsabilidades que debe cumplir, o si acaso la
legislación peruana podría ser optimizada utilizando influencias de las legislaciones
colombiana y chilena, o también del soft law español. De esta manera, conseguiremos
revalorar la figura del Oficial de Cumplimiento y contribuir en el esfuerzo de que las
empresas peruanas comprendan que dicha posición requiere de una persona que cumpla con
determinadas características y requisitos que añadan valor a la sociedad y acentúen la
utilidad de los programas de prevención que se puedan implementar.
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La infracción de deber vs la vulnerabilidad del bien jurídico en el delito de Peculado: Análisis del R.N Nº 615-2015-LIMACardenas Veintemilla, Karla Patricia 16 August 2021 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo principal el análisis de la autoría y
participación en el delito de peculado doloso desde la posición de la Corte Suprema del
Perú en el Recurso de Nulidad Nº 615-2015, sobre el cual versa el proceso penal seguido
contra Alberto Fujimori Fujimori por haber ordenado el desvío de fondos públicos al
Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) para la compra de diversos titulares de diarios
nacionales, llamados “Diarios Chicha”, con el fin de favorecerlo en su campaña de
reelección presidencial.
Respecto a ello, la Corte Suprema determina que Alberto Fujimori Fujimori no puede ser
autor del delito de peculado, dado que como delito de infracción de deber requiere la
existencia de un deber positivo institucionalizado que lo vincule a ello, en ese sentido, en
su condición de Presidente de la República, no presenta ningún deber establecido respecto
a la adminstración o custodia de los caudales del SIN.
La metodología empleada requirió la revisión y análisis de jurisprudencia nacional, así
como de doctrina extranjera y nacional relevante para la materia tratada. Tras el desarrollo
se concluye que dada la postura asumida por el Tribunal Supremo siempre tendríamos
que remitirnos a un deber específico indentificado que le compete al funcionario público
para ser imputado como autor de peculado. No obstante, esta posición no resulta la más
adecuada y genera que se vuelva una imputación administrativa de un delito y no sea
coherente con la protección de bienes jurídicos establecida en nuestro ordenamiento
penal. / The main objective of this academic paper is the analysis of the authorship and
participation in the crime of intentional “embezzlement” from the position of the Supreme
Court of Peru in the Nullity Appeal Nº 615-2015, which is the subject of the criminal
proceedings against Alberto Fujimori Fujimori for having ordered the diversion of public
funds to the National Intelligence Service (SIN) for the purchase of various headlines in
national newspapers, called "Diarios Chicha", in order to favor him in his presidential
reelection campaign.
In this regard, the Supreme Court determines that Alberto Fujimori Fujimori cannot be
the perpetrator of the crime of “embezzlement”, since as a crime of breach of duty he
requires the existence of a positive institutionalized duty that links him to it, in this sense,
as President of the Republic, it does not present any established duty regarding the
administration or custody of SIN funds.
The methodology used required the review and analysis of national jurisprudence, as well
as foreign and national doctrine relevant to the subject matter. After the development it is
concluded that given the position taken by the Supreme Court we would always have to
refer to an identified specific duty that belongs to the public official to be charged as the
perpetrator of “embezzlement”. However, this position is not the most ADE and generates
that it becomes an administrative imputation of a crime and is not consistent with the
protection of legal assets established in our penal system.
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