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Informe Jurídico sobre la Casación N°542-2017, Lambayeque

Mejía Liceta, Keyla Melissa 15 August 2022 (has links)
El delito de Colusión, tipificado en el artículo 384° del Código Penal, en la actualidad, es uno de delitos más comunes realizados por malos funcionarios públicos. A pesar de ello, no se ha logrado uniformizar la interpretación respecto a algunos de sus elementos típicos. En esa línea, la Casación N° 542-2017, Lambayeque, plantea diferentes posturas respecto a los elementos del delito de colusión, sin llegar una decisión uniforme, la cual definitivamente incide en la resolución del caso. En esa línea, a partir del análisis de la casación en mención se han identificado los siguientes problemas: i) el bien jurídico en el delito de colusión, ii) ¿La colusión agravada requiere de un perjuicio patrimonial para su configuración?, y iii) La naturaleza y denominación del primer y segundo párrafo del delito de colusión en el Código Penal peruano (¿colusión simple y agravada o conspiración colusoria y colusión desleal?). Para la resolución de estos problemas, hemos diferenciado algunos de los elementos típicos de la colusión simple y la colusión agravada. En ese sentido, se ha propuesto que el bien jurídico en el delito de colusión sea i) la asignación eficiente de los recursos basados en los principios de imparcialidad, transparencia, etc. y ii) la protección del patrimonio Estatal. Asimismo, hemos concluido que en el delito de colusión agravada es necesario un perjuicio efectivo al patrimonio del Estado, para su configuración y que los delitos conspirativos y de tendencia interna transcendente no son acorde a los elementos objetivos que exige el delito de colusión / The crime of Collusion, typified in article 384° of the Penal Code, is currently one of the most common crimes carried out by bad public officials. Despite this, it has not been possible to standardize the interpretation regarding some of its typical elements. Along these lines, Cassation No. 542-2017, Lambayeque, raises different positions regarding the elements of the crime of collusion, without reaching a uniform decision, which definitely affects the resolution of the case. Along these lines, based on the analysis of the cassation in question, the following problems have been identified: i) the legal interest in the crime of collusion, ii) does aggravated collusion require patrimonial damage for its configuration?, and iii) The nature and denomination of the first and second paragraph of the crime of collusion in the Peruvian Penal Code (simple and aggravated collusion or collusive conspiracy and unfair collusion?). To solve these problems, we have differentiated some of the typical elements of simple collusion and aggravated collusion. In this sense, it has been proposed that the legal interest in the crime of collusion is i) the efficient protection of resources based on the principles of impartiality, transparency, etc. and ii) the protection of state assets. Likewise, we have concluded that in the crime of aggravated collusion, an effective damage to the patrimony of the State is necessary, for its configuration and that conspiracy crimes and crimes of transcendent internal tendency are not in accordance with the objective elements required by the crime of collusion.
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Análisis de aspectos problemáticos de la tipicidad objetiva y subjetiva del delito de negociación incompatible, en la Casación N.° 23-2016/ICA

Alcedo Solano, Sandra Pamela 15 August 2022 (has links)
El informe jurídico ofrece un análisis de los elementos de la tipicidad objetiva y subjetiva del delito de negociación incompatible, a través de la Casación N° 23-2016 ICA. Se desarrolla un estudio sobre el rol y responsabilidad penal del tercero o sujeto particular debido a la falta de tratamiento univoco en los tribunales. También, un análisis sobre la “finalidad indebida” como búsqueda de un provecho o beneficio que no requiere concretización. Por último, una reflexión general sobre la aplicación del principio de confianza o principio de desconfianza en los delitos de corrupción de funcionarios, con atención a la división horizontal y vertical de roles. / This legal report offers an analysis of the elements of the objective and subjective typicity of the crime of incompatible negotiation, through Casación No. 23-2016 ICA. It develops a study on the role and criminal responsability of the third party or private individual due to the lack of univocal treatment in the courts. Also, an analysis on the "undue purpose" as a search for an advantage or benefit that doesn’t require concretization. Finally, a general reflection on the principle of trust or the principle of distrust in crimes of corruption of officials, with attention to the horizontal and vertical division of roles.
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Informe Jurídico sobre la Casación N° 374-2015-Lima

Llerena Valencia, Maylin Maribi 15 August 2022 (has links)
La Casación 374-2015-Lima, por medio de la cual Aurelio Pastor fue absuelto de la acusación fiscal como autor del delito de tráfico de influencias simuladas, es un precedente importante no solo para entender cómo el máximo órgano del Poder Judicial, la Corte Suprema, interpreta la naturaleza de este tipo penal, sino también para reflexionar sobre las consecuencias negativas de legalizar este tipo de actos para un grupo selecto de profesionales: los abogados. Por ello, el presente informe, buscará, principalmente, abordar el entendimiento de este tipo penal desde el estudio de los elementos de la tipicidad objetiva, así como desde el análisis de las distintas posturas que se han vertido alrededor del bien jurídico protegido por este delito. Esto último con la finalidad de presentar una nueva postura, pero no por ello menos loable. Del mismo modo, el presente trabajo buscará analizar de forma crítica la aplicación, en el caso concreto, de la causa de justificación “ejercicio legítimo de la profesión”, regulada en numeral 8) del artículo 20 del Código Penal, pues no consideramos acorde legalizar este tipo de conductas. Finalmente, la investigación concluirá intentando responder a la interrogante de si en el caso en específico nos encontramos frente a un delito provocado por parte del tercero interesado. Palabras clave: tráfico de influencias simuladas, bien jurídico, causa de justificación, ejercicio legítimo de la profesión, delito provocado. / Cassation 374-2015-Lima, by means of which Aurelio Pastor was acquitted of the fiscal accusation as the perpetrator of the crime of simulated influence peddling, is an important precedent not only to understand how the highest body of the Judicial Power, the Supreme Court, interprets the nature of this criminal type, but also to reflect on the negative consequences of legalizing this type of act for a select group of professionals: lawyers. For this reason, this report will seek, mainly, to address the understanding of this criminal type from the study of the elements of objective typicity, as well as from the analysis of the different positions that have been exposed around the legally-protected right by this crime. The latter in order to present a new position, but no less laudable. In the same way, the present report will seek to critically analyze the application, in the specific case, of the cause of justification "legitimate exercise of the profession", regulated in numeral 8) of article 20 of the Criminal Law, since we do not consider it appropriate to legalize this type of behavior. Finally, the investigation will conclude trying to answer the question of whether in the specific case we are facing a provoked crime by the interested third party.
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Un paso hacia adelante y dos para atrás: Informe sobre la Casación Laboral Nº 24304-2019-LIMA

Briones Zegarra, Joaquín Santiago 05 August 2022 (has links)
El presente informe analiza la Casación Laboral Nº 24304-2019-LIMA, emitida a inicios del 2022. En esta resolución, la Corte Suprema se pronuncia sobre la extensión unilateral de los beneficios pactados en un convenio colectivo suscrito por un sindicato minoritario. Concretamente, en el caso se examinó el otorgamiento del bono por cierre de pliego que, sólo con una distinta denominación, fue entregado a los trabajadores no sindicalizados a largo de los años. Así, retrocediendo a un criterio jurisprudencial ya superado, el Colegiado admite la extensión de este beneficio afirmando que sólo se trataría de un derecho similar derivado de la voluntad empresarial. A efectos de desarrollar los principales problemas jurídicos contenidos en esta decisión, se ha dividido este trabajo en tres secciones: planteamiento de hechos, identificación de los problemas, y su posterior análisis. En tal sentido, se recurre a la legislación, doctrina y jurisprudencia que se pronuncian sobre los problemas identificados. Finalmente, las conclusiones y recomendaciones son presentadas. Al margen de que –según se aprecia en el desarrollo del informe– rechazamos el vigente criterio de la Corte, el análisis de la resolución seleccionada es una oportunidad para corregir y avanzar hacia una línea jurisprudencial que garantice la efectividad de los derechos laborales. Por tal razón, como lo advierte el título de este trabajo, el objetivo en cualquier escenario es debatir y progresar, evitando en el camino dar pasos hacia atrás. / This report analyzes Supreme Labor Decision Nº 24304-2019-LIMA, issued at the beginning of 2022. In this resolution, the Supreme Court rules on the unilateral extension of the benefits agreed in a collective bargaining with a minority union. Specifically, in the case was examined the granting of the bonus for closing bargaining, same which, only with a different denomination, was given to non-unionized workers over the years. Thus, going back to an outdated jurisprudential criterion, the Collegiate admits the extension of this benefit on the basis that it would only be a similar right derived from the business will. In order to develop the main legal problems contained in this decision, this report is divided into three sections: statement of facts, identification of problems, and their subsequent analysis. Hence, legislation, doctrine and jurisprudence that rule on the identified problems are used. Finally, conclusions and recommendations are presented. Regardless of the fact that we reject the current criteria of the Court –as can be seen in the development of the report–, the analysis of the selected decision is an opportunity to correct and move towards a jurisprudential line that guarantees the effectiveness of labor rights. For this reason, as the title of this report warns, the objective in any scenario is to debate and progress, avoiding taking steps backwards along the way.
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Informe sobre la casación No. 4323-2016-Moquegua emitida por la sala civil permanente de la Corte Suprema de Lima: nulidad de acto jurídico y reivindicación

Estenssoro Baella, Alejandra 09 September 2022 (has links)
El objetivo general del presente informe es analizar si la Corte Suprema pudo o no advertir la realización e intención del fraude inmobiliario desde una perspectiva civil y si aplicó de manera adecuada las normas relativas a la nulidad de actos jurídicos y buena fe pública registral recogidas en los artículos 219 y 2014 del Código Civil, siendo el problema jurídico central del presente informe determinar si son nulos los actos jurídicos celebrados con la finalidad de defraudar al propietario de un bien y despojarlo del mismo, sin su intervención. Para lo anterior, se han analizado los argumentos de la Corte Suprema y se han contrastado con posiciones doctrinarias respecto a la interpretación de los artículos 219 y 2014 del Código Civil. Si bien la Corte Suprema administró justicia con la sentencia casatoria, al declararse nulo el acto jurídico, no interpretó de manera adecuada la causal de nulidad de finalidad ilícita e imposibilidad jurídica y, además, omitió invocar y desarrollar la causal de nulidad respecto a los actos que contravienen el orden público.
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Informe Jurídico sobre la Casación Laboral N° 3591-2016-DEL SANTA

Gómez Limaylla, Claudia Milagros 12 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad hacer un análisis crítico de lo resuelto por la Corte Suprema en la Casación Laboral N° 3591-2016-DEL SANTA, a través de la cual, bajo un criterio lesivo y arbitrario se determina que la sola ocurrencia de un infarto en el centro de trabajo genera su calificación automática como accidente de trabajo; asimismo, que el fallecimiento del extrabajador en el centro de trabajo es una prueba irrefutable del incumplimiento del deber de prevención del empleador, considerando este deber como una obligación de resultados y; por último, que en atención a dicho incumplimiento el empleador es responsable del pago de una pensión por sobrevivencia. En base a lo expuesto, tras la revisión de la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Constitución Política del Perú y, de manera supletoria, los instrumentos internacionales, se llegó a la conclusión de que: (i) el infarto sufrido por el extrabajador no califica como accidente de trabajo, toda vez que no se presenta el elemento conectivo entre el infortunio sufrido y el cumplimiento de las órdenes laborales encomendadas; (ii) el deber de prevención es una obligación de medios que tiene como fin minimizar y controlar los peligros y riesgos presentes en el trabajo y, (iii) no existe congruencia procesal entre lo resuelto por la Corte Suprema y la pretensión planteada en el proceso.
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Sentencia CAS N° 563-2011 Lima en adopción por excepción

Cunza Huamán, Maritza 16 November 2022 (has links)
El presente trabajo tiene como finalidad exponer la Casación N° 563- 2011. En concreto, el caso abarca una materia muy controvertida respecto de la figura de adopción por excepción, se esconde la Técnica de Reproducción Asistida – “Maternidad Subrogada o Vientre de Alquiler”. En principio, se va a exponer si “la maternidad subrogada” está regulada en nuestro ordenamiento jurídico; de ser así, ¿cuál es su interpretación?, ¿es legal o no dicha figura? También, se plantea si bajo esta modalidad del proceso adopción por excepción cabe la existencia de esconder una materia no regulada en nuestro ordenamiento jurídico. Asimismo, se desarrollará la existencia de oponibilidad de derechos, ya que por un lado, se tiene el interés superior de la menor, en cuanto el derecho a tener una familia y, por el otro lado, el derecho que tienen los padres biológicos a ejercer la patria potestad. Si bien la “maternidad subrogada o vientre de alquiler” es un tipo técnica de reproducción asistida, que se viene utilizando desde hace décadas por muchas personas en nuestro país, con el deseo de ser padres; sin embargo, por causas ajenas, no pueden cumplir con su proyecto de vida. La práctica de este tipo de reproducción asistida ha generado muchas controversias jurídicas en el país y, con ello, incertidumbre jurídica. Así mismo, deja en claro que la filiación no solo se produce entre padre e hijos biológicos, sino que hoy en día esta naturaleza ha cambiado, ya que existe una madre gestante, madre biológica y madre legal, la cual respecto de la madre legal la filiación nace con el reconocimiento legal por parte de ésta. Por otro lado, la madre gestante que es la que lleva el proceso del embarazo. En el presente trabajo de investigación, aboca distintos supuestos o problemas jurídicos, la cual será desarrollado a lo largo del presente. Además, se va a exponer los hechos relevantes, así como el desarrollo de los conceptos necesarios para poder abordar los temas en conflicto. Así mismo, con las preguntas formuladas como problemas jurídicos se va emitir opinión, respecto de la posición adoptada por los Magistrado, sí se está a favor o en contra de la presente casación.
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Informe sobre la Casación Laboral N° 16940-2017 Arequipa

Macera Gutiérrez, Diana Letizia 18 March 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación pretende analizar los problemas jurídicos más importantes que se desprenden de la casación materia de análisis, con la finalidad de emitir una opinión al respecto. Para tal efecto, se realiza una revisión de los hechos relevantes que componen la controversia, así como los antecedentes del caso. De esta forma, la metodología empleada en este informe se respalda en las normas vigentes en el momento de los hechos, su respaldo legal y constitucional, junto con la interpretación a la luz de diversos principios que rigen el Derecho del Trabajo y el Derecho Procesal del Trabajo, sí como la realizada por diversos autores para así aplicar todo ello a las principales decisiones jurisdiccionales que resolvieron el proceso y constituyen antecedentes de la Casación bajo análisis. En ese sentido, nos adherirnos al sector de la doctrina que se encuentra a favor de la estabilidad absoluta ante el despido incausado y la posibilidad que aplicar en el proceso figuras como la Pretensión Implícita como hipótesis de la flexibilización del Principio de Congruencia Procesal. En ese sentido, se postula la viabilidad de un proceso laboral que no revista de una absoluta rigidez que perjudique al trabajador, quien es la parte procesal en situación de inferioridad económica y jerárquica. Finalmente, se defiende el escenario de aceptar que se modifique la demanda, ampliando pretensiones o incorporándolas en concordancia con los principios y valores de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, lo cual es tributario de un proceso oral y permite darle un significado de garantía de los derechos laborales
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Informe sobre la Casación Laboral No. 4871-2015

Zevallos Cajahuanca, Andrea Thaís 23 October 2023 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad hacer un análisis crítico de lo resuelto por la Corte Suprema en la Casación Laboral No. 4871-2015, a través de la cual, se determina que corresponde atribuir responsabilidad solidaria a la Corporación Lindley S.A. en base al Pleno Jurisdiccional Laboral Nacional del 2008, respecto a un accidente de trabajo que tuvo la trabajadora de la contratista Bajopontina. Específicamente, el caso versa sobre una demanda de indemnización por inejecución de obligaciones interpuesta por una trabajadora, que sufre un accidente de trabajo, contra su empleadora Bajopontina y solicita la responsabilidad solidaria de la empresa Lindley con la que Bajopontina suscribió un contrato de distribución. Pues bien, tras haber quedado consentida la responsabilidad civil de Bajopontina en segunda instancia, la Corte Suprema analiza el recurso de casación interpuesto por Lindley en base a las siguientes causales: i) infracción normativa por inaplicación del artículo 1183° del Código Civil y ii) infracción normativa por indebida aplicación del inciso d) del artículo 68° de la Ley de Seguridad y Salud de Servicios, Ley 29783. En atención a ello, a partir de la relación comercial de las partes se buscará analizar los alcances del ámbito de aplicación de estas normas para determinar si fue válida la atribución de responsabilidad solidaria impuesta a Lindley. / Supreme Court in the “Casación Laboral No. 4871-2015”, through which, it is determined that it is appropriate to attribute joint and several liability to Lindley Corporation S.A. based on the National Labor Jurisdictional Plenary of 2008, with respect to a work accident suffered by a worker of the contractor Bajopontina. Specifically, the case deals with a claim for indemnity for non-performance of obligations filed by a worker, who suffers a work accident, against her employer Bajopontina and requests the joint and several liability of the company Lindley with which Bajopontina entered into a distribution contract. After Bajopontina's civil liability was accepted in the second instance, the Supreme Court analyzes the cassation appeal filed by Lindley based on the following grounds: i) violation of the law for non-application of article 1183° of the Civil Code and ii) violation of the law for improper application of paragraph d) of article 68° of the Health and Safety of Services Law, Law 29783. In view of this, based on the commercial relationship of the parties, the scope of application of these rules will be analyzed in order to determine whether the attribution of joint and several liability imposed on Lindley was valid.
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Informe jurídico sobre la Casación N°01532-2015 Lima, emitida por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República

Curo Gomez, Allison Antuanné 02 August 2023 (has links)
El presente caso se trata sobre un recurso de casación interpuesto ante la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, donde se analiza la figura de la carga de la prueba en un proceso de contradicción de revocación a la donación. A partir de la Resolución Ejecutoria Suprema S/N de fecha 26 de octubre de 2015, emitida por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en el Expediente en Casación N° 01532-2015-0-5001-SU-CI-01, surgen diferentes interrogantes. Una de ellas es sobre la figura de la carga de la prueba en un proceso judicial y su aplicación como regla subsidiaria en un proceso. Asimismo, otra interrogante se ve referida a la posibilidad de aplicar la carga dinámica de la prueba en el presente caso y su regulación en nuestro ordenamiento jurídico. Finalmente, se suma como tercer interrogante el contenido de lo que se conoce como prueba diabólica. Debido a ello, en el presente informe jurídico se realiza un análisis jurídico, en base a doctrina y jurisprudencia, con la finalidad de dar una respuesta que permita entender cómo es que se rigen las figuras de la carga de la prueba y la carga dinámica de la prueba en nuestro ordenamiento y, sobre todo, en un proceso de contradicción a la revocación de donación. / The present case deals with a cassation appeal filed before the Transitory Civil Chamber of the Supreme Court of Justice of the Republic, where the figure of the burden of proof in a process of contradiction of revocation to the donation is analyzed. From the Supreme Executory Resolution S/N dated October 26, 2015, issued by the Transitory Civil Chamber of the Supreme Court of Justice of the Republic in the Case File in Cassation N° 01532-2015-0-5001-SU-CI-01, different questions arise. One of them is about the figure of the burden of proof in a judicial process and its application as a subsidiary rule in a process. Likewise, another question refers to the possibility of applying the dynamic burden of proof in the present case and its regulation in our legal system. Finally, the third question is the content of what is known as diabolical evidence. Therefore, in the present legal report an analysis is made, based on doctrine and jurisprudence, in order to provide an answer that permits to understand how the figures of the burden of proof and the dynamic burden of proof are governed in our legal system and how they are applied. and, above all, in a proceeding dealing with the contradiction to the revocation of a donation.

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