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El bien jurídico específico en el delito de enriquecimiento ilícitoPezo Roncal, Cecilia Alexandra 19 February 2015 (has links)
El delito de Enriquecimiento Ilícito se encuentra tipificado en nuestra legislación desde hace
más de tres décadas y, desde su tipificación, poco se analizado en doctrina sobre su naturaleza y
sobre el bien jurídico protegido con el mismo. Si bien un sector importante de la escaza doctrina
nacional que ha escrito sobre el tema lo ha considerado desde siempre un delito residual y/
subsidiario; es también cierto que un porcentaje de dicho sector, solo se remite a repetir una
vieja posición que sienta sus bases en la ratio legis del legislador de 1981 –año en que se
incorporó este delito en nuestro Código Penal-. Asimismo, es casi unánime la posición nacional
en torno a reconocer en el Enriquecimiento Ilícito un bien jurídico protegido que adolece de
especificación –e, incluso, que abunda en lo subjetivo cuando se mencionan la ética o la moral de
los funcionarios públicos-. Esto último coadyuva a la interpretación errónea del tipo y fortalece –
por un claro desinterés en desarrollar más profundamente el tema- la posición del delito como
subsidiario. Si bien no comparto la tesis de la subsidiariedad, solo pocos autores han
argumentado seriamente dicha posición, mientras que la gran mayoría de ellos se han remitido
–sin análisis detenido- a la doctrina extranjera –sobre todo la argentina y la colombiana-.
Si bien en torno a este delito se han planteado algunas problemáticas en el marco de su
aplicación a un caso concreto, considero preciso e ineludible, de cara a una correcta
interpretación y posterior análisis de los problemas derivados de su aplicación, la determinación
del bien jurídico específico protegido. Es a partir de dicha concretización que la tarea de
interpretación se dificulta menos y, como también argumentaré, se llega a conclusiones distintas
a las que hemos dado por sentadas desde siempre.
Para tales efectos, he dividido este trabajo en tres capítulos. El primero tiene como finalidad
fortalecer al bien jurídico como fin de protección del Derecho Penal. He considerado preciso
sentar posición al respecto al tratarse de un delito contra la Administración Pública, que, por su
naturaleza supraindividual, ha sido objeto de críticas en razón –sostienen- de su intensa
abstracción; además, porque, al ser el funcionario público el único protagonista en el mismo, se
trata también de un delito de infracción de deber –en donde aquél ocupa una posición especial
jurídico institucional-, aspecto que, luego de afirmado, podría llevar a la confusión de la base
dogmática de la que se parte –así, no se asume en este trabajo un punto de partida funcionalista
por su excesivo formalismo, pero tampoco se descartan los aportes que, alienados con las
propias consideraciones, efectivamente coadyuvan a un mejor entendimiento sobre el tema-.
Posterior a ello, se desarrollan los argumentos relacionados con la protección de los bienes
jurídicos supraindividuales –en donde se ubican los delitos de corrupción de funcionarios-; así,
como se podrá apreciar, parto de una protección autónoma y no personalista en esta clase de
delitos. Ello facilita expresar posición en torno a la alegada contraposición entre la estructura de
los tipos en clave de peligro abstracto y el principio de lesividad en el grupo de delitos bajo la
rúbrica de “delitos contra la Administración Pública”. / Tesis
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El enriquecimiento sin causa a expensas de otro en el Derecho Civil ChilenoCaffarena Morice, Elena January 1926 (has links)
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Ley aplicable al enriquecimiento sin causa en el derecho internacional privado españolEsteve González, Lydia 03 February 1996 (has links)
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Análisis del enriquecimiento sin causa en las contrataciones del estadoGuillén Vales, Luz María Lorena 09 April 2014 (has links)
Para la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de
obras, las entidades públicas comprendidas en el ámbito de aplicación
del Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N˚184 -2008-EF, realizan procesos de selección que
dependerán del objeto de la contratación y la cuantía.
Como resultado del proceso de selección, la entidad otorga la buena pro
a un proveedor del Estado, con quien corresponderá formalizar una
relación contractual, ya sea a través de la suscripción de un contrato o
de la recepción de una orden de compra o de servicio, no siendo posible
esta última alternativa para los casos de obras.
La formalización de la relación contractual o perfeccionamiento del
contrato genera un conjunto de obligaciones para las partes, las mismas
que deben ser cumplidas con la finalidad de conservar el equilibrio
económico del contrato. Sin embargo, cuando las entidades públicas
contratan para la adquisición de bienes, prestación de servicios o
ejecución de obras, existen acciones u omisiones que podrían generar el
enriquecimiento sin causa a su favor, con el consecuente
empobrecimiento del proveedor / Tesis
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Salven la eficiencia: ¿El enriquecimiento sin causa como consecuencia de la nulidad del contrato debería ser llevado a arbitraje? / Save efficiency: Should unjust enrichment as a consequence of the nullity of the contract be taken to arbitration?Rivera Alarcón, Ana Cristina, Clavijo Cedillo, Carla Milagros, Capuñay Revolledo, Mijail Angel, Lavalle Zamora, Alexandra Ariana, Herrera Benedetti, Renzo Rafael 07 1900 (has links)
El presente artículo pretende sustentar la arbitrabilidad del enriquecimiento sin causa como consecuencia de la declaratoria de nulidad de un contrato público. De esa forma, se aborda el nacimiento de dicha institución, sus presupuestos de configuración y su mutabilidad en los diferentes regímenes jurídicos de la comunidad internacional. Posterior a ello, se desarrolla la arbitrabilidad como aquel concepto que permite determinar qué materias pueden ser sometidas a un foro arbitral. Ello con el propósito de destacar los criterios de libre disponibilidad y patrimonialidad presentes en la normativa de arbitraje vigente. En ese orden de ideas, cuestionamos si la restricción establecida en la Ley de Contrataciones con el Estado, respecto a la limitación de someter a arbitraje las pretensiones referidas a enriquecimiento sin causa originadas por la falta de aprobación de prestaciones adicionales, puede verse extendida a supuestos diferentes, como es el caso que nos aborda.
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Enriquecimiento injustoArce Ramírez, Daniela Nicole, Castillo Alegría, Daniela Gloria, Marinis Acle, Felipe Alejandro de January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / De las materias que forman la base indispensable del derecho privado, el enriquecimiento injusto* es la única que ha evadido la gran racionalización alcanzada por los escritores de libros de estudio desde mediados del siglo XIX, tanto en Inglaterra como en Estados Unidos. En vez de eso, sus fragmentos, vagamente nombrados, fueron agrupados bajo los márgenes de los contratos y de los trusts. -* La consecuencia es que incluso a comienzos del siglo XXI, el enriquecimiento injusto sigue siendo desconocido para la mayoría de los abogados del common law.* No habrá jugado un rol autónomo en su formación intelectual. Su nombre moderno, adaptado de sus equivalentes civiles, es levemente desconcertante. La desconfianza hacia lo desconocido, por lo tanto, está compuesta por una instintiva aversión ante indicios de una doctrina revolucionaria. En realidad, no tiene tendencias de ese tipo. Ciertamente, el abandono lo ha vuelto engorroso y desordenado, pero el ejemplo de las jurisdicciones civiles continentales muestra que no es disruptivo por naturaleza.
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El prepago o pago anticipado en la ley 18.010Campo Zaldívar, Rafael del January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria consiste en un análisis del pago anticipado o prepago, establecido en el artículo 10 de la Ley 18.010.
El principal propósito que se pretende alcanzar, reside en constatar la existencia de un enriquecimiento sin causa en este sistema de prepago, en el período comprendido entre 1981 y 1997.
Para lograr este objetivo, en el desarrollo del trabajo, se presenta una definición del prepago, se expone el tema de la existencia de un enriquecimiento sin causa en este sistema y finalmente se señala la solución legislativa del problema.
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Enriquecimiento sin causa en las contrataciones del EstadoVargas Garay, Karen January 2019 (has links)
En el marco de las contrataciones del Estado, observamos que muchas veces existen irregularidades no sólo por parte de los privados, sino también de parte del Estado quien muchas veces abusando de su poder, permite que se realicen obras, servicios y prestaciones a su favor cuando existe un contrato que se ha declarado nulo después de haberse ejecutado prestaciones, y por otro lado aquellas situaciones en las que el particular de buena fe ejecuta obras adicionalmente sin que cuente con autorización expresa en el contrato, pero que lo realiza porque existe una aceptación tácita del Estado. Además en un tercer supuesto están aquellas adquisiciones o prestaciones de servicios que se dan sin que exista contrato alguno. Finalmente, lo que se busca en la presente investigación es incorporar un principio general del Derecho como lo es la figura del enriquecimiento sin causa a la Ley de Contrataciones del Estado, con la finalidad de especializarlo a nivel administrativo, así como también cubrir un vacío legal pues la actual Ley de Contrataciones no dice nada al respecto. Por ello será necesario incorporar dicha figura a nuestra Ley además de establecer los supuestos en que se puede aplicar el principio de enriquecimiento sin causa, con el fin de evitar un uso abusivo de esta institución.
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Factores que promueven el incremento patrimonial no justificado y su efecto en los contribuyentes del distrito de José Leonardo Ortiz - 2021Padilla Contreras, Maria del Pilar January 2023 (has links)
El objetivo de la presente investigación ha sido identificar los factores que promueven el incremento patrimonial no justificado y su efecto en los contribuyentes del distrito de José Leonardo Ortiz en el período 2021. El método utilizado ha sido la encuesta, a fin de recoger información de los contribuyentes del distrito de José Leonardo Ortiz, que se encuentra en el CIUU 5122-5 – venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco. Las conclusiones que llegamos a determinar son que los factores sociales, culturales, económicos y tributarios influyen significativamente en el incremento patrimonial no justificado de los contribuyentes del distrito de José Leonardo Ortiz – 2021.
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El enriquecimiento sin causa en las contrataciones del estadoPedreros Bustos, Jorge Andrés 05 November 2021 (has links)
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, el Poder Judicial y los
Tribunales Arbitrales, han señalado en la mayoría de resoluciones, que mediante el
enriquecimiento sin causa se puede pagar la utilidad al contratista que ejecutó
prestaciones a favor del estado sin mediar un contrato, lo que es un error, ya que el
enriquecimiento sin causa brinda una tutela semi – resarcitoria, es decir solo busca
reponer el equilibrio patrimonial. En el presente trabajo utilizo el método dogmático
porque considero que en el Perú existe un profundo desconocimiento conceptual de
la figura del enriquecimiento sin causa, además utilizo el método jurisprudencial ya
que analizo las sentencias que resuelven casos que versan sobre enriquecimiento
sin causa, de lo cual he concluido que salvo en los supuestos de caso fortuito o
fuerza mayor, no corresponde reconocer la utilidad a los proveedores del estado que
hayan ejecutado prestaciones sin contrato, pues al realizarse el pago de esta manera
se le está restando coherencia al sistema de contratación estatal, ya que el
proveedor se ve beneficiado al lograr el mismo resultado que si celebrará un
contrato público, evitando el gasto de tiempo y dinero que implica participar en una
licitación. Asimismo, considero necesario establecer mediante una modificación
normativa que establezca que el enriquecimiento sin causa en el ámbito de la
contratación pública no da derecho al reconocimiento de la utilidad al proveedor, ya
que la legislación vigente no ha regulado adecuadamente las consecuencias de esta
fuente de obligación, por lo que se generan pronunciamientos diversos, entorno a la
manera de aplicación de esta figura.
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