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El rol del juez como legitimado activo para interponer la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad

Padilla Varas, Jo, Sebeckis Tudela, Valentina January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / La acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad o “cuestión de inaplicabilidad” es una de las herramientas fundamentales de control concreto de constitucionalidad de la ley en nuestro ordenamiento actual. Una de las particularidades del modelo de control concreto de constitucionalidad chileno es que los jueces tienen legitimación para interponer la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto a las causas que conocen. El presente trabajo se centra en el estudio de las cuestiones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovidas por jueces durante el periodo comprendido entre los años 2006 y 2017. Del tratamiento estadístico y análisis de cada una de estas causas es posible extraer importantes conclusiones respecto a la naturaleza jurídica de esta particular acción y a la forma en que los jueces han ejercido esta potestad / 30 junio de 2020
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Justicia de Paz en el Perú: Una instancia de resolución de conflictos que garantiza el acceso a la justicia / Justice of Peace in Peru: An instance of conflict resolution that guarantees access to justice

Valverde Caman, Fernando 02 1900 (has links)
La presente investigación analiza la labor fundamental que realizan los jueces de paz en el Perú, ubicada en el primer nivel de la administración de justicia. Ellos son conocidos como los “jueces conciliadores” y están legitimados por las comunidades al ser elegidos entre sus miembros para que resuelvan los conflictos sociales de menor trascendencia jurídica y social, impartiendo justicia desde conflictos familiares, propiedad, tierras, faltas menores, entre otros. Su reconocimiento y garantía que tienen los pobladores en este tipo de justicia es por la accesibilidad y la rapidez en la solución obtenida del conflicto y la restauración de la armonía social. El estudio permitió conocer las funciones que realizan los jueces de paz, los criterios, valores, usos, costumbres y su leal saber y entender al momento de resolver los conflictos para el mantenimiento de la paz social. / This research analyzes the fundamental work performed by justices of the peace in Peru, located at the first level of the administration of justice. They are known as the "conciliatory judges" and are legitimized by the communities when they are elected from among their members to resolve social conflicts of less legal and social significance, dispensing justice from family conflicts, property, land, minor offenses, among others. Its recognition and guarantee that the inhabitants have in this type of justice is due to the accessibility and speed in the solution obtained from the conflict and the restoration of social harmony. The study allowed us to know the functions performed by justices of the peace, the criteria, values, customs, and their loyal knowledge and understanding when resolving conflicts for the maintenance of social peace.
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Análisis sobre la estructura y fuerza de las inferencias probatorias en la prueba por indicios. Un estudio a partir de un conjunto de sentencias civiles apeladas en un distrito judicial del Perú 2015-2019

Tamariz Béjar, Eva Luz 24 March 2022 (has links)
Desde la perspectiva racionalista del análisis probatorio la finalidad institucional del proceso es la búsqueda de la verdad. En este propósito se construyen razones mediante un esquema lógico, cuyo análisis en la prueba por indicios es el propósito de este trabajo, a partir de un conjunto de sentencias. Los hallazgos muestran que, por lo general, se soslaya la prueba por indicios y cuando se recurre a ella no se justifica adecuadamente dicho razonamiento. Develado ello, se formulan algunas sugerencias para mejorar el valor epistemológico del razonamiento acorde a la finalidad del proceso y, la motivación de la decisión que adopta el juez o jueza al dar por probados los hechos.
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Los Plenos Jurisdiccionales Supremos Laborales Previsionales en el sistema de fuentes

Vigo Casanova, Sinthia Elizet 19 April 2023 (has links)
Los plenos Jurisdiccionales Supremos Laborales Previsionales son figuras jurídicas que nacieron con la finalidad de generar predictibilidad en las resoluciones judiciales, teniendo en cuenta lo expuesto es importante determinar el rol que juegan en nuestro sistema jurídico, si los mismos constituyen fuentes de derecho, sin embargo al no ser de obligatorio cumplimiento los Plenos Jurisdiccionales Supremos Laborales Previsionales no se constituyen como fuentes de derecho. / The Jurisdiccionales Supremos Laborales Previsionales are legal figures that were born with the purpose of generating predictability in judicial decisions, taking into account the above, it is important to determine the role they play in our legal system, if they constitute sources of law, however at Not being mandatory, the Supreme Labor Pension Jurisdictional Plenary Sessions are not constituted as sources of law. / Trabajo académico
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Informe Jurídico de la Resolución n.° 039-2021-PLENO-JNJ

Pacheco Rodríguez, Julia Andrea 09 August 2023 (has links)
En este informe se analizará la Resolución n.o 039-2021-PLENO-JNJ emitida por la Junta Nacional de Justicia que destituye a Víctor Ticona Postigo, en su condición de juez supremo y en el ejercicio de la función como presidente del Jurado Nacional de Elecciones. La investigación se centrará en el análisis de la responsabilidad disciplinaria del investigado, la competencia de la Junta Nacional de Justicia para investigar la actuación funcional del presidente del Jurado Nacional de Elecciones y la gradualidad de las sanciones. De esa forma, se verificará la importancia y trascendencia del perfil y la condición de juez supremo, así como la gradualidad de las sanciones en el ejercicio de la potestad disciplinaria de la Junta Nacional de Justicia. Finalmente, se determinará la competencia de la Junta Nacional de Justicia para investigar la actuación funcional del presidente del Jurado Nacional de Elecciones y la vulneración del derecho del investigado al haber sido sancionado con la máxima sanción disciplinaria sin considerar una sanción menor en base a criterios de proporcionalidad y razonabilidad, siendo que además, desconocía con anterioridad los criterios que serían empleados para determinar la gradualidad de la sanción que se le iba a imponer
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¿El juez constitucional es competente para declarar un ECI? La situación de los Establecimientos Penitenciarios en el Perú

Palomino Díaz, Ilse Eva 10 July 2023 (has links)
La población penitenciaria ha sido víctima de vulneraciones de sus derechos fundamentales sistemáticamente, no solo por causas de infraestructura o respecto las condiciones en que se encuentran las cárceles en el Perú, sino porque obedece a factores estructurales. En ese sentido, es importante preguntarnos quién vela por ellos, si el Estado viene incumpliendo sus obligaciones internas y compromisos internacionales en materia penitenciaria. Entonces, son los jueces constitucionales que tienen el deber de garantizar la satisfacción de los derechos fundamentales, pero sobre todo de aquellos que representan parte de la población vulnerable, pues existe un deber especial para con ellos. Así, la figura del Estado de Cosas Inconstitucional se presenta como aquella competencia de los jueces de mayor instancia para poder pronunciarse y no tener un rol pasivo frente a vulneraciones graves, masivas y generalizadas de aquellos que se encuentran privados de su libertad, los mismos que han sido excluidos e ignorados a lo largo de muchos años. Para revertir esta situación inconstitucional, es necesaria la participación conjunta de los poderes del Estado, de las entidades, de la sociedad en general y del trabajo conjunto a nivel nacional de todos los actores. Por lo tanto, los jueces son competentes de declarar un Estado de Cosas Inconstitucional, así como establecer las medidas para superar la situación y el seguimiento de estas medidas, para lo cual es necesaria la cooperación y abordar el tema de manera multidisciplinaria, pues el problema del hacinamiento y las pésimas condiciones de vida al interior de las cárceles del Perú necesita ser abordado desde varias aristas, incluyendo voces de diversos actores, con el fin de que paulatinamente se pueda respetar y reconocer los derechos fundamentales de los presos, quienes a pesar de estar cumpliendo condena, no merecen ser tratados de forma inhumana. / The prison population has been the victim of systematic violations of their fundamental rights, not only because of infrastructure or the conditions in which Peru's prisons are located, but also because of structural factors. In this sense, it is important to ask ourselves who is watching over them, if the State is failing to comply with its internal obligations and international commitments in prison matters. Therefore, it is the constitutional judges who have the duty to guarantee the satisfaction of fundamental rights, but especially of those who represent part of the vulnerable population, since there is a special duty towards them. Thus, the figure of the State of Unconstitutional Things is presented as the competence of the judges of higher instance to be able to pronounce and not have a passive role in the face of serious, massive and widespread violations of those who are deprived of their liberty, the same who have been excluded and ignored for many years. To reverse this unconstitutional situation, it is necessary the joint participation of the powers of the State, of the entities, of society in general and of the joint work at the national level of all the actors. Therefore, judges are competent to declare a State of Unconstitutional Things, as well as to establish the measures to overcome the situation and the follow-up of these measures, for which cooperation and a multidisciplinary approach to the issue is necessary, The problem of overcrowding and the appalling living conditions inside Peruvian prisons needs to be addressed from various angles, including the voices of various actors, in order to gradually respect and recognize the fundamental rights of prisoners, who despite serving their sentences, do not deserve to be treated inhumanely. / Trabajo académico
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Informe Jurídico sobre Casación N° 11978-2020 LIMA ESTE: Rescisión contractual por lesión

Ugarte Guevara, Bryan Fabricio 31 July 2023 (has links)
En el presente trabajo se realiza un análisis de la sentencia contenida en la Casación N° 11978-2020 LIMA ESTE desde la perspectiva del principio de congruencia procesal. Comenzamos por realizar un análisis sobre la declaración de rebeldía y si la misma pudiera implicar una vulneración al derecho a la defensa. Posteriormente, se procede con el análisis de la sentencia de vista que dio origen a la casación, siendo que, durante el desarrollo de todo el proceso, se presentaron diversas patologías de carácter procesal que dieron lugar a una de las figuras más controvertidas en la actualidad: un pronunciamiento inhibitorio contenido en sentencia. Además, nos referiremos a si, en el caso concreto, la revocación de la sentencia de primera instancia mediante la sentencia de vista fue adecuada o si, en todo caso, debió declararse nula. Posteriormente, se realiza un análisis de la sentencia de casación en concreto, el cual nos permite referirnos al alcance del principio de congruencia procesal, para luego referirnos a los alcances del principio iura novit curia y cuáles son las reglas vinculadas a su aplicación. Finamente, se realiza un contraste entre ambos principios para así poder determinar si son excluyentes entre sí o sí pueden coexistir en un proceso, siendo la tarea en cuestión establecer si el principio de congruencia procesal es factible de ser flexibilizado. / The present paper contains an analysis of the sentence contained in Cassation No. 11978-2020 LIMA ESTE from the perspective of the principle of procedural congruence. We begin by analyzing the declaration of default and whether it could imply a violation of the right to defense. Subsequently, we proceed with the analysis of the appellate judgment that originated the cassation, given that throughout the entire process, various procedural irregularities occurred, giving rise to one of the most controversial figures nowadays: an inhibitory pronouncement contained in the sentence. Furthermore, we will address whether, in the specific case, the revocation of the initial judgment by the appellate judgment was appropriate, or if, in any case, it should have been declared null. Later, a specific analysis of the cassation sentence is carried out, which allows us to refer to the scope of the principle of procedural congruence, and then discuss the scope of the principle of iura novit curia and the rules associated with its application. Finally, a comparison between both principles is made in order to determine if they are mutually exclusive or if they can coexist during the process, with the task at hand being to establish whether the principle of procedural congruence can be flexibilized or not
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El rol del juez como director del proceso: la prueba de oficio en el marco de la valoración de una prueba dactiloscópica en el proceso de nulidad de acto jurídico

Luyo Tocasca, Juan Alberto 31 July 2023 (has links)
En el presente trabajo académico se aborda el cuestionamiento realizado en el recurso de Casación N° 4260-2017, respecto de la aparente obligación del Juez de solicitar pruebas de oficio ante la falta de convicción de elementos de prueba que acrediten la falta de manifestación de voluntad de la vendedora Juana Rodríguez Salas, la cual se fundamenta en la actuación de una Pericia Dactiloscópica, la cual determinó que la huella dactilar presente en el contrato era una mancha. Se plantea, como problema principal, si persiste la facultad del juez de incorporar pruebas de oficio al proceso ante la presencia de un informe pericial dactiloscópico ante una posible falta de convicción, y como problema secundario, si es suficiente para el juez alegar que mantiene plena convicción de las pruebas incorporadas para omitir la disposición de medios de prueba de oficio. Como resultado, se ha realizado una apreciación conjunta del artículo 194° del Código Civil Peruano y el X Pleno Casatorio Civil, así como los fundamentos de las garantías del debido proceso relativos al derecho a probar y la motivación de resoluciones judiciales, para concluir que es posible incorporar pruebas de oficio ante las circunstancias descritas, siempre y cuando se haya realizado una valoración racional de la prueba respecto del informe dactiloscópico, y se pueda emitir pronunciamiento pleno sobre los puntos controvertidos. Asimismo, es necesario que la convicción del juez que no incorpora pruebas de oficio esté debidamente motivada. / In the present academic work, the questioning made in the Cassation appeal No. 4260- 2017 is addressed, regarding the apparent obligation of the Judge to request ex officio evidence due to the lack of conviction of evidence that proves the lack of expression of will of the seller Juana Rodríguez Salas, which is based on the performance of a Fingerprint Expertise, which determined that the fingerprint present in the contract was a stain. The main problem is whether the judge's power to incorporate ex officio evidence into the process persists in the presence of a dactyloscopic expert report in the event of a possible lack of conviction, and as a secondary problem, if it is enough for the judge to allege that he maintains full conviction of the evidence incorporated to omit the disposition of means of evidence ex officio. As a result, a joint assessment of article 194 of the Peruvian Civil Code and the X Pleno Casatorio Civil has been carried out, as well as the foundations of the guarantees of due process related to the right to prove and the motivation of judicial decisions, to conclude that it is It is possible to incorporate ex officio evidence in the circumstances described, as long as a rational assessment of the evidence has been made with respect to the dactyloscopic report, and a full pronouncement can be issued on the controversial points. Likewise, it is necessary that the conviction of the judge who does not incorporate ex officio evidence is duly motivated.
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La facultad discrecional del juez y la tasación de oficio contenida en el Art. 729 del Código Procesal Civil

Espinola Rodriguez, Cinthya Marisol 15 September 2022 (has links)
El presente trabajo académico aborda la facultad discrecional de los jueces al momento de ordenar se realice nueva tasación dentro del proceso de ejecución de garantías, puesto que si bien es cierto el art. 729 del Código Procesal Civil, otorga dicha facultad, esta se materializa mediante resolución inimpugnable, es necesario resaltar que la facultad discrecional no puede confundirse o admitir arbitrariedad. La resolución que emite el juez ordenando se realice una nueva tasación, debe encontrarse sujeta a criterios objetivos que permitan demostrar que la decisión del juez se encuentra motivada, dado que lo contrario nos llevaría a una motivación aparente, lo cual vulnera los derechos fundamentales. Asimismo, es necesario delimitar y establecer los requisitos objetivos a los que debería ceñirse el juzgador al momento de hacer uso de la facultad discrecional contenida en el Art. 729 del Código Procesal Civil, que lo faculta a decidir si debe ordenar la tasación de oficio, o continuar el remate con la tasación presentada con la demanda. Consecuentemente a través del análisis de resoluciones judiciales, se identificará que efectivamente dichas resoluciones no se encuentran motivadas, evidenciando que el juez no puede ser un mero aplicador de normas, sino debería interpretarlas y arribar a conclusiones que traten de ser justas.
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La destitución de jueces de paz por la comisión de faltas disciplinarias y una aproximación a la argumentación de los órganos de control

Velit Bassino, Daniela 26 May 2020 (has links)
Muchas veces, en los procesos disciplinarios contra jueces de paz, la determinación de la responsabilidad disciplinaria efectuada por los órganos de control de la magistratura se limita a una actividad subsuntiva o lógica deductiva; de los hechos del caso, a constatar si encajan con la premisa normativa (del catálogo de faltas disciplinarias de los jueces de paz), y si es así, se aplica necesariamente la consecuencia jurídica prevista (sanción disciplinaria).Al reducirse la solución del caso a eso, no hay lugar para la responsabilidad administrativa subjetiva, para la argumentación o para la aplicación de los principios orientadores del régimen disciplinario del juez de paz, y por lo tanto se vuelve muy probable que si para los órganos de control los hechos configuraron una falta muy grave, esto acarree la destitución del juez de paz. Teniendo esto en cuenta, el presente trabajo académico busca responder tres preguntas: i) ¿en qué se sustenta el control disciplinario a jueces de paz?; ii) ¿cuándo estaría justificado destituir a un juez de paz?; y iii) ¿la aplicación de los principios orientadores del régimen disciplinario del juez de paz, aseguran el respeto de sus derechos en un procedimiento disciplinario? Al respecto, se mencionará que los jueces de paz están sujetos al control ciudadano, de la comunidad o vecindad que los eligió para asumir dicho cargo y a la vez, al control institucionalizado de parte del Poder Judicial porque el juez de paz es parte de la corporación judicial, y este es el control disciplinario. También, como opinión personal, que la responsabilidad administrativa subjetiva y el dolo, específicamente, debería ser condición necesaria para destituir a un juez de paz, y que la formulación de los principios orientadores del régimen disciplinario del juez de paz en el Reglamento del Régimen Disciplinario del Juez de Paz aportan al análisis de la responsabilidad disciplinaria, las características propias y la esencia de la justicia de paz, y dotarían de razonabilidad y proporcionalidad la sanción disciplinaria contra un juez de paz.

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