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Criterios jurisprudenciales para establecer la responsabilidad civil del empleador frente al aumento de los riesgos permitidos en los accidentes laborales

Zapata Velez, Igor Eduardo January 2023 (has links)
La responsabilidad civil del empleador frente al aumento de los riesgos permitidos en los accidentes laborales, tiene como base la existencia de una relación laboral entre un empleador y un trabajador. Si bien, dicha relación trae consigo tanto obligaciones como derechos por parte del trabajador; en el cumplimiento de estos deberes, el trabajador puede ser víctima de muchas circunstancias injustas, ya sean provocadas o no por el empleador. Los accidentes laborales, son una de aquellas circunstancias por las que muchos trabajadores son víctimas. El Estado, en su afán de no dejar desprotegido al trabajador frente a situaciones de accidentes laborales, promueve una cultura de prevención de riesgos laborales por parte del empleador hacia sus trabajadores. El empleador, deberá no solo prever situaciones en las que el trabajador por imprudencia o no, pueda incurrir en un accidente, sino que, también deberá manejar un sistema de evaluación y supervisión constante para evitar cualquier situación excepciona (Gimenez 2009). Sin embargo, cabe mencionar que las situaciones que configuran los accidentes laborales pueden ser por diversos motivos, ya sea por negligencia del empleador o por imprudencia del trabajador. En virtud de ello, la problemática que engloba la presente investigación es ¿Cuáles son los criterios jurisprudenciales nacionales que atenúan o eximen de responsabilidad al empleador por aumento del riesgo permitido en los accidentes laborales? Debo de señalar además que no existe un criterio uniforme que permita determinara la responsabilidad del empleador sobre aquellos accidentes donde del colaborador por impericia o negligencia se cause un deño que podría ser determinado como un accidente laboral. Nuestra jurisprudencia siempre atiende a maximizar el principio protector a favor de los colaboradores, sin tener en mérito a un adecuado equilibrio procesal y sobre todo causal, refiriéndome a los hechos, para poder eximir o atenuar la responsabilidad del empleador frente a asumir las indemnizaciones por daños y perjuicios causados por un accidente laboral.
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Responsabilidad civil extracontractual en accidentes ocasionados por cables de media y alta tensión por mala ubicación de los postes eléctricos

Kcam Garcia, Ana Paula January 2023 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo principal, proponer criterios que deberán aplicar los magistrados para determinar la responsabilidad civil extracontractual en los accidentes ocasionados por los cables de media y alta tensión por la mala ubicación, utilizando el método cualitativo, haciendo uso de la técnica del fichaje, recolección de información. Asimismo, se logró obtener como resultados, primero, que los principios de la responsabilidad civil extracontractual en la norma y jurisprudencia del derecho nacional y comparado, tiene elementos para su configuración en distintos países donde para esta responsabilidad es necesaria para su uso, consecuentemente, existen normas para cables de media y alta tensión, siendo esto relevante para el conocimiento de la sociedad y su aplicación para evitar accidentes. Además, por consecuencia de los cables eléctricos, se encuentran sentencias emitidas por los tribunales en lo que se refiere a los daños causados en los accidentes por cables de media y alta tensión. Finalmente, se concluye que, sí los cables de media y alta tensión están en una mala ubicación, estos pueden vulnerar los derechos fundamentales de las personas y a su vez ocasionar accidentes, entonces se justifica la necesidad de proponer criterios que deberán aplicar los magistrados para determinar la responsabilidad civil extracontractual en los accidentes ocasionados por los cables de media y alta tensión en Perú por su ubicación.
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Hacia una visión integral de las funciones de la responsabilidad civil extracontractual en el resarcimiento del daño moral

Domínguez Roca, Renzo André 25 April 2019 (has links)
Un adecuado entendimiento y aplicación de la función punitiva de la responsabilidad civil producto de la generación de daños inmateriales es de imperiosa necesidad en nuestro medio. Los resarcimientos consignados en las sentencias que expiden nuestros magistrados no suelen tomar en cuenta el rol modelador de conductas en la sociedad que estas deben cumplir a través de esta función. En tal sentido, partimos de la premisa que las funciones resarcitoria, preventiva y punitiva de la responsabilidad civil al resarcir el daño inmaterial o moral vienen siendo aplicadas por nuestra judicatura de una forma inadecuada, sin tener en cuenta su finalidad y las particularidades que revisten su aplicación. Sostenemos que el resarcimiento del daño moral aplicando la función punitiva y preventiva de la responsabilidad civil debe ser otorgado en un ámbito que permita el análisis del dolo o la culpa, en función al criterio de equidad integradora; y, considerando al menos: a) el grado de reprochabilidad con el cual actuó el demandado; y, b) Si la disparidad entre el daño real o potencial sufrido por el demandante y el pago del resarcimiento es razonablemente excesivo en función a los intereses que se pretenden tutelar. Al resarcir el daño moral se debe ponderar la punición y la prevención antes que la compensación. Para demostrar esto, se ha recurrido al análisis dogmático, funcional y exegético de las instituciones de la responsabilidad civil, jurisprudencia relevante del ámbito nacional y comparado, así como la interpretación de la normativa vigente aplicable.
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Criterios para establecer el quantum indemnizatorio del lucro cesante y el daño moral en los procesos laborales de responsabilidad civil contractual como consecuencia de un despido fraudulento o incausado

Mejia Oblitas, Miguel Alonso January 2022 (has links)
El presente artículo relaciona la indemnización por daños derivados del incumplimiento contractual con el despido fraudulento o incausado realizado por el empleador en el marco de una relación laboral sujeta al régimen privado. Dentro de este tema se ha podido hallar el siguiente problema: ¿Cuáles deberán ser los criterios para establecer el quantum indemnizatorio del lucro cesante y el daño moral en los procesos laborales de indemnización por daños y perjuicios por despido fraudulento o incausado? La hipótesis planteada es que los criterios para establecer el quantum indemnizatorio del lucro cesante y el daño moral en los procesos laborales de indemnización por daños y perjuicios por despido inconstitucional respecto al lucro cesante son el lapso procesal no imputable a las partes, la remuneración bruta; y, respecto al daño moral son la carga familiar del trabajador, gastos de tratamiento psicológico, antigüedad del trabajador y el escarnio público.
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Responsabilidad patrimonial : el origen de los problemas teóricos que subyacen en la interpretación de los elementos de antijuricidad y de actividad de la administración

Oriundo Cárdenas, Cristian 20 February 2017 (has links)
Todo discurso o apreciación sobre el campo jurídico, y en general sobre cualquier área del saber, se enmarca dentro de un contexto, el mismo que sirve de base y a la vez condiciona todo tipo de elaboración científica o pseudocientífica. El contexto determina, en mayor o menor medida, toda producción intelectual.
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Valoración del monto en resarcimiento en responsabilidad civil contractual y los problemas jurisprudenciales en la cuantificación

García Rojas, Weyden 29 August 2016 (has links)
La presente investigación se centra en analizar la siguiente interrogante: Ante los supuestos de incumplimiento de obligaciones contractuales, ¿existen reglas y criterios en el ámbito judicial para resarcir adecuadamente al afectado? Es frecuente que en los casos de incumplimientos contractuales, donde se solicita la ejecución forzada del contrato o la resolución del mismo, se plantee un pedido de resarcimiento de daños y perjuicios. Dicho mecanismo de tutela es utilizado por los acreedores a fin de paliar los daños que se hubiesen ocasionado. Ahora bien, son recurrentes los supuestos en los cuales el monto requerido es cuantitativamente distinto al que se otorga vía resolución judicial, o simplemente a pesar que pueda tenerse la razón, se declara infundada la demanda por la falta de acreditación de los daños. A nuestro entender, en principio el método para resolver el incumplimiento contractual tendría que ser mucho más simple, tendría que bastar con determinar en primer lugar si existe un incumplimiento de obligaciones, luego si realmente existieron daños, para finalmente establecer de manera razonable cómo debe resarcirse el referido incumplimiento. Ocurrido esto, una de las partes recurre a la instancia judicial, generándose un conflicto de interés, ya que por un lado la parte que ha incumplido el contrato se encuentra en una situación incierta respecto a si va a responder o no por el incumplimiento y, de ser el caso, hasta cuánto va a responder1; en cambio por otro lado existe la necesidad de la parte afectada que el proceso judicial sea lo más eficiente posible, en el cual se le coloque a éste en semejante posición a la que hubiese tenido si la otra parte hubiese cumplido.
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La mitigación del daño en nuestro sistema de responsabilidad civil extracontractual

Trujillo Hoces, Romely Yajaida 11 March 2024 (has links)
La presente investigación ha tenido por finalidad determinar si nuestro sistema de responsabilidad civil extracontractual reconoce un deber de mitigar el daño por parte de la víctima. Más aún cuando, se suele nombrar al Perú como uno de los países que lo ha regulado en su Código Civil. A pesar de ello, se ha llegado a establecer que, más que un deber, en realidad, nuestro sistema reconoce un criterio de evitación, por parte del perjudicado, como limitación de la extensión del daño resarcible, en el marco del análisis de la relación de causalidad. De modo que, aunque no se reconozca el deber antes referido, ello no significa que, el comportamiento de la víctima, vía acción u omisión, respecto del daño y sus consecuencias, no afecten la extensión del mismo. En coherencia con ello, y a diferencia de lo que se postula en el ámbito de la mitigación del daño, para determinar si un agravamiento de daño es consecuencia del comportamiento del propio perjudicado, no cabe recurrir al criterio de razonabilidad, ni a las circunstancias personalísimas del mismo. Corresponderá, en dicho caso, bajo las reglas de la causalidad adecuada, preguntarse si, dicha conducta, bajo criterios de normalidad, regularidad, probabilidad, etc. ha causado dicho agravamiento. Siendo que, en cuanto a sus consecuencias, corresponderá no resarcir lo evitado ni lo evitable. En el ámbito jurisprudencial, especialmente ante la problemática de limitar la extensión del lucro cesante, consideramos que, indirectamente, se ha visto la necesidad de aplicar dicho criterio.
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El error judicial inexcusable en el estado constitucional de derechos y justicia

Villagómez Cabezas, Richard Ítalo 27 November 2020 (has links)
La actividad jurisdiccional no está exenta de equívocos y del régimen de responsabilidad derivada de tales actos. Los jueces al igual que los servidores públicos en general están sujetos a control disciplinario. No obstante, por determinación convencional y jurisprudencial los jueces, a partir del rol que representan en la democracia, cuentan con garantías reforzadas lo que significa que siendo éstos contrapeso del poder estatal, cuando enfrenten la amenaza de destitución por error inexcusable esta falta gravísima debe estar definida previamente en la ley y respetarse el trámite propio de este procedimiento en conformidad con el debido proceso, esto con miras a no afectar la independencia judicial en sus manifestaciones interna, externa, institucional e individual. La indeterminación típica del error inexcusable, enumerado al igual que el dolo y la negligencia manifiesta en el numeral 7 del artículo 109 del Código Orgánico de la Función Judicial, ha sido moldeado mediante interpretación extensiva por el órgano disciplinario en prescindencia de la facultad correctiva atribuida a los órganos jurisdiccionales de apelación, casación y revisión, fomentándose a través de este medio la afectación de la independencia judicial al haberse aceptado a trámite mediante queja, denuncia e incluso ex oficio la divergencia de criterios de aplicación del derecho al caso concreto, vulnerándose el derecho de los jueces a resolver en derecho. El contenido del error inexcusable ha sido moldeado en sede disciplinaria por el Consejo de la Judicatura que ha acudido mediante interpretación extensiva a otras fuentes diferentes a la ley en que se incluye la doctrina y la auto citación sobre resoluciones dictadas en otros casos, fomentándose a través de este medio la afectación de la independencia judicial ya sea mediante la postulación de queja o denuncia por otros órganos del poder público o por las partes procesales.
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El problema de los "deberes de protección" en su evolución histórico dogmática

Toscaino Nolasco, Williams 21 October 2020 (has links)
Los «deberes de protección» (Schutzpflichten), en tanto creación de la dogmática alemana, representan una de las categorías más controvertidas que ha ocupado la atención de la doctrina del Derecho Continental durante el siglo XX, perdurando incluso hasta nuestros días. La problemática en torno a ella es sencilla de aprehender pero compleja de tratar; básicamente se trata de discriminar si su violación comporta una responsabilidad civil de naturaleza contractual o extracontractual. Planteado así el asunto, el principal objetivo de este trabajo radica en absolver dicha interrogante pero partiendo de una cuestión previa, a saber, si la categoría en cuestión, en tanto representa una solución esbozada para un sistema foráneo como el alemán, encuentra en el escenario nacional un ambiente propicio para su “recepción mecánica” (a nivel dogmático) o si por el contrario, la especificidad del modelo peruano exige del intérprete una construcción de similar envergadura (pero de distinta configuración) que, aun cuando desde un ángulo técnico-jurídico suponga una disociación conceptual de la figura de los Schutzpflichten, represente, en el fondo (a nivel teleológico), una figura destinada a cautelar los bienes personales y patrimoniales de las partes en la relación de obligación, y que para este efecto adopta la calidad de “deber”. En la medida que esta última clase de deberes logran en nuestro discurso emancipación jurídica de aquellos deberes “creados” por Heinrich Stoll allá en 1932, la problemática que en Alemania se ha mantenido en boga por más de ochenta años (a pesar de la reciente modernización del BGB), encuentra por fin cabida y, sobre todo, legitimidad en un medio como el peruano caracterizado por estudiar la figura en clave comparada pero sin atender con suficiencia la propia realidad del sistema jurídico nacional. A partir de ahí, exponer la naturaleza de tales deberes, distintos de los Schutzpflichten, y fundamentar su adscripción al dominio contractual, supone la máxima a cuyo propósito el presente trabajo se termina conduciendo.
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Análisis del plan CERIAJUS en materia de formación ética de los magistrados y el servicio de justicia en nuestro país

Angelats Agreda, Teresa Nataly 09 June 2016 (has links)
Un hito sin precedentes se produjo el año 2004 en nuestro país. En junio de ese año el Presidente del Poder Judicial entregó al Presidente del Ejecutivo el voluminoso Plan de la Comisión Especial de la Reforma Integral de la Justicia (CERIAJUS) a cuya elaboración se habían avocado, durante 6 meses, las principales instituciones del sistema de justicia en un trabajo conjunto con representantes de la sociedad civil. Era la reforma impulsada no sólo por los Jueces, o por el poder político, como antaño, sino que incluía al conjunto de actores involucrados en el proceso de impartición de justicia, incluso organizaciones representantes de sectores de la ciudadanía, algo antes impensado en el Perú, de modo que esta circunstancia marcaba un antes y un después para el sistema de justicia. Dicho Plan contenía propuestas puntuales para mejorar el servicio de justicia de nuestro país, entre ellos la formación y evaluación de los jueces, tema que esperamos desarrollar en este trabajo y aportar nuevas luces sobre otros esfuerzos que se hayan emprendido en el mismo sentido.

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