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Informe de relevancia jurídica sobre el Expediente N°1343-2011/PS3

Valencia Leon, Adriana del Pilar 06 June 2023 (has links)
El presente informe de relevancia jurídica tiene como objeto resolver los diversos problemas jurídicos, en materia de Protección al Consumidor y Derecho Administrativo, surgidos a partir de un procedimiento sumarísimo iniciado ante INDECOPI por infracción al deber de idoneidad. La relevancia del caso materia de análisis recae, entre otros, en la Resolución emitida por el Tribunal de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual ya que, mediante este, la Sala estableció un cambio de criterio del alcance del deber de idoneidad por la venta de producto defectuoso. Ante esto, se plantea la interrogante de si la infracción al deber de idoneidad se configura con la sola venta del producto defectuoso o si, por el contrario, debe analizarse a partir del comportamiento desplegado por el proveedor una vez que este ha tomado conocimiento del defecto del producto. Dada la complejidad del tema, a nivel doctrinario existen aún posiciones discordantes al respecto. Sin embargo, como posición personal considero que la infracción al deber de idoneidad se configura con la sola venta del producto defectuoso ya que, precisamente la finalidad de las leyes promulgadas en materia de consumidor tiene como finalidad su protección dada su clara posición desventajosa en el mercado. Asimismo, en cuanto al análisis del procedimiento mismo, se ha advertido la vulneración del principio de debido procedimiento referido a la debida motivación del acto administrativo. Esto, a raíz de una declaratoria de nulidad parcial contraria al ordenamiento jurídico y por vulneración del principio de congruencia que debe revertir a todo contenido del acto administrativo. Para arribar a las diversas conclusiones se ha hecho uso de doctrina, jurisprudencia nacional pertinente al caso, así como de las normas vigentes entre los años 2011 y 2013 y de aquellas vigentes en la actualidad.
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Informe jurídico sobre la Resolución de Consejo Directivo N° 041-2004-CD/OSITRAN

Villafranca Florián, Cristhina María 09 August 2022 (has links)
El presente informe aborda el procedimiento administrativo sancionador seguido por OSITRAN contra Ferrocarril Trasandino S.A, por la imposición de una penalidad contractual, en el marco de la ejecución del contrato de Concesión de la Administración de los Ferrocarriles Centro, Sur y Sur- Oriente. Los hechos inician cuando el operador de servicios de transporte ferroviario adquiere seis coches nuevos destinados al servicio de lujo Hiram Bingham, los cuales circulan en la vía férrea sin la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. A partir de la Resolución de Consejo Directivo N° 041-2004-CD/OSITRAN, se analizan los límites de la colaboración público – privada y el alcance de la cláusula 7.5 del contrato de concesión, la cual impone al concesionario la obligación de supervisar que el operador de servicios de transporte ferroviario cumpla con las Leyes Aplicables. Así, se determina que el contrato de concesión no trasfiere la facultad de fiscalización al concesionario, por el contrario, impone la realización de la actividad material de verificación. Asimismo, se abarca el tratamiento jurídico de las penalidades contractuales bajo el marco de lo establecido en el contrato de concesión. A partir de ello, se evalúa el ejercicio de la potestad punitiva de OSITRAN para la imposición de penalidades contractuales mediante un procedimiento administrativo sancionador. De esta forma, se expone la desnaturalización de las cláusulas penales y del poder punitivo del Estado. / This report addresses the administrative sanctioning procedure followed by OSITRAN against Ferrocarril Trasandino S.A., for the imposition of a contractual penalty, within the framework of the execution of the Concession Contract for the Administration of the Central, South and South-East Railroads. The facts begin when the railroad transportation services operator acquires six new cars destined for the Hiram Bingham luxury service, which circulate on the railroad without the authorization of the Ministry of Transportation and Communications.. Based on Board of Directors Resolution No. 041-2004-CD/OSITRAN, the limits of the publicprivate partnership and the scope of clause 7.5 of the concession contract, which imposes on the concessionaire the obligation to supervise that the railroad transportation services operator complies with the Applicable Laws, are analyzed. Thus, it is determined that the concession contract does not transfer the power of supervision to the concessionaire, on the contrary, it imposes the performance of the material activity of verification. Likewise, the legal treatment of contractual penalties is covered under the framework established in the concession contract. Based on this, the exercise of OSITRAN's punitive power to impose contractual penalties through an administrative sanctioning procedure is evaluated. In this way, the distortion of the penal clauses and the punitive power of the State is exposed.
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Reflexiones acerca del inicio del cómputo del plazo de prescripción para el ejercicio de la potestad disciplinaria en la Ley del Servicio Civil: propuesta de cambio

Márquez García, Rubén Darío 19 April 2023 (has links)
La sanción disciplinaria es un medio que garantiza indirectamente el correcto desarrollo de la función pública; por lo tanto, la entidad debe instaurar los procedimientos disciplinarios en un plazo oportuno, a fin de que la potestad punitiva responda a su finalidad, más aún que constituye una garantía del servidor el determinar un plazo específico a cuyo término no podrá ser investigado. En el régimen disciplinario de la Ley del Servicio Civil, este período temporal – denominado plazo de prescripción – es de un año a partir de que la oficina de recursos humanos toma conocimiento de la falta (plazo corto – hechos conocidos), salvo que no haya tomado conocimiento en el transcurso de tres años a partir de la comisión de la falta (plazo largo – hechos no conocidos). Por lo tanto, se entendería que la entidad cuenta con el plazo corto de un año porque está en la posibilidad de realizar las investigaciones necesarias para determinar la existencia de responsabilidad disciplinaria. No obstante, el poder de realizar las acciones de investigación no ha sido conferido a la oficina de recursos humanos, sino a la Secretaría Técnica; por lo tanto, surge la paradoja en la que la Entidad – a través de la Secretaría Técnica – ha conocido de la falta y cuenta con la posibilidad de realizar acciones de investigación, no obstante, estas acciones de investigación se desarrollarían en el marco de un plazo de prescripción largo que debería de operar únicamente cuando la falta aún no haya sido conocida. / The disciplinary sanction is a means that indirectly guarantees the correct development of the public function; therefore, the entity must institute disciplinary proceedings in a timely manner, so that the punitive power responds to its purpose, moreover, it is a guarantee for the employee to determine a specific time period at the end of which he/she may not be investigated. In the disciplinary regime of the Civil Service Law, this time period - called the statute of limitations - is one year after the human resources office becomes aware of the offense (short period - known facts), unless it has not become aware of it within three years of the commission of the offense (long period - facts not known). Therefore, it would be understood that the entity has the short period of one year because it is able to carry out the necessary investigations to determine the existence of disciplinary liability. However, the power to carry out the investigation actions has not been conferred to the human resources office, but to the Technical Secretariat; therefore, a paradox arises in which the entity - through the Technical Secretariat - has known about the misconduct and has the possibility to carry out investigation actions, however, these investigation actions would be developed within the framework of a long statute of limitations that should only operate when the misconduct has not yet been known. / Trabajo académico
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La subsanación voluntaria en el sector forestal: Acerca de sus presupuestos básicos y sus límites de aplicación en la esfera de los títulos habilitantes

Sara Aiquipa, Renzo Aldair 19 April 2023 (has links)
El presente trabajo de investigación aborda cómo la subsanación voluntaria regulada en el sector forestal presenta problemas respecto a sus presupuestos básicos y sus límites de aplicación. En esa línea, es que se plantea como objetivo determinar si efectivamente se presentan problemas en su aplicación. Para tal efecto, es que se evalúa cómo la regulación de la subsanación voluntaria en el sector forestal genera confusión respecto de los presupuestos básicos para su configuración, y si es necesario establecer límites a la subsanación voluntaria regulada en el sector forestal. Producto de lo analizado, se llegó a la conclusión que la subsanación voluntaria en el sector forestal presenta problemas respecto a sus presupuestos básicos y sus límites de aplicación. En relación a sus presupuestos básicos, porque la subsanación voluntaria solo se configuraría en el marco de un procedimiento administrativo sancionador, y, asimismo, porque se considera a la tala no autorizada como infracción subsanable, cuando ello supone un daño a los recursos forestales, siendo ello incongruente con lo regulado en el reglamento anteriormente aludido. Por otro lado, respecto a sus límites de aplicación, no basta con que la subsanación voluntaria no sea aplicable a sujetos reincidentes, sino que además se evalúe la introducción de algunos límites de su aplicación, como que su aplicación sea por única vez, que se considere la gravedad del daño generado y que la subsanación voluntaria tardía sea considerada como un posible factor atenuante de multa. / This research work addresses how the voluntary rectification regulated in the forestry sector presents problems with respect to its basic assumptions and its limits of application. In this line, the objective is to determine if there are indeed problems in its application. For this purpose, it is evaluated how the regulation of voluntary correction in the forestry sector generates confusion regarding the basic assumptions for its configuration, and if it is necessary to establish limits to regulated voluntary correction in the forestry sector. As a result of the analysis, it was concluded that voluntary rectification in the forestry sector presents problems with respect to its basic budgets and its application limits. In relation to its basic assumptions, because voluntary rectification would only be configured within the framework of a sanctioning administrative procedure, and, likewise, because unauthorized logging is considered a rectifiable infraction, when it supposes damage to forest resources, being This is inconsistent with what is regulated in the aforementioned regulation. On the other hand, regarding its limits of application, it is not enough that the voluntary correction is not applicable to repeat offenders, but also that the introduction of some limits of its application be evaluated, such as that its application be only once, that it be consider the seriousness of the damage generated and that late voluntary rectification is considered as a possible mitigating factor for a fine. / Trabajo académico
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Programa de Cumplimiento Normativo en materia de Consumidor ¿Es realmente un incentivo para el proveedor?

Arpasi Quispe, Diego Alonso 15 November 2022 (has links)
El presente trabajo académico tiene como propósito determinar y desarrollar el valor objetivo que se debería aplicar a los programas de cumplimiento normativo, elaborados por las empresas, en procedimientos administrativos sancionadores en materia de protección al consumidor ante el INDECOPI. En ese sentido, empezaremos por una breve identificación de la forma en que se desarrollaron los programas de cumplimiento, entendido en el ámbito empresarial como compliance, resaltando la iniciativa privada. Lo cual posibilita el desarrollo empresarial con buenas prácticas comerciales en determinados ámbitos de su actividad. Ahora bien, con la modificación al Código de Protección al Consumidor, en el año 2016, mediante el Decreto Legislativo 1308, se añadió como atenuante, en los procedimientos administrativos sancionadores, la presentación de los programas de cumplimiento. En la actualidad son pocos los procedimientos donde se observa la presentación de estos programas de cumplimiento para su aplicación de atenuante. A su vez, INDECOPI no ha establecido criterios para la determinación del valor objetivo que debe asignarse a estos como factores atenuantes. A través del presente trabajo académico se tratará de dar un valor objetivo para el programa de cumplimiento en los procedimientos sancionadores en materia de protección al consumidor ante el INDECOPI. En ese sentido, en una primera parte se desarrollará un breve repaso de los programas de compliance en distintos rubros empresariales y sectoriales, luego se hará el desarrollo del procedimiento administrativo sancionador y las atenuantes en materia de protección al consumidor, lo cual dará paso a comentar y exponer el programa de cumplimiento en materia de protección al consumidor además de la forma de graduación de sanciones en la actualidad por los órganos resolutivos del Indecopi, y finalmente, analizare el valor objetivo que debe considerarse para los programas de cumplimiento.
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Facultad disciplinaria del Estado empleador: De lo razonable y discrecional a la actuación arbitraria de las autoridades sancionadoras en el procedimiento administrativo disciplinario

Alzamora Yupanqui, Daniel 19 April 2022 (has links)
El procedimiento administrativo disciplinario contiene diversas aristas, entre ellas, las formalidades propias de su tramitación, la compleja determinación de responsabilidades, y la identificación e imposición de sanciones, cada una de ellas dignas de estudio y análisis. Pero es justamente en este último aspecto que el presente trabajo se ha centrado, siendo una investigación explicativa, busca analizar, a través de un panorama general, la actuación de aquellas autoridades constituidas como sancionadoras, ofreciendo además una crítica para aquellas que, empleando criterios arbitrarios, imponen sanciones carentes de motivación que no soportan el mínimo análisis de razonabilidad, desarrollando en el camino conceptos básicos e indispensables para entender el procedimiento administrativo disciplinario, tales como los principios rectores del accionar administrativo, el actuar discrecional de las autoridades competentes y la arbitrariedad en la toma de decisiones. El presente trabajo de investigación resalta la importancia de emplear criterios de razonabilidad para la determinación de las sanciones, tomando en cuenta para ello cada una de las pautas y supuestos establecidos por la ley, decisión que debe ser debidamente motivada por la autoridad a cargo, dentro del margen de libertad que la norma le ha concedido. Esto se denominará discrecionalidad, la misma que por su propia naturaleza descarta el accionar arbitrario de las autoridades disciplinarias. / The disciplinary administrative procedure contains various aspects, among them, the formalities of its processing, the complex determination of responsibilities, and the identification and imposition of sanctions, each of them worthy of study and analysis. But it is precisely on this last aspect that the present study has focused, being an explanatory research, it seeks to analyze, through a general panorama, the performance of those authorities constituted as sanctioners, also offering a criticism for those who, using arbitrary criteria , impose unmotivated sanctions that do not support the minimum analysis of reasonableness, developing basic and essential concepts to understand the disciplinary administrative procedure, such as the guiding principles of administrative action, the discretionary action of the competent authorities and arbitrariness in the taking of decisions. This research highlights the importance of using reasonableness criteria to determine sanctions, taking into account each of the guidelines and assumptions established by law, a decision that must be duly motivated by the authority in charge, within the margin of freedom that the norm has granted him. This will be called discretion, which by its very nature rules out the arbitrary action of the disciplinary authorities.
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Breve análisis de la competencia del OEFA en la fiscalización de un supuesto pequeño productor minero o minero artesanal

Oriundo Cárdenas, Álvaro 24 February 2020 (has links)
El presente trabajo se enfoca en cómo el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA ha resuelto ciertos procedimientos administrativos sancionadores analizando, en primer lugar, el real estrato minero de un minero o mineros que, en la práctica, pertenecían a la pequeña minería o minería artesanal, es decir, esta fiscalización en principio pertenece a los respectivos Gobiernos Regionales. La facultad que utilizó el OEFA se justifica en el Artículo 17 de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Ley del SINEFA, el cual fue modificado el 26 de abril de 2013. Este artículo citado otorga al OEFA la posibilidad de aplicar la prueba indiciaria para determinar el verdadero estrato minero de aquellas actividades que supuestamente están dentro de la pequeña minería y minería artesanal, para que de esta manera, luego de verificar que en la práctica pertenecen a la mediana o gran minería, puedan fiscalizarlos, y posteriormente sancionarlos. El objetivo del presente trabajo es analizar si, en efecto, la facultad que se desprende del Artículo 17 de Ley del SINEFA no afecta las facultades ya otorgadas a los Gobiernos Regionales. Para ello, se estudiará el proceso de descentralización y las competencias en materia de minería, para que, finalmente, se desarrolle la posición que se adoptó en el desarrollo del trabajo.
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Criterios para la aplicación de la retroactividad favorable en materia sancionadora

Puican Villacrez, Zoila Nelly Cecilia 10 February 2022 (has links)
A efecto de precisar la delimitación del tema bajo estudio, me permito establecer que se trata sobre los criterios para la aplicación de la retroactividad favorable en materia sancionadora. El principio de la retroactividad benigna, se encuentra regulado en el artículo 248, inciso 5, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 25 de enero de 2019, y obliga a que las disposiciones sancionadoras produzcan efecto retroactivo en cuanto favorezcan al administrado, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, incluso respecto a las sanciones en ejecución al entrar en vigor la nueva disposición De esta manera, el presente trabajo procura dar respuesta a las inquietudes respecto a cuáles serían los criterios jurídicos para determinar cómo la administración elige la fórmula más favorable para el administrado.
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Balance preliminar de la implementación del Nuevo Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria en materia de transporte

Abanto Chávez, Cinthia Nohemí 24 April 2023 (has links)
Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria, realizado por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), y los resultados obtenidos desde su implementación hasta la actualidad, tomando en cuenta los objetivos planteados en la exposición de motivos, vinculado por ejemplo a determinar si el índice de siniestralidad ha disminuido, si se ha recortado la carga procesal, si la institución ha logrado resolver oportunamente o, específicamente, si la prestación del servicio de transporte de vehículos sin autorización se ha reducido, etc. La novedad de su implementación no permite hacer un balance de mayor calado, pero de manera preliminar se resalta que es relativamente positivo, básicamente, respecto a la reducción de la carga procesal de la institución; sin embargo, no hay mayor relevancia en relación al desincentivo de infracciones, por lo que el nivel de satisfacción derivado de este aspecto es bajo. En ese sentido, de la experiencia del cambio del procedimiento administrativo sancionador ordinario a uno sumario, se advierte la importancia de tomar en cuenta criterios como el costo de oportunidad o la probabilidad de detección, para la elaboración de normativas vinculadas al transporte, dado la poca sistematicidad institucional que hace la tarea compleja para la Administración. / In the present research work, the application of the New Regulation of the Special Administrative Sanctioning Procedure of Summary Processing, carried out by the Superintendency of Land Transport of People, Cargo and Goods (SUTRAN), and the results obtained from its implementation to the present, are analyzed. taking into account the objectives set out in the explanatory memorandum, linked, for example, to determining whether the accident rate has decreased, whether the procedural burden has been reduced, whether the institution has managed to resolve in a timely manner or, specifically, whether the provision of the transportation of unauthorized vehicles has been reduced, etc. The novelty of its implementation does not allow for a more profound assessment, but in a preliminary way it is highlighted that it is relatively positive, basically, with respect to the reduction of the procedural burden of the institution; however, there is no greater relevance in relation to the disincentive for infringements, so the level of satisfaction derived from this aspect is low. In this sense, from the experience of the change from the ordinary penalizing administrative procedure to a summary one, the importance of taking into account criteria such as the opportunity cost or the probability of detection is noted, for the elaboration of regulations related to transport, given the little institutional systematicity that makes the task complex for the Administration. / Trabajo académico
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La Tipificación Reglamentaria como manifestación del Principio de Tipicidad en el marco del Procedimiento Administrativo Sancionador

Delgado Estrada, Mariela Cristina 29 September 2021 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo principal desarrollar los alcances de la tipificación de infracciones y sanciones administrativas como parte de una de las manifestaciones del principio de tipicidad o taxatividad en el marco del procedimiento administrativo sancionador. Frente a ello, desarrollaremos las diferentes opiniones que posee la doctrina sobre la potestad sancionadora y como esta se vincula con la reserva de ley (sobre la tipificación de reglamentos por norma infralegal) y muestra su flexibilización frente al Derecho Administrativo Sancionador. Así mismo, en base al análisis de los principios de legalidad y tipicidad o taxatividad, determinaremos las nociones constitucionales que abarcan cada uno de estos principios rectores, así como las diferencias que presentan en su desarrollo, específicamente, dentro del ámbito sancionador. Por último, se desarrollará la habilitación normativa que posee el Poder Ejecutivo y como esta hace esto plausible en su potestad reglamentaria al momento de elaborar reglamentos; en esta línea, evidenciaremos cómo esta facultad normativa del Ejecutivo se expresa a través del principio de tipicidad en sus dos manifestaciones; por un lado, la colaboración reglamentaria y, por otro, la tipificación reglamenta, siendo ambos particularmente diferentes, pero que responden a los mismos motivos de elaboración; en especial, la tipificación reglamentaria por fundamentarse en razón a la complejidad de la tecnicidad en algunas materias y la necesidad de atender el dinamismo de una actividad.

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