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Divergencias entre el procedimiento administrativo sancionador de la Ley del Procedimiento Administrativo General y del Reglamento Nacional de TránsitoZorrilla Nieto, Rolando 01 June 2020 (has links)
El problema ocasionado por la regulación del tránsito terrestre de vehículos en Lima Metropolitana es, sin lugar a duda, uno que reviste gran importancia, dado que la labor de creación de estas normas y su efectiva aplicación repercuten directamente en el desarrollo económico y social del país, y en esa medida, en el bienestar general. Por ello, es necesario analizar si las disposiciones vigentes que regulan el tránsito terrestre de vehículos se encuentran en concordancia con las nuevas modificaciones al Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, el “TUO de la LPAG”), considerando que el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2009-MTC (en adelante, el “RNAT”), norma ya tiene a la fecha aproximadamente diez años en vigencia, periodo en la cual no se ha realizado mayor esfuerzo legislativo de mejorarlo a través de modificaciones normativas tomando en cuenta la observación de evidencias
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Las administraciones públicas como sujetos de fiscalización y responsables de infracciones administrativas en el PerúGamboa Matta, Christian Omar 28 May 2020 (has links)
El presente artículo estudia a las Administraciones públicas como sujetos de fiscalización y responsables en el marco de procedimientos administrativos sancionadores. La importancia de estas materias radica en su repercusión sobre la satisfacción del interés general, por ejemplo, multar a una Administración pública interrumpe la materialización de determinadas finalidades públicas presupuestadas, pues estos caudales se movilizarán a otra Administración pública. Para abordar estas materias se analiza la noción de Administración Pública en el Perú, su vinculación con la personalidad jurídica, las entidades de la Administración Pública, su actuación como un particular, los derechos fundamentales que poseen y su calidad de sujeto responsable. Luego se examina la actividad de fiscalización realizada sobre estas cuando actúan como particulares y sus derechos. Terminando con las Administraciones públicas infractoras, su relación con el principio de culpabilidad, sus
derechos y las medidas alternas a la imposición de sanciones. Una de las conclusiones a las que llega esta investigación es que se tiene que las Administraciones públicas cuando actúan como particulares y están personificadas poseen derechos fundamentales que deben ser respetados tanto en la fiscalización como en los procedimientos administrativos sancionadores en su contra, además en este último procedimiento no hay impedimento en aplicar el principio de culpabilidad, por otro lado, la sanción establecida debe ser proporcional para no afectar el interés general. Por último, se expone una propuesta de adaptar al ordenamiento jurídico peruano el procedimiento administrativo sancionador contra Administraciones públicas contenido en Ley Orgánica 3/2018 del Reino de España
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La destitución de jueces de paz por la comisión de faltas disciplinarias y una aproximación a la argumentación de los órganos de controlVelit Bassino, Daniela 26 May 2020 (has links)
Muchas veces, en los procesos disciplinarios contra jueces de paz, la determinación de
la responsabilidad disciplinaria efectuada por los órganos de control de la magistratura
se limita a una actividad subsuntiva o lógica deductiva; de los hechos del caso, a
constatar si encajan con la premisa normativa (del catálogo de faltas disciplinarias de los
jueces de paz), y si es así, se aplica necesariamente la consecuencia jurídica prevista
(sanción disciplinaria).Al reducirse la solución del caso a eso, no hay lugar para la
responsabilidad administrativa subjetiva, para la argumentación o para la aplicación de
los principios orientadores del régimen disciplinario del juez de paz, y por lo tanto se
vuelve muy probable que si para los órganos de control los hechos configuraron una
falta muy grave, esto acarree la destitución del juez de paz. Teniendo esto en cuenta, el
presente trabajo académico busca responder tres preguntas: i) ¿en qué se sustenta el
control disciplinario a jueces de paz?; ii) ¿cuándo estaría justificado destituir a un juez
de paz?; y iii) ¿la aplicación de los principios orientadores del régimen disciplinario del
juez de paz, aseguran el respeto de sus derechos en un procedimiento disciplinario? Al
respecto, se mencionará que los jueces de paz están sujetos al control ciudadano, de la
comunidad o vecindad que los eligió para asumir dicho cargo y a la vez, al control
institucionalizado de parte del Poder Judicial porque el juez de paz es parte de la
corporación judicial, y este es el control disciplinario. También, como opinión personal,
que la responsabilidad administrativa subjetiva y el dolo, específicamente, debería ser
condición necesaria para destituir a un juez de paz, y que la formulación de los principios
orientadores del régimen disciplinario del juez de paz en el Reglamento del Régimen
Disciplinario del Juez de Paz aportan al análisis de la responsabilidad disciplinaria, las
características propias y la esencia de la justicia de paz, y dotarían de razonabilidad y
proporcionalidad la sanción disciplinaria contra un juez de paz.
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La función normativa en los organismos reguladores de servicios públicos: tipificación de infracciones a través de la colaboración reglamentaria en el sector de las telecomunicacionesGuevara Chumpitaz, Gloria Ximena Coraly 01 June 2020 (has links)
En el Perú se reconoce a la “colaboración reglamentaria” como una práctica común en
los organismos reguladores de servicios públicos, dentro del marco de la potestad
sancionadora que ostentan para sus respectivas competencias. Así, en la actualidad,
estas entidades se sirven de resoluciones del Consejo Directivo para detallar las
obligaciones impuestas a los particulares, acompañado de un catálogo de infracciones
y sanciones; por ende, estamos ante un vehículo normativo importante que permite la
creación, modificación y eliminación de conductas sancionables en materia
administrativa. Ahora bien, esta trabajo pretende analizar los riesgos a los que se
expone la administración, así como los administrados, cuando la delegación de facultad
para normar de estos organismos reguladores en el marco de su potestad sancionadora
administrativa, tiene como sustento únicamente el ámbito de sus competencias y reglas
generales de técnica legislativa. Para ello, se analiza brevemente la necesidad de
observar el cumplimiento de lo establecido en el principio de legalidad como límite a esta
potestad sancionadora de tipificación de infracciones, seguido por su vinculación con
otros principios que devienen de éste, como son la reserva de ley y tipicidad. Finalmente,
a manera de ejemplificar lo expuesto, nos serviremos de la experiencia del Consejo
Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones
(Osiptel).
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La medida provisional de suspensión en el procedimiento administrativo disciplinario judicialTorres Infante, Breyner Ramiro 05 June 2020 (has links)
El presente trabajo tiene como propósito hacer un análisis crítico de la medida
provisional de suspensión en el cargo o función se viene aplicando en el
procedimiento administrativo disciplinario del Poder Judicial, cuyo desarrollo
normativo no resulta acorde con la doctrina del derecho administrativo y disciplinario.
Frente a este problema se propone desarrollar un marco conceptual doctrinario desde
el derecho administrativo y disciplinario, para llegar a la institución de la medida
provisional de suspensión que permita analizar con mayor amplitud y seriedad
académica cuales son los supuestos habilitantes para su aplicación, características y
efectos que se deben tener en cuenta en el procedimiento administrativo disciplinario,
de manera tal que este bagaje de conceptos sirvan para que los operadores del
derecho respeten los derechos de los sujetos disciplinados tanto en los aspectos
materiales y formales al ejercer la potestad sancionadora, como a la presunción de
inocencia, al libre ejercicio de la profesión, y la percepción de remuneración.
Asimismo, se hace una comparación con la legislación Colombiana sobre el
tratamiento de este tema, en el que se garantizan en mayor medida el derecho a la
presunción de inocencia y a la percepción de la remuneración del sujeto disciplinado.
La investigación estuvo enfocada en dos etapas, la primera en analizar el mayor
contenido bibliográfico nacional y extranjero sobre el tema propuesto desde el
derecho administrativo, y el segundo, conjugar como los operadores jurídicos deben
aplicar estos conceptos.
Finalmente, de esta investigación se puede advertir que la institución de la medida
provisional de suspensión, siempre tuvo en cuenta que uso debe ser racional y
excepcional para los fines propuesto, respetando los derechos fundamentales como
el de la presunción de inocencia, y el de dignidad del funcionario o disciplinado.
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La motivación que se exige del acto que amplía el plazo de caducidad del procedimiento administrativo sancionador y su impugnaciónFranco Terrones, Alessandra Julie 28 May 2020 (has links)
El presente trabajo se traza como objetivo contribuir en el quehacer práctico de los
operadores jurídicos que aplican y/o cuestionan la aplicación del acto que decide ampliar el plazo de caducidad regulado en la Ley del Procedimiento Administrativo General, haciendo especial énfasis en la motivación que se exige de este y su impugnación dentro del procedimiento sancionador. Sobre el particular, se advierte que, al estar frente a una potestad discrecional de la Autoridad Administrativa, a la cual su regulación le atribuye un carácter excepcional, le corresponde al órgano competente fundar su decisión en argumentos objetivos y razonables, según las circunstancias del caso en concreto, de los que se advierta la necesidad de extender el plazo primigenio previsto en la norma cuando se advierte su inminente incumplimiento. Arribado a lo anterior, se plantea que su cuestionamiento, en
tanto acto de trámite que no imposibilita continuar con el procedimiento o produzca la
indefensión del administrado, debe realizarse a través de una alegación dentro del
procedimiento o al finalizar el mismo junto con la impugnación que se haga de la resolución final. De esta manera, se descarta también que la motivación contenida en este acto de ampliación pueda objetarse a través de una queja, en tanto vía descartada para cuestionar actos administrativos
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La interpretación de los principios de legalidad y tipicidad a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema como medio para brindar mayor tutela a los administrados en el marco de los procedimientos administrativos sancionadoresDextre Irigoyen, Walter Ronald 18 April 2023 (has links)
El objetivo del presente trabajo de investigación es determinar si la interpretación de
los principios de legalidad y tipicidad a la luz de la jurisprudencia del Tribunal
Constitucional y la Corte Suprema constituye un medio para brindar mayor tutela a
los administrados en el marco de los procedimientos administrativos sancionadores.
Para efectuar ese análisis, se realiza una revisión profunda de la Constitución, la
doctrina, y las normas y los casos más relevantes en materia administrativa
sancionadora ambiental y laboral; así como una investigación detallada de las
principales sentencias del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema en las que se
ha desarrollado el contenido esencial de los principios de legalidad y tipicidad.
A partir de ello, se concluye que la interpretación conforme a la Constitución
constituye un mandato del Estado constitucional de derecho, por lo que la autoridad
administrativa se encuentra obligada a interpretar las normas a la luz del contenido
de las disposiciones constitucionales, el cual es desarrollado en la jurisprudencia del
Tribunal Constitucional y la Corte Suprema. En ese sentido, dicha interpretación es
un medio para brindar mayor tutela a los administrados en los procedimientos
administrativos sancionadores, pues tales entidades les otorgan a los principios de
legalidad y tipicidad un contenido bastante amplio, protector y garantista. / The objective of this research work is to determine if the interpretation of the
principles of legality and criminality in light of the jurisprudence of the Constitutional
Court and the Supreme Court constitutes a means to provide greater protection to
those administered within the framework of administrative sanctioning procedures.
To carry out this analysis, an in-depth review of the Constitution, the doctrine, and
the most relevant norms and cases in environmental and labor sanctioning
administrative matters is carried out; as well as a detailed investigation of the main
judgments of the Constitutional Court and the Supreme Court in which the essential
content of the principles of legality and typicity has been developed.
From this, it is concluded that the interpretation in accordance with the Constitution
constitutes a mandate of the constitutional State of law, for which the administrative
authority is obliged to interpret the norms in light of the content of the constitutional
provisions, which is developed in the jurisprudence of the Constitutional Court and
the Supreme Court. In this sense, said interpretation is a means to provide greater
protection to those administered in sanctioning administrative procedures, since
such entities grant the principles of legality and typicity a fairly broad, protective and
guaranteeing content. / Trabajo académico
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Informe sobre la Resolución N° 004-2013-TSC/OSIPTEL del Exp. N° 005-2011-CCO-ST/LC: Caso Speedy NakedVentura Ferro, Leonardo Manuel 03 August 2023 (has links)
El Informe Jurídico aborda el caso “Speedy Naked”: el procedimiento
administrativo sancionador iniciado de oficio contra Telefónica del Perú S.A.A.,
seguido ante el Osiptel, por la presunta comisión de abuso de posición de
dominio en la modalidad de ventas atadas de los servicios de acceso a internet
fijo vía ADSL y telefonía fija.
A lo largo del procedimiento se emitieron, entre otros actos, primero, el Informe
de Investigación Preliminar N° 004-2011-CCO/2011 por el cual se presentan los
resultados de las actuaciones preliminares concluyéndose que existen indicios
que ameritan el inicio de un procedimiento sancionador. Segundo, la Resolución
N° 001-2011-CCO/OSIPTEL, a través de la cual se da inicio al procedimiento
sancionador de oficio contra Telefónica. Tercero, la Resolución N° 007-2012-
CCO/OSIPTEL, por medio del cual se establece la responsabilidad
administrativa de Telefónica, se le impone una multa leve de 492.21 UIT y la
medida correctiva de proveer por separado el servicio de acceso a internet.
Cuarto, la Resolución N°004-2013-TSC/OSIPTEL, por la cual declara fundado
parte el recurso de apelación de Telefónica en el extremo de modificar el monto
de la multa impuesta a 407 UIT.
El presente Informe presenta los siguientes problemas jurídicos: i) amplitud del
acto constitutivo de la infracción, ii) afectación al derecho a la comunicación
previa y detallada de la acusación y, consecuentemente, al derecho de defensa,
iii) malinterpretación del principio de supletoriedad. Se concluye que existieron
afectaciones al derecho de defensa y, peor aún, los órganos de solución de
controversias no fueron competentes para tratar la presente controversia.
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La aplicación de la subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad administrativa en las infracciones instantáneasDelgado Peralta, Wilmer Alexander 13 May 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como propósito hacer un análisis crítico de la normativa vigente,
específicamente, sobre la figura jurídica de la subsanación voluntaria frente a la tramitación del
procedimiento administrativo sancionador aplicado a las infracciones instantáneas. Para tal
efecto, se propone desarrollar el marco conceptual de los tipos de infracciones administrativas y
si la subsanación voluntaria resulta aplicable de manera eficiente a las infracciones instantáneas,
pues dicha figura se constituye en la normativa vigente como un eximente de responsabilidad
administrativa; por lo que, la potestad sancionadora de la Administración Pública puede verse
afectada en el sentido que se estaría generando impunidad de parte de los administrados que
incurren en una conducta infractora de configuración instantánea.
La presente investigación académica tiene por objeto establecer parámetros claros y definidos a
fin que la Administración Pública ostente la potestad sancionadora de forma correcta; debido a
que, la subsanación voluntaria ha dispuesto una serie de requisitos para su aplicación, donde estos
no necesariamente han sido pensados para los distintos tipos de infracciones, la idea de esta figura
es permitir que el administrado pueda subsanar una conducta que resultó contrario a las
disposiciones administrativas y, por tanto, corresponde la emisión de una sanción administrativa;
sin embargo, en la actualidad no se ha establecido que pasa en los casos donde el daño causado
no puede ser subsanado, pero aún así es perfectamente viable la aplicación de la subsanación
voluntaria, esto implica un desmedro a los bienes jurídicos protegidos por la administración
pública y acorde a las metas públicas.
Finalmente, de este trabajo se podrá advertir que actualmente existe una falta de desarrollo del
artículo 257 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, ya que, si bien es cierto, los eximentes
de responsabilidad administrativa permiten que el aparato estatal no se active frente a conductas
que ya han sido subsanadas, no obstante, en la práctica hoy en día existen bienes jurídicos
protegidos que están siendo afectados por la falta de desarrollo en cada tipo de infracción,
permitiendo en estos casos que se genere la impunidad dentro del ámbito administrativo.
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Tratamiento que se establece dentro del procedimiento administrativo disciplinario a la falta disciplinaria de actos contra la libertad sexualSu Grimaldo, Luciana del Rosario January 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar el tratamiento que se establece
dentro del procedimiento administrativo disciplinario a la falta disciplinaria de actos
contra la libertad sexual, la cual se encuentra tipificada en el literal f) del artículo de
la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial. Se parte de la premisa sobre el poder
punitivo con el que cuenta el Estado para sancionar aquellos servidores públicos
(docentes) que comentan alguna falta disciplinaria; las garantías procesales las cuales
deben estar presente al momento de someter a un servidor público a un procedimiento
administrativo como el principio de tipicidad el cual fue modificado a través del
Decreto Legislativo N° 1272, el cual añadió que las infracciones tanto en materia
penal y administrativa no pueden tener con idéntico supuesto de hecho e idéntico
fundamento respecto de aquellos que son considerados como delitos o faltas. Bajo
ese supuesto el considerar como falta administrativa a delitos contra la libertad sexual
se estaría vulnerando el principio de tipicidad ya que también se encuentra tipificado
como delito en el código penal. Asimismo, el hecho que este considerado como falta
disciplinaria los delitos contra la violación sexual se debe considerar que la
Administración Pública está realmente preparada para realizar las investigaciones del
caso y si las herramientas que utiliza para erradicar con este tipo de actos.
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