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El contenido constitucionalmente protegido del derecho al ambiente en las sentencias del Tribunal Constitucional Peruano (período 2000 al 2010)

Zegarra Ancajima, Ana Sofía 25 March 2024 (has links)
En el presente trabajo se busca conocer el contenido constitucionalmente protegido del derecho al ambiente a través de las sentencias del Tribunal Constitucional, toda vez que el máximo intérprete de la Constitución ha ido perfilando su contenido a través de su jurisprudencia. Se parte de la hipótesis de que el Tribunal Constitucional formula un concepto amplio del derecho que nos ocupa, el cual no solo está contemplado en el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución. Consideramos que para llegar a dicho concepto que aún es general y amplio en cuanto a su contenido, debido a los conceptos indeterminados que emplea (“equilibrado” y “adecuado”), se ha incorporado, paulatinamente, algunos principios del derecho ambiental internacional; así como los criterios y principios contemplados en la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, publicada el 2005. Por ello, el período de estudio abarca únicamente los años 2000 a 2010 a fin de poner en evidencia y centrar el análisis en el impacto que ha tenido la citada ley sobre el concepto del derecho al ambiente desarrollado por el Supremo intérprete de la Constitución.
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El control constitucional del objeto del referéndum: Una propuesta de nuevos parámetros para una mayor eficacia del derecho de participación ciudadana

Neyra Zegarra, Ana Cristina 31 March 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar el referéndum en el Perú, en el marco del contexto internacional y del Derecho Comparado, centrándose en el control de constitucionalidad que se puede hacer respecto de los temas en consulta (objeto) para dar solución a dos problemas identificados: la oportunidad del control y el organismo competente. En relación con el momento en que se hace este control, se hace posteriormente a que la iniciativa cuente con un importante número de respaldos expresados a través de la recolección de firmas, y podría ser negativo, con lo que generaría un desincentivo a asumir la promoción de este tipo de iniciativas. De otro lado, respecto del organismo encargado de este control constitucional, se ha constatado que potencialmente hay un control originario y luego uno sucesivo, que puede recaer en el Jurado Nacional de Elecciones y los jueces constitucionales (en dos instancias) y finalmente en el Tribunal Constitucional. En ese sentido, el presente trabajo plantea que el control constitucional se haga mientras se realiza la recolección de firmas (una vez que se logre una cantidad similar a la requerida para presentar una demanda de inconstitucionalidad -5000 firmas) y que esté a cargo del Tribunal Constitucional, en instancia única, por la especialidad de sus funciones, como un control preventivo, a través de un procedimiento célere; por tanto, se incluyen propuestas de textos normativos para reformar la Constitución y la Ley Nº 263000, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, con dichos alcances.
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El principio constitucional de igualdad en materia tributaria en la jurisprudencia oscilante y relevante del Tribunal Constitucional desde 1996 hasta el 30 de junio de 2020

Escalante Gonzáles, Antenor José 20 July 2021 (has links)
La presente investigación es relevante y se encuentra plenamente justificada en la medida que el principio de igualdad cobra particular importancia cuando, específicamente, se analiza si el Supremo Intérprete de la Constitución de un país lo respeta al aplicar la ley a través de las sentencias que emite. En el caso del Tribunal Constitucional peruano se plantea como hipótesis que el principio constitucional de igualdad en materia tributaria desde el 24 de junio de 1996 hasta el 30 de junio de 2020 no ha tenido, por parte del Tribunal Constitucional, un desarrollo predictible, congruente, consistente ni coherente. Por ello, se propone como Objetivo principal establecer si el Tribunal Constitucional ha desarrollado de manera predictible, congruente, consistente y coherente, desde el 24 de junio de 1996 hasta el 30 de junio de 2020, el principio constitucional de igualdad en materia tributaria. Como objetivo secundario se considera destacar las oscilaciones manifestadas en criterios disímiles desarrollados y consagrados por el Tribunal Constitucional en casos de relevancia, como investigación exploratoria para un análisis causal jurídico-científico ulterior. Irradia esta investigación la teoría sobre el principio de igualdad en materia tributaria que han desarrollado reconocidos académicos nacionales y extranjeros. La investigación es correlacional, sincrónica, analítica y explicativa, bajo el método de investigación de análisis-síntesis. Los resultados son los esperados ya que se ha podido establecer que el desarrollo, por parte del Tribunal Constitucional, del principio constitucional de igualdad en materia tributaria desde el 24 de junio de 1996 hasta el 30 de junio de 2020, en sus jurisprudencias relevanes, ha sido oscilante. Finalmente, la conclusion principal es que el principio constitucional de igualdad en materia tributaria desde el 24 de junio de 1996 hasta el 30 de junio de 2020 no ha tenido, por parte del Tribunal Constitucional, un desarrollo predictible, congruente, consistente ni coherente, a tal punto que se han podido aislar varios caso en los cuales, a mi criterio, a través de sus sentencias oscilantes, ha vulnerado el principio de igualdad en la aplicación de la ley.
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Los efectos de la reforma jurisprudencial del recurso de agravio constitucional: desnaturalización de este recurso y variación de las funciones del Tribunal Constitucional Peruano

Quispe Andrade, Yuliano 30 November 2021 (has links)
Conforme a la Constitución Política peruana de 1993, el Tribunal Constitucional (TC) no es solo el órgano predispuesto para controlar la constitucionalidad de las normas con rango de ley, sino que además –en símil a los Tribunales Constitucionales de Alemania y España– es un tribunal de «casos concretos» en cuanto debe conocer «en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento» (artículo 202.2 de la Constitución). Desde la vigencia del Código Procesal Constitucional (CPCo-2004) el medio para acceder a esa instancia es denominado recurso de agravio constitucional (RAC). Sin embargo, desde que entró en vigor el CPCo-2004 y de manera jurisprudencial, el TC ha modificado sustancialmente el alcance del RAC; por un lado, incorporando filtros tendientes a restringir su procedencia y, por el otro, ampliando su ámbito operativo. Ante tal escenario, la presente tesis tiene como objetivo determinar si las indicadas modificaciones del RAC son o no legítimas desde el punto de vista constitucional y si, a su vez, modifican o no las funciones encomendadas por la Constitución peruana al TC en lo que atañe al conocimiento de los procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y cumplimiento. Para ello, se analiza al TC como tribunal supremo, se describen y analizan las experiencias reformadoras ocurridas en Alemania y España tendientes a restringir el acceso a los respectivos tribunales, y se analiza íntegramente el diseño procesal del RAC. Finalmente, sobre la base de tales análisis, se sustenta que la reforma jurisprudencial del RAC ha generado la desnaturalización del diseño constitucional que debe tener este recurso y, a su vez, la variación de las funciones del TC en los procesos constitucionales antes mencionados.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°423-2005, proceso penal seguido contra funcionarios de General Electric S.A.

Sztrancman Torres, Mitchel 01 July 2021 (has links)
El presente informe jurídico realiza un análisis sobre las controversias legales suscitadas entre las empresas General Electric y LATAM durante al final de los años 90, aquellos tienen su origen en 3 contratos de distribución celebrados sucesivamente entre ambas empresas en los años 1992, 1994 y 1996. En dichos conflictos legales, cobran relevancia las figuras de derecho penal y constitucional como el delito de estafa, la idoneidad del engaño, el deber de auto protección de la víctima, las medidas de coerción personal, el derecho a la motivación de las resoluciones judiciales, la procedencia del Habeas Corpus y los límites materiales del Tribunal Constitucional para pronunciarse en controversias penales. El objetivo del informe es determinar si la conducta desplegada por los funcionarios de General Electric se configura bajo el delito de estafa y determinar la competencia del Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre el auto apertorio de instrucción emitido por el 25° Juzgado Penal de Lima. Finalizado el mismo, arribamos a la conclusión que no se ha configurado el delito de estafa al no existir un engaño desplegado por parte de los funcionarios de General Electric. Por otro lado, sostenemos que el Tribunal Constitucional ostenta competencia para determinar la constitucionalidad del auto apertorio de instrucción a efectos garantizar el cumplimiento de los derechos reconocidos en la Constitución, quedando prohibido que este órgano determine la responsabilidad penal de los investigados pues ello le corresponde al juez penal.
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Desafíos de la declaración de estado de cosas inconstitucional en el Perú

Arias Suárez, Carlos Francisco 05 June 2021 (has links)
El presente trabajo se centra en el análisis de la técnica de declaración de estado de cosas inconstitucional (en adelante ECI) utilizada no solo por el máximo intérprete de la Constitución, el Tribunal Constitucional del Perú; sino también, por órganos jurisdiccionales de inferior jerarquía. En ese sentido, se propone determinar el fundamento constitucional para la declaración de un ECI, basado no solo en el artículo 44° de la Constitución Política, sino a partir del concepto de tutela de derechos fundamentales por parte del órgano jurisdiccional. Por otro lado, establecer la legitimidad del juez constitucional para efectuar tal declaración ¿Este puede intervenir en la formación de las políticas públicas? La respuesta a esta interrogante se desarrollará en la investigación; toda vez que, partiendo de la clásica división de poderes, estos – en principio – no deberían inmiscuirse en temas que sería de exclusiva competencia del Poder Ejecutivo y Legislativo; sin embargo, se explicará por qué es necesaria la presencia de la justicia constitucional ante la vulneración masiva y sistemática de varios derechos fundamentales que afecta a un número significativo de personas.
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Informe jurídico sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 03696- 2017-PA/TC

Lapoint Castillo, Andrea 31 July 2023 (has links)
El presente informe jurídico analiza la situación estructural del despojo territorial de la Comunidad Nativa de Santa Clara de Uchunya a través de la vulneración de sus derechos fundamentales a la propiedad y aprovechamiento de recursos naturales. Se trata de un proceso constitucional de amparo interpuesto por la Comunidad Nativa en donde se va a determinar si, efectivamente, se han vulnerado estos derechos. De igual modo, el territorio ancestral en cuestión ha sido dispuesto a terceros ajenos a la Comunidad Nativa de Santa Clara de Uchunya. Fuera de ello, esta disposición de su territorio ha causado gran depredación y degradación de sus bosques, por lo que comuneros han tenido que trasladarse a otras zonas para poder gozar y aprovechar de otros recursos naturales. Asimismo, el informe jurídico enfatiza en las garantías del derecho de propiedad colectiva de pueblos indígenas desarrollada en los estándares internacionales a través de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En ese sentido, se delimita el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la propiedad colectiva de los pueblos indígenas en el Perú. De esta manera se podrá determinar si el derecho a la propiedad de pueblos indígenas garantiza la ampliación de titulación territorial que solicita la Comunidad Nativa y si este derecho comprende la nulidad de actos concedidos a terceros ajenos a la Comunidad, tales como constancias de posesión que posteriormente fueron títulos de propiedad. Para establecer los resultados del informe jurídico es necesario conocer y distinguir conceptos como pueblos indígenas, tierra, territorio, control de convencionalidad, control de constitucionalidad. Estas definiciones nos facilitarán el análisis del caso en concreto. En suma, el fallo del Tribunal Constitucional en el Pleno 22/2022 vulnera gravosamente los derechos de la Comunidad Nativa Santa Clara de Uchunya ya que el proceso constitucional de amparo es la vía idónea para garantizar y proteger los derechos de la Comunidad Nativa. Para ello, se debe tener en cuenta que actualmente comuneros siguen experimentando amenazas, intimidación y criminalización por buscar defender sus derechos. Por tal razón, sin gozar con el reconocimiento de ampliación del territorio de la Comunidad Nativa de Santa Clara de Uchunya no cuentan con protección adecuada no solo de sus tierras sino también otros derechos como la subsistencia, al disfrute del medio ambiente sano y equilibrado y aprovechamiento de recursos naturales. Por ello, es importante que el Estado asuma una voluntad política clara y colocar el problema de reconocimiento de tierras de pueblos indígenas en su agenda actual. Abordar el problema de la titulación de tierras como un asunto nacional no solo promovería el bienestar de las comunidades nativas, sino también del país y sus bosques. / This legal report analyzes the structural situation of the territorial dispossession of the Native Community of Santa Clara de Uchunya through the violation of their fundamental rights to property and use of natural resources. This is a constitutional amparo process brought by the Native Community where it will be determined if, indeed, these rights have been violated. Similarly, the ancestral territory in question has been disposed of to third parties outside the Native Community of Santa Clara de Uchunya. Apart from that, this disposition of their territory has caused great depredation and degradation of their forests, which is why community members have had to move to other areas to be able to enjoy and take advantage of other natural resources. Likewise, the legal report emphasizes the guarantees of the right to property of indigenous peoples developed in international standards through the jurisprudence of the Inter-American Court of Human Rights. In this sense, the constitutionally protected content of the right to property of indigenous peoples in Peru is delimited. In this way it will be possible to determine if the right to property of indigenous peoples guarantees the expansion of territorial title requested by the Community of Santa Clara de Uchunya and if this right includes the nullity of acts granted to third parties outside the Community, such as certificates possession and title deeds. To establish the results of the legal report, it is necessary to know and distinguish concepts such as indigenous peoples, land, territory, control of conventionality, control of constitutionality. These definitions will facilitate the analysis of the specific case. In short, the ruling of the Constitutional Court in Plenary Session 22/2022 gravely violates the rights of the Santa Clara de Uchunya Native Community, since the constitutional amparo process is the ideal way to guarantee and protect the rights of the Native Community. For this, it must be taken into account that currently community members continue to experience threats, intimidation and criminalization for seeking to defend their rights. For this reason, without enjoying the recognition of expansion of the territory of the Native Community of Santa Clara de Uchunya, they do not have adequate protection not only of their lands but also other rights such as subsistence, the enjoyment of a healthy and balanced environment and the use of natural resources. For this reason, it is important that the State assume a clear political will and place the problem of recognition of the lands of indigenous peoples on its current agenda. Addressing the issue of land titling as a national issue would not only promote the well-being of native communities, but also the country and its forests.
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La potestad del Tribunal Constitucional de declarar la nulidad de sus propias resoluciones

Smith Arias, Paola Fernanda 24 April 2023 (has links)
La potestad del Tribunal Constitucional de declarar la nulidad de sus propias resoluciones ha sido ejercida por el máximo intérprete de nuestra Constitución en una serie de ocasiones. No obstante ello, aún existe una amplia discusión tanto en Doctrina como a nivel Jurisprudencial vinculada a si es posible reconocer dicha potestad al Tribunal Constitucional, bajo nuestro actual sistema jurídico. Por un lado, aquellos que rechazan la posibilidad de reconocer al Tribunal Constitucional la potestad de declarar la nulidad de sus propias resoluciones resaltan que existen una serie de objeciones que impedirían reconocer dicha potestad tales como la vulneración a los principios de cosa juzgada y seguridad jurídica. Así, el principal objetivo del presente trabajo es analizar si es posible reconocer la potestad del máximo intérprete de nuestra Constitución de declarar la nulidad de sus propias resoluciones, bajo nuestro actual sistema jurídico, sin que ello implique una vulneración a los principios de cosa juzgada y seguridad jurídica. A través de dicho análisis, llegaremos a la conclusión de que dicha potestad sí encuentra cabida en nuestro sistema jurídico, siempre que esta sea ejercida en determinados supuestos y de manera excepcional. / The power of the Constitutional Court to declare the nullity of its own resolutions has been exercised by the highest interpreter of our Constitution on a number of occasions. Nevertheless, there is still a wide discussion both in Doctrine and Jurisprudence as to whether it is possible to recognize such power to the Constitutional Court. On the one hand, those who reject the possibility of recognizing the Constitutional Court the power to declare the nullity of its own resolutions highlight that there are a series of objections that would prevent the recognition of such power, such as the violation of the principles of res judicata and legal certainty. Thus, the main objective of this paper is to analyze whether it is possible to recognize the power of the highest interpreter of our Constitution to declare the nullity of its own resolutions, under our current regulatory system, without this implying a violation of the principles of res judicata and legal certainty. Through such analysis, we will reach the conclusion that such power does have a place in our legal system, as long as it is exercised in certain cases and in an exceptional manner. / Trabajo académico
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Balance del control constitucional sobre las decisiones de no ratificación de magistrados durante el periodo 2009-2018

Romero Roca, Eduardo Armando 04 June 2021 (has links)
El trabajo presenta el balance del control jurisdiccional realizado por el Tribunal Constitucional (TC) sobre las decisiones de no ratificación de magistrados (jueces y fiscales) expedidas por el extinto Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), periodo 2009 al 2018. El control del ejercicio de la potestad de ratificar está principalmente a cargo del TC, quien viene diseñando en sus resoluciones el equilibrio que debería existir entre esta potestad con la de impartir justicia, cada vez que resuelve los procesos de amparo sobre la decisión de no ratificar a un magistrado. En las dos primeras décadas de este siglo el control se hizo con interpretaciones y aplicaciones que, si bien evolucionan en favor de la protección, se trata de una tutela al debido proceso relativizado, limitada a examinar o constatar que la decisión administrativa cuente con justificación interna (formal), evaluando la corrección lógica y la coherencia narrativa del razonamiento (premisas normativas y fácticas) que permitan su enlace con la decisión. La tutela constitucional es desconfiada en brindar una protección que controle la validez de la justificación externa de la decisión administrativa, pues no evalúa la corrección constitucional de las interpretaciones y/o argumentos expresados por el ex CNM en sus resoluciones, ni aplica criterios de razonabilidad y proporcionalidad, que si resulta controlable en las destituciones. La falta de un control judicial más riguroso sobre el ejercicio de la potestad de ratificar podría permitir y/o convalidar eventuales arbitrariedades que, a su vez, podrían influir en el sistema democrático de gobierno, la existencia de un sano equilibrio de potestades y el respeto mutuo de competencias. Finalmente, además de realizar el balance cuantitativo y estadístico, se analizan críticamente las resoluciones jurisdiccionales del TC para conocer la realidad práctica del control que ejerce sobre las decisiones de no ratificación, específicamente del deber de motivar y la intensidad que emplea como parámetro de control vinculante, para lo cual también se recurre a la prueba exacta de Fisher.
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Informe sobre la Resolución N° 06322-2-2019

Rojas Zaga, Robert Arturo 25 February 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como objeto evidenciar ciertas deficiencias en la interpretación de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional vertidos en las sentencias recaídas en los expedientes Nos. 04082-2012-PA/TC y 04532-2013-PA/TC, referidos a la constitucionalidad de la aplicación de las reglas de actualización de la deuda tributaria: (i) capitalización de intereses moratorios; y, (ii) cómputo de intereses moratorios fuera del plazo legal para resolver los recursos de reclamación y apelación. Para estos efectos, se analiza la Resolución No. 06322-2-2019, mediante la cual el Tribunal Fiscal desestima la pretensión de FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C. de que se inaplique las referidas reglas. Ello, en razón de que durante el procedimiento contencioso-tributario no se habría vulnerado el derecho al plazo razonable, puesto que el caso calificaría como complejo, lo cual lo diferenciaría de los casos resueltos por el Tribunal Constitucional. Al respecto, se advierte que el Tribunal Fiscal no ha identificado de manera adecuada los criterios utilizados por el Tribunal Constitucional para: (i) determinar la afectación del derecho al plazo razonable; e, (ii) inaplicar las referidas reglas de actualización de la deuda tributaria. Contrario a lo que presupone el Tribunal Fiscal, se concluye que la afectación del derecho al plazo razonable no solo se basa en analizar la complejidad del asunto, sino intervienen otros criterios de naturaleza objetiva. Asimismo, se advierte que la afectación de dicho derecho no incide en la actualización de la deuda tributaria; puesto que la vulneración de los derechos y principios que evalúa el Tribunal Constitucional para inaplicar las referidas reglas de actualización son el principio de razonabilidad y el derecho a recurrir decisiones de la Administración. La dilucidación de los aspectos planteados permite evidenciar la falta de criterios metodológicos para la correcta aplicación de los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional, lo cual adquiere relevancia con la constitucionalización del Derecho.

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