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Informe sobre Resolución N° 1584-2014-SUNARP-TR-LAvendaño Bavestrello, Sergio 23 February 2021 (has links)
La resolución N° 1584-2014-SUNARP-TR-L cobra importancia a más de 15 años de la publicación de la Ley General de Sociedades en tanto la respuesta del Tribunal Registral resulta excesiva en el marco de la calificación registral, sancionando con tacha sustantiva un defecto que era subsanable por el presentante del título. El objetivo de este informe es analizar la respuesta del Tribunal Registral ante el otorgamiento de poderes realizado por el órgano de administración de una sociedad que no contaba con los órganos de administración regulados por la Ley General de Sociedades, al no haber adecuado las
disposiciones de su pacto social y estatutos luego de la publicación y entrada en vigencia de la norma. El informe se sustenta en el análisis e interpretación de la normativa vinculada a la adecuación a la Ley General de Sociedades, las normas imperativas de esta, los principios de tracto sucesivo y adecuación, así como los alcances de la calificación registral en el marco de un procedimiento de registro. Las conclusiones del análisis demuestran que el Tribunal Registral interpretó la normativa para aplicar una sanción excesivamente lesiva en el marco de la calificación registral. La respuesta adecuada debió ser la observación del título presentado por adolecer de un defecto subsanable, permitiendo al apelante mantener prioridad registral
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Evaluación de la extinción de la propiedad en la actual legislación de expropiaciones y su adecuación al marco constitucionalAlarcón Canchari, Alan Carlos 29 April 2021 (has links)
Esta investigación académica tiene como propósito efectuar una evaluación, desde una
perspectiva constitucional, a la ejecución de las expropiaciones en la actual legislación peruana,
teniendo como parámetro el nivel de protección que se concede al derecho de propiedad.
Para este propósito, en el primer capítulo denominado Propiedad y Expropiación en el Perú,
se efectúa una revisión conceptual del derecho de propiedad en la Constitución Política, así como
un análisis de la legislación de la expropiación hasta antes del actual marco normativo vigente
consistente en el TUO del Decreto Legislativo N° 1192. Además, se ha revisado cómo se afecta
el derecho de propiedad con la normativa de expropiaciones y se culmina con una evaluación
crítica.
En el segundo capítulo, titulado Expropiación Jurisdiccional y Expropiación Administrativa,
se ha efectuado una comparación entre ambos modelos de expropiación, siendo que el primero
supone una traslación de propiedad por mandato de una autoridad jurisdiccional, sea un juez o
árbitro, mientras que el segundo conlleva a una afectación de la propiedad de manera directa por
parte de la Administración Pública. Asimismo, se han considerado los eventuales riesgos
económicos, operacionales y hasta contractuales a los que se encuentra sometido el sujeto pasivo
en una expropiación.
Seguidamente, en el tercer capítulo de este trabajo de investigación, al que se ha denominado
Análisis Constitucional de la Transferencia de Propiedad en la Expropiación, se ha efectuado
una revisión del tema en evaluación desde la perspectiva de la Constitución Económica. En este
capítulo, la aplicación del test de proporcionalidad a determinados artículos de la normativa de
expropiaciones es un punto medular en esta investigación, concluyéndose con una propuesta de
necesaria adecuación normativa de la legislación al marco constitucional, así como a los criterios
que emanan de las sentencias del Tribunal Constitucional, que resguardan el derecho de
propiedad.
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Informe sobre Expediente N° 2013-00406156Quispe Quiroz, Arturo Magno 30 October 2020 (has links)
La presente investigación parte de un expediente que contiene temas de derecho civil, registral, urbanístico y constitucional; en el que se discute, como punto primordial, a quién le pertenece el derecho de propiedad sobre un pasaje dentro de una edificación que alguna vez fue una quinta. En ese sentido, se justifica dada la existencia de diversos problemas de índole jurídico que giran en torno al derecho fundamental de propiedad y al principio de seguridad jurídica. Este trabajo tiene el objetivo de desarrollar una postura que, guardando coherencia con las reglas de la lógica y respeto del ordenamiento jurídico, responda directamente al problema central. Para ello, se identifican los acontecimientos más relevantes y se interpretan, desde distintos métodos, sus consecuencias a la luz de la normativa aplicable en
cada momento. La información documental utilizada es diversa e incluye legislación, jurisprudencia, pronunciamientos administrativos y doctrina.
Dicha teoría sostiene la necesidad de proteger el derecho de propiedad privada frente a las intromisiones injustificadas por parte de particulares y órganos estatales. La conclusión principal afirma que no ha existido una vulneración al derecho de propiedad de la persona jurídica constructora de la edificación tipo quinta debido a que, en Perú, la inscripción registral de las transferencias inmobiliarias no es constitutiva de derechos, motivo por el cual la extensión de diversos y cuestionables asientos de inscripción en la partida registral del pasaje únicamente han generado una discordancia entre los planos fáctico y jurídico, encontrándose legitimada la propietaria para accionar judicialmente solicitando se corrija dicha inexactitud
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Informe Jurídico sobre Resolución Nº 080-2012-SUNARP-TR-LReyes Quispe, Gianela Del Pilar 16 August 2021 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza la Resolución Nº 080-2012-SUNARP-TR-L, que versa sobre la solicitud de inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble de una compraventa, hipoteca, independización y modificación de matriz que otorgan la Comunidad Campesina de Chilca en favor de Arturo Reynaldo JL García Ortigas, para lo cual se presenta la documentación correspondiente a ser calificada. Es así que, al adolecer el título de distintos defectos subsanables, es observado en sucesivas esquelas de observación por la Registradora Pública Isabel Bautista Ibañez, hasta que finalmente el
usuario interpone recurso de apelación al Tribunal Registral.
Llegada a la segunda instancia, el análisis en el cual se enmarca el Tribunal Registral, no llega a ser sobre el fondo de la calificación del título, sino que al advertirse presentado anteriormente el mismo acto rogado, bajo la misma documentación y por el mismo presentante, sobre el cual incluso se habían pronunciado en la Resolución Nº 461-2009-SUNARP-TR-L (contra la que se inició un procedimiento contencioso administrativo), deciden dejar sin efecto el pronunciamiento emitido por la registradora y disponer que esta oficie al Poder Judicial para verificar la coincidencia con la materia rogada a efectos
de proceder con la inhibición; no haciendo así ningún pronunciamiento de fondo sobre el título en trámite.
A partir de lo planteado, el presente informe jurídico versará sobre el estudio la figura de la inhibitoria administrativa a partir de la Resolución mencionada líneas arriba. Tomando en cuenta cuáles son los supuestos bajo los cuales se puede configura la inhibición en el marco del procedimiento de calificación registral, si el ordenamiento jurídico registral regula inhibición y qué rol juega el Registrador y el Tribunal Registral frente a una inhibitoria. Todo ello con la finalidad de poder determinar si en el presente caso hubo efectivamente una correcta aplicación de la figura en cuestión
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 1111-2020-TR-L del Tribunal Registral Saneamiento físico legal de bienes estatales antes y después de la vigencia del Decreto Supremo 130-2001-EF y sus modificatorias. Análisis de las competencias y atribuciones de PRONABIPerez Reategui, Claudia Mercedes 19 August 2021 (has links)
En el presente caso, se solicitó a la anotación preventiva de ampliación de declaratoria de
fábrica y de afectación en uso de un inmueble estatal en el Registro de Predios de Lima,
al amparo del ahora derogado Decreto Supremo 130–2001–EF, a favor de la Comisaría
de Cieneguilla B, administrada por el Ministerio del Interior – Policía Nacional del Perú.
Sin embargo, en la partida del referido inmueble se encontraba inscrito el decomiso
definitivo, en virtud de una resolución judicial, a favor del Estado; asimismo, el siguiente
asiento de dominio aclara que es el Estado peruano, representado por el Programa
Nacional de Bienes Incautados – PRONABI (antes Comisión Nacional de Bienes
Incautados - CONABI) el titular del inmueble en cuestión.
La Registradora observa el título, al advertir la discrepancia ente la entidad que inicia el
saneamiento (Comisaría de Cieneguilla B – Ministerio del Interior – Policía Nacional del
Perú) y la entidad titular del inmueble (PRONABI). La esquela de observación detalla
que son aplicables el Decreto Legislativo 1104, el Decreto Supremo 011-2017-JUS
modificado por el Decreto Legislativo 1373 y la Directiva 01-2014-SUNARP/SN, pues
son las que regulan las actuaciones de PRONABI en cuanto a bienes incautados; además,
argumenta que estaríamos vulnerando el principio de prioridad excluyente en tanto el
presente título -así sea de fecha anterior- sería incompatible con el dominio ya inscrito.
Ante la negativa de anotación, el Tribunal Registral califica el título en vía de apelación,
en donde revoca las observaciones de la Registradora, por cuanto los actos rogados
encuentran sustento en el Decreto Supremo 130-2001-EF, dispositivo legal que permite
a cualquier entidad pública realizar las acciones de saneamiento para lograr que en el
Registro Público figure inscrita la realidad jurídica actual de los inmuebles de las
entidades públicas; además, se argumenta que las normas invocadas en primera instancia
con respecto a PRONABI no son aplicables porque el Decreto Supremo 130-2001-EF es
una norma especial y la que regula específicamente el procedimiento de saneamiento
físico legal del inmobiliario estatal.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 5090-2022- SUNARP-TR: Construcción con caudal social en terreno de uno de los cónyugesBautista Serrano, Jordi Joshua 09 August 2023 (has links)
En el presente caso, mediante Resolución N° 5090-2022-SUNARP-TR, se continúa
sosteniendo que la sociedad de gananciales es titular tanto de la edificación como
del suelo, siendo este último, en un principio, bien propio de uno de los cónyuges.
En los hechos, se deniega la solicitud de la cónyuge titular de rectificar la partida
registral de su bien propio, un estacionamiento, debido a que el otro cónyuge
suscribió la declaratoria de fábrica de la partida matriz, siendo esto un criterio
tomado por el Tribunal Registral como razón suficiente para considerarlo como
propietario. En consecuencia, la titularidad recae sobre la sociedad conyugal
siempre que la declaratoria de fábrica sea realizada durante la vigencia de la
sociedad de gananciales, de conformidad con una interpretación del art. 310 del
Código Civil supeditada al art. 79 del Reglamento de Inscripciones del Registro
de Predios.
La interpretación del artículo 310 del Código Civil no es correcta porque el
Tribunal Registral se está rigiendo en base a una disposición reglamentaria a fin
de aplicar una norma con rango de ley, como lo es el Código Civil, cuyo contenido
establece una obligación de reembolso a favor del cónyuge titular y que,
lamentablemente, no es exigido en la presente Resolución que prefiere acogerse
al Precedente de Observancia Obligatoria CCXX, en lugar de abogar por una
apertura de un asiento especial sobre el bien materia de análisis y así se resguarde
los intereses legítimos del cónyuge titular sobre el bien que, en un inicio, fue
propio. / In the present case, through Resolution No. 5090-2022-SUNARP-TR, it continues
to be maintained that the community of property is the owner of both the
building and the land, the latter being, initially, the property of one of the spouses.
In fact, the request of the owner spouse to rectify the registration item of their
own property, a parking lot, is denied because the other spouse signed the factory
declaration of the parent item, this being a criterion taken by the Registry Court
as sufficient reason to consider it as an owner. Consequently, ownership falls on
the marital partnership provided that the factory declaration is made during the
term of the community of property, in accordance with an interpretation of art.
310 of the Civil Code subject to art. 79 of the Land Registry Registration
Regulations.
The interpretation of article 310 of the Civil Code is not correct because the
Registry Court is being governed based on a regulatory provision in order to
apply a norm with the force of law, such as the Civil Code, whose content
establishes a reimbursement obligation to favor of the owner spouse and that,
unfortunately, it is not required in this Resolution that prefers to take advantage
of the Precedent of Mandatory Observance CCXX, instead of advocating for the
opening of a special entry on the asset subject of analysis and thus protect the
legitimate interests of the titular spouse on the property that, at the beginning,
was his own.
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Decreto Legislativo 1400 “Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria”Matallana Espinoza, Nells Roberth 11 July 2022 (has links)
El sistema de registro en el Perú ha sido incluido dentro de la tecnología de la
información para mejorar la satisfacción de los usuarios; esta experiencia se ha
consolidado durante la Emergencia Nacional, es por esto que, la publicación del
Decreto Legislativo N° 1400, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de
Garantía Mobiliaria, marca la diferencia con respecto a la garantía mobiliaria que
tiene como base el sistema notarial americano y lo garantiza el Banco Mundial,
la Organización de Estados Americanos y la Organización de Derecho Mercantil
Internacional, tal como se expone en los motivos de dicha ley.
A partir de ella, no se produce una calificación registral previa en relación a la
garantía mobiliaria; en realidad desaparece. La norma propone un modelo
rápido, de mejor acceso y menor costo; sin embargo, esto deja de lado el sentido
del sistema registral y su razón de ser como es la CALIFICACIÓN REGISTRAL,
la cual se aparta y ahora adopta un régimen de PUBLICIDAD NOTICIA, pero con
los efectos protectores de la OPONIBILIDAD, PRELACIÓN Y PUBLICIDAD,
como si dicho acto llegando al registro hubiera sido revestido de la presunción
de la legitimidad por efecto de la calificación de un registrador, lo cual no es así.
Para no ahondar más en el tema, el presente trabajo se justifica en razón de
explicar los puntos más importantes que hemos notado con la emisión del
Decreto Legislativo N° 1400, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de
Garantía Mobiliaria.
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La falta de regulación del reglamento interno y su modificación en cuanto al porcentaje de participación en áreas comunesCarrasco Huamani, Luis Alfredo 23 March 2022 (has links)
El presente trabajo titulado falta de regulación del reglamento interno y su modificación en
cuanto al porcentaje de participación se ha tratado en dos capítulos, el primero está referido
a un análisis comparativo entre la Junta de propietarios y la asociación; así como la naturaleza
jurídica de ambas organizaciones, reglamento interno y estatuto.
En el segundo capítulo trata fundamentalmente del análisis de la modificación del reglamento
interno de junta de propietarios y dentro de ello, porcentaje de participación en bienes
comunes de los propietarios en secciones exclusivas.
El presente trabajo de investigación tiene como finalidad analizar los efectos de la falta de
regulación respecto al Reglamento Interno de Junta de propietarios y su modificación, esto
en cuanto se ha considerado que pueden producirse determinados problemas a raíz de las
deficiencias presentes en la legislación de la materia, entiéndase la Ley N° 27157 y su
Reglamento, Decreto Supremo N° 035-2006-VIVIENDA, lo cual termina produciendo algún
tipo de perjuicio a la junta de propietarios .
En base a esto es que se busca proponer algunas medidas que de alguna manera permitan una
regulación más eficiente y por ende, una mejor aplicación en beneficio de los propietarios
que conforman la junta de propietarios, que justamente al no ser una persona jurídica, require
un tratamiento especial por parte del ordenamiento jurídico. / The present work entitled lack of regulation of the internal regulations and its modification
regarding the percentage of participation has been dealt with in two chapters, the first one
refers to a comparative analysis between the Board of owners and the association; as well as
the legal nature of both organizations, internal regulations and statutes.
The second chapter deals mainly with the analysis of the modification of the internal
regulations of the owners' meeting and within this, the percentage of participation in common
property of the owners in exclusive sections.
The purpose of this research work is to analyze the effects of the lack of regulation regarding
the Internal Regulations of the Board of Owners and their modification, this inasmuch as it
has been considered that certain problems may arise as a result of the deficiencies present in
the legislation of the matter, understand Law No. 27157 and its Regulations, Supreme Decree
No. 035-2006-HOUSING, which ends up producing some type of damage to the owners'
meeting.
Based on this is that it seeks to propose some measures that in some way allow a more
efficient regulation and therefore, a better application for the benefit of the owners who make
up the owners' meeting, which precisely because they are not a legal person, require a special
treatment by the legal system.
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La resolución por intimación: ¿acto inscribible en el registro de predios?López Franco, Renzo André 12 June 2020 (has links)
La resolución por intimación es una institución jurídica regulada en el Código Civil, y por su naturaleza, es acto inscribible en los Registros Públicos. Sin embargo, el ingreso de esta institución resulta ser problemático, al punto de que ha llegado a generar una intensa discusión en la doctrina nacional. En el reglamento de inscripciones del registro de predios, no está contemplada la regulación para el ingreso al registro del acto citado, sin embargo, en el reglamento de inscripciones de derechos mineros, si esta regulado, aunque de manera defectuosa. Desde nuestro punto de vista, la resolución por intimación debe inscribirse, no obstante, la regulación actual no nos parece la más adecuada, puesto que genera incertidumbre respecto al objeto de resolución. En ese sentido, es objetivo del presente trabajo académico realizar un análisis de la institución jurídica -resolución por intimación-, teniendo en cuenta sus aristas normativas y doctrinarias. Para después establecer alguna propuesta para su regulación más eficiente, atendiendo a la naturaleza de la citada institución. Llegando a la conclusión, finalmente, de que la figura de anotación preventiva puede servirnos para el acceso de la institución jurídica objeto del presente artículo en los registros púbicos, de una manera adecuada que favorezca a la exactitud registral
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 3827-2022- SUNARP-TRVillalón Orellana, Rosa Mariela 09 August 2023 (has links)
El presente informe centra su análisis en los argumentos jurídicos que adoptó el Tribunal
Registral en la Resolución N° 3827-2022-SUNARP-TR a efectos de admitir la procedencia de
una prescripción adquisitiva de dominio tramitada en sede notarial respecto de un bien de
dominio público hidráulico, específicamente, respecto de una faja marginal colindante con una
torrentera ubicada en la provincia de Arequipa.
El Tribunal Registral resolvió revocar la observación formulada en primera instancia registral,
argumentando que, sin perjuicio de que la faja marginal constituye un bien de dominio público
hidráulico, mediante el plano del inmueble objeto de prescripción –visado por la Municipalidad
Provincial de Arequipa– se ha acreditado la inexistencia de afectación al recurso hídrico.
En ese sentido, en el presente informe se realiza un análisis de los fundamentos adoptados por
el Tribunal Registral en la Resolución N° 3827-2022-SUNARP-TR con relación a la acreditación
de la inexistencia de afectación a los recursos hídricos en virtud de planos visados por los
gobiernos locales. De igual modo, se realiza un análisis de la condición del bien objeto de
prescripción, a efectos de determinar si el Tribunal Registral tenía la obligación de formular una
nueva observación al título. / The present report focuses its analysis on the legal arguments adopted by the Registry Court in
Resolution No. 3827-2022-SUNARP-TR for the admission of an acquisitive prescription of
ownership executed before a notary regarding a public water property, specifically, regarding a
marginal strip adjoining a torrent located in the province of Arequipa.
The Registry Court decided to revoke the observation formulated in the first registry instance,
alleging that, notwithstanding the fact that the marginal strip constitutes a public water property,
through the plan of the property subject to prescription -signed and sealed by the Provincial
Municipality of Arequipa- the non-existence of affectation of the water resource has been
accredited.
Consequently, the present report performs an analysis of the arguments issued by the Registry
Court in Resolution No. 3827-2022-SUNARP-TR regarding the accreditation of the
non-existence of affectation to water resources by virtue of plans signed by the local
governments. In addition, it is analyzed the condition of the property subject to prescription, in
order to determine whether the Registry Court had the obligation to formulate a new observation
to the title.
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