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La regulación de la reparación civil in natura en los delitos de contaminación ambientalGonzales Cordova, Zoila Rossmery January 2020 (has links)
El delito de contaminación ambiental con presencia del daño al medio ambiente, se deben establecer de manera primordial formas de reparación in natura, ya que solamente de esta manera se logrará una efectiva reparación al medio ambiente lamentablemente en diversos pronunciamientos de la Procuraduría Publica Especializada en Delitos Ambientales no se han pronunciado al respecto, teniendo en cuenta que nuestra finalidad está basada en el objetivo principal el cual expresa en plantear la propuesta legislativa en función a la problemática planteada con criterios constitucionales y garantizando que se tenga en cuenta la reparación in natura cuando se fije la reparación civil, durante la
investigación fiscal y asimismo se realice la adecuada valoración del daño, en los procesos penales sobre delitos ambientales.
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¿Coautoría en los delitos de infracción de deber?: Análisis de la figura de la coautoría respecto a si es posible o no su aplicación en los delitos contra la administración públicaBohorquez Guevara, Mary Yomalisi 17 April 2023 (has links)
En el presente artículo tenemos como objetivo principal pronunciarnos y sentar
posición respecto al debate existente que surgió a raíz de la aplicación o no de la
figura de la coautoría en los denominados delitos de infracción de deber.
Para ello, hemos realizado la revisión de doctrina nacional e internacional, así como
también de la jurisprudencia nacional, para así poder establecer y explicar lo
desarrollado respecto a este tema. Es por ello que, ha sido importante establecer
definiciones respecto a conceptos importantes, como la teoría del dominio del hecho
y la teoría de infracción de deber, las cuales serán utilizadas para poder distinguir
entre quiénes responden como autores o partícipes frente a la comisión de un hecho
ilícito.
Asimismo, hemos explicado cómo ha sido definida la figura coautoría, para
seguidamente desarrollar los argumentos bajo los cuales un sector sostiene que
esta figura si debe aplicarse cuando estamos frente a los delitos de infracción de
deber, y los argumentos en los cuales se basa otro sector, el cual sostiene que esta
figura no puede aplicarse en dichos delitos.
Finalmente, hemos hecho mención a algunas consecuencias prácticas que trae
consigo el no sentar posición respecto a este tema en concreto, haciendo referencia
principalmente a la vulneración de la garantía del debido proceso. / The main objective of this article is to pronounce ourselves and establish a position
regarding the existing debate that arose as a result of the application or not of the
figure of co-authorship in the so-called crimes of breach of duty.
For this, we have carried out the review of national and international doctrine, as well
as national jurisprudence, in order to establish what has been developed regarding
this topic. That is why it has been important to establish definitions regarding
important concepts, such as the theory of control of the act and the theory of
infringement of duty, which will be used to distinguish between those who respond as
perpetrators or participants in the commission of a crime. wrongful act.
Likewise, we have explained how the co-authorship figure has been defined, to then
explain the arguments under which a sector maintains that this figure should be
applied when we are facing crimes of breach of duty, and the arguments in which a
sector maintains that this figure cannot be applied in said crimes.
Finally, we have mentioned some practical consequences of not taking a position on
this specific issue, referring mainly to the violation of the guarantee of due process. / Trabajo académico
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Informe Jurídico de Casación N°1059-2018-HuánucoFustamante Sánchez, Diana Celinda 07 August 2023 (has links)
El estudio de la presente Casación N.°1059-2018-Huánuco tiene por objetivo
determinar si es posible sancionar la participación del extraneus en el delito de
negociación incompatible, en tanto que hay posiciones doctrinarias divididas. Así, se
ha analizado las diferentes teorías existentes en torno a la interpretación de la autoría
y participación en delitos especiales y delitos de infracción de deber: la teoría de la
ruptura del título de imputación y la teoría de la unificación del título de imputación.
Asimismo, se ha analizado el elemento de interés indebido como conducta típica en la
negociación incompatible para luego determinar cuál es el bien jurídico protegido. Para
ello, se ha recurrido a la normativa, legislación y jurisprudencia nacional relevante en
el tema materia de discusión. En tal sentido, se ha concluido que el extraneus sí puede
responder penalmente, en calidad de partícipe o cómplice, sin que haya una ruptura
del título de imputación. Ello no significa que estemos ante un delito de colusión, por la
diferente naturaleza del hecho ilícito. Finalmente, el interés indebido será aquellos
actos o conductas que deben analizarse en conjunto y no de manera aislada y
representan conductas objetivas que contravienen el bien jurídico de la imparcialidad
en la actividad contractual del Estado, mas no el Patrimonio Estatal como
erróneamente el recurrente de la Sentencia de Casación había señalado. / The study of the present Cassation No. 1059-2018-Huánuco aims to determine
if it is possible to sanction the participation of the extraneus in the crime of
incompatible negotiation, while there are divided doctrinal positions. Thus, the
different existing theories regarding the interpretation of authorship and
participation in special crimes and crimes of infringement of duty have been
analyzed: the theory of the rupture of the imputation title and the theory of the
unification of the imputation title. Likewise, the element of undue interest has
been analyzed as a typical conduct in the incompatible negotiation to later
determine which is the protected legal right. For this, the national regulations,
legislation and jurisprudence relevant to the subject matter of discussion have
been used. In this sense, it has been concluded that the extraneus can respond
criminally, as a participant or accomplice, without there being a breach of the
imputation title. This does not mean that we are dealing with a crime of
collusion, due to the different nature of the illegal act. Finally, the undue interest
will be those acts or conducts that must be analyzed together and not in
isolation and represent objective conducts that contravene the legal right of
impartiality in the contractual activity of the State, but not the State Assets as
erroneously the appellant of the Judgment of Cassation had indicated.
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Análisis del Recurso de Nulidad N° 341-2015: El procedimiento de ajuste tarifario como contexto de comisión del delito de colusiónRímac Narro, José Luis 11 April 2019 (has links)
La investigación elegida es de suma importancia debido a que en nuestro contexto
nacional son muy frecuentes los casos en los que los funcionarios o servidores públicos
se coluden con un particular interesado en el marco de las contrataciones y adquisiciones
estatales, pretendiendo impunidad de sus delitos al señalar la imposibilidad de comisión
de actos colusorios en la fase de ejecución contractual de los mismos.
Esta es la razón por la cual amerita ser dilucidado dicho tema, a fin de formarnos un
criterio dogmático y jurisprudencial uniforme. Además, de contar con una perspectiva que
nos permita establecer claramente la existencia o no de la responsabilidad penal por la
comisión del delito de colusión en supuestos posteriores a la elección del postor y
otorgamiento de la buena pro.
En ese sentido, el presente artículo tendrá como objetivo analizar el procedimiento de
ajuste tarifario de los servicios públicos de telefonía como posible contexto de comisión
del delito de colusión. Para ello, examinaremos el Recurso de Nulidad Nº 341-2015, el
cual fundamenta como argumento central que el procedimiento de ajuste tarifario se trata
de un mero procedimiento administrativo, en el que sería imposible enmarcarse en el
ámbito de las contrataciones y adquisiciones públicas, por lo que debería ser considerada
atípica la conducta colusoria de los procesados y declarar su absolución.
El marco metodológico del presente trabajo reposa en la importancia de protección de los
bienes jurídicos, específicamente el de la imparcialidad de la actuación del Estado en el
contexto de las contrataciones y adquisiciones públicas, con el cual demostraremos que
es perfectamente posible la comisión
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The effects of fiscal windfalls on corrruption and selection into politics: evidence from the Peruvian commodity boom (2003-2014)Guerrero Amezaga, Maria Elena 26 August 2019 (has links)
Some resource-dependent countries experience substantial increases in
government revenue during natural resource booms. Recent theoretical and
empirical contributions (Robinson et al. 2006, Brollo et al. 2013) have argued
that such abundance of windfalls can have a negative effect on the
functioning of local institutions. In particular, abundance of windfalls could
increase the incidence of corruption because their presence aggravates the
moral hazard problem that exists between citizens and their elected authorities.
This is so because an increased budget means that officials can appropiate
rents illegally without compromising their obligations with the electorate,
thus distorting the inferences that citizens make about their authorities’
competence. Furthermore, such agency problem could be aggravated by the
self-selection of relatively worse candidates entering politics (assuming rents
are more valuable for the relatively less skilled), because incumbent mayors
(including corrupt ones) would face weaker competition. Exploiting substantial
time and spatial variation in the amount of mining-related transfers
received by the districts of Peru during the 2000s commodity boom, I implement
a difference-in-differences strategy to put the mentioned theory to test.
I find evidence supporting the hypothesis of a non-monotonic effect of windfalls
on the incidence of corruption, and a negative effect of windfalls on the
quality of candidates drawn to challenge incumbents and compete for public
office. I do not find strong evidence of the theorized relationship between
the two phenomena, but I propose further research pathways to improve our
understanding of the results.
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Informe Jurídico sobre la Casación N°1527-2018 TACNAAlemán Yactayo, Aaron Emilio 18 May 2021 (has links)
El presente artículo académico aborda desde un enfoque jurídico penal material a la
negociación colectiva dentro de la Administración Pública, ello a fin de determinar si la
misma bajo supuesto de fraudulencia e ilicitud puede ser sancionada bajo el delito de
colusión (art.384° CP). El estudio contempla un desarrollo acerca los elementos
configurativos de este delito y la adecuación del suceso fáctico antes descrito, haciendo
especial énfasis en dos de ellos: el interesado y el contexto típico.
El principal objetivo de este trabajo académico consiste, por un lado, el visibilizar esta
nueva modalidad de corrupción inmersa dentro de la Administración Pública, a efectos
de formularse nuevos mecanismos de prevención y detención para contrarrestar los
posibles espacios de riesgos dentro de la misma; y, por otro lado, lograr la sanción efectiva
y adecuada de estos actos ilícitos, para así reducir los niveles de corrupción dentro de
nuestro país. Todo ello con el propósito trascendental de luchar contra la impunidad y la
corrupción, toda vez que ello representa una vulneración a los derechos humanos.
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Interpretación del elemento “caso judicial o administrativo” del delito de Tráfico de InfluenciasVargas Rondon, Maria Fernanda 21 March 2022 (has links)
El presente artículo académico tiene como finalidad realizar un análisis sobre el elemento
normativo “caso judicial o administrativo” del tipo penal de Tráfico de influencias, el
mismo que ha sido objeto de varias interpretaciones tanto en la doctrina como en la
jurisprudencia. Para abordar el objetivo planteado, el artículo académico se dividirá en
tres capítulos. En el primero, se realiza un análisis del tipo penal, en el que se da cuenta
de su evolución normativa, el bien jurídico protegido y los elementos del tipo objetivo.
En el segundo, después de un recuento por los instrumentos internacionales, la legislación
comparada y la jurisprudencia nacional, se propone la interpretación del elemento “caso
judicial o administrativo”. En el tercero, se aborda el principio de legalidad penal y la
interpretación teleológica del elemento normativo en cuestión. Finalmente, se concluye
que la interpretación del elemento “caso judicial o administrativo” debe ser amplia. Por
lo que, “caso judicial” debe comprender no solo los procesos del ámbito jurisdiccional,
sino los previos a este (investigación policial y fiscal), mientras que “caso
administrativo” debe entenderse como procedimiento administrativo. La metodología
empleada tiene como base la revisión de conceptos dogmáticos, los principios del derecho
penal y constitucional, así como los conceptos del derecho administrativo y procesal; para
lo cual, se recurrió a la doctrina nacional e internacional, así como a la jurisprudencia
emitida por el Poder Judicial y del Tribunal Constitucional. / The purpose of this academic article is to analyze the normative element "judicial or
administrative case" of the criminal type of influence peddling, which has been the subject
of several interpretations in both doctrine and jurisprudence. To address the proposed
objective, the academic article will be divided into three chapters. The first section
analyses the criminal nature of the offence, the evolution of regulations, the protected
legal asset and the elements of the objective type. In the second, after a review by
international instruments, comparative legislation and national jurisprudence, an
interpretation of the element "judicial or administrative case" is proposed. The third
explains the principle of criminal legality and the teleological interpretation of the
normative element. Finally, it is concluded that the interpretation of the element "judicial
or administrative case" should be broad. Thus, "judicial case" should include not only the
judicial processes, but also those prior to this (police and fiscal investigation), while
"administrative case" should be understood as an administrative procedure. The
methodology used is based on the revision of dogmatic concepts, the principles of
criminal and constitutional law, as well as the concepts of administrative and procedural
law; to this end, national and international doctrine was used, as well as the jurisprudence
issued by the judiciary and the Constitutional Court.
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La necesidad de regular el delito de colusión activo en el código penal peruanoSotomayor Herrera, Jimmy Manuel 13 May 2021 (has links)
El problema jurídico que aborda en el presente trabajo académico consiste en poner en
relieve la necesidad de regular un tipo penal independiente para el particular que se
concierta con el funcionario público en el marco de una contratación estatal. Sostenemos
esta necesidad en la medida que no compartimos el actual tratamiento que se le da al
extraneus en el delito de colusión, debido a que dogmáticamente su conducta no puede ser
considerada como accesoria y por ende limitarse a un supuesto de participación. El
presente trabajo académico propone regular el tipo penal de colusión activo, donde se
establezca autoría de este delito para el extraneus que se coluda con el funcionario público
en el marco de la contratación estatal. El primer problema jurídico identificado en el presente
trabajo es el considerar al delito de colusión como un delito de participación necesaria, lo
que en la práctica puede generar impunidad o sentencias sin fundamento jurídico.
Mencionamos ello porque en muchas ocasiones existen problemas por parte de la fiscalía
para identificar a la persona concreta dentro de la persona jurídica con la cual se habría
coludido el funcionario público. Ello lleva a que no se pueda aplicar el delito de colusión y
se opta de manera subsidiaria por el delito de negociación incompatible, que claramente
tiene una pena mucho menor al delito de colusión. Así mismo, encontramos que la pena
que se le impone actualmente al extraneus en el delito de colusión. Mencionamos ello,
porque al tratárselo como cómplice primario, el artículo 26 del código penal, establece que
le corresponde la misma pena que al autor. En nuestra opinión ello es equivocado, porque
no se le puede imponer la misma sanción al particular que no tiene deberes para con el
estado, y al funcionario que sí tiene estos deberes especiales. Se estaría vulnerando
claramente el principio de proporcionalidad, sobre todo si reparamos en que estamos ante
un delito de infracción de deber.
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El delito de colusión y negociación incompatible desde la perspectiva de nuestra Corte SupremaFlores Marroú, Jhosselú Anthuanet 11 April 2019 (has links)
En los últimos años, dentro de mi práctica laboral he tenido la posibilidad de revisar diversos casos por investigaciones de delito de colusión y negociación incompatible; sin embargo, siempre me he cuestionado el por qué los Fiscales inician sus investigaciones con la siguiente frase: “Abrir investigación preliminar por el delito de colusión y de forma subsidiaria el delito de negociación incompatible”, dándome a interpretar que cualquiera de los dos delitos pueden ser propios de la investigación; siempre y cuando se encuentren los medios de prueba suficientes.
Con el pasar del tiempo y los procesos observados, he podido notar que muchos casos terminan siendo archivados, en tanto nuestros operadores de justicia no terminan encontrando medios de prueba o indicios suficientes que pudieran acreditar la comisión de esos delitos, siendo cada uno de ellos, procesos cuestionables por las motivaciones de las sentencias que, con normalidad, se suelen dar. Mi cuestionamiento incrementó cuando analicé para mi examen de grado el caso Petroaudios, en donde la Corte Suprema confirmó la sentencia absolutoria contra Rómulo León y otros integrantes de PetroPerú por la comisión del delito de negociación incompatible, tráfico de influencias y cohecho; debido a que no se contaban con todos los medios de prueba que pudieran acreditar tales delitos.
Es así como nace el presente artículo, con la finalidad de analizar la jurisprudencia que la Corte Suprema ha emitido respecto a los delitos de colusión y negociación incompatible, y sobre todo, tratar de dar respuesta a la siguiente pregunta: ¿Cuáles son los criterios que tiene la Corte Suprema para poder establecer que una conducta es pasible de ser sancionada por delito de colusión o negociación incompatible?
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El delito de colusión: La prueba por indicios de la concertación y el estándar probatorioMaldonado Mallqui, Lesly Mattof 09 January 2023 (has links)
El presente artículo busca analizar la concertación, uno de los elementos
estructurales del delito de colusión, desde sus aspectos teóricos, probatorios y
valorativos, lo cual nos permitirá conocer y abordar la problemática y dificultad
de persecución de este delito; considerando además que, es un delito contra la
administración pública, los cuales se caracterizan por su clandestinidad y gran
complejidad probatoria. En esa línea de ideas, la prueba indiciaria se presenta
como un recurso idóneo para enfrentar tal complejidad. No obstante, su uso
requiere de estricta observancia; puesto que, de lo contrario no podrá
consolidarse la fuerza probatoria necesaria para acreditar la concertación. En
ese sentido, este artículo busca brindar una somera orientación a las partes
procesales sobre cómo entender, recopilar y ofrecer la prueba indiciaria
suficiente para consolidar un argumento probatorio respecto de la concertación.
Comenzaremos sentando las bases y requerimientos de probanza con respecto
a la concertación para luego proceder conociendo el estándar probatorio
establecido en Perú, con respecto a este elemento estructural. Asimismo,
procuraremos presentar al lector un estándar probatorio basado en requisitos
metodológicos que puedan brindar a la judicatura herramientas para considerar
que han alcanzado un estándar probatorio que permita enervar la presunción de
inocencia o; por el contrario, concluir que el acervo probatorio no ha sido
suficiente para acreditar la concertación en el delito de colusión. / This article seeks to analyze agreement as one of the structural elements of the
crime of collusion; For this, we will focus on its theoretical, evidentiary, and
evaluative aspects, which will allow us to address the problem and difficulty of
persecution considering, in addition, that it is a crime against the public
administration, which is characterized by its secrecy and great probative
complexity. In this line of ideas, the indicative evidence is presented as an
adequate resource to face it. However, its use requires strict observance; since,
otherwise, the evidentiary force necessary to prove the concertation cannot be consolidated. In that sense, this article seeks to provide brief guidance to the
procedural parties on how to understand, collect and offer sufficient indicative
evidence to consolidate an evidentiary argument regarding the agreement. We
will begin by laying the foundations and proof requirements on the agreement in
the crime of collusion and then proceed knowing the evidentiary standard
established in Peru, with respect to this structural element. Likewise, we will try
to present the reader with an evidentiary standard based on methodological
requirements that can provide the judiciary with tools to consider that they have
reached an evidentiary standard that allows the presumption of innocence to be
weakened or; on the contrary, to conclude that the body of evidence has not been
sufficient to prove the agreement in the crime of collusion.
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