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Modelo de prevención de lavado de dineroAmpuero Pauletti, Ximena Johana January 2009 (has links)
Existe en el mundo entero una gran preocupación por el avance de las actividades ilegales que rebasan las fronteras nacionales, tales como el narcotráfico, secuestro, tráfico de armas, terrorismo, falsificación, evasión impositiva y otros. La lucha frente a estos delitos se está dando en varios frentes, dentro los cuales están la "legitimación de ganancias ilícitas". Así los jefes de Estado del Hemisferio Occidental convinieron en la "Cumbre de las Américas", realizada en diciembre de 1994, que era necesaria una acción intensificada de todos los Gobiernos, individual y colectivamente, abordar el problema de la producción, el tráfico ilícito de drogas y su uso indebido, así como la “legitimación de ganancias ilícitas".
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El delito de operaciones con recursos de procedencia ilícitaOrtiz Dorantes, Norma Angélica 28 May 2010 (has links)
La investigación que he desarrollado analiza el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita que se encuentra previsto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal mexicano (como se sabe, en España, a este delito se le conoce como blanqueo de capitales). Se trata de un tema especialmente complejo en el que este trabajo tuvo como finalidad realizar aportaciones sobre algunos aspectos francamente polémicos. En ningún caso, he pretendido dar por zanjado el tema, sino insisto, mi objetivo fue aportar nuevos argumentos que nos permitan aproximarnos a este fenómeno desde una perspectiva más sólida. Entre las conclusiones más importantes de la tesis podría resaltar las siguientes:Los orígenes del delito objeto de este estudio se ubican en el sistema jurídico del Common Law pues fue el Congreso de los Estados Unidos de América el que acudió, por primera vez, al recurso penal para combatir el lavado de dinero. De esta manera, me parece que el origen de la figura legal en el derecho anglosajón (históricamente ajeno al nuestro) puede servir de explicación de los múltiples problemas interpretativos que se han suscitado.Ahora bien, en mi consideración, este tipo protege, exclusivamente, el bien jurídico de administración de justicia. Ello es así porque las acciones tendientes a actualizar el tipo afectan la investigación, el procesamiento y las consecuencias jurídicas del delito previo.El tema del delito previo es fundamental a la hora de analizar el delito de operaciones pues, sin delito antecedente no podría existir el objeto material que da vida al tipo en estudio. En lo referente a este asunto, el legislador mexicano ha adoptado una opción que considero francamente discutible pues ha impuesto en el artículo 400 Bis que la forma de probar el delito previo es por medio de "indicios fundados o certeza". En mi consideración los desaciertos técnicos no se limitan a haber impuesto en un ordenamiento sustantivo una norma que, por su naturaleza, debería de estar en uno adjetivo sino que van más allá: es posible que el legislador mexicano haya positivizado una norma de discutible encaje con la Constitución Federal. Me explico:En el primer caso, al utilizar "indicios fundados" si lo que quiso decir es que éstos, en determinado momento, pueden constituir prueba plena su tarea fue innecesaria pues tal exigencia ya forma parte del ordenamiento positivo mexicano. En cambio, si lo que pretendió (como ya lo han interpretado un Tribunal Colegiado y un sector doctrinal) fue disminuir de intensidad la exigencia probatoria entonces, me parece, estaría vulnerando determinados principios y garantía constitucionales.De lo que no cabe duda es que cuando el legislador de mi país estableció "la certeza" como la forma de probar el delito previo optó por un criterio en mi opinión más que discutible. Me parece que es posible afirmar que, desde una interpretación armónica de los principios probatorios que impone la Constitución Federal, resulta que, para tener por comprobado un delito, ha de haber certeza (que no es una prueba sino la consecuencia en la mente del juzgador de la valoración de ésta).Por ello, mi propuesta final sobre este asunto es que, para evitar interpretaciones que van en sentido contrario a los principios probatorios que rigen el derecho procesal penal mexicano, debe suprimirse la norma procesal impuesta por al legislador en el artículo 400 Bis.En el tema de la autoría, considero que es, tanto en el privilegio del autoencubrimiento como en la garantía constitucional de no declarar contra sí mismo, en donde puede fundarse más adecuadamente el argumento de que el activo del delito antecedente no puede, a su vez, responder (también) como sujeto activo del delito de operaciones.En lo que respecta al dolo, me parece que el legislador mexicano ha acotado la comisión del delito de operaciones a título de dolo directo. Ello es así porque la conducta, para ser punible, deberá necesariamente llevarse a cabo con alguno de los propósitos que se prevén en la descripción típica.Por último, en el tema del concurso me parece que no hay un concurso de delitos (con la figura del encubrimiento), sino un concurso aparente de norma penales. En mi opinión, para resolver este aparente conflicto debe acudirse al principio de especialidad.This is a study of the crime of "operaciones con recursos de procedencia ilícita" (transactions with resources of unlawful origin) defined by article 400 Bis of the Mexican Federal Criminal Code. In Spain this crime is known as blanqueo de capitales (money laundering). It is a particularly complicated subject, I want to make a contribution to the study of its must controversial aspects.The following are some of the must important conclusions of my work:This crime was born in the Common Law system. The limited States was the first country to make money laundering a crime. This origin in the anglo-saxon law, which is different from the law of continental Europe, may be the cause of the many interpretative problems that this crime presents.It is my considered opinion that this crime protects, exclusively, the administration of justice. Money laundering affects the investigation and the trial of previous crime.The study of the previous crime is of at most importance to know money laundering. If there is no previous crime, there will be no money laundering.Regarding the previous crime, the Mexican lawmaker has taken a questionable position. Article 400 Bis establishes that the previous crime can be proved by "indicios fundados o certeza" (indirect evidence or certainty). This is an error, to begin with, because it introduces a procedural rule in a criminal code. Moreover, the rule may go against the Constitution. Let mi explain:If by "indicios fundados" Congress refered to indirect evidence as valid evidence, such statement is useless, as indirect evidence has always been recognized as valid evidence by the Mexican procedural codes. But, if Congress pretended that a man can be convicted with less than full evidence of his guilt, than it is going against human rights established in the Constitution. Regretably, this is the interpretation that has been accepted by a federal court and by some authors.Now, Congress made a mistake in using the word "certeza" (certainty) as sinonimous to proof. According to the Constitution in order to decide that a crime has been commited, there must be full evidence, or evidence beyond a reasonable doubt. This kind of proof produces certainty in the mind of the judge. But certainty is not a proof, it is the result of the proof in the judge´s mind.Consequently, I propose that the procedural rule contained in Article 400 Bis be suppressed.He who is responsible for the previous crime cannot be responsible for laundering the profits of that crime. The basis for this statement is the privilege of self incrimination.Mexican law requires a direct intention in order to commit money laundering, given the fact that the legal description demands that the criminal acts with a specific purpose.Lastly, money laundering and cover up should not be applied concurrently. The solution is found in the specialty principle.
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La desigualdad y las relaciones de poder en el ámbito privado. Análisis de las parejas con dos ingresos desde una perspectiva de géneroDema Moreno, Sandra 20 February 2004 (has links)
La incorporación de las mujeres al mercado laboral es uno de los cambios sociales más significativos de las últimas décadas. El objetivo de esta tesis consiste en averiguar si el hecho de que las mujeres desempeñen un trabajo remunerado y ganen dinero modifica de algún modo las relaciones entre varones y mujeres en el interior del hogar. Con esta tesis, se tratan de entender las bases sobre las cuales se construyen las relaciones de parejas modernas e investigar si hay obstáculos que impidan el establecimiento de modelos igualitarios, incluso cuando se llega a una relativa igualdad sociolaboral en la pareja. La técnica de investigación utilizada es la entrevista en profundidad a parejas con dos ingresos. Partiendo de un marco teórico integrador de las relaciones de género, hemos analizado diferentes elementos relacionados con las bases del poder y de la desigualdad en la pareja; esto es, con el significado de los recursos (económicos, afectivos, relacionales, etc.) de cada uno de los miembros de la pareja en la construcción de la identidad de las personas y de las formas de relación de pareja. Analizamos también los procesos a través de los cuales se produce y reproduce o aminora el poder en la pareja, tales como la adopción de los modelos de gestión y organización económica y los procesos de toma de decisiones. Y, finalmente, analizamos las manifestaciones del poder más sutiles y latentes.Los resultados de la investigación demuestran que las parejas españolas se encuentran en un momento de transición a la modernidad. Las parejas no conforman un bloque homogéneo, se han identificado tres tipos mayoritarios de parejas en función de las formas a través de las cuales se manifiesta el poder en la relación. Hay parejas en las que las relaciones de poder aparecen legitimadas por la tradicional socialización de género, a pesar de que las mujeres tengan trabajo remunerado y ganen su propio dinero. Sin embargo, el modelo de pareja tradicional está en declive y la mayor parte de las personas entrevistadas comparten un ideal de relación igualitario. Muchas parejas, a pesar del ideal igualitario, se encuentran inmersas en relaciones de poder, que unas veces se manifiestan abiertamente y otras permanecen de forma oculta o latente. Aunque algunas parejas, enfrentándose a innumerables dificultades, logran establecer formas de relación que tienden al equilibrio de las relaciones de género.
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Análisis técnico, económico y estratégico para una empresa de servicios predictivos para el retiro y abastecimiento de dineros custodiados de las entidades bancariasGómez Contreras, Ricardo Andrés January 2014 (has links)
Magíster en Gestión y Dirección de Empresas / La presente tesis a desarrollar es un análisis técnico, económico y estratégico para una empresa de servicios predictivos para el proceso de retiro y abastecimientos de dineros en entidades bancarias.
En la primera parte del presente informe se entregan los objetivos generales de la tesis, la metodología propuesta para desarrollarla, y la carta Gantt del proyecto.
En la segunda parte, se presenta el marco teórico del tema, dando una visión general de los bancos (mercado objetivo), su historia, presencia en Chile, el crecimiento actual y funcionamiento interno.
En la tercera parte se realiza el estudio de la situación actual, definiendo los mercados potenciales con los datos extraídos en la encuesta, con lo indicado anteriormente podemos segmentar y cuantificar el tamaño de las entidades bancarias y el gran crecimiento distribuidas a nivel nacional, con los datos de la encuesta podemos además apreciar las características de los clientes y los aspectos relevantes para tomar el servicio estos son: Eficiencia de la Predicción Relación Precio/ calidad Entrega de la información Oportunamente. Además, se revisaron las competencias, como también las barreras de entradas, y finalmente como consecuencia del diagnostico de la situación actual, el resultado es un Análisis FODA
En la cuarta parte se definieron los objetivos del negocio, donde se especifica los objetivos de ventas, destacando como se van a captar los clientes y las mejoras continúas, así también los objetivos del posicionamiento con la propuesta de valor y los objetivos de rentabilidad o margen.
En la quinta y sexta parte se define la estrategia a utilizar y los principales riesgos estratégicos dentro del negocio como son: la alta barrera de entrada y la incorporación de las ETV en el rubro de la Predicción, por lo tanto las barreras de mitigación es el trabajar en conjunto con el banco con una comunicación directa con el personal operativo y de las sucursales, además el trabajo en conjunto en la seguridad de la confidencialidad de los datos y generar contratos de al menos 2 años con la entidad, con clausulas de multas por salidas anticipadas, mitigando así los efectos de ingreso al mercado predictivo a posibles competidores directos. Con esto se trabajo para formar una estrategia del proyecto a través de la metodología de CANVAS.
En el séptima parte se realizo una evaluación financiera de la empresa predictiva para el abastecimiento y retiro de los valores custodiados de las entidades bancarias, donde el VPN a 3 años genero un valor $190.386.764.- pesos a una tasa de retorno exigida de un 15% y con una TIR del 95%.
Como último punto la empresa predictiva a ofrecer es rentable dentro del VPN y el tiempo exigido del proyecto, pero los factores externos de la competencia como son la entrada de las ETV como empresa predictiva a corto plazo, por su gran experiencia en el mercado como posibles competidores, existe el riesgo de quedar fuera de mercado, en el caso de estar a largo plazo se puede participar con al menos 3 años desde que dura la factibilidad de la tesis actual.
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Normativa de lavado de activos y su relación con la defraudación tributariaPonce Maluquish, Luisa Graciela January 2017 (has links)
Determina la relación entre las variables nivel de vulnerabilidad de la normativa de lavado de activos y el riesgo de defraudación tributaria en el Perú, lo cual ocasiona un desorden socio económico, ya son actividades ligadas al blanqueo de activos y capitales. Es una investigación cuantitativa, no experimental, transversal, correlacional y prospectiva. La muestra está conformada por 41 expertos en temas tributarios y lavado de activos de instituciones públicas y privadas del Perú. Aplica la técnica de la encuesta y dos cuestionarios en escala Likert como instrumentos. Los resultados muestran que el nivel de vulnerabilidad de la normativa de lavado de activos es moderado (80.5%) al igual que el nivel de riesgo de defraudación tributaria (85.4%). Determina que el grado de correlación entre ambas variables es moderado y positivo (r=0.432) y significativo (p=0.005), es decir la norma sobre lavado de activos es vulnerable en cierto grado y no evita el riesgo de cometer defraudación tributaria. / Tesis
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La conducta del abogado en el lavado de activos: ¿una conducta neutral o ilícita?Valdez Silva, Francisco Antonio January 2012 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Expone el lavado de activos de origen delictivo como motivo principal de preocupación para los Gobiernos y para la comunidad internacional. Se trata de un fenómeno que tiene tres características fundamentales: mueve enormes sumas de dinero, utiliza técnicas sofisticadas
–fundamentalmente a través del sistema financiero- y supera los límites nacionales para alcanzar dimensiones internacionales. Precisamente, a propósito de la necesidad de “blanquear” los activos de manera inadvertida para los órganos de persecución, los agentes de blanqueo se hacen de abogados en ejercicio por la calidad de sus conocimientos técnicos, para de esta forma les permita alcanzar de mejor manera sus objetivos furtivos. Es por esta razón que cada vez en mayor medida se viene poniendo en tela de juicio si la participación del letrado puede ser causa de un blanqueo de dinero llevado a cabo por su cliente. Lamentablemente, la práctica judicial nacional se muestra poco inclinada a explicaciones alternativas o apartadas de tesis que sólo buscan el punitivismo de estas conductas sin reparar en los fundamentos jurídicos que la figura exige. Esto queda de manera clara sin duda en la actual regulación cada vez más expansiva en materia de blanqueo de capitales 1 , la cual arrastra consecuencias negativas para el ejercicio de la abogacía, pues si el abogado conoce o simplemente presume que una determinada estructura societaria por él creada puede ser utilizada por su cliente para el blanqueo de dinero, debe responder a título de partícipe. En virtud de tamaño atropello, quiero acercar una solución a un problema que ha venido aquejando a más de un futuro colega: ¿Cuándo un abogado será objeto de responsabilidad penal por el delito de lavado de activos a propósito de recibir algún dinero o bien de procedencia ilícita por razones de asesoría o litigio? ¿O es qué acaso cualquier aporte causal al resultado configurará participación en el delito de blanqueo de capitales? En el marco de las próximas líneas se intentó dar respuesta a esta pregunta a partir de un análisis que quiere centrarse en una visión de la problemática desde la teoría de la imputación objetiva y sus subinstitutos, destacando entre otros, uno de sus más recientes desarrollos jurisprudenciales: las denominadas “acciones neutrales” como institución dogmática, en su caso, explicativa de ausencia de imputación. / Tesis
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Tributación de criptomonedasLecaros Sotomayor, Pedro January 2019 (has links)
Proyecto de Actividad formativa equivalente a tesis (AFET) / Programa de magíster en derecho tributario / El objetivo del presente trabajo es determinar el régimen tributario aplicable a las criptomonedas. Para ello, se analizará la normativa administrativa y legislación comparada en la materia, como también la legislación nacional civil vigente.
Como resultado, determinaremos la naturaleza jurídica de las criptomonedas y las consecuencias tributarias que de ello derivan. / The purpose of this work is to determine the cryptocurrencies’ applicable tax regime. For
this purpose, we will analyze the relevant legal and administrative regulation, as well as
the Chilean civil legislation.
As a result, we will determine the legal nature of cryptocurrencies and the proper tax
treatment derived from it.
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Lavado de activos hacia la implementación de un filtro en los delitos fuentesLugo Villafana, William Alexander January 2018 (has links)
Manifiesta que el lavado de activos consiste en el ocultamiento del origen ilegal o de la existencia de bienes de procedencia ilícita, utilizando una aparente cobertura de legalidad del mismo. El objetivo es dar una apariencia legal a los valores y al dinero resultante de actividades criminales para reinyectarlo en el circuito económico legal. Estas actividades se expresan bajo todas las formas posibles e imaginables de actos delictivos como el tráfico de drogas, la trata de personas, el tráfico de armas, el secuestro y demás delitos propios del crimen organizado. Persigue principalmente dar apariencia legal a los activos provenientes de una actividad ilícita, confundir el origen de los recursos creando rastros, documentos y transacciones inexistentes o complicadas, con el objeto de legitimar el dinero, fusionando el dinero sucio con actividades aparentemente lícitas. / Tesis
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Implementación de medidas en la lucha contra el lavado de activos proveniente del tráfico ilícito de drogas en la División de Investigación de lavado de activos de la Dirección Antidrogas PNP durante el período 2012 al 2015Guillén Enriquez, Carlos Noé 09 March 2017 (has links)
La Unidad de Inteligencia Financiera del Perú informa que desde Enero 2007 a
Diciembre del 2015 el monto detectado por lavado de activos en el Perú
asciendió a un total de 12,846 millones de dólares, de los cuales el 46% está
vinculado al tráfico ilícito de drogas (TID), seguido de la Minería ilegal con el 38%
y otros delitos conexos con el 16% (UIF, 2016). El tema que aborda la presente
tesis es la implementación de medidas en la investigación policial del delito de
lavado de activos proveniente del TID durante los años 2012 – 2015. El objetivo
de la investigación a partir del desarrollo de un estudio de caso a partir de
herramientas cualitativas es conocer cuales son las caracteristicas de estas
medidas y sus procedimientos especificos, determinar cuáles son las limitaciones
y explicar porque se generan dichas deficiencias. / Tesis
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¿Las criptomonedas deben ser consideradas dinero? / Should cryptocurrencies be considered money?Asto Paredes, Nadia Evelyn, Villavicencio Flores, Maria del Pilar 06 July 2019 (has links)
A lo largo de la historia de la humanidad, el dinero ha tomado distintas formas, valores y alcances geopolíticos, ha llegado a situarse como la principal herramienta para engrandecer o destruir naciones. Hoy en día, muchas de las transacciones ya no son, necesariamente, en efectivo; una gran mayoría realiza pagos con dinero electrónico, a través de los aplicativos; y existe también otro grupo de usuarios que utiliza las criptomonedas para hacer sus operaciones. Estas últimas han llamado poderosamente la atención de académicos, financistas y público en general, pues representa un fenómeno de rápido crecimiento. Las criptomonedas, entonces, han respondido a la demanda insatisfecha de usuarios que encuentran grandes barreras en canales tradicionales como, por ejemplo, poca cobertura de las entidades financieras, demoras en las transacciones internacionales, filtración de información personal, exposición a hurtos, entre otros. Por estos motivos, las personas están dispuestas a aceptar nuevas formas de dinero que incorporen tecnología en su funcionamiento y uso, y que acabe con las barreras que presenta el sistema financiero conservador. Sin embargo, aparentemente, para algunos autores, no todas son ventajas en las criptomonedas, sino que presentan algunas características adversas que se califican como nocivas por determinadas fuentes, los bancos centrales principalmente. Esto se ha convertido en tema de discusión e investigación por parte de los gobiernos, que buscan la manera de regular este dinero intangible sobre el cual actualmente no tienen control. En este Paper se analiza, de acuerdo a lo expresado por distintos autores, si las criptomonedas deben ser consideradas dinero. / As has happened throughout the history of humanity, money has taken different forms, values and geopolitical domains, becoming the main tool to magnify or destroy nations. Many of the daily transactions are no longer necessarily in cash; a great majority makes payments with electronic money through the applications; and there is also another group of people who use cryptocurrencies to do their financial operations. The latter have attracted the attention of academics, financiers and the audiences in a powerful way, as it represents a fast growth phenomenon. The cryptocurrencies have responded to the dissatisfied users who find great barriers in traditional channels such as: poor coverage of financial institutions, delays in international transactions, filtering of personal information, exposure to thefts, among others. For these reasons, people are willing to accept new forms of money that incorporate technology in its operation and use, and to break down the barriers that the conservative financial systems has. But, apparently for some authors, not all are advantages when it comes to cryptocurrencies, these might have some adverse characteristics that are qualified as harmful by certain sources, mainly Central Banks. This has become a topic of discussion and research by governments, who seek ways to regulate this intangible money that they currently have no control over. In this Paper we analyze, according to what different authors has been expressed about whether cryptocurrencies should be considered money. / Trabajo de Suficiencia Profesional
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