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Determinantes del nivel de morosidad de las Unica, departamento de IcaAlbornoz Hung, Paola del Carmen, Huaman Diaz, Lucia Teofilinda 06 1900 (has links)
El desarrollo económico y social que ha experimentado el país durante los últimos veinte años, como consecuencia del programa de ajuste económico y redefinición del modelo de desarrollo que se implementó a inicios de la década de 1990, ha generado asimetrías y desequilibrios que no han sido cubiertos con la intervención del Estado ni la iniciativa empresarial privada, por lo que aún subsisten sectores (especialmente en zonas rurales) excluidos del sistema económico. En este contexto, la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) desarrolló una iniciativa en favor de los sectores excluidos de la población, trayendo al país una metodología de inclusión desarrollada en Honduras, la cual tiene como eje de intervención el componente microfinanciero. El componente microfinanciero del modelo se construye sobre microunidades de ahorro y crédito denominadas uniones de crédito y ahorro (UNICA), que implica la asociación de familias de manera autogestionada. Cofide proporciona el soporte necesario para la formación de estas y los beneficiarios aportan el fondo que se utiliza para la intermediación financiera. Esto es lo que define el éxito del modelo y su sostenibilidad en el tiempo, al constituirse el fondo de crédito con recursos propios, donde los beneficiarios se “apropian” del modelo. Si bien las Única son un efectivo vehículo de inclusión financiera, económica y social, que ha generado resultados muy valiosos para sus beneficiarios, tanto en el aspecto social como financiero, en la medida en que han logrado empoderarse y generar un capital social —en términos financieros— muy importante. Existen algunas Unica ubicadas en el departamento de Ica, donde se ha efectuado el presente trabajo de investigación, cuyos indicadores financieros no son muy favorables. Son cinco las Unica que han mantenido un nivel de morosidad constante durante el periodo diciembre 2016-setiembre 2017 al cual se denomina con morosidad alta y 13 Unica con morosidad media. En ese sentido, el análisis se enfoca en identificar las variables que influyen directamente en el nivel de morosidad de los grupos de ahorro y crédito, para que dicha información permita prevenir los casos de morosidad de las Unica, sobre todo de aquellas que se encuentran en una “morosidad media” por estar cerca de convertirse en una Unica con “morosidad alta” y ser de mayor número. Finalmente, se brindan recomendaciones de gestión del modelo con el fin de disminuir el riesgo de morosidad en las Unica, y replicarlo en forma masiva en otras zonas del departamento de Ica.
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Consecuencias aplicables al incumplimiento del régimen de relación directa y regular entre progenitores e hijosGodoy Flores, Paula January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo pretende identificar distintas problemáticas que se derivan del hecho de
que los hijos no vivan con ambos padres, particularmente, en relación al derecho de
mantener una relación directa y regular con el padre/madre que no vive con ellos.
Específicamente, se abordará el tema del incumplimiento de la relación directa y
regular, que se puede dar de diversas formas y por varios motivos, y se analizará
cómo el ordenamiento chileno da respuesta a ese incumplimiento, mediante la
adopción de medidas que sirvan para la protección efectiva de este derecho de los
niños, niñas y adolescentes.
Para esto, se revisará tanto a nivel nacional como en el derecho comparado, los
aspectos generales del derecho de relación directa y regular, entendido como un
derecho fundamental de los niños, la consideración de los principios que rigen el
derecho de familia en relación al régimen comunicacional y las medidas que
contempla el ordenamiento para promover y asegurar su cumplimiento así como
también las consecuencias derivadas del incumplimiento, para luego determinar qué
aspectos son los que generan más conflicto y no reciben tratamiento en la legislación
e institucionalidad del derecho de familia, y así identificar posibles soluciones al
respecto.
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Informe sobre expediente de Relevancia Jurídica caso arbitral N° 2879-2014-CCL, arbitraje iniciado por Latintecna S.A. contra Repsol Exploración Perú S.A. – sucursal del PerúIñiguez Ortiz, Eduardo Gonzalo 18 October 2021 (has links)
El propósito de este Informe es estudiar una serie de instituciones jurídicas en las áreas del Arbitraje y Derecho de la Construcción, a través del análisis de las posiciones de las partes y de la decisión del Tribunal Arbitral, en el expediente del Caso Arbitral N° 2879-2014-CCL. El objetivo es estudiar las instituciones (i) arbitrales de partes signatarias, partes signatarias por referencia, partes no signatarias y arbitraje multicontrato; y, (ii) del derecho de la construcción, de riesgo de ingeniería básica, cronograma contractual, time bar clauses y derecho a extensión de plazo. La metodología utilizada para estudiar estas instituciones es bibliográfica, en base al análisis de doctrina especializada, jurisprudencia y decisiones arbitrales, con una aproximación dogmática y funcional para la interpretación de los contratos celebrados por las partes y las normas aplicables, con especial atención a los usos y costumbres arbitrales y de la práctica constructiva. La conclusión principal del Informe es que el Tribunal Arbitral del Caso Arbitral N° 2879-2014-CCL hizo un uso adecuado de las instituciones arbitrales y del derecho de la construcción necesarias para resolver la disputa entre las partes, por lo que los laudos emitidos (Laudo Parcial y Laudo Final) en el caso fueron correctos. Para efectos de este Informe, estas decisiones y su sustento nos permiten estudiar las instituciones jurídicas desarrolladas para la mejor resolución de casos posteriores.
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La inscripción de la resolución por intimación en el Registro de Predios: ¿es viable en el ordenamiento jurídico peruano?Peralta Palacios, Ximena Olenka 19 April 2023 (has links)
Con la llegada del Código Civil de 1984, vigente en la actualidad, se regula en
su artículo 1429, la posibilidad de poder resolver una relación jurídica
contractual de forma extrajudicial. Ello implica que, una relación puede quedar
resulta sin que la parte perjudicada por el incumplimiento, tenga que
enfrascarse en un proceso judicial que duraría varios años.
Ahora bien, el presente estudio ha tenido por objetivo determinar si esta forma
de resolución extrajudicial puede ser materia de inscripción en el Registro de
Predios, a la luz de lo actualmente regulado por nuestro ordenamiento jurídico
peruano. En tanto, a nivel doctrinario, existen posturas que sostienen que sí es
posible dicha posibilidad y otros que la niegan.
Al respecto, se concluye que la resolución por intimación no es un acto pasible
a ser inscrito en el Registro de Predios, debido a que no lograr cumplir con lo
dispuesto por el principio de titulación pública o auténtica. En tanto, el título que
dará mérito a su inscripción en dicho Registro sería la carta notarial que la
parte perjudicada envía a su contraparte (la parte deudora) de la relación
contractual, el cual deviene en documento privado, y, no se cuenta con norma
jurídica expresa que permita su inscripción de forma excepcional.
Finalmente, se propone que, mediante una modificación del Reglamento de
Inscripciones del Registro de Predios, se incorpore un artículo que permite su
inscripción. / With the advent of 1984 Civil Code, currently in use, Article 1429 regulates the
possibility of being able to resolve a contractual legal relationship out of court.
This means that a relationship can be settled without the party injured by the
breach having to engage in a judicial process that would last several years.
Therefore, the purpose of this study is to determine whether this form of
extrajudicial resolution can be subject to registration in the Land Registry, in
light of what is currently regulated by our Peruvian legal system. At the doctrinal
level, there are positions that maintain that such possibility is possible and
others that deny it.
In this regard, it is concluded that the resolution by intimation is not an act that
can be registered in the Land Registry, since it does not comply with the
principle of public or authentic title. Meanwhile, the title that will give merit to its
registration in said Registry would be the notarized letter that the injured party
sends to its counterpart (the debtor party) of the contractual relationship, which
becomes a private document, and there is no express legal rule that allows its
registration on an exceptional basis.
Finally, it is proposed that, by means of an amendment to the Land Registry
Registration Regulations, an article should be incorporated to allow its
registration. / Trabajo académico
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La deducción de penalidades contractuales : la aplicación del criterio de normalidad ante los gastos derivados del incumplimientoMendoza Palomino, Luis Américo 26 January 2021 (has links)
El presente estudio determina si el pago de penalidades (sanciones derivas del incumplimiento de
obligaciones contractuales) resulta deducible a efectos de calcular la renta neta empresarial, según
las disposiciones de la Ley del Impuesto a la Renta. Debe señalarse que no existe disposición expresa
que regule tal supuesto, ni consenso en los dictámenes emitidos por entidades administrativas y
judiciales sobre el particular. Ante ello, se desarrolla el contenido del principio de causalidad y sus
criterios vinculantes (razonabilidad y normalidad); y de instituciones jurídicas del Derecho Civil,
como las obligaciones contractuales, el incumplimiento y las penalidades. Para tales efectos, se
aplican los métodos de interpretación de normas jurídicas, en concordancia con algunas fuentes del
Derecho, como la doctrina jurídica y la jurisprudencia. Según lo expuesto, y considerando las
posturas sobre la deducción de la penalidad, la tesis concluye que dicha deducción no está prohibida
por Ley; y es conforme con el principio de causalidad, pues su pago mejora la imagen del deudor
tributario frente a proveedores y, principalmente, clientes, lo que genera rentas potenciales. Sobre
el criterio de normalidad, se colige que la penalidad es “normal” para el desarrollo de actividades
empresariales siempre que el incumplimiento que lo origine sea habitual, de acuerdo a las normas
jurídicas del Código Civil y la Constitución. Al respecto, es habitual que las obligaciones contractuales
se ejecuten en tanto el deudor actúa de manera proba; por lo tanto, el único supuesto de
incumplimiento que puede esperarse es aquel proveniente del caso fortuito o fuerza mayor: el pago
de la penalidad será “normal” solo si deriva del incumplimiento no imputable al deudor. Respecto
al criterio de razonabilidad, el importe del gasto debe mantener vinculación con indicadores
cuantitativos, tales como el valor patrimonial de los contratos, o el nivel de ingresos del deudor.
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La inscripción, en el registro de predios, de la cláusula resolutoria expresa contenida en los contratos de compraventa de inmueblesVera Vargas, Ulises Bryan Hernán 19 April 2023 (has links)
Lo que se analiza y estudia en el presente informe, principalmente, son los
casos en los que el registrador inscribe una resolución de contrato por cláusula
resolutoria expresa en los contratos de compraventa de inmuebles. Esto debido
a que los efectos de la inscripción de esta resolución son bastante importantes,
implican restitución patrimonial, y si el título ingresado a Sunarp cumple con los
requisitos que establece el art. 102 del Reglamento de Predios, este en teoría
debería inscribirse.
Lo que cuestionamos, al respecto, es la facilidad teórica con la que se puede
inscribir este tipo de cláusulas. Ya que puede existir el riesgo de resoluciones
fraudulentas, es decir resoluciones que no merecen su inscripción. En nuestro
país, ya han habido casos de mafias inmobiliarias, que juegan a cumplir las
reglas de los registros con la finalidad de inscribir títulos fraudulentos, generar
terceros registrales, etc. Ejemplo de ello fue la mafia Orellana -caso no que no
trataremos-.
Las consecuencias, de una resolución fraudulenta es la inscripción de una
resolución con efecto restitutorio de patrimonio. Y todo esto puede suceder sin
que la otra parte se entere.
Lo se propone como conclusión es que cuando se presenten títulos de
resolución unilateral por cláusula resolutoria, se oficie a la otra parte de lo que
está sucediendo en los registros públicos con la partida, similar a como se
realiza en el sistema de alerta registral, de manera que la persona pueda
plantear una oposición, similar a lo que regula la Ley N° 30313 en los casos de
suplantación de identidad, y que de ser el caso se suspenda el plazo de
vigencia del asiento de presentación, hasta que la entidad competente decida
quién tiene la razón. / What is analyzed and studied in this report, mainly, are the cases in which the
public official registers a termination of contract due to an express resolutory
clause in real estate purchase and sale contracts. This is due to the fact that the
effects of the registration of this resolution are quite important, they imply
patrimonial restitution, and if the title deed filed with “Institution of registration of
public titles or Sunarp” complies with the requirements established in art. 102 of
the Real Estate Regulation, it should theoretically be registered.
What we question, in this regard, is the theoretical ease with which this type of
clauses can be registered. Since there may be a risk of fraudulent resolutions,
that is to say, resolutions that do not deserve to be registered. In our country,
there have already been cases of real estate mafias, who play to comply with
the rules of the registries with the purpose of registering fraudulent titles,
generating third parties, etc. An example of this was the Orellana mafia -a case
we will not deal with-.
The consequences of a fraudulent resolution is the registration of a resolution
with restitutory effect of patrimony. And all this can happen without the other
party being aware of it.
As a conclusion, it is proposed that when unilateral termination titles are filed
due to a resolutory clause, the other party should be notified of what is
happening in the public registries with the entry, similar to what is done in the
registry alert system, so that the person may file an opposition, similar to what is
regulated by Law No. 30313 in cases of identity theft, and that if it is the case,
the term of validity of the filing entry be suspended, until the competent entity
decides who is in the right. / Trabajo académico
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Deducción de gastos por penalidades contractualesPortugal Lázaro, Flavio Renato 19 April 2023 (has links)
La presente investigación desarrolla la deducción de gastos por penalidades
contractuales, debido a la existencia de diversos criterios desarrollados sobre el
tema por la doctrina nacional, la Administración Tributaria, el Tribunal Fiscal y el
Poder Judicial. Si bien existe una clara línea de análisis sobre este tipo de gastos
actualmente en el Tribunal Fiscal, lo mismo no se presente en sede judicial, lo
cual denota inseguridad para los contribuyentes al momento de determinar la
deducibilidad de este tipo de gastos.
De esta manera, en la investigación se analizan los fundamentos del análisis
realizado por los diversos actores del derecho en relación con la deducción de
gastos por penalidades, para identificar puntos de intersección o disidencia,
interpretaciones jurídicas utilizadas y, principalmente, determinar si las mismas
se ajustan a un ordenamiento jurídico único y coherente.
Para ello, el artículo ha desarrollado, en primer lugar, las características de las
penalidades contractuales en el marco del derecho de los contratos y
obligaciones, así como los principales principios y funciones que inspiran dicho
sistema; en segundo lugar, el contenido del principio de causalidad y el criterio
de normalidad y su aplicación en la deducción de los gastos por penalidades
contractuales; y, en tercer lugar, la construcción de una interpretación alternativa
del criterio de normalidad a la brindada por los actores jurídicos actuales.
Entre las principales conclusiones se determinó que la interpretación actual del
Tribunal Fiscal conlleva a un escenario de contradicción o antinomia jurídica y
que en virtud de la coherencia normativa del ordenamiento jurídico es posible
arribar a una interpretación distinta. / This research develops the deduction of expenses for contractual penalties, due
to the existence of different criteria developed on the subject by the national
doctrine, the Tax Administration, the Tax Court and the Judiciary. Although there
is a clear line of analysis on this type of expenses currently in the Tax Court, the
same is not present in the Judiciary, which denotes insecurity for taxpayers when
determining the deductibility of this type of expenses.
In this way, the research analyzes the basis of the analysis made by the various
actors of the law in relation to the deduction of expenses for penalties, in order to
identify points of intersection or dissent, legal interpretations used and, mainly, to
determine whether they are in line with a single and coherent legal system.
To this end, the article has developed, firstly, the characteristics of contractual
penalties within the framework of the law of contracts and obligations, as well as
the main principles and functions that inspire such system; secondly, the content
of the causation principle and the normality criterion and their application in the
deduction of contractual penalty expenses; and, thirdly, the construction of an
alternative interpretation of the normality criterion to the one provided by the
current legal actors.
Among the main conclusions, it was determined that the current interpretation of
the Tax Court leads to a scenario of contradiction or legal antinomy and that by
virtue of the normative coherence of the legal system it is possible to arrive at a
different interpretation. / Trabajo académico
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Criterios para establecer el quantum indemnizatorio del lucro cesante y el daño moral en los procesos laborales de responsabilidad civil contractual como consecuencia de un despido fraudulento o incausadoMejia Oblitas, Miguel Alonso January 2022 (has links)
El presente artículo relaciona la indemnización por daños derivados del incumplimiento contractual con el despido fraudulento o incausado realizado por el empleador en el marco de una relación laboral sujeta al régimen privado. Dentro de este tema se ha podido hallar el siguiente problema: ¿Cuáles deberán ser los criterios para establecer el quantum indemnizatorio del lucro cesante y el daño moral en los procesos laborales de indemnización por daños y perjuicios por despido fraudulento o incausado? La hipótesis planteada es que los criterios para establecer el quantum indemnizatorio del lucro cesante y el daño moral en los procesos laborales de indemnización por daños y perjuicios por despido inconstitucional respecto al lucro cesante son el lapso procesal no imputable a las partes, la remuneración bruta; y, respecto al daño moral son la carga familiar del trabajador, gastos de tratamiento psicológico, antigüedad
del trabajador y el escarnio público.
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La reparación en forma específica en la responsabilidad por incumplimiento de obligacionesMaya Lomparte, Carlo Alessandro 06 October 2021 (has links)
La presente investigación tiene como propósito abordar, en el marco del incumplimiento de
obligaciones, la problemática sobre la distinción entre el ámbito del cumplimiento in natura y
el ámbito de la reparación en forma específica. Por ello, el presente estudio tiene como
objetivo responder las siguientes interrogantes: ¿es posible aplicar la reparación del daño en
forma específica en la responsabilidad por incumplimiento de obligaciones?; ¿cómo
distinguir entre la problemática relativa al cumplimiento y la problemática relativa a la
responsabilidad por incumplimiento?; ¿cómo diferenciar entre la prestación relativa al
cumplimiento obligacional y la prestación correspondiente a la reparación del daño en forma
específica? La tesis plantea que la reparación en forma específica sí es aplicable en la
responsabilidad por incumplimiento de obligaciones. Asimismo, la tesis sostiene que el
denominado cumplimiento in natura afronta el incumplimiento, mientras que la denominada
responsabilidad por incumplimiento de obligaciones afronta el daño derivado del
incumplimiento. Finalmente, la tesis plantea que, siempre en el marco del incumplimiento de
obligaciones, para poder diferenciar un supuesto de reparación in natura de un supuesto de
cumplimiento in natura, es necesario recurrir a diferentes criterios.
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Valoración del monto en resarcimiento en responsabilidad civil contractual y los problemas jurisprudenciales en la cuantificaciónGarcía Rojas, Weyden 29 August 2016 (has links)
La presente investigación se centra en analizar la siguiente interrogante: Ante
los supuestos de incumplimiento de obligaciones contractuales, ¿existen reglas
y criterios en el ámbito judicial para resarcir adecuadamente al afectado?
Es frecuente que en los casos de incumplimientos contractuales, donde se
solicita la ejecución forzada del contrato o la resolución del mismo, se plantee
un pedido de resarcimiento de daños y perjuicios. Dicho mecanismo de tutela
es utilizado por los acreedores a fin de paliar los daños que se hubiesen
ocasionado.
Ahora bien, son recurrentes los supuestos en los cuales el monto requerido es
cuantitativamente distinto al que se otorga vía resolución judicial, o
simplemente a pesar que pueda tenerse la razón, se declara infundada la
demanda por la falta de acreditación de los daños.
A nuestro entender, en principio el método para resolver el incumplimiento
contractual tendría que ser mucho más simple, tendría que bastar con
determinar en primer lugar si existe un incumplimiento de obligaciones, luego si
realmente existieron daños, para finalmente establecer de manera razonable
cómo debe resarcirse el referido incumplimiento.
Ocurrido esto, una de las partes recurre a la instancia judicial, generándose un
conflicto de interés, ya que por un lado la parte que ha incumplido el contrato
se encuentra en una situación incierta respecto a si va a responder o no por el
incumplimiento y, de ser el caso, hasta cuánto va a responder1; en cambio por
otro lado existe la necesidad de la parte afectada que el proceso judicial sea lo
más eficiente posible, en el cual se le coloque a éste en semejante posición a
la que hubiese tenido si la otra parte hubiese cumplido.
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