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Informe sobre la Casación de la Corte Suprema de Justicia N° 1177-2019-CuscoQuevedo Navarro, Massiel Ginet 07 August 2023 (has links)
El presente trabajo de suficiencia profesional, versa sobre la Casación Nº 1177-2019- Cusco.
El método utilizado se basa en la determinación de los hechos relevantes del caso, seguido del
desarrollo de los problemas jurídicos, luego, se realiza el análisis de cada uno de estos
problemas, la posición de la Bachillera, conclusiones y recomendaciones. Asimismo, se
observa que la Señora Gregoria habría sido víctima de agresiones físicas y psicológicas en un
contexto de violencia basada en género por parte de su conviviente; sin embargo, no encontró
justicia, ya que los operadores de justicia le imputaron al agresor el delito de agresiones contra
las mujeres y no el delito de feminicidio en grado de tentativa.
En este sentido, se concluye una insuficiencia para valorar los elementos del tipo penal de
feminicidio, ya que la Corte solo se habría centrado en valorar la idoneidad del arma y el
nivel de las lesiones ocasionadas por parte del agresor como problema principal, ya que el
análisis del caso carece de una debida argumentación y falta de motivación para sustentar la
decisión adoptada. Finalmente, los operadores de justicia no aplicaron la perspectiva de
género en el caso concreto, lo cual resulta nocivo para el estudio de los delitos cometidos en
contextos de violencia de género. Este enfoque tiene que ser utilizado en concordancia con
los estándares internacionales para lograr un Perú con justicia social e igualdad de derechos. / This professional sufficiency work is about the Cassation Nº 1177-2019-Cusco. The method
used is based on determining the relevant facts of the case, followed by the development of
the legal issues. Then, an analysis of each of these issues is carried out, considering the
position of the Bachelor, conclusions, and recommendations. It is observed that Mrs.
Gregoria was allegedly a victim of physical and psychological abuse in a context of genderbased
violence by her cohabitant. However, she did not find justice as the judicial
operators charged the perpetrator with the offense of assaults against women instead of
attempted feminicide.
In this regard, there is a lack of adequacy in assessing the elements of the crime of feminicide
since the Court only focused on evaluating the suitability of the weapon and the level of
injuries caused by the perpetrator as the main issue. The analysis of the case lacks proper
reasoning and motivation to support the decision made. Finally, the judicial operators did not
apply a gender perspective in the specific case, which is detrimental to the study of crimes
committed in the context of gender-based violence. This approach needs to be used in line
with international standards to achieve a Peru with social justice and equal rights.
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Análisis crítico sobre la configuración del delito de negociación incompatible a la luz de la línea interpretativa propuesta por la Corte Suprema en la Casación N° 231-2017-PunoJara Enriquez, Eloisa 01 January 2023 (has links)
El presente informe jurídico tiene como objetivo realizar un análisis crítico sobre los
problemas jurídicos identificados en la Casación N° 231-2017-Puno, a través de la cual, se
absolvió por el delito de negociación incompatible a los acusados -alcalde y miembros del
comité especial de la provincia de Melgar- en referencia a un proceso de contratación bajo la
modalidad de proceso exonerado realizado en el año 2010.
En la sentencia en mención se ha identificado tres problemas jurídicos: el primero, hace
referencia a que el bien jurídico del delito de negociación incompatible es el patrimonio, el
segundo es que en la sentencia se identifica al delito de negociación incompatible como un
delito de peligro concreto y, el tercer problema jurídico identificado es que de acuerdo con la
Corte Suprema, el interés indebido no es una mera parcialización, sino que este interés se
tiene que ver reflejado en un beneficio de carácter económico sobre el propio sujeto activo o
terceros. Al respecto, a lo largo del trabajo, a través de un análisis teórico, jurídico y, además,
normativo se postulará que esta lectura de la Corte Suprema es errada en tanto estas
conclusiones no se derivan de la estructura típica de este delito, así como que la misma no es
acorde con una lectura de proscripción de la corrupción, menos aún, es una línea de
interpretación conforme las Convenciones Internacionales sobre la lucha contra la
corrupción. / The purpose of this legal report is to make a critical analysis of the legal problems identified
in Cassation N°. 231-2017-Puno, through which the defendants -mayor and members of the
special committee of the province of Melgar- were acquitted for the crime of incompatible
negotiation - in reference to a contracting process under the modality of exonerated process
carried out in 2010.
In this work, have been identified three legal problems in the sentence: the first refers to the
fact that the legal asset of the crime of incompatible negotiation is the patrimony, the second
is that in the sentence the crime of incompatible negotiation is identified as a crime of
specific danger and, the third legal identifying problem is that according to the Supreme
Court, the undue interest is not a mere bias, but rather this interest must be reflected in an
economic benefit on the active subject or third parties. In this regard, throughout the work,
through a theoretical, legal and, in addition, normative analysis, it will postulate that this
reading of the Supreme Court is wrong insofar as these conclusions are not derived from the
typical structure of this crime, as well as it is not consistent with a reading of the prohibition
of corruption, even less, it is a line of interpretation in accordance with the International
Conventions on the fight against corruption.
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El Recurso Extraordinario de Casación. ¿Debería poner fin al proceso?Cifelli Peñaherrera, Kristian 02 June 2021 (has links)
El recurso extraordinario de casación permite que la Corte Suprema evalúe una
controversia en última instancia. Debido a que jerárquicamente este órgano se encuentra
en la cúspide de la pirámide judicial, se debería asumir que aquí concluiría el proceso, sea
de forma favorable o contraria al impugnante. No obstante, esto no siempre sucede así,
porque nuestra actual normativa legitima la posibilidad de que vía casación se anule la
decisión impugnada y se reenvíe la causa para que se corrijan los vicios advertidos. La
Corte Suprema como máximo órgano jurisdiccional del Poder Judicial debería estar en
condiciones de resolver definitivamente la controversia cuando esta llega a su competencia
a través del recurso extraordinario de casación. Por tal motivo, partimos de la premisa que
la declaración de nulidad y posterior reenvío al órgano de inferior jerarquía solo se debería
activar de manera excepcional cuando el vicio sea de imposible subsanación en esa
instancia del proceso. En la medida que la regulación actual no contempla ese criterio, se
concuerda con la propuesta de reforma que postula la eliminación del reenvío y que este
solo sea empleado en casos aislados. Lo señalado anteriormente permitiría que los
procesos judiciales no se dilaten innecesariamente y se satisfaga el derecho a una tutela
jurisdiccional que no solo permita acceder al sistema, sino que, también sea efectiva
producto de un pronunciamiento que garantice la correcta aplicación del derecho objetivo,
se ajuste a la corriente jurisprudencial en boga y se pueda materializar en un margen
razonable de tiempo.
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Informe sobre Expediente N° 13049-2013-0-1801-JR-LA-14Jacinto Moya, Katia Cecilia 03 November 2020 (has links)
En el presente informe se analizan los aspectos más relevantes del proceso de
impugnación de despido fraudulento iniciado por el señor Williams Guerra Rodriguez
(en adelante, “el señor Guerra Rodríguez” o “el trabajador”) contra Tiendas por
Departamento Ripley (en adelante, “RIPLEY”). En particular, si es válido despedir a un
trabajador imputándole la falta grave de injuria y faltamiento de palabra por comentarios
que realizó en perfiles públicos de Facebook. Aterrizando este aspecto en el caso en
concreto, los principales problemas jurídicos que se buscan absolver son si el señor
Williams Guerra Rodriguez incurrió en la mencionada falta grave y, si los hechos que
realizó configuraban un delito contra el honor. Teniendo en cuenta lo expuesto, tras la
revisión y estudio de las normas laborales y penales vigentes así como la jurisprudencia
emitida en estas materias, se llegó a la conclusión de que: (i) el despido del trabajador
es válido porque efectuó comentarios injuriantes y ofensivos contra representantes y
trabajadores de la Empresa, así como su empleador; y, (ii) que por el contenido ofensivo
de los comentarios que difundió en el medio de comunicación social Facebook, el
trabajador incurrió en el delito de difamación agravada.
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Informe Jurídico sobre la Casación N°542-2017, LambayequeMejía Liceta, Keyla Melissa 15 August 2022 (has links)
El delito de Colusión, tipificado en el artículo 384° del Código Penal, en la actualidad, es uno de delitos
más comunes realizados por malos funcionarios públicos. A pesar de ello, no se ha logrado uniformizar
la interpretación respecto a algunos de sus elementos típicos. En esa línea, la Casación N° 542-2017,
Lambayeque, plantea diferentes posturas respecto a los elementos del delito de colusión, sin llegar
una decisión uniforme, la cual definitivamente incide en la resolución del caso.
En esa línea, a partir del análisis de la casación en mención se han identificado los siguientes
problemas: i) el bien jurídico en el delito de colusión, ii) ¿La colusión agravada requiere de un perjuicio
patrimonial para su configuración?, y iii) La naturaleza y denominación del primer y segundo párrafo
del delito de colusión en el Código Penal peruano (¿colusión simple y agravada o conspiración
colusoria y colusión desleal?).
Para la resolución de estos problemas, hemos diferenciado algunos de los elementos típicos de la
colusión simple y la colusión agravada. En ese sentido, se ha propuesto que el bien jurídico en el delito
de colusión sea i) la asignación eficiente de los recursos basados en los principios de imparcialidad,
transparencia, etc. y ii) la protección del patrimonio Estatal. Asimismo, hemos concluido que en el
delito de colusión agravada es necesario un perjuicio efectivo al patrimonio del Estado, para su
configuración y que los delitos conspirativos y de tendencia interna transcendente no son acorde a los
elementos objetivos que exige el delito de colusión / The crime of Collusion, typified in article 384° of the Penal Code, is currently one of the most common
crimes carried out by bad public officials. Despite this, it has not been possible to standardize the
interpretation regarding some of its typical elements. Along these lines, Cassation No. 542-2017,
Lambayeque, raises different positions regarding the elements of the crime of collusion, without
reaching a uniform decision, which definitely affects the resolution of the case.
Along these lines, based on the analysis of the cassation in question, the following problems have been
identified: i) the legal interest in the crime of collusion, ii) does aggravated collusion require patrimonial
damage for its configuration?, and iii) The nature and denomination of the first and second paragraph of
the crime of collusion in the Peruvian Penal Code (simple and aggravated collusion or collusive
conspiracy and unfair collusion?).
To solve these problems, we have differentiated some of the typical elements of simple collusion and
aggravated collusion. In this sense, it has been proposed that the legal interest in the crime of collusion
is i) the efficient protection of resources based on the principles of impartiality, transparency, etc. and ii)
the protection of state assets. Likewise, we have concluded that in the crime of aggravated collusion,
an effective damage to the patrimony of the State is necessary, for its configuration and that conspiracy
crimes and crimes of transcendent internal tendency are not in accordance with the objective elements
required by the crime of collusion.
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Análisis de aspectos problemáticos de la tipicidad objetiva y subjetiva del delito de negociación incompatible, en la Casación N.° 23-2016/ICAAlcedo Solano, Sandra Pamela 15 August 2022 (has links)
El informe jurídico ofrece un análisis de los elementos de la tipicidad objetiva y subjetiva
del delito de negociación incompatible, a través de la Casación N° 23-2016 ICA. Se
desarrolla un estudio sobre el rol y responsabilidad penal del tercero o sujeto particular
debido a la falta de tratamiento univoco en los tribunales. También, un análisis sobre la
“finalidad indebida” como búsqueda de un provecho o beneficio que no requiere
concretización. Por último, una reflexión general sobre la aplicación del principio de
confianza o principio de desconfianza en los delitos de corrupción de funcionarios, con
atención a la división horizontal y vertical de roles. / This legal report offers an analysis of the elements of the objective and subjective typicity
of the crime of incompatible negotiation, through Casación No. 23-2016 ICA. It develops
a study on the role and criminal responsability of the third party or private individual due
to the lack of univocal treatment in the courts. Also, an analysis on the "undue purpose"
as a search for an advantage or benefit that doesn’t require concretization. Finally, a
general reflection on the principle of trust or the principle of distrust in crimes of
corruption of officials, with attention to the horizontal and vertical division of roles.
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Informe Jurídico sobre la Casación N° 374-2015-LimaLlerena Valencia, Maylin Maribi 15 August 2022 (has links)
La Casación 374-2015-Lima, por medio de la cual Aurelio Pastor fue absuelto de la
acusación fiscal como autor del delito de tráfico de influencias simuladas, es un precedente
importante no solo para entender cómo el máximo órgano del Poder Judicial, la Corte
Suprema, interpreta la naturaleza de este tipo penal, sino también para reflexionar sobre las
consecuencias negativas de legalizar este tipo de actos para un grupo selecto de
profesionales: los abogados.
Por ello, el presente informe, buscará, principalmente, abordar el entendimiento de este tipo
penal desde el estudio de los elementos de la tipicidad objetiva, así como desde el análisis de
las distintas posturas que se han vertido alrededor del bien jurídico protegido por este delito.
Esto último con la finalidad de presentar una nueva postura, pero no por ello menos loable.
Del mismo modo, el presente trabajo buscará analizar de forma crítica la aplicación, en el
caso concreto, de la causa de justificación “ejercicio legítimo de la profesión”, regulada en
numeral 8) del artículo 20 del Código Penal, pues no consideramos acorde legalizar este tipo
de conductas.
Finalmente, la investigación concluirá intentando responder a la interrogante de si en el caso
en específico nos encontramos frente a un delito provocado por parte del tercero interesado.
Palabras clave: tráfico de influencias simuladas, bien jurídico, causa de justificación,
ejercicio legítimo de la profesión, delito provocado. / Cassation 374-2015-Lima, by means of which Aurelio Pastor was acquitted of the fiscal
accusation as the perpetrator of the crime of simulated influence peddling, is an important
precedent not only to understand how the highest body of the Judicial Power, the Supreme
Court, interprets the nature of this criminal type, but also to reflect on the negative
consequences of legalizing this type of act for a select group of professionals: lawyers.
For this reason, this report will seek, mainly, to address the understanding of this criminal
type from the study of the elements of objective typicity, as well as from the analysis of the
different positions that have been exposed around the legally-protected right by this crime.
The latter in order to present a new position, but no less laudable.
In the same way, the present report will seek to critically analyze the application, in the
specific case, of the cause of justification "legitimate exercise of the profession", regulated in
numeral 8) of article 20 of the Criminal Law, since we do not consider it appropriate to
legalize this type of behavior.
Finally, the investigation will conclude trying to answer the question of whether in the
specific case we are facing a provoked crime by the interested third party.
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Un paso hacia adelante y dos para atrás: Informe sobre la Casación Laboral Nº 24304-2019-LIMABriones Zegarra, Joaquín Santiago 05 August 2022 (has links)
El presente informe analiza la Casación Laboral Nº 24304-2019-LIMA, emitida a inicios
del 2022. En esta resolución, la Corte Suprema se pronuncia sobre la extensión unilateral de
los beneficios pactados en un convenio colectivo suscrito por un sindicato minoritario.
Concretamente, en el caso se examinó el otorgamiento del bono por cierre de pliego que,
sólo con una distinta denominación, fue entregado a los trabajadores no sindicalizados a
largo de los años. Así, retrocediendo a un criterio jurisprudencial ya superado, el Colegiado
admite la extensión de este beneficio afirmando que sólo se trataría de un derecho similar
derivado de la voluntad empresarial.
A efectos de desarrollar los principales problemas jurídicos contenidos en esta decisión, se
ha dividido este trabajo en tres secciones: planteamiento de hechos, identificación de los
problemas, y su posterior análisis. En tal sentido, se recurre a la legislación, doctrina y
jurisprudencia que se pronuncian sobre los problemas identificados. Finalmente, las
conclusiones y recomendaciones son presentadas.
Al margen de que –según se aprecia en el desarrollo del informe– rechazamos el vigente
criterio de la Corte, el análisis de la resolución seleccionada es una oportunidad para
corregir y avanzar hacia una línea jurisprudencial que garantice la efectividad de los
derechos laborales. Por tal razón, como lo advierte el título de este trabajo, el objetivo en
cualquier escenario es debatir y progresar, evitando en el camino dar pasos hacia atrás. / This report analyzes Supreme Labor Decision Nº 24304-2019-LIMA, issued at the
beginning of 2022. In this resolution, the Supreme Court rules on the unilateral extension of
the benefits agreed in a collective bargaining with a minority union. Specifically, in the case
was examined the granting of the bonus for closing bargaining, same which, only with a
different denomination, was given to non-unionized workers over the years. Thus, going
back to an outdated jurisprudential criterion, the Collegiate admits the extension of this
benefit on the basis that it would only be a similar right derived from the business will.
In order to develop the main legal problems contained in this decision, this report is divided
into three sections: statement of facts, identification of problems, and their subsequent
analysis. Hence, legislation, doctrine and jurisprudence that rule on the identified problems
are used. Finally, conclusions and recommendations are presented.
Regardless of the fact that we reject the current criteria of the Court –as can be seen in the
development of the report–, the analysis of the selected decision is an opportunity to correct
and move towards a jurisprudential line that guarantees the effectiveness of labor rights.
For this reason, as the title of this report warns, the objective in any scenario is to debate
and progress, avoiding taking steps backwards along the way.
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Informe sobre la casación No. 4323-2016-Moquegua emitida por la sala civil permanente de la Corte Suprema de Lima: nulidad de acto jurídico y reivindicaciónEstenssoro Baella, Alejandra 09 September 2022 (has links)
El objetivo general del presente informe es analizar si la Corte Suprema pudo o no advertir la
realización e intención del fraude inmobiliario desde una perspectiva civil y si aplicó de manera
adecuada las normas relativas a la nulidad de actos jurídicos y buena fe pública registral
recogidas en los artículos 219 y 2014 del Código Civil, siendo el problema jurídico central del
presente informe determinar si son nulos los actos jurídicos celebrados con la finalidad de
defraudar al propietario de un bien y despojarlo del mismo, sin su intervención. Para lo
anterior, se han analizado los argumentos de la Corte Suprema y se han contrastado con
posiciones doctrinarias respecto a la interpretación de los artículos 219 y 2014 del Código Civil.
Si bien la Corte Suprema administró justicia con la sentencia casatoria, al declararse nulo el
acto jurídico, no interpretó de manera adecuada la causal de nulidad de finalidad ilícita e
imposibilidad jurídica y, además, omitió invocar y desarrollar la causal de nulidad respecto a
los actos que contravienen el orden público.
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Informe Jurídico sobre la Casación Laboral N° 3591-2016-DEL SANTAGómez Limaylla, Claudia Milagros 12 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad hacer un análisis crítico de lo resuelto
por la Corte Suprema en la Casación Laboral N° 3591-2016-DEL SANTA, a través de
la cual, bajo un criterio lesivo y arbitrario se determina que la sola ocurrencia de un
infarto en el centro de trabajo genera su calificación automática como accidente de
trabajo; asimismo, que el fallecimiento del extrabajador en el centro de trabajo es una
prueba irrefutable del incumplimiento del deber de prevención del empleador,
considerando este deber como una obligación de resultados y; por último, que en
atención a dicho incumplimiento el empleador es responsable del pago de una pensión
por sobrevivencia.
En base a lo expuesto, tras la revisión de la normativa de Seguridad y Salud en el
Trabajo, la Constitución Política del Perú y, de manera supletoria, los instrumentos
internacionales, se llegó a la conclusión de que: (i) el infarto sufrido por el extrabajador
no califica como accidente de trabajo, toda vez que no se presenta el elemento conectivo
entre el infortunio sufrido y el cumplimiento de las órdenes laborales encomendadas;
(ii) el deber de prevención es una obligación de medios que tiene como fin minimizar y
controlar los peligros y riesgos presentes en el trabajo y, (iii) no existe congruencia
procesal entre lo resuelto por la Corte Suprema y la pretensión planteada en el proceso.
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