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La naturaleza jurídica de las contraprestaciones por el uso y/o aprovechamiento de recursos naturalesTuesta Soto, Geraldine 13 May 2021 (has links)
El presente artículo de investigación versa sobre la naturaleza jurídica de las
contraprestaciones por el uso y/o aprovechamiento de recursos naturales, que es importante
determinar a efectos de establecer cuáles son los criterios y/o principios que deben de regir
dichos pagos, así como cuáles son los órganos estatales especializados en la resolución de
conflictos que tienen competencia para poder resolver controversias vinculados a dichos
pagos. A efectos de determinar su naturaleza, se ha (i) establecido los elementos constitutivos
del tributo, desarrollando qué debe entenderse por cada uno de ellos, (ii) establecido los
elementos constitutivos de la Tasa sub especie derecho en la modalidad de uso o
aprovechamiento de bienes públicos, desarrollando qué debe entenderse por cada uno de
ellos; y, (iii) desarrollado el marco jurídico aplicable a los recursos naturales y sustentado las
razones por las que se exigen las contraprestaciones. Siendo que, tras analizar todos dichos
aspectos, se concluye que las contraprestaciones no tienen naturaleza tributaria, pues no se
tratarían de una obligación ex lege y no toman en consideración la capacidad contributiva
del sujeto obligado a su pago; los mismos que constituyen elementos constitutivos del
tributo; y que además, no pueden ser considerados Tasas de la sub especie Derecho -como
lo han llegado a señalar el Tribunal Fiscal y el Tribunal Constitucional- pues el sustento del
cobro de las contraprestaciones no se sustenta en la prestación efectiva por parte del Estado
de un servicio público individualizado en el contribuyente. En ese sentido, consideramos que
las contraprestaciones se tratan de recursos originarios, distintos a los derivados dentro de
los cuales se incluyen los ingresos de naturaleza tributaria, pues constituyen ingresos que se
obtienen únicamente a cambio el uso y/o aprovechamiento que hacen los particulares de
recursos naturales que constituyen bienes que forman parte del patrimonio del Estado.
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La política Tributaria en el Perú de 1930 a 1948 : de los impuestos indirectos a los impuestos directos.Díaz Gálvez, Ali Milagros 15 February 2012 (has links)
La política tributaria es el manejo que el Estado hace de la estructura y administración impositiva de un país. Sus elementos son dos: el sistema y la administración. El sistema tributario es el conjunto de reglas; las cuales se articulan alrededor del régimen tributario (tributos aprobados) y del código tributario. La administración tributaria permite el funcionamiento del sistema; por lo que uno es el complemento del otro. Sus objetivos pueden ser generales o particulares. Dentro de los objetivos generales tenemos: lograr una suficiente recaudación para llevar a cabo los programas de gasto del Estado, estabilidad económica, mejora en la distribución del ingreso y uso adecuado de los recursos y promoción del desarrollo. A veces hay que optar por alguno de estos objetivos. Entre los objetivos particulares podría ser la mejora en la balanza de pagos.
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El principio de solidaridad en materia tributaria frente al régimen normativo de donaciones en caso de desastres naturalesHuacasi Valdivia, Fernando Rafael January 2018 (has links)
En el marco del Estado Constitucional de Derecho peruano, el cual ha sido definido como un Estado social, se ha reconocido la relevancia del principio de solidaridad del cual se desprenden deberes constitucionales de solidaridad, entre ellos: el “Deber de Contribuir” y el “deber de solidaridad en caso de desastres naturales”.
La conjunción de ambos elementos en el campo del derecho tributario nos plantea una serie de reflexiones. Así, por un lado tenemos que el “Deber de Contribuir” promueve la colaboración con el pago de tributos para el cumplimiento de los fines constitucionales del Estado, y por otro, el “deber de solidaridad en caso de desastres naturales” busca la colaboración a través de donaciones que tienen consecuencias en la recaudación de tributos, por ejemplo, en el Impuesto a la Renta se establecen los gastos por donación como deducciones no causales para la determinación de la renta neta, del mismo modo existen inafectaciones para el Impuesto General a las Ventas, Selectivo al Consumo y derechos
arancelarios. A esto, se suma el régimen extraordinario establecido por la Ley 30498 “Ley que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales.”, que amplía los alcances del régimen ordinario de donaciones en materia tributaria ante determinadas circunstancias producto de la urgencia que significa la atención de un
desastre natural. Encontramos que los deberes constitucionales de “Deber de Contribuir” y el “deber de solidaridad en caso de desastres naturales” pueden haber disonancias, sin embargo ante el contexto de un desastre natural, el Estado debe ponderar ambos deberes para mantener la eficacia del principio de solidaridad que coadyuve a acércanos al bienestar general y la tutela efectiva de la dignidad humana.
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Trasgresión al principio de capacidad contributiva del sistema de pagos de obligaciones tributarias-detraccionesGrados Mesías, Luisa Johana 27 September 2018 (has links)
La presente investigación abarca el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias
(SPOT), conocido también como el Sistema de Detracciones, y su vinculación con los
Principios Tributarios Constitucionales, siendo necesario analizar si a este Sistema le
son aplicables estos principios tributarios, en especial, el de Capacidad Contributiva,
que no se encuentra expresamente citado en la Constitución Política del Perú pero se
desprende del Principio de Igualdad.
Bajo este escenario surgen las siguientes interrogantes ¿Cómo el Sistema de Pago de
Obligaciones Tributarias (SPOT) trasgrede el principio tributario de capacidad
contributiva? ¿Cómo se evidencia que el SPOT reduce la capacidad contributiva de los
administrados tributarios? ¿Cómo se evidencia que el SPOT tiene efectos confiscatorios
para el administrado tributario?
Se obtiene como hipótesis que el Sistema de Detracciones, debe ser analizado dentro
de un Sistema Tributario por lo tanto le son aplicables sus principios y de la manera
como está configurado en la actualidad, afecta al principio de la capacidad contributiva
pues limita el acceso a un bien para ser invertido y/o ahorrado, con lo cual genera
pérdida de valor en el negocio y con ello reducción de la capacidad contributiva.
Para demostrar ello se realizó un análisis de la doctrina, legislación y jurisprudencia
sobre las detracciones y los principios tributarios constitucionales, el cual se ve reflejado
en el presente trabajo constituyendo un aporte a la escasa información que se tiene
sobre esta problemática en nuestro país.
Finalmente, no se pretende eliminar el Sistema de Detracciones, pues a través de éste
se aporta ampliamente en la recaudación tributaria, sin embargo, ello no puede conllevar
a no respetar el Principio de Capacidad Contributiva más aun cuando existen medidas
legales con las cuales se puede seguir cumpliendo con el deber de contribuir sin
menoscabar la capacidad contributiva. / Trabajo de Investigación
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La recaudación tributaria en el ciclo económico: Un cálculo de elasticidades y boyanza de ingresos por impuestos para la economía peruanaGuzman Pingo, Jelfert Agriel 27 October 2022 (has links)
Este documento estima la elasticidad y boyanza de los ingresos tributarios respecto al
producto condicionado por el estado del ciclo económico (auge/recesión) para el Perú.
Las categorías impositivas consideradas para el estudio son el IGV total, Impuesto a
la Renta (IR), y las respectivas subcategorías Interno e Importaciones para el IGV, y
personas naturales y jurídicas para el IR en el periodo 1995Q1–2019Q4. Los resulta-
dos obtenidos son consistentes con la literatura empírica y evidencian la existencia de
asimetría y no linealidad en la elasticidad de corto plazo. En particular, se encuentra
que el Impuesto a la Renta de personas jurídicas (IR–PJ) es la categoría impositiva
más elástica y de mayor magnitud de boyanza en el corto y largo plazo. Específica-
mente, en el largo plazo la elasticidad del IR–PJ respecto al producto estimada es
1.7; mientras que en el corto plazo lineal es de 2.87. Asimismo, bajo la especificación
de corto plazo no lineal, las estimaciones muestran que bajo un régimen expansivo
del 1 % del PBI, el IR–PJ aumenta en 2.48 %; mientras que bajo un régimen recesivo
de la misma magnitud, el IR–PJ se reduce en 5.22 %, evidenciando ser la categoría
impositiva que presenta el mayor crecimiento y el mayor descenso en las fases de ex-
pansión y recesión, respectivamente. Esta fuerte dependencia del IR–PJ con el ciclo
económico, según la literatura internacional, es generalmente explicado por un efecto
denominado arrastre de pérdidas (loss carry forward).
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Efectos de la inversión pública y los ingresos tributarios exógenos en el nivel de actividad económica del 2000-2019Machare Alva, Pedro Manuel 10 January 2024 (has links)
Analizamos los efectos de la inversión pública y los ingresos tributarios exógenos
en la actividad económica. Para ello, se implementa un modelo de Vector autorregresivo
estructural (SVAR) con la identificación de Blanchard y Perotti (2002), controlándose por
el índice de precios de exportación, el rendimiento de mercado de los bonos del Tesoro
de Estados Unidos a 10 años de vencimiento constante y los términos de intercambio.
Cabe resaltar que el índice de precios de exportación y los términos de intercambio,
nunca irán en el mismo modelo, debido a la alta correlación. En este sentido, se obtienen
las funciones impulso respuesta para ver los efectos y sus respectivas bandas de
confianza para evaluar la significancia de las mismas. Con ello, el efecto de la inversión
pública sobre la actividad económica, es positivo y significativo. Sin embargo, los ingresos
tributarios exógenos tienen un efecto negativo y no significativo sobre la misma. Por otro
lado, para evaluar la robustez de los resultados se emplean 3 modelos empíricos.
Primero, el método de proyecciones locales de Jorda (2005). Luego, el método de
proyecciones locales suavizado de Barnichon y Brownlees (2019). Finalmente, un modelo
SVAR identificado mediante la descomposición de Cholesky. En todos los casos se
verifican los resultados generales obtenidos con el modelo de referencia.
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Nueva configuración del Establecimiento Permanente de construcción y de servicios en nuestra Ley del Impuesto a la Renta a propósito del Decreto Legislativo No.1424Peña Alarcón, Victoria Eugenia 13 July 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo analizar de manera crítica la inclusión de
los nuevos supuestos de establecimientos permanentes en el artículo 14-B de la Ley del Impuesto
mediante el Decreto Legislativo No.1424, en específico, por la ejecución de una obra o proyecto
de construcción o instalación (EP construcción) y por la prestación de servicios (EP servicios),
cuando su duración sea superior a 183 días calendario dentro de un plazo cualquiera de 12 meses.
Ello con la finalidad de determinar si la problemática detectada por el legislador fue solucionada
con esta modificación normativa. Para llevar a cabo este trabajo de investigación, se aborda el
originen, finalidad y regulación del establecimiento permanente en el Derecho Internacional
Tributario, así como en nuestra legislación y jurisprudencia interna; asimismo, se recurre a la
legislación comparada para identificar las razones por las que los países de la muestra decidieron
incluir una definición de establecimiento permanente en su regulación y la regulación de los
elementos configurativos de los EP construcción y EP servicios. Como resultado de la presente
investigación, se identifica que, pese a la reciente modificación normativa, existen vacíos
normativos respecto a los elementos configurativos de dichos establecimientos permanentes, que
podrían generar inseguridad jurídica en las empresas extranjeras al no conocer con exactitud si
pudieran ser considerados sujetos domiciliados en el país. Además, se proponen soluciones
normativas y/o interpretativas, que se encuentran acordes con el principio de reserva de ley.
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Análisis económico de un potencial incremento del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) de bebidas gaseosas azucaradasManrique Romero, Silvana Mary Zoila 26 January 2022 (has links)
En el presente informe expongo un estudio que realicé laborando en APOYO
Consultoría, donde actualmente desempeño el cargo de asociada. Este estudio tuvo
como objetivo realizar un Análisis de Impacto Regulatorio (RIA, por sus siglas en
inglés) de un potencial incremento en el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) de las
bebidas azucaradas (bebidas no alcohólicas) para el caso peruano. A través del RIA
analicé si la regulación evaluada era (i) necesaria, (ii) efectiva y (iii) proporcional. Si
una regulación cumple con dichas condiciones, se garantiza la calidad en la
intervención del Estado. Para desarrollar un RIA se requiere poner en práctica
diversos conceptos de Economía. En este caso, dada la naturaleza del tema a evaluar
—impuestos correctivos—, la elaboración del RIA exigió la comprensión de
fundamentos teóricos de economía pública. Además, para recoger la evidencia que
sustenta el RIA se emplearon diversas herramientas de análisis, tanto cuantitativas
como cualitativas. Finalmente, como hallazgo principal del estudio, se encontró que,
si bien el incremento del ISC a bebidas azucaradas puede ser una medida que
responde a una necesidad existente en el Perú, su incremento no es la alternativa
más efectiva ni proporcional.
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Informe de experiencia profesional en el área de precios de transferencia. Un análisis práctico para el caso peruanoVelasquez Palacios, Alba Rocio 25 January 2022 (has links)
El presente trabajo se sustenta en la experiencia profesional adquirida en Grant
Thornton Perú como Asistente de Precios de Transferencia. Los precios de
transferencia implican un trabajo multidisciplinario, en donde lo económico dialoga con
la disciplina legal, contable y se vincula para su ejercicio con las entidades
reguladoras; de ese modo, cuando una empresa transfiere bienes (tangibles o
intangibles) o presta servicios, entre empresas que guardan vinculación económica1,
se establecen tasas y/o precios que deben ser reportados2. El objetivo de los informes
de precios es mostrar que las empresas vinculadas pactan sus precios a valor de
mercado (precios que se pactarían entre terceros independientes). Ello debido a que
muchos países han visto la necesidad de implementar medidas contra la elusión
tributaria. En este punto se enfatiza sobre la obligación formal de la declaración jurada
informativa Reporte Local, pues es el ámbito más grande. En el análisis de precios de
transferencia, se emplean tres métodos tradicionales (precio comparable no
controlado, costo incrementado y precio de reventa) y tres métodos no tradicionales
(partición de utilidades, partición residual de utilidades y margen neto transaccional)
para el cumplimiento del principio fundamental de plena competencia o arm's length
principle.
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Precios de transferencia: sistematización en aplicación del método PCNCJuica Castro, Eliot Vladimir 24 January 2022 (has links)
El presente documento expone mi experiencia laboral como analista en el área
de precios de transferencia en Perú y Centroamérica. Precios de transferencia se
encuentran dentro de los temas fiscales o regulatorios y tienen como fin el
cumplimiento del principio de arm’s length o de plena competencia. Asimismo, el tema
ha cobrado significativa relevancia en la última década y en toda la región por su
potencial como herramienta de planificación fiscal para las empresas y mecanismo de
recaudación para el Estado. Por lo tanto, los contribuyentes deben realizar un
monitoreo constante de sus transacciones y los resultados preliminares de la
aplicación de la metodología de Precios de Transferencia. En ese sentido, mi trabajo
como analista ha derivado en la búsqueda de la sistematización de la aplicación de
uno de los métodos más usados y que demandan muchas horas de trabajo, el método
del Precio Comparable No Controlado. Luego de aplicar distintas herramientas
informáticas, he encontrado una alternativa que lleva a dejar el uso del Excel como
herramienta predominante y consigue pasar a realizar trabajos de semanas a minutos.
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