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Tratamiento que realiza el Tribunal del Servicio Civil respecto a la naturaleza jurídica y aplicación del principio de irretroactividad de la norma que regula la prescripción en el procedimiento administrativo disciplinario

Chávez Morales, Gabriela Antuaneth 27 May 2020 (has links)
El presente trabajo de investigación versa en exponer cuál ha sido el tratamiento, criterios y lineamientos que han llevado a cabo el Tribunal del Servicio Civil respecto a la aplicación del principio de irretroactividad principalmente en la manifestación de retroactividad benigna sobre la norma que regula la prescripción, concretamente en los casos de responsabilidad administrativa disciplinaria. Asimismo, se ha tomado como punto de partida la importancia que tiene la naturaleza jurídica de la prescripción, un tema que resulta controvertido para el sector de la doctrina, pues dada su naturaleza no posee la calidad de norma sancionadora y por tanto inaplicable el principio de retroactividad benigna. Sobre estas premisas es que el presente trabajo de académico tiene como objetivos el dar a conocer el tratamiento actual de la prescripción en relación a su naturaleza jurídica y aplicación en el tiempo en los criterios aplicados por el Tribunal de Servir. De igual manera, se pretenden analizar las posiciones doctrinarias acerca de las teorías sustantiva y procesal respecto al fundamento de la prescripción; y las consecuencias jurídicas de aplicar el principio de irretroactividad en la norma que establece los plazos de prescripción y en los administrados como principales destinatarios de la misma.
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La materialización de la imprescriptibilidad en los delitos contra la Administración Pública

Maldonado Villanueva, Cristhian Josep 15 February 2022 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo general determinar la materialización de la imprescriptibilidad en los delitos contra la administración pública, busca establecer si en nuestro ordenamiento jurídico nacional se determinan de manera clara, precisa y rigurosa los lineamientos jurídicos que fundamentan la imprescriptibilidad de los delitos contra la administración pública, y de ser así, identificar los criterios que la sostienen y si éstas guardan relación con los principios esenciales del Derecho Penal. La investigación iniciará con los fundamentos que sostienen la figura de la imprescriptibilidad propiamente dicha, cuyo análisis tendrá el objeto de entender las circunstancias, razones y motivos que originaron la institución jurídica señalada y si éstas se sostienen bajo los preceptos de un Estado Democrático de Derecho. Luego de identificar los fundamentos de la institución jurídica bajo mención se establecerán los preceptos que incorporaron dicha figura a nuestra legislación nacional, analizando su regulación en el Código Penal Peruano y una descripción de su regulación en el Derecho Comparado. Luego de analizar la referida institución en la legislación peruana, se planteará los fundamentos de su vinculación con los delitos de Lesa Humanidad comprendidas en la Corte Penal Internacional y su conectividad con el ordenamiento jurídico internacional referidos a los Derechos Humanos, para así determinar con mayor precisión la viabilidad de la aplicación de la imprescriptibilidad a los delitos contra la Administración Pública establecidas en nuestro ordenamiento jurídico. De manera posterior, se identificarán las razones que, de acuerdo a la doctrina y la jurisprudencia, justificarían la imprescriptibilidad de los delitos contra la administración pública y su posterior materialización en nuestro Código Penal. Se realizará un análisis crítico de cada uno de sus fundamentos y se procurarán establecer prístinamente los delitos que estarían sujetos a la institución jurídica en mención. En la actualidad existen razones que cuestionan dicha institución jurídica las cuales en épocas de desbordante y grave corrupción crean espacios de impunidad, lesionando bienes jurídicos que afectan a la colectividad, los cuales se pretenden aminorar y prevenir con el presente planteamiento. Como resultado de la investigación se concluirá que la imprescriptibilidad de la acción penal y su materialización en nuestro ordenamiento sancionador contienen una razón de ser, la de aminorar y prevenir la comisión de delitos de grave corrupción que impliquen la lesión de bienes jurídicos colectivos y más aún si estos contienen una estrecha relación con delitos que involucren la lesión de derechos fundamentales. / The present objective of the present work is to determine the materialization of imprescriptibility in crimes against public administration, it seeks to establish whether in our national legal system the legal guidelines that base the imprescriptibility of crimes against crimes are clearly, precisely and rigorously determined. public administration, and if so, identify the criteria that support it and whether they are related to the essential principles of Criminal Law. The investigation will begin with the foundations that sustain the figure of the prescription and the imprescriptibility itself, whose analysis will aim to understand the circumstances, reasons and motives that originated the legal institution indicated and if these are sustained under the precepts of a Democratic State. of Law. After identifying the foundations of the legal institution under mention, the precepts that incorporated this figure into our national legislation will be established, analyzing its regulation in the Peruvian Penal Code and a description of its regulation in Comparative Law After analyzing the aforementioned institution in Peruvian legislation, the rationale for its connection with crimes against Humanity included in the International Criminal Court and its connectivity with the international legal system referring to Human Rights will be considered, in order to determine with greater precision the feasibility of applying imprescriptibility to crimes against the Public Administration established in our legal system. Subsequently, the reasons that, according to doctrine and jurisprudence, would justify the imprescriptibility of crimes against the public administration and their subsequent materialization in our Penal Code will be identified. A critical analysis of each of its foundations will be made and an effort will be made to establish pristinely the crimes that would be subject to the legal institution in question. Currently there are reasons that question this legal institution which in times of overflowing and serious corruption create huge spaces of impunity, damaging legal assets that affect a community which are intended to lessen and prevent with this approach. As a result of the investigation, it will be concluded that the imprescriptibility of the criminal action and its materialization in our sanctioning order contain a reason for being, that of reducing and preventing the commission of crimes of serious corruption that involve the injury of collective legal assets and even more if these contain a close relationship with crimes that involve the injury of fundamental Rights of the people.
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El paso del tiempo en el derecho penal : ¿por qué prescriben los delitos?

Morales Nakandakari, Pamela Midori 06 July 2018 (has links)
La prescripción de la acción penal es una institución que limita el Ius puniendi del Estado. Cuando opera esta figura, se extingue la posibilidad de que la autoridad competente se pronuncie respecto a un hecho de relevancia penal. Esta es una regla que ha estado presente en todos los códigos penales peruanos; sin embargo, ni la doctrina especializada ni la jurisprudencia ofrecen una explicación satisfactoria acerca de cuáles son los fundamentos que justifican su aplicación. En atención a ello, el objetivo de la presente investigación consiste en determinar si, en la actualidad, la regulación de la prescripción de la acción penal en el ordenamiento jurídico peruano se encuentra justificada. La tesis inicia con un breve recorrido histórico sobre el origen de la prescripción de la acción penal. Se describe cómo se dio su incorporación en la legislación peruana y se analiza su regulación en cada Código Penal, incluido un repaso de cómo funciona en Derecho comparado. De manera posterior se realiza un análisis crítico de cada una de las razones que, de acuerdo con la doctrina y jurisprudencia, fundamentan la prescripción. Se determina que ninguna de las razones brindadas logra justificar que la referida institución se encuentre regulada en el ordenamiento jurídico peruano. Los argumentos señalados pudieron funcionar siglos atrás; no obstante, resultan insuficientes en la actualidad. Al ser descartadas las referidas razones, se apuesta por una nueva justificación. Se considera que la prescripción de la acción penal sí tiene una razón de ser; sin embargo, lejos de cumplir una función tuitiva, como señalaban la mayoría de las razones alegadas históricamente, se trata de una regla que se fundamenta en razones de política criminal. La prescripción responde a la necesidad de aligerar la carga procesal con el fin de permitir que el sistema de persecución penal funcione de la manera más eficiente posible y con ello, evitar que el sistema de administración de justicia colapse.
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Conveniencia de permitir la calificación de operaciones elusivas en ejercicios prescritos cuando incidan en casos que involucran varios ejercicios anteriores a la fecha de la fiscalización: análisis crítico

Huaman Vasquez, Kenny 02 June 2022 (has links)
Se pone en manifiesto que algunas empresas utilizan figuras legales, como, por ejemplo, reorganizaciones societarias bajo un esquema de planeamiento tributario, que les ha permitido de manera indirecta obtener los beneficios tributarios que estaban orientados a incentivar la inversión o facilitar las estrategias empresariales, sin pretender lograr dicho objetivo económico. Situación que distorsiona la equidad del impuesto que debe aplicarse sobre la capacidad contributiva y genera brechas en la recaudación. Muy poco se hizo con la Norma VIII del Título Preliminar del Código Tributario que tuvo problemas en su aplicación para intentar calificar operaciones en Fraude de Ley, por lo que en el 2012 fue necesario introducir la Cláusula Antielusiva General en el Perú, dentro de la Norma XVI en el Título Preliminar del Código Tributario, acarreando oposiciones en el sector privado, suspendiéndose con otra Ley, su aplicación, con excepción del primero y último párrafo de la misma, tan solo a los 2 años de su introducción sin haberse incluso aplicado. En el contexto actual, debido a que a finales del 2018 se levantó la suspensión de la Cláusula Antielusiva General incorporada en los párrafos del 2 al 5 de la Norma XVI, nos encontramos con los posibles inconvenientes que podría generar su aplicación en el Perú, por parte de la SUNAT, a aquellas operaciones que se hubieran realizado en períodos prescritos y que aun así sus efectos se evidencien en uno o varios ejercicios futuros, que al no estar prescritos, estén siendo fiscalizados o podrían ser sujetos a fiscalización por parte de la Administración Tributaria. En el desarrollo de la presente investigación, se evidencia las diversas interpretaciones por parte de la doctrina y la jurisprudencia, respecto a qué facultades de la Administración se sujetan al plazo de prescripción que establece el artículo 43° del Código Tributario, lo que podría generar una posición discordante entre los órganos administrativos y judiciales cuando se discutan los casos de calificación de las operaciones descritas en el párrafo previo. Finalmente, en el presente trabajo se analiza el problema en cuestión con la exposición de jurisprudencia de casos similares para plantear una tentativa solución a la contingencia que se pueda generar a futuro, así como para solucionar el problema interpretativo del artículo 43° del Código Tributario.
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Irretroactividad de las normas, seguridad jurídica y prescripción en materia tributaria: ¿Es correcto el análisis de la Sentencia No. 556/2020 sobre la constitucionalidad de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo No. 1421?

Bardales Castro, Percy Enrique 25 May 2022 (has links)
Mediante la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo No. 1421 (PDCT), publicado en septiembre de 2018, se reguló legislativamente el inicio del plazo de prescripción de la acción para exigir el cobro de las deudas tributarias, sobre deudas tributarias cuyo plazo de prescripción en mención ocurrió hasta el 1 de enero de 2012. La entrada en vigencia de la PDCT generó -en su momento y hasta la fecha- discusión en diversos foros acerca de si se infringió o no diversas disposiciones, constitucionales y legales, asociadas -principalmente- a la aplicación correcta de la ley en el tiempo y a la seguridad jurídica. Esta controversia, en el plano judicial, se resolvió con la sentencia No. 556/2020, emitida por el Tribunal Constitucional, en la que se analizó la declaración de inconstitucionalidad de la PDCT. En el presente trabajo, sobre la base previa del análisis de los principales aspectos jurídicos involucrados en la materia, se advertirá si la sentencia 556/2020 incurre en errores al realizar el análisis jurídico constitucional del principio de irretroactividad de las normas tributarias. Así, de un lado, apreciaremos si ha considerado en su análisis las decisiones previas sobre tal principio, afectando la predictibilidad que debe tener todo órgano del Estado que resuelve controversias y, con ello, la seguridad jurídica. Y, por otro lado, si al disponer la aplicación de la PDCT a situaciones que a su entrada en vigencia constituían hechos consumados, se ha generado dos (2) efectos inconstitucionales: (i) que la prescripción ya consumada se haya reiniciado; y, (ii) que, al día de hoy, el régimen de prescripción extintiva en materia tributaria sea imprescriptible. / By means of the First Transitory Complementary Provision of Legislative Decree No. 1421 (PDCT by its acronym in Spanish), published in September 2018, the beginning of the statute of limitations period of the action to demand the collection of tax debts was legislatively regulated, on tax debts whose statute of limitations period in mention occurred until January 1, 2012. The entry into force of the PDCT generated -at the time and to date- discussion in various forums as to whether or not it violated various constitutional and legal provisions, mainly associated with the correct application of the law in time and legal certainty. This controversy, at the judicial level, was resolved with Ruling No. 556/2020, issued by the Constitutional Court, which analyzed the declaration of unconstitutionality of the PDCT. In this paper, based on a previous analysis of the main legal aspects involved in the matter, it will be noted whether Ruling 556/2020 incurs in errors when carrying out the constitutional legal analysis of the principle of non-retroactivity of tax rules. Thus, on the one hand, we will appreciate whether it has considered in its analysis the previous decisions on such principle, affecting the predictability that every State body that resolves controversies must have and, thus, legal certainty. And, on the other hand, if by providing for the application of the PDCT to situations that upon its entry into force constituted consummated facts, two (2) unconstitutional effects have been generated: (i) that the statute of limitations already consummated has been reinitiated; and, (ii) that, as of today, the extinctive statute of limitations regime in tax matters is imprescriptible.
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Informe jurídico sobre la Sentencia de Casación No.17824-2023-Lima

Supo Gavancho, Luis Roberto 30 July 2024 (has links)
El plazo para solicitar información durante el procedimiento de fiscalización es distinto al plazo que tiene la Administración Tributaria para ejercer su facultad de fiscalización. Máxime cuando de por medio la materia a fiscalizar está vinculada a la aplicación de normas de precios de transferencia, la cual tiene sus propias reglas. No obstante, en ambos casos están sujetos a un plazo máximo el cual es el plazo de prescripción. Así, en el primer capítulo vinculado al ejercicio de la facultad de fiscalización se busca demostrar que la Sentencia de Casación No.17824-2023 partió de una premisa jurídica errónea al sostener que el caso de las fiscalizaciones parciales vinculados a normas de precios de transferencia, sí tienen un plazo para solicitar información, a pesar de que se desprende del CT que no existe un plazo. De otro lado, en el segundo capítulo vinculado a la prescripción como plazo máximo para ejercer la facultad de fiscalización, se busca evidenciar que en el sistema legal tributario no hay ningún impedimento para que se puede suspender su plazo conforme el inciso f) del numeral 1 del artículo 46 del Código Tributario. Ello debido a que la controversia era determinar si en el caso de las fiscalizaciones parciales vinculadas a normas de precios de transferencia en los cuales no había un plazo para solicitar información, se podía suspender el plazo de prescripción. / The period for requesting information during the audit procedure is different from the period that the Tax Administration has to exercise its audit authority. Especially when the subject matter to be audited is related to the application of transfer pricing rules, which have their own regulations. Nevertheless, in both cases, they are subject to a maximum period, which is the statute of limitations. Thus, in the first chapter related to the exercise of the audit authority, it aims to demonstrate that Cassation Judgment No. 17824-2023 was based on an erroneous legal premise by stating that partial audits related to transfer pricing rules do have a period to request information, despite the fact that the Tax Code implies there is no such period. On the other hand, in the second chapter related to the statute of limitations as the maximum period to exercise the audit authority, it aims to show that in the tax legal system there is no impediment to suspending its period in accordance with subsection f) of numeral 1 of article 46 of the Tax Code. This is because the controversy was to determine whether, in the case of partial audits related to transfer pricing rules where there was no period to request information, the statute of limitations could be suspended.
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La prescripción penal en los tiempos de la COVID-19

Molina Tomasto, Nicanor Helvio 14 April 2023 (has links)
El trabajo realizado, obedeció a tratar de encontrar una salida ante la disparidad de criterios por parte de los Tribunales de Justicia, en torno a la prescripción de la acción penal; con la inesperada pandemia, se erigió una serie de barreras para enfrentar a la COVID-19, en el ámbito jurídico tuvieron consecuencias de paralización de la actividad judicial, que a través de Resoluciones Administrativas se dispuso que también se había paralizado la prescripción de la acción penal, por lo que los Tribunales sumaban los meses de paralización dispuestos en las resoluciones administrativas, y no se respetó lo estipulado en el Código Penal, en lo referente a la prescripción extraordinaria de la acción penal, que señala un límite al añadir la palabra “ante cualquier caso”, la acción penal prescribe sumando el máximo de la pena, más una mitad. Lo cual, deja sin sustento todo afán de extender los plazos de prescripción, a través de una resolución administrativa. Que, para regocijo de los interpretes de la ley penal, al culminar el presente trabajo, el Tribunal Constitucional, en diciembre expidió una resolución con criterios y resultados buscado por la presente investigación. Lo que ha motivado que se añada la resolución del Tribunal Constitucional y otros apuntes doctrinarios sobre el particular. / The work has been done in order to try to find a way out of the disparity in the criteria of the Courts of Justice regarding the statute of limitations for criminal prosecution. With the unexpected arrival of the pandemic, there were a series of barriers erected to deal with COVID-19, which in the legal sphere had the consequence of paralysing judicial activity, even through Administrative Resolutions, which had decided that the statute of limitations for criminal action had also become paralysed The Courts, therefore, added up the months of paralysis stipulated in the administrative resolutions and did not respect the stipulations of the Criminal Code, concerning the extraordinary prescription of criminal action, which indicates a limit by adding the phrase "in any case", the transgression of laws prescribes the maximum penalty plus one half. Therefore, any attempt to extend the statute of limitations by employing an administrative resolution is unfounded. To the delight of the interpreters of criminal law, at the end of the present work, the Constitutional Court issued a ruling with the criteria and results sought by the current investigation in December. As a result, it has led to the addition of the Constitutional Court's resolution and other doctrinal notes on the subject.
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Informe jurídico sobre la RTF No.549-Q-2024: la tramitación del procedimiento contencioso tributario como causal de suspensión de la prescripción tributaria

Herrera Romero, Maria Fernanda 30 July 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se cuestiona la interpretación del Tribunal Fiscal respecto a la suspensión del plazo de prescripción, referida a la tramitación del procedimiento contencioso tributario, en el sentido que establece como jurisprudencia de observancia obligatoria que dicha suspensión opere en los plazos legales para resolver los recursos impugnatorios, solo cuando se ha declarado la nulidad de los actos administrativos o del procedimiento llevado a cabo para su emisión. En ese sentido, dicho órgano resolutor considera que la suspensión del procedimiento contencioso tributario se mantendrá durante todo el procedimiento, incluida la demora fuera del plazo legal para resolver, en caso no se haya declarado la nulidad. La mencionada posición vulnera los principios de legalidad, debido procedimiento e igualdad, así como el derecho al plazo razonable, toda vez que va en contra de la propia naturaleza de la prescripción y del ordenamiento jurídico, en lo que se refiere a los plazos legales establecidos. Para el análisis se empleó pronunciamientos del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema, así como bibliografía especializada. Finalmente, la conclusión principal del presente informe es que la causal de suspensión del plazo de prescripción referida a la tramitación del procedimiento contencioso tributario debe operar en todos los casos sólo durante los plazos legales que tienen los órganos administrativos para resolver. / This legal report questions the interpretation of the Tax Court regarding the suspension of the limitation period, referring to the processing of the tax litigation procedure, in the sense that it establishes as mandatory jurisprudence that said suspension operates within the legal deadlines to resolve challenging appeals, only when the nullity of the administrative acts or the procedure carried out for their issuance has been declared. In this sense, said resolution body considers that the suspension of the tax litigation procedure will be maintained throughout the entire procedure, including the delay outside the legal deadline to resolve, if nullity has not been declared. The aforementioned position violates the principles of legality, due procedure and equality, as well as the right to a reasonable period of time, since it goes against the very nature of prescription and the legal system, with regard to the established legal periods. For the analysis, pronouncements from the Constitutional Court and the Supreme Court were used, as well as specialized bibliography. Finally, the main conclusion of this report is that the cause for suspension of the limitation period referring to the processing of the contentious tax procedure should operate in all cases only during the legal deadlines that the administrative bodies have to resolve.
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Interrupción de la prescripción extintiva en materia laboral : ¿solo un problema hermenéutico o uno de Lege Ferenda?

Hidalgo Leiva, Daniel Alejandro, Robles Peña, Rodrigo Antonio January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Cuando tuvimos que elegir el tema sobre el cual versaría nuestra memoria, pensamos en uno que fuera contingente y en el cual hubiese algo de controversia, todo esto, con el objeto de contribuir al debate público con un punto de vista propio, es por esto que eligimos el tema de la interrupción de la prescripción en materia laboral. En efecto, dado el carácter del Derecho del Trabajo siempre en constante cambio, creemos que es necesario un debate serio respecto de la interrupción de la prescripción extintiva en materia laboral, dada la ambigua interpretación del inciso quinto artículo 510 del Código del Trabajo, ante los tribunales de justicia. La remisión normativa al derecho común (léase Código Civil) ha hecho resurgir interrogantes respecto al momento interruptivo de la prescripción en materia laboral, las cuales se evidencian en la falta de uniformidad interpretativa sobre este punto por nuestros tribunales superiores de justicia, en orden a que, algunos sostienen que es necesaria la notificación válida de la demanda para interrumpir la prescripción, y otros sostienen que no es necesaria la notificación de la misma, debido a que la expresión requerimiento alude al término “demanda judicial”, debido a que se está hablando de prescripción extintiva y no aquella con la que se adquieren las cosas ajenas. Esto trae como consecuencia que los empleadores usan la prescripción extintiva como un medio para incumplir sus obligaciones laborales, cuestión que se ve agravada por el hecho de que el plazo de prescripción en materia laboral es bastante breve, uno de los más breves en nuestra legislación. De esta forma, la discrepacia hermenéutica de nuestros tribunales superiores de justicia, favorece la utilización de la prescripción en ese sentido
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Responsabilidad civil extracontractual : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementarias

Fertilio Olmos, Pía Constanza, Frigerio Dattwyler, Catalina Carla January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias juridicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Durante los años 1973 a 1990 se instauró en nuestro país un régimen militar. En tal período, se producen una gran cantidad de violaciones a los Derechos Humanos cometidas por agentes del Estado en Chile, quien ha reconocido su responsabilidad principalmente en el informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Como consecuencia de tales violaciones, los familiares de las víctimas han presentado numerosas demandas por indemnización de perjuicios por los daños causados por los agentes del Estado en el ejercicio de sus funciones por la muerte y/o desaparición de sus seres queridos. Ante tal escenario, los tribunales superiores de justicia han adoptado por declarar la acción prescrita, aplicando las normas civiles por tratarse de una acción de naturaleza patrimonial, no dando lugar a la indemnización de perjuicios; o bien, por aplicar las normas de derecho internacional declarando la imprescriptibilidad de este tipo de acciones dada la primacía del derecho internacional por sobre el derecho interno. Nuestro análisis se basará en la procedencia de las normas civiles de prescripción respecto de la responsabilidad extracontractual de Estado de Chile por los ilícitos cometidos en el período del régimen militar, fundado en el estudio de sentencias de la Corte Suprema, especialmente durante el año 2009. La elección del año estudiando se basa en que durante ese período, la Corte Suprema falló nueve litigios de hechos similares relacionados con el tema que convoca nuestra memoria. Dentro del universo de sentencias recopiladas y posteriormente extractadas, no fue posible encontrar fallos atingentes además de los seleccionados

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