Spelling suggestions: "subject:"administración tributario"" "subject:"administración tributaries""
41 |
La intervención excluyente de propiedad interpuesta por los fiduciarios en los procedimientos tributarios de cobranza coactiva seguidos contra el fideicomitente. La (in)defensa de los patrimonios fideicometidos embargados ante la SUNAT y el tribunal fiscalHurtado Antonio, Krizia Estefania 06 June 2019 (has links)
El presente trabajo parte del hallazgo de cuatro expedientes tributarios de cobranza
coactiva bastante similares y recientes. En éstos un contribuyente tiene una deuda
tributaria exigible, en virtud de lo cual la Administración Tributaria inicia su cobranza
coactiva y posteriormente ordena el embargo de los bienes del deudor. No obstante, el
problema surge cuando dicho embargo recae sobre bienes fideicometidos, respecto de los
cuales el deudor solo es el fideicomitente. Una primera cuestión, es la ilegalidad del
embargo del bien fideicometido, dada la existencia de un patrimonio autónomo, el cual
instituye automáticamente un cerco de aislamiento patrimonial que protege a los bienes
que lo componen, de cualquier deuda y/o obligación del fideicomitente. Asimismo, una
segunda cuestión, es la relativa a la legitimidad del fiduciario para accionar la Intervención
Excluyente de Propiedad (art. 120° del Código Tributario), pues como bien lo señala el
Tribunal Fiscal y la SUNAT, éste no tiene la condición de propietario de los bienes afectados
con el embargo. Esta investigación resulta relevante pues los cuatro casos identificados
demuestran no solo una situación de indefensión de los fideicomisos dada la ausencia de
un mecanismo procedimental que permita la desafectación de bienes ilegítimamente
embargados, sino también que la reciente aparición de los fideicomisos en el ámbito
tributario, genera una espesa nebulosa de confusión entre la Administración y los
administrados que necesita ser resuelta con apremio a fin de evitar que dicha situación
redunde. En tal sentido, este trabajo busca responder a si: ¿Los fiduciarios deberían poder
accionar la Intervención Excluyente de Propiedad del art. 120° del Código Tributario? Para
lo cual, la metodología está establecida de modo que a partir de la casuística y del estudio
de las instituciones y mecanismos procesales respectivos (i.e. Intervención excluyente de
propiedad, tercería de propiedad, embargo, procedimiento de cobranza coactiva, trust,
fideicomiso y patrimonio autónomo) se pueda responder tanto a la cuestión de carácter
procedimental (legitimidad para obrar del fiduciario), como a la cuestión referida al fondo
del asunto (ilegalidad del embargo). Conforme a lo cual, la conclusión arribada es que los
fiduciarios, en tanto representantes del patrimonio autónomo fideicometido, sí tienen
legitimidad para accionar la Intervención Excluyente de Propiedad.
|
42 |
Análisis de los efectos del precedente de Observancia Obligatoria recaído en la Resolución del Tribunal Fiscal N° 04369-7-2018Mamani Victorio, Joana Rina 23 March 2022 (has links)
El caso analizado en el presente trabajo de investigación, se enfoca en la sistematización
normativa que existe en nuestro país, en él se evidencia como el derecho administrativo
responde a un problema que se generó en el ámbito tributario, dado que las
administraciones tributarias de los gobiernos locales y primigeniamente el Tribunal
Fiscal, no consideraban dentro del ámbito de aplicación de la infectación del artículo 17°
inciso “a” de la ley de tributación municipal, a los Organismos Reguladores y los
Organismos Técnicos Especializados. Sin embargo, en el Año 2018, el Tribunal fiscal
emite el precedente de observancia Obligatoria N° 04369-7-2018, mediante el cual se
cambia la interpretación de “Gobierno Central” del artículo 17° inciso “a” y se “amplía”
la inafectación del Impuesto predial e Impuesto Vehicular a los Organismos Reguladores
y los Organismos Técnicos Especializados.
Dado que el Tribunal cambió su interpretación histórica con el precedente de observancia
obligatoria estipulado en la Resolución del Tribunal Fiscal N° 04369-7-2018, es probable
que se vulneraron o no principios constitucionales, como el Principio de Predictibilidad,
por su aplicación “retroactiva”, el Principio de Legalidad, por lo que es necesario revisar,
lo señalado por la Ley 27444, casuística de las administraciones tributarias de los
gobiernos locales, casuística del Tribunal Fiscal y casuística del Poder Judicial.
El derecho administrativo nos da la respuesta con respecto a la temporalidad en la
aplicación de los precedentes de Observancia Obligatoria en sede administrativa, que
después del análisis doctrinario y jurisprudencial, se tiene que estos por naturaleza no son
retroactivos y como requisito de validez requieren de ser publicados en el Diario Oficial
El Peruano, conforme lo señala el T.U.O. de la Ley del Procedimiento Administrativo
General, además que en materia tributaria se deben respetar los principios
constitucionales señalados en nuestra constitución.
|
43 |
Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 2002-2008, E-2101, sobre procedimiento tributario seguido por SUNAT contra Doe Run Perú S.R.L.Montes Yaringaño, Sebastian Enrique 20 March 2024 (has links)
En el marco de transacciones transfronterizas de compraventa de bienes entre sujetos
domiciliados y no domiciliados, para efectos del Impuesto a la Renta, nuestra legislación
tributaria recoge el criterio de la ubicación física en el país para determinar si la venta se
encuentra gravada con el impuesto.
En el presente informe analizaremos la controversia suscitada entre la empresa Doe Run
Perú S.R.L. y la SUNAT, a razón de que esta última cuestionó que algunas de las
transacciones de compra de metales refinados efectuadas por la compañía no se habrían
realizado en el extranjero, sino en el territorio nacional por lo que se encuentran gravadas
con el Impuesto a la Renta.
En esa línea, en este trabajo nos centraremos en el análisis jurídico del tratamiento tributario
del Impuesto a la Renta peruano aplicable a la venta de bienes muebles ejecutada por
sujetos no domiciliados, así como de la transferencia de propiedad de este tipo de bienes
desde el derecho civil.
Adicionalmente, profundizaremos en la facultad de la SUNAT para exigir retenciones del
Impuesto a la Renta peruano y su relación con los principios constitucionales de seguridad
jurídica, irretroactividad y legalidad, vulnerados por la Disposición Transitoria Única de la Ley
No. 28647.
|
44 |
La facultad excepcional de la administración tributaria para interponer demanda contencioso tributaria: análisis desde un enfoque jurisprudencial a propósito de los criterios señalados en instancia judicialSantillán Gordillo, Alvaro 06 August 2021 (has links)
La presenta investigación tiene como propósito verificar si en la jurisprudencia local emitida
en instancia judicial existe un correcto entendimiento de la facultad excepcional de la
Administración Tributaria para cuestionar en la vía de proceso contencioso administrativo las
resoluciones del Tribunal Fiscal, conforme a lo establecido en el artículo 157° del Código
Tributario. Esta investigación se desarrolla siguiendo el enfoque metodológico de tipo
jurisprudencial. Para estos efectos, revisamos los principales conceptos vinculados a esta
facultad excepcional (legitimidad para obrar activa, objeto del proceso contencioso
administrativo, facultad para iniciar proceso contencioso administrativo, acción de lesividad,
entre otros). De igual forma, analizamos diversos pronunciamientos emitidos en instancia
judicial (desde primera instancia hasta casación) en los que se ha puesto en discusión esta
facultad. Con ello, verificamos que en la práctica los órganos jurisdiccionales al verificar la
admisión de la demanda no cuestionan este asunto, sino que la controversia es iniciada cuando el
contribuyente interpone excepción de legitimidad para obrar; asimismo, en estos casos casi en su
totalidad esta acción es desestimada por diversas razones que dependen del órgano resolutor y
del caso concreto. Esto demuestra que no existe una sola interpretación de la acción de la
Administración Tributaria y que en la realidad no existe el carácter excepcional que hace
referencia el Código Tributario. A fin de evitar lo que viene sucediendo en la jurisprudencia
nacional y que supone la afectación del principio de seguridad jurídica, consideramos que se
deben fijar concretamente los requisitos que se deben cumplir para que se admita la demanda
iniciada por la Administración Tributaria, lo que supone una revisión conjunta del Código
Tributario, la Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo y la Ley del Procedimiento
Administrativo General.
|
45 |
Pertinencia de utilizar las normas contables para darle contenido o definir aspectos relacionados a categorías contables recogidos en normas tributariasRamos Roca, Victor Jose 02 June 2020 (has links)
1. Justificación de la investigación:
La justificación de la investigación viene dada por la importancia de determinar si pertinente
utilizar normas contables para darle contenido o definir aspectos relacionados a categorías
contables recogidos en normas tributarias. Para ello, nos apoyaremos en las opiniones
vertidas por estudiosos del Derecho Tributario, los Informes de la SUNAT, las resoluciones
del Tribunal Fiscal y las sentencias del Poder Judicial. Cabe indicar además que la
investigación resulta viable en la medida que el tema elegido aún sigue generando debate en
la doctrina nacional y dado que los operadores jurídicos (Administración Tributaria, el
Tribunal Fiscal y el Poder Judicial) aún no han podido dar una respuesta univoca sobre el
asunto. Asimismo, la presente investigación nos permite recopilar lo señalado en anteriores
investigaciones sobre el tema propuesto y profundizarlo tomando en cuenta la jurisprudencia
actual.
2. Hipótesis:
Es permisible el uso de normas contables para definir, completar o darle contenido a las
normas tributarias siempre que: 1. Se realice una justificación argumentativa respecto a las
razones jurídicas y base normativa que origina su aplicación, debiendo usar para dicho fin,
en la medida que sea posible, todos los métodos de interpretación permitidos por el Derecho
y 2. No se opongan, desnaturalicen o transgredan las normas tributarias.
3. Conclusión principal:
Es posible que la SUNAT, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial recurran a las normas
contables para definir, completar o darle contenido a las normas tributarias siempre que:
Se realice una justificación argumentativa respecto a las razones jurídicas y base
normativa que origina su aplicación, debiendo usar para dicho fin, en la medida que sea
posible, todos los métodos de interpretación permitidos por el Derecho.
No se opongan desnaturalicen o transgredan las normas tributarias.
|
46 |
Una aproximación a la correcta aplicación de las reglas de conexión de la fuente en la ley del impuesto a la renta peruanaGutiérrez Sandoval, Francis Andrea, Ramírez Ayala, Yajahida Magdiel 16 April 2021 (has links)
El análisis de las reglas de conexión resulta fundamental para efectos de determinar el
gravamen del Impuesto a la Renta tanto de sujetos domiciliados como no domiciliados.
Es por ello que la presente investigación se centra en analizar la aplicación de estas
reglas de conexión de la fuente con el fin de determinar si una renta califica como de
fuente peruana o no.
Para efectos de este análisis, hemos observado que, a la fecha, existen diversos
pronunciamientos, a nivel de la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal, que
resultarían cuestionables dado que carecen de un desarrollo jurídico. Asimismo, a nivel
jurisprudencial no se ha establecido un criterio uniforme que nos permita aplicar de
manera correcta las reglas de conexión. Es por ello que, en el presente trabajo de
investigación, buscamos plantear una propuesta para su aplicación haciendo uso de los
diversos instrumentos jurídicos permitidos por el Derecho Tributario.
En línea con ello, basamos nuestra conclusión en la aplicación del principio de
especialidad, en base al cual existe una regla de conexión a analizar para cada tipo de
renta a fin de determinar si califica o no como de fuente peruana; no debiendo aplicarse
más de una regla de conexión a un mismo supuesto generador de renta; y siendo
aplicable, la regla específica según la renta de la que se trate, por sobre la regla general. / Trabajo de investigación
|
47 |
Reflexiones en torno al secreto bancario a la luz de la Constitución y las nuevas tendencias en materia fiscalExebio Mori, Anthony Jhonjairo 19 April 2023 (has links)
La presente entrega desarrolla la figura del secreto bancario a la luz de su fundamento
constitucional, del panorama internacional actual y de los criterios establecidos por el
Tribunal Constitucional en casos anteriores para tener una visión completa respecto
a sus alcances cuando entra en contacto con las finalidades recaudatorias del Estado.
En ese sentido, se desarrolla la importancia que tiene el deber de contribuir en la
consecución de las finalidades sociales y democráticas del Estado, siendo muchas
veces el secreto bancario una limitación para dichos efectos.
En ese contexto, y atendiendo a los compromisos internacionales asumidos por el
Estado peruano relativos al intercambio de información, la presente entrega busca
analizar si las modificaciones efectuadas recientemente a la regulación del secreto
bancario se ajustan a Constitución.
Así, tras el análisis de los Decretos Legislativos No. 1313 y 1434 a la luz de la
regulación del secreto bancario en nuestro país y de los conceptos señalados
previamente, se concluye que estas no resultan inconstitucionales al no lesionar el
ámbito de protección del secreto bancario. No obstante, se recomienda la
modificación del numeral 5 del Artículo 2 de la Constitución Política del Perú para
efectos de terminar con futuras discusiones de la misma índole. / In this sense, the importance of the duty to contribute to the achievement of the social
and democratic purposes of the State develops, being often the bank secrecy a
limitation for such purposes.
In this context and considering the international commitments assumed by the
Peruvian State regarding the exchange of information, this article seeks to analyze
whether the modifications recently made to the regulation of banking secrecy are in
accordance with the Constitution.
Thus, after analyzing Legislative Decrees No. 1313 and 1434 considering the
regulation of banking secrecy in our country and the concepts previously mentioned,
it is concluded that they are not unconstitutional since they do not harm the scope of
protection of banking secrecy. However, it is recommended the modification of
numeral 5 of Article 2 of the Political Constitution of Peru to put an end to future
discussions of the same nature. / Trabajo académico
|
48 |
Propuesta de implementación de un modelo de planificación tributaria sobre los gastos en una empresa de serviciosQuispe Moras, Claudia Gabriela 18 September 2019 (has links)
El presente trabajo es un proyecto de aplicación dirigido a una empresa de
servicios que realiza sus operaciones en el Perú. El motivo de elección del tema
se justifica por la importancia del planeamiento tributario para la toma de
decisiones gerenciales, los beneficios que se pueden obtener al anticiparse a
posibles contingencias tributarias, así como por la optimización de recursos en la
empresa. Asimismo, el trabajo será de utilidad para la entidad en cuestión porque
se está realizando en base a la premisa de que la empresa no cuenta con un
planeamiento tributario y por ello tiene como objetivo general proponer un modelo
de planeamiento tributario sobre los gastos en la empresa que le permita realizar
un pago eficiente de impuestos. Para ello, los objetivos planteados son: analizar
los parámetros aplicables a la empresa para la deducción de los gastos que
realiza, identificar si el desconocimiento de la normativa tributaria por parte del
área de contabilidad implica un riesgo tributario, y analizar si la falta de contratos
referentes a gastos con terceros no permite aprovechar los beneficios tributarios
aplicables a le empresa. La metodología por usar es de tipo exploratoria. Del
trabajo se llega a la conclusión de que un planeamiento tributario influiría
positivamente en un eficiente pago de impuestos por parte de la empresa y ello
permite un primer paso para un completo desarrollo tributario a futuro. / The present Project is applicated to a services company that works in Peru. The
principal reason of choosing this topic is that is important the tax planning for the
management decision making, the benefits of anticipate to the tax
contingences and to contribute to optimization of resources in the company. Also,
this research will help to the entity because is based on the premise that the
enterprise doesn't have a tax planning and that is the reason why the principal
objective is to propose a tax planning on revenues related with third parties to
make an efficient payment tax. The objetives are: To analyze the parameters
applied to the entity to the expense deduction, to identify if lack of knowledge on
tax legislation of o part of the accounting area is a risk to the company, and to
analyze if the lack contracts with third parties about their expenses doesn't allow
to have benefits of the tax legal legislation. The methodology is exploratory. The
principal conclusion is that a tax planning has a positive impact on the company
and that will help them to make a complete tax planning in the future.
|
49 |
Inequidad en el ámbito de aplicación del sistema de detraccionesSalazar Correa, Juan José, Vera Paredes, Erica Mavel 06 October 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación centra su estudio en el ámbito de aplicación del
Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, cuestiona su vigencia, analizando la
afectación actual que ejerce el Sistema sobre los sujetos u operaciones
comprendidas y propone un cambio regulatorio a la luz de las innovaciones
tecnológicos que ha experimentado la Administración Tributaria con el paso del
tiempo.
Teniendo el contexto expuesto es válido efectuar las siguientes interrogantes ¿los
fundamentos del ámbito de aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones
Tributarias justifican en la actualidad, la aplicación del Sistema bajo los mismos
términos en que fue concebido inicialmente?, ¿el actual ámbito de aplicación del
Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias resulta razonable o perjudicial para los
sujetos afectos al mismo?, ¿Se vulnera el Principio Constitucional de Igualdad al
proponer una diferenciación de tratamientos en la operatividad del Sistema de
Detracciones?.
Se tiene por hipótesis que el Principio Constitucional Tributario de Igualdad no impide
el tratamiento desigual en el ámbito tributario, cuando existen condiciones objetivas y
razonables para ofrecer un tratamiento diferenciado, siempre y cuando se realice
sobre bases objetivas y razonables que respeten los límites del poder tributario,
respecto de las cuales nos pronunciamos en el desarrollo de la presente
investigación.
Para corroborar ello realizamos un análisis del marco legal vigente, la jurisprudencia
constitucional vinculada, la doctrina extranjera y la doctrina nacional, bajo la
consideración de observar la realidad operativa de los sujetos u operaciones
comprendidos en el ámbito de aplicación del Sistema de Detracciones.
Finalmente, queda en evidencia que actualmente la Administración Tributaria en
mérito a sus mecanismos de gestión puede perfilar a los contribuyentes y a partir de
esa diferenciación y en cabal respeto al Principio Constitucional Tributario de
Igualdad otorgar distintos tratamientos a los sujetos inmersos en una misma cadena
de comercialización.
|
50 |
La responsabilidad tributaria: la impugnación en el caso de los depositarios y terceros retenedoresNava Tolentino, José Jorge 15 October 2020 (has links)
El presente trabajo de investigación analiza los alcances de la impugnación de
los depositarios y terceros retenedores como responsables tributarios, siendo que el
Código Tributario permite un derecho de contradicción, no solo a la atribución de
responsabilidad, sino también a la “deuda tributaria” declarada por el contribuyente o la
que le determina la Administración Tributaria. La norma peruana, recoge en principio el
modelo español, incorporando una nueva definición de los “actos firmes”, que obliga a
la revisión de diversas instituciones jurídicas que podrían vulnerarse, por el ejercicio
del derecho de contradicción respecto de la deuda tributaria misma.
Con la presente investigación, se pretende demostrar a partir de instituciones
jurídicas, como: el acto administrativo y sus alcances, la seguridad jurídica, la firmeza
de los actos administrativos y la reserva tributaria; que el impugnar la deuda tributaria
de los depositarios y los terceros retenedores como sujetos ajenos a la relación
jurídica tributaria, conlleva a “inconsistencias” en nuestro sistema jurídico cuando
atenta contra las instituciones referidas y por ende a nuestro ordenamiento jurídico.
Así, luego de analizar la institución de la responsabilidad tributaria, y la
naturaleza jurídica de los depositarios y terceros retenedores, así como los alcances
de la atribución de su responsabilidad tributaria; el acto administrativo de
determinación de responsabilidad, permite al responsable el ejercicio del derecho de
contradicción o defensa respecto de la exigibilidad y la validez de la deuda tributaria
por la que responde, debiendo ajustares la regulación normativa con relación a la
posibilidad de cuestionar la deuda misma, ya que ello genera, en la mayoría de los
casos, afectación y vulneración de las instituciones jurídicas, a lo que hemos
denominado “inconsistencias”.
|
Page generated in 0.0795 seconds