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La protección constitucional del consumidor de los servicios públicos regulados en el PerúMallma Soto, José Carlos January 2018 (has links)
Analiza la protección constitucional del consumidor en las constituciones de 1979 y 1993 y las características del mercado de servicios públicos en el Perú, para establecer las diferencias entre los consumidores de servicios públicos regulados y los consumidores de otros mercados, para medir el nivel de protección que brinda el actual marco constitucional al consumidor de servicios esenciales y proponer una reforma parcial de la Constitución basado en el principio de igualdad que procura trato diferenciado a sujetos de derecho que se encuentra en desigualdad de condiciones. Para ello, utilizando el método funcional, no solo se examinan los antecedentes normativos y constitucionales del sistema de protección, sino que mediante el estudio de la teoría de la noción de servicios públicos, se indaga en los acontecimiento sociales, económicos y políticos de la crisis del servicio público en el Perú, valiéndose para ello de información estadística de organismos reguladores y el agente de la competencia (INDECOPI). Además de entrevistas a especialistas en derecho constitucional, derecho administrativo y derecho de protección al consumir. Para finalmente contrastar la hipótesis de investigación a través del procesamiento de la información, lo que permite proponer una fórmula de reforma constitucional que postula el reconocimiento de los derechos del consumidor de servicios públicos y la autonomía constitucional de los organismos reguladores. / Tesis
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Análisis de los servicios veterinarios prestados por la veterinaria municipal de la Molina: Deber del Estado, actividad asistencial o actividad empresarialTaboada Gutiérrez, Brenda Jimena 15 August 2022 (has links)
En el presente trabajo analizaremos los servicios prestados por la veterinaria Municipal
de la Molina, siendo estos consulta veterinaria, corte uñas, limpieza de oídos, aplicación
de inyectables, desparasitación externa con ivermectina, desparasitación oral interna,
desparasitación externa con anti pulgas, acto eutanásico, castración canina o felina,
esterilización canina o felina, atención de emergencias veterinarias, registro municipal de
canes y/o felinos, albergue temporal de canes en estado de abandono, cirugía de
otohematoma, fluidoterapia, adiestramiento canino y alquiler de campo agility, para así
determinar si nos encontramos frente a una actividad ius imperium, deber del estado,
asistencial o empresarial.
Para ello, analizaremos y aplicaremos los artículos 58, 59 y 60 de la Constitución Política
del Perú, así como el artículo 14.3 de la Ley de Competencia Desleal, permitiéndonos
definir cuál es el rol del Estado en la Economía Social de mercado, así como determinar
en qué consiste el principio de subsidiariedad de forma integral y en que supuestos no
debe ser exigido. Finalmente, concluiremos estableciendo que los servicios prestados por
la Municipalidad constituyen deber del Estado, pues existe una relación intrínseca entre
la salud animal y la salud pública. De esta manera, no estaríamos frente a un supuesto de
actividad empresarial y por lo tanto no le sería exigible el requisito de subsidiariedad,
pues nos encontramos frente a actividades que el Estado puede realizar en tanto se
desprenden de su deber constitucional de garantizar la salud. / In this paper we will analyze the services provided by the Municipal Veterinary of La
Molina, being these veterinary consultation, nail clipping, ear cleaning, application of
injectables, external deworming with ivermectin, internal oral deworming, external
deworming with flea control, euthanasia act, canine or feline spaying or neutering, canine
or feline sterilization, veterinary emergency care, municipal registry of dogs and/or
felines, temporary shelter for abandoned dogs, otohematoma surgery, fluid therapy, dog
training and agility field rental, in order to determine whether we are dealing with an
activity ius imperium, duty of the state, welfare or business.
To determine this, we will analyze and apply articles 58, 59 and 60 of the Political
Constitution of Peru, as well as article 14.3 of the Law of Unfair Competition, allowing
us to define the role of the State in the Social Market Economy, as well as to determine
what the principle of subsidiarity consists of in a comprehensive manner and in which
cases it should not be required. Finally, we will conclude by establishing that the services
provided by the Municipality constitute a duty of the State, since there is an intrinsic
relationship between animal health and public health. In this way, we would not be facing
a business activity and therefore the requirement of subsidiarity would not be enforceable,
since we are facing activities that the State can perform as they derive from its
constitutional duty to ensure health.
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Hacia una constitución diversa: reflexiones en torno a la inclusión de la comunidad LGBT en el texto constitucional peruanoGonzáles Usquiano, Marisol Edith 20 March 2024 (has links)
A lo largo del presente texto se buscará reflexionar en torno a la inclusión explícita de
las diversidades de género y orientación sexual en el texto constitucional. Ello como
parte de una solución de justicia en términos de reconocimiento y redistribución, y bajo
la premisa de la invisibilización, censura y violencia histórica contra las personas de
la comunidad LGBT. Este texto es un esfuerzo por concretizar una de las demandas
más grandes del movimiento, que ha luchado para ser visibles e identificados por un
estado que aún no les incluye como parte del pueblo peruano. / Trabajo académico
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Análisis de los criterios para el despido por impuntualidad reiterada. Hacia una aplicación adecuada de esta causal de despidoBarboza Vergara, Sergio Erick 24 April 2023 (has links)
En el presente trabajo se realiza un análisis del despido por impuntualidad
reiterada conforme se encuentra establecido en el inciso h) del artículo 25 del
Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y
Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, con la
finalidad de establecer si viene siendo correctamente aplicado en el Perú a la luz
de los principios de inmediatez, razonabilidad y proporcionalidad.
Para dicha finalidad, en primer lugar, se revisa los principales pronunciamientos
jurisprudenciales al respecto a fin de establecer un punto de partida con relación
al criterio judicial frente a este tipo de despidos, donde se constata que el criterio
actual es el de la simple aplicación directa, automática y literal de esta causal de
despido sin ningún tipo de reflexión en torno a los elementos de inmediatez,
razonabilidad y proporcionalidad involucrados en los casos concretos.
En segundo lugar, se analiza la pertinencia de la aplicación del principio de
inmediatez en los despido por impuntualidad reiterada, partiendo del
presupuesto de que este principio ha sido relegado e invisibilizado de forma
indebida considerando que, a diferencia de los despidos por abandono de trabajo
y ausencias injustificadas, éste tipo de despido no tiene un parámetro claramente
establecido, por lo que hace más necesario y urgente darle la importancia que
merece el principio de inmediatez como herramienta para evitar el abuso del uso
de este tipo de despidos.
Finalmente, y, en tercer lugar, se aborda también la aplicación de los principios
de razonabilidad y proporcionalidad como herramientas fundamentales para una
correcta aplicación del despido por impuntualidad reiterada. / This academic work analyzes the dismissal for repeated lateness established in
subsection h) of article 25 of the Consolidated Text of Legislative Decree No. 728,
Labor Productivity and Competitiveness Law approved by Supreme Decree No.
003- 97-TR, in order to establish if it has been correctly applied in Peru under the
principles of immediacy, reasonableness and proportionality.
For this purpose, in the first place, the main jurisprudential pronouncements in
this regard are reviewed in order to establish a starting point in relation to the
judicial criterion about this type of dismissal, where it is verified that the current
criterion is the simple direct, automatic and literal application of this grounds for
dismissal without any reflection about the immediacy, reasonableness and
proportionality involved in specific cases.
In second place, the relevance of the application of the principle of immediacy in
is analyzed for this kind of dismissal, based on the assumption that this principle
has been unduly relegated and invisible considering that, unlike dismissals due
to job abandonment and unjustified absences, this type of dismissal does not
have a clearly established parameter, which makes it more necessary and urgent
to give the importance that the principle of immediacy deserves as a tool to avoid
the abuse of the use of this type of dismissal.
Finally, and thirdly, the application of the principles of reasonableness and
proportionality is also addressed as fundamental tools for a correct application of
dismissal for repeated lateness. / Trabajo académico
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Informe sobre la Resolución N° 00008-2022- PI/TC, sobre demanda de inconstitucionalidad interpuesta por 25 % por ciento del número legal de Congresistas contra la Ley 31520Valcárcel Ruiz, Gabriela Natalia 28 February 2024 (has links)
El presente informe analiza algunas de las modificaciones a la Ley 30220, Ley
Universitaria, introducidas por la Ley 31520, Ley que restablece la autonomía y la
institucionalidad de las universidades peruanas, a partir de la Sentencia 397/2022 por la
cual el Tribunal Constitucional, declara infundada la demanda de inconstitucionalidad
presentada en su contra por 33 congresistas. Al respecto, se resaltan algunos vicios de
inconstitucionalidad de los que adolecerían tales modificaciones, a pesar de que el
Tribunal Constitucional haya confirmado su constitucionalidad.
Como principal problemática, se aprecia que el legislador, al emitir la Ley 31520, no
toma en cuenta los parámetros de constitucionalidad que el Tribunal Constitucional fijó
sobre el mandato que el artículo 16 de la Constitución asigna al Estado de supervisar la
calidad de la educación. A pesar de lo fundamentado por el actual Tribunal
Constitucional, se sostiene que tal jurisprudencia constitucional previa, vinculaba al
Poder Legislativo, por lo que flexibilizar el modelo de supervisión de la calidad de la
educación universitaria -delimitado por tales parámetros- tornaría inconstitucionales a
algunas de dichas modificaciones, pese a que se reconozca la libre configuración del
legislador para reformar las leyes.
Como problemas secundarios, se analiza la legitimidad para obrar de tales 33
congresistas, pues fueron los mismos que promovieron la aprobación de la Ley 31520,
habiendo indicios razonables de un uso indebido de esta acción. Asimismo, se examinan
las modificaciones a la composición del Consejo Directivo de la Sunedu, pues afectarían
el derecho a la imparcialidad del órgano resolutor. Finalmente, se advierte que la Ley
31520 vulneraría la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, pues algunas de sus
modificaciones invaden ámbitos de competencia y organización del Poder Ejecutivo.
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Reivindicando los derechos sociales en el Perú: la aplicación de las sentencias estructurales por el Tribunal ConstitucionalChuy Colonia, Astridt Lucero 31 January 2024 (has links)
El reconocimiento formal de los derechos sociales como derechos fundamentales en el
Perú resulta una tarea acabada. Sin embargo, en la actualidad, se presenta un segundo
desafío que consiste en asegurar su plena efectividad. Por ello, esta tesis tiene como
fin responder a la interrogante de cómo las sentencias estructurales pueden convertirse
en una herramienta en manos del Tribunal Constitucional para contribuir con la
efectivización de estos derechos.
En ese sentido, a partir de un análisis jurisprudencial comparado y doctrinal
interdisciplinario, concluimos que el Tribunal Constitucional al expedir una sentencia
estructural asume el rol de decisor dentro del ciclo completo de formación de una política
pública. Con lo cual, se le otorga la oportunidad excepcional de crear un plan de acción
que coadyuve a efectivizar realmente los derechos sociales en favor, en este caso
específico, de grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad.
De esa manera, será oportuno establecer la definición de este tipo de sentencia y la de
una política pública, la conexión entre ambas; así como, los principales obstáculos que
impiden la concreción de los derechos sociales en Perú. Ello a fin de visibilizar la
diferencia entre un proceso tradicional de gestación de una política pública social en la
que no interviene el Tribunal Constitucional y otro anclado en el marco de una sentencia
estructural.
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El contenido constitucionalmente protegido de la debida motivación como causal de procedencia de una demanda amparo contra una resolución judicialPineda Zevallos, César Jesús 13 May 2017 (has links)
Conforme esta normado nuestro actual ordenamiento jurídico constitucional, en lo que respecta a los procesos de jurisdicción de la libertad o de protección de derechos “constitucionales” (1), no es constitucional afirmar el impedimento de incoar una demanda constitucional contra lo resuelto en otro proceso, sea administrativo, privado, judicial e incluso constitucional; afirmar lo contrario implicaría evidenciar que existe una zona exenta de control constitucional lo cual, según lo dispuesto por el Art. 200 Inc. 02 de la Constitución Política (2)se encuentra vedado, así si se impide interponer este tipo de demandas contra lo resuelto en otro proceso conllevaría a afirmar dos supuestos, el primero, que cualquier tipo de proceso siempre será tramitado y resuelto con apego estricto a las disposiciones y normas constitucionales, y/o el segundo, que la Constitución Política no rige para este tipo de procesos; el primero claro está, es un imposible fáctico, pues no existe perfección en los actos del hombre sea cual fuere el hecho a materializar y lo segundo, es un completo desconocimiento al principio de fuerza normativa de la constitución, tal como lo dispone el Art. 51º de la propia Carta Política, en tal sentido y a efecto de proteger los derechos fundamentales del litigante que puedan haber sido conculcados por lo resuelto en otro proceso, es que el ordenamiento jurídico habilita la interposición de una demanda constitucional contra una resolución judicial a fin que cese la afectación inconstitucional.
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La influencia liberal en el pensamiento constitucional peruano y en las constituciones del siglo XXRuiz Hidalgo, Rafael Manuel 19 January 2015 (has links)
El objetivo general de la presente investigación es el estudio de las fuentes ideológicas y modelos políticos jurídicos que han influido en la formación del pensamiento constitucional en la conservación o cambio de las constituciones peruanas principalmente del siglo XX.
La metodología empleada se ha basado en el estudio comparativo del pensamiento constitucional del siglo XX y el análisis sistemático de sus fuentes, modelo y especificaciones. El resultado más importante es que el pensamiento constitucional de predominio liberal influyó en la conservación o cambio de los textos constitucionales en relación con las corrientes doctrinarias y las tendencias relevantes al uso en el Perú del siglo XX. En los inicios y durante el siglo XX se tuvo al liberalismo, influyendo además el pensamiento modernizador e identitario, desembocando este último en la primacía por lo económico. A finales del siglo XX se gestó el neoliberalismo cuyo espíritu se vio plasmado en la Constitución de 1993.
El escenario histórico del Perú durante el siglo XX inspiró el pensamiento constitucional para proponer un modelo político, económico, de participación ciudadana, de descentralización y regionalización. El antecedente ideológico se encuentra en las corrientes liberales que llegaron al Perú del siglo XVIII. Este jugó un rol importante para la libertad de imprenta y la difusión de las ideas favorables a la emancipación. El pensamiento constitucional liberal influyó en el desarrollo de las constituciones en el Perú del Siglo XX. Las cartas políticas de 1920, 1933, 1979 y 1993 tienen diferencias en cuanto a cómo integrar, gobernar y orientar el desarrollo en el Perú, pero el liberalismo será siempre la fuente de inspiración, pero en interpretaciones más abiertas la participación, la inclusión y la distribución en una carta y no proclives a un conservadurismo tanto en lo político como en lo económico. Para las exigencias del siglo XXI configuran demandas que llevan a la búsqueda de nuevas fuentes que inevitablemente se exponen en una constitución nueva.
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La excesiva intervención del juez constitucional en el diseño de política de reforma universitaria en el PerúNoriega Egas, Carmen Rocio 08 May 2017 (has links)
El principal rol que el Estado tiene es asegurar que los bienes y servicios que administra se ejecuten de manera más adecuada y beneficiosa para los ciudadanos, sobre todo asegurando la prestación de los servicios públicos y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Adicionalmente, no podemos negar que actualmente en el Perú existen serias deficiencias y debilidades institucionales, lo que genera que en muchos casos los asuntos públicos y de interés general, como los servicios públicos, no sean atendidos eficientemente por parte del Estado, sin embargo al encontrarnos en un Estado Constitucional de Derecho no podemos desconocer la división de poderes, que es la base del orden y distribución de funciones en el Estado.
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Una adecuada organización de los órganos jurisdiccionales en la justicia constitucional desde los principios del buen gobierno para mejorar el amparo en el PerúDueñas Perez, Roy Alberto 08 May 2017 (has links)
La Garantía Constitucional del Amparo es un proceso especial que se distingue de los procesos ordinarios por ser rápido, sencillo y eficaz, cuya finalidad no solo es la restitución de un derecho individual vulnerado, sino también la interpretación y perfeccionamiento de la Constitución; en ese sentido, pese a su importancia, también se encuentra afectado por los problemas de los que adolece el Sistema de Justicia en la actualidad, inconvenientes que ya fueron detectados hace varios años, pero que no encuentran solución, no por la inacción o falta de interés en ellos, sino por la falta de un correcto dimensionamiento del problema y lo que ello implica, es por eso que creo necesario realizar un análisis desde los principios de Buen Gobierno para comprender su correcto significado, pues entiendo que el Buen Gobierno nos dará luces en este camino lúgubre desde los problemas del Sistema de Justicia, hasta las valores fundamentales que sirven de base a nuestro Estado. Una vez entendido ello, propongo alternativas como la implementación de organismos destinados a impulsar el empoderamiento de las personas y con ello su participación activa, para afianzar el valor del capital social y con ello el principio de participación; la destinación de mayores recursos a la justicia constitucional debido a su naturaleza especial y de urgencia; mayor capacitación de jueces y personal asignado a cada órgano jurisdiccional, generando a su vez una conciencia de identidad con el Sistema de Justicia, así como cumplir con el reto de reducir el problema de los jueces provisionales y supernumerarios, generando calidad en la labor de los actores involucrados en el Sistema de Justicia.
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