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Análisis del precedente de observancia obligatoria aprobado en el XCIV pleno y precisado en el pleno XCIX; y análisis de la función del registrador público en la actualidadPinillos Bazo, Andrea Cecilia 10 May 2017 (has links)
El presente trabajo de investigación centra su análisis en el Precedente de Observancia Obligatoria aprobado en el Pleno XCIV, publicado el 24 de agosto de 2012 y precisado posteriormente en el Pleno XCIX, publicado del 01 de diciembre de 2012, cuyo texto, inicial fue el siguiente: “Las restricciones convencionales de la propiedad establecidas por pacto no pueden comprender los atributos de enajenación o gravamen del bien, salvo que la Ley lo permita, conforme con lo previsto por el artículo 882 del Código Civil, pues existe un interés superior de que los bienes circulen libremente en el mercado.”
Luego de la precisión a la que se hizo referencia en el primer párrafo, el texto del Precedente de Observancia Obligatoria en cuestión, quedó redactado de la siguiente manera: “Las restricciones convencionales de la propiedad establecidas por pacto no pueden comprender - de manera absoluta, relativa ni temporal-, los atributos de enajenación o gravamen del bien, salvo que la Ley lo permita, conforme con lo previsto por el artículo 882 del Código Civil, pues existe un interés superior de que los bienes circulen libremente en el mercado.”
De este modo, en el presente trabajo de investigación se analiza el mencionado Precedente de Observancia Obligatoria (en adelante, POO) y su posterior precisión, así como la serie de dificultades que se presentaban a los Registradores al momento de calificar títulos que tuvieran alguna disposición que pudiera contradecir al artículo 882 del Código Civil antes de la promulgación del POO. Del mismo modo se analizarán las Resoluciones del Tribunal Registral que dieron pie al POO y los cambios que se generaron en la calificación registral, desde su promulgación
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Los alcances de la calificación de documentos administrativos: a propósito de una solicitud de independización de predio rústicoSánchez Rodríguez, Perla Lucía 10 May 2017 (has links)
La calificación de los títulos que acceden al registro se encuentra regulada en el artículo 2011° del Código Civil, en el Reglamento General de los Registros Públicos (en adelante RGRP) y en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios (en adelante, “RIRP”).
Si bien ninguna de estas normas cuenta actualmente con un artículo referido a la calificación especial de documentos administrativos, en el XCIII Pleno se aprobó un Precedente de Observancia Obligatoria por medio del cual se detalló el tipo de calificación que los Registradores debían aplicar en estos casos.
En el presente artículo, desarrollaremos la aplicación de la calificación de documentos administrativos a propósito de la Resolución N° 278-2016-SUNARP-TR-L referida a la solicitud de inscripción de una Independización de Predio Rústico que resulta observada puesto que el Registrador encuentra mediante Informe de Catastro que el predio materia de independización se encuentra cerca a zona de playa y dentro de un Área de Conservación Regional.
Finalmente, podremos determinar si la calificación aplicada por el registrador y el Tribunal Registral fue la acertada o si no correspondía presentar observaciones al título
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La problemática de aperturar el registro para documentos judiciales que contengan carácter no inscribible, inadecuado e incompatibleGarcia Rosas, Marylin January 2018 (has links)
El autor en el presente trabajo analiza la problemática de aperturar el registro para
documentos judiciales que contengan carácter no inscribible, inadecuado e incompatible
teniendo en cuenta el impacto registral que ocasionaría un registro que inscribiera tales
actos y ante la situación expuesta precisa las propuestas de solución que serian
necesarias, a efectos de lograr una concordancia entre la función jurisdiccional y
registral otorgando seguridad jurídica a Registro Públicos.
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El tratamiento registral de los bienes culturales inmuebles y el segundo precedente de observancia obligatoria aprobado en el LXII pleno registralChoque Porras, Sophia Norka 09 May 2017 (has links)
Desde el siglo XX, en el Perú, ha existido un particular interés respecto a la vivienda, ya sea como una política de Estado – usualmente mal gestada -, o por iniciativa de los propios ciudadanos. No obstante, se ha consolidado un conflicto entre la modernidad y urbanización de la ciudad frente a la conservación y puesta en valor de bienes inmuebles de valor histórico.
Este conflicto no sólo ha hecho peligrar y coadyuvar a su deterioro o extinción, sino que se observado una peculiar desatención por parte del Estado ante un deficiente marco legal de protección e incentivo. Es así que, en el presente trabajo, no sólo analizaremos dichas situaciones, sino además el tratamiento que se le ha dado a los Bienes Inmuebles Culturales en sede registral, en especial al II Precedente de Observancia Obligatoria del LXII Pleno Registral.
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¿En qué medida el procedimiento de cierre de partida, regulado en el TUO del Reglamento general de los registros públicos, brinda una solución a la problemática de superposición de partidas registrales en el registro de la propiedad inmueble?Torres Abarca, Juan Rómulo January 2018 (has links)
El presente trabajo pretende realizar un análisis del procedimiento administrativo de cierre de partidas, aplicado en los casos de superposición en el Registro de la Propiedad Inmueble. Investigación que estará enfocada en analizar el procedimiento en sí, regulado en el Capítulo II del Título V, específicamente en los artículos 56º al 63º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Público, siendo la Unidad Registral el órgano competente para disponer el cierre de partidas y no las instancias registrales, tal como así lo reconoce el propio Tribunal Registral, mediante Resolución Nro.316-2017-SUNARP-TR-A de fecha 30.05.2017.
Asimismo, estoy adhiriéndole mi experiencia profesionales, basado en la misma práctica, por lo que analizaré el procedimiento iniciado en mérito de la Hoja de Trámite Nº 2014-114476-ZRNºIX/SC-TD del 29.12.2014. Por ello, he tratado de hacer una aproximación y análisis a un caso en concreto, el cual también tendrá como unidad de análisis los Informes Técnicos emitidos por el área catastral y Resoluciones expedidas tanto por la Unidad Registral y Dirección Técnica Registral de la SUNARP, quienes son los competentes para resolver este tipo de procedimiento.
Asimismo, abarcaré los conceptos de lo que se le denomina “duplicidad registral” y “superposición registral”, como sus efectos e implicancias a fin de poder determinar las causas que provocan esta patología registral, en el registro de la propiedad inmueble. Origen que se encuentra estrechamente relacionado con las carencias técnicas del sistema catastral de la SUNARP. Problemática que hoy se encuentra muy latente en diversas zonas de nuestro país. Es por ello, que es necesario poder ahondar en este procedimiento de cierre de partida, creado por la SUNARP, y ver en que medida lo soluciona.
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Análisis de los límites a la función de calificación registral a la luz de la resolución No 329-2013-SUNARP-TR-ACoronel Pardavé, Natalia 09 May 2017 (has links)
La calificación es el soporte del sistema registral y, como tal, se debe cumplir con su finalidad, empleando todos los elementos necesarios, generados en nuestro ordenamiento jurídico para que el registrador publicite actos válidos y legítimos. En vista de ello, en el presente artículo se analizan los alcances y límites de la calificación registral que realiza el Tribunal Registral de Arequipa, en torno a la solicitud de cierre de partida registral por renuncia al derecho de propiedad.
Dependiendo de la procedencia de los actos que se buscan inscribir, el registrador va a emplear distintos métodos de calificación, es decir, va a obedecer los lineamientos planteados por las normas tratándose de documentos emanados del fuero judicial o de entidades administrativas. En torno a ello, el problema jurídico que se presenta es el alcance en la calificación que tiene el registrador para poder decidir si algún hecho que se presenta en la realidad y que quiere ingresar al Registro, cabe admitirlo, es decir, si además de realizar el análisis para ser configurado como un acto inscribible, es posible admitirlo en nuestro ordenamiento jurídico por más que en la actualidad no se encuentre regulado, creando derechos sustanciales que, inclusive conllevan a modificaciones de normas con rango de ley.
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Modelo prolab: Inmueblefact, una plataforma para obtener información de inmuebles saneados para su compra y venta seguraVelásquez Mendoza, Noelia Cristina, Salvador Peña, Anthony Steve, Lara Narváez, Luis Alfredo 15 November 2023 (has links)
En Perú, existen múltiples casos de estafas relacionadas con la compraventa de
inmuebles debido a la falta de conocimiento de la documentación necesaria para corroborar si
un inmueble está completamente saneado generando desconfianza a la hora de adquirir un
inmueble. Adicionalmente, las personas disponen de poco tiempo para realizar trámites
engorrosos para conseguir toda la documentación del inmueble.
Por ello, InmuebleFact brinda información detallada de inmuebles registrados en la
ciudad de Lima. La propuesta se orienta a adultos entre 25 y 55 años del nivel
socioeconómico A, B y C quienes están en búsqueda de la documentación de un inmueble
para conocer su estado legal y evitar ser sorprendidos por estafadores inmobiliarios.
En vista que es una propuesta de negocio startup, la tasa de descuento es de 15% y un
costo de deuda de 8%. Teniendo en cuenta el análisis financiero presentado en este informe,
se obtiene un Costo Promedio Ponderado de Capital de 11.21%. Luego de obtener el Flujo de
caja libre para los próximos cinco años, el valor actual neto es de $ 1,205,464 y una tasa
interna de retorno de 482%, concluyendo que el proyecto es viable. Adicionalmente, para
determinar el valor actual social neto del proyecto, el Ministerio de Economía y Finanzas
menciona que la tasa social de descuento es equivalente al 8%, logrando un valor actual
social neto de $ 848,549.
Esta propuesta va a contribuir al cumplimiento de dos Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) mencionados en la Agenda 2023 aprobada por la Organización de las
Naciones Unidas: (a) Trabajo decente y crecimiento económico, debido a que genera empleo
a profesionales e (b) Industria, innovación e infraestructura, ya que brinda a los compradores
de inmuebles la tecnología de geolocalización para detectar los inmuebles totalmente
saneados y la opción de tener la documentación requerida en corto tiempo. / In Peru, there are multiple cases of scams related to the purchase and sale of real
estate due to the lack of knowledge of the necessary documentation to verify if a property is
completely legal, generating distrust at the time of acquiring a property. Additionally, people
have little time to carry out procedures to obtain all the documentation of the property.
Therefore, InmuebleFact provides detailed information on registered real estate in the
city of Lima. The proposal is aimed at adults between 25 and 55 years of age of
socioeconomic level A, B and C who are looking for the documentation of a property to
know its legal status and avoid being surprised by real estate scammers.
Since this is a startup business proposal, the discount rate is 15% and a cost of debt of
8%. Considering the financial analysis presented in this document, a Weighted Average Cost
of Capital of 11.21% is obtained. After obtaining the Free Cash Flow for the next five years,
the net present value is $ 1,205,464 and an internal rate of return of 482%, concluding that
the project is viable. Additionally, to determine the social net present value of the project, the
Ministry of Economy and Finance mentions that the social discount rate is equivalent to 8%,
achieving a social net present value of $ 848,549.
This proposal will contribute to the fulfillment of two Sustainable Development Goals
mentioned in the Agenda 2023 approved by the United Nations: (a) Decent work and
economic growth, because it generates employment for professionals and (b) Industry,
innovation and infrastructure, since it provides buyers of real estate with geolocation
technology to detect fully formalized properties and the option of having the required
documentation in a short time.
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Informe Jurídico sobre Resolución N° 1567-2020-SUNARP-TR-LVasquez Tineo, Andrea Antoanne 16 August 2021 (has links)
El presente informe analiza la Resolución N° 1567-2020-SUNARP-TR-L, en relación a los
efectos jurídicos de la inscripción del reconocimiento y cese de la unión de hecho en el
Registro Personal, sobre los bienes sociales que fueron adquiridos durante ese periodo. Así
mismo, se cuestionará la decisión del Tribunal Registral sobre la calificación registral en el
caso en concreto. Finalmente, llegaré a la conclusión de que un mejor análisis por parte del
Tribunal evitaría perjuicios irreparables sobre los derechos patrimoniales a los ex concubinos / This report analyzes Resolution No. 1567-2020-SUNARP-TR-L, in relation to the legal
effects of the registration of the recognition and termination of the common law partnership
in the Personal Registry, on the common property that were acquired during that period.
Likewise, the decision of the Registry Court on the registry qualification in the specific case
will be questioned. Finally, I will come to the conclusion that a better analysis by the Court
would avoid irreparable damage to the economic rights of former partners.
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El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritosBances Yesquen, Carlos Santos January 2019 (has links)
La presente investigación, titulada “El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritos”, gira en torno a la implicancia del dicho principio respecto a la problemática del fraude inmobiliario. Para el desarrollo del tema, se ha optado por dividirlo en tres partes: 1) referida al principio de fe pública registral, 2) referida al fraude inmobiliario, y 3) explicando cómo debe interpretarse y aplicarse este principio respecto al fraude inmobiliario; en este sentido, la idea central de la investigación consiste en analizar si es idóneo o no, aplicar este principio para solucionar problemas derivados de los títulos fraudulentos inscritos, y de no serlo, proponer una solución definitiva a esa problemática. Finalmente, se concluye que es necesaria la aprobación de una ley específica que atienda al fraude inmobiliario y que modifique el artículo 2014° del Código Civil, con la finalidad de ponerle un freno definitivo a este ilícito.
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Informe Jurídico sobre la Resolución de la Primera Sala del Tribunal Registral de Lima N° 235-2021-SUNARP-TRUsco Rutti, Deyvid 14 August 2023 (has links)
En el presente informe jurídico se realiza un análisis crítico de los argumentos y la decisión
adoptada por la Primera Sala del Tribunal Registral de Lima en la Resolución N° 235-2021-
SUNARP-TR, de fecha 13 de mayo de 2021. En esta resolución, el Tribunal Registral resolvió
el caso en concreto, realizando una interpretación extensiva del primer precedente de
observancia obligatoria, aprobado en el Centésimo Noveno Pleno del Tribunal Registral, que
se refiere a la cancelación del asiento registral donde consta inscrita el derecho de propiedad
de un predio, y su posterior desinscripción, por renuncia al derecho de propiedad.
Mediante el presente informe jurídico, el autor pretende cuestionar el criterio del Tribunal
Registral en la mencionada resolución, en la medida que ratifica lo dispuesto en el precedente
de observancia obligatorio antes referido, obviando considerar que dicho precedente resulta
inexacto en su contenido. No solo ello, sino también, aplica erróneamente dicho precedente,
generando incertidumbre e impredecibilidad en el sistema registral. En ese sentido, el autor
analizará tres problemas jurídicos relevantes que se identificaron en dicha resolución, los
cuales serán abordados en el presente informe desde una perspectiva crítica.
El autor resalta la importancia de que el Tribunal Registral revise nuevamente el criterio
admitido en el precedente de observancia obligatorio antes mencionado, limitándose a
realizar una interpretación restringida de la renuncia al derecho de propiedad predial, en la
medida de que no existe un marco normativo vigente en nuestro ordenamiento jurídico
nacional que permita su desarrollo y viabilice su adecuado desenvolvimiento en el ámbito del
derecho civil. Además, considera que el hecho de permitir la desinmatriculación de un predio
en nuestro sistema contraviene nuestra normativa nacional vigente. / In this legal report, a critical analysis is made of the arguments and the decision adopted by
the First Chamber of the Registry Court of Lima in Resolution No. 235-2021-SUNARP-TR,
dated May 13, 2021. In this resolution, the Registry Court resolved the specific case, making
an extensive interpretation of the first precedent of mandatory observance, approved in the
One Hundred and Ninth Plenary Session of the Registry Court, which refers to the cancellation
of the registry entry where the property right of a property is registered, and its consequent
de-registration, due to waiver of the property right.
Through this legal report, the author intends to question the analysis adopted by the Registry
Court in the mentioned resolution, to the extent that it ratifies the provisions of the mandatory
compliance precedent, ignoring to consider that said precedent is not clear in its content. Not
only this, but also, it erroneously applies said precedent, generating uncertainty and
unpredictability in the registration system. In this sense, the author will analyze four relevant
legal problems that were identified in said resolution, which will be analyzed in this report from
a critical perspective.
The author highlights the importance that the Registry Court review again the criterion adopted
in the mandatory compliance precedent, limiting itself to making a restricted interpretation of
the waiver of the property right, to the extent that there is no current regulatory framework in
our national legal system that allows and enables its development in the area of civil law. In
addition, the author considers that the fact of allowing the deregistration of a property in our
system contravenes our current national regulations.
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