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Principales características del saneamiento físico legal en el marco del Sistema Nacional de Bienes Estatales y del Sistema Nacional de AbastecimientoPerez Reategui, Claudia Mercedes 24 March 2022 (has links)
El presente trabajo pretende presentar las principales características del procedimiento de
saneamiento físico legal de bienes estatales, a la luz de las reglas del Sistema Nacional de
Bienes Estatales y del Sistema Nacional de Abastecimiento. Profundizaremos sobre las
implicancias teóricas y prácticas que supone la creación de un nuevo sistema administrativo,
la distinción entre “predios” e “inmuebles” y cómo ello influye en el saneamiento físico legal.
Para ello, realizaremos un análisis predominantemente normativo de las leyes, reglamentos
y directivas que regulan ambos sistemas, así como de las disposiciones que definen el
saneamiento. Complementariamente, nos referiremos a otras entidades que realizan actos de
saneamiento físico legal para entender los alcances de este concepto. Asimismo,
identificaremos los elementos relevantes que las entidades públicas deberán tener en cuenta
para la elaboración de los documentos administrativos que contengan actos de saneamiento,
los que serán sometidos a calificación registral, a fin de lograr el objetivo principal del
procedimiento: que los registros públicos reflejen la situación física y jurídica actual del
predio o inmueble por medio de la inscripción. Nuestra investigación encontró que la
distinción entre predios e inmuebles obedece a propósitos operativos, lo que produce
contradicciones teóricas en la aplicación del procedimiento de saneamiento; es decir,
demostraremos que las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales, que deberían regir
solo para predios, terminan aplicándose a inmuebles, a pesar de pertenecer al Sistema
Nacional de Abastecimiento, lo que puede causar problemas de interpretación y aplicación a
futuro. / The current article pretends to introduce the main characteristics of the regularizarion process
of state property, according to the rules of the National System of State Property and of the
Narional Supply System. We will delve into the theoretical and practical implications that
supposes the creation of a new administrative system, the distinction between “land” and
“edification” and how that weights on the regularization process. To that purppose, we will
perform a predominantly normative analysis of the laws, regulations and guidelines that
regulate both systems, as well as the legal provisions that define regularization. As a
complement, we wil reffer to other state entities that carry out acts of regularizarion to
understand the range of this concept. Furthermore, we will identify the relevant elements that
public entities must take into account for the elaboration of administrative documents that
contain regularization acts, which will be subject to registry qualification, in order to achieve
the main objective of the process: that the public registry reflects the current physical and
legal situation of the land or edification through registration. Our research has found that the
distinction between land and edification obeys operational purposes, which produces
theoretical contradictions in the application of the regularizarion process; in other words, we
will demonstrate that the norms of the National System of State Property, that should apply
only to lands, also applies to edifications, despite belonging to the National Supply System,
which can cause problems of interpretation and enforcement in the future.
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Fortalezas y debilidades del procedimiento de saneamiento de los bienes estatales (predio-inmueble)Sanchez Sanchez, Karina Massiel 10 May 2022 (has links)
En el presente artículo jurídico se analizan las fortalezas y debilidades que presenta el nuevo
procedimiento especial de saneamiento físico legal de los bienes estatales: predio e inmueble,
regulados en el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales,
aprobado por D.S. N° 008-2021-VIVIENDA y su vinculación con lo dispuesto en el D. Leg.
N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento y su reglamento, los
cuales resultan relevantes para la calificación registral, como etapa final del saneamiento
estatal.
Entre las conclusiones adoptadas se pueden citar:
Con la dación del D. Leg. N° 1439 y su reglamento, ha variado la concepción de bien
inmueble, ya que para el ámbito estatal existe una distinción entre “predio”, entendido
como el terreno e “inmueble”, que es el predio edificado, lo cual trajo consigo la creación
de un nuevo sistema, Sistema Nacional de Abastecimiento, que a través de su ente rector
(Dirección General de Abastecimiento-DGA), tiene por finalidad proveer de inmuebles
a las entidades estatales de inmuebles para el mejor desarrollo de sus funciones, fiscalizar
los actos de adquisición y velar por su buen uso, excluyendo esas funciones de la
competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN.
El Sistema Nacional de Abastecimiento no cuenta con regulación propia respecto del
saneamiento de los inmuebles estatales; sin embargo, ello no le impide ejercer las
competencias que de acuerdo a ley le corresponde, además siendo el inmueble parte
integrante del predio, para el saneamiento solo del bien edificado las entidades estatales
tendrían que tener inmatriculados sus predios.
La vinculación del certificado de búsqueda catastral con el título con el cual se solicita la
calificación del acto de saneamiento físico legal contiene una eficacia relativa, ya que la
base grafica registral no refleja el total de predios inscritos. / This legal article analyzes the strengths and weaknesses of the new special procedure for the
physical and legal sanitation of state assets: property and real estate, regulated in the Regulation
of the General Law of the National System of State Assets, approved by D.S. N° 008-2021-
VIVIENDA and its relationship with the provisions of D. Leg. N ° 1439, Legislative Decree
of the National Supply System and its regulations, which are relevant for the registry
qualification, as the final stage of legal state property remediation.
Among the conclusions adopted, the following can be mentioned:
• With the entry into force of D. Leg. N ° 1439 and its normative regulations, the concept of
real estate has changed, since for the state scope there is a distinction between "property",
understood as the ground and "real estate", which is the built property, which led to the
creation of a new system, the National Supply System, which, through its governing body
(General Supply Directorate-DGA), aims to provide real estates to state real estate’s entities
for the better development of their functions, to oversee the acts of acquisition and ensure
its proper use, excluding those functions from the competence of the National
Superintendency of State Assets-SBN.
• The National Supply System does not have its own regulation regarding the legal
remediation of state buildings; However, this does not prevent it from exercising the
competences that according to law correspond to it, in addition to being the real estate an
integral part of the property, for the legal sanitation only of the built property the state
entities would have to have their properties unregistered.
• The link of the cadastral search certificate with the title with which the qualification of the
act of Physical and legal remediation of real estate is requested contains a relative
effectiveness, since the registry graphic base does not reflect the total of registered
properties.
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Valoración de los bienes y servicios que presta la agricultura. Aplicación al sistema agrario de la huerta de valenciaMarqués Pérez, Inmaculada 29 October 2013 (has links)
Con esta investigación hemos pretendido contribuir al reconocimiento de la
multifuncionalidad de la agricultura, defendiendo una actividad que desempeña una
función económica, a la vez que otras funciones relativas la protección del medio ambiente
y del paisaje, a la conservación del patrimonio cultural, a la mejora de los aspectos de
equilibrio social, así como la posibilidad de proveer servicios recreativos. Estas funciones
generan bienes y servicios que no tienen mercado, pero para los que existe una demanda
social.
De acuerdo con los objetivos planteados para este trabajo de investigación se ha
desarrollado una aproximación descriptiva de la multifuncionalidad de la agricultura, como
marco teórico para el desarrollo posterior de análisis de la demanda de los bienes y
servicios que pueden proveer los sistemas agrarios, y las funciones que pueden
desempeñar, así como para la determinación de una función de utilidad, que guíe la
definición de las políticas de intervención. El esquema se ha aplicado al caso concreto de la
Huerta de Valencia, que es un sistema agrario de gran riqueza y con gran variedad de
recursos, sobre el que hay abierto un debate político-institucional para definir un régimen
de protección. Se ha podido establecer las funciones y los bienes y servicios que provee
este espacio agrario, base del análisis de la demanda social de estos bienes y servicios y de
la determinación de una función de utilidad.
La estimación de las preferencias sociales por las funciones que desarrolla la
Huerta, se ha realizado mediante metodologías de análisis multicriterio, y más
concretamente el Analytic Hierarchy Process (AHP) para valorar las prioridades sociales e
interpretarlas en términos de utilidad, y de demanda social, para integrarlas en las
decisiones de políticas encaminadas a la promoción de aquellas funciones de los sistemas
agrarios con los que se maximizaría la utilidad del mismo. / Marqués Pérez, I. (2013). Valoración de los bienes y servicios que presta la agricultura. Aplicación al sistema agrario de la huerta de valencia [Tesis doctoral]. Universitat Politècnica de València. https://doi.org/10.4995/Thesis/10251/33102
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Seguridad jurídica vs. derecho de propiedad : remedios que tiene el falso representado en la falsa representación anómalaBuendia de Los Santos, Lillian Loana 04 February 2020 (has links)
La finalidad del presente trabajo es advertir acerca de los remedios que pueden ser utilizados
por el falso representado en el caso de la falsa representacion anómala; una nueva modalidad
de estafa que utiliza la falsa representación como instrumento para despojar de su propiedad a
incautos propietarios.
En virtud de ello, para dar solución a dicha problemática, hemos identificado mediante el
examen de distintas casaciones y jurisprudencias tanto nacionales como extranjeras, que ante el
supuesto de la falsa representacion anómala, existe discordacia entre la jurisprudencia y la
doctrina porque en algunas sentencias se otorgan los efectos de la nulidad y en otras, los de la
ineficacia. No obstante, consideramos que se estructura un supuesto de falsa representación
distinto a lo regulado por el Art. 161° del Código Civil. En tanto, nos encontramos frente a un
caso en el que existe una falsificación de documentos (en nuestro caso, del poder de
representación), en el que no se puede utilizar el remedio de la ratificación porque, el contrato
celebrado reviste una finalidad ilícita; es decir, que la causa del contrato va en contra de una
norma imperativa penal que regula la figura de la estafa sobre bienes inmuebles (Art. 196-A
inciso 4 del Codigo Penal). En consecuencia, los remedios de la ratificación, confirmación y
conversión son excluidos.
Por último, somos de la opinión, que el falso representado tendría como único remedio el de
la restitución por medio de la figura del enriquecimiento sin causa, debido a que, el falso
representante y el tercero contratante se han confabulado para enriquecerse a costa del falso
representado, quien ha visto mermado su patrimonio. Ello, origina que el derecho de
propiedad del falso representado deba de ser preferido por el ordenamiento jurídico, al
evidenciarse la mala fe del tercero adquiriente en la primera compraventa. Sin embargo,
también analizaremos el caso en que en la segunda compraventa nos encontremos frente a un
tercer adquriente de buena fe.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 377-2021-SUNARP-TR-L : "el procedimiento de saneamiento registral de bienes estatales que registralmente se encuentran inscritos a favor de particulares"Delgado Boza, Brando Félix 16 August 2021 (has links)
El presente trabajo se encuentra enfocado en cuestionar una resolución emitida por
el Tribunal Registral, la cual tiene como objeto de análisis una solicitud de anotación
preventiva de inmatriculación y/o independización de un inmueble de dominio
público a favor de la Municipalidad Distrital de Barranco1 (en adelante, “El
Municipio”), en mérito al procedimiento especial de saneamiento físico legal de
predios estatales, regulado por el Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA, que
aprueba el T.U.O. de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales y modificatorias (en adelante, “Ley SBN”), así como en sus normas
complementarias; respecto al inmueble de dominio público denominado Mercado,
ubicado en el cruce de Jr. Carlos Arrieta y Jirón Jaén, distrito de Barranco, provincia
y departamento de Lima, inscrito parcialmente en el Tomo 157, Fojas 141, que
continúa en la Partida Electrónica N° 07019680 del Registro de Propiedad Inmueble
de Lima (en adelante, “El Inmueble”). La solicitud de El Municipio respecto a El
Inmueble dio mérito al Título N° 1964277, de fecha 02 de noviembre de 2020 (en
adelante, “La Solicitud”), la cual fue observada por el Registrador en los siguientes
términos principales: La Solicitud indica que El Inmueble se encuentra inscrito parcialmente en el
Tomo 157, Fojas 141, que continúa en la Partida Electrónica N° 07019680 del
Registro de Propiedad Inmueble de Lima (en adelante, “Partida 1”), lo cual ha
sido rectificado por la Oficina de Catastro, considerando que La Solicitud no
describe áreas, medidas perimétricas, predios colindantes u otros medios para
graficar el ámbito inscrito.
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La gestión de post venta en edificaciones de viviendasDávila Fernández, Susana Irene 12 February 2019 (has links)
El importante crecimiento presentado en el Perú en el sector construcción y el
ingreso de actores internacionales dentro del rubro ha traído como
consecuencia que las empresas desarrolladoras de proyectos de viviendas
multifamiliares estén orientando sus productos no solo a buscar una mayor
eficiencia y a reducir sus costos de construcción, sino también que ahora se
centran en detectar las necesidades, expectativas, atributos y el nivel de
satisfacción e insatisfacción de los clientes y de los usuarios finales.
Teniendo en cuenta lo anterior, las empresas en general comienzan a
desarrollar productos y servicios no para los usuarios sino con los usuarios,
tomando en cuenta los atributos que le generen valor lo que se deberá
complementar con las normas y reglamentos de cada país, a fin de contar con
requisitos de calidad mínimos que debería tener el producto; los mismos que
luego serán transformados en el producto final a través de un adecuado sistema
de gestión de calidad; para que finalmente este sea evaluado por el usuario final,
lo cual servirá para contrastar si las necesidades de los clientes se encuentran
alineadas con los atributos que tiene el proyecto.
La investigación presentada propone los requisitos de calidad que se deben de
considerar en proyectos de viviendas multifamiliares y además realizar un
estudio durante la etapa de Post Ocupación mediante dos casos de estudio: el
primero comprenderá el análisis de reclamos recibidos en la oficina post venta
de 10 proyectos de la ciudad de Lima, y el segundo consistirá en la medición del
nivel de satisfacción de los usuarios por medio de encuestas basadas en los
requisitos de calidad propuestos y cómo es que, gracias a estos resultados de
la Post Ocupación es posible retroalimentar para la concepción de futuros
proyectos de vivienda. / Tesis
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Informe Jurídico sobre la Casación N.° 991-2016, Lima Sur – Divorcio por Causal de Separación de HechoMéndez Bazalar, Gabriel Antonio 19 August 2021 (has links)
El objetivo del presente informe jurídico es determinar qué técnica de apartamiento ha
utilizado la Corte Suprema en el caso materia de casación, así como establecer si
realmente puede aplicar alguna de estas y finalmente determinar si ello era necesario para
resolver la controversia o podía optar por una alternativa mejor, como pudieron ser:
prevalencia constitucional del derecho a la defensa, hacer una interpretación extensiva de
la primera y tercera regla del Tercer Pleno Casatorio o haber hecho overrulling. Con este
fin, nos servimos del uso de las normas de nuestro ordenamiento, jurisprudencia y
doctrina especializada en la institución del precedente y habiendo analizado estas,
concluimos que la Corte Suprema ha realizado distinguising implícito; sin embargo, lo
realizo de una manera deficiente, lo cual contribuye con el caos en la forma como se
vienen tratando los precedentes civiles en nuestro país y que, al momento aplicar o
inaplicar un Pleno Casatorio, se requiere de mayor atención en la motivación de estas,
para evitar la incertidumbre y otorgar mayor seguridad jurídica. / The objective of this legal report is to determine which separation technique the Supreme
Court has used in the cassation case, as well as to establish if it can really apply these and
finally determine if this was necessary to solve the controversy or could opt for a better
alternative , as it could be: constitutional prevalence of the right to defense, making an
extensive interpretation of the first and third rules of the Third Plenary Assembly or
having done overrulling. To this end, we make use of the norms of our legal system,
jurisprudence and specialized doctrine in the institution of the precedent and having
analyzed these, we conclude that the Supreme Court has made an implicit distinguishing;
However, the court did it in a deficient way, which contributes to the chaos in the way in
which civil precedents are being treated in our country and when applying or not applying
a Plenary Assembly, greater attention is required in the motivation of these, to avoid
uncertainty and provide greater legal security.
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Informe Jurídico sobre la Resolución No. 3280-2019-SUNARP-TR-LPinedo Arévalo, Katia Lucía 23 August 2021 (has links)
El presente informe tiene como finalidad analizar la Resolución No. 3280-2019-
SUNARP-TR-L, en la que el Tribunal Registral determina, entre otras cuestiones, si
corresponde extender el asiento a favor de la sociedad conyugal conforme el Art. 79 del
Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios (el “RIRP”) y si, de ser así, se
requiere de la intervención de los cónyuges de los titulares registrales para la
regularización de fábrica e independización de un predio. Al respecto, el Tribunal
Registral resolvió indicando que al haberse presentado las partidas de matrimonio,
correspondía extender el asiento de dominio a que se refiere el artículo 79 del RIRP, ello
en aplicación de lo establecido en dicho artículo, lo establecido por el primer precedente
de observancia obligatoria aprobado en el CCXX Pleno Registral realizado los días 12 y
13 de diciembre de 2019 (el “Precedente”) y lo establecido por el sexto acuerdo plenario
aprobado en el CXXI Pleno Registral llevado a cabo el día 6 de junio de 2014 (el
“Acuerdo”); en ese sentido, determinó que si bien en el caso de ampliación y
remodelación de fábrica y ampliación de asiento de dominio no se requería de la
intervención de una de las cónyuges (aquella que sería agregada como nueva titular
registral), por tratarse también de una división del inmueble, sí era necesaria su
intervención. Sobre el particular, consideramos que el presente análisis es de total
relevancia jurídica en tanto abarca distintas ramas del derecho tales como el derecho de
familia, derecho civil-patrimonial y derecho registral. Asimismo, mediante el presente
informe concluimos que el supuesto regulado en el los últimos párrafos del artículo 79°
del RIRP regula un supuesto que va en contra de nuestra normativa civil y que el Tribunal
Registral, tanto en el Precedente como en el Acuerdo, hace una interpretación errónea del
artículo 310 del Código Civil.
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Incumplimiento contractual versus Deber de idoneidad en Contratos de Compraventa de bien futuroYataco Carbajal, Cristhian Hugo 20 August 2021 (has links)
El presente informe tiene como finalidad desarrollar y analizar los hechos, los
puntos controversiales y los argumentos resolutivos del Expediente N°2573-2012/CPC,
el cual trata sobre la denuncia interpuesta por el señor Luis Alberto López de Castilla
Bado, quién aduce que existe una falta al deber de idoneidad por la afectación a su
expectativa de recibir el departamento N°701 del proyecto de edificación de la
Residencial “San Antonio”, cuyo metraje sufrió una presunta reducción de forma
unilateral y sin su consentimiento; asimismo, esta afectación se encuentra relacionada a
su expectativa de recibir el bien inmueble en la fecha pactada en el “Contrato de
Compraventa de bien futuro” suscrito entre las partes el 29 de abril de 2010. Bajo estos
argumentos, el denunciante considera que siempre que existe un incumplimiento de todas
o algunas de las obligaciones contractuales, se debe sancionar al proveer por la
transgresión, vulneración e infracción al deber de idoneidad de los productos y servicio
inmobiliario, estipulado en los artículos 18° y 19° en la Ley N°29751, Código de
Protección y Defensa del Consumidor.
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Informe jurídico de la Resolución N°0600-2024-SUNARPTR (NSIR-T): ¿La legislación promulgada es suficientemente exhaustiva para combatir el fraude inmobiliario?Vasquez Ninanya, Vania Alejandra 30 July 2024 (has links)
En el presente informe, se analiza si la legislación establecida para combatir el
fraude inmobiliario es lo suficientemente exhaustiva para ello. Para ende, se
procederá a exponer las principales normas sobre la materia. En suma, mediante
la Resolución N°0600-2024-SUNARP-TR (NSIR-T) se explorará la aplicación de
dichas normas en sede registral, realizando un análisis de los principios
registrales vinculados y la aplicación de la norma que efetúa el Tribunal Registral.
Despúes de comprender que existe normativa vigente ¿es preciso preguntarnos
por qué aún ocurren supuestos de fraude inmobiliario por suplantación de
identidad o falsificación documentaria? Se concluye que es importante remitirse
a lo ocurrido previo extraregistralmente por lo que una efectiva validación de la
identidad de las personas por parte de notario es de suma importancia y tambíen
poner en disposción del ciudadano herramientas que lo ayuden a tener
conocimiento de que han sido de fraudados, pero no solo limitarlas a su
existencia, sino a su correcta difución e implementación. / In this report, we analyze whether the legislation established to combat real
estate fraud is comprehensive enough for this purpose. To that end, we will
present the main rules on the subject. In summary, through Resolution No. 0600-
2024-SUNARP-TR (NSIR-T), we will explore the application of these rules in the
registry context, conducting an analysis of the related registry principles and the
application of the norm carried out by the Registry Tribunal. After understanding
that there is existing legislation, is it necessary to ask why cases of real estate
fraud due to identity theft or document forgery still occur? It is concluded that it is
important to refer to what happened prior to extraregistrally, so effective validation
of individuals’ identity by a notary is of utmost importance. Additionally, providing
citizens with tools to be aware of being defrauded is crucial, not only limiting them
to their existence but also ensuring their proper dissemination and
implementation.
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