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La dimensión objetiva de los procesos constitucionales de tutela de derechos fundamentales

Salomé Resurrección, Liliana María 01 March 2012 (has links)
De los procesos constitucionales se puede decir, a grandes rasgos, que constituyen instrumentos a través de los cuales se despliega la potestad jurisdiccional del Estado y se caracterizan porque su creación o configuración suele venir de la propia Constitución y no únicamente de una norma legal. A esta característica (de tipo formal) se puede agregar que los procesos constitucionales tienen como finalidad esencial garantizar la supremacía de la Constitución y la vigencia efectiva de los derechos fundamentales. En nuestro país, la Constitución de 1993 consagra expresamente un total de siete procesos constitucionales (aunque, atendiendo a su finalidad, la doctrina ha discutido la conveniencia de calificar a algunos de ellos como tales): a) el proceso de hábeas corpus, b) el proceso de amparo, c) el proceso de hábeas data, d) el proceso de cumplimiento, e) el proceso de acción popular, f) el proceso de inconstitucionalidad; y, g) el proceso competencial. De los procesos mencionados, los tres primeros se configuran, por excelencia, como mecanismos orientados a la defensa de la persona frente a aquellos actos u omisiones que vulneran o amenazan sus derechos fundamentales. De ahí que puedan ser agrupados bajo la denominación de “procesos constitucionales de tutela de derechos fundamentales” o “procesos constitucionales de libertad”.
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La configuración constitucional del derecho a la remuneración en el ordenamiento jurídico peruano

Sarzo Tamayo, Víctor Renato 18 May 2012 (has links)
La presente investigación tiene por finalidad determinar el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la remuneración. Esta labor es importante porque, como se sabe, sólo este tipo de contenido goza de garantía constitucional, a través del proceso de amparo. Si los jueces no conocen el contenido constitucional del derecho a la remuneración, corren el riesgo de decretar la improcedencia de demandas de amparo que, justamente, versan sobre aquel. Este error ocasiona la desprotección constitucional del derecho a la remuneración. Seguramente, el lector de estas páginas no es ajeno a la idea del Tribunal Constitucional peruano (y de cierto sector de la doctrina) sobre la existencia de un “contenido esencial” en los derechos fundamentales. Pues bien, mi argumentación va en sentido contrario: el derecho a la remuneración no tiene un “contenido esencial”, sino un “contenido constitucionalmente protegido”, que no es equiparable de ningún modo a aquel.
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El derecho a la identidad: una visión dinámica

Delgado Menéndez, María del Carmen 17 October 2016 (has links)
El presente trabajo analiza los alcances del derecho a la identidad, la importancia de abordarlo desde una visión moderna, dinámica y comprensiva y la necesidad de introducir mecanismos institucionales efectivos para tutelar sus esferas estática y dinámica; la primera de las cuales se refiere al registro e identificación de una persona y la segunda se extiende a la “verdad personal o proyecto de vida” de cada sujeto. También se identifican los principales obstáculos para acreditar la existencia legal de las personas y reconocer los derechos sobre sus tierras y viviendas - que a nivel mundial representan hasta un 90% del patrimonio familiar; y se pone en evidencia cómo la informalidad y la exclusión del Estado de Derecho no sólo impiden tutelar el derecho a la identidad en su dimensión más amplia, sino consolidar temas de relevancia nacional como la gobernabilidad, institucionalidad, inclusión, seguridad ciudadana, protección del medio ambiente, responsabilidad social, manejo de recursos naturales. Asimismo, se analiza el contenido, logros y limitaciones de las principales reformas y mecanismos institucionales dirigidos a crear un sistema legal moderno e inclusivo que posibilite formalizar activos prediales y garantizar el derecho a la identidad en su doble dimensión. El trabajo se ha enfocado en la experiencia peruana, incluyéndose información sobre otros países para efectos comparativos. Los planteamientos, definiciones legales, data, reflexiones y conclusiones de la tesis provienen del análisis de doctrina, jurisprudencia y normatividad nacional e internacional, así como de investigaciones y proyectos orientados al diseño e implementación de reformas en Latinoamérica, el Caribe, Norteamérica, África, Asia y Europa del Este en los que la autora ha participado durante más de dos décadas. / This thesis contains an analysis on the scope of the right to identity, the importance of addressing said right from a modern, dynamic and comprehensive perspective, as well as on the necessity of building efficient institutional mechanisms oriented towards providing legal protection to both the static and the dynamic dimension of the right to identity. The static scope of the above referred right relates to birth registration and the provision of an identity document to a person so as to be recognized everywhere before the law, while the denominate dynamic dimension of said right attains to the “personal truth” and the “life project” of a human being. Likewise, this paper incorporates a diagnosis of the main shortcomings which delay or impede people´s legal identification all over the world and the ones that the vast majority of people face worldwide to get the legal recognition and the capitalization of their real estate assets – which actually represent up to 90% of the international family patrimony. In addition, this thesis attempts to shed some light on the high incidence of informality and exclusion throughout the developing world, which does not only hinder the protection of both dimensions of the right to identity, but also has deleterious effects on society as a whole. For example, it does not allow - or makes it harder - to improve good governance, to strengthen democratic and efficient institutions, to transit towards an inclusive market economy, to implement environmental and security programs, to harmonize land rights, investments, social responsibility and natural resource management. This paper also analyses the contents, achievements and shortcomings of the main reforms and institutional mechanisms oriented towards building a modern and inclusive legal system to allow formalizing real estate assets as well as guaranteeing legal protection of both dimensions of the right to identity. This thesis is mainly focused on the Peruvian experience, information regarding other countries has been introduced for comparative purposes. The statements, legal definitions, data, reflections and conclusions contained herein derive from the analysis of national and international legal doctrine, jurisprudence and legal framework. They also emanate from researches and projects carried out to design and implement institutional reforms in Latin America, the Caribbean, North America, Africa, Asia and Eastern Europe in which the author of this thesis has been involved during the last 25 years. / Tesis
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Sentencias estructurales y protección del derecho a la salud

Barriga Pérez, Mónica Liliana 16 July 2014 (has links)
El presente trabajo de investigación surge como una motivación respecto al papel cada vez más activo de las Cortes y Tribunales Constitucionales en América Latina en el reconocimiento y protección de los derechos humanos. Es innegable el rol protagónico que viene desempeñado el juez constitucional en el Estado Social, Constitucional y Democrático de Derecho, aunado a la conciencia ciudadana de acudir, cada día más, a la jurisdicción constitucional para solicitar la tutela de sus derechos y materializar las garantías constitucionales. Auge que no solo corresponde a la protección de los derechos civiles y políticos, sino que en las últimas dos décadas se ha ampliado notablemente a favor de los derechos sociales. Paradójicamente, ante la labor activa de los jueces constitucionales también nos encontramos con otra realidad, que consiste en la insatisfacción de las necesidades básicas de buena parte de las sociedades latinoamericanas. Insatisfacción que se traduce en desprotección de los derechos humanos, principalmente de los derechos sociales, como son: salud, saneamiento básico, vivienda, educación, entre otros. Pues, no es fácil armonizar la protección efectiva de los derechos humanos con la compleja realidad social y los escasos recursos estatales que se destinan a su protección. Además, en algunos casos nos encontramos ante situaciones de desarticulación institucional, inaplicación o ausencia de reglamentación y/o de políticas públicas, insuficiente apropiación presupuestal y trabas burocráticas que afectan sustancialmente el disfrute de los derechos humanos.
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La remuneración mínima vital y demás derechos laborales constitucionales como límites materiales del contrato-ley

Aliaga Castillo, César Abdul 26 April 2013 (has links)
La presente investigación versa sobre un tema que la doctrina y la jurisprudencia nacional aun no desarrollan suficientemente: “La Remuneración Mínima Vital y demás Derechos Laborales Constitucionales como Límites Materiales del Contrato-Ley”. El contrato-ley es introducido en nuestro ordenamiento jurídico con la finalidad de atraer y fomentar las inversiones. Fue plasmado por primera vez en el artículo 1357º del vigente Código Civil de 1984. Posteriormente, se recogió a nivel constitucional en la vigente Carta Fundamental del año 1993. Conforme a estas normas, mediante el contrato-ley el Estado puede establecer garantías y seguridades jurídicas a favor de los inversionistas, las cuales no pueden ser modificadas legislativamente con posterioridad a su celebración. Así pues, este instrumento constituye un compromiso estatal frente a un particular, de no alterar, por un plazo determinado, el régimen jurídico bajo el que contrataron. Es decir, el Estado podrá modificar posteriormente el régimen legal, pero esta modificación no tendrá efecto para el referido inversionista en el ámbito y marco de lo pactado.
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Las personas jurídicas y los derechos fundamentales

Albán Peralta, Walter 21 August 2013 (has links)
La cuestión del reconocimiento de derechos fundamentales en favor de las personas jurídicas ofrece una amplia gama de aspectos que, sin duda, merecen una reflexión y un análisis más detenidos. Este desarrollo, al menos por ahora, no ha tenido lugar en nuestro medio, pues nos hemos limitado a recoger, tanto a nivel normativo como jurisprudencial, sin mayor debate, las opciones que en esta materia han adoptado otros países (particularmente, los de Europa continental, de obvia incidencia en nuestro ordenamiento jurídico). Y es que, en efecto, la discusión en torno a si las personas jurídicas son titulares de derechos fundamentales o no, ha sido de alguna manera desplazada, a partir de las tendencias que se han venido desarrollando progresivamente en el Derecho comparado. Tales tendencias se han expresado, de un lado, en que algunos textos constitucionales han optado por reconocerles esa titularidad y, de otro lado, en que, a falta de esta modalidad de reconocimiento expreso, este se ha dado a nivel jurisdiccional, particularmente a través de la jurisprudencia de las cortes o tribunales constitucionales.
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Protección constitucional del derecho a la salud mental y su aplicación en el caso de los afectados por el conflicto armado interno

Castellón Torrico, María Roxana 09 May 2011 (has links)
La presente tesis tiene como finalidad presentar los resultados y conclusiones obtenidos por la tesista en base a un estudio jurídico que permite caracterizar el amparo como un recurso de importancia y necesidad fundamental para poder hacer exigible el Derecho a la Salud Física y Mental. Para ello fue necesario considerar la actualidad jurídica, social y política de la nación con la finalidad de entregar una propuesta jurídicamente viable, que se sustenta en la doctrina y la jurisprudencia disponibles.
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Alcances y límites actuales del derecho fundamental de asociación en el Perú

Vásquez Torres, Elena Rosa 04 April 2014 (has links)
El derecho de asociación no es un derecho acabado, sobre el que no aparezcan nuevas amenazas. Actualmente en el Perú, en ciertas personas jurídicas no lucrativas, las amenazas al derecho de asociación no provienen del poder del Estado, como ocurrió originariamente, sino que provienen del mismo grupo asociativo, concretamente de los órganos directivos, quienes se han convertido en un nuevo centro de poder, que resucita nuevos desconocimientos de los derechos fundamentales que afectan a los asociados o a los particulares que desean relacionarse a este grupo. A este nuevo centro de poder se están trasladando relaciones verticales que requieren ser corregidas. Hoy en día, los órganos directivos toman decisiones de relevancia constitucional en el seno de la persona jurídica, decisiones que muchas veces transgreden derechos fundamentales. Se hace necesario por ello, garantizar el ejercicio del derecho de asociación dentro del propio grupo asociativo ya que los destinatarios de los actos de poder, son a la vez partícipes en la formación del mismo. Ver formas de controlar el ejercicio abusivo del poder al interior del grupo asociativo es lo que corresponde hacer para devolverle a este derecho su importancia dentro de la sociedad de hoy, cuidando de no vulnerar la autonomía asociativa. Encontramos que las asociaciones se independizan de sus autores, olvidándose del interés inicial de éstos; directivos que tratan de perpetuarse en el poder, impidiendo la renovación de los cargos; asociados que ven vulnerados sus derechos fundamentales por la aplicación de las normas internas de los grupos asociativos o por las decisiones de los órganos directivos; terceros que ven vulnerados sus derechos al impedirse su ingreso a determinada asociación por motivos arbitrarios o discriminatorios que vulneran la dignidad humana; todo ello impide el normal ejercicio del derecho de asociación en sus distintos aspectos. Hoy en día, sucede que muchas asociaciones tienen un gran poder económico, no obstante no tener fines de lucro, son entidades en las que el interés patrimonial es el que prima, sobre todo en los órganos directivos que tienen el control de la asociación. Hay un abuso del poder privado.
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¿Deben necesariamente ponderar los jueces al ejercer control difuso? Crítica a la consulta 1618-2016-Lima Norte

Sánchez Pérez, Christian Pavel 02 April 2022 (has links)
El presente trabajo pretende explicar a través del método dogmático si los jueces al ejercer control difuso deben aplicar necesariamente el test de proporcionalidad conforme lo ordenado en el precedente vinculante, Consulta Nro. 1618-2016-Lima Norte. Asimismo; se explica la aplicación de la teoría conflictivista de derechos fundamentales y la implicancia jurisprudencial en el control difuso para el Derecho peruano. Se arriba a la conclusión de que, si bien el análisis de ponderación es un método de interpretación constitucional global, este no es el único, debiendo priorizarse la libertad interpretativa y no buscar obligar a los jueces a razonar de una única manera. Más aún si para ello no existe justificación alguna y concurre un vacío jurisprudencial de motivación respecto de que haya otro nivel de igual exigencia para la aprobación de la sentencia que realiza control difuso. / The present research aims to explain, through the dogmatic method, whether judges, when exercising diffuse control, must necessarily apply the proportionality test according to the mandates of the binding precedent, query Nro. 1618-2016-Lima Norte. Also; the application of the conflictivist theory of fundamental rights is explained, as well as the jurisprudential implication in diffuse control for peruvian law. It comes to the conclusion that, although weighting analysis is a constitutional global interpretation method, this is not the only one, so interpretive freedom must be prioritized, not forcing judges to reason in a single way. Even more, if there is no justification for this and there is a case-law vacuum of motivation with respect to the existence of another level of equal requirement for the approval of the statement that performs the diffuse control.
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Orden público y Unión Europea. Una contribución a la construcción constitucional europea

García Ortiz, Adrián 30 September 2021 (has links)
El progresivo proceso de asunción de competencias, de ordenación, limitación y racionalización del poder y de reconocimiento de valores y derechos ha convertido a la Unión Europea en un nivel supranacional de poder en el que se ejercen importantes parcelas de soberanía originariamente estatal. Este proceso de constitucionalización no ha dado lugar, sin embargo, a una constitución material en sentido estricto: si el ordenamiento constitucional ha de fundamentarse, en los términos teóricos propios del constitucionalismo social, en el valor igual dignidad humana y en la centralidad de la persona, el sistema jurídico-político de la Unión se ha construido y ha evolucionado, por el contrario, de manera funcional a su objetivo primigenio de desarrollo del mercado común europeo. La constitucionalización de la Unión conforme a los paradigmas del primer constitucionalismo (liberal) explica el predominio en dicho espacio de las instituciones propias de la dimensión orgánica de la constitución, destinadas esencialmente a la limitación del poder. La dimensión dogmática queda reducida, en cambio, a reconocimientos esencialmente formales, no fundamentados en la centralidad de la dignidad. El siguiente estadio en la evolución del proceso de integración y de constitucionalización europea habría de fundamentarse, en términos lógicos, en la asunción de los parámetros propios del constitucionalismo social contemporáneo y, en concreto, en la articulación del ordenamiento jurídico europeo en torno a la máxima realización de la igual dignidad humana. Siguiendo la metodología del Derecho constitucional europeo crítico, la presente tesis doctoral trata de reconstruir la dimensión dogmática del espacio constitucional europeo a través del mecanismo jurídico del orden público. Para ello, en la primera parte se lleva a cabo una caracterización de la categoría, los elementos constitutivos y las funciones del concepto de orden público y se ejemplifica su operatividad en el ordenamiento jurídico español. Construido a partir de la doble dimensión (subjetiva y objetiva) de los derechos fundamentales, el orden público se presenta como una síntesis de los valores propios de un ordenamiento jurídico determinado que garantiza en el mismo la mayor protección, promoción y efectividad de la dignidad humana. La segunda parte de la tesis tiene por objeto el estudio de la configuración del orden público en el Derecho de la Unión Europea vigente, lo que se realiza a partir del análisis de la categoría y sus elementos constitutivos en el ordenamiento jurídico europeo y, particularmente, en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Ello nos permite constatar que el orden público actúa en dicho nivel como una excepción o contralímite axiológico a la aplicabilidad en los Estados miembros de determinadas normas de Derecho de la Unión y que, por ello, no es equiparable al concepto constitucional de orden público. Finalmente, la tercera parte de la tesis se dedica, en primer lugar, al análisis del orden público configurado por el Tribunal de Estrasburgo a partir del Convenio Europeo de Derechos Humanos como modelo de referencia para un orden público propio de la Unión Europea. En segundo lugar, se explora en la dimensión dogmática del Derecho de la Unión los factores impeditivos de la conformación de un orden público europeo. En tercer lugar, se realizan diferentes propuestas de lege ferenda para la generación de un orden público propio del nivel constitucional europeo, centradas esencialmente en la necesaria reconfiguración de la posición constitucional que los derechos fundamentales ocupan en la Unión Europea.

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