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Sistema de atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicasPérez Arias, Jacinto 20 December 2013 (has links)
La presente tesis aborda el análisis del modelo de atribución de responsabilidad penal de las personas jurídica en el ordenamiento jurídico español, establecido mediante LO 5/2010 de Reforma del Código Penal. Además de unas breves notas sobre la evolución legislativa, histórica y de derecho comparado, se estudian los problemas mas relevantes de la responsabilidad penal corporativa, como la incapacidad de acción y culpabilidad de la persona jurídica, aspectos diferenciadores entre el derecho administrativo sancionador y el derecho penal, sistemas de prevención a través de compliance program, la cuestiones de orden procesal y la jurisprudencia más relevante en la materia. De manera independiente, se entra en el debate sobre si esta responsabilidad penal, como sostienen algunos autores, implica no solo el nacimiento de un nuevo sujeto para esta rama del derecho, sino si éste sujeto, en la era postindustrial, ha desplazado a la persona física como verdadero protagonista de las relaciones sociales y jurídicas (teoría deshumanizante). PALABRAS CLAVE: Responsabilidad penal, persona jurídica, empresa, antijuridicidad, culpabilidad, compliance program, administrativo sancionador, acción comunicativa, proceso penal. METODOLOGÍA: Estudio de bibliografía jurídica, revistas especializadas y base jurisprudencial, nacional y extranjera. Asistencia y participación en cursos y proyectos de investigación sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas. CONCLUSIONES: 1.- La instauración de la responsabilidad penal de la persona jurídica se debe solo a razones de política criminal. No existe fundamento jurídico, ni filosófico, que sustente la pretendida capacidad de la persona jurídica para ser sujeto activo en derecho penal. 2.- Los diversos modelos de responsabilidad de las personas jurídicas se han visto multiplicados en derecho comparado, si bien su incremento no lo es uniformemente en cuanto a su naturaleza penal. En la historia más reciente fue precisamente el derecho administrativo sancionador el que incluyó (creándola) la responsabilidad de la persona jurídica. 3.- La responsabilidad penal de las personas jurídicas desnaturaliza el derecho penal. La persona jurídica no tiene capacidad de acción ni capacidad de culpabilidad. Es solo un fin patrimonial. 4.-. Ninguna de las teorías construidas por la doctrina para justificar la responsabilidad penal de las personas jurídicas (espíritu normativo, funcional, carácter de la empresa, defecto de organización, cultura empresarial constructivista, etc.) se ajustan al principio de legalidad a la hora de conectar hecho y culpabilidad. 5- La ambigüedad conceptual del artículo 31 bis va a permitir a la jurisprudencia perfilar y definir con absoluta libertad el modelo de responsabilidad penal de la persona jurídica, vulnerándose principios como el de legalidad y taxatividad Penal, seguridad jurídica, o el de prohibición de interpretación extensiva de la norma penal. 6.- Artículo 31 bis. Establece un modelo de responsabilidad por transferencia, combinando un sistema de identificación y un sistema vicarial. No cabe individualizar en ningún caso responsabilidad por hecho propio. todo queda circunscrito a un hecho objetivo del que solo puede derivar una responsabilidad objetiva. Aceptar una idea de culpabilidad corporativa entraña admitir una pura visión teórica y extremadamente especulativa. 7.- Se acepta, como no puede ser de otro modo, que las personas jurídicas intervienen en el tráfico jurídico-económico, llegando a participar en acciones delictivas. Sin embargo, esta participación, que es puramente instrumental, no puede ser objeto directo, sino indirecto, del Derecho Penal. 8.- Desde perspectivas procesales entiendo que el legislador ha improvisado el estatuto procesal de la persona jurídica. / This dissertation approaches the analysis of legal persons’ appointment of criminal responsibility model in the Spanish legal system, established by the organic law LO 5/2010 from the Criminal Code Reform. As well as some brief review about the legislative, historic and comparative law evolution, the most important problems of corporate criminal responsibility are studied. Some of the latter are incapacity of action and legal person’s guilt, some distinguishing aspects between disciplinary administrative law and criminal law, prevention systems through a compliance program, procedural matters and the case-law more relevant on the subject. In an independent way, it is brought up for discussion if criminal responsibility, as maintained by some authors, implies not only the birth of a new subject for this branch of law, but also if this subject, in the post-industrial age, has replaced the natural person as the real main character of social and legal relationships (dehumanized theory). KEY WORDS: Criminal responsibility, legal person, company, anti-juridicity, guilt, compliance program, disciplinary administrative, communicative action, criminal proceeding. METHODOLOGY: Domestic and foreign study of legal bibliography, technical journals and jurisprudence basis; Attendance and participation in courses and research projects on the criminal liability of legal persons. CONCLUSIONS: 1. - Criminal responsibility establishment of legal person is only due to criminal policy reasons. There is no legal or philosophical fundamental which maintains the supposed legal person's ability to be an active subject in criminal law. 2. - Legal persons’ responsibility different models have been increased in comparative law, although this growth is not uniform in terms of its criminal nature. In the most recent history it was precisely the disciplinary administrative law the one which contained (by creating it) the liability of the legal person. 3. - Criminal responsibility of legal person distorts the criminal law. The legal person has not the ability of action or guilt. It is only an assets purpose. 4. - None of the theories built by the doctrine in order to justify the criminal responsibility of legal persons (normative spirit, practical, company personality, organization defect, constructivist corporate culture, etc. . .) is adjusted to the principle of legality when connecting fact and guilt. 5 - The conceptual ambiguity of Article 31 bis allows the case-law to shape and define with absolute freedom the legal person’s criminal liability model. That fact infringes principles such as legality and taxativity of criminal law, legal certainty or prohibition of an over interpretation of criminal rule. 6. - Article 31a sets a responsibility model by transfer, combining identification and a vicarious liability system. It is not possible to pick out liability from the fact itself. So that, everything is confined to an objective fact which can only cause an objective liability. Accepting the idea of corporate guilt involves also the acceptance of a simple theoretical and extremely speculative point of view. 7. - It has been accepted , as it could not be any other way, that legal persons take part in the legal –economic traffic, and they even get to participate in criminal activities . However, that involvement, which is purely instrumental, cannot be a direct but indirect object of Criminal Law. 8. - From procedural perspectives I understand that legislator improvises the legal person procedural statute.
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Desorden, victimización y temor estudio exploratorio sobre la relación entre la percepción de desorden y delito en ChileGallardo Terán, Roberto January 2014 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Políticas Públicas / El trabajo desarrolla un análisis empírico sobre los factores que explican la percepción de desorden en Chile. A partir de los datos aportados por el Índice Paz Ciudadana 2012, se construyen modelos de elección discreta probit usando como variable dependiente la probabilidad de que una persona perciba desorden en su entorno. Los resultados permiten sostener que la victimización y el temor son siempre significativos en la explicación de la percepción del desorden, como también el sexo (hombres) y la edad (jóvenes). De igual forma, se observa que la complejidad y la cantidad de desórdenes percibidos varían dependiendo del nivel socioeconómico de las personas entrevistadas, del nivel educacional que poseen, de cómo evalúan el desempeño policial y si conocen o no algunas de las políticas de seguridad local por las que se les consulta.
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Desconfianza y procedimiento judicial: Efectos nocivos del sistema judicial en niños, niñas y adolescentes víctimas y testigos de delitos sexualPuyol Wilson, Carolina Susana January 2016 (has links)
Magíster en Gestión y Políticas Públicas / La desconfianza correspondería a una valoración que todos los seres humanos realizaríamos ante una situación y/o persona, a partir de diferentes características, y que en el caso de las relaciones humanas, podría generar diferentes vicios. El presente trabajo muestra entonces, la revisión del fenómeno de desconfianza en los procedimientos judiciales por delitos sexuales que afectan a niños, niñas y adolescentes, analizando sus efectos en la sobreabundancia de pruebas.
La metodología utilizada correspondió a una de carácter mixto cuanti- y cualitativa, consistentes en encuestas y entrevistas realizadas a quienes son llamados por ley a resolver dicho tipo de casos, los jueces y juezas penales, circunscritos a las jurisdicciones de las Ilustrísimas Cortes de Apelaciones de Santiago y San Miguel, que contemplan la Región Metropolitana. Las encuestas fueron realizadas a un total de 54 jueces, correspondientes al 42% de magistrados activos al momento del periodo de aplicación, y se componían de 7 preguntas basadas en el modelo de Valdés respecto del fenómeno de la desconfianza. Posteriormente fueron realizadas entrevistas en profundidad a 6 jueces de diversas características utilizándose, como gatillantes de dicha indagación, temáticas como la valoración probatoria, las características de los procesos investigativos y cambios a lo largo del tiempo en el tratamiento de estos delitos.
Los resultados obtenidos muestran deficiencias en diversos hitos del proceso judicial, principalmente en atributos como competencia y cumplimiento de centros de peritajes provenientes de Centros del Servicio Nacional de Menores (DAM) y privados, como también de Carabineros. A su vez, existirían pocas pruebas que funcionan como insumos de calidad para juzgar, y una sobreabundancia de evidencia que sería innecesaria. Finalmente, se observarían características del fenómeno de desconfianza, basadas en deficiencias del proceso pero también por la naturaleza moral del delito.
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La utilización fraudulenta de la persona jurídica en el ambito del Derecho LaboralCarhuatocto Sandoval, Henry Oleff January 2011 (has links)
La utilización fraudulenta de la persona jurídica se entiende como aquella situación en la cual los controlantes del ente colectivo se aprovechan de la misma para cometer actos fraudulentos contrarios al orden público y las buenas costumbres. La doctrina que combate estas conductas ilícitas es conocida también bajo los nombre del levantamiento, corrimiento, penetración, desestimación, superación, prescindencia, limitación, redhibición, inoponibilidad y allanamiento de la persona jurídica. Las formas de usar a una persona jurídica para intentar burlar normas de orden público son tan ingeniosas e inteligentes como las estrategias de ajedrez existentes. La utilización de la persona jurídica para defraudar derechos laborales no es una situación ajena al quehacer de la jurisprudencia laboral nacional, empero la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) recaída en el expediente 6322-2007 constituye el primer pronunciamiento del máximo intérprete de la Constitución sobre esta materia, y en la consagración de una de sus principales consecuencias: la solidaridad laboral. Ya antes el Pleno Jurisdiccional Laboral, abril 2008, los magistrados de 29 Cortes Superiores del país establecieron que los grupos de empresas pueden asumir responsabilidad solidaria por el pago de beneficios laborales cuando se haya actuado con el objeto de burlar derechos laborales. En buena cuenta cuando se evidencia que se intenta usar la subjetividad de empresas vinculadas económicamente para eludir obligaciones laborales cabe aplicar la solidaridad laboral como remedio para evitar un fraude a normas imperativas y de orden público. Los supuestos más comunes de utilización fraudulenta de personas jurídicas para eludir obligaciones laborales son: Cuando la sociedad “empleadora” carece de actividad real y se dedica al tráfico de personal a otras empresas, lo que se puede inferir de la falta de tributación, ausencia de autorización para operar o la cancelación de ésta, carencia de independencia de patrimonio, inexistencia de operaciones mercantiles, adquisición de bienes no relacionados a su objeto social y otros hechos, que en conjunto demuestren que la sociedad es una mera fachada formal.
Cuando la sociedad “empleadora” es utilizada en exclusivo interés de una persona natural que para sustraerse de las obligaciones laborales constituye una sociedad comercial con el exclusivo propósito de defraudar a sus trabajadores. Cuando la sociedad “empleadora” efectúa el traspaso irregular del fondo de comercio a una sociedad vinculada, dejando sin garantía patrimonial a los trabajadores. Se utiliza a la sociedad vinculada como un mero instrumento para sustraerse del cumplimiento de sus obligaciones laborales. • Simulación absoluta de una sociedad en que funge de empleadora. La única voluntad presente en ella es la del sujeto que interpone ilícitamente a la sociedad convirtiéndola en una mera ficción encaminada a realizar fraudes laborales. En ese contexto, nuestra tesis abordara la problemática de la utilización fraudulenta de la persona jurídica en el campo laboral, he intentara proponer soluciones a esta problemática. Por otra parte, este trabajo encuentra su justificación en la necesidad de trabajos jurídicos que analizan la problemática del abuso de la persona jurídica en el sector laboral en el ámbito nacional por el alto el interés social que existe por dar solución a uno de los más conocidos y a la vez impunes mecanismos de defraudar créditos laborales. Los objetivos de la presente investigación son básicamente: a) Determinar si la legislación nacional vigente regula adecuadamente la utilización fraudulenta de la persona jurídica en el ámbito laboral. b) Proponer se proscriba expresamente la utilización fraudulenta de la persona jurídica cuando afecte a los trabajadores. La hipótesis con la que trabajaremos será por tanto “la utilización fraudulenta de la persona jurídica no se encuentra adecuadamente regulada en el ámbito laboral”. En búsqueda de corroborar nuestra hipótesis, hemos estructurado esta tesis, en siete capítulos:
Capítulo I, Cuestiones metodológicas.
Capítulo II: La persona jurídica
Capítulo III: La utilización fraudulenta de la persona jurídica 4
Capítulo IV: La utilización fraudulenta de la persona jurídica en el ámbito del Derecho Laboral
Capítulo V: El Estado como empleador y la utilización fraudulenta de la persona jurídica
Capítulo VI: Constatación de la hipótesis de la tesis: La necesidad de sancionar la utilización fraudulenta de la persona jurídica en el ámbito laboral Considero que este trabajo contribuirá al perfeccionamiento de la regulación que combate la utilización fraudulenta de la persona jurídica, específicamente en el campo laboral, caso en el cual los trabajadores vienen siendo defraudados en sus derechos crediticios, situaciones en las cuales el ordenamiento jurídico no ha tenido reacción y ha permitido la impunidad de estas conductas por parte de inescrupulosos empleadores.
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La gravedad de la falta como criterio habilitador para despido laboral, caso concreto : injuria y faltamiento de palabraRojas Ruiz, Olinda Noelia del Rocio, Rojas Ruiz, Olinda Noelia del Rocio January 2012 (has links)
El presente trabajo se basa en la metodología cualitativa, el mismo que obedece al análisis de los divergentes pronunciamientos jurisprudenciales de nuestros tribunales, en la evaluación y calificación de la gravedad de la falta de injuria y faltamiento de palabra para habilitar el despido del trabajador, teniendo como propósito unificar las peculiaridades que configuran a la injuria y faltamiento de palabra, como falta “grave” que justifique el despido del trabajador. Asimismo este análisis responde debido a que el despido por falta grave de injuria o faltamiento de palabra consagrado en el articulo 25 inciso f) de productividad y competitividad laboral, sólo refiere sí el trabajador incurre en injuria o faltamiento de palabra, el empleador en ejercicio de su potestad sancionadora lo despedirá, al volverse insostenible el vínculo laboral; ante ello, el mencionado artículo no establece la “gravedad” de la falta para facultar el despido, quedando una libre valoración de esta que podría transgredir los derechos fundamentales del trabajador. / Tesis
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Aproximación doctrinal de la delincuencia informática en ChileCancino Navarro, Ariel Jesús January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Para nadie en el mundo actual, resulta ajeno hablar de conceptos tales como “informática”, “Internet”, “Facebook”, “Twitter”, entre otros. Desde hace un tiempo a esta parte, la informática se ha convertido en un elemento esencial en nuestra vida diaria, un medio de comunicación y de intercambio de información a una escala global, que permite la interacción de millones de usuarios a la vez, sin importar el lugar del mundo en que se encuentren. La informática ha sido una nueva revolución en cuanto a intercambio de información se refiere, modificando nuestros estilos de vida y la forma en que nos desenvolvemos en el mundo actual. Podemos afirmar sin temor a equivocarnos, que vivimos en una “cultura informatizada”, donde los sistemas de información nos ayudan de forma cotidiana a realizar las más diversas tareas, que van desde un meticuloso inventario de mercaderías, hasta la floreciente banca virtual .
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Formas y figuras de evasión de impuestos más frecuentes en ChilePeña González, Carmen Gloria 05 1900 (has links)
Tesis para Optar al Grado de Magíster en Tributación / No disponible a texto completo / Este trabajo aborda en términos generales la problemática de la evasión tributaria, constituyendo su objetivo principal el caracterizar e identificar las figuras y mecanismos más recurrentes en nuestro país, para evadir impuestos, conocer además los segmentos y comportamientos tributarios de contribuyentes que evaden en nuestro país, identificando con claridad los focos de evasión tributaria, perfiles y niveles de riesgos asociados y las principales fortalezas e insuficiencias del sistema tributario para combatir la evasión de impuestos.
Respecto de la hipótesis, es menester hacer presente que en materia tributaria, como en otras áreas del saber humano, la probabilidad de certeza, que se le asigna a la hipótesis antes de su comprobación es una situación subjetiva que variará de persona en persona.
No obstante ello, se ha decidido por plantear la siguiente hipótesis: “Existen variadas formas y figuras de evasión de impuestos en nuestro país, ejercidas por los contribuyentes, las cuales se han ido diversificando y sofisticando a través del tiempo”.
La metodología empleada, se basó en la investigación y recopilación de antecedentes relacionados con el tema y la experiencia de la autora en estas materias.
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Peritaje psicológico a imputados por delitos sexuales: Teorías y técnicasRojas Gallardo, Víctor 11 1900 (has links)
Psicólogo / La presente investigación tuvo como objetivo general describir las teorías y técnicas utilizadas por peritos en Chile para la evaluación psicológica forense de imputados por delitos sexuales, para lo cual se entrevistó a tres peritos psicólogos del Servicio Médico Legal. Sobre la base del marco teórico, los resultados del análisis de contenido cualitativo indican una perspectiva criminológica que releva factores psicológicos en la comprensión del delito, con el uso de teorías de nivel intermedio en el peritaje y preponderancia de instrumentos de evaluación clínica. Se discute la necesidad de estructuración del juicio clínico mediante la articulación de constructos teóricos de relevancia psicolegal y las implicancias para el desarrollo de la psicología forense
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Alcances y límites actuales del derecho fundamental de asociación en el PerúVásquez Torres, Elena Rosa 04 April 2014 (has links)
El derecho de asociación no es un derecho acabado, sobre el que no aparezcan
nuevas amenazas. Actualmente en el Perú, en ciertas personas jurídicas no
lucrativas, las amenazas al derecho de asociación no provienen del poder del
Estado, como ocurrió originariamente, sino que provienen del mismo grupo
asociativo, concretamente de los órganos directivos, quienes se han convertido en
un nuevo centro de poder, que resucita nuevos desconocimientos de los derechos
fundamentales que afectan a los asociados o a los particulares que desean
relacionarse a este grupo. A este nuevo centro de poder se están trasladando
relaciones verticales que requieren ser corregidas. Hoy en día, los órganos
directivos toman decisiones de relevancia constitucional en el seno de la persona
jurídica, decisiones que muchas veces transgreden derechos fundamentales. Se
hace necesario por ello, garantizar el ejercicio del derecho de asociación dentro
del propio grupo asociativo ya que los destinatarios de los actos de poder, son a la
vez partícipes en la formación del mismo. Ver formas de controlar el ejercicio
abusivo del poder al interior del grupo asociativo es lo que corresponde hacer para
devolverle a este derecho su importancia dentro de la sociedad de hoy, cuidando
de no vulnerar la autonomía asociativa.
Encontramos que las asociaciones se independizan de sus autores, olvidándose
del interés inicial de éstos; directivos que tratan de perpetuarse en el poder,
impidiendo la renovación de los cargos; asociados que ven vulnerados sus
derechos fundamentales por la aplicación de las normas internas de los grupos
asociativos o por las decisiones de los órganos directivos; terceros que ven
vulnerados sus derechos al impedirse su ingreso a determinada asociación por
motivos arbitrarios o discriminatorios que vulneran la dignidad humana; todo ello
impide el normal ejercicio del derecho de asociación en sus distintos aspectos.
Hoy en día, sucede que muchas asociaciones tienen un gran poder económico, no
obstante no tener fines de lucro, son entidades en las que el interés patrimonial es
el que prima, sobre todo en los órganos directivos que tienen el control de la
asociación. Hay un abuso del poder privado. / Tesis
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El sistema constelación: aportes a la lucha contra el crimen desde una perspectiva comparada.Ramírez Bustamante, Juan Ezequiel 09 March 2016 (has links)
En el mundo actual, las organizaciones criminales dedicadas a delitos como el terrorismo o el tráfico ilícito de drogas han alcanzado, en muchos casos, una complejidad de organización y un poder que las deja muy de lejos frente a cualquier otra manifestación delictiva. De hecho, muchas de estas organizaciones actúan como “transnacionales” del crimen, con lo cual su accionar no solo afecta a un país, sino a varios. / Tesis
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