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La jurisdicción militar y el delito de función en el Derecho Penal-Militar peruano

Musso Lopez, Mirtha Helenina January 2006 (has links)
Como es sabido, el todo está constituido por las partes. Esta Investigación ha sido dividida en los siguientes capítulos: El primero titulado Paradigmas Metodológicos de la Jurisdicción Militar y el Delito de Función; el segundo que lleva por titulo Paradigmas Teórico-Conceptuales de la Jurisdicción Militar, el tercero cuyo título es Jurisdicción Militar: Competencia y Composición de los Tribunales Militares; el cuarto titulado El Debido Proceso en la Jurisdicción Militar; el quinto que lleva por título El Delito de Función y su Necesaria Reformulación; el sexto titulado La Jurisdicción Militar y el Delito de Función en el Derecho Comparado; y el séptimo intitulado El Delito de Función, la Criminalidad de la Guerra Interna y la Criminalidad del Regreso en el Perú de las últimas décadas. En ellos exponemos los conceptos teóricos y metodológicos, nuestras hipótesis de trabajo y nuestro pensamiento.
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Conflictos de competencia entre el poder judicial y la jurisdicción militar en el contexto constitucional

Palomino Manchego, José Felix January 2011 (has links)
Tema sumamente delicado y preocupante es el relativo a la Jurisdicción Militar, y que ahora está relacionado con el título de la presente tesis Conflictos de competencia entre el Poder Judicial y la Jurisdicción Militar en el contexto constitucional. Y se presenta más arduo todavía si se toma en cuenta que su tratamiento académico ha sido descuidado en los ámbitos constitucional y legal. Y qué decir cuando se ve que el poder político, a través de la línea evolutiva histórica –en especial, el Poder Ejecutivo– ha sido el que ha impuesto las reglas de juego para el desarrollo y aplicación de la Jurisdicción Militar, resultando muchas veces excesivas las decisiones que, en un momento determinado, expidieron los Tribunales Militares, precisamente integrados por jueces reclutados por el propio Poder Ejecutivo, desconociéndose a los demás aparatos estatales. La historia nos enseña que la función política de las Fuerzas Armadas ha sido un fenómeno persistente en América Latina, y en el caso peruano se deja notar esta dura realidad, lo cual ha permitido que se lleven a cabo permanentes oscilaciones de la autoridad civil que trajo como producto la ruptura de los diques de la democracia, por parte de las camarillas políticas, de casta y elitista, con el propósito de controlar el poder social y político. Frente a esto surge la siguiente interrogante: ¿Estado Constitucional o Estado Militar? La respuesta se podrá apreciar a lo largo del presente estudio.
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Entre la espada y la pared. La administración del Gral. Juan Antonio Pezet frente a la crisis diplomática con España (1863-1865)

Chang Huayanca, Antonio José January 2013 (has links)
Identifica los elementos de tensión que están presentes tanto en la génesis como en el desarrollo del conflicto peruano-español de los años 1863-1865 durante el gobierno de Juan Antonio Pezet. Tales elementos de tensión imposibilitan que se lograra una solución pacífica de las diferencias de las partes involucradas, llevándolas al rompimiento de las hostilidades. Los elementos de tensión identificados se pueden clasificar en tres categorías: una primera que agrupa las tensiones al interior de las negociaciones diplomáticas, una segunda que agrupa las tensiones presentes durante la búsqueda por conseguir la superioridad militar en caso de ruptura de las hostilidades, y una tercera que agrupa las tensiones al nivel de la opinión pública como fiscalizadora de las negociaciones diplomáticas.
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La actualización de la normativa de crímenes de guerra en el derecho interno a la luz del estatuto de la Corte Penal Internacional y otras normas

Munizaga Miranda, Francisco Javier January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Los crímenes de guerra habían sido tratados de forma insuficiente por el legislador, con la incorporación de Chile a la Corte Penal Internacional se actualizó esto a través de la ley 20.357 de 2009 que persigue hacer efectiva su represión. Este trabajo examina en detalle la relación entre ambas, con el objeto de establecer un paralelo que permita reconocer sus similitudes y falencias, facilitando su estudio y aplicación por los operadores del derecho. Con ese fin, el trabajo se estructura en tres partes, la primera de ellas consiste en un examen al concepto de crímenes de guerra, sus elementos y la historia de su positivización y represión tanto a nivel universal como nacional (Capítulo I). Una segunda parte (Capítulos II y III), en que realizamos un examen detallado de los crímenes de guerra tanto en el Estatuto de Roma como la ley 20.357 que reprime crímenes de guerra. Este examen se hace a través de grupos de delitos según el bien jurídico protegido por éstos, siendo este orden idéntico en ambos capítulos para establecer de forma efectiva el paralelo. Este examen se efectúa con apoyo de opiniones doctrinales y jurisprudencia relevante. Una tercera parte (Capítulo IV), se hace un análisis respecto a las concordancias y ausencias o silencios de esta legislación, con especial mención a materias como regulación del sistema de armas y a fenómenos delictivos nuevos como la pedofilia. Finalmente, valoramos lo realizado pero llamamos la atención sobre la falta de innovación en ciertos temas, que por lo pétrea de la legislación internacional podrían ser fácilmente incorporados acá. Pese a ello con esta incorporación nuestro país se pone al día con una de sus obligaciones pendientes en materia internacional y así reprimir adecuadamente actos execrables para la conciencia de la humanidad.
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Evaluación de la operaciones de paz. Caso Somalia

Espinosa Scholtbach, Claudia Andrea January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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La capacidad jurídica del jefe de Estado para declarar la guerra según la Constitución Política del Perú: su colisión con las normas del derecho internacional

Mezarina García, Silvio Jesús, Mezarina García, Silvio Jesús January 2016 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Aporta conceptos de relaciones internacionales que puedan enriquecer el estudio de la Constitución Política del Perú y así lograr una mejor comprensión de sus instituciones. Además verifica si la Carta Magna arrastra un concepto decimonónico y en desuso, comprueba que la Constitución Política del Perú no ha hecho sino reproducir un artículo que, en su concepción original del siglo XIX, fue diseñado para una etapa ya superada de las relaciones internacionales y el derecho internacional y da a conocer lo que dispone el sistema internacional en su normatividad con respecto del recurso a la guerra y el uso de la fuerza. Plantea que presidente de la República no posee la facultad de declarar la guerra, figura jurídica ya extinta, sin perjuicio de ser el jefe supremo de las fuerzas armadas y poseer la capacidad jurídica de movilizar al ejército, la armada y la aviación con el propósito de preservar la soberanía e integridad territorial del Estado peruano. / Tesis
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Necesidad de adecuar la ley penal y procesal penal militar a la constitución política del Estado a fin de evitar innecesarias contiendas de competencia entre el fuero común y el militar

Jimenez Carranza, Flavio Enrique January 2018 (has links)
Se enfoca en un tema de actualidad en el mundo del Derecho Penal Militar como es la Justicia Militar en el Perú, conocido como Fuero Militar, se puede advertir que la Ley Penal Militar Policial vigente, regulada por el D.Leg.No.1.094, no está todavía adecuada a la Constitución Política de 1993. Esta falta de adecuación se presenta en la forma y en el fondo, en la forma, la denominación dada a la Ley Penal Militar Policial, como: "Código Penal Militar Policial", no guarda concordancia con la denominación "Código de Justicia Militar", señalada en el Art. 173 de la C.P.P. de 1993, al agregarse los términos: "Código Penal y Policial”, a la indicada denominación, sin haberse fundamentado en la exposición de motivos de dicha Ley, las razones de dichos cambios y contravenir el Art. 51 de nuestra Carta Magna, que consagra la primacía de la Constitución, sobre normas de inferior jerarquía. En el fondo, el denominado Código Penal Militar Policial, considera como figuras delictivas, tres Delitos de Función Militar Policial, en los Arts 133, 134 y 135, tipificados como: Afectación del Material Destinado a la Defensa, Apropiación Ilegítima de Material Destinado al Servicio y Hurto de Material Destinado al Servicio, respectivos, que estuvieron tipificados en el Art. 142 del anterior Código de Justicia Militar Policial, D. Leg. No. 961 como: Afectación de los Bienes Destinados a la Defensa, Seguridad Nacional y Orden Interno, expulsado de nuestro ordenamiento jurídico, mediante Sentencia del Tribunal Constitucional del 2006, recaída en el Expte. No.0012-2006-PI/TC, Demanda interpuesta por el Colegio de Abogados de Lima, contra determinadas normas del D.Leg.No. 961 del Código de Justicia Militar Policial. También señala como error de fondo, que la definición del delito de función, precisado en el Art. 2 del Título Preliminar del Código Penal Militar Policial, no ha considerado todos los elementos que debe tener todo delito, donde sólo se considera la conducta, obviando considerar los demás elementos como la tipicidad, la antijuridicidad, la culpabilidad y la punibilidad en la figura genérica y rectora del delito de función militar policial. Se plantea para corregir el error de forma, se presente al Congreso de la República una Ley de Reforma Constitucional, conforme al Art. 206 de la C.P.P.de 1993, a fin de que se agregue el térrnino: "Policial", al término: "Código de Justicia Militar" quedando como: "Código de Justicia Militar Policial". Para corregir el error de fondo, se plantea que el Congreso de la República apruebe un nuevo "Código de Justicia Militar Policial", que derogue los Arts. 133, 134 y 135, del C.P.M.P. precitado y considere al definir del delito de función, la tipicidad, la culpabilidad, la antijuridicidad y la punibilidad. / Tesis
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Las célebres y las otras: modelo, presencia y protagonismo femeninos, en el proceso independentista chileno

Peña González, Patricia January 2004 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Historia
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[en] THE BOSNIA WAR : 1992-1995. EXPLAINING FACTORS OF THE PRACTICE OF ETHNIC CLEANSING PERPETRATED BY THE SERBIANS AGAINST THE MUSLIM BOSNIANS / [pt] A GUERRA DA BÓSNIA : 1992- 1995 FATORES EXPLICATIVOS DA PRÁTICA DA LIMPEZA ÉTNICA PERPETRADA PELOS SÉRVIOS CONTRA OS MUÇULMANOS-BÓSNIOS

RENATA BARBOSA FERREIRA 27 May 2002 (has links)
[pt] Após o fim da Guerra Fria, as expectativas de paz mundial foram destruídas por uma série de violentos conflitos que forçaram policymakers e estudiosos das RI a voltarem suas atenções para três questões: o nacionalismo, a etnicidade e o genocídio. Essas questões estiveram presentes de forma bastante intensa nos conflitos ocorridos na Bósnia e provocaram a reconsideração do papel e da importância do Estado nação como forma de organização social e política.No presente trabalho, procuraremos mostrar como um conjunto de motivações político- estratégicas de alguns líderes e intelectuais sérvios conduziu o uso do nacionalismo e da etnicidade para o desenvolvimento de uma estratégia genocida cuja finalidade era a construção de um grande estado sérvio etnicamente homogêneo. Por fim, discutiremos o papel da comunidade internacional na proteção dos direitos humanos das vítimas da limpeza étnica na Bósnia e na solução do conflito. / [en] After the Cold War was over the expectations of world peace were destroyed by a series of violent conflicts which forced the policymakers and IR researchers to focus on three issues: nationalism, ethnicity and genocide. These issues were considerably present in the conflicts in Bosnia and provoked the reconsideration of the role and importance of the nation-state as a form of social and political organization. In the present work,we point out how a group of political strategic objectives of some Serb political leaders and intellectuals directed the use of nationalism and ethnicity to the development of a genocidal strategy which was aimed at the building of an expanded ethnically homogeneous Serb state. Conclusively, we consider the role of the international community in the protection of the victims of ethnic cleansing in Bosnia and in the solution of the conflicts.
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A revolta dos fatos contra a lei: antitotalitarismo e modernização jurídica no Brasil da Guerra Fria / The revolt of the facts against the law: anti-totalitarianism and legal modernization in Cold War Brazil

Cattai, Júlio Barnez Pignata 06 August 2018 (has links)
Partindo do problema da conjugação das ideias jurídicas para as artes de governabilidade na Guerra Fria, em particular sua organização no Brasil, o Arquivo constituído por esta pesquisa permitiu elencar questões sobre uma ensejada modernização do ordenamento jurídico no país. Tal Arquivo é, assim, composto pelas principais publicações periódicas do Direito, no país, tais como as Revistas Forense e dos Tribunais, pelos debates do Congresso Brasileiro para Definição das Reformas de Base, por uma documentação do Instituto de Pesquisa e Estudos Sociais e por uma documentação norte-americana, do National Archives e do Rockefeller Archive Center, relativa à modernização da Administração Pública, à reforma do Ensino do Direito, à Comissão Internacional de Juristas e a programas voltados para a Justiça Social e Direitos Humanos. Relançando, nos quadros da luta antitotalitária transnacional, o desafio posto pela \"questão social\", no pós-guerra, o debate jurídico, no Brasil, voltou-se para as tentativas de dar forma legal-legítima à expansão da Administração Pública, de modo a manter o indivíduo como fundamento da civilização cristã e liberal. Outrossim, as ideias jurídicas lidavam, para o referido direcionamento, com um novo ritual do tempo sob a modernidade industrial e urbana, a \"aceleração do passo da história\", que, especificamente para o Direito, vinha produzindo um descompasso entre a lei e a realidade social. A partir disso, o debate jurídico voltou-se para o que nomeou de crise: do direito positivo, da tradição Civil do ordenamento nacional, do Estado de Direito, do Parlamento, do Supremo Tribunal Federal, do Ensino do Direito e, mais amplamente, das formas políticas do Ocidente. No Brasil, o que se sentia como a irresolução dessas questões, ao passo do que teria sido uma aproximação dos herdeiros de Vargas ao totalitarismo, levou ao acolhimento, a partir de um pensamento conservador norte-americano, capitaneado, especialmente, por Samuel Huntington, das premissas do que seria uma necessária transição. Isto é, dos instrumentos de compressão e descompressão políticas. Ao lado de tais instrumentos, a reorganização mais ampla da ordem jurídica do país possibilitou a ação intervencionista do Poder Executivo em nome de uma modernização. A passagem dos anos 1960 para os anos 1970 marca, todavia, uma desarticulação das artes de governo e um novo aggiornamento das políticas de Guerra Fria, especialmente a partir dos Estados Unidos: de fundo, os direitos humanos vão sendo trazidos como amálgama de uma ensejada recuperação ética e moral da Política e que teriam nos EUA seu modelo mais bem-acabado. Para países em processo de transição negociada, como o Brasil, a recuperação dessa virtude veio a informar um reajustamento das disputas palacianas, favorecendo um centro moderado que, longe de rupturas, liderasse o debate da \"redemocratização\". / Starting from the problem of the conjugation of legal ideas for the arts of governability in the Cold War, in particular its organization in Brazil, the Archive constituted by this research allowed to list questions about a modernization of the juridical order in the country. This Archive is, therefore, composed of the main periodical publications of the Law, in the country, such as the Revista Forense e a Revista dos Tribunais, by the debates of the Brazilian Congress to Define the Basic Reforms, by a documentation of the Institute of Research and Social Studies and by the National Archives and the Rockefeller Archive Center, on the modernization of public administration, reform of law education, the International Commission of Jurists and programs for \"Social Justice and Human Rights\". In the framework of the anti-totalitarian struggle, the challenge posed by the \"social question\" in the post-war period, the legal debate in Brazil attempted to give a legal and legitimate form to the expansion of Public Administration, maintaining the individual as the foundation of Christian and liberal civilization. Moreover, legal ideas dealt with a new ritual of time under industrial and urban modernity, the \"acceleration of the passage of history,\" which, specifically for law, had produced a mismatch between law and social reality. From this, the legal debate turned to what it called a \"crisis\": of the positive law, the Civil tradition of national law, the Rule of Law, the Parliament, the Federal Supreme Court, the Law Education and more broadly, of the political forms of the West. In Brazil, what was felt as the irresolution of these questions, which would have been an approximation of the \"heirs of Vargas\" to totalitarianism, led to the reception, from a conservative American thought, led, especially, by Samuel Huntington, of the premises of what would be a necessary transition. That is, of the instruments of political compression and decompression. Alongside these instruments, the broader reorganization of the country\'s legal order has enabled interventionist action by the Executive branch in the name of a modernization. The passage from the 1960s to the 1970s marks, however, a disarticulation of the arts of government and an update of Cold War policies, especially from the United States: gradually, human rights are being brought as an amalgam of a desired ethical and moral recovery of Politics and that would have in the US their best-finished model. For countries in the process of negotiated transition, like Brazil, this recovery of what would be a political virtue came to inform a readjustment of the palatial disputes, favoring a moderate center that, far from ruptures, led the debate of \"redemocratization\".

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