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La ilegítima funcionalidad del derecho penal de cara a la responsabilidad de la persona jurídica

Leiva Calderón, Alexander Alikair 29 January 2021 (has links)
Someter a un proceso penal a personas jurídicas en el estado en que se encuentra el derecho penal hoy en día es ilegítimo pues, ante una actuación desmedida por parte de quienes ejercen la facultad punitiva del Estado, estos entes fictos no pueden accionar jurídicamente como sí lo puede hacer un individuo (persona natural) procesado y ello en razón de que el reconocimiento de los derechos fundamentales, entendidos como derechos humanos, se encuentra condicionado a que les puedan ser aplicables determinados derechos subjetivos concebidos específicamente para el ser humano, siempre que les puedan ser aplicables según su naturaleza, conforme lo establece el propio Tribunal Constitucional. En el presente trabajo se ofrece una reinterpretación de lo que debe ser entendido por derechos fundamentales, a fin de que dicho concepto pueda calzarle a todo sujeto de derechos que participa en la sociedad y, a partir de ahí, se analiza si es posible inferir la responsabilidad penal de personas jurídicas dentro del marco de un derecho penal legítimamente funcionalizado, no solo al individuo, como responsable de un determinado hecho punible, sino a todo sujeto de derechos.
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La necesidad de modernizar el derecho de huelga en el Perú

Ortega Cordero, Ricardo Julio 30 April 2021 (has links)
La huelga, conforme se encuentra regulada en Perú, es aquel derecho por medio del cual los trabajadores organizados acuerdan paralizar sus labores a modo de protesta en contra de su empleador, ya sea en el marco de una negociación colectiva o fuera de esta. Este derecho, como todo derecho fundamental, posee límites externos provenientes de su convivencia con otros derechos y, límites internos, provenientes de su conceptualización legislativa; siendo que, toda forma de huelga que se aleje del concepto legislativo será considerado como una huelga ilegal. En esa línea, resulta urgente modernizar al derecho de huelga, flexibilizando sus modalidades de acción de modo que se adecúe a la variedad de tipos de relaciones laborales y no se circunscriba a un modelo de empresa tradicional, donde la forma idónea de causar daño al empleador era con la paralización total y masiva del trabajo. En dicho orden de ideas, consideramos que el derecho de huelga adquiere mayor efectividad si se deja en manos de los trabajadores la decisión de la forma de protesta que realizarán en contra de su empleador, en vista a que, la paralización del trabajo no siempre es la manera mas efectiva de causar daño si tenemos en cuenta que no todas las compañías funcionan de la misma manera. Siendo esto así, la presente tesis analiza la efectividad de la huelga conforme se encuentra regulada y la posibilidad de implementar un modelo de huelga dinámico que permita a los trabajadores determinar la forma de manifestación de dicho derecho, pues, al igual que las relaciones laborales, el derecho de huelga está en la necesidad de variar acorde a las características del mundo laboral moderno, el mismo que se quedó congelado en el tiempo, pensado para una empresa de producción, donde la falta de mano de obra perjudicaba enormemente al empleador
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VIII pleno casatorio civil: implicancias prácticas en el ámbito registral y en la protección del adquirente de buena fe

Reyes Gálvez, Judith Stefania 16 August 2021 (has links)
El 20 de setiembre de 2020, se publicó el VIII Pleno Casatorio Civil. En esta sentencia, la Corte Suprema determinó que el acto jurídico de disposición de bienes de la sociedad conyugal, en el que interviene solo uno de los cónyuges, es nulo. Así, en el presente informe jurídico, se analiza cuáles son las implicancias de la decisión de la Corte Suprema en las partes del acto jurídico, el cónyuge que no intervino y posibles terceros. También se analiza los efectos de la nulidad del acto jurídico en un ámbito registral, lo que implica determinar si hay o no alguna afectación al tercero registral de buena fe. Además, se pretende dar una apreciación propia con respecto a si el acto jurídico de disposición de bienes sociales, efectuado por un solo cónyuge, es nulo, anulable o ineficaz. A partir de este análisis, en base a doctrina y jurisprudencia, se concluye que la tesis de la ineficacia es la más adecuada, no solo porque la ausencia de uno de los cónyuges en el acto constituye una falta de legitimación, sino porque esta tesis cautela los intereses de todos los intervinientes en este acto, incluyendo al cónyuge que no intervino y al comprador de buena fe. / On September 20th, 2020, the VIII Pleno Casatorio Civil was published. In this ruling, the Supreme Court determined that the legal act of disposition of assets of the marital partnership, in which only one of the spouses intervenes, is null. Thus, this legal report analyzes the implications of the Supreme Court's decision on the parties of the legal act, the spouse who did not intervene and possible third parties. It also analyzes the effects of the nullity of the legal act in a registry scope, which also implies determining whether or not there is any affectation to the third party who contracts under the parameters established by article 2014 of the Civil Code In addition, it is intended to give its own assessment as to whether the legal act of disposition of matrimonial property, carried out by only one spouse, is null, voidable or ineffective. From this analysis, based on doctrine and jurisprudence, it is concluded that the ineffectiveness thesis is the most appropriate, not only because the absence of one of the spouses in the act constitutes a lack of legal standing, but also because this thesis safeguards the interests of all the participants in this act, including the spouse who did not intervene and the bona fide purchaser
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Informe sobre las Resoluciones del Consejo Directivo de OSITRAN N° 050-2005-CD-OSITRAN y N° 034-2009-CDOSITRAN del Expediente N° 043 - 2009 – OSITRAN

Cruzado Saavedra, Víictor Andrés 25 February 2021 (has links)
Lima Airport Partners (concesionario del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez) solicita interpretar a OSITRAN el numeral 2 del anexo 11 del Contrato de Concesión del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, el cual regula la obligación del Estado de entregar los terrenos “debidamente saneados” para el Proyecto”. OSITRAN emitió su Resolución de Consejo Directivo N° 050-2005-CD-OSITRAN en la cual interpreto la citada cláusula del Contrato de Concesión; posteriormente LAP solicita una “interpretación complementaria” de la resolución ya indicada. Este último requerimiento es declarado IMPROCEDENTE en primera instancia, mientras que en segunda instancia fue declarado INFUNDADO el pedido de reconsideración
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Informe Jurídico de la Resolución N° 141-2020-OEFA/TFA-SE

Napanga Alvarado, Susand Noelia 14 August 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo analizar los principales problemas jurídicos identificados en la Resolución N° 141-2020-OEFA/TFA-SE, emitida en el marco del procedimiento sancionador iniciado contra Pluspetrol Norte S.A. por haber incurrido en la conducta infractora de no realizar la descontaminación efectiva de las áreas impactadas a consecuencia de una emergencia ambiental producido en el Lote 8. Para el análisis de la referida resolución se empleó el método de trabajo jurídico para casos complejos, por cuanto la interpretación de las premisas normativas se hizo a la luz de los principios que rigen tanto la normativa ambiental como el procedimiento administrativo general. De este modo, en primer lugar, se arribó a la conclusión de que en primera instancia se contravino el Principio de debido procedimiento y el Principio de Razonabilidad que rigen el procedimiento administrativo general. En segundo lugar, que se requiere la actualización del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) del Lote 8 para que este instrumento de adecuación sea concordante con el Reglamento de la Ley N° 27410, Ley SEIA, de modo que contenga medidas preventivas ante el riesgo de ocurrencia de emergencias ambientales. / The objective of this paper is to analyze the main legal problems identified in Resolution No. 141-2020-OEFA/TFA-SE, issued within the framework of administrative sanctioning process against Pluspetrol Norte S.A. for having incurred in the infringement of not carrying out the effective decontamination of the affected areas as a result of an environmental emergency that occurred in Lote 8. For the analysis of the referred resolution, it was used the legal method for complex cases because of the interpretation of the normative provisions was made under the principles of the environmental regulations and the general administrative procedure. Accordingly, in the first conclusion was reached that in the first instance the Principle of due procedure and the Principle of Reasonableness were violated. Secondly, the updating of the Environmental Management and Adaptation Program (PAMA) of Lote 8 is required in order to this adaptation instrument is in coherence with the Law No. 27410, SEIA Law, with the purpose it contains preventive measures against the risk of occurrence of environmental emergencies
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La figura de testaferro en la Ley Contrataciones del Estado

Escobedo Espinoza, Johnny Rodolfo 18 August 2021 (has links)
La contratación pública permite a las entidades obtener los bienes, servicios y obras que requieren para el desarrollo de sus funciones, efectuándolas de manera oportuna y bajo las mejores condiciones en términos de precio y calidad, con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos. Motivo que revela la importancia que tiene en nuestra sociedad y economía. La elaboración del presente trabajo tiene como objetivo determinar si el supuesto de testaferro, como impedimento para contratar con el Estado, descrita en la Ley, es suficientemente delimitada, a la luz del principio de tipicidad. En efecto, evidenciaremos que; como consecuencia de la insuficiente delimitación legal de la figura de testaferro, la administración pública atenta contra el derecho de libertad de concurrencia. Además, utilizaremos Opiniones emitidas por la Dirección Técnico Normativa del Organismo de Supervisor de las Contrataciones del Estado, así como Resoluciones del Tribunal Constitucional. Por todo lo expuesto, podemos concluir que el análisis del presente tiene relevancia en el sentido que permitirá el correcto funcionamiento de la Administración Pública en relación al administrado y los derechos involucrados, por lo que se justifica el presente Informe Jurídico. Finalmente, nos preguntaremos si sería posible que una oferta de este tipo de empresa, a pesar de ir contra de la Ley, pueda no ser impedimento; además propondremos una delimitación y criterios para la aplicación ante un supuesto de empresa “testaferro” y reflexionaremos sobre la eficacia de la norma a la luz de criterios de tipicidad. Además, la posibilidad del administrado interponga un recurso de reconsideración de la Resolución N° 0470-2019-TCE-S1. / Public procurement allows entities to obtain assets, services and works they require for the development of their functions, carrying them out in a timely manner and under the best conditions in terms of price and quality, in order to improve the living conditions of citizens. Reason that reveals the importance it has in our society and economy. The purpose of this paper is to determine whether the assumption of front man, as an impediment to contract with the State, described in the Law, is sufficiently delimited, in the light of the principle of typicality. In effect, we will show that, as a consequence of the insufficient legal delimitation of the figure of “testeferro”, the public administration violates the right to freedom of competition. In addition, we will use Opinions issued by the Technical Normative Direction of the State Contracting Supervisory Agency (OSCE), as well as Resolutions of the Constitutional Court. In view of the foregoing, we can conclude that the analysis of the present report is relevant in the sense that it will allow the correct operation of the Public Administration in relation to the administered and the rights involved, thus justifying the present Legal Report. Finally, we will ask ourselves if it would be possible that an offer of this type of company, in spite of going against the Law, may not be an impediment; we will also propose a delimitation and criteria for the application in the case of a "testaferro” company and we will reflect on the effectiveness of the rule in the light of criteria of typicity. In addition, the possibility for the administered party to file an appeal for reconsideration of the Resolution No. 0470-2019-TCE-S1.
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El régimen de la ineficacia en sentido estricto: análisis de los supuestos de resolución en el Código Civil peruano

Madrid Horna, Víctor 04 March 2019 (has links)
La práctica contractual pone en evidencia que muchas veces los contratos terminan de manera anticipada por diversas razones, que han sido difíciles de clasificar de forma pacífica en la doctrina. De hecho, la resolución como supuesto de extinción de contratos válidos por causal sobreviniente, en definición que emplea el Código Civil peruano de 1984, parece aludir a un grupo mayor de supuestos en que opera la extinción del contrato. El presente trabajo de investigación tiene por objeto ocuparse del régimen de la resolución contractual en el Código Civil peruano de 1984. Partiendo de la premisa de la ineficacia como un género en el que se inserta la resolución contractual, el trabajo se inicia con una revisión de la clasificación de la ineficacia en general, de manera de adoptar aquella que distingue entre la ineficacia invalidez y la ineficacia en sentido estricto. Seguidamente, el trabajo efectúa un repaso general de los casos o supuestos más reconocidos en la doctrina de ineficacia en sentido estricto. En este grupo se incluye a la recisión, la resolución, el desistimiento, la inoponibilidad, el mutuo discenso, el plazo y la condición resolutoria, entre otros, con el fin conocer sus principales aspectos y diferencias más notables. Finalmente, se efectúa una revisión integral del articulado del Código Civil a fin de observar el tratamiento de la resolución, y a partir de aquí, analizar los diversos supuestos en que tiene lugar la resolución, evaluando su relación con los otros supuestos de ineficacia en sentido estricto no necesariamente recogidos por el legislador en el Código. / Tesis
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Informe sobre Resolución N° 1008-2013/SPC-INDECOPI

Colina Cardoso, Maria Andrea 22 February 2021 (has links)
La Resolución N° 1008-2013/SPC-INDECOPI es un acto administrativo cuyo estudio se justifica en la medida que trata del deber de idoneidad en la venta de equipos celulares que es un mercado muy dinámico, además, que INDECOPI propugna un cambio importante en el criterio de evaluación de la infracción al deber de idoneidad, al establecer que al infracción del proveedor se da por el solo hecho de poner productos defectuosos en el mercado, y no por la conducta del proveedor cuando es detectado el defecto. Se busca establecer si en principio ha habido una aplicación correcta de la norma por parte de INDECOPI y si el criterio adoptado por dicha entidad no va ser más oneroso para los consumidores. Para el efecto, se hace uso de la doctrina, legislación y jurisprudencia que se ha generado sobre la Protección del Consumidor. El trabajo concluye en que el INDECOPI, si bien en el caso concreto dio una protección efectiva al denunciante, la adopción del nuevo criterio va a generar mayores costos de transacción, puesto que los proveedores se dedicarán a producir artículos infalibles, cuyos costos serán trasladados al universo de consumidores.
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Situación Actual y Marco Jurídico de la Inclusión Financiera en el Perú

Arana Noriega, Claudia Silvana 07 August 2021 (has links)
Esta tesis trata acerca de la Inclusión Financiera en el Perú, que en la actualidad alcanza solamente al 41.3% de la población. Es objetivo del presente trabajo, ubicar los principales problemas que la afectan y la detienen en el país. Para ello, utilizando la metodología del Análisis Económico del Derecho y aplicando las herramientas de las que dispone, se desarrolla un estudio que permite descartar los paradigmas que supuestamente la frenan y más bien se ubican los problemas que no le permiten avanzar. Este análisis se acompaña de trabajo de campo que abarca: encuestas, entrevistas, recorrido a instituciones financieras y un caso real para graficar la realidad. La hipótesis que se plantea es que la Inclusión Financiera actualmente cuenta con un marco legal e instituciones financieras sólidas, sin embargo, no tienen el avance deseado. Esta situación afecta el bienestar de la sociedad e impide que se aproveche la capacidad instalada que se tiene, para lo cual se sugieren aportes que permitan su optimización y supere el avance que se tiene según la última medición. La principal conclusión de esta tesis es que la Inclusión Financiera es una actividad multidisciplinaria que no tiene solución sino bajo la visión simultánea de las instituciones del Estado, las entidades financieras y sociedad civil, por ello, los esfuerzos unilaterales o débilmente coordinados no vienen alcanzando los resultados esperados.
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Aplicación del Principio de Retroactividad Benigna en el Procedimiento Administrativo Sancionador en caso de modificación del Instrumento de Gestión Ambiental

Lara Soriano, Sheryl 13 August 2021 (has links)
La importancia de los instrumentos de gestión ambiental preventivos radica en constituirse como una herramienta que antecede los impactos ambientales y proyecta soluciones eficientes en favor del medio ambiente. No es menos importante indicar que estos instrumentos, pueden requerir modificaciones o ampliaciones las cuales se tramitarán con posterioridad al inicio de sus operaciones, toda vez que, aun cuando sea exhaustivo en su primera versión, sería irreal que recojan todos los impactos socio ambientales posibles. Este trabajo busca establecer la viabilidad de aplicar el principio de retroactividad benigna con relación a los instrumentos de gestión ambiental, a partir del procedimiento administrativo sancionador seguido contra la Central Hidroeléctrica Potrero por el incumplimiento de obligaciones establecidas en la declaración de impacto ambiental. En este caso, antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, el Gobierno Regional de Cajamarca aprobó el informe técnico sustentatorio de la Central, que cambió favorablemente para el administrado las obligaciones imputadas como infracción; sin embargo, el Tribunal de Fiscalización Ambiental consideró que los instrumentos de gestión ambiental no son normas tipificadoras y, en consecuencia, no cabía aplicar la retroactividad benigna. Como conclusión se afirma la viabilidad de aplicar el principio en cuestión, pues la nueva herramienta de gestión ambiental, en este caso, el informe técnico sustentatorio, tiene condiciones más favorables para el administrado, lo cual debería repercutir retroactivamente en el procedimiento sancionador. El método empleado para estudiar la razonabilidad de la resolución es el cualitativo, para lo cual se ha recurrido a fuentes normativas, jurisprudenciales y a la doctrina. / The importance of Preventive Environmental Management Instruments lies in becoming a tool that anticipates environmental impacts and projects efficient solutions in favor of the environment. It is important to indicate that these instruments may require modifications or extensions which will be processed after the start of their operations, because, although they are extensive in their first version, it is unlikely that they will include all possible socio-environmental impacts. Taking this into consideration, this work aims to establish the viability of applying the principle of benign retroactivity in relation to environmental management instruments, based on the administrative sanctioning procedure followed against the Potrero Hydroelectric Power Plant, for the breach of obligations established in the declaration of environmental impact. In this case, before the start of the administrative sanctioning procedure, the Regional Government of Cajamarca approved the technical support report of the Hydroelectric Power Plant, which favorably changed the obligations imputed as an infraction for the company. However, the Environmental Control Court considered that the Environmental management instruments are not standard rules and, consequently, benign retroactivity could not be applied. The work concludes that applying the principle is legally viable, because the new environmental management tool, in this case, the Sustaining Technical Report, has more favorable conditions for the company, which should retroactively affect the sanctioning procedure. The method used to study the reasonableness of the resolution is qualitative, for which normative, jurisprudential, and doctrine have been used.

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