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El procedimiento sancionador en la contratación estatal y su repliegue ante un proceso arbitral o judicialReyes Egoavil, Aura Luz 03 May 2017 (has links)
La presente investigación es importante porque permitirá determinar si en los casos de
suspensión, los procedimientos sancionadores cumplen su finalidad o si por lo
contrario con la suspensión se desvirtúa la razón de ser de dicho procedimiento, así
como, podrá plantearse una alternativa para que la suspensión se restrinja a los casos
y tiempos estrictamente necesarios.
El primer capítulo tiene como objeto establecer la finalidad del procedimiento
administrativo sancionador en las contrataciones con el Estado y el interés jurídico
protegido a través de dicho procedimiento; así como, situar la protección del interés
protegido dentro de su origen que es el contrato. Para ello las preguntas relevantes
que se tratarán de resolver en este trabajo y que nos permitirán arribar a nuestras
conclusiones finales serán, entre otras: a) ¿Cuál es la finalidad y justificación del
procedimiento sancionador en sede administrativa dentro de la normativa de
contrataciones del Estado?, b) ¿Cuál es interés jurídico que el Estado pretende
proteger a través del procedimiento administrativo sancionador a cargo del Tribunal de
Contrataciones del Estado? y c) ¿Existe otro mecanismo ante el incumplimiento
contractual además del procedimiento sancionador que pueda evitar el incumplimiento
o preservar la ejecución del contrato? Al finalizar el primer capítulo estaremos en
condiciones de afirmar que la finalidad del procedimiento sancionador se ve afectada
por la suspensión del procedimiento y que el interés protegido sólo logra satisfacerse
con la ejecución debida del contrato y no con la sanción impuesta.
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Competencia desleal del Estado. A propósito de la utilización de los mecanismos de la contratación pública que permite al Estado intervenir en actividades empresarialesTorrico Ramirez, Juan Manuel 24 January 2023 (has links)
Es común observar que el Estado se encuentra contratando a sus empresas estatales y entidades
públicas a través de los alcances interpretativos en la aplicación de los mecanismos establecidos
en la normativa de contratación pública, estos son los procedimientos competitivos y los convenios
de colaboración interadministrativa, situación que transgrede el Principio de Subsidiariedad
contenido en el artículo 60 de la Constitución Política de 1993, ya que cuando se analizan algunas
de esas contrataciones (enfoque metodológico de estudios de casos) no se cumplen con los
presupuestos de dicho principio de acuerdo a diversos pronunciamientos del Tribunal
Constitucional (enfoque metodológico de argumentación jurídica constitucional); asimismo,
también se configura el supuesto de competencia desleal, en la modalidad de violación de normas,
establecido en el numeral 14.3 del Decreto Legislativo N° 1044 “Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Represión de la Competencia Desleal”, situación que debe ser revertida a través de las
siguientes medidas i) el cambio de la posición institucional adoptada por el Organismo Supervisor
de las Contrataciones del Estado – OSCE que permite que las empresas estatales y las entidades
públicas contraten con el Estado utilizando dichos mecanismos, ii) las denuncias ante INDECOPI
por parte de las personas naturales o jurídicas afectadas por esas contrataciones contra las empresas
estatales y entidades públicas por haber incurrido en competencia desleal y iii) modificación de la
normativa de contratación pública para que se limite el alcance de los procedimientos competitivos
y los convenios de colaboración interadministrativa cuya interpretación permite al Estado
transgredir el artículo 60 de la Constitución Política de 1993.
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Self cleaning (Sistema de auto rehabilitación o autocorrección empresarial)Lorenzo Quilla, Nora 18 June 2019 (has links)
En nuestro país existen 2769 empresas inhabilitadas para participar en procesos de
contratación pública, con sanción vigente.
En el último informe oficial de la OSCE, publicado en el año 2017, se ha demostrado
que, en el supuesto más grave, por cada proceso de contratación pública en el 72%
de procesos de adjudicación, se ha otorgado la buena pro con la participación de
solamente, un postor. El índice de competencia es de 1. ¿Qué hacemos para que
estas empresas inhabilitadas, puedan participar nuevamente y mejorar así el índice
de competencia por proceso?
Por medio de la Directiva Nº 24-2014— sobre contrataciones públicas— el
Parlamento Europeo, establece un tema muy importante. En el numeral 6 del
artículo 57, se prevé la posibilidad de evitar la inhabilitación de un proceso de
contratación pública, por medio de un sistema denominado “Self Cleaning”, es
decir, un programa de “auto-limpieza”, “auto-saneamiento” o “rehabilitación
empresarial” de cara al delito cometido y por el que fue inhabilitada la empresa;
dicho programa, para su validez, debe ser desarrollado por la propia empresa y
sometido a evaluación por la entidad que tramita el proceso de contratación
pública. Se trata, en buena cuenta, de un programa de regeneración ex post a la
sentencia firme que determinó la inhabilitación de la empresa.
Precisamente sobre este tema versa, el presente trabajo; se plantea la posibilidad de
implementar el sistema de Self Cleaning en nuestro ordenamiento jurídico.
Se considera el sistema de Self Cleaning como modelo de regeneración empresarial
ex post, que permite rehabilitar empresas ya inhabilitadas para participar en procesos
de contratación. Ello incrementa el indicador de competencia; reduce los efectos
negativos en los empleados de las empresas inhabilitadas, consorciadas y demás
afectados colaterales; además permite preservar la lex artis de cada empresa. / Trabajo de investigación
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El arbitraje en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado: a propósito de su obligatoriedad en los contratos domésticos del Estado con privadosIglesias Palza, Pablo Antonio 21 October 2020 (has links)
La Ley de Contrataciones del Estado vigente en el Perú, reconoce como mecanismo
heterocompositivo de solución de controversias obligatorio, salvo excepciones, al
arbitraje. Al estipular al arbitraje como obligatorio, se desnaturaliza la figura de esta
institución jurídica como mecanismo adecuado de solución de controversias, dado que
éste es esencialmente voluntario. Bajo este orden de ideas, a partir de la identificación,
comparación y análisis de un supuesto normativo que es real en el Perú: la
obligatoriedad del arbitraje en los contratos de los que forma parte el Estado bajo el
ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado (en adelante LCE); se postula, en aras
de la coherencia que debe imperar en nuestro Sistema Jurídico, devolverle la
voluntariedad como carácter esencial, proponiendo soluciones que a la vez de
significar modificaciones legislativas que guardan coherencia con nuestra Constitución
y la Ley que norma el Arbitraje, suponen un verdadero entendimiento de la institución
arbitral y una coherente utilización de éste como mecanismo de solución de
controversias, garantizando la Autonomía de la Voluntad, la Tutela Jurisdiccional
Efectiva y el respeto de los derechos de los contratantes en los contratos públicos en
el ámbito de la LCE, bajo un marco de Legalidad. / Trabajo de investigación
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La función de la transparencia frente a prácticas colusorias en las compras públicas : la restricción de la información como fomento de la libre competenciaChávez Sueldo, Olga Evelyn 23 May 2016 (has links)
La presente investigación aborda un tema que no ha sido analizado en el Derecho
Administrativo ni en el Derecho de la Competencia: la restricción de la información de un
proceso de selección como garantía de una mayor competencia.
Es un tema relevante porque su estudio permitirá identificar la incidencia que puede tener
la revelación de determinada información en el fomento de la competencia y en la
consolidación de las prácticas colusorias en el mercado de compras estatales.
Se propone investigar si la transparencia que se establece de la información del proceso
de licitación afecta la libre competencia de los postores fomentando prácticas colusorias
entre éstos y perjudicando, en consecuencia, la óptima obtención de bienes, servicios u
obras para el Estado en desmedro del interés público al contratarse en forma
desventajosa.
Partimos de la premisa que si bien la transparencia puede generar efectos positivos para
evitar la corrupción y generar confiabilidad al permitir a la ciudadanía efectuar un control
constante de los gastos públicos y de otro lado, los competidores-postores de una compra
pública podrán efectuar los cuestionamientos que consideren necesarios a las demás
propuestas, se determinará que el exceso de información y, por lo tanto, de transparencia
de un proceso de selección, puede fomentar la existencia y permanencia de prácticas
colusorias entre postores-competidores, toda vez que conocerdeterminada información
favorecerá los acuerdos colusorios y su monitoreo por parte de los competidores
coludidos, de modo que aquél que incumpla el acuerdo colusorio será el blanco de
represalias de estos. Al permitirse el acceso a información sensible, como es la identidad
de los postores o las condiciones comerciales ofrecidas, se restringirá la competencia y,
en consecuencia, se obtendrán contrataciones a mayor costo o de menor calidad, lo que
en definitiva se traducirá en la frustración de los fines públicos del Estado, esto es el
interés público.
Se trata de un tema que si bien ha sido mencionado en algunos estudios internacionales
aún no ha tenido una atención a nivel nacional.
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El fraccionamiento indebido en la contratación de servicios públicos de telecomunicaciones por montos menores a las 8 UITsChávez Chávez, Azalea Elena 03 December 2018 (has links)
El objetivo de este trabajo de investigación tiene como finalidad determinar si las
entidades públicas están fraccionando indebidamente sus contrataciones de servicios
públicos de telecomunicaciones, mediante la realización de dos o más compras
menores a las 8 UITS, para así evitar aplicar las disposiciones de la Ley de
Contrataciones del Estado; y con ello, suprimir intencionalmente el acceso de los
demás proveedores existentes en el mercado a ofrecer los mismos servicios, a un
mejor precio y con mejores condiciones de calidad. A lo largo de nuestra
investigación veremos la importancia que tiene para el Estado la existencia de
regulaciones y normas que permitan a las entidades seleccionar de forma
transparente a sus proveedores de servicios de telecomunicaciones, consiguiendo
maximizar el uso de los fondos públicos; explicaremos que los servicios de
telecomunicaciones constituyen una herramienta y una necesidad permanente para
el funcionamiento y operatividad de las entidades públicas y a base de ejemplos
demostraremos cuáles son las entidades que vulneran la aplicación de la Ley de
Contrataciones del Estado en la contratación de sus servicios de telecomunicaciones,
para finalmente, analizar el rol que cumple el Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado frente al mecanismo de contratación por montos menores
a 8 UITS de servicios públicos de telecomunicaciones. / Trabajo de investigación
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Los Contratos por servicios no personales en la administración pública como condicionantes de la estabilidad laboral fictaRomero Quispe, Jacobo January 2009 (has links)
La presente investigación está relacionada con un tema de gestión pública
que atañe al Derecho porque trata sobre la forma de aplicación de las normas
legales, pero también porque, como consecuencia de dicha aplicación, afecta
derechos fundamentales de un importante grupo de servidores públicos.
Todo Estado moderno establece mecanismos para su Administración
Pública sea eficiente y eficaz. Ello, significa que la Administración no sólo debe dar
un buen servicio, sino también que para ello debe hacer un buen uso de sus
recursos.
Con la reducción de la estructura del Estado y del número de sus
servidores, se esperaba, además de reducir el gasto público, contar con una
administración más ágil. Esta meta no llegó a concretarse, aún cuando en octubre
del 2001 entró en vigencia la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, cuyas disposiciones han significado un verdadero avance en la
protección de los derechos ciudadanos en materia de justicia administrativa.
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Responsabilidad tributaria de las entidades que expropian bienes inmuebles para la ejecución de obras de infraestructura: obligación de pago del impuesto a la rentaNolazco Vicente, Edwin Edgard 29 January 2019 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene la intensión de advertir sobre la
responsabilidad tributaria que asumen las entidades públicas que expropian bienes
inmuebles para la ejecución de obra pública, así como resaltar la obligación tributaria
de los expropiados, todo ello dentro del contexto normativo que dispone que las
entidades expropiadoras asumirán el pago del Impuesto sobre la Renta obtenida y que
recae en los expropiados de los bienes.
Previamente a la determinación de las responsabilidades señaladas, estudiaremos las
teorías de renta aplicadas en nuestra legislación tributaria para finalmente apreciar la
teoría de renta aplicable a la transferencia de bienes inmuebles en la expropiación. En
este análisis tendremos en consideración el pronunciamiento del Tribunal Constitución
referente a la afectación del derecho de propiedad en la expropiación así como la
inconstitucionalidad de afectar con el Impuesto a la Renta a la transferencia de
propiedad como consecuencia de la expropiación, puesto que dicha transferencia no
media una libre voluntad del transferente, el mismo que se ve en la obligación de
transferir su inmueble a cambio de un precio justipreciado.
Este pronunciamiento constitucional será de relevancia para la conclusión final del
trabajo, puesto que la responsabilidad tributaria de las partes que se relacionan en la
operación de expropiación tendrán vinculación directa con la inconstitucionalidad de la
norma que afecta con el tributo en cuestión a la transferencia de bienes como
consecuencia de la expropiación. / Trabajo de investigación
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Los Contratos por servicios no personales en la administración pública como condicionantes de la estabilidad laboral fictaRomero Quispe, Jacobo January 2009 (has links)
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Modelo de gestión logística de administración de cadena de suministros para optimizar el sistema de contrataciones en la Universidad Nacional Mayor de San MarcosCastillo Luyo, Nelly Rosa January 2012 (has links)
El documento no refiere asesor / Propone el modelo de gestión logística de administración de cadena de suministros, basado en integración, coordinación y confianza entre todos los involucrados en el proceso de contrataciones a fin de lograr integrar la planeación y gestión de todas las actividades de la contratación externa, respecto a los ítems de mayor consumo en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos - UNMSM a través de un proceso de selección único, con los beneficios de las economías de escala, optimizando el sistema de contrataciones, contribuyendo con el logro de metas y satisfaciendo necesidades de los clientes. / Tesis
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