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Conciencia ecológica : garantía de un medioambiente sanoPacheco Vargas, María Elena Katherina 09 May 2011 (has links)
La finalidad del presente trabajo es exponer y analizar los instrumentos jurídicos concernientes al medio ambiente y los recursos naturales, incluyendo la normativa de diferentes sistemas jurídicos de Latinoamérica y de Europa. La importancia del tema, con el propósito señalado es contribuir al conocimiento y a la puesta en práctica del derecho al medio ambiente, para formar una conciencia personal y colectiva sobre su trascendencia, mas que una disposición sancionatoria se busca la exposición de casos y de la importancia que cada miembro de la sociedad adopte la conciencia ecológica que permita el cumplimiento de dicha normativa y de las declaraciones internacionales.
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Análisis de la equidad en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Perspectivas para el futuroAraya Ahumada, Gabriel Eduardo January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo de este trabajo es analizar las diferentes interpretaciones de la equidad,
en el contexto del régimen jurídico establecido a través de la Convención Marco de
las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
El primer capítulo examina las principales líneas interpretativas del concepto, esto
es como principio equidad internacional o bien como equidad intergeneracional. En
dicha labor se exhiben las complejidades e incongruencias de una concepción de la
equidad como un principio ya sea de derecho internacional público o derecho
internacional ambiental.
El segundo capítulo explora las posibilidades que ofrece una interpretación que
combine la equidad y el principio de las responsabilidades comunes pero
diferenciadas y respectivas capacidades, en un enfoque holístico del artículo 3.1 de
la Convención en el cual ambas se contienen. A este propósito contribuye el análisis
de la equidad en materia internacional realizada por Thomas Franck.
La conclusión de esta investigación es que la equidad en materia de cambio
climático no es un principio del modo que estos generalmente son concebidos en el
derecho internacional ya sea público o ambiental, sino un elemento fundacional del
régimen de cambio climático que es materializado a través del principio de
responsabilidades comunes pero diferenciadas y respectivas capacidades. Como
consecuencia de lo anterior, se sugiere la revisión de los Anexos que concretan el
principio de responsabilidades comunes pero diferenciada
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Asunto "Papeleras" por el río Uruguay : un caso político al interior de la Corte Internacional de Justicia (Examen crítico del uso del derecho por parte de países y organismos)Rodríguez Zamora, Rocío January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales
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Análisis de los impactos del Acuerdo de Escazú en la regulación nacional sobre justicia ambientalVillanueva Caceres, Gabriela Alejandra 24 April 2023 (has links)
El Acuerdo de Escazú constituye un hito ambiental para América Latina y el
Caribe. Su objetivo es asegurar el derecho al acceso a la información,
participación ciudadana y la justicia en asuntos ambientales. Aunque el Perú
suscribió dicho acuerdo, terminó rechazando su ratificación. Uno de los
principales argumentos fue la falta de innovación de este tratado, puesto que su
contenido ya se encontraría regulado en la legislación nacional. Ante la duda del
contenido de las disposiciones de dicho acuerdo, es necesario corroborar los
impactos reales, que puede generar en la legislación nacional. De esa manera,
se puede determinar la necesidad de contar con dicha ratificación.
Uno de los aspectos regulados en el acuerdo es la justicia ambiental. Esta busca
que toda persona que sufre impactos ambientales desproporciónales cuente con
las herramientas necesarias para reparar los daños sufridos. Considerando que
la justicia ambiental es uno de los pilares, este trabajo tiene como objetivo
analizar la legislación nacional con relación a la justicia ambiental, a fin de
determinar cómo dicho acuerdo podría beneficiar o fortalecerlo.
Como resultado, se podrá observar que la regulación actual es una de las más
avanzadas de la región. Incorpora gran cantidad de las disposiciones del
Acuerdo de Escazú. Además, pueden alcanzarse las exigencias del tratado a
través de instrumentos infralegales. En ese sentido, la ratificación del Acuerdo
de Escazú, en materia de justicia ambiental, responde a intereses políticos, más
que a vacíos o falta de protección de la justicia ambiental. / The Escazu Agreements is the first treaty on environmental matters. this treaty
aims to ensure the Access to Information, Public Participation and Justice in
Environmental Matters. Even thought, Peru has agreed to this treaty, it decided
to reject its adoption formally. The reason was the lack of substance, due to the
legal framework has already regulated its content. However, it is important to
analyze its provisions in order to determine the impacts in our legal framework.
Thus, we can conclude the necessity of its adoption.
One of the key elements of the agreement is the environmental justice. This aims
to give the necessary legal instrument to any person who suffers an
environmental impact. Considering the relevance of the environmental justice,
this article intends to analyze and compare the legal framework with the
agreement in order to determine the benefits of it.
As a result, we can observe that our current legal framework is one of the most
advance compared to the region. Also, it has already incorporated some of the
rules from the treaty. Besides, we can achieve the agreement purpose through
infralegal regulations. For that reason, the adoption of the Escazu Agreement,
responds to politics decisions, more than the environmental justice lack of legal
protection. / Trabajo académico
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Caso Comunidades Indígenas Miembros de la Asociación Lhaka Honhat “Nuestra Tierra” vs. Argentina de 06 de febrero de 2020Bautista Atanacio, Shirley Mercedes 08 August 2022 (has links)
Este informe jurídico tiene como finalidad analizar la sentencia del Caso Comunidades
Indígenas miembros de la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra) vs. Argentina,
emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 6 de febrero de 2020,
destacando los argumentos principales que consolidan el enfoque de la justiciabilidad
directa de los derechos económico, sociales, culturales y ambientales, los denominados
derechos “DESCA”. En ese sentido, se describirá el razonamiento interpretativo que
realizó la Corte IDH sobre el artículo 26 de la Convención Americana de Derechos
Humanos (CADH) basándose en los criterios de interpretación sistemática, dinámica y
evolutiva. De esta manera, se reconoce el carácter autónomo de cada derecho DESCA,
como el derecho a un medio ambiente sano, lo cual, nos genera gran expectativa en el
alcance de protección a la naturaleza y sus componentes en sí mismos, incluso sin que
exista evidencia o certeza de afectación al ser humano. Para realizar este informe, hemos
utilizado el método dogmático, debido al objeto de estudio, que se circunscribe en
normas o conceptos jurídicos, tratados internacionales, instituciones jurídicas que derivan
del cuerpo jurisprudencial del Sistema Interamericano (SIDH). Sumado a ello, nos hemos
apoyado de herramientas metodológicas de carácter documental para la búsqueda y
sistematización de información. / The purpose of this legal report is to analyze the judgment of the Caso Comunidades
Indígenas miembros de la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra) vs. Argentina,
issued by the Inter-American Court of Human Rights on February 6, 2020, highlighting
the main arguments that consolidate the approach of direct justiciability of economic,
social, cultural and environmental rights (ESCER). In this sense, we will describe the
interpretative reasoning of the Inter-American Court on Article 26 of the American
Convention on Human Rights (ACHR) based on criteria of systematic, dynamic and
evolutionary interpretation. In this way, the autonomous character of each of these rights
is recognized, and on the basis of this autonomy and the content of the protection, the
right to a healthy environment generates a great expectation in the scope of the protection
of nature and its components in themselves, even without evidence or certainty of human
involvement. In preparing this report we have used the dogmatic method, due to the
object of study, which is circumscribed in legal norms or concepts, international treaties,
legal institutions derived from the jurisprudence of the Inter-American System of Human
Rights. In addition to this, we have relied on methodological tools of a documentary
nature for the search and systematization of information.
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¿Impuesto al carbono en Perú?: Análisis crítico del impuesto a la emisión del carbono en modelos tributarios extranjeros y su aplicación en el PerúBendezú Pajuelo, Carla Naomi 09 October 2020 (has links)
La presencia de factores contaminantes como la quema de combustibles fósiles para la generación de energía, ha ocasionado una emisión extraordinaria de carbono. Y se ha comprobado que una alternativa eficiente para disminuir la expulsión de estas emisiones consiste en aplicar la herramienta tributaria. Dado que su uso podrá ayudar a combatir las externalidades originadas por las empresas, al generar una tasa adicional por la que deben declarar y posteriormente pagar. El objetivo del presente trabajo consiste en identificar cuál de las modelos tributarias del impuesto al carbono que han implementadas en distintos países podría ser aplicable al modelo tributario peruano. Para lo cual, se ha analizado la política fiscal del impuesto al carbono en los países líderes en la aplicación de impuesto ambientales como los países nórdicos y en los pares latinoamericanos como Argentina, Chile, Colombia y México.
Para el desarrollo de este trabajo se utilizó el método inductivo y comparativo, iniciando con la caracterización de los impuestos ambientales, revisión del marco normativo y constitucional del tributo y luego se procedió con el derecho comparado de las modalidades de impuestos al carbono y los impuestos verdes. Para concluir que el modelo colombiano es el más adaptable al modelo tributario peruano por ser tener un marco socioeconómico, un marco regulatorio y sistema tributario estructuralmente, similar
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Responsabilidad por daño ambiental en la Antártica : análisis comparativo de la situación de Chile y Reino UnidoFlores Barros, Carolina January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente tesis realiza un diagnóstico sobre las normas aplicables ante la ocurrencia de daño ambiental en la Antártica, por actividades vinculadas a Chile y Reino Unido, caracterizando la forma en que se regula los eventuales casos que pudieren dar lugar a responsabilidad por daño ambiental en el sexto continente.
Para realizar lo anterior, se determinan y caracterizan los elementos necesarios en un sistema de responsabilidad por daño ambiental, para luego revisar las principales normas aplicables a nivel del Sistema del Tratado Antártico, Tratados Internacionales externos al mencionado sistema y legislaciones domésticas de Chile y Reino Unido, de manera de identificar si se adecúan a las exigencias de un sistema de responsabilidad. Se toman en consideración las características especiales del medioambiente antártico.
Se concluye que en los tres niveles existen normas referidas a la responsabilidad por daño ambiental que pueden ser aplicables al continente antártico. En el Sistema del Tratado Antártico, la única norma que trata el tema y actualmente se encuentra vigente es el artículo 16 del Protocolo sobre Protección al Medioambiente (el cual es meramente programático, ya que establece solamente un deber de regular la responsabilidad, requiriendo de anexos para su implementación). Por su parte, a nivel de las normas existentes en el derecho internacional que no forman parte del Sistema del Tratado Antártico existe una gran cantidad de normativa sectorial que sería aplicable pero con varias dificultades prácticas. Finalmente, al considerar la normativa doméstica de Chile y Reino Unido se observa que la legislación del primero encuentra menos obstáculos para ser aplicada al territorio reclamado por ambos países, pero ninguna de las normas analizadas en ambos casos es óptima para aseverar la existencia de un sistema que regule en forma íntegra y satisfactoria la responsabilidad por daño ambiental en la Antártica.
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El Ombudsman ambiental en Chile como posible respuesta al estándar de acceso a la justicia ambiental del Acuerdo de EscazúGarcía-Huidobro Fernández, Patricia January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene como objetivo realizar un análisis de carácter descriptivo en relación a la legitimación activa en materia de justicia ambiental, especialmente vinculado a las nuevas exigencias del Acuerdo de Escazú y a la figura del ombudsman o Defensor del Pueblo Ambiental como posible respuesta en Chile.
Para llevar a cabo lo anterior, se comenzará por la descripción del Acuerdo de Escazú y de aquellos planteamientos en relación al acceso a la justicia ambiental que constituyen un nuevo estándar de exigencia a nivel regional. A continuación, se realizará un estudio de la normativa y doctrina nacional más importante en materia de acceso a la justicia ambiental y las diversas acciones que consagra el ordenamiento jurídico chileno, para lo cual se realizará una descripción de dichas acciones con sus características más relevantes mencionando brevemente sus elementos y finalidades.
En tercer lugar, se llevará a cabo una lectura detallada de la institución del ombudsman, revisando aquellos estándares propuestos por las organizaciones internacionales para la institución y de manera más concreta para el estudio de sus funciones y características principales en la implementación a través de la revisión de la normativa legal de algunos países como Argentina, Costa Rica, Perú o Venezuela para este órgano.
Así, luego del estudio del Acuerdo de Escazú, de nuestro ordenamiento jurídico en materia de legitimación en el acceso a la justicia ambiental y el análisis de la institución del ombudsman, se pudo concluir en relación al aporte que tendría la figura del ombudsman ambiental de acuerdo al proyecto de ley actualmente en tramitación en nuestro país.
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Rethinking «Fuerza Mayor» in a World of Anthropogenic Climate Change / Reflexiones Sobre el Concepto de «Fuerza Mayor» en un Mundo de Cambio Climático AntropogénicoDellinger, Myanna F. 10 April 2018 (has links)
This article addresses the question of whether extreme weather events should form the basis for individuals or even the States, may be exempted from complying with its legal obligations.The old, but still very viable institution of force majeure can empower both companies and nations to absolve themselves of their responsibilities and duties. However, in a world where human-induced climate change is proven, could we say that such disasters are truly«natural»? Does it make sense, from a legal and factual matter, that they continue to allow the parties to be exempt from liability when modern science has shown that in all probability people, not some enigmatic power, have caused most universally of the problems that hold us harmless looking?Force majeure is based on the idea that the «man» somehow is separate from «nature». This article challenges this idea and argues that, in many cases, no longer makes sense to apply the institution of force majeure. At least, judges should be very careful in doing so for reasons of public policy and allocation of risks. In addition, the contracting parties must have enough caution to claim that they may be able to exempt themselves from future liability clauses appealing «force majeure». / Este artículo aborda la pregunta sobre si los eventos de clima extremo deben servir de base para que los particulares o, incluso los Estados, puedan eximirse de cumplir con sus obligaciones legales.La antigua, pero aún muy viable, institución de la fuerza mayor, puede facultar tanto a las empresas como a los Estados-Nación a eximirse de sus responsabilidades y deberes. Sin embargo, en un mundo donde el cambio climático antropogénico está probado,¿podríamos decir que tales desastres son verdaderamente «naturales»? ¿Acaso tiene sentido, desde un punto de vista legal y fáctico, que se les siga permitiendo a las partes eximirse de responsabilidad legal cuando la ciencia moderna ha demostrado con toda probabilidad que, las personas -no algún misterioso poder universal- han ocasionado la mayoría de los problemas por los que buscamos eximirnos de responsabilidad?La fuerza mayor se basa en la idea de que el «hombre», de alguna manera, se encuentra separado de la «naturaleza». Este artículo cuestiona esta idea y argumenta que, en muchos casos, ya no tiene sentido aplicar la institución de la fuerza mayor. Al menos, los jueces deben ser muy cuidadosos al hacerlo por razones de política pública y asignación de riesgos, así como las partes contratantes deben tener la suficiente precaución al pensar o pretender que pueden ser capaces de eximirse de responsabilidad futura invocando cláusulas de «fuerza mayor».
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