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Una reconstrucción del bien jurídico patrimonio público en los delitos tributarios : el caso del artículo 97 no. 4 inciso 3 del Código Tributario y la nueva cláusula general antielusiónGambardella d'Etigny, Maite January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La tesis propone una reconstrucción alternativa del bien jurídico patrimonio público protegido en los delitos tributarios, con el objeto de construir un criterio de interpretación y sistematización de los mismos, y ofrecer una justificación sustantiva a la categoría “delitos tributarios”. Para lo anterior se revisará en primer lugar, el estado de la cuestión y la inviabilidad del bien jurídico identificado tradicionalmente como Hacienda Pública, reflejo del paradigma clásico del derecho tributario; en segundo lugar, se realizará una reconstrucción alternativa del bien jurídico desde una comprensión del derecho tributario como práctica de reconocimiento recíproco y desde la diferencia conceptual entre la justificación de una obligación tributaria y la justificación de una sanción penal; en tercer lugar se analizarán los casos del artículo 97 n°4 inciso 3 del Código Tributario y la Nueva Cláusula General Antielusión buscando poner a prueba el rendimiento descriptivo del objeto y fundamento de protección propuestos en la tesis
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Análisis de jurisprudencia del requerimiento por inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso segundo del artículo 768 del código de procedimiento civil en materia tributariaAguayo Gajardo, Octavio Aníbal, González Baeza, Joaquín Ignacio January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / La presente memoria efectúa un análisis de la jurisprudencia producida por el Excmo. Tribunal Constitucional al conocer -de conformidad a lo dispuesto en el artículo 93 N° 6 de la Constitución Política de la República- las acciones de inaplicabilidad deducidas en contra de la norma establecida en el inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil que limita la interposición del recurso de casación en la forma en contra de las sentencias de segunda instancia dictadas en el procedimiento de reclamación tributaria (contenido en el Título II del Libro Tercero del Código Tributario) por corresponder a un procedimiento de los regidos por leyes especiales en los términos del artículo 766 del Código de Procedimiento Civil
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El principio de legalidad tributaria en la nueva etapa de conciliación del procedimiento de reclamación tributaria y aduaneraPérez Marchant, Javier Ignacio January 2018 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho tributario) / Actividad Formativa Equivalente a Tesis (AFET) / Durante el año 2015, ingresó a tramitación un proyecto de ley mediante el cual se buscó perfeccionar la justicia tributaria y aduanera. Lo anterior, se tradujo en la Ley N°21.039, publicada en el Diario Oficial con fecha 20 de octubre del año 2017.
Entre sus principales novedades, se encuentra la inclusión de una etapa de conciliación al procedimiento general de reclamación tributario y aduanero.
En los términos del texto definitivo y aprobado de la Ley N°21.039, será materia de esta conciliación, entre otras, la “existencia de los elementos que determinan la ocurrencia del hecho gravado establecido en la ley”. Sobre este punto y en relación también con las demás materias consideradas para la conciliación, el proyecto de ley intentó asegurar que dicha circunstancia no afectaría la naturaleza legal de las obligaciones tributarias desde el punto de vista del principio de legalidad tributaria, según el cual las normas y obligaciones tributarias sólo pueden ser creadas, modificadas y/o suprimidas mediante una norma de rango legal.
Sin embargo, en nuestra opinión el proyecto -y actual Ley N°21.039- carece de las debidas garantías para que este trámite de conciliación no afecte el
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mencionado principio de legalidad tributaria, puesto que, entre otros, permitiría que las partes -dentro de las cuales se encuentra el órgano fiscalizador en materia tributaria del Estado y en representación del intereses pecuniario del Fisco- puedan determinar la ocurrencia de un hecho gravado y/o de sus elementos así como la aplicación de sus efectos, situación que es privativa, exclusiva y excluyente de la Ley.
El presente trabajo muestra un enfoque crítico de esta nueva etapa de conciliación, desde el punto de vista del principio de legalidad en materia tributaria, base esencial de nuestro ordenamiento impositivo.
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El trámite de conciliación en el procedimiento general de reclamo tributarioAraya Araya, María José January 2019 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo trata acerca de la incorporación del trámite de conciliación al Procedimiento General de Reclamo Tributario; dicha incorporación fue efectuada mediante la Ley 21.039 que Perfecciona la Justicia Tributaria y Aduanera, publicada el 20 de Octubre del año 2017 en el Diario Oficial. Se analizará entonces, la pertinencia y necesidad de dicha incorporación, las posibles implicancias y las características de la iniciativa.
A fin de cumplir con dicho cometido, en primer lugar se expone una breve reseña de la Justicia Tributaria en Chile, y cómo el Procedimiento General de Reclamo Tributario se enmarca en dicho contexto, se describen sus aspectos procesales, primero de una forma meramente descriptiva, y luego de forma más crítica a fin de dar cuenta de las falencias que eventualmente podría corregir la incorporación del trámite de conciliación a este Procedimiento de Reclamo Tributario y de manera ulterior a la Administración de Justicia en materia tributaria.
Luego se ofrece un análisis de la tramitación del proyecto de ley que en definitiva, dentro de otros cometidos, incorporó el trámite de conciliación a los procedimientos de reclamos efectuadas ante el Tribunal Tributario y Aduanero, indicando sus objetivos, las necesidades que lo motivaron, así como su desarrollo en los últimos años, hasta su conclusión.
Adicionalmente a esto, es igualmente necesario que el lector tenga en cuenta la función que cumple la Conciliación, en tanto Método Alternativo de Solución de Controversias, esto, a fin de formar un juicio acerca de la conveniencia de la incorporación de esta institución en un sistema jurídico y particularmente en materia tributaria.
Posteriormente se analiza el trámite de conciliación en el Procedimiento General de Reclamo Tributario. Se ahonda acerca de su necesidad y además se describe este trámite en la manera en que fue incorporado. Enseguida se analiza si este trámite de conciliación sería o no una novedad en el marco de la justicia tributaria o si tiene precedentes ya sea en el procedimiento general de reclamo o en algún otro en materia tributaria.
Por último, se exponen las consideraciones finales y conclusiones arrojadas por el análisis realizado en los capítulos precedentes a fin de intentar entregar una respuesta a las interrogantes planteadas al inicio de este trabajo. / 02/04/2020
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Aplicación de la Norma XVI: a propósito del Decreto Legislativo Nº 1422Bando Almeida, Daniel Steven 27 May 2020 (has links)
El objetivo del siguiente trabajo de investigación es esclarecer la estructura y
condicionamientos que trae consigo la Norma XVI, ubicada en el Título Preliminar
del Código Tributario, para que de esta manera se determine si es posible su plena
aplicación en la actualidad. A pesar de que en este año (2018) se ha publicado el
Decreto Legislativo N° 1422, teniendo consignado como fin el brindar mayores
garantías a los contribuyentes en la aplicación de tal norma y otorgar a la
Administración Tributaria (SUNAT) las herramientas para su efectiva
implementación, para lo cual modificó el Código Tributario, tenemos que siguen
quedando espacios que requieren ser dilucidados. En ese contexto, consideramos
necesario un estudio de las normas pertinentes, desde los respectivos precedentes
hasta llegar a la revisión del decreto referido, para determinar el contenido, vigencia y
aplicación de la Norma XVI; sin perjuicio de ello, para obtener mayores luces al
respecto, recurrimos especialmente a pronunciamientos de tribunales y doctrina
correspondientes. Conforme a ello, verificamos que se otorgan facultades a la
SUNAT en función a dos bloques normativos: 1) hacer uso de una calificación
económica o 2) de una Norma Antielusiva General, a aplicarse sobre determinados
actos que el contribuyente simule o realice respectivamente, siendo que el segundo
trae consigo ciertas complicaciones para su aplicación. De esta forma, concluimos que
actualmente sólo es aplicable la calificación económica, puesto que si bien el Decreto
Legislativo N° 1422 facilitaría la aplicación la norma antielusiva en referencia,
desligándose incluso del condicionamiento de la publicación de un futuro Decreto
Supremo (impuesto por ley) que se tenía para ello, aún existe la necesidad de esta
última norma y de alguna otra de la Administración Tributaria que establezcan los
alcances necesarios para su efectiva implementación
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Contribuições no sistema constitucional tributário: resgatando os laços do direito tributário com o direito financeiroScheffel, Roselí Silma 14 December 2006 (has links)
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Previous issue date: 2006-12-14 / The present achievement had as purpose to inquire the jurisprudential and doctrinarian
comprehension established in a way that the destination of the gathered product in the
quality of assessment doesn t matter to the tributary law, only to the financial law, by
the way of the affection to a specific destination not being part of the obligative
structure either to a master-rule of tributary incidence. This has contributed to the
reiterated inobservance by the Union, of the gathered product destination that had tried
the institution of assessment, confronting in this way, either the constitutional pretext
of tributary normatization or once it has been considered later, quitting of applying the
gathered product in this quality of assessment for the traced purpose in the respective
established laws. On this way, it has been studied the tributary constitutional
principles, identifying the most suitable meaning referent to the assessment and it has
been analyzed the doctrinarian and jurisprudential building arouse several tribute
types, concluding that the assessment for it being legitimately instituted owe strict
observance to the constitutional aims that tries its creation, always conditioned to a
previous affectation of the gathered product, under penality of subverting the respect
to the citizens rights in the reasonable distribution of the custom income and admit
that for oblique via, Union disrespects the transference constitutionally assured from
tributary income to other political people, that ends by implying in an affront to
federative principle where for the harmonical acquaintanceship of the juridical orders
it is necessary to observe the constitutional discrimination of competences included on
itself the tributary incomes, that regards the tributary income of superior level entity.
As a way to assure the law constitutionally consecrated, from State embarrassment
over the person inheritance, via assessment, only if it is present and agreeably
observed specific penality, the contributor can oppose himself to such charge if the
same one has not been affected to the constitutionally accepted ends choosing for the
discussion in administrative instance, through the correct tributary administrative
process or resigning to the tributary administrative contentious, opting by the access to
Judiciary Power, using among other actions a warrant of protection of declaratory
action, annulatory action or the indebt repetition action, in this hypotheses of existing
legal forecast of income affection to specific constitutionally authorized waste, having
verified the deviation in the application of the gathered resources, not allowing the
justificative that the extinguishments of tributary credit, due the payment, the
resources applicability is merely concerned to financial law, disrespecting in this way
the most expensive constitutional aim, letting the citizen contributor in the edge of
jurisdictional tutelage, even due the most flagrant unconstitutionalities resulting from
evidence about the confrontation of the established laws of several assessment
disguising the constitutional principles put by the legislative constitutor in complete
affront to Law Democratic State, quoted in the 1st article of Brazilian Federative
Republican Constitution / O presente trabalho objetivou perscrutar o entendimento doutrinário e jurisprudencial
firmado no sentido que a destinação da receita arrecadada a título de contribuição não
interessa ao direito tributário, mas apenas ao direito financeiro, pelo fato da afetação a
uma destinação específica não integrar a estrutura da obrigação e nem a regra-matriz
de incidência tributária. Isto tem contribuído significativamente na reiterada
inobservância, pela União, da destinação da receita que ensejou a instituição da
contribuição, afrontando assim, ora o pressuposto constitucional de normatização
tributária ou, atendido este, em momento posterior, deixando de destinar a receita
obtida a título de contribuição para as finalidades tracejadas nas respectivas leis
instituidoras. Neste sentido, estudou-se os princípios constitucionais tributários,
identificando o mais adequado significado atinente às contribuições e analisou-se a
construção doutrinária e jurisprudencial acerca das diversas espécies de tributo,
concluindo que as contribuições para serem legitimamente instituídas, devem fiel
observância ao desígnio constitucional que enseja sua criação, condicionada sempre a
uma prévia afetação do produto arrecadado, sob pena de subverter o respeito aos
direitos dos cidadãos na eqüitativa distribuição dos encargos fiscais e admitir-se, que
por via oblíqua, a União desrespeite a transferência constitucionalmente assegurada de
receita tributária às demais pessoas políticas, que acaba por implicar em afronta ao
princípio federativo, onde para a harmoniosa convivência das ordens jurídicas é
necessário observar a discriminação constitucional de competências, nela incluída a
das rendas tributárias, que contempla o sistema de participação no produto da receita
de entidade de nível superior. Como forma de garantir o direito constitucionalmente
consagrado, do constrangimento do Estado sobre o patrimônio do particular, via
contribuição, somente se presente e condignamente observada uma específica
finalidade, pode o contribuinte opor-se a sua cobrança se não estiver afetada aos fins
constitucionalmente admitidos, optando pela discussão em instância administrativa,
através do devido processo administrativo tributário ou, renunciando ao contencioso
tributário administrativo, optar pelo acesso ao Poder Judiciário, valendo-se, dentre
outras ações, do mandado de segurança, da ação declaratória, da ação anulatória, ou da
ação de repetição de indébito, na hipótese de haver previsão legal de afetação da
receita a determinados gastos constitucionalmente autorizados, mas tenha se verificado
o desvio na aplicação dos recursos arrecadados, não se admitindo mais a justificativa
de que com a extinção do crédito tributário, mediante o pagamento, a aplicação dos
recursos é matéria meramente de direito financeiro, desprestigiando assim os mais
caros desígnios constitucionais, deixando os cidadãos contribuintes a mercê da tutela
jurisdicional, mesmo diante das mais flagrantes inconstitucionalidades decorrentes da
constatação do confronto das leis instituidoras das diversas contribuições desfigurarem
os preceitos constitucionais colocados pelo legislador constituinte, em total desrespeito
ao Estado Democrático de Direito, acolhido no artigo 1o da Constituição da República
Federativa do Brasil
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O princípio da capacidade contributiva no âmbito das contribuições especiaisFrota, Rodrigo Antonio da Rocha 06 November 2006 (has links)
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Previous issue date: 2006-11-06 / The present paper aims at the analysis of the country positive law, focusing
in its base structure: the rules of law, as of its structure. This paper deals with the
syntactic homogeneous feature of the positive law system and its relation to legal
principles. Seeking, therefore, to verify the identity of such institutes, in order to,
afterwards, concentrate efforts more specifically at the principle of contributive
capacity and the relation to contributions.
In this sense, the perspective by which the legal norm shall be analyzed
corresponds to the Analytic-Constructivism theory, from Lourival Vilanova, taking into
consideration the structure of rules and their order. To this angle of law study, we
deem necessary to add a view from the perspective of Phenomenology, by the Value
Theory, inherent to the law, due to its inseparable cultural characteristic.
We conclude, finally, that the Contributive Capacity is a value of huge
relevancy for the society that implanted it, ordering as in the form of rules, originating
what we call Contributive Capacity Principle. The foregoing will be applied to nonobligatory
tributes, among which are the Special Contributions, producing legal
effects / O presente trabalho visa analisar o direito positivo pátrio, tendo sua
estrutura basilar como enfoque: a norma jurídica, a partir de sua estrutura. Trabalha
com a homogeneidade sintática do sistema jurídico positivo e sua relação com os
princípios jurídicos. Buscando, assim, verificar a identidade destes institutos para,
depois, com mais especificidade, concentrar os esforços no princípio da capacidade
contributiva e sua relação com as contribuições.
A perspectiva pela qual se analisará a norma jurídica será a da teoria do
Contructivismo-Analítico de Lourival Vilanova, considerando a estrutura da norma e
do ordenamento. A este ângulo de estudo do direito, julgamos necessário somar um
olhar da Fenomenologia, através da Teoria do Valor, intrínseca ao direito, devido a
seu inafastável caráter cultural.
Concluímos, por fim, que a Capacidade Contributiva é um valor de
grande relevância para a sociedade, a qual a inseriu no ordenamento, sob a forma
de norma, dando origem ao que chamamos Princípio da Capacidade Contributiva.
Este se aplicará aos tributos não vinculados, entre os quais as Contribuições
Especiais, produzindo efeitos jurídicos
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Cambio de destino de las compras realizadas en la etapa preoperativa: regulación jurídica necesaria para atenuar distorsiones en el diseño técnico y la neutralidad del IGVContreras Hernández, Jhon Anderson 30 October 2024 (has links)
El Impuesto General a las Ventas (IGV), está diseñado técnicamente bajo el método de base financiera de impuesto contra impuesto, tiene al crédito fiscal del IGV como elemento fundamental para que logre su neutralidad y no distorsione las decisiones de los agentes económicos. El presente trabajo de investigación analiza y argumenta jurídicamente cómo la falta de regulación actual de los cambios de destino de las compras que se realizan durante la etapa preoperativa empresarial ocasiona el uso incorrecto del crédito fiscal del IGV y rompe la congruencia que debe existir entre el diseño técnico – que persigue la neutralidad – y la regulación jurídica vigente del IGV. Esta investigación analiza comparativamente el marco normativo del crédito fiscal del impuesto al valor añadido en Perú, España y México, permitiendo identificar las soluciones jurídicas que se han utilizado a nivel internacional para mitigar esta problemática, y nos servirá para proponer las bases jurídicas a tener en consideración para optimizar el marco legal de las normas que regulan el crédito fiscal del IGV, en aras de preservar adecuadamente el diseño técnico y la neutralidad del impuesto.
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Elusión tributaria desde el punto de vista de la legislación extranjeraSchultz Figueroa, Robert August January 2012 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho con mención en derecho tributario) / Hay mucha doctrina sobre elusión y evasión fiscal así como innumerable literatura al respecto. Basta con introducir cualquiera de esas palabras en un buscador de internet, para que se desplieguen miles de links relacionados con el tema. Pero no encontramos ningún trabajo nacional que estudie esta materia desde el punto de vista de la legislación extranjera y que pueda indicarnos cuál ha sido la experiencia en algunos otros países en relación con el tema, razón por la que nos pareció interesante abordarlo desde este punto de vista.
En este trabajo nos abocaremos únicamente a entender de qué se trata la elusión, expondremos las formas que utilizan algunos otros países en la lucha contra la elusión y a partir de ello analizar brevemente la actual situación de Chile en relación al tema
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El mínimo exentoCencerrado Millán, Emilio 14 July 1997 (has links)
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