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El engaño en el delito de estafa

Martínez Cortés, Felipe Ariel January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente investigación tiene como fin el estudio del engaño en el delito de estafa en Chile. Para esto, se analizan las principales y más influyentes posturas doctrinales nacionales e iberoamericanas sobre la materia. En definitiva, se examinan los puntos controvertidos más relevantes en el estudio del engaño. En primer lugar, se tratan las distintas definiciones del concepto de engaño en la estafa, sus características y requisitos. Posteriormente se estudian los deberes de protección exigidos a la víctima de este delito. A continuación, se revisan las distintas posturas respecto al objeto sobre el cual puede recaer el engaño. Luego, se describen las diversas formas en que se puede realizar el engaño. Por último, se realiza un análisis comparativo entre el engaño de estafa y el engaño en la falsificación de instrumento privado. Como conclusión, se observa que si bien existen diversas teorías aplicables al engaño en la estafa, la aplicación de la imputación objetiva presenta las respuestas más consistentes que se ajustan de mejor manera al tráfico jurídico actual.
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Falsificação e autenticidade: a arte como convenção / Falsificación y autenticidad: el arte como convención

Anjos, Marlon José Alves dos [UNESP] 30 June 2016 (has links)
Submitted by MARLON JOSÉ ALVES DOS ANJOS null (marlonjaanjos@gmail.com) on 2016-08-30T19:56:19Z No. of bitstreams: 1 FALSIFICACAOEAUTENTICIDADE_MARLONANJOS_2016.pdf: 2110204 bytes, checksum: 6db4afc080ada6f9179b49267d11115a (MD5) / Approved for entry into archive by Juliano Benedito Ferreira (julianoferreira@reitoria.unesp.br) on 2016-08-31T16:59:52Z (GMT) No. of bitstreams: 1 anjos_mja_me_ia.pdf: 2110204 bytes, checksum: 6db4afc080ada6f9179b49267d11115a (MD5) / Made available in DSpace on 2016-08-31T16:59:52Z (GMT). No. of bitstreams: 1 anjos_mja_me_ia.pdf: 2110204 bytes, checksum: 6db4afc080ada6f9179b49267d11115a (MD5) Previous issue date: 2016-06-30 / As publicações sobre falsificação não raras vezes abordam seus aspectos criminais e antissociais. Essa abordagem não mede esforços para desmascarar, por meio de exames químicos e físicos, obras fraudulentas. Em consequência desse reducionismo, a capacidade questionadora proporcionada pelo ato de falsificar fica ofuscada, reduzindo a obra e o autor, levando em conta apenas a porção criminal contida no ato. Como a autenticidade opera como valor instável, fundamentar o conceito de arte nesse valor é algo temerário. Neste sentido insere-se o presente trabalho cujo objetivo é comentar reflexivamente a falsificação de obras de arte e suscitar possível paralelismo entre ambas. Arte e falsificação têm mais a dizer uma a outra do que um tribunal pode revelar. / Las publicaciones sobre falsificaciones no pocas veces ponen en enfoque sus aspectos delictivos y antisociales. Este enfoque se esfuerza para desenmascarar a través de pruebas químicas y físicas, las obras fraudulentas. Como resultado de este reduccionismo, la capacidad inquisitiva proporcionada por el acto de la falsificación se ve ensombrecido por la reducción de la obra y el autor, teniendo en cuenta sólo la parte penal contenida en el acto. Por ser la autenticidad un valor inestable, apoyar el concepto de arte en ese valor es algo temerario. En ese sentido, este trabajo tiene como objetivo comentar obras de arte falsificadas e investigar un posible paralelismo entre ellos. Arte y falsificación tienen más que decir entre sí que podría revelar un tribunal.
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El contenido típico de la estafa en la doctrina y la jurisprudencia : los tipos penales de los artículos 468 y 473 del Código Penal

Villablanca Meza, Pablo Tomás January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / El presente texto aborda el tratamiento más reciente que la doctrina y la jurisprudencia nacional han efectuado respecto del delito de estafa. Se abordarán con especial interés los tipos penales de los artículos 468 y 473 el Código Penal. El objetivo de esta exposición es presentar al lector no especializado las principales discusiones doctrinaras que genera la interpretación de la estafa. En el capítulo primero se presenta la conceptualización de la estafa en la doctrina nacional abordándose los elementos esenciales que constituyen dicha figura. En el capítulo segundo se tratan los tipos penales de los artículos 468 y 473 del Código Penal. En el capítulo tercero se reproducen sucintamente una porción seleccionada de las posiciones adoptadas por tribunales chilenos con competencia en lo penal, respecto de la aplicación e interpretación del delito de estafa. La exposición de los contenidos del presente documento se utiliza un método expositivo descriptivo, ya que se intenta reproducir de la manera más fielmente posible las posiciones adoptadas por los diversos autores consultados y por los tribunales de justicia. En cuanto a la reproducción de casos, ésta se efectúa sobre una muestra de treinta resoluciones judiciales recopilada al azar. El método de reproducción de sentencias consiste en la reproducción o parafraseo de los hechos acreditados por el tribunal, las posiciones de los intervinientes respecto a la calificación jurídica de los hechos, la calificación efectuada por el tribunal, la decisión adoptada. Finalmente se incluye de un brevísimo a modo de resumen. El objetivo principal de esta sección es reproducir las posiciones adoptadas por los tribunales frente a casos concretos de estafa e identificar a que tesis doctrinaria correlativa. Como objetivo secundario se pretende mostrar al lector la calificación que realiza el tribunal entre los artículos 468 y 473 del Código Penal en casos concretos
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Informe para la sustentación de expedientes: Expediente Público N° 037-2019/CCD / Expediente Privado, Arbitraje Ad-hoc La Sólida S.A.C – Topy Top S.A.

Navarro Barbagelata, Jerónimo 02 October 2021 (has links)
El presente resumen del expediente administrativo versa sobre una denuncia interpuesta contra Intradevco ante la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi, por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño por la difusión de diversas afirmaciones objetivas en el empaque del producto “Aval, Alcohol en gel”, las cuales no serían ciertas. En primera instancia la denuncia fue declarada fundada por la comisión pero en segunda instancia la sala la declara infundada dando pronunciamientos contradictorios entre ellas. / Trabajo de suficiencia profesional
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Informe para la sustentación de expedientes: N° 004-2017 / N° 183509-2008-00637

Poma Henostroza, Gaby Alessia 31 March 2021 (has links)
El Expediente N° 004-2017 versa sobre la materia de actos de Competencia Desleal, en la modalidad de engaño, supuesto establecido en el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal. Esta modalidad se configura cuando un agente económico tiene como efecto, real o potencial, inducir a error a otros agentes sobre la naturaleza, modo de fabricación o distribución, características, aptitud para el uso, calidad, cantidad, precio, condiciones de venta o adquisición y, en general, sobre las características, beneficios o condiciones que corresponden a los bienes o servicios que este ofrece en el mercado o, inclusive, sobre los atributos que posee dicho agente, incluido todo aquello que representa su actividad empresarial. Dicho ello, respecto de aquellas afirmaciones que sean de carácter objetivo, es decir, comprobables, la responsabilidad de acreditar la veracidad recaerá sobre el agente económico que haya actuado en calidad de anunciante, a fin de comprobar la exactitud de la información. Asimismo, es los medios probatorios que sustenten dicha veracidad deberán ser previos a la difusión de los mensajes publicitarios. En ese sentido, la Autoridad correspondiente deberá evaluar si la información contenida en el anuncio publicitario resulta engañosa o no. Para ello, es necesario que, de una apreciación integral y superficial, se identifique el mensaje transmitido, para que, posteriormente, sea constatado con la realidad y se determine la existencia o no de incongruencias. De este modo, podrá concluirse que es una vulneración al principio de veracidad y, en consecuencia, un acto de engaño. / Trabajo de suficiencia profesional

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