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La colaboración eficaz contra el crimen organizado, entre lo permitido y prohibido por el derecho : balance de su aplicación en casos del Destacamento militar ColinaJara Basombrío, Ernesto de la. 10 April 2017 (has links)
La colaboración eficaz constituye una figura jurídica que actualmente está reconocida
en muchos países e internacionalmente –como se verá después–, a manera de expresión
particular del Derecho Penal Premial, el que da origen a una justicia laudativa,
consensuada o negociada, todas denominaciones que responden a la misma lógica. Un
ámbito que, como se puede deducir de la expresión misma, sigue un esquema penal
basado en el reconocimiento de premios, como es la reducción de penas, y no en una
lógica punitiva, esencial a la justicia penal / Tesis
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Argumentación de los acuerdos expedidos en el proceso penal de colaboración eficazTaboada Guardián, Alexander Daniel 02 June 2020 (has links)
La figura del delator encierra tanto cuestionamiento, más aún cuando su
actuación busca algún tipo de compensación por asentar la verdad sobre la mesa.
No obstante, esto no ha mermado su utilidad en el sistema de justicia penal.
En nuestro país, para hacer frente a los fenómenos criminosos más abyectos de
su historia, se han utilizado estos mecanismos con diversos matices para su
promoción. La regulación actual, bajo la configuración de un proceso especial
circunscrito al principio del Consenso, ha dado lugar a diversas críticas orientadas
a la proporcionalidad del beneficio que pueda alcanzar un colaborador eficaz, cuyo
alcance conceptual es diferente al de un simple delator.
Estas exigencias de proporcionalidad, nos sitúa necesariamente en el plano de
la justicia penal negociada, lo que importa una tarea de justificación que relacione
los resultados obtenidos, vía colaboración, con el beneficio materia de consenso.
Así, se reabre el debate sobre la posibilidad de que se pueda argumentar en
ámbitos de negociación, postura negada por autores como Elster y Comanducci.
Al respecto, se asume esta posibilidad tras reconocer que, llegar al punto de
consenso implica muchas veces una tarea dialéctica previa, sobre todo en el
establecimiento de pre acuerdos o acuerdos preliminares, reconociéndose que el
colaborador actúa siguiendo sus intereses y que éstos pueden llevarlo a postular
condenas, obviamente con renuncia a un juicio previo.
Lo sostenido, permite emprender una labor argumentativa a través de la
perspectiva pragmática que conlleven a sugerir lineamientos, en búsqueda de la
comunicación de razones que justifiquen la razonabilidad del acuerdo finalmente
adoptado.
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La vulneración de derechos constitucionales del actor civil en el proceso de terminación anticipadaCaceres Moscoso, Verónica Aimé 04 November 2021 (has links)
La presente producción académica se cimienta en la dinámica establecida dentro del
proceso especial de terminación anticipada (en adelante T.A.), como manifestación del
derecho premial, establecida en el Art. 468° del nuevo modelo procesal penal (en adelante
nCPP), el mismo que muestra como principal objetivo el resultado rápido y eficaz de la
tan anhelada “justicia”, mostrándose como una manera de simplificación del tortuoso y
dilatado proceso penal. Este proceso es la manifestación de la justicia negociada, con
mayor preponderancia entre el fiscal y el imputado, con la finalidad de poner fin al
conflicto durante la etapa de investigación. Sin embargo, cuando analizamos la actuación
del actor civil, quien también forma parte de la relación jurídica procesal por haber sufrido
materialmente la comisión del delito, detectamos que aquel tiene una participación
limitada durante las negociaciones. Lo que solamente existe, es una aparente garantía en
su favor, que es el derecho de impugnación establecido en el núm. 7 del acotado articulo
procesal, cuando aquel no está conforme con la fijación de la indemnización económica
postulatoria -reparación civil. Por ello, sostenemos que el proceso de T.A. afecta los
derechos en sus hebras más fundamentales como lo son: la dignidad humana, tutela
judicial y el debido proceso que corre a favor del actor civil ya que, durante el desarrollo
de este proceso especial, el actor civil no tiene una participación trascendental y los jueces
no garantizan sus derechos, a pesar de que lo que se negocia constituye el objeto civil del
proceso, es decir su pretensión principal. / This academic production is based on the dynamics established within the special process
of early termination (hereinafter TA), as a manifestation of the award law, established in
Art. 468 of the new criminal procedural model (hereinafter nCPP), the same as shows as
its main objective the quick and effective result of the much desired "justice", showing
itself as a way of simplifying the tortuous and lengthy criminal process. This process is
the manifestation of negotiated justice, with greater preponderance between the
prosecutor and the accused, in order to put an end to the conflict during the investigation
stage. However, when we analyze the performance of the civil actor, who is also part of
the procedural legal relationship for having materially suffered the commission of the
crime, we detect that he has a limited participation during the negotiations. What only
exists is an apparent guarantee in their favor, which is the right to challenge established
in no. 7 of the limited procedural article, when he is not satisfied with the fixation of the
postulatory economic compensation - civil reparation. Therefore, we maintain that the
T.A. affects rights in their most fundamental strands such as: human dignity, judicial
protection and due process that runs in favor of the civil actor since, during the
development of this special process, the civil actor does not have a transcendental
participation and the Judges do not guarantee their rights, despite the fact that what is
negotiated constitutes the civil object of the process, that is, its main claim.
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Beneficios del proceso de colaboración eficaz de personas jurídicas como posible afectación al fin de prevención general de la pena. A propósito de los procesos de colaboración eficaz corporativasSolis Adrianzen, Johny Angel 25 May 2020 (has links)
El trabajo titulado Beneficios del Proceso de Colaboración Eficaz de Personas
Jurídicas como posible afectación al fin de Prevención General de la Pena tiene
relevancia jurídica su investigación, puesto que, a la fecha se encuentra vigente un
nuevo proceso de colaboración eficaz a favor de las personas jurídicas y/o
corporativas, proceso que no es aplicado generalmente por los Magistrados de
nuestro país, al ser un proceso nuevo que viene surgiendo; sin embargo, dicho
proceso debe de ser analizado con mucha minuciosidad, ya que al otorgar beneficios
premiales, genera espacios de impunidad, más aun cuando se aplica beneficios no
solo a la persona natural sino también a la empresa, siendo que este doble beneficio
por una misma información, trae con ello, un menaje para el delincuente potencial
que pese a que cometa delitos tiene aún la posibilidad de evitar una condena
efectiva. Por consiguiente, a través del presente artículo se ha buscado describir si
la imposición de benéficos premiales por colaboración eficaz a las personas
jurídicas afectaría o no los fines de prevención general de la pena. Sin desconocer
que el proceso de colaboración eficaz ha demostrado ser un mecanismo eficiente en
lucha contra la corrupción y la criminalidad organizada por lo que su uso,
recientemente ha aumentado considerablemente, inclusive se ha ampliado esta
figura a las personas jurídicas o también llamada por el derecho procesal Brasileño
colaboración eficaz corporativa, sin embargo debe de existir una especial
fundamentación que haga suponer que los fines de la pena en su vertiente de
prevención general no será vulnerada, y que el potencial criminal al conocer que
tiene una oportunidad que no se le impondrá la pena por sus delitos, no actuara con
el mismo respecto al cumplimiento a las normas sociales.
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Estudio comparativo de la aplicación del proceso inmediato reformado en la región Ancash (años 2016-2017), a partir de la vigencia del Decreto Legislativo n°1194Escobal Morales, Héctor Martín 28 January 2021 (has links)
Nuestra investigación busca medir el impacto de la aplicación del proceso inmediato
reformado en los distritos fiscales de Ancash y de El Santa, permitiendo exponer la
construcción de nuestra hipótesis a partir de la reunión y comparación de los datos
objetivos extraídos de las Oficinas de Indicadores de Producción Fiscal del Ministerio
Público, en ambos distritos fiscales, así como del Observatorio de Criminalidad del
Ministerio Público. Dicha medición nos conduce a responder acerca de la utilidad y
consolidación del proceso inmediato en la lucha contra la delincuencia a partir de las
orientaciones fijadas por el Decreto Legislativo N° 1194 que, en ese sentido, se orienta a demostrar que la incidencia de aplicación del proceso inmediato reformado en los distritos fiscales que pertenecen a la región Ancash no ha tenido el impacto esperado por la ciudadanía; por el legislador, respecto de la reducción de la criminalidad, y por parte de los operadores jurisdiccionales, tanto fiscales como jueces penales, quienes registran inconvenientes en el desarrollo del proceso inmediato en sus ámbitos competenciales. En el desarrollo de la investigación, percibimos que uno de sus objetivos centrales de esta resulta ser que la acreditación de las medidas legislativas en el ámbito penal no se advierten como eficientes en la atención de los problemas de la reducción de la inseguridad ciudadana y de la tasa de criminalidad, en el período 2016-2017, por cuanto estos problemas socio criminológicos no pueden ser enfrentados con una política criminal sustentada en el fortalecimiento de un mecanismo de simplificación procesal, sin antes haber realizado un proceso sistemático de conexión de instituciones y de un trazado de política jurisdiccional futura que considere el uso de indicadores de desempeño, puesto que estos se encuentran relacionados con el análisis y evaluación de los resultados judiciales y fiscales, en los ámbitos de acción de las intervenciones públicas de las instituciones que conforman el sistema de justicia
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Garantías reforzadas en el proceso de enjuiciamiento a menores infractores de la ley penalPortugal Sánchez, Juan Carlos 02 February 2021 (has links)
Una regulación especial referida a la investigación y enjuiciamiento penal en
casos de adolescentes menores infractores de la ley penal es legítima en tanto
existan razones objetivas y razonables para su adopción. Esta investigación plantea
que, entre otras razones, los principios del interés superior del niño y de
especialidad cobran especial importancia para redefinir este tratamiento legislativo
especializado. Bajo este planteamiento, el presente trabajo pone en evidencia la
necesidad de construir y reforzar un marco normativo de procesamiento del menor
infractor, especialmente reforzado por garantías específicas y generales, que
oriente al órgano judicial en su conducción del proceso y en la toma de sus
decisiones, siempre en el marco de un debido proceso. Se plantea diversas
garantías reforzadas para el operador judicial frente a una solicitud fiscal de
intervención del derecho a la libertad personal del menor infractor: el derecho a una
defensa técnica indispensable, el juicio a puertas cerradas como excepción a la
regla de publicidad, la aplicación diferenciada del internamiento preventivo, la
garantía del plazo razonable en sentido inverso, el reforzamiento al derecho a no
autoincriminarse, entre otros más, constituyen tópicos de especial aporte por esta
investigación, así como también la incorporación de dos audiencias
específicamente definidas que sirvan como el canal legítimo de concentración para
la aplicación de esta tutela reforzada de garantías.
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La colaboración eficaz contra el crimen organizado, entre lo permitido y prohibido por el derecho : balance de su aplicación en casos del Destacamento militar ColinaJara Basombrío, Ernesto de la. 10 April 2017 (has links)
La colaboración eficaz constituye una figura jurídica que actualmente está reconocida
en muchos países e internacionalmente –como se verá después–, a manera de expresión
particular del Derecho Penal Premial, el que da origen a una justicia laudativa,
consensuada o negociada, todas denominaciones que responden a la misma lógica. Un
ámbito que, como se puede deducir de la expresión misma, sigue un esquema penal
basado en el reconocimiento de premios, como es la reducción de penas, y no en una
lógica punitiva, esencial a la justicia penal / Tesis
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El Derecho Procesal Penal de las Personas jurídicas: ¿La regulación procesal ofrecida por la Ley N° 30424 garantiza suficientemente el derecho de defensa de las personas jurídicas como imputadas en el proceso penal?Alvarez Porras, Joan Manuel 23 October 2024 (has links)
La presente tesis busca evidenciar los diversos problemas que se generan con el
derecho de defensa de la persona jurídica y sus derechos instrumentales a partir de la
entrada en vigencia de la Ley N° 30424, lo cual nos permitirá afirmar que ésta no ofrece
una regulación procesal suficiente para garantizar el adecuado ejercicio de defensa de
la persona jurídica en el proceso penal en un régimen de responsabilidad autónoma de
la persona jurídica. La ley ha establecido como reglas procesales a aquellas que han
fueron diseñadas para el régimen de las consecuencias accesorias contra la persona
jurídica, en donde la responsabilidad de la persona jurídica es accesoria (se requiere la
previa condena de la persona física) y su estatuto jurídico procesal no es el de sujeto
procesal imputado, sino de sujeto pasivo del proceso penal.
En ese orden de ideas, expondremos los problemas que genera la ley con el derecho
de defensa, el derecho a la autodefensa material y el derecho a la no autoincriminación
de la persona jurídica, a partir de lo cual se advierte que se ha han suscitado una
antinomia normativa, lagunas legales y normas procesales que vulneran el derecho de
defensa e instrumentales de la persona jurídica en el régimen de responsabilidad
administrativa.
Finalmente, ofreceremos propuestas de solución frente a los problemas identificados
consistentes en criterios de interpretación a la luz de principios del Derecho Procesal
penal, la regulación de nuevos preceptos procesales inspirados en la experiencia
procesal comparada y la modificación de normas vigentes que no garantizan el derecho
de la persona jurídica en el proceso penal. / This thesis seeks to show the different problems generated with the right of defense of
the legal person and its instrumental rights since the entry into force of Law No. 30424,
which will allow us to affirm that it does not offer a sufficient procedural regulation to
guarantee the adequate exercise of the defense of the legal person in the criminal
process in a regime of autonomous liability of the legal person. The law has established
as procedural rules those that have been designed for the regime of accessory
consequences against the legal person, where the liability of the legal person is
accessory (the prior conviction of the natural person is required) and its procedural legal
status is not that of an imputed procedural subject, but of a passive subject of the criminal
proceeding.
In this order of ideas, we will expose the problems generated by the law with the right of
defense, the right to material self-defense and the right to non-self-incrimination of the
legal person, from which it is noticed that a normative antinomy has arisen, legal gaps
and procedural rules that violate the right of defense and instrumental rights of the legal
person in the administrative liability regime.
Finally, we will offer proposed solutions to the problems identified, consisting of
interpretation criteria in light of the principles of criminal procedural law, the regulation of
new procedural precepts inspired by comparative procedural experience and the
modification of existing norms that do not guarantee the right of the legal person in
criminal proceedings.
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Desvinculación procesal, camino de regreso al modelo inquisitivo o institución justificada excepcionalmenteSerrano Alvarez, José Augusto 01 January 2020 (has links)
La función persecutora del delito desde la constitución del 1979 ha sufrido una
modificación sustancial, que empodero el rol del Ministerio Público como director
de la investigación, al conducirla desde su inicio, asume su titularidad y la función
de si fonnuJa o no acusación, lo que traduce y resalta la independencia de funciones
dentro del proceso penal (distintas al rol jurisdiccional), adentrándonos al
planteamiento del problema, es palmario saber que la desvinculacíón procesal es la
injerencia modificatoria del órgano judicial en la tesis acusatoria fiscal, intromisión
que toma sustento en posiciones jurisprudenciales que justifican positivamente su
aplicación siempre que se respete al derecho de defensa del imputado, la igualdad de
armas ínter partes, además que sea sometida a un contradictorio. En el presente
trabajo explicamos que la aplicación excepcional de la tesis de desvinculación es
planteada en búsqueda de la tan ansiada igualdad, pero desde una perspectiva
diferente y poco tratada, como es referente a los derechos de la parte material
representada por el Ministerio Público (parte procesal). La existencia de
justificaciones para la aplicación de la desvinculación, evidencian posturas
antagónicas, pues la muestran como la irrupción a las funciones fiscales en clara
afrenta de los principios procesales del modelo actual.
En el presente trabajo mostramos que esta institución procesal, tiene un anclaje
justificatorio, cuando órgano jurisdiccional ejerza esta facultad que rompe el
principio acusatorio, el de independencia y demás principios que erigen el nuevo
modelo procesal, cuando advierta que la relación simétrica inter partes (a. razón de la
falla, error, negligencia planteada en la tesis de imputación fiscal-acusación) se
convierta en asimétrica, trascendiendo con ello sus efectos al directamente ofendido
por el delito-víctima; viraje justificado a fin de restablecer la simetría del proceso
penal, pues no olvidemos que el principio de acceso a la justicia-constitucionalmente
amparado por cierto- no es de pertenencia del Ministerio Público sino es exclusividad
de la víctima.
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La utilización de la declaración del aspirante a colaborador eficaz para fundamentar la medida coercitiva de prisión preventiva: ¿vulneración a un derecho fundamental o incumplimiento del estándar probatorio?Zevallos Prado, Oscar Aníbal 25 May 2020 (has links)
En el año 2016, la empresa ODEBRECHT mediante el documento denominado “Acuerdo de
Declaración de Culpabilidad” confesó ante la justicia de EE.UU que había pagado sobornos en
12 países de Latinoamérica con la finalidad de obtener grandes proyectos de infraestructura.
Uno de los países donde se había cometido este tipo de actos era el Perú, lo que motivo que se
iniciaran investigaciones preliminares a funcionarios públicos, líderes de partidos políticos y
empresarios reconocidos por delitos de corrupción y lavado de activos. En el marco de estas
investigaciones, los jueces de investigación preparatoria vienen utilizando la información
brindada por aspirantes a colaboradores eficaces como elemento de convicción para dictar
medidas de prisión preventiva, sin aprobación judicial. Al final del presente trabajo, se ha
determinado que la utilización de la declaración del aspirante, con los supuestos elementos de
convicción que lo corroboran, no cumplen con el estándar probatorio de “sospecha fuerte”
exigido por el Acuerdo Plenario Nº 1-2019/CIJ-116 y la Sentencia Plenaria Casatoria Nº 1-
2017/CIJ-443.
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