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Controversia en relación con el sujeto pasivo del impuesto predial: propietario y poseedorPuchoc Flores, Milagros Evelyn 29 November 2021 (has links)
La indebida aplicación del artículo 9° de la Ley de Tributación Municipal genera que las
municipalidades en aquellos casos donde dos o más personas se disputan la titularidad de un predio
como propietarios o poseedores y solicitan su inscripción como contribuyentes, procedan al
reconocimiento de ambos sujetos como deudores tributarios del Impuesto Predial, amparándose
indebidamente en la citada norma. El citado actuar tiene como consecuencia que las
municipalidades dirijan su acción de cobro a dos o más sujetos de forma simultánea, lo que
conlleva a un doble cobro del impuesto o un doble pago por parte de más de un supuesto deudor
tributario, lo que no resulta arreglado a ley. Si bien existen diversos pronunciamientos del Tribunal
Fiscal en relación a nuestra problemática, no obstante, la jurisprudencia no ha definido cuál es la
forma de otorgar la calidad de contribuyente cuando hay dos o más personas que afirman ser
deudores tributarios directos, y entre los cuales existe un conflicto de propiedad. En ese sentido,
resulta necesario plantear alternativas para hacer frente a la citada problemática, determinando que
más allá de la verificación de los medios probatorios presentados por las partes, es necesaria la
adopción de medidas legislativas, dado que en nuestra legislación existe un sistema consensual de
transferencia de propiedad inmobiliaria, por lo que no hay reglas claras para determinar quién es
el propietario.
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La discrecionalidad del empleador para considerar la impuntualidad del trabajador como reiterada, a efectos de imputarla como falta grave causal de despido, a propósito de la Casación N° 13768-2016-LAMBAYEQUEAlbújar Tineo, Fiorella Raquel 25 February 2020 (has links)
A efectos de imputar la impuntualidad como falta grave, causa justa de despido, el
legislador peruano ha previsto que deben concurrir dos elementos: (i) la reiterencia
en el tiempo del incumplimiento al horario de trabajo por parte del trabajador; y (ii)
la imposición de sanciones, entiéndase amonestaciones escritas y suspensiones,
previas al despido por la misma conducta infractora. Sin embargo, en este supuesto
se ha omitido brindar un parámetro objetivo para delimitar cuando estamos ante una
conducta infractora reiterada, a diferencia de la causal referida al ausentismo laboral,
lo que a mi consideración no es equiparable a la existencia de sanciones previas al
despido.
En tal sentido, el presente trabajo pretende demostrar que, si bien los elementos para
configurar la falta grave referida a la impuntualidad reiterada, contenida en el inciso
h) del artículo 25° del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y
Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, se
encuentran relacionados entre sí, estos son independientes en cuanto a su valoración
y comprobación fáctica, siendo que el primero de ellos se encuentra sujeta a la
discrecionalidad del empleador dado un problema de vaguedad en la enunciación del
supuesto de hecho.
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El rol del tribunal de transparencia y acceso a la información pública como garantía del buen gobiernoPichón de la Cruz, Junior 29 September 2021 (has links)
La transparencia constituye principio esencial dentro de un Estado Democrático y
Constitucional de Derecho, que a su vez forma parte del gran principio denominado
Buen Gobierno, que sirve como orientador a las actuaciones de las entidades de la
Administración Pública para el cumplimiento de sus objetivos, siendo su finalidad
garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos.
En ese sentido, tal principio se materializa a través del derecho de acceso a la
información pública, el mismo que cuenta con herramientas por parte del Estado
para conocer información que tiene carácter público y que la ciudadanía pueda
ejercer un rol fiscalización en la gestión pública. No obstante, resulta importante
analizar si estas herramientas, para hacer efectivo el mencionado derecho
fundamental, terminan siendo eficaces, o por el contrario, debido a la burocracia
estatal se termina desnaturalizando la transparencia en el Estado.
Por tales motivos, el presente trabajo se centra en el análisis del principio de buen
gobierno, específicamente de los subprincipios de transparencia y eficacia, y su
concordancia con los mecanismos procesales y procedimentales para el ejercicio
del derecho de acceso a la información pública; del mismo modo, se realiza un
análisis sobre la eficacia del proceso de hábeas data y del procedimiento recursivo
ante el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, órgano
resolutivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Como resultado, se tiene
que el principio de Buen Gobierno se encuentra garantizado con el rol que cumple
el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública en la resolución de
controversias en materia de acceso a la información pública, debido a que con la
celeridad de sus procedimientos los ciudadanos pueden obtener un resultado más
eficaz en protección del citado derecho fundamental.
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El género como motivo de discriminación en la protección al consumidor: roles y estereotiposAlvarez Tapia, Andrea Valeria 10 May 2021 (has links)
Los estereotipos de género son una de las principales causas de la violencia que sufre la
mujer en nuestro país; sin embargo, no toda la sociedad es consciente de su existencia,
magnitud y los perjuicios que pueden generar. Por ende, los objetivos del trabajo son los
siguientes: El objetivo principal: Analizar el nivel de eficacia de las acciones tomadas por
la autoridad de protección al consumidor para combatir la discriminación por género en
el ámbito de consumo y, proponer medidas que amplifiquen las potencialidades actuales
del sistema de consumidor. Los objetivos específicos: i) identificar el espectro total de las
prácticas que perpetuan estereotipos realizadas por los proveedores de bienes o servicios
que afectan los derechos de las consumidoras; ii) demostrar que existen prácticas lesivas
al mandato de no discriminación que la autoridad desconoce y; por ende, no fiscaliza ni
sanciona; ii) Identificar métodos eficaces para proteger el derecho a la igualdad y no
discriminación de la consumidora sin trasgredir los derechos de otros actores del
mercado. El supuesto es el siguiente: ¿Cuál es el nivel de eficacia de las actuales medidas
de prevención y erradicación de la discriminación en materia de protección al consumidor
y, cómo pueden potentenciarse las mismas, sin trasgredir los fundamentos económicos
constitucionales?
La conclusión propuesta es, si bien es cierto, se han advertido aspectos positivos por parte
de la Comisión de Protección al Consumidor y de la Sala de Protección al Consumidor,
que estarían contribuyendo con la prevención y erradicación de los estereotipos de género
que fomentan la discriminación estructural contra las mujeres. Es recomendable capacitar
a los funcionarios que ven estos casos en género y discriminación y, no sólo desde una
perspectiva de mercado.
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El Principio de Subsidiariedad en la jurisprudencia del IndecopiVillegas Angeldonis, Evelyn Suset 04 August 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación busca plasmar un análisis, a través del desarrollo de
distintos casos, de la estrecha interpretación que se le brinda al concepto vinculado a la
actividad empresarial del Estado en el Perú. Para dicho objetivo, se ha realizado un
análisis sistemático sobre el concepto del principio de subsidiariedad brindado por las
normas respectivas y distintas resoluciones del Indecopi, buscando así persuadir al lector
del verdadero significado de dicho principio. Realizado dicho análisis, se concluye que
en nuestro ordenamiento la interpretación del principio de subsidiariedad ha sido
analizado y aplicado solo desde un punto de vista económico obviándose el lado solidario
del principio.
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Análisis de la Resolución No. 065-2020-CD/OSIPTELFuentes Ñique, Sandra Judith 04 October 2021 (has links)
Durante el contexto de pandemia, los servicios públicos de telecomunicaciones cobraron
gran importancia al punto de ser equiparados con los servicios básicos de agua o luz. Dicho
reconocimiento social generó que tanto el Congreso de la República como OSIPTEL
emitieran diversas normas con miras a fiscalizar la adecuada provisión de los servicios
públicos de telecomunicaciones. En ese contexto de intenso ejercicio normativo, cabe
preguntarnos si las entidades estatales analizan el impacto regulatorio de sus propuestas
previo a la emisión de las mismas. El propósito del presente trabajo es analizar uno de los
proyectos normativos de OSIPTEL más cuestionados, a fin de identificar si la entidad
prioriza la utilización de medidas alternativas al ejercicio de la potestad normativa para
regular la provisión de servicios. En el presente trabajo utilizaremos la teoría del impacto
regulatorio concluyendo que OSIPTEL, en aras de “proteger a la sociedad”, puede llegar a
perder de vista cuándo es necesario imponer normas gravosas.
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Las restricciones legales del derecho de propiedad y su relación con los bienes inmuebles de propiedad privada declarados patrimonio cultural de la naciónGazaniga Espinal, Johanna Xiomara 06 May 2021 (has links)
La presente investigación desarrolla una de las grandes dificultades del Registro en
nuestro ordenamiento jurídico desde la óptica del Patrimonio Cultural de la Nación; y es,
en el marco del Registro de Bienes Inmuebles, ¿cómo hacemos que la realidad registral
refleje la realidad extrarregistral? Considerando además que, en este caso, registrar la
condición de cultural de un bien inmueble acarrea diversos límites al ejercicio de la
propiedad. Partiendo de esta disyuntiva, podemos identificar dos objetivos abordados a
lo largo de este informe, a saber, i) la importancia de registrar el Patrimonio Cultural de
la Nación en un registro integrado, y ii) el nuevo rol que deberán asumir nuestras
autoridades públicas y el mismo Registro frente a esta realidad. En primer lugar, es
obligación del Estado proteger las herencias culturales de nuestra Nación como vehículo
para promover la paz, el desarrollo social, ambiental y economía sostenible; para estos
fines, nuestras normas han recogido una presunción de declaración de cultural de un bien
inmueble que tiene determinadas características, pero ello no garantiza su adecuada
protección y difusión ya que la identificación y el deber de iniciar el procedimiento de
declaración de su condición de cultural recaerá en el sujeto privado, pudiendo producirse
intereses perversos como la destrucción del bien. Frente a ello, nuestras autoridades
deberán asumir un rol directriz en la gestión de los bienes culturales inmuebles, para lo
cual deberá dotarse de diversas herramientas; por ejemplo, al igual que en Colombia,
deberán crear un plan de desarrollo sostenible del bien cultural inmueble que deberá estar
inscrito en la partida registral del inmueble, adicionalmente, al igual que en Italia, podrían
exigir su inscripción para gozar de sus beneficios tributarios. Estas reformas se traducirán
en una mejor posición del bien frente a su tráfico jurídico.
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Principio de Adecuación Social en la PublicidadAntonio Vásquez, Pamela Bethsabé 07 May 2021 (has links)
La implementación de la innovación en tecnología en la publicidad comercial ha tenido un
gran impacto tanto desde el punto de vista tecnológico, social, así como en su aplicación
normativa. Además de ello, debido a la tasa de discriminación social existente hacia un grupo
determinado de personas (quienes vienen social e históricamente vulneradas), nace nuestro
interés por desarrollar el tema de la discriminación en la publicidad comercial en base a las
normas de la Ley de Represión de la Competencia Desleal - Ley N° 1044, específicamente
en base al Principio de Adecuación Social (artículo 18° de la Ley de Represión de la
Competencia Desleal). No obstante ello, consideramos que la ambigüedad de la norma
termina generando un efecto adverso al esperado y conlleva generalmente a una mala
aplicación de la misma por parte de la Autoridad (como el caso de publicidad discriminatoria
de Saga Falabella), ya que lo que se busca sancionar el citado artículo no es concretamente
la difusión de una publicidad sexista, discriminatorio o contraria al principio de adecuación
social en general, sino que la misma tenga el efecto de inducir a sus destinatarios a cometer
actos de dicho carácter. Por tanto, debido a que el principal problema del principio de
Adecuación Social es su ambigüedad en la aplicación e interpretación por parte de Indecopi,
consideramos que su correcta interpretación debe ser restrictiva y funcional.
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Derechos sexuales y reproductivos: problemas y desafíosCarhuaricra Huamán, Melvy Tatiana 02 June 2020 (has links)
Recientemente vemos cómo la teoría de género viene incorporándose en el estudio del
derecho y en la implementación de políticas públicas. Cada vez más abordamos problemas
que antes no nombrábamos o nombrábamos de otro modo. El derecho se torna insuficiente,
tiene que justificar, tiene que definir ámbitos que hasta hace poco ignoraba. Lo que no se
nombra no existe, y sí. Pero ya se nombra, ahora hace falta que el lenguaje jurídico y el
sistema jurídico incorpore asuntos que en muchos casos corresponden al ámbito más íntimo
del ser humano, como la sexualidad, por ejemplo. Porque el feminismo y la teoría de género
nos enseña también, que lo personal es político.
Necesitamos de políticas públicas que aborden temas como el aborto, la educación sexual
integral o la violencia obstétrica, para eso es necesario dotar de un amparo legal, jurídico
cada uno de estos conceptos. Tenemos, por lo pronto, lo que se ha venido a llamar derechos
sexuales y reproductivos, que, como veremos, no se trata de un solo derecho, sino de dos,
diferentes, ambos con un potencial enorme para justificar y amparar legalmente temas como
los antes señalados. Este trabajo solo dará cuenta de las limitaciones de nuestro sistema
jurídico cuando de los derechos sexuales y reproductivos se trata y de la necesidad de un
desarrollo teórico más completo e individualizado de estos.
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¿Somos o no somos padres? La no regulación de la maternidad subrogada en torno al ejercicio de la paternidad y maternidad responsable: un desafío legal en el PerúFlores Angeles, Lidia Carolina 27 September 2021 (has links)
La maternidad subrogada gestacional altruista es una Técnica de Reproducción
Asistida (TERA) que permite a las personas en el ejercicio de sus derechos sexuales
y reproductivos, así como en su derecho a fundar una familia, recurrir a ellas con la
finalidad de procrear, principalmente, debido a problemas de infertilidad.
Los diversos avances científicos han causado que en diversos países los legisladores
se involucren en establecer parámetros legales con la finalidad de coadyuvar en esta
problemática.
En nuestro país solo hay una norma vinculada a la temática y es el artículo 7 de la
Ley General de Salud (Ley 26842). Aquel artículo es la única normativa que regula
los casos de maternidad subrogada en el Perú, la cual, si bien no prohíbe
taxativamente esta práctica, genera diversas interpretaciones. Ello se incrementa a
raíz de que existen vacíos legales en cuanto a la normativa vinculada al tema.
Por ello, la finalidad de este artículo es realizar una propuesta de reforma del artículo
7 de la Ley General de Salud referente a la maternidad subrogada. / Altruistic gestational surrogacy is an Assisted Reproduction Technique (TERA) that
allows people in the exercise of their sexual and reproductive rights, as well as their
right to found a family, to resort to them in order to procreate, mainly, due to infertility
problems.
The various scientific advances have caused legislators in several countries to
become involved in the establishment of legal parameters in order to contribute to this
problem.
In our country there is only one regulation linked to the subject and that is article 7 of
the General Health Law (Law 26842). That article is the only regulation that regulates
surrogacy cases in Perú, which, although it does not strictly prohibit this practice,
generates different interpretations. This increases due to the fact that there are legal
gaps in the regulations related to the subject.
For this reason, the purpose of this article is to make a proposal to reform article 7 of
the General Health Law regarding surrogacy.
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