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Informe jurídico sobre la Casación N° 542-2017- LambayequeZavaleta Kusumura, Namíe Kim 09 August 2024 (has links)
El artículo 384° del Código Penal peruano, que tipifica el delito de colusión, continúa
siendo objeto de controversia debido a la falta de consenso en la interpretación de los
elementos del tipo que lo conforman. La Casación N° 542-2017, Lambayeque,
evidencia esta problemática a través de los votos discordantes de los magistrados, lo
cual impacta directamente en la resolución del caso.
Este fallo ha suscitado tres cuestiones jurídicas fundamentales: la identificación del
bien jurídico protegido, la exigencia de un menoscabo patrimonial efectivo en la
modalidad agravada, y la naturaleza autónoma o derivada de las formas simple y
agravada del delito.
Tras un análisis exhaustivo de la doctrina nacional y la jurisprudencia de la Corte
Suprema, se concluye que el delito de colusión tutela dos bienes jurídicos específicos:
por un lado, la distribución eficaz de los fondos públicos, fundamentada en los
principios de imparcialidad y transparencia, y por otro, la preservación del erario
estatal. Adicionalmente, se deduce que, para la configuración de la modalidad
agravada de colusión, es imperativo que se produzca un perjuicio económico tangible
para el Estado.
Finalmente, se determina que la relación entre las modalidades simple y agravada es
de tipo base a derivado, descartando la caracterización del delito de colusión como
un ilícito conspirativo o de tendencia interna trascendente, por no ajustarse a los
elementos objetivos que conforman el tipo penal. / Article 384° of the Peruvian Criminal Code, which typifies the crime of collusion,
continues to be subject to controversy due to the lack of consensus in the interpretation
of the elements of the type that comprise it. Cassation No. 542-2017, Lambayeque, evidences this problem through the discordant votes of the judges, which directly
impacts the resolution of the case.
This ruling has raised three fundamental legal issues: the identification of the protected
legal right, the requirement of an effective patrimonial impairment in the aggravated
modality, and the autonomous or derived nature of the simple and aggravated forms
of the crime.
After an exhaustive analysis of the national doctrine and the jurisprudence of the
Supreme Court, it is concluded that the crime of collusion protects two specific legal
interests: on the one hand, the effective distribution of public funds, based on the
principles of impartiality and transparency, and on the other hand, the preservation of
the state treasury. Additionally, it is deduced that, for the configuration of the
aggravated form of collusion, it is imperative that there is a tangible economic damage
to the State.
Finally, it is determined that the relationship between the simple and aggravated
modalities is from base type to derivative, discarding the characterization of the crime
of collusion as a conspiratorial crime or of transcendent internal tendency, since it does
not adjust to the objective elements that make up the criminal type.
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Informe Jurídico sobre la Casación N°1464-2021/ApurímacLagos Arzapalo, Ximenna Stella 05 August 2024 (has links)
El 8 de marzo de 2019, los señores Alejandro Huilca Pinares, Julián Ochoa Aysa,
Alejandra Ochoa Puma y Rodmy Cabrera Espinal fueron sentenciados por el delito de
entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos en agravio del Estado; en
consecuencia, se les condenó a 4 años de pena privativa de libertad suspendida en su
ejecución por el plazo de 2 años, se establecieron reglas de conducta y se fijó una
reparación civil de 2 mil soles. Esta condena, en los hechos, se basó en la interrupción
de una carretera situada en la comunidad campesina de Quehuira, la cual duró
aproximadamente 20 minutos, no tuvo muestras de violencia y no generó afectación al
Estado o a cualquier otro ciudadano.
Los sentenciados apelaron dicha decisión, pero la Sala Penal de Apelaciones de la
Corte Superior de Justicia de Apurímac confirmó la sentencia. Por ello, promovieron el
recurso de casación frente a esta última decisión; sin embargo, la Sala Penal
Permanente de la Corte de Justicia de la República, declaró infundado el recurso de
casación y confirmó la sentencia de primera instancia indicando expresamente que el
derecho a la protesta trasluce un desvalor debido a que impone, en cualquier
circunstancia, una determinada opinión, incluso aunque ello requiera del acto de lesionar
o dañar deliberadamente. Frente a ello, el objetivo del presente informe es analizar si la
decisión de la Sala Penal Permanente de la Corte de Justicia de la República se alinea
a los estándares del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. / On March 8, 2019, Messrs. Alejandro Huilca Pinares, Julián Ochoa Aysa, Alejandra
Ochoa Puma and Rodmy Cabrera Espinal were sentenced for the crime of obstructing
the operation of public services to the detriment of the State; consequently, they were
sentenced to 4 years of prison suspended for the term of 2 years, rules of conduct were
established and a civil reparation of 2 thousand soles was set. This sentence, in the
facts, was based on the interruption of a road located in the rural community of Quehuira,
which lasted approximately 20 minutes, had no signs of violence and did not affect the
State or any other citizen.
The defendants appealed the decision, but the Criminal Appeals Chamber of the
Superior Court of Justice of Apurimac confirmed the sentence. However, the Permanent
Criminal Chamber of the Court of Justice of the Republic declared the appeal unfounded
and upheld the first instance sentence, expressly stating that the right to protest has a
devaluation because it imposes, in any circumstance, a certain opinion, even if it requires
the act of deliberately injuring or damaging. In view of this, the purpose of this report is
to analyze whether the decision of the Permanent Criminal Chamber of the Court of
Justice of the Republic is in line with the standards of International Human Rights Law.
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Informe Jurídico de la Casación Nº1609-2019/MOQUEGUASantillán Mattos, Francisco 07 August 2024 (has links)
El presente informe tiene interés jurídico por la relevancia de los temas que
aborda la Casación N° 1609-2019 – Moquegua. El caso implica el estudio de la
absolución del encausado Christian Mario Rospigliosi Mendoza como autor del
delito de Peculado doloso en agravio del Gobierno Regional de Moquegua, el
cual es analizado por la Corte Suprema en virtud del recurso presentado por el
despacho Fiscal Superior competente.
Se denunció que las instancias recurridas incurrieron en vulneraron el precepto
material y de la garantía de motivación, acorde al artículo 429, incisos 3 y 4 del
Código Procesal Penal. En ese sentido, el informe estudia la naturaleza jurídica
del Principio de Confianza, la aplicación de la teoría de infracción de deber en el
delito de peculado y sus consecuencias en la imputación objetiva. De manera
complementaria se analiza la afectación constitucional a la debida motivación
por ilogicidad e insuficiencia en la argumentación.
El informe plantea que las instancias recurridas interpretaron erradamente los
alcances y aplicación del Principio de Confianza en el delito de Peculado. Ello
produjo la exclusión de imputación del encausado en base a argumentos no
motivados como consecuencia de inferencias probatorias que no se
corresponden con fundamentos jurídicos desarrollados por la jurisprudencia, la
doctrina, y la razonabilidad exigible a la actuación jurisdiccional. / This report has legal interest due to the relevance of the issues addressed by
Cassation No. 1609-2019 – Moquegua. The case involves the study of the
acquittal of the accused Christian Mario Rospigliosi Mendoza as the author of the
crime of intentional embezzlement to the detriment of the Regional Government
of Moquegua, which is analyzed by the Supreme Court by virtue of the appeal
presented by the competent Superior Prosecutor's office.
It was reported that the appealed authorities committed a violation of a material
provision and violation of the guarantee of motivation, in accordance with article
429, paragraphs 3 and 4 of the Criminal Procedure Code. In this sense, the report
studies the legal nature of the Principle of Trust, the application of the theory of
breach of duty in the crime of embezzlement and its consequences in objective
imputation. In a complementary manner, the constitutional impact on due
motivation due to illogicality and insufficiency in the argumentation is analyzed.
The report states that the appealed authorities wrongly interpreted the scope and
application of the Principle of Trust in the crime of Embezzlement as one of
breach of duty. This meant the exclusion of the accused from being charged
based on unmotivated arguments as a consequence of evidentiary inferences
that do not correspond to legal foundations developed by jurisprudence, doctrine,
and the reasonableness required of jurisdictional action.
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Informe Jurídico sobre el Recurso de Casación 67- 2017/LimaJara García, Julio Alejandro 13 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico se centra en el análisis tanto del objeto penal como
civil del Recurso de Casación 67-2017; todo centrado en el delito relativo a la
negociación incompatible. Por parte del objeto penal se evalúan los elementos
típicos de “interesarse indebidamente” y “en función de su cargo”,
principalmente. También se adentra tangencialmente en temáticas como el tan
mentado funcionario de facto.
En cuanto al segundo objeto en mención se centra en la responsabilidad civil de
los terceros civilmente responsables y se tocan temas como la responsabilidad
civil ex delicto directa, vicaria, extracontractual y contractual de la persona
jurídica.
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Análisis crítico sobre la configuración del delito de negociación incompatible a la luz de la línea interpretativa propuesta por la Corte Suprema en la Casación N° 231-2017-PunoJara Enriquez, Eloisa 01 January 2023 (has links)
El presente informe jurídico tiene como objetivo realizar un análisis crítico sobre los
problemas jurídicos identificados en la Casación N° 231-2017-Puno, a través de la cual, se
absolvió por el delito de negociación incompatible a los acusados -alcalde y miembros del
comité especial de la provincia de Melgar- en referencia a un proceso de contratación bajo la
modalidad de proceso exonerado realizado en el año 2010.
En la sentencia en mención se ha identificado tres problemas jurídicos: el primero, hace
referencia a que el bien jurídico del delito de negociación incompatible es el patrimonio, el
segundo es que en la sentencia se identifica al delito de negociación incompatible como un
delito de peligro concreto y, el tercer problema jurídico identificado es que de acuerdo con la
Corte Suprema, el interés indebido no es una mera parcialización, sino que este interés se
tiene que ver reflejado en un beneficio de carácter económico sobre el propio sujeto activo o
terceros. Al respecto, a lo largo del trabajo, a través de un análisis teórico, jurídico y, además,
normativo se postulará que esta lectura de la Corte Suprema es errada en tanto estas
conclusiones no se derivan de la estructura típica de este delito, así como que la misma no es
acorde con una lectura de proscripción de la corrupción, menos aún, es una línea de
interpretación conforme las Convenciones Internacionales sobre la lucha contra la
corrupción. / The purpose of this legal report is to make a critical analysis of the legal problems identified
in Cassation N°. 231-2017-Puno, through which the defendants -mayor and members of the
special committee of the province of Melgar- were acquitted for the crime of incompatible
negotiation - in reference to a contracting process under the modality of exonerated process
carried out in 2010.
In this work, have been identified three legal problems in the sentence: the first refers to the
fact that the legal asset of the crime of incompatible negotiation is the patrimony, the second
is that in the sentence the crime of incompatible negotiation is identified as a crime of
specific danger and, the third legal identifying problem is that according to the Supreme
Court, the undue interest is not a mere bias, but rather this interest must be reflected in an
economic benefit on the active subject or third parties. In this regard, throughout the work,
through a theoretical, legal and, in addition, normative analysis, it will postulate that this
reading of the Supreme Court is wrong insofar as these conclusions are not derived from the
typical structure of this crime, as well as it is not consistent with a reading of the prohibition
of corruption, even less, it is a line of interpretation in accordance with the International
Conventions on the fight against corruption.
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Sentencia N° 265/2021 del Expediente 00001-2020-PI/TC “Caso de la sanción y prevención de la pesca ilegal”Chavez Macuado, Melady Steffania 02 August 2023 (has links)
El presente informe realiza un análisis de los problemas jurídicos hallados en la
Sentencia N° 265/2021 del Expediente 00001-2020-PI/TC. Respecto a la
demanda de inconstitucionalidad por 5135 ciudadanos contra el Decreto
Legislativo Nº 1393, emitido a consecuencia de la Ley Autoritativa Nº30823; ello
con el objetivo de regular la interdicción en las actividades de pesca ilegal.
Para analizar la validez constitucional del Decreto Legislativo, analizaremos el
contenido de los artículos relacionados a las infracciones constitucionales y
examinaremos su afectación a los derechos fundamentales para poder asegurar
o no que el Decreto Legislativo N° 1393 es constitucional o deviene en
inconstitucional. En ese sentido, se propone como objetivos i) demostrar que el
Decreto Legislativo Nº 1393 no tiene vicios de inconstitucionalidad formal, debido
a que se encuentran dentro de los confines de la materia delegada mediante la
Ley Nº 30823, ii) evidenciar que el artículo 3 del DL Nº 1393, no vulnera el
derecho de propiedad en función de la doctrina y jurisprudencia, iii) evidenciar
que el artículo 6 del DL Nº 1393 al disponer las acciones de interdicción contra
la pesca ilegal, no atenta contra la libre iniciativa privada, iv) demostrar que la
Única Disposición Complementaria Transitoria transgrede la tutela procesal
efectiva, v) verificar si las medidas de interdicción de la Tercera Disposición
Complementaria Final del DL N° 1393 vulneran el derecho de petición, vi)
determinar si la Segunda Disposición Complementaria Final una medida
excesiva de la función pública. / This report analyzes the legal problems found in Judgment No. 265/2021 of File
00001-2020-PI/TC. Regarding the unconstitutionality claim by 5135 citizens
against Legislative Decree No. 1393, issued as a result of Authoritative Law No.
30823; this with the objective of regulating the interdiction of illegal fishing
activities.
To analyze the constitutional validity of the Legislative Decree, we will analyze
the content of the articles related to constitutional infractions and we will examine
their affectation on fundamental rights in order to ensure or not that Legislative
Decree No. 1393 is constitutional or becomes unconstitutional. In this sense, it is
proposed as objectives i) to demonstrate that Legislative Decree No. 1393 has
no defects of formal unconstitutionality, because they are within the confines of
the matter delegated by Law No. 30823, ii) to show that article 3 of DL No. 1393,
does not violate the right to property based on doctrine and jurisprudence, iii)
demonstrate that article 6 of DL No. 1393, when providing for interdiction actions
against illegal fishing, does not violate free private initiative, iv ) demonstrate that
the Sole Transitory Complementary Provision violates the effective procedural
protection, v) verify if the interdiction measures of the Third Final Complementary
Provision of Legislative Decree No. 1393 violate the right of petition, vi) determine
if the Second Final Complementary Provision is an excessive measure of the
public function.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°423-2005, proceso penal seguido contra funcionarios de General Electric S.A.Sztrancman Torres, Mitchel 01 July 2021 (has links)
El presente informe jurídico realiza un análisis sobre las controversias legales suscitadas entre
las empresas General Electric y LATAM durante al final de los años 90, aquellos tienen su origen
en 3 contratos de distribución celebrados sucesivamente entre ambas empresas en los años
1992, 1994 y 1996. En dichos conflictos legales, cobran relevancia las figuras de derecho penal
y constitucional como el delito de estafa, la idoneidad del engaño, el deber de auto protección de
la víctima, las medidas de coerción personal, el derecho a la motivación de las resoluciones
judiciales, la procedencia del Habeas Corpus y los límites materiales del Tribunal Constitucional
para pronunciarse en controversias penales. El objetivo del informe es determinar si la conducta
desplegada por los funcionarios de General Electric se configura bajo el delito de estafa y
determinar la competencia del Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre el auto apertorio
de instrucción emitido por el 25° Juzgado Penal de Lima. Finalizado el mismo, arribamos a la
conclusión que no se ha configurado el delito de estafa al no existir un engaño desplegado por
parte de los funcionarios de General Electric. Por otro lado, sostenemos que el Tribunal
Constitucional ostenta competencia para determinar la constitucionalidad del auto apertorio de
instrucción a efectos garantizar el cumplimiento de los derechos reconocidos en la Constitución,
quedando prohibido que este órgano determine la responsabilidad penal de los investigados
pues ello le corresponde al juez penal.
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Medidas de coerción personal alternativas a la prisión ¿existen mecanismos eficientes para el monitoreo y supervisión del cumplimiento de estas medidas?Bances Farro, Liliana Analinda 27 June 2024 (has links)
La ejecución de las medidas de coerción personal menos gravosa para la
libertad de los procesados que reconoce nuestro ordenamiento procesal
peruano como la comparecencia simple, comparecencia con restricciones,
detención domiciliaria, impedimento de salida del país o suspensión preventiva
de derechos, presenta una serie de desafíos y dificultades que están limitando
su viabilidad y consolidación, motivados por la falta de mecanismos eficaces de
monitoreo y supervisión. No existe un sistema integral de control que asegure
el cumplimiento de estas medidas, por lo que son consideras alternativas
insuficientes que favorecen la impunidad y contribuyen a los altos niveles de
inseguridad ciudadana, de modo que la prisión preventiva representa el
principal instrumento viable de respuesta para enfrentar la problemática de la
delincuencia común.
En ese contexto, el presente trabajo consiste en el análisis de las medidas
de coerción personal y la necesidad de implementar un “Centro de monitoreo y
supervisión de riesgos procesales de las medidas de coerción personal no
privativas de la libertad”, con la finalidad de abordar de forma sistémica e
integral las estrategias de control y vigilancia para la ejecución de las
restricciones o normas impuestas por las autoridades del sistema de justicia
penal, coadyuvando a que el procesado en libertad pueda comparecer al juicio,
no obstaculice la investigación o represente un peligro para la seguridad de la
víctima, testigo o sociedad en general, previniendo oportunamente actos de
reiteración delictiva o revictimización.
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Informe jurídico sobre la resolución del Recurso de Casación N°1379-2017/NacionalJeri Contreras, Rosana Ximena 05 August 2024 (has links)
El caso gira entorno a las diversas irregularidades que se produjeron en la
ejecución de una obra en su etapa de liquidación y resolución contractual. En
donde se presume que habría existido una concertación entre los funcionarios
del Gobierno Regional de Tumbes y los representantes de la persona jurídica
A&J Inversiones S.A.C con la finalidad de perjudicar el patrimonio del Estado.
Tal concertación, se habría materializado en virtud de una conciliación arbitral en
la que intervino un tribunal arbitral integrado por tres árbitros, quienes emitieron
finalmente un laudo arbitral favoreciendo a la empresa contratista con pagos
injustificados.
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Informe Jurídico respecto a la Sentencia de la Casación Nro. 123-2023/CallaoSalvatierra Amaya, Alexandra Lucia 09 August 2024 (has links)
El presente informe aborda un análisis del delito de negociación incompatible,
así como sobre sus elementos típicos y de valoración.
En este orden de ideas, se pretende analizar un presunto caso de corrupción
pública, en donde funcionarios de Esvisac, empresa público privada, se habrían
interesado indebidamente de sus cargos para ocasionar perjuicios a la
Administración Pública. Así, desarrollan problemáticas en torno a la distinción de
los elementos requeridos en campo administrativo y penal, la valoración del
interés indebido, así como los diferentes elementos del delito de negociación
incompatible.
El principal objetivo de este trabajo es delimitar de forma clara las irregularidades
administrativas de los ilícitos penales, para así, en el marco de los principios
rectores del Derecho Penal, respetar siempre la ultimo ratio del mismo, pretender
que este se utilice como un recurso final cuando las otras ramas del derecho no
puedan resolver la situación de manera adecuada.
Así, el informe pretende proporcionar una base sólida para el entendimiento y la
aplicación correcta de la ley en casos de negociación incompatible,
contribuyendo al fortalecimiento del sistema legal y la justicia en situaciones de
corrupción pública.
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