Spelling suggestions: "subject:"derecho civil.en"" "subject:"derecho civil.el""
21 |
La tutela de los intereses supraindividuales y el dilema de la legitimidad para obrar en el mecanismo procesal de la class action y su posible aplicación en el PerúMuñoz Sivana, Jaqueline Katherine 25 February 2021 (has links)
El presente artículo surge a raíz de la deficiente y disgregada regulación de la tutela colectiva en el Perú. Esta regulación conlleva a que la tutela pretendida no sea la adecuada y que el proceso no sirva como instrumento para lograr la protección de los derechos supraindividuales. En este orden de ideas, los objetivos del presente trabajo son, en primer lugar, determinar si es conveniente o no modificar la regulación actual de los procesos colectivos y, en segundo lugar, si se debe optar por un sistema Opt In u Opt Out atendiendo a las circunstancias particulares de la sociedad peruana, así como determinar a
qué persona o personas debería corresponder la legitimidad para obrar para participar en los procesos colectivos. Por ello, la tesis central del presente trabajo es que se necesita mejorar la regulación actual y que esta debe estar consagrada principalmente en el Código Procesal Civil, así como incluir algunas características de la regulación de la class action norteamericana. Finalmente, luego de analizar la experiencia comparada de México, Brasil, Colombia y Estados Unidos, se llega a la conclusión de que, efectivamente, se debe modificar el marco normativo de la tutela colectiva y que esta nueva regulación debe incluir algunas características de la regulación de la class action norteamericana, principalmente acoger un sistema Opt Out. Asimismo, respecto a la legitimidad para obrar activa la conclusión arribada
es que se debe permitir que tanto una persona natural como persona jurídica puedan reclamar por la clase, pero siempre cumpliendo requerimientos especiales certificados por el juez dado que en este tipo de procesos están en juego los derechos de un gran número de personas
|
22 |
La incorporación de los pactos convivenciales en la unión de hecho: su tratamiento para los bienes de los concubinosRamos Gutti, Daniel Francisco 06 October 2022 (has links)
La investigación se avoca a una de las instituciones que por situaciones reales sus conceptos
se han variado durante el paso del tiempo. La evolución de las creencias y costumbres del ser
humano han reflejado diversas figuras que se han suscitado en ampliar el concepto actual de
familia que se viene manejando dentro de nuestro marco normativo.
Como primer objetivo es investigar las modificaciones que no se han visto reflejadas dentro
de nuestra legislación; sin embargo, han sido empleadas por legislaciones comparadas que
han reflejado criterios positivos en la aceptación de las distintas sociedades.
Asimismo, también indagamos la manera en que nuestro ordenamiento está reaccionando a
las nuevas tendencias de la unión convivencial desde su concepto hasta las propuestas de
cambio que se deben realizar.
Como finalidad buscamos la reflexión por parte de nuestros legisladores para una adecuada
aplicación de los resultados de la presente investigación en la que se necesita una
comprensión sobre los nuevos retos que vienen generando efecto dentro del marco
normativo.
El método empleado como parte del estudio de las normas jurídicas nacionales y comparadas
es el exegético que con el análisis de cada legislación conllevará a homologar criterios con
países tanto europeos como americanos.
También se utiliza el método dogmático que nos permitirá estudiar las posturas investigativas
y la propia apreciación para generar nuevos criterios
Por último, se propone desarrollar una figura autónoma al concepto, así como un tratamiento
autónomo que permita utilizar los diferentes criterios generando independencia, armonía e
interés de la población nacional.
|
23 |
El problema de la irrevocabilidad de la oferta en la formación del contratoVelásquez Curo, Ruth Amparo 25 May 2016 (has links)
En el presente trabajo de investigación nos ocuparemos del problema de la
irrevocabilidad de la oferta en el sistema jurídico peruano. Que regula a la
oferta como “obligatoria” y de “fuerza vinculante” para el oferente. Generando
un estado de desequilibrio entre éste y el destinatario de la oferta,pues la
oferta no es más que una etapa de formación del contrato, que puede o no
concluir en el perfeccionamiento del mismo.
La irrevocabilidad de la oferta no es eficiente en la actualidad, pues el proceso
de globalización establece la necesidad de unificar el derecho, dando como
consecuencia la búsqueda de la armonización en los sistemas jurídicos. En este
proceso, uno de los principales problemas es el de la determinación de la
aplicación de la revocabilidad o la irrevocabilidad de la oferta como regla
general.
Por lo que, y en análisis de los beneficios de orden práctico, que representa la
aplicación de la revocabilidad de la oferta como regla general, se ha
establecido en la mayoría de cuerpos normativos de unificación del derecho (de
aplicación internacional), que la irrevocabilidad sea introducida, únicamente,
como excepción a la regla.
Por tanto, la correcta regulación de la oferta debería estar destinada a que, por
la oferta el oferente tenga la intención de obligarse en caso se perfeccione el
contrato (con la recepción de la comunicación). Generándose entonces
obligaciones a ambas partes, por el vínculo contractual.
Aunque, parte de la doctrina nacional sea renuente a la aceptación de la
revocabilidad, nuestro Código Civil reconoce su aplicación como excepción. Sin
embargo, la admisión de la revocación de la oferta debe darse en base a
argumentos teóricos (autonomía privada de las partes y el derecho de la
libertad contractual) y prácticos (el proceso de globalización y el desequilibrio
de la protección de los intereses del oferente).
|
24 |
Requisitos para aplicar válidamente la condición resolutoria como mecanismo de extinción de la relación laboralQuiñonez Lopez, Sonia Amparo 11 March 2019 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo estudiar a la condición resolutoria, institución
jurídica propia del Derecho Civil, como mecanismo válido de extinción de una relación
laboral. Nuestro primer análisis se centrara en determinar sus características principales
y naturaleza desde la óptica de Derecho Civil. Luego, abordaremos las consecuencias
de su aplicación en el Derecho Laboral y la necesidad de regular su utilización a razón
de la aplicación abusiva que se podría realizar de esta figura.
Por último, se propondrá diversos requisitos que harían válida la aplicación de la
condición resolutoria. Dentro de estos requisitos tenemos los siguientes: i) brindar
información idónea al trabajador, ii) causa consignada de manera expresa y clara, iii)
causa guarde relación directa con el contrato de trabajo, iv) condición resolutoria casual,
v) riesgo en la continuidad del negocio o necesidad empresarial razonable, vi) no
constituya abuso de derecho, ni sea contraria a las leyes, orden público y buenas
costumbres y vii) la aplicación de la condición debe ser denunciada por alguna de las
partes para que se extinga la relación laboral.
Es así que estos requisitos buscan proteger el consentimiento y conocimiento del
trabajador, así como garantizar la razonabilidad de la aplicación de la condición
resolutoria para terminar el vínculo laboral / Trabajo académico
|
25 |
Informe Jurídico sobre la Casación N.° 991-2016, Lima Sur – Divorcio por Causal de Separación de HechoMéndez Bazalar, Gabriel Antonio 19 August 2021 (has links)
El objetivo del presente informe jurídico es determinar qué técnica de apartamiento ha
utilizado la Corte Suprema en el caso materia de casación, así como establecer si
realmente puede aplicar alguna de estas y finalmente determinar si ello era necesario para
resolver la controversia o podía optar por una alternativa mejor, como pudieron ser:
prevalencia constitucional del derecho a la defensa, hacer una interpretación extensiva de
la primera y tercera regla del Tercer Pleno Casatorio o haber hecho overrulling. Con este
fin, nos servimos del uso de las normas de nuestro ordenamiento, jurisprudencia y
doctrina especializada en la institución del precedente y habiendo analizado estas,
concluimos que la Corte Suprema ha realizado distinguising implícito; sin embargo, lo
realizo de una manera deficiente, lo cual contribuye con el caos en la forma como se
vienen tratando los precedentes civiles en nuestro país y que, al momento aplicar o
inaplicar un Pleno Casatorio, se requiere de mayor atención en la motivación de estas,
para evitar la incertidumbre y otorgar mayor seguridad jurídica. / The objective of this legal report is to determine which separation technique the Supreme
Court has used in the cassation case, as well as to establish if it can really apply these and
finally determine if this was necessary to solve the controversy or could opt for a better
alternative , as it could be: constitutional prevalence of the right to defense, making an
extensive interpretation of the first and third rules of the Third Plenary Assembly or
having done overrulling. To this end, we make use of the norms of our legal system,
jurisprudence and specialized doctrine in the institution of the precedent and having
analyzed these, we conclude that the Supreme Court has made an implicit distinguishing;
However, the court did it in a deficient way, which contributes to the chaos in the way in
which civil precedents are being treated in our country and when applying or not applying
a Plenary Assembly, greater attention is required in the motivation of these, to avoid
uncertainty and provide greater legal security.
|
26 |
Hacia una mejor regulación de la fuerza mayor en los servicios públicos de telecomunicaciones, saneamiento, infraestructura de transporte y energíaFajardo Ferrer, Martha Luz 12 May 2021 (has links)
La investigación centra su estudio en las figuras jurídicas de caso fortuito y fuerza mayor, y
analiza los sectores de telecomunicaciones, saneamiento, infraestructura de transporte y
energía, en los que existe una concesión de servicios público y el deber del concesionario de
brindar el servicio de manera continua e ininterrumpida. Surge ante la impertérrito del
derecho administrativo en general a mantener la concepción antigua y rezagada de la
definición del caso fortuito o fuerza mayor que acoge el derecho civil peruano.
Por lo que, el presente trabajo académico tiene como objetivos (i) entender el concepto de
fuerza mayor y/o caso fortuito dentro del ámbito del derecho administrativo; y (ii) la
búsqueda de una mejor objetividad de la discrecionalidad que posee la Administración al
momento de calificar un hecho como caso fortuito o fuerza mayor. En esa línea, se analiza
la definición de caso fortuito o fuerza mayor y su tratamiento o regulación en el derecho
administrativo, especialmente en la regulación de los servicios públicos.
El estudio llega así a dos principales conclusiones (i) que fuerza mayor o caso fortuito en el
derecho administrativo deben tener un mismo lenguaje jurídico sin que ello implique la
pérdida o retroceso de la especialización de los diversos sectores analizados; y (ii) que cada
sector debe tener su propia Directiva de calificación de fuerza mayor donde se entienda
fuerza mayor o caso fortuito como como eventos irresistibles (que están fuera del control del
concesionario) que pudieron o no ser previstos.
|
27 |
Informe sobre expediente de relevancia jurídica E-2706, N°33-2010/ CCO-INDECOPI-03-11 sobre dos solicitudes de reconocimiento de créditos en el marco del procedimiento concursal de Doe Run Perú S.R.L.Granda Benavides, Sebastián 13 September 2023 (has links)
Este informe tiene por objeto realizar un análisis de las solicitudes de
reconocimiento de créditos a favor del Ministerio de Energía y Minas dentro
del procedimiento concursal ordinario al cual se sometió Doe Run Perú S.A.
A entender del Ministerio, el incumplimiento de Doe Run de i) llevar a cabo
un proyecto contenido en su programa de adecuación y manejo ambiental y
ii) no renovar dos cartas fianza producto de la última prórroga del plazo para
ejecutar el proyecto genera en a su favor dos créditos concursales del quinto
orden. En este informe se analizan las instituciones jurídicas de Derecho de
Obligaciones, Derecho Administrativo y Derecho Ambiental, las cuales fueron
abordadas por las partes, la Comisión de Procedimientos Concursales de
INDECOPI y la Sala de Defensa de la Competencia de INDECOPI. Se utiliza
una metodología bibliográfica al emplear la jurisprudencia y doctrina
especializada en la revisión y análisis del caso. Las conclusiones principales
son i) que el incumplimiento de Doe Run de llevar a capo proyecto contenido
en su programa de adecuación y manejo ambiental sí genera un crédito
concursal en favor del Ministerio, en la medida que la sanción administrativa
prevista para este incumplimiento no excluye la posibilidad de
responsabilidad civil; y, ii) que el incumplimiento de Doe Run de no renovar
las cartas fianza no genera un crédito concursal en favor del Ministerio, en
tanto las cartas fianza no son una obligación independiente, sino un
instrumento para garantizar una obligación.
|
28 |
La Prescripción en el Derecho Tributario: Imprescriptibilidad de la acción para exigir el pago de la obligación tributariaAlcázar Quispe, Heidi Lizset 27 May 2020 (has links)
El presente trabajo se desarrolla a raíz del pronunciamiento del Tribunal Fiscal, en la
resolución N° 10495-3-2012; donde se analiza la interrupción de la prescripción de cada una
de las acciones de la Administración Tributaria, como consecuencia del inicio del
procedimiento de fiscalización, que tiene lugar, con la notificación de la Carta de
Presentación y el Primer Requerimiento. El análisis de la referida resolución me permitió
cuestionarme respecto del origen de la prescripción, como figura jurídica propia del Derecho
Civil, y su incorporación en el Derecho Tributario; siendo necesario para ello analizar el
principio constitucional que justifica la prescripción, la seguridad jurídica, y los principios
constitucionales del derecho tributario, tales como, el principio de solidaridad e igualdad.
Este análisis me condujo a centrar esta investigación en el estudio de la imprescriptibilidad
de la acción para exigir el cobro de la obligación tributaria, la cual es comparada con la
imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad.
|
29 |
Informe Jurídico sobre el V Pleno Casatorio CivilRiveros Flores, Caleb 18 August 2021 (has links)
La Corte Suprema en el Quinto Pleno Casatorio Civil determinó que el artículo 92 del Código Civil es una norma especial, por consiguiente, un acuerdo asociativo solo puede ser cuestionado conforme lo establece dicha disposición normativa. En el presente informe jurídico critico la posición de la Corte Suprema y analizo los problemas jurídicos identificados en el caso concreto materia del Quinto Pleno Casatorio Civil. Asimismo, planteo mi posición con respecto a dichos problemas jurídicos a fin de determinar tanto los alcances del artículo 92 del Código Civil, así como determinar el remedio jurídico que
la Corte Suprema debió aplicar en el caso concreto. Mi posición es que la impugnación de acuerdos asociativos regulado en el artículo 92 del Código Civil no es un remedio especial, y, en ese sentido, las causales de nulidad u anulabilidad reguladas en los artículos 219 y 221 del Código Civil no se rigen por dicha disposición normativa. Asimismo, sostengo que la impugnación de acuerdos asociativos es un remedio jurídico de anulabilidad con causales y plazos fijados por el citado artículo, que cuenta el asociado legitimado frente a contravenciones a la ley o a las disposiciones estatutarias. Además,
indico el impacto en sede registral sobre las cuestiones planteadas en el Quinto Pleno Casatorio Civil
|
30 |
La aplicación supletoria del artículo 1346 del Código Civil a las penalidades en la Ley de Contrataciones del EstadoBancayán Calderón, Lupe Isabel 20 July 2023 (has links)
La cláusula penal es una figura contractual, recogida en el Código Civil, que ha
sido definida en líneas generales como una pena privada que surge del acuerdo
de las partes al suscribir el contrato y cuya ejecución se habilita ante el
incumplimiento, o el cumplimiento tardío o irregular e incluso defectuoso de la
prestación acordada. El Código Civil recoge en su artículo 1346° la posibilidad
de reducir las cláusulas penales, siempre que se cumplan determinados criterios.
La Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento han recogido las cláusulas
penales, estableciendo la posibilidad de aplicar penalidades en los contratos
sujetos a dicha normativa, estableciendo un máximo para aquellas y detallando
fórmulas y procedimientos para su aplicación. Sin embargo, la normativa de
contrataciones del Estado no ha recogido de manera expresa la posibilidad de
reducir las penalidades impuestas. La presente investigación tiene como objetivo
realizar un análisis exegético, dogmático y funcional de la cláusula penal, su
recogimiento en la Ley de Contrataciones del Estado y la posibilidad de aplicar
supletoriamente el artículo 1346° del Código Civil a los contratos regidos por la
normativa de contrataciones estatal. Finalmente, al concluir que dicha aplicación
sí es viable, se analizará la experiencia comparada y nacional, así como un
conjunto de laudos arbitrales nacionales emitidos al respecto, a fin de revisar los
criterios adoptados por los Tribunales Arbitrales y brindar lineamientos para la
correcta aplicación supletoria del artículo 1346° del Código Civil.
|
Page generated in 0.0686 seconds