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La autonomía de la voluntad de los cónyuges en previsión de los efectos económicos de la ruptura conyugalIldefonso Vargas, Madeleine 25 November 2022 (has links)
La presente investigación tiene por objetivo explicar los alcances en torno a si nuestro
ordenamiento civil otorga relevancia a la autonomía de la voluntad de los cónyuges en
previsión de una ruptura conyugal. Para lo cual analizamos el papel actual que se
reconoce a la autonomía de los cónyuges para reglamentar los aspectos personales
y económicos una vez surgida la ruptura o crisis conyugal, así como también
analizamos a la luz de la doctrina, nuestro ordenamiento legal y constitucional y la
jurisprudencia, si existen justificaciones para ampliar aquel reconocimiento de
autonomía privada para anticipar los efectos económicos que produce una ruptura
conyugal.
A partir del desarrollo de los principales efectos económicos que produce una
ruptura conyugal, justificamos la necesidad de la derogación del artículo 312 del
Código Civil que limita la libertad de contratación entre cónyuges, así como la
recepción normativa de los acuerdos prematrimoniales, que en nuestro medio puede
significar una mejor protección, por los propios cónyuges, frente a las consecuencias
económicas injustas que puede producir una ruptura conyugal. Realizamos un
abordaje teórico de los acuerdos prematrimoniales para encontrar su utilidad práctica
en nuestro contexto, y evaluamos si su incorporación en nuestro ordenamiento puede
representar una mejor protección de los cónyuges, en manos de ellos mismos,
mediante dichos acuerdos o pactos. / The purpose of this research is to explain the scope of the question whether our civil
system grants relevance to the autonomy of the spouses' will in anticipation of a marital
breakdown. For which we analyze the current role that is recognized to the autonomy
of the spouses to regulate the personal and economic aspects once the marital
breakdown or crisis arises, as well as we analyze in the light of the doctrine, our legal
and constitutional order and the jurisprudence, if there are justifications to extend that
recognition of private autonomy to anticipate the economic effects that a marital
breakdown produces.
From the development of the main economic effects produced by a marital
breakup, we justify the need for the repeal of article 312 of the Civil Code that limits the
freedom of contracting between spouses, as well as the normative reception of the
premarital agreements, which in our environment can mean a better protection, by the
spouses themselves, against the unfair economic consequences that a marital breakup
can produce. We make a theoretical approach of the premarital agreements to find
their practical utility in our context, and we evaluate if their incorporation in our legal
system can represent a better protection of the spouses, in the hands of the spouses
themselves, by means of such agreements or pacts.
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La discriminación legal en el Perú ¿se encuentran los trabajadores a tiempo parcial realmente protegidos por el derecho a la igualdad y a la no discriminación?Castro Sucre, Slina 03 September 2018 (has links)
El Derecho a la Igualdad supone que el Estado tiene la obligación de tratar en
forma igual a todos los ciudadanos. Ello se encuentra establecido desde la
Declaración universal de los Derechos del Hombre y del ciudadano, así como en la
Declaración de Filadelfia, en el Convenio sobre Igualdad de Remuneración (C
100), en el Convenio relativo a la Discriminación en materia de Empleo y
Ocupación (C 111), en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la
Recomendación 182 de la Organización Internacional del Trabajo, en la
Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer, etc. hasta llegar a nuestra Carta Magna. La
constitución Política del Perú vigente desde 1993, establece en su artículo 2 inciso
2 que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley1, por lo cual nadie debe
ser discriminado; sin embargo, en nuestra propia legislación encontramos normas
limitativas de derechos hacia algunos trabajadores, dejando ver que en nuestro país
existe una discriminación legal al no cumplir cabalmente con resguardar el Derecho
a la Igualdad de todos los hombres. La diferencia de jornada de trabajo no es una
razón objetiva que pueda sustentar la exclusión de un beneficio que protege al
trabajador; por lo que, privar a los trabajadores a tiempo parcial de los beneficios
sociales de compensación por tiempo de servicios, indemnización por despido
arbitrario y vacaciones, iría en contra del derecho antes mencionado. Atendiendo a
ello este trabajo tratará sobre “El derecho a la igualdad y la no discriminación de
los trabajadores a tiempo parcial en el Perú.” / Trabajo académico
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Informe jurídico sobre la Casación N.° 563-2011-LIMA “Maternidad Subrogada”Salazar Quiñones, Teresa Dilaines 23 March 2022 (has links)
El presente informe analiza la Casación N.º 563-2011 LIMA, cuyo eje central gira en torno a una niña que nació como consecuencia de un acuerdo de gestación comercial y que, a los nueve días fue dada a los demandantes (esposos contratantes), en dicha Casación se determinó que debe prevalecer el interés
superior de la niña, en tanto que arrancarla de su núcleo familiar sería perjudicial para ella. Por otro lado, mediante el método sistemático, se evaluará si la maternidad subrogada en nuestro país se encuentra debidamente regulada o no, en atención a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley General de Salud. En caso de no estar permitido el uso de este método, se analizarán qué medidas corresponde tomar ante dicha práctica, cada vez más notoria, en la actualidad.
Ello en resguardo de los derechos intrínsecos que se encuentran presentes ante su prohibición, con el objetivo de buscar igualdad de oportunidades y de trato para aquellas personas que padecen de esterilidad e infertilidad. Finalmente, se concluye que si bien la maternidad subrogada altruista, no se encuentra regulada expresamente en nuestra legislación, no resulta menos cierto que a nivel
jurisprudencial se han resuelto casos en los que se involucra el uso de esta técnica de reproducción; por lo que, queda en manos del legislador el darle celeridad a la propuesta de modificación del Código Civil, en donde se reconoce que más allá de la posibilidad biológica de tener hijos se encuentra la voluntad
procreacional
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Informe sobre Casación N° 248-2017 LIMAMayor Mayor, Renzo Kenneth 22 February 2021 (has links)
El presente trabajo se dirige a analizar la Casación 248-2017 LIMA que trata del control judicial de la motivación en los laudos arbitrales. Así, debido a las distintas posiciones tanto doctrinarias como jurisprudenciales a nivel nacional que permiten una alta tasa de demandas de anulación de laudo arbitral sustentadas en algún defecto de motivación, es pertinente analizar el problema consistente en la identificación del estándar de control judicial de la debida motivación en el arbitraje. Para ello, se analiza la replicación y adaptación del derecho fundamental de la debida motivación en el arbitraje; y, posteriormente, se busca determinar un parámetro de control judicial de este derecho. De esta manera, se realiza un análisis dogmático para identificar la naturaleza de la debida motivación como derecho fundamental y replicarlo en el arbitraje considerando sus especiales características, por lo que se puede
obtener un parámetro que puede ser utilizado para su control judicial. Es así como se puede recurrir al análisis de la justificación interna y externa de la decisión arbitral, tal que solo sería posible controlar judicialmente la justificación interna de la misma en el caso de una demanda de anulación de laudo sustentada en algún defecto de motivación. Adicionalmente, entre los hallazgos de la investigación, se concluye que la Corte Suprema, como corte de vértice, perdió una oportunidad de fijar criterios respecto a este problema que contribuyan a dotar de seguridad jurídica al sistema y evitar que se solicite un control sobre el fondo de la decisión arbitral, así como se propone una modificación al Decreto Legislativo 1071, Decreto Legislativo que norma el Arbitraje que incluya a la indebida motivación como causal de anulación de laudo arbitral
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La Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada: ¿Una implementación legislativa necesaria?Villón Farach, Lincoln Ullianoff 06 December 2021 (has links)
El Decreto Legislativo No. 1409 (2018) crea el régimen societario alternativo
denominado Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (SACS), marco normativo
mediante el cual se busca la formalización de la micro, pequeña y mediana empresa en el
Perú.
La exposición de motivos de la ley propone el nacimiento de esta sociedad a fin de
dinamizar el sector MIPYME, mejorar la recaudación fiscal y disminuir las altas tasas de
informalidad laboral, presentando para ello un nuevo modelo de constitución virtual, en
documento privado, menos costoso y rápido, alejándose así de las barreras impuestas a los
modelos societarios clásicos.
La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), como modelo innovador, nace en
Colombia (2008) de la mano del maestro Francisco Reyes Villamizar, extendiéndose
posteriormente a las legislaciones de Chile, Argentina y la OEA. Este régimen basa su éxito
en la reducción de plazos y costos de constitución, reducción de la informalidad y mayor
flexibilidad, todo sobre la base de la “sociedad contrato” y en la “autonomía de la
voluntad”.
Nuestro legislador, al advertir las bondades del exitoso modelo, propone adaptar lo mejor
de cada experiencia internacional para aplicarla en la SACS. Es justamente este nuevo
marco normativo nacional sobre el cual se basa la presente investigación, a fin de
determinar si aquél recoge o no las virtudes del modelo SAS.
A partir de ese análisis y del resultado que se obtenga se establecerá la viabilidad y
necesidad de la creación de la SACS, lo cual determinará si estamos frente a un modelo
exitoso o ante uno que debe ser adaptado para lograr trascender.
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Caso Azul Rojas Marín y otra vs. PerúGago Hidalgo, Natalia Sofía 17 August 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo general analizar y exponer la situación de las personas
LGBTI en Perú, en base al caso Azul Rojas Marín y otra vs. Perú, por lo cual, se profundizará en
los datos, doctrina y jurisprudencia, así como los argumentos y el razonamiento que la Corte
Interamericana de Derechos Humanos empleó para resolver el caso. Las principales conclusiones
del trabajo son que, este caso es sumamente importante ya que es la primera vez que la Corte
Interamericana de Derechos Humanos se pronuncia sobre la tortura y violencia por parte de agentes
estatales hacia una persona LGBTI. La Corte declara al Estado peruano como responsable de la
violación del derecho a la igualdad y no discriminación, derecho a la libertad personal, derecho a
la integridad personal y derecho a las garantías judiciales en perjuicio de Azul Rojas Marín, así
como la violación del derecho a la integridad personal en perjuicio de la madre de Azul Rojas.
Asimismo, la Corte declara el incumplimiento de diversas obligaciones y ordena diversas
reparaciones, siendo una de las principales el desarrollo de un estándar de debida diligencia
especial para la investigación y administración de justicia en casos de violencia contra personas
LGBTI; no obstante, la Corte no tiene en cuenta el enfoque interseccional y no profundiza acerca
del contexto peruano de violencia contra el colectivo mencionado, siendo esto importante para
justificar el estándar de debida diligencia especial que se propone en la sentencia. / The main objective in this study is to analyze and expose the situation of LGBTI people in Perú,
based on the case Azul Rojas Marín et al. V. Perú, for which it will deepen in data, doctrine, and
jurisprudence, as the arguments and the reasoning that the Inter-American Court of Human Rights
use to resolve the case. The final conclusions of the work are that this case is extremely relevant
because is the first time that the Inter-American Court of Human Rights has ruled on torture and
violence by state agents against LGBTI people. The Court declares the Peruvian State responsible
for the violation of the right to equality and non-discrimination, personal liberty, personal integrity,
and judicial guarantees to detriment of Azul Rojas Marín, as well as the violation of the right to
personal integrity to detriment of Azul Roja’s mother. In addition, the Court declares that the
Peruvian State failed to comply with international obligations and decrets several means of legal
redress, one of the main ones being the development of a special due diligence standard for the
investigation and justice administration in cases of violence against LGBTI people. However, the
Court does not consider the intersectional approach and does not deepen into the Peruvian context
of violence against the LGBTI people, this being important to justify the special due diligence
standard proposed in the judgment.
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Deben gravarse con el Impuesto a la Renta los subsidios y condonaciones provenientes del EstadoArbieto Alfaro, Hugo Martín 01 October 2022 (has links)
La presente investigación busca analizar si los subsidios y las condonaciones provenientes
del Estado que reciben las empresas se encuentran gravados con el Impuesto a la Renta.
Nuestra Ley del Impuesto a la Renta vigente grava a las empresas por la adquisición de
ingresos provenientes de operaciones con terceros. En el presunto ejercicio de la potestad
reglamentaria, el Poder Ejecutivo estableció un desarrollo restrictivo sobre el concepto de
operaciones con terceros. A partir de esta definición restrictiva, los subsidios y
condonaciones estatales que reciben las empresas no se gravarían con el Impuesto a la
Renta pues provienen del Estado.
La investigación busca analizar la interpretación sobre los “ingresos provenientes de
operaciones con terceros” prevista en la Ley del Impuesto a la Renta y analizar la validez
constitucional de la norma del Reglamento que desarrolla el concepto de operaciones con
terceros. Este trabajo desarrolla el contexto económico y social en el que se incorpora a la
Ley del Impuesto a la Renta el supuesto gravado de ingresos provenientes de operaciones
con terceros; aplica los métodos de interpretación de las normas jurídicas; indaga en la
doctrina peruana y extranjera para conocer el concepto de renta; analiza las
interpretaciones de la Sunat, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial respecto de este problema;
revisa la jurisprudencia del Tribunal Constitucional para desarrollar el alcance de los
principios constitucionales de reserva de ley, capacidad contributiva e igualdad; y muestra
el tratamiento que se otorga en otros países a estos ingresos.
Nuestra conclusión es que el supuesto de “ingresos provenientes de operaciones con
terceros”, previsto en la Ley del Impuesto a la Renta, sí incluye a los subsidios y las
condonaciones estatales como ingresos gravados. Por lo tanto, la norma del Reglamento
vulnera el principio de reserva de ley porque modifica el aspecto material al excluir ingresos
gravados; asimismo, y el principio de igualdad porque otorga a las empresas que perciben
estos ingresos un tratamiento privilegiado que no cumple con ser excepcional ni
proporcional
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Análisis de la Casación Nro. 1866-2021 La Libertad: ¿la negligencia del trabajador puede constituir un atenuante o eximente de responsabilidad?Gómez Reyes, Arely Fiorella 07 August 2023 (has links)
En el presente informe se analiza el accidente de trabajo producido por la
conducta negligente del propio trabajador accidentado. En ese sentido, el
informe busca determinar cuál es el sistema de responsabilidad civil del
empleador ante accidentes de trabajo y el criterio de imputación por el que el
empleador debe responder ante estos casos. Seguidamente, se analiza si el
artículo 1326 del Código Civil, el cual regula la figura de la denominada
“concausa”, puede ser aplicable supletoriamente al derecho del trabajo.
Finalmente, se desarrolla el contenido de la transacción extrajudicial celebrada
por las partes y si esta era válida para concluir el proceso judicial.
Palabras / This report analyzes the work accident caused by the negligent conduct of the
employee. In that sense, the report seeks to determine what the worker's civil
liability system should be use for work accidents and the imputation criteria by
which the employer must respond in these cases. Next, it is analyzed if article
1326 of the Civil Code, which regulates the figure of "concausa", can be apply for
labor law. Finally, the content of the extrajudicial transaction is developed and if
it was valid to conclude the judicial process.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N°00026-2020-TSC/OSIPTEL (Expediente N°008-2018-CCO-ST/CI)Odicio Moreno, Ernesto 02 August 2023 (has links)
El presente informe analiza los principales problemas jurídicos presentes en la
tramitación del procedimiento administrativo trilateral seguido por Azteca contra Enel a
cargo de los órganos de solución de controversias de OSIPTEL, recaído en el
Expediente N°008-2018-CCO-ST/CI, donde se discute la devolución de supuestos
montos cobrados por la empresa eléctrica que superaron el precio máximo legal
establecido para el concepto de la contraprestación periódica por acceso y uso de
infraestructura eléctrica, concepto regulado en la fórmula reglamentaria establecida
bajo el Ley de Banda Ancha. Inicialmente, se analiza la competencia del Cuerpo
Colegiado Ad Hoc para resolver las pretensiones de Azteca, en contraposición de lo
resuelvo en Laudos Arbitrales emitidos en paralelo, que declaran su propia
competencia. En la segunda parte, se analiza la cuestión de fondo de la controversia,
que implica tomar posición respecto a la correcta interpretación de la fórmula
reglamentaria que determina el monto de la contraprestación periódica antes referida.
Asimismo, el presente informe está enfocado, desde una perspectiva práctica, en
establecer un panorama general sobre la situación de las quince (15) reclamaciones
similares interpuestas por Azteca y así poner de manifiesto los distintos criterios
utilizados por los operadores jurídicos para resolver esta controversia. / This report analyzes the main legal problems present in the processing of the trilateral
administrative procedure (PAT) followed by Azteca against Enel in charge of the
dispute resolution organs of OSIPTEL, filed in Case N°008-2018-CCO-ST/CI, where
the refund of alleged amounts charged by the electric company that exceeded the
maximum legal price established for the concept of the periodic consideration for
access and use of electric infrastructure, a concept regulated in the regulatory formula
established in the Broadband Law Regulation, is discussed. Initially, the competence of
the Ad Hoc Collegiate Body to resolve Azteca's claims is analyzed, as opposed to what
was resolved in Arbitral Awards issued in parallel, which declare its own competence.
The second part of the report analyzes the merits of the dispute, which involves taking
a position on the correct interpretation of the regulatory formula that determines the
amount of the periodic consideration referred to above. Likewise, this report is focused,
from a practical perspective, on establishing an overview of the situation of the fifteen
(15) similar claims filed by Azteca and thus highlighting the different criteria used by the
legal operators to resolve this controversy.
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Programa de Cumplimiento Normativo en materia de Consumidor ¿Es realmente un incentivo para el proveedor?Arpasi Quispe, Diego Alonso 15 November 2022 (has links)
El presente trabajo académico tiene como propósito determinar y desarrollar el valor
objetivo que se debería aplicar a los programas de cumplimiento normativo, elaborados
por las empresas, en procedimientos administrativos sancionadores en materia de
protección al consumidor ante el INDECOPI.
En ese sentido, empezaremos por una breve identificación de la forma en que se
desarrollaron los programas de cumplimiento, entendido en el ámbito empresarial como
compliance, resaltando la iniciativa privada. Lo cual posibilita el desarrollo empresarial
con buenas prácticas comerciales en determinados ámbitos de su actividad.
Ahora bien, con la modificación al Código de Protección al Consumidor, en el año 2016,
mediante el Decreto Legislativo 1308, se añadió como atenuante, en los procedimientos
administrativos sancionadores, la presentación de los programas de cumplimiento.
En la actualidad son pocos los procedimientos donde se observa la presentación de estos
programas de cumplimiento para su aplicación de atenuante. A su vez, INDECOPI no ha
establecido criterios para la determinación del valor objetivo que debe asignarse a estos
como factores atenuantes.
A través del presente trabajo académico se tratará de dar un valor objetivo para el
programa de cumplimiento en los procedimientos sancionadores en materia de protección
al consumidor ante el INDECOPI.
En ese sentido, en una primera parte se desarrollará un breve repaso de los programas de
compliance en distintos rubros empresariales y sectoriales, luego se hará el desarrollo
del procedimiento administrativo sancionador y las atenuantes en materia de protección
al consumidor, lo cual dará paso a comentar y exponer el programa de cumplimiento en
materia de protección al consumidor además de la forma de graduación de sanciones en
la actualidad por los órganos resolutivos del Indecopi, y finalmente, analizare el valor
objetivo que debe considerarse para los programas de cumplimiento.
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