Spelling suggestions: "subject:"derecho laboral -- perú."" "subject:"derecho laboral -- erú.""
151 |
“La naturaleza del fin previsional del Sistema Privado de Pensiones frente a la libre disponibilidad del 25% y 95.5% de los fondos de pensiones implementado mediante ley Nº 30425 y 30478"Meza Espinoza, Luis Alberto 31 May 2018 (has links)
En el mes de abril del año 2016 se emitió la ley número 30425, ley que modificaba el sistema privado de pensiones a través del cual se dio nacimiento a derechos muy aceptados pero discutible desde el ámbito jurídico y económico, posteriormente mediante ley número 30478 se realizaron determinadas precisiones a la primera ley modificatoria. Dentro de las modificatorias introducidas a la ley del sistema privado de pensiones se estableció que todo ciudadano tenía derecho al uso de hasta el 25% de los fondos de sus cuentas individuales de capitalización para la compra de un primer inmueble y a la libre disposición de sus aportes hasta en un 95.5% una vez el aportante haya cumplido la edad de jubilación. Estos dos nuevos derechos reconocidos al afiliado es materia de investigación en el presente trabajo. Desde el ámbito jurídico el reconocimiento de estos dos derechos motivo a que me avocara a investigar, qué derechos debe de prevalecer en el derecho a la pensión; el derecho a la propiedad entre otros, por sobre el derecho a la seguridad social, o lo contrario. La finalidad de la presente investigación es analizar y determinar qué derechos prevalecen en el derecho a la pensión. Se analiza desde el ámbito dogmático, la doctrina, jurisprudencia y normas correlacionadas al tema de investigación. Esta investigación se encuentra justificada desde la perspectiva de si las últimas reformas llevadas a cabo son erradas; a largo plazo podrían conllevar el surgimiento de diversos problemas dentro del sistema de pensiones debido a una probable desnaturalización del Sistema Privado de Pensiones. Una respuesta técnico jurídico ayudara a esclarecer esta disyuntiva y así mismo orientara a probables alternativas de solución más adecuadas. El objetivo del trabajo es analizar y determinar si el derecho a disponer de los fondos de la cuenta individual de capitalización sea para la compra de un primer inmueble o hacer un uso libre de los fondos; vulnera o no el derecho a la pensión y los derechos conexos a este, como lo son el derecho a la seguridad social, la garantía constitucional de intangibilidad de los fondos de seguridad social para finalmente llegar a determinar si existe una desnaturalización o no del sistema privado de pensiones; para ello se uso como método de investigación el método dogmatico.
|
152 |
Impacto de la contratación a tiempo parcial en la formalización del empleo en el PerúPescetto Figueroa, Paolo Germán 25 September 2023 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como propósito demostrar que la contratación a
tiempo parcial, pese a las presuntas ventajas que supone para el empresario, determinadas
principalmente por su bajo costo laboral y la posibilidad de adecuar la mano de obra a las
necesidades empresariales propias de la organización, no ha alcanzado las dimensiones esperadas
en cuanto a su uso, ni tampoco ha tenido un impacto significativo en la formalización del empleo
en nuestro país, habiendo terminado por precarizar el empleo y en muchos casos nos
encontraríamos, bajo su sombra, ante un subempleo visible. Para ello, el presente trabajo ha
tomado como un importante insumo algunos datos estadísticos recogidos por el Instituto Nacional
de Estadística e Informática – INEI y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; habiendo
empleado para su desarrollo y estructuración los métodos de argumentación jurídica, descriptivo
y comparado.
De este modo, se evidencia que no ha habido un impacto significativo en el uso de la
contratación a tiempo parcial por parte del empresariado peruano, más aún si se tiene en cuenta
que en realidades socioeconómicas medianamente similares, como la chilena y la colombiana, este
mecanismo de contratación laboral es hasta casi cuatro veces más utilizado.
En dicho escenario consideramos que el régimen de la contratación a tiempo parcial debe ser
puesto en perspectiva y reconducirse hacia los colectivos que presentan mayores dificultades para
el acceso al mercado laboral formal, utilizándose como una herramienta de política pública
focalizada para promover la inserción laboral de jóvenes recién egresados de escuelas de educación
secundaria, jóvenes estudiantes de carreras técnicas o universitarias, personas a cargo de
responsabilidades domésticas y adultos mayores próximos a alcanzar la edad que les permita
obtener una pensión de jubilación.
|
153 |
“Implicancias de la capacitación antes de la prestación efectiva de labores sobre el período de prueba”Warthon Castañeda, Martha Veronica 13 October 2017 (has links)
La presente tesis propone la exoneración del período de prueba de los trabajadores
que fueron contratados luego de superar una etapa de capacitación impartido por sus
futuros empleadores. Ello en base a la aplicación de los principios del derecho laboral,
específicamente de los principios de buena fe, razonabilidad y primacía de la realidad.
Para lo cual, partimos de la premisa que la finalidad del período de prueba ya se
habría cumplido durante la capacitación, es decir, que el empleador, a lo largo de la
capacitación y las evaluaciones al cabo de ésta, tomó conocimiento de la aptitud del
trabajador que decidió contratar para desempeñar un puesto específico, con lo cual se
ha configurado la razón de ser del período de prueba y resultaría innecesario someter
al trabajador a una nueva evaluación sobre su idoneidad para el puesto. En
consecuencia, en caso de pactar en el contrato de trabajo un período de prueba, a
pesar de que el empleador haya capacitado y evaluado al postulante antes de la
suscripción del contrato de trabajo, se produciría la desnaturalización del mismo.
En este sentido, primer capítulo describiremos y delimitaremos la naturaleza de los
períodos de capacitación como compromiso futuro de contratación; efectuaremos una
descripción general de los tipos de capacitación existentes en el mercado laboral
peruano y la regulación legal de cada uno de ellos, a fin de delimitar las circunstancias
que cuentan con una regulación legal en materia laboral y aquellas a las que serían
aplicables otras instituciones de carácter civil. Finalmente, nos ocuparemos de la
regulación legal que el período de prueba tiene en nuestro país, así como
identificaremos su finalidad.
En el segundo capítulo se analizará la razón de ser de los principios del derecho
laboral, con la finalidad de delimitar su naturaleza tuitiva así como el ámbito de su
aplicación; del mismo modo, daremos a conocer nuestra posición sobre la aplicación
de éstos últimos a los períodos de prueba en contextos de contratación de personal
por parte de empresas que efectuaron la capacitación y evaluación a sus postulantes
antes de la suscripción del contrato de trabajo.
Finalmente, en el último capítulo describiremos la tendencia en el tratamiento de las
tratativas previas a la suscripción del contrato de trabajo; así mismo, desarrollaremos
un caso práctico ocurrido en nuestro país, analizando el criterio adoptado por el
magistrado al resolver el caso; y proponiendo la forma de aplicación de los principios
del derecho del trabajo que consideramos conveniente.
|
154 |
La aplicación del principio de primacía de la realidad en la jurisprudencia peruana para la reposición laboral de los servidores públicos CAS como una forma adecuada de protección frente al despido arbitrarioCondori Gomero, Geraldine Ambar 19 April 2024 (has links)
Una diversidad normativa de los regímenes laborales que existe en el
empleo público y las posturas asumidas en la jurisprudencia nacional, al resolver los casos
de desnaturalización de las órdenes de servicio (locadores de servicios) e ineficacia de los
contratos administrativos de servicio en el ámbito del empleo público vemos que los
servidores públicos tienen menor protección laboral respecto a la reposición laboral
(efecto restitutorio) que el ámbito privado sí reconoce.
Como comentario crítico, presento algunos criterios empleados en nuestra justicia
jurisdiccional con relación a la reposición laboral, a fin de analizar si los órganos
jurisdiccionales, como garantes de la justicia, orientan sus decisiones hacia la protección
del derecho al trabajo, en base al o primacía de la realidad, o de resguardar los intereses
del Estado (en términos presupuestarios).
Aquello se denota con mayor claridad con la Sentencia del TC recaído en el
Expediente N.° 002-2010-PI/TC que declara al régimen CAS como un régimen laboral
especial o el Precedente Huatuco, para pasar desapercibido la existente y evidente
relación laboral, sin importar la necesidad de aplicar control difuso para administrar
justicia, aspecto que limita la tutela jurisdiccional efectiva. Es decir, pareciera que el
Estado tiene “patente de corso” para afectar derechos constitucionales, so pretexto del
presupuesto público.
Por tanto, el objetivo del presente artículo es focalizar la postura de la reposición
laboral en el sector público, como consecuencia de la existencia de una estabilidad laboral
que no debe perderse si planteamos la defensa del derecho del trabajo en aplicación de
los principios laborales, en especial el principio de primacía de la realidad. / A normative diversity of labor regimes that exists in public employment
and the positions assumed in national jurisprudence, when resolving cases of
denaturalization of service orders (service providers) and ineffectiveness of
administrative service contracts in the field of public employment we see that public
servants have less labor protection with respect to job replacement (restitution effect) that
the private sector does recognize.
As a critical comment, I present some criteria used in our jurisdictional justice in
relation to job replacement, in order to analyze whether the jurisdictional bodies, as
guarantors of justice, orient their decisions towards the protection of the right to work,
based on or primacy reality, or to protect the interests of the State (in budgetary terms).
This is more clearly denoted by the Judgment of the TC relapsed in File No. 002-
2010-PI / TC that declares the CAS regime as a special labor regime or the Huatuco
Precedent, to go unnoticed the existing and evident labor relationship, regardless of the
need to apply diffuse control to administer justice, an aspect that limits effective judicial
protection. In other words, it seems that the State has a "marque certificate" to affect
constitutional rights, under the pretext of the public budget.
Therefore, the objective of this article is to focus the position of job replacement in
the public sector, as a consequence of the existence of a job stability that should not be
lost if we propose the defense of labor law in application of labor principles, in special
the principle of primacy of reality. / Trabajo académico
|
155 |
El derecho a la intimidad en la vigilancia de la salud de los trabajadoresCossio Peralta, André Jorge 10 March 2017 (has links)
Con la entrada en vigencia de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR, se establecieron
diversas disposiciones para garantizar la seguridad y salud en todos los ambientes
de trabajo. Estos dispositivos normativos generaron que se otorgue la importancia
debida a un campo tan sensible como es la vigilancia de la salud de los
trabajadores.
|
156 |
Los regímenes laborales promocionales, a propósito del régimen MYPERobles Bardales, Jorge Raúl 13 February 2018 (has links)
En el presente trabajo se analiza sobre la necesidad de reducir derechos laborales de cara a
la búsqueda de la formalización de las empresas y promover el empleo. De este modo, la
cuestión principal de este trabajo gira en torno a los límites que deberán tomar en cuenta
nuestros legisladores al momento de querer plantear un régimen laboral promocional, tanto
desde una perspectiva jurídico – constitucional como empírica. La conclusión final es que,
no siempre es necesaria la reducción de derechos laborales, pues existen otras alternativas
a través de las cuales podemos lograr competitividad y productividad laboral sin perder la
calidad en el empleo, esto es, respetar el trabajo decente.
|
157 |
El tratamiento indemnizatorio a los Trabajadores de Dirección y de Confianza en el régimen laboral peruano: Necesaria revisión de la clasificación “dual”Morales Morante, Carlos Guillermo 07 March 2019 (has links)
El presente trabajo tiene por objeto desarrollar un análisis jurídico de la
problemática del tratamiento indemnizatorio de dos categorías laborales que
desde su origen histórico han estado interrelacionadas: los trabajadores de
dirección y los de confianza.
Si bien es cierto la regulación aplicable a ambas categorías no fue uniforme,
con el transcurso del tiempo y sobre todo, con la aplicación de los distintos
regímenes legales sobre estabilidad en el empleo, se tendió a unificar su
tratamiento indemnizatorio.
La jurisprudencia, tanto laboral como constitucional, contribuyó a la aplicación
de lo que en el presente trabajo, se ha calificado como tratamiento
indemnizatorio “dual”, por cuanto no admite matices diferenciadores entre los
trabajadores de dirección -que “hacen las veces” de empleador- y los de
confianza, cuya seña de identidad es el depósito de reserva y confidencialidad
que le atribuye el propio personal de dirección, lo que restringe su tutela de
protección a la esfera indemnizatoria.
El problema de fondo es que un último Pleno Jurisdiccional Supremo ha
uniformizado el tratamiento indemnizatorio, excluyendo de la tutela
resarcitoria no sólo a los trabajadores de dirección, sino también a los
trabajadores de confianza, bajo ciertas condiciones, claro está.
Por lo tanto, ello justifica un análisis jurídico del sustento de esta clasificación
“dual”, no sólo a la luz de criterios jurisprudenciales, sino partiendo de la
premisa que es necesario regular por vía legislativa esta materia, buscando
un tratamiento indemnizatorio acorde con la naturaleza jurídica de cada
categoría, de cara a proponer una regulación específica en las normas
aplicables dentro del régimen laboral de la actividad privada, en forma
análoga a la regulación que existe sobre esta materia en la Ley N° 30057, Ley
del Servicio Civil, ciertamente con sus matices particulares.
|
158 |
El impacto laboral de los programas de incentivos en acciones en el Perú : una propuesta de regulación normativa en el ordenamiento peruanoAlvarado Prentice, Junnia Alejandra 03 May 2017 (has links)
Hoy en día, el interés de las compañías en retener a sus trabajadores más destacados ha
ocasionado que éstas busquen distintos mecanismos de incentivos para conservarlos. Es así
que en la actualidad muchas empresas – especialmente las multinacionales – ofrecen a sus
trabajadores la posibilidad de participar en programas de incentivos en acciones–
denominados “equity awards”-con la finalidad de retribuir a sus ejecutivos por su rendimiento
y permanencia en la empresa y a su vez, generar una fidelización de los trabajadores con su
empleador.
Esta figura, si bien se presenta con mayor frecuencia en las grandes multinacionales a nivel
mundial, no es ajena a la realidad en nuestro país, dado que en muchas de las filiales de estas
compañías que se encuentran localizadas en el Perú, se ofrecen programas de incentivos a
largo plazo en acciones a sus trabajadores. En efecto, compañías de los distintos rubros, como
del sector minero y de construcción, informático, bancario y financiero, farmacéutico, entre
otros, han adoptado estos planes de incentivos en el país, lo cual indica que su estudio es
necesario.
|
159 |
Informe sobre Expediente N° 11.830 – Trabajadores Cesados del Congreso contra el Estado de PerúCastaños Gutiérrez, Guillermo Sebastian 06 July 2021 (has links)
El presente informe realiza un análisis de los problemas jurídicos detectados en el Caso 11.830 – Trabajadores Cesados del Congreso contra el Estado Peruano, a partir de los hechos acontecidos en
el año 1992, donde el Estado dispuso el cese masivo de más de mil trabajadores del Congreso, los
cuales, luego de ver impedido su derecho al acceso a la justicia, decidieron buscar tutela ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, la cual, dispuso que el Estado deba garantizar un nuevo
proceso judicial en el cual se tutele el derecho de las víctimas.
La motivación para este informe se da en atención a la afectación de la cual siendo víctimas los ex
trabajadores del Congreso, quienes, luego de una sentencia emitida en el año 2006, aún no logran
obtener justicia, luego de que la Corte Interamericana emitiera un fallo cuestionable e inefectivo. El presente trabajo, se propone como objetivos i) demostrar la invalidez del despido al que fueron
víctimas los extrabajadores, ii) evidenciar la posibilidad jurídica de aplicar el artículo 26° de la
Convención Americana, a partir de la doctrina, jurisprudencia y la necesidad práctica, iii) por último,
evidenciará cómo la simple disposición de un proceso legal no es garantía suficiente para garantizar
la tutela de los derechos de los ciudadanos.
Finalmente, concluiremos señalando que el cese colectivo en contra de las víctimas fue ilegal, que la
inaplicación del artículo 26° de la Convención Americana genera severos daños respecto a una
verdadera tutela reparadora en favor de las víctimas, y, por último, comprobaremos cómo el Estado
generó un escenario de incertidumbre e impredecibilidad que impidió la tutela de los derechos de
las víctimas
|
160 |
Informe Jurídico de la Casación Laboral N° 2456-2014-LIMABoza Santaolalla, Susana 17 August 2021 (has links)
El presente informe jurídico tiene como objetivo realizar un análisis de la protección de la madre trabajadora y movilidad geográfica como un acto de hostilidad a la luz de la Casación N° 2456-2014-Lima. Se plantearán medidas de reparación como la indemnización por daños y perjuicios y de protección como la solicitud de una medida cautelar, medidas que no formaron parte del proceso analizado y que habrían cumplido a cabalidad con la protección de la madre trabajadora
|
Page generated in 0.073 seconds