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Informe jurídico sobre la Casación N° 542-2017- Lambayeque

Zavaleta Kusumura, Namíe Kim 09 August 2024 (has links)
El artículo 384° del Código Penal peruano, que tipifica el delito de colusión, continúa siendo objeto de controversia debido a la falta de consenso en la interpretación de los elementos del tipo que lo conforman. La Casación N° 542-2017, Lambayeque, evidencia esta problemática a través de los votos discordantes de los magistrados, lo cual impacta directamente en la resolución del caso. Este fallo ha suscitado tres cuestiones jurídicas fundamentales: la identificación del bien jurídico protegido, la exigencia de un menoscabo patrimonial efectivo en la modalidad agravada, y la naturaleza autónoma o derivada de las formas simple y agravada del delito. Tras un análisis exhaustivo de la doctrina nacional y la jurisprudencia de la Corte Suprema, se concluye que el delito de colusión tutela dos bienes jurídicos específicos: por un lado, la distribución eficaz de los fondos públicos, fundamentada en los principios de imparcialidad y transparencia, y por otro, la preservación del erario estatal. Adicionalmente, se deduce que, para la configuración de la modalidad agravada de colusión, es imperativo que se produzca un perjuicio económico tangible para el Estado. Finalmente, se determina que la relación entre las modalidades simple y agravada es de tipo base a derivado, descartando la caracterización del delito de colusión como un ilícito conspirativo o de tendencia interna trascendente, por no ajustarse a los elementos objetivos que conforman el tipo penal. / Article 384° of the Peruvian Criminal Code, which typifies the crime of collusion, continues to be subject to controversy due to the lack of consensus in the interpretation of the elements of the type that comprise it. Cassation No. 542-2017, Lambayeque, evidences this problem through the discordant votes of the judges, which directly impacts the resolution of the case. This ruling has raised three fundamental legal issues: the identification of the protected legal right, the requirement of an effective patrimonial impairment in the aggravated modality, and the autonomous or derived nature of the simple and aggravated forms of the crime. After an exhaustive analysis of the national doctrine and the jurisprudence of the Supreme Court, it is concluded that the crime of collusion protects two specific legal interests: on the one hand, the effective distribution of public funds, based on the principles of impartiality and transparency, and on the other hand, the preservation of the state treasury. Additionally, it is deduced that, for the configuration of the aggravated form of collusion, it is imperative that there is a tangible economic damage to the State. Finally, it is determined that the relationship between the simple and aggravated modalities is from base type to derivative, discarding the characterization of the crime of collusion as a conspiratorial crime or of transcendent internal tendency, since it does not adjust to the objective elements that make up the criminal type.
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Informe Jurídico sobre la Casación N°1464-2021/Apurímac

Lagos Arzapalo, Ximenna Stella 05 August 2024 (has links)
El 8 de marzo de 2019, los señores Alejandro Huilca Pinares, Julián Ochoa Aysa, Alejandra Ochoa Puma y Rodmy Cabrera Espinal fueron sentenciados por el delito de entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos en agravio del Estado; en consecuencia, se les condenó a 4 años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el plazo de 2 años, se establecieron reglas de conducta y se fijó una reparación civil de 2 mil soles. Esta condena, en los hechos, se basó en la interrupción de una carretera situada en la comunidad campesina de Quehuira, la cual duró aproximadamente 20 minutos, no tuvo muestras de violencia y no generó afectación al Estado o a cualquier otro ciudadano. Los sentenciados apelaron dicha decisión, pero la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac confirmó la sentencia. Por ello, promovieron el recurso de casación frente a esta última decisión; sin embargo, la Sala Penal Permanente de la Corte de Justicia de la República, declaró infundado el recurso de casación y confirmó la sentencia de primera instancia indicando expresamente que el derecho a la protesta trasluce un desvalor debido a que impone, en cualquier circunstancia, una determinada opinión, incluso aunque ello requiera del acto de lesionar o dañar deliberadamente. Frente a ello, el objetivo del presente informe es analizar si la decisión de la Sala Penal Permanente de la Corte de Justicia de la República se alinea a los estándares del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. / On March 8, 2019, Messrs. Alejandro Huilca Pinares, Julián Ochoa Aysa, Alejandra Ochoa Puma and Rodmy Cabrera Espinal were sentenced for the crime of obstructing the operation of public services to the detriment of the State; consequently, they were sentenced to 4 years of prison suspended for the term of 2 years, rules of conduct were established and a civil reparation of 2 thousand soles was set. This sentence, in the facts, was based on the interruption of a road located in the rural community of Quehuira, which lasted approximately 20 minutes, had no signs of violence and did not affect the State or any other citizen. The defendants appealed the decision, but the Criminal Appeals Chamber of the Superior Court of Justice of Apurimac confirmed the sentence. However, the Permanent Criminal Chamber of the Court of Justice of the Republic declared the appeal unfounded and upheld the first instance sentence, expressly stating that the right to protest has a devaluation because it imposes, in any circumstance, a certain opinion, even if it requires the act of deliberately injuring or damaging. In view of this, the purpose of this report is to analyze whether the decision of the Permanent Criminal Chamber of the Court of Justice of the Republic is in line with the standards of International Human Rights Law.
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Informe Jurídico de la Casación Nº1609-2019/MOQUEGUA

Santillán Mattos, Francisco 07 August 2024 (has links)
El presente informe tiene interés jurídico por la relevancia de los temas que aborda la Casación N° 1609-2019 – Moquegua. El caso implica el estudio de la absolución del encausado Christian Mario Rospigliosi Mendoza como autor del delito de Peculado doloso en agravio del Gobierno Regional de Moquegua, el cual es analizado por la Corte Suprema en virtud del recurso presentado por el despacho Fiscal Superior competente. Se denunció que las instancias recurridas incurrieron en vulneraron el precepto material y de la garantía de motivación, acorde al artículo 429, incisos 3 y 4 del Código Procesal Penal. En ese sentido, el informe estudia la naturaleza jurídica del Principio de Confianza, la aplicación de la teoría de infracción de deber en el delito de peculado y sus consecuencias en la imputación objetiva. De manera complementaria se analiza la afectación constitucional a la debida motivación por ilogicidad e insuficiencia en la argumentación. El informe plantea que las instancias recurridas interpretaron erradamente los alcances y aplicación del Principio de Confianza en el delito de Peculado. Ello produjo la exclusión de imputación del encausado en base a argumentos no motivados como consecuencia de inferencias probatorias que no se corresponden con fundamentos jurídicos desarrollados por la jurisprudencia, la doctrina, y la razonabilidad exigible a la actuación jurisdiccional. / This report has legal interest due to the relevance of the issues addressed by Cassation No. 1609-2019 – Moquegua. The case involves the study of the acquittal of the accused Christian Mario Rospigliosi Mendoza as the author of the crime of intentional embezzlement to the detriment of the Regional Government of Moquegua, which is analyzed by the Supreme Court by virtue of the appeal presented by the competent Superior Prosecutor's office. It was reported that the appealed authorities committed a violation of a material provision and violation of the guarantee of motivation, in accordance with article 429, paragraphs 3 and 4 of the Criminal Procedure Code. In this sense, the report studies the legal nature of the Principle of Trust, the application of the theory of breach of duty in the crime of embezzlement and its consequences in objective imputation. In a complementary manner, the constitutional impact on due motivation due to illogicality and insufficiency in the argumentation is analyzed. The report states that the appealed authorities wrongly interpreted the scope and application of the Principle of Trust in the crime of Embezzlement as one of breach of duty. This meant the exclusion of the accused from being charged based on unmotivated arguments as a consequence of evidentiary inferences that do not correspond to legal foundations developed by jurisprudence, doctrine, and the reasonableness required of jurisdictional action.
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Informe Jurídico sobre el Recurso de Casación 67- 2017/Lima

Jara García, Julio Alejandro 13 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico se centra en el análisis tanto del objeto penal como civil del Recurso de Casación 67-2017; todo centrado en el delito relativo a la negociación incompatible. Por parte del objeto penal se evalúan los elementos típicos de “interesarse indebidamente” y “en función de su cargo”, principalmente. También se adentra tangencialmente en temáticas como el tan mentado funcionario de facto. En cuanto al segundo objeto en mención se centra en la responsabilidad civil de los terceros civilmente responsables y se tocan temas como la responsabilidad civil ex delicto directa, vicaria, extracontractual y contractual de la persona jurídica.
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Análisis crítico sobre la configuración del delito de negociación incompatible a la luz de la línea interpretativa propuesta por la Corte Suprema en la Casación N° 231-2017-Puno

Jara Enriquez, Eloisa 01 January 2023 (has links)
El presente informe jurídico tiene como objetivo realizar un análisis crítico sobre los problemas jurídicos identificados en la Casación N° 231-2017-Puno, a través de la cual, se absolvió por el delito de negociación incompatible a los acusados -alcalde y miembros del comité especial de la provincia de Melgar- en referencia a un proceso de contratación bajo la modalidad de proceso exonerado realizado en el año 2010. En la sentencia en mención se ha identificado tres problemas jurídicos: el primero, hace referencia a que el bien jurídico del delito de negociación incompatible es el patrimonio, el segundo es que en la sentencia se identifica al delito de negociación incompatible como un delito de peligro concreto y, el tercer problema jurídico identificado es que de acuerdo con la Corte Suprema, el interés indebido no es una mera parcialización, sino que este interés se tiene que ver reflejado en un beneficio de carácter económico sobre el propio sujeto activo o terceros. Al respecto, a lo largo del trabajo, a través de un análisis teórico, jurídico y, además, normativo se postulará que esta lectura de la Corte Suprema es errada en tanto estas conclusiones no se derivan de la estructura típica de este delito, así como que la misma no es acorde con una lectura de proscripción de la corrupción, menos aún, es una línea de interpretación conforme las Convenciones Internacionales sobre la lucha contra la corrupción. / The purpose of this legal report is to make a critical analysis of the legal problems identified in Cassation N°. 231-2017-Puno, through which the defendants -mayor and members of the special committee of the province of Melgar- were acquitted for the crime of incompatible negotiation - in reference to a contracting process under the modality of exonerated process carried out in 2010. In this work, have been identified three legal problems in the sentence: the first refers to the fact that the legal asset of the crime of incompatible negotiation is the patrimony, the second is that in the sentence the crime of incompatible negotiation is identified as a crime of specific danger and, the third legal identifying problem is that according to the Supreme Court, the undue interest is not a mere bias, but rather this interest must be reflected in an economic benefit on the active subject or third parties. In this regard, throughout the work, through a theoretical, legal and, in addition, normative analysis, it will postulate that this reading of the Supreme Court is wrong insofar as these conclusions are not derived from the typical structure of this crime, as well as it is not consistent with a reading of the prohibition of corruption, even less, it is a line of interpretation in accordance with the International Conventions on the fight against corruption.
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Sentencia N° 265/2021 del Expediente 00001-2020-PI/TC “Caso de la sanción y prevención de la pesca ilegal”

Chavez Macuado, Melady Steffania 02 August 2023 (has links)
El presente informe realiza un análisis de los problemas jurídicos hallados en la Sentencia N° 265/2021 del Expediente 00001-2020-PI/TC. Respecto a la demanda de inconstitucionalidad por 5135 ciudadanos contra el Decreto Legislativo Nº 1393, emitido a consecuencia de la Ley Autoritativa Nº30823; ello con el objetivo de regular la interdicción en las actividades de pesca ilegal. Para analizar la validez constitucional del Decreto Legislativo, analizaremos el contenido de los artículos relacionados a las infracciones constitucionales y examinaremos su afectación a los derechos fundamentales para poder asegurar o no que el Decreto Legislativo N° 1393 es constitucional o deviene en inconstitucional. En ese sentido, se propone como objetivos i) demostrar que el Decreto Legislativo Nº 1393 no tiene vicios de inconstitucionalidad formal, debido a que se encuentran dentro de los confines de la materia delegada mediante la Ley Nº 30823, ii) evidenciar que el artículo 3 del DL Nº 1393, no vulnera el derecho de propiedad en función de la doctrina y jurisprudencia, iii) evidenciar que el artículo 6 del DL Nº 1393 al disponer las acciones de interdicción contra la pesca ilegal, no atenta contra la libre iniciativa privada, iv) demostrar que la Única Disposición Complementaria Transitoria transgrede la tutela procesal efectiva, v) verificar si las medidas de interdicción de la Tercera Disposición Complementaria Final del DL N° 1393 vulneran el derecho de petición, vi) determinar si la Segunda Disposición Complementaria Final una medida excesiva de la función pública. / This report analyzes the legal problems found in Judgment No. 265/2021 of File 00001-2020-PI/TC. Regarding the unconstitutionality claim by 5135 citizens against Legislative Decree No. 1393, issued as a result of Authoritative Law No. 30823; this with the objective of regulating the interdiction of illegal fishing activities. To analyze the constitutional validity of the Legislative Decree, we will analyze the content of the articles related to constitutional infractions and we will examine their affectation on fundamental rights in order to ensure or not that Legislative Decree No. 1393 is constitutional or becomes unconstitutional. In this sense, it is proposed as objectives i) to demonstrate that Legislative Decree No. 1393 has no defects of formal unconstitutionality, because they are within the confines of the matter delegated by Law No. 30823, ii) to show that article 3 of DL No. 1393, does not violate the right to property based on doctrine and jurisprudence, iii) demonstrate that article 6 of DL No. 1393, when providing for interdiction actions against illegal fishing, does not violate free private initiative, iv ) demonstrate that the Sole Transitory Complementary Provision violates the effective procedural protection, v) verify if the interdiction measures of the Third Final Complementary Provision of Legislative Decree No. 1393 violate the right of petition, vi) determine if the Second Final Complementary Provision is an excessive measure of the public function.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°423-2005, proceso penal seguido contra funcionarios de General Electric S.A.

Sztrancman Torres, Mitchel 01 July 2021 (has links)
El presente informe jurídico realiza un análisis sobre las controversias legales suscitadas entre las empresas General Electric y LATAM durante al final de los años 90, aquellos tienen su origen en 3 contratos de distribución celebrados sucesivamente entre ambas empresas en los años 1992, 1994 y 1996. En dichos conflictos legales, cobran relevancia las figuras de derecho penal y constitucional como el delito de estafa, la idoneidad del engaño, el deber de auto protección de la víctima, las medidas de coerción personal, el derecho a la motivación de las resoluciones judiciales, la procedencia del Habeas Corpus y los límites materiales del Tribunal Constitucional para pronunciarse en controversias penales. El objetivo del informe es determinar si la conducta desplegada por los funcionarios de General Electric se configura bajo el delito de estafa y determinar la competencia del Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre el auto apertorio de instrucción emitido por el 25° Juzgado Penal de Lima. Finalizado el mismo, arribamos a la conclusión que no se ha configurado el delito de estafa al no existir un engaño desplegado por parte de los funcionarios de General Electric. Por otro lado, sostenemos que el Tribunal Constitucional ostenta competencia para determinar la constitucionalidad del auto apertorio de instrucción a efectos garantizar el cumplimiento de los derechos reconocidos en la Constitución, quedando prohibido que este órgano determine la responsabilidad penal de los investigados pues ello le corresponde al juez penal.
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Medidas de coerción personal alternativas a la prisión ¿existen mecanismos eficientes para el monitoreo y supervisión del cumplimiento de estas medidas?

Bances Farro, Liliana Analinda 27 June 2024 (has links)
La ejecución de las medidas de coerción personal menos gravosa para la libertad de los procesados que reconoce nuestro ordenamiento procesal peruano como la comparecencia simple, comparecencia con restricciones, detención domiciliaria, impedimento de salida del país o suspensión preventiva de derechos, presenta una serie de desafíos y dificultades que están limitando su viabilidad y consolidación, motivados por la falta de mecanismos eficaces de monitoreo y supervisión. No existe un sistema integral de control que asegure el cumplimiento de estas medidas, por lo que son consideras alternativas insuficientes que favorecen la impunidad y contribuyen a los altos niveles de inseguridad ciudadana, de modo que la prisión preventiva representa el principal instrumento viable de respuesta para enfrentar la problemática de la delincuencia común. En ese contexto, el presente trabajo consiste en el análisis de las medidas de coerción personal y la necesidad de implementar un “Centro de monitoreo y supervisión de riesgos procesales de las medidas de coerción personal no privativas de la libertad”, con la finalidad de abordar de forma sistémica e integral las estrategias de control y vigilancia para la ejecución de las restricciones o normas impuestas por las autoridades del sistema de justicia penal, coadyuvando a que el procesado en libertad pueda comparecer al juicio, no obstaculice la investigación o represente un peligro para la seguridad de la víctima, testigo o sociedad en general, previniendo oportunamente actos de reiteración delictiva o revictimización.
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Informe jurídico sobre la resolución del Recurso de Casación N°1379-2017/Nacional

Jeri Contreras, Rosana Ximena 05 August 2024 (has links)
El caso gira entorno a las diversas irregularidades que se produjeron en la ejecución de una obra en su etapa de liquidación y resolución contractual. En donde se presume que habría existido una concertación entre los funcionarios del Gobierno Regional de Tumbes y los representantes de la persona jurídica A&J Inversiones S.A.C con la finalidad de perjudicar el patrimonio del Estado. Tal concertación, se habría materializado en virtud de una conciliación arbitral en la que intervino un tribunal arbitral integrado por tres árbitros, quienes emitieron finalmente un laudo arbitral favoreciendo a la empresa contratista con pagos injustificados.
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Informe Jurídico respecto a la Sentencia de la Casación Nro. 123-2023/Callao

Salvatierra Amaya, Alexandra Lucia 09 August 2024 (has links)
El presente informe aborda un análisis del delito de negociación incompatible, así como sobre sus elementos típicos y de valoración. En este orden de ideas, se pretende analizar un presunto caso de corrupción pública, en donde funcionarios de Esvisac, empresa público privada, se habrían interesado indebidamente de sus cargos para ocasionar perjuicios a la Administración Pública. Así, desarrollan problemáticas en torno a la distinción de los elementos requeridos en campo administrativo y penal, la valoración del interés indebido, así como los diferentes elementos del delito de negociación incompatible. El principal objetivo de este trabajo es delimitar de forma clara las irregularidades administrativas de los ilícitos penales, para así, en el marco de los principios rectores del Derecho Penal, respetar siempre la ultimo ratio del mismo, pretender que este se utilice como un recurso final cuando las otras ramas del derecho no puedan resolver la situación de manera adecuada. Así, el informe pretende proporcionar una base sólida para el entendimiento y la aplicación correcta de la ley en casos de negociación incompatible, contribuyendo al fortalecimiento del sistema legal y la justicia en situaciones de corrupción pública.

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